TIPOS DE VULNERACIÓN DE DERECHOS CONSIDERADAS EN EL PROTOCOLO. Entre los hechos de vulneración contemplados en este protocolo, consideraremos: 1) Descuido o trato negligente: 2) Maltrato infantil1: Se entiende como maltrato infantil cualquier acción u omisión por parte de un adulto, el cual ejerce abuso de poder, provocando a un niño o niña daño, el cual amenaza su integridad psicológica y/o física. De esta se desprenden distintos tipos de maltrato: a) Maltrato físico: Agredir físicamente a un NNA, la cual puede ser: cachetear, golpear, zamarrear, quemar, mechonear, empujar, tironear. b) Maltrato psicológico: Agresión verbal o gestual reiterativa a un NNA. Por ejemplo, amenazar (te voy a regalar, ya no te quiero, me voy a ir), insultos (tonto, garabatos, descalificaciones, feo, y/o groserías en general), ridiculizar (guagua, guatón, mamón, mujercita, entre otros) también se contempla el no hablarle durante tiempos prolongados.
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TIPOS DE VULNERACIÓN DE DERECHOS CONSIDERADAS EN EL PROTOCOLO. Entre los hechos de vulneración contemplados en este protocolo, consideraremos:
1) Descuido o trato negligente:
2) Maltrato infantil1: Se entiende como maltrato infantil cualquier acción u omisión por parte de :
1 Si bien el abuso sexual, es considerado un adulto, el cual ejerce abuso de poder, provocando a un niño o niña daño, el cual amenaza su integridad psicológica y/o física. De esta se desprenden distintos tipos tipo de maltrato:, no será abordado en específico en este protocolo, ya que se aborda en el “Protocolo para prevenir y actuar en casos de abuso sexual”.
a) Maltrato físico: Agredir físicamente a un NNA, la cual puede ser: cachetear, golpear, zamarrear, quemar, mechonear, empujar, tironear.
b) Maltrato psicológico: Agresión verbal o gestual reiterativa a un NNA. Por ejemplo, amenazar (te voy a regalar, ya no te quiero, me voy a ir), insultos (tonto, garabatos, descalificaciones, feo, y/o groserías en general), ridiculizar (guagua, guatón, mamónmamen, mujercita, entre otros) también se contempla el no hablarle durante tiempos prolongados.
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TIPOS DE VULNERACIÓN DE DERECHOS CONSIDERADAS EN EL PROTOCOLO. Entre los hechos de vulneración contemplados en este protocolo, consideraremos:
1) Descuido o trato negligente:
2) Maltrato infantil1: Se entiende como maltrato infantil cualquier acción u omisión por parte de un un/a adulto, el cual /a que ejerce abuso de poder, provocando a un niño o niña daño, el cual amenaza su integridad psicológica y/o física. De esta esto se desprenden distintos tipos de maltrato:
a) Maltrato físico: Agredir físicamente a un un/a NNA, la cual puede ser: por ejemplo, al cachetear, golpear, zamarrear, quemar, mechonear, empujar, tironear.
b) Maltrato psicológico: Agresión verbal o gestual reiterativa a un un/a NNA. Por ejemplo, amenazar (te voy a regalar, ya no te quiero, me voy a ir), insultos (tonto/a, garabatos, descalificaciones, feo/a, y/o groserías en general), ridiculizar (guagua, guatón/a, mamón/a, mujercita, entre otros) también se contempla el no hablarle durante tiempos prolongados.
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