Vacaciones durante los periodos de formación. Con carácter general, durante el entrenamiento inicial y de ingreso en la Compañía, que comprende desde el inicio del entrenamiento en tierra hasta la finalización del entrenamiento en simulador, no se concederán vacaciones. Una vez finalizado el entrenamiento y durante los 3 meses siguientes a este, se puede otorgar hasta un máximo de 10 días de VAC. En el supuesto de que la anterior limitación implicase que el/la piloto afectado/a no pudiera disfrutar de las vacaciones que le correspondiesen dentro del periodo anual de vacaciones del año en curso, se transferirán al año siguiente la totalidad de los días pendientes de disfrute, sin que lo anterior afecte la a asignación de VAC para ese año en cuestión. cve: BOE-A-2024-24738 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx