Vehículos. 1. El contratista estará obligado a poner a disposición permanente del servicio de mantenimiento, durante todo el tiempo de vigencia del contrato, al menos, los siguientes vehículos: a) Un vehículo ligero tipo furgoneta, equipado con equipos de comunicación y medios auxiliares: caja de herramientas, escalera, repuestos, aparatos de medida y comprobación y extintores, materiales de señalización de obra, etc. 2. El contratista, una vez iniciado el contrato y hasta la finalización del mismo, no podrá disponer para otras obras de los vehículos exigidos en este artículo, sin la previa autorización y consentimiento de la Dirección Facultativa Municipal. 3. Los vehículos utilizados para el cumplimiento del contrato deberán estar en adecuado estado de conservación y funcionamiento, de acuerdo con lo que preceptúa la vigente Ley Sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y demás legislación vigente. La responsabilidad penal y civil de los vehículos será del contratista. 4. El contratista deberá mantener el aspecto aseado de los vehículos y rotularlos con el anagrama municipal del servicio para el que están dedicados y, si así lo estima conveniente, el de su empresa. 5. Además de los vehículos referidos el Adjudicatario deberá subcontratar, sin coste alguno para el Ayuntamiento y por el tiempo necesario, cualquier otro vehículo que fuera necesario utilizar para satisfacer las obligaciones especificadas en este pliego y realizar cualquiera de las operaciones incluidas en el contrato. 6. Los vehículos utilizados para el cumplimiento del contrato deberán estar en adecuado estado de conservación y funcionamiento, de acuerdo con lo que preceptúa la vigente Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y demás legislación vigente. La responsabilidad penal y civil de los vehículos será exclusivamente del Adjudicatario. 7. Los vehículos utilizados para el cumplimiento del contrato deberán estar rotulados con el logotipo del Ayuntamiento y el texto “Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Mantenimiento semafórico”
Appears in 1 contract
Sources: Pliego De Condiciones Técnicas
Vehículos. 1. El contratista estará obligado a poner a disposición permanente del servicio de mantenimientoLos licitadores deberán hacer constar, durante todo el tiempo de vigencia del contrato, al menosexpresa y detalladamente, los siguientes vehículos:
a) Un vehículo ligero tipo furgonetavehículos que decidan adscribir al servicio, equipado con equipos teniendo en cuenta que deberán prever el suficiente de comunicación y medios auxiliares: caja de herramientasreserva para que, escalerabajo ningún concepto, repuestos, aparatos de medida y comprobación y extintores, materiales de señalización de obra, etc.
2. El contratista, una vez iniciado el contrato y hasta se entorpezca la finalización del mismo, no podrá disponer para otras obras marcha normal de los trabajos. Estos vehículos exigidos deberán ser adecuados a las funciones que deban realizar, debiendo tener permanentemente un buen aspecto exterior y serán pintados con los colores y símbolos que defina el Servicio de Parques y Jardines. Para su identificación los colores, logotipos y símbolos municipales deben ser de carácter permanente y no podrán ser en este artículoningún caso ocultados, sin escamoteados o sustituidos. Igualmente se dotará con un vehículo todo terreno a la previa autorización y consentimiento Dirección Técnica de la Dirección Facultativa Municipal.
3. Los vehículos utilizados para el cumplimiento Jefatura de Parques y Jardines y dos furgonetas de inspección a los capataces del contrato deberán estar en adecuado estado de conservación y funcionamiento, de acuerdo con lo que preceptúa la vigente Ley Sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y demás legislación vigente. La responsabilidad penal y civil de los vehículos será del contratista.
4. El contratista deberá mantener el aspecto aseado de los vehículos y rotularlos con el anagrama municipal del servicio para el que están dedicados y, si así lo estima conveniente, el de su empresa.
5. Además de los vehículos referidos el Adjudicatario deberá subcontratar, sin coste alguno para el Ayuntamiento y por el tiempo necesario, cualquier otro vehículo que fuera necesario utilizar para satisfacer las obligaciones especificadas en este pliego y realizar cualquiera de las operaciones incluidas en el contrato.
6. Los vehículos utilizados para el cumplimiento del contrato deberán estar en adecuado estado de conservación y funcionamiento, de acuerdo con lo que preceptúa la vigente Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y demás legislación vigente. La responsabilidad penal y civil de los vehículos será exclusivamente del Adjudicatario.
7. Los vehículos utilizados para el cumplimiento del contrato deberán estar rotulados con el logotipo del Ayuntamiento y el texto “Ayuntamiento Servicio Municipal ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Mantenimiento semafórico”Todos los vehículos y maquinaria que oferten las empresas licitadoras se encontrarán en perfecto estado de utilización y conservación, pudiendo ser desechados por el Servicio de Parques y Jardines cuando no reúnan estas condiciones, debiendo, el adjudicatario, sustituirlos por otros adecuados. Del mismo modo, estarán, en todo momento, en perfectas condiciones de mantenimiento en cuanto a limpieza, pintura, señalización, sistemas de seguridad, etc. Queda prohibido al adjudicatario introducir vehículos de tracción mecánica en las zonas verdes, salvo los casos necesarios para las labores propias de conservación de las mismas, tales como suministro de abono, retirada de la hierba segada, suministro de plantas -en caso de reposición-, limpieza general del parque, etc. En todo caso, se recabará el oportuno permiso. Los vehículos adscritos al servicio no podrán ser utilizados para otros fines, salvo autorización expresa del Servicio de Parques y Jardines. El licitador especificara en su oferta los vehículos destinados a cada unidad de conservación (espacios verdes, arbolado, jardineras, mobiliario urbano, juegos infantiles, fuentes y vivero municipal).
Appears in 1 contract
Sources: Pliego De Condiciones Técnicas
Vehículos. 1. 5.1.- Propiedad: El contratista estará obligado vehículo de servicio figurará inscrito en el Registro de la Dirección General de Tráfico y en el Libro Registro Municipal de Licencia de Taxis.
5.2.- Sustitución: Los titulares de las licencias municipales para la prestación de los servicios regulados en esta ordenanza, podrán sustituir el vehículo adscrito a poner a disposición permanente del las mismas por otros modelos, siempre que reúnan las condiciones técnicas de seguridad y conservación para el servicio, y se obtenga la previa autorización municipal.
5.3.- Prohibición: No se autorizará la puesta en servicio de mantenimientovehículos que sean nuevos, durante todo el tiempo sin que previamente hayan sido revisados acerca de vigencia del contratolas condiciones de seguridad, al menosconservación y documentación por las Delegaciones de Industria y por este Ayuntamiento, los siguientes vehículosno pudiendo presentarse vehículos que tengan más de tres años de antigüedad.
5.4.- Revisiones:
a) Un vehículo ligero tipo furgonetaPrevias: No se autorizará la puesta en servicio de vehículos que no hayan sido previamente revisados sobre sus condiciones de seguridad, equipado con equipos conservación y documentación por parte de comunicación la Delegación de Industria y medios auxiliares: caja de herramientas, escalera, repuestos, aparatos de medida Energía y comprobación y extintores, materiales de señalización de obra, etcel Ayuntamiento.
2b) Ordinarias: Se llevará a cabo anualmente, por la Delegación de Industria y Energía. Una vez pasada la revisión, deberá ser presentada ante el Ayuntamiento la correspondiente certificación acreditativa de reunir las condiciones técnicas exigidas por esta Ordenanza.
c) Extraordinarias: En cualquier momento, podrán ordenarse revisiones de tal carácter, sin que produzcan liquidación o cobro de tasa alguna, aunque si puede motivar, en caso de infracción, la sanción procedente. Las revisiones numeradas, se llevarán a cabo sin perjuicio y con independencia de las facultades establecidas sobre revisiones de vehículos atribuidas a otros organismos. Los vehículos que dejen de reunir las condiciones exigidas no podrán prestar de nuevo servicio sin un reconocimiento previo por parte del Organismo o Autoridad competente, en el que se acredite la subsanación de la deficiencia observada, conceptuándose como falta la contravención de ello. El contratista, una vez iniciado el contrato y hasta costo de la finalización subsanación de las deficiencias correrá a cargo del mismo, no podrá disponer para otras obras titular de la licencia.
5.5.- Características de los vehículos exigidos en este artículovehículos: Los automóviles afectos a las licencias del servicio, sin la previa autorización deberán cumplimentar los siguientes requisitos:
5.6.- Documentación: Los conductores, siempre que estén prestando servicio, deberán ir provistos de los documentos y consentimiento efectos siguientes:
a) Relativos al vehículo: Permiso de Circulación; Tarjeta de Inspección Técnica; póliza y recibos de la Dirección Facultativa entidad aseguradora y Licencia Municipal.
3. Los vehículos utilizados para b) Relativos al conductor: Permiso de conducir (clase B.T.P., como mínimo) y Permiso Local de conducir.
c) Relativo al servicio: Placa interior en lugar visible, con el cumplimiento número de licencia, matrícula y número de plazas; Código de la Circulación y normas vigentes en la materia; ordenanza Local; Reglamento nacional de Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes de Automóviles Ligeros; Plano del contrato deberán estar en adecuado estado Municipio; Libro de conservación Reclamaciones, según el modelo oficial; Dirección y funcionamiento, de acuerdo con lo que preceptúa la vigente Ley Sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y demás legislación vigente. La responsabilidad penal y civil emplazamiento de los vehículos será del contratista.
4. El contratista deberá mantener el aspecto aseado servicios de los vehículos urgencia y rotularlos con el anagrama municipal del servicio para el que están dedicados y, si así lo estima conveniente, el de su empresa.
5. Además de los vehículos referidos el Adjudicatario deberá subcontratar, sin coste alguno para el Ayuntamiento y por el tiempo necesario, cualquier otro vehículo que fuera necesario utilizar para satisfacer las obligaciones especificadas en este pliego y realizar cualquiera centros oficiales; impreso de las operaciones incluidas en el contratotarifas vigentes.
6. Los vehículos utilizados para el cumplimiento del contrato deberán estar en adecuado estado de conservación y funcionamiento, de acuerdo con lo que preceptúa la vigente Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y demás legislación vigente. La responsabilidad penal y civil de los vehículos será exclusivamente del Adjudicatario.
7. Los vehículos utilizados para el cumplimiento del contrato deberán estar rotulados con el logotipo del Ayuntamiento y el texto “Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Mantenimiento semafórico”
Appears in 1 contract
Vehículos. 1Una camioneta de tres toneladas y media ▇▇ ▇▇▇▇▇ rodada modelo 2008 como mínimo; un camión ▇▇ ▇▇▇▇▇ rodada tipo volteo modelo 2008 como mínimo, para la recolección de basura y un camión cisterna modelo 2008 como mínimo, el cual deberá estar equipado con motobomba de 5.5 HP y accesorios complementarios para efectuar el riego de áreas verdes, suministros, baldeado de muelles y lo que determine la API. El contratista estará obligado a poner a disposición permanente del servicio de mantenimiento, durante todo el tiempo de vigencia del contrato, al menos, los siguientes vehículos:
a) Un vehículo ligero tipo furgoneta, equipado con equipos de comunicación y medios auxiliares: caja de herramientas, escalera, repuestos, aparatos de medida y comprobación y extintores, materiales de señalización de obra, etc.
2. El contratista, una vez iniciado el contrato y hasta la finalización del mismo, no podrá disponer para otras obras de los vehículos exigidos en este artículo, sin la previa autorización y consentimiento de la Dirección Facultativa Municipal.
3. Los vehículos utilizados para el cumplimiento del contrato deberán estar en adecuado estado de conservación y funcionamiento, de acuerdo con lo que preceptúa la vigente Ley Sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y demás legislación vigente. La responsabilidad penal y civil color de los vehículos será del contratista.
4blanco, rotulados como “Limpieza y Mantenimiento, Puerto de Manzanillo” y portar el logotipo de la empresa. El contratista deberá mantener el aspecto aseado En caso de descompostura de cualquiera de los vehículos y rotularlos con vehículos, este tendrá que ser sustituido por otro de características similares, por lo que deberán realizar el anagrama municipal del servicio para el que están dedicados y, si así lo estima conveniente, el de su empresa.
5. Además de los vehículos referidos el Adjudicatario deberá subcontratar, sin coste alguno para el Ayuntamiento y por el tiempo necesario, cualquier otro vehículo que fuera necesario utilizar para satisfacer las obligaciones especificadas en este pliego y realizar cualquiera mantenimiento preventivo de las operaciones incluidas en el contrato.
6. Los vehículos utilizados para el cumplimiento del contrato deberán estar en adecuado estado de conservación y funcionamientounidades, de acuerdo al programa de mantenimiento del fabricante, sin ningún costo adicional para la API. Así mismo contarán con lo que preceptúa torreta fija, color ámbar. Las unidades deben estar en condiciones óptimas de operación durante la vigente Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y demás legislación vigentevigencia del contrato. La responsabilidad penal y civil de El PROVEEDOR deberá proporcionar todos los vehículos será exclusivamente del Adjudicatario.
7. Los vehículos utilizados consumibles necesarios para el cumplimiento correcto desempeño del contrato deberán estar rotulados con el logotipo del Ayuntamiento servicio de Limpieza y el texto “Ayuntamiento Mantenimiento de las Instalaciones de la Administración Portuaria Integral de Manzanillo, S. A. de C. V. y Áreas de uso común comprendidas dentro ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Portuario de Manzanillo, Col., y su Jurisdicción., como es la dotación de combustibles para el correcto funcionamiento del parque vehicular, tomando en consideración un recorrido de 120 km. diarios para la camioneta de tres toneladas y de 90 km diarios para el camión ▇▇ ▇▇▇▇▇ rodada y el camión cisterna. Mantenimiento semafórico”El PROVEEDOR deberá proporcionar dentro de los primeros 5 días del mes calendario que corresponda un informe detallado del kilometraje diario recorrido por unidad, debiendo para estos efectos llevar una bitácora de registro por vehículo.
Appears in 1 contract
Sources: Licitación Pública