Personal Cláusulas de Ejemplo

Personal. 9.1 El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la Lista de Personal Clave, de conformidad con lo indicado en las CEC, para llevar a cabo las funciones especificadas en la Lista, u otro personal aprobado por el Gerente de Obras. El Gerente de Obras aprobará cualquier reemplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista. 9.2 Si el Gerente de Obras solicita al Contratista la remoción de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato.
Personal. El presente Contrato incluye la puesta a disposición de todo el personal y medios materiales necesarios para la óptima realización en el momento más oportuno de los trabajos que se contratan. Debe entenderse, en todo caso, que el servicio que se contrata no es una prestación de personal y equipos sino una asistencia, y que PLOCAN podrá exigir al adjudicatario en todo momento todo lo que considere necesario para que el objeto del contrato sea realizado correctamente. PLOCAN, podrá, ya sea al comienzo del presente contrato o durante su vigencia, rehusar al personal que el adjudicatario adscriba a la Unidad de Asistencia Técnica y exigir su cambio cuando considere que su preparación no es la adecuada o cuando estime perjudicial su permanencia en el equipo. Cualquier modificación o adición de personal durante el transcurso de los trabajos, deberá ser previamente aprobada por PLOCAN, a la vista de nuevas credenciales. La plantilla mínima de personal a pie de obra será la siguiente: - Jefe de Unidad de Asistencia Técnica. Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos con una experiencia no inferior a cinco años, en los últimos diez años, que incluyan los tipos de trabajos explicitados en el pliego de prescripciones técnicas particulares de la presente licitación (especialista en obras marítimas). Ejercerá las funciones de Jefe de Unidad de la Asistencia Técnica y deberá tener una dedicación mensual parcial de como mínimo el 25%. - Ingeniero técnico de obras públicas o ingeniero de caminos, canales y puertos con una experiencia mínima de tres años, en los últimos diez años, que incluyan los tipos de trabajos explicitados en el pliego de prescripciones técnicas particulares de la presente licitación (especialista en obras marítimas) y una dedicación total a la obra (1,00). - Topógrafo con una experiencia mínima de tres años, en los últimos diez años, que incluyan los tipos de trabajos explicitados en el pliego de prescripciones técnicas particulares de la presente licitación y una dedicación mensual parcial a la obra de como mínimo el 50%. - Ingeniero Industrial con una experiencia mínima de tres años, en los últimos diez años, que incluyan los tipos de trabajos explicitados en el pliego de prescripciones técnicas particulares de la presente licitación y una dedicación mensual parcial a la obra de como mínimo el 50%. - Vigilante de Obra con una experiencia mínima de tres años, en los últimos diez años, que incluyan los tipos de trabajos explicitados en el pliego de pres...
Personal. EL CONTRATISTA se obliga a proveer el personal profesional y/o técnico indicado en su propuesta de servicios, previa aprobación de LA UNIVERSIDAD, con la experiencia requerida para desarrollar las distintas actividades del contrato, al cual le suministrará los servicios generales y administrativos normales en su organización para el desempeño de sus labores. Todo el personal de EL CONTRATISTA que trabaje en el desarrollo del contrato, deberá estar vinculado en forma tal que garantice su disponibilidad para la ejecución de las distintas actividades objeto de este contrato. Este personal dependerá exclusivamente de EL CONTRATISTA quien será su empleador directo y responderá por sus salarios, primas, prestaciones sociales, parafiscales, indemnizaciones y demás gastos a que esté obligado de acuerdo al ordenamiento jurídico en materia laboral; sin embargo, LA UNIVERSIDAD, se reserva el derecho de solicitar los cambios que considere convenientes, obligándose EL CONTRATISTA a realizarlos en un término no mayor a cinco (5) días hábiles a satisfacción de LA UNIVERSIDAD. Cualquier cambio deberá ser aprobado por LA UNIVERSIDAD, previa elaboración del acta respectiva. El personal de EL CONTRATISTA no tiene ni adquirirá, por razón de la ejecución del contrato, vínculo laboral alguno con LA UNIVERSIDAD. Toda la responsabilidad derivada de los contratos de trabajo correrá a cargo exclusivo de EL CONTRATISTA; así debe expresarse en los respectivos contratos laborales, o en certificación suscrita por cada uno de los empleados de EL CONTRATISTA, que deberá ser entregada al SUPERVISOR al inicio de la ejecución del contrato. PARAGRAFO: En desarrollo del contrato EL CONTRATISTA se obliga a mantener el personal asignado durante toda la ejecución, excepto por la expresa solicitud de cambio efectuada por LA UNIVERSIDAD o por fuerza mayor o caso fortuito. En todo caso, cualquier reemplazo en el personal será excepcional y deberá ser avalado por LA UNIVERSIDAD. El personal reasignado deberá tener igual o mejor perfil al inicialmente asignado.
Personal. El adjudicatario, contará con una plantilla de personal técnico titulado y no titulado de carácter fijo, suficiente para ejecutar las obras objeto del contrato. A tales efectos, se considera que la plantilla mínima que debe estar disponible es la siguiente: Responsable máximo de la empresa, que será el interlocutor oficial con el Distrito. Podrá formar parte al mismo tiempo, del personal técnico titulado adscrito a la ejecución de las obras. - 1 Arquitecto Superior, en los casos en que así se solicite. - 1 Jefe de Obra (Arquitecto Técnico o Aparejador). - 1 Encargado de Obra. - 1 Capataz. - 2 Cuadrillas compuestas por un oficial albañil, un ayudante y un peón. - 1 Oficial 1ª Fontanería. - 1 Oficial 1ª Electricista. - 1 Oficial 1ª Cerrajería. - 1 Oficial 1ª Pintura. No obstante, al considerarse esta plantilla de personal, como mínima, el contratista no podrá alegar como causa de un posible retraso en el cumplimiento de plazos de ejecución de las obras, u otro cualquier compromiso contraído, la magnitud o cuantía de los trabajos encomendados. Entre los medios personales descritos, existirá un retén mínimo, que podrá ser contactado permanentemente por teléfono, incluso festivos, sábados y domingos y que constará de: - 1 Arquitecto Técnico o Aparejador. - 1 Encargado de Obra. - 1 Cuadrilla de Albañiles. - 1 Fontanero. - 1 Electricista. - 1 Frigorista - 1 Cerrajero. El Ayuntamiento de Madrid quedará eximida de toda relación laboral y jurídica con el personal de la contrata, ya sea el de plantilla fija o cualquier otro que pudiera contratar con carácter transitorio. Igualmente quedará eximido de intervenir en las relaciones económicas y laborales entre la contrata y aquellas otras empresas que pudieran establecer subcontratas con ella. El personal que emplee la contrata en las obras objeto de este concurso, percibirá los salarios fijados en el vigente Convenio de la Construcción de la Provincia de Madrid como mínimo y tendrá cubierto los derechos que le otorga la Seguridad Social, a la que deberá encontrarse acogido. La contrata contará igualmente con unos locales, parque de maquinaria y medios auxiliares adecuados a las prestaciones previstas en el contrato. Para acreditarlo, formularán dichas disponibilidades, que habrán de estar en situación de poder ser usadas en cualquier momento. A tal efecto, se considera como dotación mínima la siguiente: Oficina Administrativa: Ubicándose en la misma el representante de la empresa, técnicos titulados, personal administr...
Personal. Para tratar Datos Personales, SAP y sus Subencargados solo proporcionarán acceso al personal autorizado que se haya comprometido a mantener la confidencialidad de los Datos Personales. SAP y sus Subencargados capacitarán periódicamente en las medidas aplicables de seguridad y privacidad de los Datos Personales, al personal con autorización para acceder a los Datos Personales.
Personal. 9.1 El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la
Personal. El personal utilizado por el CONTRATISTA para efectuar los trabajos objeto del presente Xxxxxx, no tiene ningún tipo o forma de relación de dependencia con el CONTRATANTE. Salvo que el Contratante acuerde por escrito lo contrario, no se efectuarán cambios en la composición del personal clave y de aquel especificado en lista del personal contenido en su Propuesta. Si fuere necesario sustituir a algún integrante del personal, por cualquier motivo que escape al razonable control del Contratista, éste lo reemplazará de inmediato por otra persona con calificaciones iguales o superiores a las de la persona reemplazada, previa conformidad del Contratante. Antes de comenzar a brindar el servicio el CONTRATISTA deberá presentar en la oficina administrativa de ENARSA un listado del personal que ejecutará el servicio solicitado. Los trabajos que el CONTRATISTA requiera para el cumplimiento de su prestación, se efectuarán con personal del CONTRATISTA, quedando a su exclusivo cargo el cumplimiento de las leyes laborales y demás normas sociales y previsionales y, responderá por todos los actos o hechos de sus dependientes que puedan dañar a terceros en su persona o patrimonio, al igual que al CONTRATANTE. El empleador respectivo tendrá a su cargo el pago íntegro de las remuneraciones y el cumplimiento de todas sus obligaciones como tal y el CONTRATISTA se obliga a mantener indemne al CONTRATANTE de toda acción que se le inicie con motivo de una relación laboral que tuviera como causa la ejecución del presente CONTRATO. Cuando se hubiesen tomado seguros que amparen los daños sufridos por el personal que ingresa de cualquier manera a las instalaciones donde se debe realizar la prestación de este CONTRATO, el CONTRATISTA deberá exhibir el pago de la prima correspondiente dentro de los 5 días de haberla efectuado. El personal del CONTRATISTA deberá ser idóneo, estar provisto de identificación adecuada de la empresa CONTRATISTA y de los elementos de seguridad establecidos por los organismos que reglamentan la actividad. El CONTRATISTA queda obligado a ocupar el personal que necesite con arreglo a las disposiciones laborales vigentes. Queda bajo exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, como asimismo del cumplimiento de todas las obligaciones determinadas por las leyes laborales, sin excepción, impuestos, etc. El CONTRATISTA asume la responsabilidad de su personal,...
Personal. El personal utilizado por la adjudicataria para realizar los trabajos no adquiere por esta licitación pública ningún tipo o forma de relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U., siendo por cuenta de la firma contratada todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado. Queda bajo exclusiva responsabilidad de la firma adjudicataria todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio como asimismo el cumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, obra social, sindicales, seguros, elementos de seguridad, indumentaria, beneficios y todas las obligaciones y responsabilidades emergentes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la prestación del servicio, sin excepción reservándose INTERCARGO S.A.U. la facultad de solicitar la exhibición de los comprobantes y auditar in situ su cumplimiento. El adjudicatario deberá destacar la cantidad de personal conforme cada tarea encomendada lo requiera, y mantenerla hasta la finalización integral de la prestación. La empresa queda obligada a ocupar el personal que necesite con arreglo a las disposiciones legales vigentes. El personal utilizado por la adjudicataria deberá ser idóneo y estará provisto de ELEMENTOS DE SEGURIDAD, establecidos por los Organismos que reglamentan la actividad. La adjudicataria será directa y exclusivamente responsable por los accidentes o daños que sufra el personal a cargo de estos trabajos y de los que ocasionen a personal y/o cosa de esta repartición o terceros. Se deberá presentar la siguiente Documentación MENSUALMENTE por la Empresa Adjudicataria del Servicio de Limpieza
Personal. El personal afectado a la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad social.
Personal. 9.1 El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la Lista de Personal Clave, de conformidad con lo indicado en las CEC, para llevar a cabo las funciones especificadas en la Lista, u otro personal aprobado por el Gerente de Obras. El Gerente de Obras aprobará cualquier reemplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista.