Remolque Cláusulas de Ejemplo

Remolque. Vehículo con eje delantero y trasero no dotado de medios de propulsión y destinado para ser halado por un vehículo automotor, o acoplado a un semirremolque.
Remolque. Cuando el vehículo del asegurado quedara inmovilizado en vía pública por la autoridad competente debido a la conducción con una tasa de alcoholemia superior al límite legal y siempre que ningún otro ocupante del mismo se haga cargo de su conducción, LEGÁLITAS Seguros asumirá los gastos del remolque del vehículo, hasta una distancia máxima de 100 kms. desde el lugar de inmovilización hasta el lugar que designado por el asegurado. Garantía para vehículos de menos de menos de 3.500 Kg. (PMA), sean turismos o motocicletas de más de 75 cc (excluidos los destinados a Servicio Público y/o transporte de mercancías).
Remolque. Vehículo de acople temporal que carece de motor propio para desplazarse, por lo que ha sido construido especialmente para ser halado por un vehículo automotor. Se incluyen aquí, los vehículos articulados, semi-remolques, furgones, plataformas, cisternas, y similares.
Remolque. CERTIFICACIONES, AUTORIZACIONES Y PROGRAMAS: CERTIFICACIONES, AUTORIZACIONES Y PROGRAMAS:
Remolque. 6.3.1 Se deberá disponer de medios adecuados que permitan remolcar la nave en las peores condiciones previstas. Si el cable de remolque va sujeto a más de un punto, deberá proveerse una eslinga adecuada.
Remolque. Cuando el vehículo no pudiera ser reparado “in situ”, la Aseguradora asumirá los gastos de su remolque hasta el taller oficial de la marca más próximo al lugar del hecho o al elegido por el asegurado cuando el percance suceda dentro de España, y hasta el taller oficial de la marca más cercano cuando el percance se produzca en el extranjero, dentro del ámbito territorial de la cobertura. También se prestará el servicio de remolque a los vehículos asegurados cuyos modelos sean de los denominados todoterreno/campo a través, cuando lo precisen fuera de las carreteras de libre circulación, siempre que su acceso sea lícito y posible. Si el vehículo viajase con caravana, ésta será remolcada hasta el aparcamiento más próximo al taller donde se remolque el vehículo. La Aseguradora sólo se hará cargo de los gastos de transporte propiamente dichos, con exclusión de cualquier otro, como expedición de equipajes, objetos personales, etc. No quedará cubierto el servicio de “remolque” hasta una vez pasados 7 días desde la entrada en vigor de la póliza cuando la causa sea una avería del vehículo.
Remolque. De no ser posible la "Reparación in situ", el Asegurador se hará cargo del remolque del vehículo hasta el taller/concesionario de la marca más cercano al lugar de la inmovilización, en un radio de máximo de 100 km, o hasta el taller habitual del cliente si la incidencia se produce en la misma provincia de residencia del asegurado.
Remolque. Limitado a 300 Km Lineales (600 Km totales) Cantidad de eventos anuales: 6 servicios entre Remolque y Mecánica Ligera, a razón de 2 por mes máximo.
Remolque. Si la reparación in situ no fuera posible, la entidad de asistencia remolcará el Vehículo Asegurado hasta el concesionario de la marca más cercano, o al que el cliente elija dentro de un radio de 50 km. a contar desde el lugar de la inmovilización. La entidad de asistencia se hará cargo del coste de los peajes, incluyendo los del Vehículo Asegurado averiado, en caso de que la inmovilización se produzca en una autopista de peaje. La entidad de asistencia organizará igualmente, en caso de ser necesario, el transporte del remolque o de la caravana (con un enganche estándar de 50 mm) arrastrado por el Vehículo Asegurado en reparación hasta el mismo concesionario de la marca o parking de caravanas más próximo al lugar de inmovilización.
Remolque. Unidades no motorizadas cuya finalidad y uso sea el transporte xx xxxxx móviles, motocicletas, equipaje, embarcaciones menores de placer hasta 6 metros de eslora y/o carga.