ÁREAS DE CONSERVACIÓN URBANÍSTICA. DEFINICION Cláusulas de Ejemplo

ÁREAS DE CONSERVACIÓN URBANÍSTICA. DEFINICION. Las áreas de conservación urbanística son aquellos sectores urbanos que por sus calidades arquitectónicas, urbanísticas, históricas, estéticas, culturales, ambientales, paisajísticas, etc, deben mantener y recuperar dichos valores. Artículo 287 USOS Los usos determinados para las edificaciones de conservación urbanística serán los siguientes: Principales - Vivienda - Comercio tipo 1y 2 - Institucional tipo 1 Restringidos - Comercio tipo 2 - Institucional tipo 2 - Industria tipo 1 Prohibidos: - Los no mencionados PARÁGRAFO: los usos restringidos deben ceñirse a los siguientes parámetros: - Deben ajustarse al diseño original y a los valores de la construcción, no alterando sus características estéticas, estructurales y tipológicas. - Deben contribuir a la permanencia del inmueble - La intensidad del uso de la edificación debe ajustarse a sus capacidades. - Deben restringir todo tipo de impacto que pueda afectar la edificación - No deben sobrepasar la capacidad de soporte de uso de las edificaciones - Deben Mitigar todo tipo de impactos tanto ambientales como urbanísticos, que generen tanto en la ciudad como al interior de las edificaciones.