PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA CONTRATO DE OBRAS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA CONTRATO DE OBRAS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO
CUADRO RESUMEN MODELO XX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
A. PODER ADJUDICADOR | |||
ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: | AYUNTAMIENTO DE XXXXX XXXXXX | ||
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: | Junta de Gobierno Local | ||
Fecha Resolución de inicio del expediente de contratación: | |||
Perfil de contratante: xxx.xxxxxxxxxxx.xx xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/Xxxxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxx.xxx/xxxxxx_xxxx_xxxxxx.xxx?xxXxxxxXxxxxx | |||
Dirección del órgano de contratación: X/ Xxxxxxxxx, xx 00. X.X. 00000. Xxxxx Xxxxxx (Xxxxxxx) | |||
Correo electrónico del órgano de contratación: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx | |||
B. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN | |||
Número de Expediente | 02/2019 | Tipo de Contrato: | OBRAS |
Tipo de Procedimiento | ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO | Tramitación: | ORDINARIA |
Tramitación anticipada: | NO | ||
Forma de presentación de ofertas: Manual | |||
Cabe recurso especial: NO | |||
Contrato sujeto a regulación armonizada: NO | |||
C. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO | |||
Pavimentación de calles y caminos municipales en el T.M. de Topares | |||
D. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN | |||
Presupuesto base IVA excluido: | Tipo de IVA aplicable: | Presupuesto base IVA incluido: | |
66.115,70 € | 13.884,30 € | 80.000,00 € | |
Aplicación presupuestaria: 454.631.00 | |||
Sistema de determinación del precio: |
E. VALOR ESTIMADO | ||||
Presupuesto base de licitación (IVA excluido) | 66.115,70 € | |||
Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido): | ||||
Importe de las opciones eventuales (IVA excluido): | ||||
Importe de las primas pagaderas a los licitadores (IVA excluido): | ||||
Prórroga (IVA excluido): | ||||
TOTAL VALOR ESTIMADO: | 66.115,70 € | |||
F. RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN | ||||
Comunidad Autónoma | Ayuntamiento | Otros | ||
100 % | -- | -- | ||
G. ANUALIDADES | ||||
Ejercicio | A cargo de la Admón. CCAA | A cargo del Ayuntamiento | A cargo de otros | TOTAL |
2019 | -- | 100% | -- | 80.000,00 |
TOTAL | 80.000,00 | |||
H. PLAZO DE EJECUCIÓN UN (1) MES | I. PRÓRROGA NO | J. PLAZO DE GARANTÍA: UN (1) AÑO | ||
K. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES | ||||
NO | ||||
L. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN | ||||
NO | ||||
M. REVISIÓN DE PRECIOS | ||||
NO | ||||
N. GARANTÍAS | ||||
PROVISIONAL: NO | ASCIENDE A % | |||
DEFINITIVA : NO | ASCIENDE A % | |||
COMPLEMENTARIA: NO | ASCIENDE A % | |||
Ñ. ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS | ||||
NO | ||||
O. SUBROGACIÓN | ||||
NO | ||||
P. SUBCONTRATACIÓN | ||||
NO | ||||
Q. MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS | ||||
NO | ||||
R. DATOS DE FACTURACIÓN | ||||
Entidad contratante | AYUNTAMIENTO DE XXXXX XXXXXX | |||
Órgano de contratación | CÓDIGO DIR3 | L01040985 | ||
Órgano con competencias en materia de contabilidad | CÓDIGO DIR3 | L01040985 | ||
Destinatario de la prestación | CÓDIGO DIR3 | L01040985 |
Expediente nº: O_02/2019
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
Procedimiento: Contrato de Obras por Procedimiento Abierto Simplificado Sumario
Documento firmado por: El Alcalde
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA CONTRATO DE OBRAS “PAVIMENTACION DE CALLES Y CAMINOS MUNICIPALES EN TOPARES, T.M. DE XXXXX XXXXXX” POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación
Descripción del objeto del contrato
El objeto del contrato es la ejecución de las obras correspondientes al Proyecto:
Objeto: | Proyecto: Reparación xx Xxxxx San Xxxxxxxxx y sustitución xxx xxxx | ||
Autor del Proyecto | Titulación | Presupuesto | Fecha aprobación |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Arquitecto Técnico | 80.000,00€ (IVA incluido) |
La necesidad que se ha de satisfacer con el contrato es:
Reparación de calles y caminos en la pedanía de Topares, mediante su pavimentación, mejorando su dotación actualmente deteriorados tanto por la antigüedad de los viales como por el desgaste sufrido por uso, para garantizar la seguridad de las personas como del tráfico rodado.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de obras, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación de contrato será el procedimiento abierto simplificado sumario, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
La adjudicación del contrato se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio de conformidad con lo que se establece en la cláusula décima.
CLÁUSULA TERCERA. Perfil de contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxxxxxx.xx.
CLÁUSULA CUARTA. Presupuesto de Ejecución Material, Presupuesto Base de Licitación y valor estimado del contrato
A la vista del Presupuesto recogido en el Proyecto de obras:
Objeto: | Pavimentación de calles y caminos municipales en Topares, T.M. de Xxxxx Xxxxxx | ||
Autor del Proyecto | Colegio Oficial | Número | Fecha |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Aparejadores y Arquitectos Técnico | 464 | abril 2019 |
Se denomina presupuesto de ejecución material al resultado obtenido por la suma de los productos del número de cada unidad de obra por su precio unitario y de las partidas alzadas
El Presupuesto de Ejecución Material en el tiempo de duración del contrato es:
Cuantía de 55.559,41 euros (excluido IVA) y de 80.000,00 euros incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
El Presupuesto de Ejecución Material se desglosa en los siguientes conceptos:
Concepto | Cuantía (en euros) |
1. Camino Bugejar | 3.009,24 |
2. Calle Hielo | 889,33 |
3. Calle Baza | 1.118,60 |
4. Xxxxx Xxxxxxxx | 0.000,00 |
0. Xxxxx Xxx Xxxx | 4.066,82 |
6. Plaza San Xxxxxxx Xxxxx San Xxxxxxx | 5.859,10 |
7. Xxxxx Xxxxx | 000,00 |
0. Xxxxx Xxx Xxxxxx | 1.685,62 |
9. Calle San Xxxxxx y Calle San Xxxxxxx | 4.036,66 |
10. Calle Xxxxxx | 11.258,67 |
11. Xxxxx Xxxxxx de las Xxxxxx | 4.026,52 |
12. Calle Horno | 1.152,87 |
13. Calle Molino de Viento | 5.810,79 |
14. Camino del Cementerio | 7.630,98 |
15. Seguridad y Salud | 477,00 |
PEM | 55.559,41 |
El Presupuesto Base de Licitación en el tiempo de duración del contrato es:
Cuantía de 66.115,70 euros (excluido IVA) y de 80.000,00 euros incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
A tal efecto, el Presupuesto Base de Licitación se desglosa en los siguientes conceptos:
Concepto | Cuantía (en euros) |
Presupuesto de ejecución material | 55.559,41 |
Gastos generales de la empresa, gastos financieros, etc. | 7.222,72 |
Beneficio industrial de la empresa | 3.333,56 |
Impuesto sobre el Valor añadido | 13.884,30 |
El valor estimado del contrato asciende a la cuantía de 66.115,70 euros (IVA excluido).
Método de cálculo para calcular el valor estimado:
Concepto | Cuantía (en euros) |
Presupuesto de ejecución material | 55.559,41 |
Gastos generales de la empresa, gastos financieros, etc. | 7.222,72 |
Beneficio industrial 6 % sobre el total | 3.333,56 |
Importe (excluido IVA) | 66.115,70 |
CLÁUSULA QUINTA. Existencia de crédito
Las obligaciones económicas del contrato se abonarán con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria:
Anualidad | Aplicación presupuestaria |
2.019 | 454.631.00 |
El contrato se abonará con cargo a la aplicación arriba indicada del presupuesto municipal, en la que existe crédito suficiente que se retiene.
CLÁUSULA SEXTA. Revisión de precios
NO cabe la revisión de precios.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Plazo de Ejecución y Emplazamiento
El plazo de ejecución del contrato será:
Fecha inicio (Prevista) | 15 xx xxxx de 2.019 |
Fecha final | 15 xx xxxxx de 2.019 |
Duración | Un mes |
Justificación duración del contrato | La propuesta por el Arquitecto Técnico Redactor del Proyecto |
El inicio del plazo de ejecución del contrato comenzará al día siguiente de la notificación de la adjudicación del contrato o, en su caso de la formalización del mismo.
Emplazamiento de las obras:
Descripción | Calles y Caminos municipales en Topares. |
CLÁUSULA OCTAVA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar.
CLÁUSULA NOVENA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
9.1 Condiciones previas
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
9.2 Lugar y plazo de presentación de ofertas Presentación Manual
Para la licitación del presente contrato, no se exige la presentación de ofertas utilizando medios electrónicos debido a que no está habilitado el Ayuntamiento en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Las ofertas se presentarán exclusivamente en el registro del Ayuntamiento con domicilio en Xxxxx Xxxxxxxxx, xx 00, X.X. 00000, Xxxxx Xxxxxx (Xxxxxxx), en horario de 9 a
14 horas, dentro del plazo xx XXXX (10) días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante del Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxx.
9.3. Información a los licitadores
Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación.
9.4 Contenido de las proposiciones
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un único sobre, firmado por el licitador, en el que se hará constar «Proposición para licitar a la contratación de las obras de PAVIMENTACIÓN DE CALLES Y CAMINOS MUNICIPALES EN EL
T.M. DE TOPARES.
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMÁTICA.
a) Proposición económica (ANEXO I).
Se presentará conforme al siguiente modelo:
« , con domicilio a efectos de notificaciones en
, , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , enterado del expediente para la contratación de las obras de PAVIMENTACIÓN DE CALLES Y CAMINOS MUNICIPALES EN TOPARES, T.M DE XXXXX XXXXXX por procedimiento abierto simplificado sumario, anunciado en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de
euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En , a de de 20 .
Firma del candidato,
Fdo.: .».
b) Documentos relativos a la oferta, que se deban cuantificar de forma automática (ANEXO II).
CRITERIO | OFERTA |
1. OFERTA ECONÓMICA (Anexo I) | MÁXIMO 40 PUNTOS |
2. ASUNCIÓN GASTOS REDACCIÓN PROYECTO, DIRECCIÓN DE OBRA Y COORDINACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD | MÁXIMO 50 PUNTOS |
3. GARANTÍA ADICIONAL AL PLAZO DE UN AÑO | MÁXIMO 10 PUNTOS |
c) Declaración responsable (XXXXX XXX).
CLÁUSULA DÉCIMA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta se atenderá a una pluralidad de criterios de adjudicación:
Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán de la siguiente forma:
CRITERIO 1: OFERTA ECONÓMICA: hasta un máximo de 40 puntos. Se valorará con 40 puntos la oferta más económica presentada que no supere el precio base de licitación, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntos licitador n = 40 X Menor importe ofertado
Oferta licitador n
CRITERIO 2: ASUNCIÓN DE GASTOS DE REDACCIÓN DE PROYECTO, DIRECCIÓN DE OBRA Y COORDINACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD (6.997,43 euros): Hasta un máximo de 50
puntos. Por cada 20% del gasto 10 puntos
CRITERIO 3: PLAZO DE GARANTÍA ADICIONAL, con deber de conservación: Hasta un máximo de 10 puntos. Por cada semestre de garantía adicional 5 puntos
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Oferta anormal o desproporcionada
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos (artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas):
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
Cuando en aplicación de los parámetros establecidos en los criterios de valoración de las ofertas, alguna de ellas esté incursa en presunción de anormalidad según lo establecido en el párrafo anterior, se concederá a los licitadores afectados un plazo de 5 días hábiles para que puedan presentar una justificación adecuada de las circunstancias que les permiten ejecutar dicha oferta en esas condiciones, con los criterios que se señalan al respecto en el artículo 149.4 de la LCSP.
A la vista de las justificaciones de los contratistas cuya oferta haya sido clasificada como desproporcionada, la Unidad Técnica, propondrá al órgano de contratación motivadamente la admisión de la oferta o su exclusión. En la valoración de las ofertas no se incluirán las proposiciones declaradas desproporcionadas o anormales hasta tanto no se hubiera
seguido el procedimiento establecido en el artículo 149 de la LCSP y, en su caso, resultara justificada la viabilidad de la oferta.
Cuando resulte adjudicatario del contrato una empresa que hubiese estado incursa en presunción de anormalidad, el órgano de contratación establecerá mecanismos adecuados para realizar un seguimiento pormenorizado de la ejecución del mismo, con el objetivo de garantizar la correcta ejecución del contrato sin que se produzca una merma en la calidad de los servicios contratados.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Admisibilidad de Variantes
No se admiten variantes.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA. Preferencias de Adjudicación en caso de Empates
Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios de valoración establecidos para el lote o lotes u oferta integradora de que se trate, se produzca un empate en la puntuación otorgada a dos o más ofertas, se utilizarán los siguientes criterios para resolver dicha igualdad:
1º: El que mayor puntuación haya obtenido por aplicación del criterio 1. (oferta económica)
2º: El que mayor puntuación haya obtenido por aplicación del criterio 2. (asunción de gastos de Dirección y Ejecución de Obra y Coordinación de la Seguridad y Salud)
3º: El que mayor puntuación haya obtenido por aplicación del criterio 3. (mayor plazo de garantía adicional)
Si el empate persistiera después de utilizar por este orden los criterios indicados, se resolverá dicha igualdad, otorgando preferencia a las ofertas presentadas por orden cronológico de entrada en el Registro General del Ayuntamiento.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Apertura de Proposiciones
El órgano de contratación designará una unidad técnica encargada de la apertura y de la valoración de las proposiciones.
Salvo acuerdo en contrario, la unidad técnica estará integrada por:
- Arquitecto Técnico de la Unidad de Asistencia a Municipios de “Los Xxxxx” de la Excma. Diputación Provincial de Almería o funcionario que le sustituya.
- El Letrado de la Unidad de Asistencia a Municipios de “Los Xxxxx” de la Excma.
Diputación Provincial de Almería o funcionario que le sustituya.
- La Secretaria Interventora del Excmo. Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxx o funcionario que le sustituya.
La apertura de las proposiciones se realizará por la unidad técnica en acto público en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxx el tercer día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de ofertas a las 12:00 horas.
Abiertas las ofertas, su valoración se efectuará por la unidad técnica de acuerdo con las fórmulas establecidas en la cláusula décima de este pliego, generándose la propuesta de adjudicación a favor del licitador que obtenga la mejor puntuación.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139.1 LCSP, la presentación de las proposiciones supone la autorización al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos en un Estado miembro de la Unión Europea.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA. Adjudicación del Contrato
En un plazo no superior a 5 días desde la finalización del plazo para presentar proposiciones, se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, procediéndose, una vez adjudicado el mismo, a su formalización.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA. Formalización del Contrato
El contrato se perfeccionará con su formalización.
Con carácter previo a la formalización del contrato el adjudicatario deberá acreditar
documentalmente lo indicado en la declaración responsable (Anexo III).
La formalización del contrato se efectuará mediante la firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA. Penalidades por Incumplimiento
16.1. Penalidades por demora
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por el órgano de contratación.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 200,00 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
16.2. Penalidades por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la prestación
El incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquiera de sus obligaciones contractuales o su cumplimiento defectuoso, conllevará igualmente una multa coercitiva del 10 % del precio del contrato, en función de su mayor o menor gravedad y reincidencia.
Las penalizaciones que se impongan al adjudicatario son independientes de la obligación del contratista de indemnizar por los daños y perjuicios que su incumplimiento ocasione al Ayuntamiento o a terceros con derecho a repetir contra el Ayuntamiento.
En el caso de incumplimientos por parte del adjudicatario de aspectos de su oferta, la indemnización que se exigirá al contratista incorporará la diferencia que en su caso haya existido entre su oferta y la del siguiente contratista al que se hubiese adjudicado el contrato sin tener en cuenta el criterio que no ha cumplido el adjudicatario.
16.3. Imposición de penalidades
Para la imposición de estas penalizaciones e indemnizaciones por incumplimientos contractuales se seguirá un expediente contradictorio sumario, en el que se concederá al contratista un plazo de alegaciones de 5 días naturales tras formularse la denuncia. Dichas alegaciones y el expediente de penalización será resuelto, previo informe del responsable municipal del servicio e informe jurídico, por el Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue, resolución que pondrá fin a la vía administrativa.
El inicio del expediente para la imposición de estas penalidades por el Ayuntamiento se realizará en el momento en que tenga conocimiento por escrito de los hechos. No obstante, si se estima que el incumplimiento no va a afectar a la ejecución material de los trabajos de manera grave o que el inicio del expediente de penalización puede perjudicar más a la marcha de la ejecución del contrato que beneficiarla, podrá iniciarse dicho expediente en cualquier momento anterior a la terminación del plazo de garantía del contrato.
Las penalidades e indemnizaciones impuestas serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas mediante deducción de los pagos correspondientes que el Ayuntamiento tenga pendientes de abonar al contratista. Si ya no existiesen cantidades pendientes de pago, se podrán hacer efectivas contra la garantía definitiva y si ésta no alcanzase el montante de la penalización, se podrá reclamar por la vía administrativa de apremio por considerarse ingreso de derecho público.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 211 y 245 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Además el contrato podrá ser resuelto por el órgano de contratación cuando se produzcan incumplimiento del plazo total o de los plazos parciales fijados para la ejecución del contrato que haga presumiblemente razonable la imposibilidad de cumplir el plazo total, siempre que el órgano de contratación no opte por la imposición de las penalidades de conformidad con la cláusula 23.
Asimismo serán causas de resolución del contrato al amparo del artículo 211 f) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público las establecidas como obligaciones esenciales por el órgano de contratación.
La resolución del contrato dará lugar a la comprobación, medición y liquidación de las obras realizadas con arreglo al proyecto, fijando los saldos pertinentes a favor o en contra del contratista. Será necesaria la citación del contratista para su asistencia al acto de comprobación y medición.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de
derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
En Xxxxx Xxxxxx, a de 17 xx xxxxx de 2.019.
EL ALCALDE PRESIDENTE
Fdo: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxx.
ANEXO I PROPOSICIÓN ECONÓMICA
(CRITERIO DE ADJUDICACIÓN 1 CLÁUSULA 10ª: Máximo 40 puntos)
« , con
domicilio a efectos de notificaciones en ,
, n.º , con NIF n.º
, en representación de la Entidad
, con NIF n.º
, enterado del expediente para la contratación de las obras de PAVIMENTACIÓN DE CALLES Y CAMINOS MUNICIPALES EN TOPARES, T.M. DE XXXXX XXXXXX, por procedimiento
abierto simplificado sumario, anunciado en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Proyecto de obras y el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de
euros y Impuesto sobre el Valor Añadido.
euros correspondientes al
En , a de de 20 .
Firma del candidato,
Fdo.: .».
ANEXOII
COMPROMISOS ASUMIDOS EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (CLÁUSULA 10ª)
CRITERIOS | OFERTA |
2. ASUNCIÓN GASTOS REDACCIÓN PROYECTO, DIRECCIÓN DE OBRA Y COORDINACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD (Máximo 50 puntos) | 20% GASTO 40% GASTO 60% GASTO 80% GASTO 100% GASTO |
3. GARANTÍA ADICIONAL AL PLAZO DE UN AÑO (Máximo 10 puntos) | 1 SEMESTRE 2 SEMESTRES |
XXXXX XXX DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , con DNI
, en representación de la empresa
, con NIF
, con domicilio fiscal en
, c/ , C.P.
, tfno. , y domicilio a efectos de
notificación en , c/
, C.P.
.
y tfno.
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
- Tener plena capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración Pública conforme al artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- No tener deuda pendiente con el Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxx.
En , a de de 20 .
Firma del candidato,
Fdo.: .».