CONTRATO N° -2007-SUNARP
CONTRATO DE MENSAJERÍA LOCAL Y NACIONAL
CONTRATO N° -2007-SUNARP
Conste por el presente documento el CONTRATO DE SERVICIOS que celebran de una parte, LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS, con R.U.C. N° 20267073580, con domicilio en la calle Mayor Xxxxxxx Xxxxxxx N° 260-264 San Xxxxxx, representada por el Ingeniero XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, identificado con D.N.I. N° 09535917, en adelante “ LA SUPERINTENDENCIA “; y de la otra parte la Empresa MACRO POST S.A.C., con R.U.C. N° 20387377167, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx 0000, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxx, debidamente representada por xxx XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, identificado con D.N.I. N° 06603494, con Poder Inscrito en la Partida Electrónica N° 11036839 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, en adelante “EL CONTRATISTA”; en los términos y condiciones siguientes :
CLÁUSULA PRIMERA .- ANTECEDENTES
Con Formato de aprobación N° 98 -2007-SUNARP/GAF de 1 Junio de 2007, se aprobaron las Bases de la Adjudicación Directa Selectiva N° 004-2007-SUNARP “Contratación del Servicio de Mensajería“.
El indicado Proceso de Selección se realizó mediante el sistema de precios unitarios, culminó con el otorgamiento de la Buena Pró al Contratista MACRO POST S.A.C.,con fecha 22 xx Xxxxx De 2007, la misma que quedó consentida el 9 de Julio de 2007, del que se origina la presente relación contractual .
1.2 “EL CONTRATISTA” es una Empresa dedicada entre otros a la contratación del Servicio de Mensajería local y Nacional y cuenta con la capacidad y experiencia necesaria para cumplir con la prestación requerida por la “SUPERINTENDENCIA”.
CLÁUSULA SEGUNDA.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte integrante de este Contrato, los siguientes documentos :
Las Bases integradas y sus respectivos Anexos
La Propuesta de “ EL CONTRATISTA “ y sus documentos anexos
CLÁUSULA TERCERA.- OBJETO
Por el presente contrato “ EL CONTRATISTA “ se obliga a prestar a “ LA SUPERINTENDENCIA” el Servicio de mensajería ( local y Nacional), cuyos requerimientos Técnicos mínimos , cantidades , importes unitarios y totales , se fijan en la propuesta de “ EL CONTRATISTA “, el mismo que forma parte del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA .- MONTO ADJUDICADO
ITEM |
DESCRIPCION DEL BIEN |
CANTIDAD DE ENVIOS |
VALOR UNITARIO |
COSTO TOTAL |
|
1 |
ENVIO LOCAL |
SERVICIO NORMAL |
12124 |
1.575 |
19,095.30 |
|
|
SERVICIO URGENTE |
247 |
3.500 |
864.50 |
2 |
ENVIO NACIONAL |
SERVICIO NORMAL |
7993 |
5.488 |
43,865.58 |
|
|
SERVICIO URGENTE |
163 |
6.00 |
978.00 |
|
|
|
TOTAL S/. |
|
64,803.38 |
El precio adjudicado concuerda con la propuesta económica de “EL CONTRATISTA”
La misma que al formar parte del presente contrato, no podrá ser alterada, modificada o sustituída, permaneciendo inalterable hasta la conformidad de la prestación del servicio.
CLÁUSULA QUINTA .- FORMA DE PAGO
El pago correspondiente a la cancelación del servicio se efectuará en forma mensual, dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la entrega del respectivo comprobante de pago y presentación de las facturas y conformidades de las áreas a las cuales se les brindó este servicio .
CLÁUSULA SEXTA .- INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y PENALIDADES
6.1 PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El retraso injustificado en la ejecución del servicio de mensajería por parte de “ EL CONTRATISTA” , determinará la aplicación de una penalidad por cada día de atraso injustificado, hasta por un monto máximo equivalente al diez (10%) del monto adjudicado.
La penalidad se aplicará de acuerdo a la siguiente fórmula:
0.10% x monto del
Contrato
Penalidad diaria = _____________________
F x Plazo en días
* Atendiendo el plazo de ejecución del presente contrato, “F” será igual a 0.25
6.2 PENALIDAD POR PÉRDIDA, INVALIDEZ O DETERIORO DE CORRESPONDENCIA
LA SUNARP deducirá de las facturas a pagar una penalidad equivalente al 5% de una UIT para reelaboración de los documentos siniestrados, independientemente de la penalidad descrita en el numeral precedente.
6.3 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes, o ambas, pueden poner fin al contrato por un hecho sobreviniente
a la suscripción del mismo, siempre que se encuentre previsto expresamente en las Bases,
en el contrato o en el Reglamento.
Por igual motivo, se puede resolver el contrato en forma parcial, dependiendo de los alcances del Incumplimiento, de la naturaleza de las prestaciones , o de algún otro factor relevante siempre y cuando sea posible sin afectar el contrato en su conjunto.
6.4 CAUSALES DE RESOLUCIÓN
La entidad podrá resolver el contrato, de conformidad con el inciso c ) del artículo 41° de la Ley, En los casos en que el contratista :
Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su
cargo, pese a haber sido requerido para ello.
haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por xxxx en la ejecución de la
Prestación a su cargo .
El contratista podrá solicitar la resolución del contrato, de conformidad con el inciso c) del artículo 41° de la Ley, en los casos en que la entidad incumpla injustificadamente sus obligaciones esenciales, las mismas que se contemplan en las Bases o en el contrato, pese a haber sido requerido conforme al procedimiento establecido en el artículo 226°.
CLÁUSULA SÉTIMA.- OBLIGACIONES DE “EL CONTRATISTA”
7.1 Cumplir con la prestación del servicio durante el período doce (12) Meses y/o hasta ejecutar el monto total del contrato lo que ocurra primero, de acuerdo a lo señalado en la cláusula tercera de este contrato , según las bases , propuesta y demás documentos complementarios .
7.2 No ceder a terceros, total o parcialmente los derechos y obligaciones de este contrato.
CLÁUSULA OCTAVA.- COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
“EL CONTRATISTA” declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato , bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento .
CLÁUSULA NOVENA .- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluídos los que se refieran a su nulidad e invalidez se resolverán mediante conciliación; de no resolverse la Controversia mediante conciliación , se procederá al Arbitraje Institucional de derecho, bajo la organización de los órganos del Sistema nacional de Conciliación y Arbitraje del CONSUCODE
El arbitraje se realizará mediante un Tribunal Arbitral conformado por tres árbitros de la siguiente manera: cada parte designará un árbitro, entre los dos árbitros designados designarán un tercer árbitro, quien actuará en calidad de Presidente .
CLÁUSULA DECIMA .- DOMICILIO
Las partes se cursarán las comunicaciones y notificaciones correspondientes a la ejecución del presente Contrato a los domicilios señalados en la introducción del mismo. Dichos domicilios sólo podrán ser variados para efectos del presente contrato, dentro del Radio Urbano de la Ciudad de Lima.
CLÁUSULA DECIMA PRIMERA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Las partes declaran que el presente Contrato, sus anexos y sus disposiciones, no podrán ser modificados o alterados sin el acuerdo previo y escrito de cada una de ellas; por lo cual las partes se comprometen a llevar a cabo cualquier modificación, sólo suscribiendo el Addendum que corresponda.
CLÁUSULA DECIMO SEGUNDA.-VIGENCIA DEL CONTRATO
Se considera que el presente contrato adquiere plena vigencia al día siguiente de la suscripción por ambas partes, por un período de un Año y/o hasta ejecutar el monto total del contrato, lo que ocurra primero.
CLÁUSULA DECIMO TERCERA.- NORMAS QUE RIGEN AL CONTRATO
El presente contrato se rige por las cláusulas que estipula y supletoriamente por las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiones del Estado y su Reglamento, por el Código Civil y por todas aquellas normas cuya aplicación resulte pertinente.
CLÁUSULA DECIMO CUARTA.- SUPERVISIÓN Y CONFORMIDAD .
La ejecución del servicio y el cumplimiento del presente contrato durante su vigencia , será Supervisado por la Secretaria General, Gerencia Legal, Tesorería y Contabilidad de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Sede Central de la SUNARP, quienes dará su conformidad por el servicio prestado a efecto de proceder al pago correspondiente.
“LA SUPERINTENDENCIA” y “EL CONTRATISTA“ mutuamente acuerdan, ejecutar completamente el presente Contrato y someterse a todas las cláusulas y a los documentos que lo integran; así como a las normas legales que le sean aplicables.
En señal de conformidad con la estipulaciones del presente contrato, ambas partes lo suscriben por triplicado, a los 13 días del Mes de Julio de 2007
LA SUPERINTENDENCIA EL CONTRATISTA