Contract
NOTA: La presente minuta corresponde a un modelo del contrato que estará sujeta a los ajustes y modificaciones derivados de lo previsto en el pliego de condiciones, las necesidades propias del contrato específico y a la modalidad de selección.
CONTRATO No. :
CLASE : SUMINISTRO
CONTRATISTA :
VALOR :
PLAZO :
El FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO -FONADE- (en adelante FONADE),
Empresa Industrial y Comercial del Estado, de carácter financiero, dotada de personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, vinculada al Departamento Nacional de Planeación, creada mediante el Decreto 3068 de 1968 y reestructurada mediante los Decretos 2168 de 1992 y 288 de 2004, representado por XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX, identificada con cédula de ciudadanía Nº 52.046.945 de de Bogotá, en su calidad de Subgerente de Contratación, nombrada mediante Resolución 368 del 14 xx xxxxxx de 2008 y acta de posesión del primero (1°) de septiembre de 2008, facultada para suscribir el presente documento de conformidad con lo dispuesto en la Resolución No. 063 del 15 xx xxxxx de 2009, de una parte, y, de otra, , NIT. , representada por
, identificado con cédula de ciudadanía No. , según certificado expedido por la Cámara de Comercio, expedido el ( ) de de 200_, quien declara bajo la gravedad del juramento que ni él ni la sociedad por él representada, se encuentran incursos en causal de inhabilidad o incompatibilidad establecida por la ley, ni figuran en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, quien en adelante, se denominará el CONTRATISTA, hemos acordado celebrar el contrato contenido en las cláusulas que se estipulan más adelante previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1. Que FONADE suscribió con el MINISTERIO DEFENSA NACIONAL y el
EJERCITO NACIONAL DE COLOMBIA el convenio No. 200916, 2. Que en desarrollo de los mencionados convenios FONADE se compromete a elaborar y celebrar los convenios y/o contratos que resulten necesarios para la ejecución de los proyectos objeto del convenio; 3) Que FONADE adelantó el proceso de selección abreviada XX 000-0000, cuyo objeto fue CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MATERIALES PETREOS Y MEZCLA ASFALTICA PARA EL PROYECTO: “DE LA VIA ATACO – PLANADAS SECTOR SANTIAGO PEREZ – EL CONDOR, (11 KM) EN EL DEPARTAMENTO DEL TOLIMA” OBRA QUE EJECUTA EL EJERCITO NACIONAL. 4) Que FONADE,
mediante Resolución del , dispuso la apertura del proceso de selección abreviada por subasta inversa para la CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MATERIALES PETREOS Y
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MEZCLA ASFALTICA PARA EL PROYECTO: “DE LA VIA ATACO – PLANADAS SECTOR SANTIAGO PEREZ – EL CONDOR, (11 KM) EN EL DEPARTAMENTO DEL TOLIMA” OBRA QUE EJECUTA EL
EJERCITO NACIONAL. 5) Que el día xx de xxxx de 2009, a las xx:00 p.m., se realizó la diligencia de cierre del proceso, al cual presentaron oferta los siguientes proponentes, tal como consta en el acta correspondiente:
No. | PROPONENTE |
5) Que el resultado de la verificación de los requisitos habilitantes y factores técnicos de escogencia del proceso de selección abreviada XX 000-0000, fue el siguiente:
NO. | PROPONENTE | RESULTADO |
6) Que de conformidad con lo establecido en el numeral xx xxx Xxxxxx de Condiciones, el día xx de xxxx de 2009, a las xx:00 a.m., se llevo a cabo la subasta inversa presencial, entre los proponentes habilitados. 7) Que el documento de recomendación de adjudicación, del xx de xxxx de 2009, suscrito por quienes conformaron el Comité de Evaluación del Proceso SA- 363-2009, recomendó al ordenador del gasto, aceptar la oferta presentada por la sociedad xxx, por el valor ofertado válidamente en el lance xx, es decir por la suma de xxxxx. 8) Que mediante Resolución xxx del xx de xxx de 2009, la Subgerente de contratación de FONADE, aceptó la recomendación del Comité de Evaluación y en consecuencia, adjudicó el proceso de selección SA-363-2009 a la sociedad xxxx por la suma de xxx ($). 9) Que el presente contrato está amparado con el certificado de disponibilidad presupuestal No. Xxxx del xxx, expedido por el responsable del Fondo de Gerencia de Proyectos de FONADE. 10) Que teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, se procede a la suscripción, perfeccionamiento y legalización del respectivo contrato, el cual se rige por las siguientes CLAUSULAS: CLAUSULA PRIMERA – OBJETO: CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO. El CONTRATISTA se compromete a entregar a título de compraventa, CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MATERIALES
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PETREOS Y MEZCLA ASFALTICA PARA EL PROYECTO: “DE LA VIA ATACO – PLANADAS SECTOR SANTIAGO PEREZ – EL CONDOR, (11 KM) EN EL DEPARTAMENTO DEL TOLIMA” OBRA QUE EJECUTA
EL EJERCITO NACIONAL, de acuerdo a lo requerido en el pliego de condiciones que antecedió la celebración de este contrato y la propuesta presentada y aceptada, la cual hace parte integral del presente contrato. PARÁGRAFO PRIMERO.- El pliego de condiciones a que hace referencia esta cláusula, y especialmente su Capítulo cuarto, denominado Condiciones Contractuales Generales, se entiende incorporado al presente contrato, aun cuando en este no se reproduzca su contenido. En el evento en que se presente alguna contradicción entre, de una parte, el pliego de condiciones y este contrato, y de otra, la propuesta presentada por el CONTRATISTA, prevalecerá el contenido de aquellos documentos. PARÁGRAFO SEGUNDO.- Sin autorización previa y escrita de FONADE, previo concepto de la supervisión, el CONTRATISTA no podrá apartarse de las obligaciones que le resultan exigibles en virtud del presente contrato. En el evento en que lo haga, perderá el derecho a reclamar el reconocimiento y pago de cualquier suma que resulte de su decisión y será responsable de los daños que, como consecuencia de ella, le cause a FONADE, sin perjuicio de la que seguirá vigente su obligación de ejecutar el objeto contractual en su totalidad. CLÁUSULA SEGUNDA.- VALOR DEL CONTRATO. El valor del presente contrato asciende a la suma de xxx PESOS ($ ) m/cte. incluido IVA y todos los impuestos que se causen con ocasión de la celebración, ejecución y liquidación del contrato, el cual corresponde a la totalidad de los costos relacionados por EL CONTRATISTA en su propuesta. El valor del contrato se encuentra presupuestado según el certificado de disponibilidad presupuestal del de de 2009, expedido por FONADE. CLÁUSULA TERCERA.- FORMA DE PAGO. FONADE cancelará al contratista la suma pactada en la cláusula segunda, así: el 90% del valor del contrato en pagos quincenales de acuerdo al valor de los materiales entregados en dicho periodo, previa presentación de la factura correspondiente y la certificación por parte de la interventoria del recibo a satisfacción de los materiales objeto del contrato y aprobación de la misma por parte del Supervisor de lo Convenio 200916, acompañada del comprobante de ingreso de los bienes a la obra respectiva; el ultimo pago correspondiente al 10% del valor del contrato a la liquidación del mismo al recibo formal de la totalidad de los materiales. PARAGRAFO PRIMERO: Para efectos del pago se debe presentar previamente la factura a favor de FONADE, el formato de solicitud de desembolso, certificación del supervisor del cumplimiento de las actividades y entrega de la totalidad de los bienes a cabalidad. PARAGRAFO SEGUNDO: Los pagos señalados en la presente cláusula
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quedan condicionados adicionalmente a que las personas jurídicas acrediten el cumplimiento de la obligación de que trata el artículo 50 de la ley 789 de 2002. PARAGRAFO TERCERO: FONADE realizará los pagos dentro de los diez días calendario siguiente a las fechas de radicación de las cuentas o de la fecha en que EL CONTRATISTA subsane las glosas que se le formulan. PARÁGRAFO CUARTO: Para efectos del desembolso, EL CONTRATISTA deberá informar el Régimen Tributario en el cual se encuentra inscrito, así como el número de inscripción del Registro Único tributario RUT y anexar copia de esa inscripción, así mismo, deberán diligenciar el formato CREACIÓN DE TERCEROS en el que registrarán la información solicitada. CLÁUSULA CUARTA – PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del presente contrato es a partir de la Suscripción del Acta de Inicio hasta el 31 de diciembre de 2009, previa aprobación de las pólizas y legalización del contrato. Este plazo podrá ser prorrogado o suspendido, de acuerdo con lo previsto en los numerales 1.5 y 4.3 xxx xxxxxx de condiciones. CLÁUSULA QUINTA.- DOMICILIO CONTRACTUAL. Las partes acuerdan como domicilio contractual, para todos los efectos, la ciudad de Bogotá, D.C. CLÁUSULA SEXTA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 1) Cumplir con todas y cada
una de las actividades establecidas en el pliego de condiciones del proceso de selección abreviada XX 000-0000, el cual hace parte integral del presente contrato, en la forma y requerimientos establecidos. 2) Dar cumplimiento a las normas vigentes en relación con los aportes a pensión y salud; 3) Atender oportunamente los requerimientos que realice la supervisión del contrato; 4) indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo; 5) Responder por el pago de los impuestos, tasas y/o contribuciones que se causen con ocasión de la celebración, ejecución y liquidación del contrato; 6) Entregar los bienes objeto del contrato, en las condiciones, modos y plazos determinados, cumpliendo con las especificaciones solicitadas, ofrecidas y contratadas. 7) entregar los bienes objeto del presente contrato, en la dependencia destino y al funcionario que sea designado, suscribiendo el “acta de recibo a satisfacción”, o el acta de recibo parcial, según corresponda, en los términos y condiciones descritas en el pliego de condiciones y por él ofertadas. 8) Entregar la garantía de fabricante de los bienes objeto del contrato contra defectos de fabricación por el término ofertado, el que en todo caso, no será menor de tres (3) años. Los tiempos de garantía serán contabilizados a partir de la fecha en la cual el supervisor del contrato suscriba el acta de recibido a satisfacción. 9) Prestar el servicio de soporte y/o Servicio Técnico en los plazos y términos ofertados. 15) Las demás requeridas para el cabal
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cumplimiento del objeto contractual. OBLIGACIONES DE FONADE: 1) Entregar al contratista las sumas indicadas en la cláusula segunda, en el plazo y términos allí previstos. 2) Ejercer la vigilancia administrativa, técnica y financiera del contrato. 3) Formular sugerencias por escrito sobre observaciones que estime convenientes en el desarrollo del contrato, siempre enmarcadas dentro de los términos del mismo. CLAUSULA SEPTIMA.- GARANTÍAS: El contratista deberá constituir a favor de FONADE–MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL–EJERCITO NACIONAL una garantía única, que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una aseguradora o entidad financiera legalmente establecida en Colombia o garantía bancaria expedida por un banco local, que incluya los siguientes amparos: A. Cumplimiento: Por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, por el término de vigencia del contrato y seis (6) meses más Esta cobertura también debe incluir el cumplimiento del pago por el asegurador de la cláusula penal pecuniaria, en los porcentajes señalados en el contrato. B. De Calidad del Bien y Correcto Funcionamiento: Por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, contados a partir del recibo a satisfacción, por el término de vigencia del contrato y tres (3) años más. C. De Responsabilidad Civil Extracontractual: Por un monto equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, por el término de su duración. X. Xx Xxxxxxxx, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones: Por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, por el termino de vigencia del contrato y tres (3) años mas. PARÁGRAFO PRIMERO: EL Contratista entregará a FONADE, a más tardar dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la firma del presente contrato, las garantías a las que se refiere la presente cláusula y el comprobante de pago de las primas. PARÁGRAFO SEGUNDO: Las garantías expedidas a favor de FONADE serán aprobadas por la Subgerencia de Contratación - Legalizaciones de esta entidad, como requisito para suscribir el acta de inicio del contrato. PARÁGRAFO TERCERO: El hecho de la constitución de las garantías previstas en la presente cláusula no exonera al CONTRATISTA de las responsabilidades contractuales y legales en relación con los riesgos asegurados. XXXXXXXX XXXXXX – PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN. El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes y la expedición del Registro Presupuestal. Perfeccionado el contrato para su legalización y ejecución se requiere: a) Constituir la garantía que lo amparan; b) Cancelar el valor por concepto de timbre que se genere del contrato; c) Acreditar el pago de los derechos de publicación del contrato. CLAUSULA DÉCIMA – LIQUIDACIÓN: Dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de terminación del objeto contractual, este contrato deberá liquidarse con
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el fin de determinar las obligaciones pendientes a cargo de las partes contratantes. Si el CONTRATISTA no se presenta a la liquidación, FONADE procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. Para constancia se firma a los