GARANTÍAS Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍAS. Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.
GARANTÍAS. EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato13: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. En el caso que corresponda, consignar lo siguiente: Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias14: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas. Garantía por el monto diferencial de la propuesta15: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
GARANTÍAS. A fin de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que le corresponden al CONCESIONARIO conforme al Contrato, incluyendo el pago de las penalidades a las que se refiere la Cláusula 11 y el pago de las sumas ordenadas por sentencia definitiva firme o laudo arbitral exigible derivadas de la celebración del Contrato, el CONCESIONARIO entregará al CONCEDENTE la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, conforme a las reglas siguientes: La entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Construcción al CONCEDENTE es requisito para la Fecha de Cierre. La Garantía de Fiel Cumplimiento de Construcción deberá estar vigente desde la Fecha de Cierre hasta un mes después de la Puesta en Operación Comercial. Dicha Garantía de Fiel Cumplimiento de Construcción será otorgada por períodos anuales hasta cumplir el plazo de vigencia descrito anteriormente. Asimismo, será devuelta contra la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Operación descrita en los Literales d) y e) de la presente cláusula. En caso de atraso en el inicio de la Puesta en Operación Comercial, la Garantía de Fiel Cumplimiento de Construcción deberá ser renovada o prorrogada hasta que se pague la penalidad o se resuelva en definitiva que no procede el pago de ninguna penalidad, según sea el caso. La Garantía de Fiel Cumplimiento de Operación deberá ser entregada en la oportunidad señalada en el Literal b) de la presente cláusula y permanecer vigente hasta seis (6) meses posteriores al cumplimiento del plazo de vigencia del Contrato. La Garantía de Fiel Cumplimiento de Operación será otorgada por períodos anuales y deberá ser renovada o prorrogada hasta que se complete la transferencia de los Bienes de la Concesión o mientras subsistan controversias relativas al Contrato o su terminación. Ambas garantías deberán ser solidarias, irrevocables, incondicionales, sin beneficio de excusión, ni división y de realización automática, emitida por cualquiera de las Entidades Financieras indicadas en las Bases, siguiendo el formato y por el monto que indica el Anexo 4. Si la garantía no es renovada por el CONCESIONARIO a más tardar a los treinta (30) días calendario anteriores a su vencimiento, el CONCEDENTE podrá ejecutar totalmente la garantía respectiva. En este caso, los fondos resultantes de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la garantía correspondiente hasta el momento en que el CONCESIONARIO entregue al CONCEDENTE una nueva Garantía de Fiel ...
GARANTÍAS. EL CONTRATISTA" se obliga con "El CONTRATANTE" a otorgar las siguientes garantías: Póliza de Fianza que otorgará dentro de los siguientes 5 días hábiles a partir de la firma del presente contrato, por el valor del 10% del importe total contratado, a fin de garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de éste en el entendido que de no otorgarse dicha fianza no se considerará formalizado el presente documento; En caso de no exhibirla dentro de dicho plazo se hará acreedor a una multa administrativa según lo contemplado en el artículo 118 de la Ley de Obra Pública y de Servicios Relacionados para el Estado y los Municipios de Guanajuato. Concluida la obra y como parte del finiquito de la misma deberá sustituir "EL CONTRATISTA" la garantía de cumplimiento por otra para prever vicios ocultos equivalente al 10% del monto total de los trabajos realmente ejecutados misma que tendrá una vigencia de doce meses contados a partir del acto de entrega-recepción. Póliza de fianza por el valor del 100% del anticipo autorizado, dentro de los siguientes 5 días hábiles contados a partir de la firma del presente contrato. Esta fianza se liberará una vez que se haya amortizado en su totalidad el mismo. Estas fianzas deberán ser otorgadas por una Institución Afianzadora debidamente acreditada y autorizada para tal efectos y ante el Municipio xx Xxxx, Gto., a favor y satisfacción de la Tesorería Municipal xx Xxxx, Gto.
GARANTÍAS. LA GARANTÍA DEBERÁ CONSTITUIRSE DENTRO DE LOS 10 DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL CONTRATO MEDIANTE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO A FAVOR DE EL MUNICIPIO DE XXXXXXX XX XXXX, POR EL 10% DEL IMPORTE TOTAL DEL CONTRATO, SIN INCLUIR EL IVA, DE ACUERDO AL ARTÍCULO 48 DE LA LEY EN LA MATERIA. EL PROVEEDOR SELECCIONADO RESPONDERÁ DE LOS DEFECTOS DE FABRICACIÓN Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES QUE PRESENTE, COMPROMETIÉNDOSE A SUSTITUIRLOS POR OTRO, QUE CUMPLA CON LAS ESPECIFICACIONES DE SU PROPOSICIÓN, CONTRATO Y EN CASO DE EXISTIR ANTICIPO DEBERÁ DE GARANTIZARLOS DE LA MISMA FORMA, ASÍ TAMBIÉN EL PROVEEDOR RESPONDERÁ POR LA OPORTUNA ENTREGA DEL BIEN, CALIDAD Y ESPECIFICACIONES REQUERIDAS. EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN CUYOS CONTRATOS NO REQUIERAN GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY, LOS LICITANTES NO INCLUIRAN EN SUS PROPOSICIONES LOS COSTOS POR DICHO CONCEPTO. EN ESTOS SUPUESTOS, EL MONTO MÁXIMO DE LAS PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO SERÁ DEL VEINTE POR CIENTO DEL MONTO DE LOS BIENES NO ENTREGADOS O PRESTADOS OPORTUNAMENTE. NINGUNA DE LAS CONDICIONES CONTENIDAS EN ESTA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA, ASÌ COMO EN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITANTES PODRÀN SER NEGOCIADAS.
GARANTÍAS. Los importes correspondientes a las garantías deberán hacerse en la misma moneda utilizada para la presentación de la Oferta. Cualquier garantía presentada en una moneda diferente a la presentada en la Oferta será descalificada sin más trámite. Los Oferentes/Proponentes deberán presentar las siguientes garantías: Correspondiente al uno por ciento (1%) del monto total de la Oferta.
GARANTÍAS. 52.1 El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar en la fecha definida en la Carta de Aceptación y por el monto estipulado en las CEC, emitida por un banco o compañía afianzadora aceptables para el Contratante y expresada en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en 28 días la fecha de emisión del Certificado de Terminación de las Obras en el caso de una garantía bancaria, y excederá en un año dicha fecha en el caso de una Fianza de Cumplimiento.
GARANTÍAS. A) De Calidad del (los) Bien(es): "El Proveedor" garantiza a "El Estado" el (los) bien(es) objeto de este contrato en todos sus componentes contra defectos de fabricación, vicios ocultos, así mismo garantiza el adecuado funcionamiento del (los) mismo(s) por el periodo establecido en la carátula, el cual contará a partir de la entrega total y satisfactoria del (los) bien(es) a "El Estado", independientemente del tiempo que establece la póliza de garantía contra defectos de fabricación del (los) bien(es). Así mismo "El Proveedor" al día natural siguiente, sustituirá sin costo para "El Estado" el (los) bien(es) necesario(s) en caso de existir defectos de fabricación, vicios ocultos o fallas en su funcionamiento y operación, de igual manera reparará las fallas que pudieran resultar en el (los) bien(es) o en cualquiera de sus componentes, debiendo sustituir o reponer los que resulten necesarios en el mismo plazo.