ÍNDICE
BASES DE LICITACIÓN
Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”
- Diciembre de 2007 -
ÍNDICE
1 BASES ADMINISTRATIVAS 6
1.1 INTRODUCCIÓN 6
1.2 OBJETO DEL CONTRATO 6
1.3 ANTECEDENTES GENERALES 7
1.3.1 NORMATIVA APLICABLE 7
1.3.2 DEFINICIONES 8
1.3.3 AUTORIDAD CONTRATANTE 11
1.3.4 UNIDAD TÉCNICA ENCARGADA DE LA ADMINISTRACIÓN, EXPLOTACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CONTRATO 11
1.4 ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN 11
1.4.1 PARTICIPANTES 11
1.4.1.1 REQUISITOS GENERALES 11
1.4.1.2 REQUISITOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS 12
1.4.2 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 12
1.4.2.1 COSTO DE LA OFERTA 12
1.4.2.2 IDIOMA DE LA OFERTA 12
1.4.2.3 valor monetario DE LA OFERTA 12
1.4.2.4 CALENDARIO DE LICITACIÓN 12
1.4.2.5 CONSULTAS Y ACLARACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN 13
1.4.3 DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA 13
1.4.3.1 PRESENTACION DE DOCUMENTOS 13
1.4.3.2 REPRESENTANTE ANTE EL MOP PARA EL PROCESO DE LICITACIÓN 15
1.4.4 CONTENIDO DE LAS OFERTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA 15
1.4.4.1 DOCUMENTOS A INCLUIR EN LA “OFERTA TÉCNICA”: 15
1.4.4.2 DOCUMENTOS A PRESENTAR EN LA “OFERTA ECÓNOMICA” 17
1.4.5 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA 17
1.4.6 CARACTERÍSTICAS DE LA OFERTA 18
1.4.6.1 CONOCIMIENTO DE LOS DOCUMENTOS Y NORMATIVA 18
1.4.6.2 PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA 18
1.4.6.3 CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 19
1.4.7 RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS 19
1.4.8 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 19
1.4.8.1 EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA 20
1.4.8.2 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS 21
1.4.8.3 DERECHO A PEDIR PRECISIONES 22
1.4.8.4 DERECHO DE DESESTIMAR LAS OFERTAS 23
1.4.9 ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA 23
1.4.10 DEL ADJUDICATARIO 23
1.4.10.1 CARGOS Y COSTOS DEL CONTRATO Y OTROS 23
1.4.10.2 PLAZO DE CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA 23
1.4.10.3 SUSCRIPCIÓN Y PROTOCOLIZACIÓN 24
1.4.10.4 INICIO DEL PLAZO DEL CONTRATO 25
1.4.10.5 DURACIÓN DEL CONTRATO 25
1.4.10.6 CESIÓN O TRASPASO DEL CONTRATO A TERCEROS 25
1.5 DE LAS RELACIONES ENTRE LA EMPRESA ADJUDICATARIA Y EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS 25
1.5.1 DE LA INSPECCIÓN FISCAL 25
1.5.2 COMUNICACIÓN ENTRE LA EMPRESA ADJUDICATARIA Y EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS 26
1.5.3 LIBRO DE EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 27
1.5.4 GARANTÍAS DEL CONTRATO 27
1.5.4.1 GARANTÍA DE EXPLOTACIÓN 27
1.5.4.2 PÓLIZA DE INCENDIO CON CLÁUSULAS ADICIONALES 28
1.5.4.3 SEGURO XX XXXX 30
1.5.4.4 PÓLIZAS POR RESPONSABILIDAD CIVIL 31
1.5.5 INFRACCIONES Y MULTAS 33
1.5.5.1 TIPOS DE INFRACCIONES, MULTAS Y SANCIONES 33
1.5.5.2 PROCEDIMIENTO Y PAGO DE LAS MULTAS 35
1.5.5.3 ORDENES DEL INSPECTOR FISCAL 36
1.6 INFRAESTRUCTURA PORTUARIA Y NAVES PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 36
1.6.1 INFRAESTRUCTRA PORTUARIA PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 36
1.6.1.1 INFRAESTRUCTURA PORTUARIA PRE-EXISTENTE QUE SE ENTREGA A LA EMPRESA ADJUDICATARIA 37
1.6.1.2 INFRAESTRUCTURA PORTUARIA FUTURA QUE CONSTRUIRA EL MOP Y QUE ENTREGARÁ A LA EMPRESA ADJUDICATARIA DESPUES DEL INICIO DE EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 37
1.6.2 ENTREGA DE TERRENOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 38
1.6.3 NAVE PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 40
1.6.3.1 NAVE SUMINISTRADA POR EL MOP AL INICIO DE LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 40
1.6.3.2 ENTREGA Y REPARACIÓN XX XXXX PARA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 40
1.6.3.3 SUMINISTRO PROVISORIO XX XXXX POR PARTE DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA PARA EL SERVICIO DE CONECTIVIDAD DE LA CONEXIÓN CHULCHUY - HUICHA 41
1.6.3.4 RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA XXXXXXXX XX XX XXXX 00
1.6.3.5 SERVICIO XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XXXXXX XX XXXXXXXXX 00
1.6.4 DAÑOS A INFRAESTRUCTURA Y NAVE 43
1.6.5 OBLIGACIONES PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE 43
1.7 DE LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 44
1.7.1 INICIO DE LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 44
1.7.2 REGLAMENTO DE OPERACIÓN Y PRESTACIÓN SERVICIO PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 44
1.7.3 SERVICIOS PRESTADOS POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA 45
1.7.3.1 SERVICIOS ESPECIALES OBLIGATORIOS 45
1.7.3.2 SERVICIOS BÁSICOS 45
1.7.3.3 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS 45
1.7.4 OBLIGACIONES, DERECHOS Y DISPOSICIONES GENERALES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA EN CUANTO A LOS SERVICIOS ESPECIALES OBLIGATORIOS O SERVICIOS BÁSICOS, SEGÚN SEA EL CASO 45
1.7.4.1 OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA 45
1.7.4.2 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA EN LA GESTIÓN TARIFARIA 46
1.7.4.3 DISPOSICIONES GENERALES 47
1.7.5 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN ARTÍCULO 1.7. 4. 48
1.7.6 LIBROS DE SUGERENCIAS Y RECLAMOS DURANTE LA EXPLOTACIÓN 48
1.7.7 ALTERACIÓN EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 49
1.8 EXTINCIÓN DEL CONTRATO 49
1.8.1 CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO 49
1.8.1.1 EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CUMPLIMIENTO DEL PLAZO 49
1.8.1.2 EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO GRAVE DE LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS A LA EMPRESA ADJUDICATARIA 50
1.8.1.3 EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR MUTUO ACUERDO 51
1.8.2 RECEPCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y NAVES OBJETO DEL CONTRATO EN CASO DE EXTINCIÓN 51
2 BASES TECNICAS 52
2.1 INTRODUCCIÓN 52
2.2 DESCRIPCIÓN DE SERVICIOS A PRESTAR POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA DURANTE LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 52
2.2.1 SERVICIOS ESPECIALES OBLIGATORIOS 52
2.2.1.1 SERVICIO DE ASEO 52
2.2.1.2 PROVISIÓN Y CONSERVACIÓN DE SEÑALÉTICA, INFORMACIÓN A LOS USUARIOS E ILUMINACIÓN 53
2.2.1.3 ÁREA PARA SERVICIOS HIGIÉNICOS EN INFRAESTRUCTURA PORTUARIA Y NAVES 56
2.2.1.4 VIGILANCIA Y CONTROL EN LA INFRAESTRUCTURA PORTUARIA 56
2.2.1.5 ÁREAS DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS 57
2.2.1.6 ÁREAS PARA XXXXXXXX XX XXXXXXXXX 00
2.2.1.7 CONTROL DE EMBARQUE/DESEMBARQUE EN NAVE Y CIRCULACIONES _ 58
2.2.2 SERVICIOS BÁSICOS 59
2.2.2.1 ATRAQUE / DESATRAQUE XX XXXX 59
2.2.2.2 TRANSPORTE DE VEHÍCULOS, CARGA Y PASAJEROS EN NAVE OPERADA POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA 60
2.2.3 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS 64
2.3 CONSERVACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA PORTUARIA Y DE LA NAVE 65
2.3.1 REPARACIÓN NAVE TEHUELCHE 66
2.4 REGLAMENTO DE OPERACIÓN Y PRESTACIÓN SERVICIO PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 67
2.5 PERSONAL 67
2.5.1 PARA LOS SERVICIOS 67
2.5.2 PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS OBRAS Y NAVE 67
2.6 OFICINAS 68
2.7 INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DURANTE LA EXPLOTACIÓN 68
3 BASES ECONÓMICAS DEL CONTRATO 70
3.1 PAGOS DEL MOP A LA EMPRESA ADJUDICATARIA POR SUBSIDIO AL
TRANSPORTE REQUERIDO PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO 70
3.1.1 SUBSIDIO A LA EXPLOTACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS OBLIGATORIOS EXIGIDOS EN EL CONTRATO (V.S.1): 70
3.1.2 SUBSIDIO A LA REPARACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA NAVE TEHUELCHE: _ 70
3.1.3 SUBSIDIO ARRIENDO NAVE PROVISORIA PARA EL TRAMO CHULCHUY - HUICHA 71
3.2 COBROS QUE ESTÁ AUTORIZADO A REALIZAR LA EMPRESA ADJUDICATARIA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS BÁSICOS 71
3.2.1 TARIFA POR RECALADA XX XXXXX EN LA INFRAESTRUCTURA PORTUARIA 72
3.2.2 TARIFA POR TRANSPORTE DE VEHÍCULOS Y PEATONES EN LAS NAVES OPERADAS POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA 72
3.2.3 CLASIFICACIÓN Y FACTOR DE AJUSTE DE LA TARIFA ASOCIADA A LOS TIPOS DE VEHÍCULOS 73
3.2.4 REAJUSTE DE LAS TARIFAS 00
XXXXXX 00
3.3 ANEXO N°1: 76
3.4 ANEXO N°2: 77
3.5 ANEXO N° 3: 78
3.6 ANEXO N°4 79
3.7 ANEXO N°5 80
3.8 ANEXO N°6: 91
3.9 ANEXO N° 7: 92
3.10 ANEXO N° 8: 93
3.11 ANEXO N° 9: 94
3.12 ANEXO Nº10 95
3.13 ANEXO N° 11: 96
1 BASES ADMINISTRATIVAS
1.1 INTRODUCCIÓN
El Ministerio de Obras Públicas (MOP) en conjunto con el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, desarrolla el Plan de Conectividad Austral para las regiones de Los Xxxx, Los Lagos, Aysén y Xxxxxxxxxx y la Antártica Chilena, que considera el accionar coordinado del Estado, para asegurar la conectividad integral al territorio, cumpliendo así, su función de dar continuidad a los caminos públicos establecida en la ley orgánica del MOP; a través de la provisión de servicios de transporte marítimo, fluvial y lacustre, de pasajeros y de carga, con frecuencias reguladas, con naves e infraestructura de mejor nivel y con estándares de operación, conservación y mantenimiento en base a indicadores de servicio.
En este contexto se enmarca el Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy-Huicha”, el cual comprenderá la mantención y conservación de los terminales portuarios construidos por el MOP y la gestión, mantenimiento, y explotación de transbordadores del Estado destinados a interconectar la vialidad existente; siendo su objetivo final, asegurar la disponibilidad de infraestructura y su operación para otorgar conectividad al territorio. El contrato incluye la operación y mantenimiento de los terminales portuarios y la operación y mantenimiento del transbordador, sujeto al cumplimiento de estándares mínimos preestablecidos.
Las presentes Bases de Licitación regirán la licitación del contrato denominado CONTRATO: “SERVICIO INTEGRAL PARA EL TRANSPORTE MARÍTIMO DE LA COMUNA DE PUQUELDÓN, TRAMO CHULCHUY - HUICHA”.
Estas Bases regularán la explotación, mantenimiento y conservación de las obras y naves, la prestación y explotación de los servicios, el uso y goce sobre los bienes nacionales de uso público o los bienes fiscales destinados a desarrollar el contrato de servicio, así como el proceso de licitación, adjudicación y ejecución del referido contrato.
1.2 OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato denominado CONTRATO: “SERVICIO INTEGRAL PARA EL TRANSPORTE MARÍTIMO DE LA COMUNA DE PUQUELDÓN, TRAMO CHULCHUY –
HUICHA”, consiste en la mantención, conservación y explotación de las obras portuarias construidas y por construir por el MOP para el atraque de embarcaciones y la gestión, mantenimiento, y explotación de un transbordador del Estado, para interconectar la vialidad existente entre la comuna de Puqueldón y la Isla Grande de Chiloé, a través de niveles de servicios preestablecidos.
El Titular de este contrato, tendrá la responsabilidad de mantener y conservar la infraestructura portuaria y sus instalaciones, siendo además de su exclusivo cargo los costos de suministro de servicios básicos a partir de la fecha de entrega de los terminales portuarios, así como de efectuar la mantención y conservación de la nave provista por el Estado durante la ejecución del contrato. También será obligación del Titular la provisión, operación, mantenimiento y conservación xx xxxxx auxiliares necesarias para una adecuada e ininterrumpida prestación del servicio.
Para efectos de garantizar los niveles de servicios requeridos, el Estado, dispondrá de aportes anuales al transporte regional de zonas aisladas, mediante un subsidio otorgado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través del MOP, durante todo el periodo de duración del contrato.
Todo lo anterior, según lo establecido en las presentes Bases de Licitación.
1.3 ANTECEDENTES GENERALES
1.3.1 NORMATIVA APLICABLE
El contrato se regirá por las presentes normas:
• Bases de licitación, Bases Técnicas y sus documentos anexos y modificaciones y/o aclaraciones complementarias, si las hubiere.
• Disposiciones del Decreto con Fuerza xx Xxx Nº 850 de 1987, que fija el texto Refundido; Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840 de 1964, Orgánica del Ministerio de obras Públicas y del DFL Nº 206 de 1960, Xxx xx Xxxxxxx, en lo que concierne al actuar del MOP.
• D.F.L. N° 279 de 1960, que fija las atribuciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
• D.F.L. Nº 340 de 1960, Ley sobre Concesiones Marítimas y su reglamento, el Decreto Supremo Nº 2 de 2006.
• Decreto Ley Nº 2.222 de 21 xx Xxxx de 1978, Ley de Navegación.
• Decreto Supremo Nº 70 de 16 de Enero de 1985, reglamento de las Comisiones de Inspección xx Xxxxx.
• Decreto Supremo Nº 427 de 25 xx xxxxx de 1979, reglamento de Tarifas y derechos de la dirección General de Territorio Marítimo y Xxxxxx Xxxxxxxx,
• D.F.L. Nº 292 de 1953 que aprueba la Ley Orgánica de la Dirección General del territorio Marítimo y Xxxxxx Xxxxxxxx,
• Ley Nº19.300 del año 1994, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
• Ley de Presupuestos del Sector Público.
1.3.2 DEFINICIONES
Para la correcta interpretación de las presentes Bases de Licitación, los términos que a continuación se señalan, tendrán el significado que se indica.
1. Año Calendario: Período de doce meses que se inicia el 1° de Enero y termina el día 31 de Diciembre.
2. Área del contrato: El área requerida para la explotación de los terminales portuarios y prestar los servicios definidos en las presentes bases para el transporte fluvial y/o lacustre.
3. Área de Destinación: El área entregada en Destinación Marítima por la Subsecretaría de Marina (SSM) del Ministerio de Defensa Nacional en virtud del Decreto Supremo Nº 660 de 14 xx Xxxxx de 1988, Reglamento sobre Concesiones Marítimas.
4. Bases de Licitación: corresponden a la Bases Administrativas, Técnicas y Económicas de la Licitación.
5. Comisión de Apertura de Ofertas: La comisión de apertura, estará conformada por el Director General de Obras Públicas o su representante, por el Director Nacional de Obras Portuarias o su representante y el Subsecretario de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, o su representante.
6. Comisión de Evaluación de Ofertas: La comisión de evaluación estará conformada por un representante del Director General de Obras Públicas, un representante del Director Nacional de Obras Portuarias y un representante de la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. La Comisión tendrá como función determinar si son técnicamente aceptables las Ofertas Técnicas y Económicas presentadas por los oferentes, y las evaluará, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
7. Conservación y Mantenimiento: Corresponde a las reparaciones necesarias de las naves operadas por el titular del contrato de servicio de transporte; y, de las obras o instalaciones, preexistentes o por construir, entregadas por el MOP en explotación al titular del contrato, en el área del contrato, con el propósito que éstas mantengan o recuperen el nivel de servicio para el que fueron entregadas, tanto en su cantidad como en su calidad. También se entienden incluidas dentro de este concepto las medidas preventivas necesarias para que no se deterioren las obras, naves o instalaciones, así como las medidas de seguimiento y mejoras de los componentes ambientales en el área del contrato.
8. Contaminación: Según lo establecido en el artículo Nº 2, letra c) de la Ley Nº 19.300, se entenderá por contaminación la presencia en el ambiente de sustancias, elementos, energía o combinaciones de ellos, en concentraciones y permanencias superiores o inferiores, según corresponda, a las establecidas en la legislación vigente.
9. Destinación Marítima: Acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Subsecretaría de Marina destina a las reparticiones fiscales los bienes fiscales o los bienes nacionales de uso público sometidos a su tuición para que dichos servicios los ocupen en el objeto para el cual fueron destinados y durante el plazo que se haya fijado.
10. DGOP: Dirección General de Obras Públicas o Director General de Obras Públicas, según corresponda.
11. Días: Días corridos.
12. Dirección de Vialidad: Servicio dependiente de la Dirección General de Obras Públicas.
13. DOP: Dirección de Obras Portuarias dependiente de la Dirección General de Obras Públicas.
14. Empresa o Empresa Adjudicataria: Persona natural o jurídica a quien se le adjudica el contrato objeto de la Licitación.
15. Explanada: Corresponde al área relativamente horizontal sobre la cual se realizan actividades del puerto o caleta, sobre la cual se emplazan todas las edificaciones necesarias para el desarrollo de dichas actividades.
16. Explotación: Se entenderá por explotación del contrato los siguientes conceptos: operación de las obras e instalaciones y naves; conservación o mantención de las obras o instalaciones y naves; seguimiento y ejecución de las medidas ambientales asociadas a la obra y operación xx xxxxx; prestación de los servicios que se convengan en el contrato; cobro a los usuarios por la prestación de los servicios que corresponda.
17. Fuerza mayor o caso fortuito: Lo establecido en el artículo 45 del Código Civil.
18. Grupo Licitante: Conjunto de personas naturales o jurídicas que se presentan a la licitación acompañando una sola oferta, en los términos establecidos en las presentes Bases de Licitación; siendo la responsabilidad de cada uno de ellos indivisible y solidaria.
19. Libro de Explotación del Contrato o Libro de Explotación: Libro en blanco que deberá proveer la Empresa Adjudicataria, en el que se consignarán las comunicaciones entre la Inspección Fiscal y la Empresa Adjudicataria.
20. Licitante: Persona natural o jurídica que presenta oferta, en los términos establecidos en las presentes Bases de Licitación.
21. Mes Calendario: Cada uno de los doce tramos de 28, 29, 30 y/o 31 días en que se encuentra dividido el año calendario.
22. Molo: Muro o terraplén que internándose desde la xxxxx x xxxxxx aguas adentro, sirve para la defensa o abrigo de cierto espacio de agua y que también puede ser utilizado para la para la movilización de carga o de pasajeros.
23. MOP: Ministerio de Obras Públicas.
24. MTT: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
25. Muelle: Obra que internándose desde la xxxxx x xxxxxx aguas adentro, más o menos perpendicularmente, es apta para el atraque de embarcaciones mayores y menores y sirve para la movilización de carga o pasajeros.
26. Obras de Defensa: Obras diseñadas para defender espacios o estructuras que están expuestas al oleaje, marejadas, corrientes o cualquier otra acción de los cuerpos de agua. Pueden ser ubicadas en diferentes direcciones respecto del borde que protegen y pueden ser estructuradas como paramentos verticales, o paredes inclinadas, las que se pueden construir con materiales tan variados como tablestacas, bloques de hormigón, enrocados, gaviones de alambre, etc. Su diseño dependerá de las condiciones de los cuerpos de agua, y de las estructuras a defender, y otras funciones que se considere deba cumplir la defensa.
27. PRC: Plan Regulador Comunal.
28. Rampa: Obra diseñada para el atraque de embarcaciones como barcazas, transbordadores, lanchas y botes, que sirven para el transporte de pasajeros y/o transferencia de carga. Las rampas están constituidas por planos inclinados que permiten absorber las variaciones de nivel de los cuerpos de agua donde se encuentran emplazadas.
29. Reglamento de Operación y Prestación de Servicio o Reglamento: Este reglamento es aquel que determina la manera de operar y de prestar los servicios por parte de la Empresa Adjudicataria
30. Semestre: Período comprendido entre el 1º de Enero y el 30 xx Xxxxx o el período comprendido entre el 1º de Julio y el 31 de Diciembre de cada año.
31. Semestre Corrido: Período de tiempo compuesto por 6 meses consecutivos.
32. SEREMITT: Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones.
33. Servicios Básicos: Todos aquellos que comprenden el objeto específico del contrato de servicio de transporte y que sean imprescindibles y por los cuales el titular del contrato está autorizado a cobrar tarifas a los usuarios.
34. Servicios Complementarios: Los servicios adicionales, útiles y necesarios para que la Empresa Adjudicataria esté autorizada a prestar y por los cuales podrá cobrar un precio a los usuarios, en virtud del contrato.
35. Servicios Especiales Obligatorios: Cualquiera otros Servicios establecidos con carácter obligatorio en las Bases de Licitación. Estos serán gratuitos, según se determine en las Bases de Licitación.
36. Sobres de Oferta: Sobre, paquete, bulto u otro envoltorio no translúcido sellado en que son entregadas las ofertas técnicas y económicas en las condiciones determinadas por las Bases de Licitación.
37. Terminales portuarios: Recinto constituido por sitios de atraque, sean estos muelles o rampas; explanada de servicios; y, terminal de pasajeros o refugio.
38. Transbordador: Embarcación destinada al transporte de vehículos y pasajeros para dar continuidad a los caminos públicos.
1.3.3 AUTORIDAD CONTRATANTE
La autoridad que contrata el “Servicio integral para el transporte marítimo de la comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy – Huicha”, es el Director General de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas.
1.3.4 UNIDAD TÉCNICA ENCARGADA DE LA ADMINISTRACIÓN, EXPLOTACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CONTRATO
Sin perjuicio de la autoridad contratante, será la Dirección Nacional de Obras Portuarias del Ministerio de Obras Públicas, la unidad especializada, encargada de la administración, explotación y fiscalización del contrato
1.4 ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN
1.4.1 PARTICIPANTES
1.4.1.1 REQUISITOS GENERALES
Podrán participar en esta Licitación, personas naturales o jurídicas, que para todos los efectos de la licitación, se les dará la denominación de “Licitante” o “Grupo Licitante”, según corresponda.
Una misma persona natural o jurídica no podrá formar parte directa o indirecta de más de un grupo, ni presentarse individualmente como Licitante y formando parte de un Grupo Licitante, simultáneamente. En caso que así lo hiciere todas las ofertas que presente serán declaradas fuera de Bases.
1.4.1.2 REQUISITOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS
El Licitante o Grupo Licitante deberán acreditar, en el último ejercicio contable anterior a la fecha de solicitud, un patrimonio contable mínimo de $300.000.000 (trescientos millones de pesos chilenos).
Las agencias chilenas de sociedades extranjeras debidamente constituidas en Chile que se presenten individualmente a la licitación o formando parte de un grupo licitante, podrán acreditar su patrimonio a través de la matriz.
Cuando se trate de Empresas Adjudicatarias que preparan estados financieros individuales y consolidados, el cálculo del Patrimonio se basará en los estados financieros consolidados con las notas explicativas correspondientes.
Si se trata de Empresas Adjudicatarias de reciente formación (menos de tres años), que no puedan acreditar por sí mismas dicho patrimonio, se tendrán en cuenta los estados financieros de sus socios directos, quienes deberán acreditar el patrimonio mínimo. La misma norma se aplicará a aquellas filiales que se presenten dentro de un Grupo Licitante.
Cuando se trate de un Grupo Licitante, se tendrán en cuenta los estados financieros de sus asociados, quienes deberán acreditar el patrimonio mínimo. En este caso, la información solicitada deberá ser entregada de acuerdo al formulario detallado en el Anexo N°1 de las presentes Bases de Licitación. Para estos efectos el patrimonio será calculado como la suma del patrimonio ponderado según la participación definida en la sociedad o grupo interesado.
1.4.2 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
1.4.2.1 COSTO DE LA OFERTA
Serán de cargo del Licitante o Grupo Licitante, todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de su Oferta, no siendo el MOP, en ningún caso, responsable de estos costos.
1.4.2.2 IDIOMA DE LA OFERTA
Las Ofertas y todos los anexos entregados por los Licitantes deberán estar escritos en idioma español.
1.4.2.3 VALOR MONETARIO DE LA OFERTA
Los valores monetarios señalados en los documentos que forman parte de las Ofertas Técnica y Económica, deberán venir expresados en Unidades de Fomento (UF).
1.4.2.4 CALENDARIO DE LICITACIÓN
El proceso de contratación se ajustara a las fechas, plazos y formas fijados en el Aviso legalmente publicado correspondiente al llamado a concurso o licitación pública para el contrato a que se refieren las presentes bases.
Las fechas y plazos consignadas en el aviso, referida en el inciso precedente podrán ser modificadas por la autoridad siempre que no se hubieren vencido y que estas modificaciones se publiquen en la misma forma y por los mismos medios utilizados en el llamado a concurso inicial.
1.4.2.5 CONSULTAS Y ACLARACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN
Los licitantes o Grupo Licitante, podrán hacer consultas sobre las Bases de Licitación, dirigiéndolas por escrito al Director General de Obras Públicas, e ingresándolas en la Oficina Partes de la DGOP, Morandé Nº 59, 3er piso, Santiago, hasta 30 días antes de la apertura de la Oferta Técnica.
Tanto las respuestas a las consultas formuladas, por los licitantes o Grupo Licitante, como las aclaraciones, rectificaciones, enmiendas o adiciones que el DGOP estime necesario hacer a las presentes Bases de Licitación, serán incluidas en comunicaciones denominadas Circulares Aclaratorias, dirigidas por correo certificado a todos los participantes, con una antelación mínima de 20 días a la fecha de Apertura de la Oferta Técnica, las cuales además serán puestas a disposición de éstos en las oficinas de la Dirección General de Obras Públicas.
Si el DGOP efectúa modificaciones en un plazo menor a 20 días, se deberá cambiar la fecha de recepción y apertura de la Oferta Técnica a una fecha a lo menos 20 días posteriores a la última modificación.
Se hace presente que las Circulares Aclaratorias, que impliquen modificaciones de las Bases de Licitación, deben ser aprobadas por Resolución sujeta a trámite de toma de razón, por lo tanto, si a la fecha de apertura técnica ésta no ha ingresado totalmente tramitada a oficina de partes de la DGOP, el Director General fijará una nueva fecha de recepción y apertura de la Oferta Técnica.
Estas respuestas y aclaraciones formarán parte de las presentes Bases y obligarán a los proponentes.
1.4.3 DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
1.4.3.1 PRESENTACION DE DOCUMENTOS
Las ofertas serán recibidas en un acto público por la Comisión de apertura el día fijado en el aviso de publicación; en la sala de reuniones de la Dirección General de Obras Públicas, ubicada en calle Xxxxxxx Nº 59 3er Piso, de la ciudad de Santiago.
El DGOP podrá postergar la fecha de recepción y apertura de las Ofertas mediante una Circular Aclaratoria que así lo disponga, la cual podrá ser emitida hasta el día anterior al de la recepción y apertura de tales ofertas. En tal caso, todos los derechos y obligaciones de la DGOP y de los Licitantes se entenderán prorrogados hasta la nueva fecha de recepción y apertura de las Ofertas Técnicas
La comisión de apertura, estará conformada por el Director General de Obras Públicas o su representante, por el Director Nacional de Obras Portuarias o su representante y el Subsecretario de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, o su representante.
Las Ofertas deberán ser entregadas en dos sobres o paquetes cerrados, uno con la Oferta Técnica y el otro con la Oferta Económica, debiendo indicar en cada uno el nombre del licitante.
Los Sobres o paquetes de Oferta se entregarán de la siguiente forma:
OFERTA TÉCNICA
Un (1) Sobre o paquete de Oferta cerrado y firmado, conteniendo el original de la Oferta Técnica y cuatro copias de la misma.
OFERTA ECONÓMICA
Un (1) Sobre de Oferta cerrado y firmado conteniendo el original y las cuatro
(4) copias de la Oferta Económica.
Los Sobres de Oferta deberán estar dirigidos a:
SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
SANTIAGO DE CHILE
Los Sobres de Oferta Técnica y Económica, deberán llevar además la firma del representante designado para el proceso de licitación, según lo establecido en el punto 1.4.3.2, de las presentes Bases.
En el acto de recepción de las ofertas sólo se abrirá el sobre “Oferta Técnica”, para el único efecto de verificar la inclusión de la totalidad de los antecedentes que debe contener. Esta verificación es sin perjuicio del estudio y análisis posterior que de tales documentos debe efectuar la comisión de evaluación.
Las Ofertas Técnicas que no incluyan todos los antecedentes o que presenten omisiones notorias y evidentes serán excluidas del concurso y serán devueltas a su titular conjuntamente con el sobre “Oferta Económica” sin abrir, dejando constancia en el Acta de Apertura.
Los sobres de oferta denominados “Oferta Económica” serán sellados y firmados por todos los integrantes de la Comisión de Apertura y permanecerán en custodia sin abrir en la DGOP, hasta lo previsto en el artículo 1.4.8.2. de las presentes Bases de Licitación
En el acto de apertura se levantará un Acta en que se dejará constancia de quienes presentaron las ofertas, los antecedentes recibidos y las observaciones que formularon los licitantes que hubieren concurrido y de los miembros de la Comisión de Apertura.
No se aceptará bajo ninguna circunstancia, que los licitantes entreguen documentos faltantes o canjeen o rectifiquen los rechazados con posterioridad al inicio del acto de apertura. No se aceptará ninguna oferta o contra oferta después del acto de apertura de la oferta técnica.
1.4.3.2 REPRESENTANTE ANTE EL MOP PARA EL PROCESO DE LICITACIÓN
Para los efectos del presente proceso de licitación, el Licitante o Grupo Licitante, deberá designar un representante legal ante el MOP, según modelo del Anexo N°6, de las presentes Bases. Tratándose de un Grupo Licitante, deberán designarlo de común acuerdo, mediante documento notarial que formará parte de su oferta técnica.
1.4.4 CONTENIDO DE LAS OFERTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA
1.4.4.1 DOCUMENTOS A INCLUIR EN LA “OFERTA TÉCNICA”:
a) Las personas naturales deberán presentar fotocopia autorizada de su Cédula de Identidad e indicar su domicilio.
b) Las personas jurídicas deberán acompañar los siguientes antecedentes en original o copia autorizada o fotocopia legalizada:
b.1) Escritura pública de constitución de sociedad o refundido vigente.
b.2) Copia del extracto de la escritura de constitución social en el Registro de Comercio respectivo, con anotaciones marginales y certificación de vigencia, no superior a seis meses.
b.3) Publicación del Extracto en el Diario Oficial.
b.4) Escrituras de modificaciones de sociedad con sus correspondientes inscripciones y publicaciones, si las hubiere.
b.5) Escritura pública en que conste el poder del representante legal de la sociedad y certificación de su vigencia, no superior a seis meses.
b.6) Domicilio de la sociedad, teléfonos, fax y correo electrónico
c) En el caso que los participantes se presenten como Grupo Licitante, deberán expresarlo de esa forma en su propuesta, y en evento de que se adjudique el contrato a su favor, deberán constituir una sociedad, dentro del plazo de sesenta días, a contar de la fecha de ingreso de la resolución totalmente tramitada a oficina de partes de la DGOP. El objeto de esta sociedad será la conservación, mantención y explotación de los terminales portuarios construidos por el MOP en Chulchuy Huicha; y, la gestión, mantenimiento y explotación de la nave objeto de esta licitación y en su constitución deberá establecerse que los socios serán fiadores y codeudores solidarios de todas y cada una de las obligaciones que contraiga la nueva sociedad. En este caso
además, el Grupo Licitante deberá acompañar una carta compromiso notarial de constitución de la sociedad, según modelo del Anexo N°2 de las presentes bases de licitación.
d) Fotocopia de la factura a nombre del Licitante que acredite la compra de las Bases de licitación. En el caso de un Grupo Licitante, la factura deberá estar a nombre de uno de sus integrantes.
e) Carta de Declaración de Responsabilidad y de Aceptación de las Bases y demás documentos de la Licitación, según modelo del Anexo N°3, que se incluye en las presentes Bases de Licitación, suscrita por él (los) Representante(s) Legal(es) de los Licitantes o Grupo Licitante.
f) Boleta de Garantía de Seriedad de Oferta, que cumpla con los requisitos exigidos establecidos en el artículo 1.4.5. de las bases de licitación según modelo del Anexo N°8 de las presentes Bases de Licitación.
g) Para la conectividad del tramo Chulchuy - Huicha y mientras dure el proceso de reparación del transbordador “Tehuelche”, propiedad del Estado y destinado a este servicio, el Licitante o Grupo Licitante, deberá presentar una promesa reducida a escritura pública en la cual conste la promesa de celebración de un futuro contrato de arriendo de un transbordador; o, una declaración unilateral reducida a escritura pública, donde conste el compromiso de aportar un transbordador de su propiedad, según modelo en Anexo N°7 de las presentes Bases de Licitación. El transbordador a arrendar o a aportar, según sea el caso, deberá dar cumplimiento a las exigencias conforme se señala en el artículo
1.6.3.2. de las presentes Bases de Licitación y deberá contar con al menos características operacionales similares o mejores a las naves actuales que están operando en este tramo.
h) Estado de resultados y balance consolidado vigente al 31 de diciembre del año anterior a la presente licitación, del Licitante o Grupo Licitante, donde demuestren un patrimonio mínimo de $ 300.000.000 (trescientos millones de pesos chilenos).
i) Estructura orgánica de la sociedad que explotará el contrato, indicando la experiencia del equipo propuesto.
j) Experiencia, estructura orgánica y antecedentes generales del licitante o del grupo licitante.
k) En la eventualidad que por razones de fuerza mayor, se vea interrumpido los servicios del transbordador, exigidos según las presentes bases de licitación, la empresa adjudicataria deberá implementar en forma inmediata un servicio provisorio de transporte de pasajeros, a través de una lancha que cumpla la normativa vigente. Para estos efectos el Licitante o Grupo Licitante, deberá presentar una promesa reducida a escritura pública de un futuro contrato de arriendo de una lancha de pasajeros; o, una declaración unilateral reducida a escritura pública, donde conste el compromiso de aportar una lancha de pasajeros de su propiedad, según modelo en Anexo N°11 de las presentes Bases de Licitación. La Lancha de Xxxxxxxxx a arrendar o a aportar, según sea el caso, deberá dar cumplimiento a las exigencias conforme se señala en el artículo 1.6.3.5. de las presentes Bases de Licitación.
1.4.4.2 DOCUMENTOS A PRESENTAR EN LA “OFERTA ECÓNOMICA”
En la oferta económica el Licitante o Grupo Licitante, deberá indicar el valor en UF del subsidio 1 mensual bruto, para la explotación del contrato, según formato contenido en Anexo N°4, de las presentes bases de licitación.
Sólo se considerarán las ofertas económicas que se presenten conforme al formulario del Anexo N° 4, sin enmienda, tachadura, ni condicionamiento de ningún tipo y no serán considerados documentos adicionales que adjunte el licitante.
No se aceptarán ofertas, cuyo monto requerido de subsidio 1 sea superior al indicado en el artículo 3.1. de las presentes bases de licitación.
1.4.5 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Los Licitantes deberán hacer entrega de una o más Boletas de Garantía Bancarias por un monto total de U.F. 1.500 (Mil quinientas Unidades de Fomento), según modelo del Anexo N° 8 de las presentes Bases de Licitación, cumpliendo con los siguientes requisitos:
1 La glosa de dicha(s) boleta(s) será: “Para garantizar la Seriedad de la Oferta en la Licitación para el Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Región de Los Lagos, Conexión Chulchuy - Huicha”.
2 Deberá(n) ser emitida(s) a nombre del Director General de Obras Públicas.
3. Deberá(n) ser pagadera(s) a la vista.
4. Deberá(n) ser tomada(s) por el Licitante o Grupo Licitante. En el caso de presentarse como Grupo Licitante, éstas podrán ser tomadas por cualquiera de las personas naturales o jurídicas que lo conformen.
5. Deberá(n) tener un plazo de vigencia igual al de la validez de la Oferta establecida en el artículo 1.4.6.2. de las presentes Bases de Licitación.
6 Deberá(n) ser emitida(s) en Santiago de Chile por un Banco con oficina en Santiago de Chile.
El Adjudicatario deberá mantener siempre vigente la Garantía de Seriedad de la Oferta hasta que ésta sea sustituida por la garantía de explotación.
El MOP podrá hacer efectiva dicha garantía en caso de incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario, establecidas en las presentes Bases de Licitación y en los demás documentos del contrato.
Las boletas de Garantía de Seriedad de la Oferta serán devueltas a los Licitantes no
Adjudicatarios, dentro de los 15 (quince) días siguientes a la tramitación de la Resolución de Adjudicación del contrato. En el caso que la licitación no fuere adjudicada, éstas serán devueltas en el plazo de 30 días desde la notificación de no adjudicación. La garantía de los Licitantes cuyas ofertas no resulten técnicamente aceptables será devuelta dentro de los 15 días posteriores a la fecha de apertura de la Oferta Económica. Las Boletas de Garantía de Seriedad de la Oferta del Licitante Adjudicatario será devuelta dentro de los 15 días siguientes desde la recepción por el MOP de la garantía de Explotación a entera conformidad.
1.4.6 CARACTERÍSTICAS DE LA OFERTA
1.4.6.1 CONOCIMIENTO DE LOS DOCUMENTOS Y NORMATIVA
Para la preparación de las ofertas, es obligatorio que los licitantes realicen el estudio exhaustivo de todos los documentos entregados por el MOP en las presentes Bases de Licitación, Bases Técnicas y Bases Económicas, éstos son:
a) Análisis de Demanda para la Conectividad de Puqueldón, Región de los Xxxxx, XXX-XXX, 0000.
b) Planos de diseño y especificaciones de terminales portuarios incluyendo el valor de reposición.
c) Planos de diseño y especificaciones técnicas xx xxxx del Estado, incluyendo el valor de reposición: Tehuelche.
d) Pautas de diseño para el mantenimiento y conservación de infraestructura portuaria. (Anexo N°5 de las presentes bases de licitación).
e) Decretos Supremo de Destinación Marítima, otorgados al MOP por el Ministerio de Defensa y planos del área de destinación marítima, para los terminales portuarios menores existentes de Chulchuy y Huicha.
f) Planos de solicitudes de destinación marítima, en trámite, solicitadas por el MOP al Ministerio de Defensa, para los nuevos terminales portuarios menores de: Chulchuy y Huicha.
Además deberán contar con toda la información complementaria necesaria que se deba obtener tanto en el lugar de ejecución del servicio como de las instituciones que corresponda, para la preparación de su oferta, como también de los permisos que correspondan de forma de lograr una exacta apreciación de las características del servicio requerido, sus dificultades, normativas aplicables y costos asociados.
En virtud de lo anterior, el Adjudicatario no podrá aducir ignorancia, desconocimiento o falta de información acerca de las condiciones necesarias para la mantención, conservación y explotación de las obras, naves y servicio objeto de este contrato, una vez presentada su Oferta.
1.4.6.2 PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 150 días corridos contados desde la fecha de la apertura de las Ofertas.
El DGOP, si lo estima necesario, podrá prorrogar, por causas justificadas, el plazo de validez de las Ofertas, antes de su vencimiento. En caso de prórroga de la validez de las Ofertas, también deberán reemplazarse las boletas de garantía de seriedad por otras boletas de igual monto y con las mismas características de las indicadas en el artículo 1.4.5. de las presentes Bases de Licitación, cuyo plazo de vigencia sea igual al plazo de la prórroga, más 30 días.
1.4.6.3 CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las ofertas deberán cumplir completamente con las exigencias de las Bases Técnicas adjuntas.
1.4.7 RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
Las propuestas serán recibidas en acto público por la Comisión de Apertura de Ofertas en las fechas, horas y lugares señalados en el aviso de publicación.
1.4.8 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas serán analizadas de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases de Licitación, por la Comisión de Evaluación de Ofertas establecida en el art.
1.3.2 numeral 6, la que será designada por Resolución del Director General de Obras Públicas.
El DGOP podrá postergar la fecha de recepción y apertura de las Ofertas mediante una Circular Aclaratoria que así lo disponga, la cual podrá ser emitida hasta el día anterior al de la recepción y apertura de tales ofertas. En tal caso, todos los derechos y obligaciones de la DGOP y de los Licitantes se entenderán prorrogados hasta la nueva fecha de recepción y apertura de las Ofertas Técnicas.
En el acto de apertura se procederá a recibir las ofertas técnicas y económicas y a abrir solamente el sobre de oferta denominado “Oferta Técnica” y a verificar si se han incluido todos los antecedentes solicitados.
Los sobres de oferta denominados “Oferta Económica” serán sellados y firmados por todos los integrantes de la Comisión de Apertura y permanecerán en custodia sin abrir en la DGOP, hasta lo previsto en el artículo 1.4.8.2. de las presentes Bases de Licitación.
No se aceptará, bajo ninguna circunstancia, que durante el acto de apertura, los Licitantes entreguen documentos faltantes o canjeen o rectifiquen los rechazados con posterioridad al inicio del acto de apertura. No se aceptará ninguna nueva oferta o contra oferta después del acto de apertura de la oferta técnica.
En el acto de apertura se levantará un Acta en que se dejará constancia de quiénes
presentaron las ofertas, los antecedentes recibidos y las observaciones que formularen los Licitantes que hubieren concurrido y los miembros de la Comisión de Apertura.
1.4.8.1 EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA
Las Ofertas Técnicas serán analizadas, de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases de Licitación, por la Comisión de Evaluación de Ofertas.
Para la evaluación de las ofertas se aplicará el sistema de puntaje detallado en la tabla siguiente:
Tabla 1: Evaluación Técnica
Nombre Licitante o Grupo Licitante | A | B | C | CALIFICACION TECNICA FINAL | PUNTAJE CALIFIC. TECNICA |
Antecedentes generales del licitante o grupo licitante | Calidad prestación servicios ofertada | Estructura orgánica de la sociedad que explotará el contrato | |||
a * A + b * B + c * C | P.C.T. | ||||
Licitante o Grupo Licitante 1 | |||||
Licitante o Grupo Licitante 2 |
El puntaje de calificación técnica será determinado considerando los siguientes factores y ponderaciones:
Tabla 2: Factor Ponderación Evaluación Técnica
Factor | Ponderación | Escala de notas |
A: Antecedentes Generales de la Empresa Adjudicataria | a=0,2 | 1.0 a 7.0 |
B: Calidad Prestación de Servicio Ofertada | b=0,3 | 1.0 a 7.0 |
C: Estructura orgánica de la sociedad que explotará el contrato | c=0,5 | 1.0 a 7.0 |
La Calificación técnica final corresponderá a:
Calificación Técnica de la Oferta, C.T.O.= a*A+b*B+c*C= 0,2*A+0,3*B+0,5*C
A cada una de las propuestas, se les calculará un puntaje por oferta técnica (P.C.T.), de acuerdo a la siguiente formula:
P.C.T. = (2-(7/C.T.O.)) X 100
P.C.T. = Puntaje Calificación Técnica, aproximada a 1 décima.
C.T.O. = Calificación Técnica oferta que se analiza.
Solo se considerarán como ofertas técnicamente aceptables aquellas que tengan una Calificación Técnica igual o superior a 5.0.
Las ofertas serán declaradas técnicamente aceptables o no aceptables, en un Acta de Calificación que será firmada por los miembros de la Comisión de Evaluación y que se dará a conocer en el Acto de Apertura de las Ofertas Económicas, sin que proceda recurso o reclamación alguna sobre esta decisión ante el MOP. Sólo aquellas ofertas técnicamente aceptables podrán seguir las etapas siguientes de la evaluación.
La Comisión de Evaluación, podrá requerir de los Licitantes, hasta antes de la apertura de la oferta económica, aclaraciones, rectificaciones por errores de forma u omisiones, con el objeto de clarificar y precisar el correcto sentido y alcance de la oferta, evitando que alguna sea descalificada por aspectos formales en su evaluación técnica, y velando siempre por el principio de transparencia del proceso, de igualdad de los Licitantes o Grupos Licitantes y de estricta sujeción a las Bases y términos de la licitación.
1.4.8.2 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS
La apertura de las Ofertas Económicas se realizará en el día, lugar y hora señalados en el correspondiente aviso de publicación.
En el acto de apertura económica, la Comisión dará a conocer, en primer término el resultado de la evaluación de las ofertas técnicas, y procederá a abrir sólo los sobres de oferta denominados “Oferta Económica” de los Licitantes cuyas ofertas fueron declaradas técnicamente aceptables. Los Sobres de Oferta Económica de los Licitantes cuyas ofertas no fueron aceptadas en la etapa de evaluación técnica serán devueltos sin abrir, dejándose constancia de ello en el acta correspondiente.
Aquellos sobres de Ofertas Económicas que presenten más de una oferta o que no incluyan todos los antecedentes requeridos en las presentes Bases de Licitación o que presenten enmiendas, tachaduras o condicionamientos serán rechazados en el acto, dejándose constancia en Acta.
No se aceptará, bajo ninguna circunstancia, que los Licitantes entreguen los antecedentes faltantes o canjeen o rectifiquen los rechazados.
En el acto de apertura se levantará un Acta en la que se dejará constancia de quienes presentaron ofertas, de los antecedentes recibidos, de los documentos contenidos en el Sobre de Oferta, de las observaciones que formulen los Licitantes y miembros de la Comisión de Apertura y de los valores propuestos en las Ofertas Económicas.
La Comisión de Evaluación de Ofertas, verificará si los antecedentes presentados en la Oferta Económica se ajustan a las Bases de Licitación.
La Comisión levantará un Acta de Calificación, que será firmada por todos los integrantes de la misma. Dicha Acta será entregada al DGOP dentro del plazo máximo de 30 días, desde la Apertura de la Oferta Económica.
Para la evaluación económica de las ofertas se aplicará el sistema de puntaje detallado en la tabla siguiente:
Tabla 3: Evaluación Económica
Nombre Licitante o Grupo Licitante | A | B | C | CALIFICACION TECNICA FINAL | MONTO DEL SUBSIDIO 1 REQUERIDO (V.S.1.) | PUNTAJE CALIFIC. TECNICA | PUNTAJE OFERTA ECONOMICA | PUNTAJE TOTAL |
Antecedentes generales del licitante o grupo licitante | Calidad prestación servicios ofertada | Estructura orgánica de la sociedad que explotará el contrato | ||||||
a * A + b * B + c * C | P.C.T. | P.O.E. | d * P.C.T. + e * X.X.X. | |||||
Licitante o Grupo Licitante 1 | ||||||||
Licitante o Grupo Licitante 2 |
La evaluación económica será determinada de la siguiente forma:
• X.X.X. = (V.S.O./V.S.1) X 100
• X.X.X. = Puntaje Oferta Económica, aproximada a 1 décima.
• V.S.O. = Valor del Subsidio 1 más bajo ofertado, de entre aquellas ofertas que hayan sido calificadas como técnicamente aceptables.
• V.S.1. = Valor Subsidio 1 requerido de la oferta que se analiza. (Subsidio 1 definido en el artículo 3.1.1. de las presentes bases de licitación)
Para el cálculo de puntaje final se considerará la siguiente formula
Puntaje Final = d * P.C.T. + e * X.X.X.
Donde, d=0,3 e= 0,7
1.4.8.3 DERECHO A PEDIR PRECISIONES
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas técnicas y económicas, presentadas por los proponentes el Director General de Obras Públicas, de oficio y a solicitud expresa de la Comisión de Evaluación de Ofertas, podrá solicitar por escrito a éstos, durante el proceso de evaluación, aclaraciones, rectificaciones por errores de forma u omisiones; con el objeto de clarificar y precisar el correcto sentido y alcance de la oferta, evitando que alguna sea descalificada por aspectos formales en su evaluación y velando siempre por el principio de transparencia del proceso, de igualdad de los licitantes y de estricta sujeción a las Bases. Las respuestas se darán por escrito, referidas solamente a los puntos solicitados y en el plazo fijado por el MOP para tal efecto.
1.4.8.4 DERECHO DE DESESTIMAR LAS OFERTAS
El MOP se reserva el derecho de desestimar o desechar fundadamente, cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Adjudicación correspondiente. En tales casos, los proponentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra del Ministerio de Obras Públicas.
Lo anterior, es sin perjuicio del derecho que le asiste a los proponentes de recurrir a la Contraloría General de la República, si lo estiman necesario.
1.4.9 ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
Dentro del periodo de validez de la oferta, el Director General de Obras Públicas, mediante oficio notificará al Licitante o Grupo Licitante que obtuvo el mayor puntaje, la intención de adjudicarle el contrato, acompañando copia del Acta de Adjudicación, sin perjuicio de que éste se entenderá adjudicado con la tramitación oficial de la Resolución de adjudicación.
Formarán parte integrante de esta Resolución: las presentes Bases de Licitación; las ofertas presentadas por la o las Empresa Adjudicatarias y sus aclaraciones.
El Adjudicatario deberá, posteriormente a que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba la adjudicación, renovar la(s) Boleta(s) de Garantía de Seriedad de la Oferta por otra(s) con los mismos requisitos exigidos en las presentes Bases de Licitación, por el plazo que se determine y deberá mantenerse vigente hasta que sea entregada la Garantía de Fiel Cumplimiento. Una vez que el MOP reciba a conformidad las nuevas boletas, las anteriores serán devueltas en el plazo de 15 días.
Asimismo, en el evento que el adjudicatario sea un consorcio, deberá cumplir con lo establecido en el artículo 1.4.4.1 letra c) y el artículo 1.4.10.2. de las presentes Bases de Licitación.
1.4.10 DEL ADJUDICATARIO
1.4.10.1 CARGOS Y COSTOS DEL CONTRATO Y OTROS
Los costos y gastos de la licitación y adjudicación del Contrato, son de exclusivo cargo del Adjudicatario del contrato.
Los costos y gastos del Contrato, una vez suscrito y protocolizado la Resolución de Adjudicación, que no hubieren sido expresamente asumidos por el MOP, serán de exclusivo cargo de la Empresa Adjudicataria.
1.4.10.2 PLAZO DE CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
Dentro del plazo de sesenta días corridos, contados desde que ingrese totalmente tramitada la resolución de adjudicación a la oficina de partes de la D.G.O.P., la
Empresa Adjudicataria, en el caso de tratarse de un licitante persona natural o de un grupo licitante, deberá constituir legalmente la sociedad en los términos prometidos en la oferta técnica, con la que se entenderá celebrado el contrato.
De igual forma, si la Empresa Adjudicataria, no contempla dentro de su objeto, aquel señalado en el artículo 1.4.4.1. letra c) de las presentes bases de licitación, deberán efectuar, en el mismo plazo la modificación social respectiva, en términos de ampliar el objeto de la misma.
Sin perjuicio de las exigencias legales, la escritura pública de constitución o modificación de sociedad, deberá contener al menos lo siguiente:
Objeto de la sociedad: será la “conservación, mantención y explotación de los terminales portuarios que serán construidos por el MOP en Chulchuy y Huicha; y, la gestión, conservación, mantenimiento y explotación de las naves del Estado, asignadas al Contrato”
Duración de la sociedad: será el plazo de la duración del contrato, indicado en el artículo 1.4.10.5. de las presentes bases, más dos años.
Capital de la sociedad: Deberá ascender al menos a la suma de mil millones de pesos, suscrito y pagado.
Para el caso de un grupo licitante, la escritura de constitución deberá indicar el mismo porcentaje de participación en la sociedad, que el indicado en la oferta; para cada uno de los miembros de la sociedad.
1.4.10.3 SUSCRIPCIÓN Y PROTOCOLIZACIÓN
Una vez tramitada por la Contraloría General de la República, la resolución que aprueba la adjudicación del contrato, cuatro transcripciones de ella, deberían ser suscritas ante Notario, por la Empresa Adjudicataria en señal de aceptación de su contenido, debiendo protocolizarse ante el mismo Notario una de las transcripciones.
Dentro del plazo fatal de sesenta días corridos, contados desde que ingrese a la Oficinas de Partes de la DGOP, la resolución totalmente tramitada de la adjudicación del contrato, tres copias de la protocolización que se refiere el inciso anterior, serán entregadas por la Empresa Adjudicataria, al MOP, una de ellas en la oficina de partes de la DGOP, otra en la oficina de parte de la Dirección de Obras Portuarias y la última en la Oficina de Partes de la Fiscalía del MOP
Las transcripciones suscritas en la forma señalada en los párrafos precedentes, harán fe respecto de toda persona y tendrán mérito ejecutivo sin necesidad de reconocimiento previo.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el artículo 1.4.10.2 de las presentes Bases de Licitación, dejará sin efecto la adjudicación del contrato y el MOP hará efectivas las garantías de la Empresa Adjudicataria que se encuentren vigentes y éste no tendrá derecho a indemnización alguna.
1.4.10.4 INICIO DEL PLAZO DEL CONTRATO
El inicio del plazo del contrato se contará desde el día hábil siguiente a la fecha en que ingrese a la Oficinas de Partes de la DGOP, la resolución totalmente tramitada de la adjudicación del contrato.
1.4.10.5 DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración de cinco años contados desde su inicio señalado en el artículo 1.4.10.4 de las presentes Bases de Licitación.
1.4.10.6 CESIÓN O TRASPASO DEL CONTRATO A TERCEROS
La Empresa Adjudicataria bajo ninguna circunstancia podrá traspasar o ceder total o parcialmente a terceros el presente contrato.
1.5 DE LAS RELACIONES ENTRE LA EMPRESA ADJUDICATARIA Y EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
1.5.1 DE LA INSPECCIÓN FISCAL
Dentro del plazo de 15 (quince) días contados desde la tramitación de la Resolución de adjudicación, el DGOP nombrará, a proposición de la Dirección Nacional de Obras Portuarias, como Unidad Técnica encargada de la administración, explotación y fiscalización del contrato, a un Inspector Fiscal Titular y a un Inspector Fiscal suplente, que actuará como subrogante en caso de impedimento del titular; sin tener que acreditar esta condición ante terceros.
Entre otras actividades, corresponderá al Inspector Fiscal:
a) Fiscalizar el contrato durante el período de ejecución del mismo.
b) Entregar al MOP y al MTT, los reportes que éste solicite relativos a la gestión de la explotación de la infraestructura y de las naves;
c) Realizar los análisis pertinentes de los antecedentes que debe entregar La Empresa Adjudicataria.
d) Fiscalizar el cumplimiento de los requerimientos del Programa de Mantenimiento y Conservación de las obras y naves de acuerdo a los requerimientos del Manual respectivo, objeto del contrato.
e) Fiscalizar el cumplimiento de los servicios básicos, servicios especiales obligatorios y los servicios complementarios;
f) Fiscalizar el cumplimiento de las especificaciones y normas técnicas sobre la operación de las obras y naves;
g) Proponer la aplicación de multas;
h) Fiscalizar y velar por el cumplimiento de los aspectos jurídicos y administrativos y, en general, de cualesquiera otros que emanen de los documentos del contrato;
i) Fiscalizar el cumplimiento de las consideraciones ambientales y territoriales o de cualquiera de las Resoluciones de Calificación Ambiental durante la Etapa de Explotación..
j) Dictar órdenes e instrucciones para el cumplimiento del Contrato;
k) Revisar la Información estadística entregada por La Empresa Adjudicataria.
l) Xxxxx y llevar un Libro de Explotación del Contrato desde que sea designado.
m) Fiscalizar el correcto cobro de las tarifas y el cumplimiento del régimen tarifario.
n) Coordinar con el MTT, a través de la SEREMITT, todas las acciones tendientes a velar por el correcto cumplimiento del contrato.
o) Cualesquiera otras actividades establecidas en el Contrato.
1.5.2 COMUNICACIÓN ENTRE LA EMPRESA ADJUDICATARIA Y EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Salvo que las presentes Bases disponga algo distinto en casos especiales, toda comunicación y relación entre La Empresa Adjudicataria y el MOP se canalizará a través del Gerente General, en el caso del primero y del Inspector Fiscal, en el segundo caso.
El Inspector Fiscal determinará el sistema de comunicaciones que utilizará con la Empresa Adjudicataria durante la explotación del contrato, usando como documento oficial el Libro de Explotación del Contrato señalado en el artículo 1.5.3. de las presentes Bases y la forma de archivo y registro de los documentos que se emitan, los que se considerarán oficiales para todos los efectos legales y contractuales.
La Empresa Adjudicataria deberá otorgar libre acceso al Inspector Fiscal, o a quien éste designe en su representación, y a la SEREMITT, a los antecedentes, documentación y registros relacionados con la explotación del contrato y, en general, a todos los antecedentes que sean necesarios para su labor de fiscalización y control del cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo.
1.5.3 LIBRO DE EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
Salvo que las presentes Bases dispongan algo distinto en casos especiales, toda comunicación y relación entre La Empresa Adjudicataria y el MOP se canalizará a través del Gerente General, en el caso del primero y del Inspector Fiscal, en el segundo caso.
El Inspector Fiscal determinará el sistema de comunicaciones que utilizará con la Empresa Adjudicataria durante la explotación del contrato, usando como documento oficial el Libro de Explotación del Contrato señalado en el artículo 1.5.3. de las presentes Bases y la forma de archivo y registro de los documentos que se emitan, los que se considerarán oficiales para todos los efectos legales y contractuales.
1.5.4 GARANTÍAS DEL CONTRATO
1.5.4.1 GARANTÍA DE EXPLOTACIÓN
Dentro del plazo de 60 días contados desde el inicio del contrato la Empresa Adjudicataria deberá constituir una Garantía de Explotación para el fiel cumplimiento del contrato, consistente en una o mas boletas de garantía, utilizando modelo señalado en Anexo N°9 de las presentes bases de licitación; o bien, una póliza de fiel cumplimiento, por un monto total de 3.000 UF (tres mil unidades de fomento). La glosa de dicha(s) boleta(s) o de la Póliza, será: “Para garantizar la explotación del Contrato “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”.
El MOP podrá hacer efectiva, total o parcialmente, dicha garantía en los casos de incumplimiento del Contrato y, en particular, en los siguientes casos:
a) Celebración, por parte de la Empresa Adjudicataria, de algún tipo de acto o contrato sin la autorización del MOP cuando ésta sea exigida por el Reglamento de Operación y Prestación Servicio para la Explotación del Contrato o las presentes Bases;
b) Incumplimiento de las sanciones o multas impuestas durante la explotación en los plazos previstos;
c) La no-renovación o complementación de la garantía de explotación en los términos señalados en este artículo de las presentes Bases;
d) La no-constitución o no-renovación de las pólizas de seguros exigidos en las presentes bases.
e) Incumplimiento por la Empresa Adjudicataria de cualquiera de las obligaciones de prestación de servicio en las condiciones del Contrato, durante la etapa de explotación;
f) Cualquier incumplimiento de las obligaciones de la Empresa Adjudicataria con terceros, cuando el MOP sea declarado subsidiariamente responsable;
g) Constituir al MOP como responsable o subsidiariamente responsable frente a terceros, respecto del cumplimiento de obligaciones, actividades o financiamientos, que no estén explícitamente estipulados como responsabilidad del MOP en estas Bases, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.
h) Inicio de la explotación y/o actividades del contrato, sin contar con los permisos necesarios, exigidos por la normativa vigente.
i) Cualquier otro incumplimiento del Contrato, según lo establecido en las presentes Bases.
De hacerse efectiva la garantía, ésta deberá reconstituirse o completarse, según proceda, en el plazo de 15 (quince) días a contar de la fecha en que se hizo efectiva.
La no entrega de las boletas de garantía en el plazo señalado en el presente artículo de las presentes Bases, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en la multa establecida en el artículo 1.5.5.1. de estas Bases.
La o las Boletas o Póliza deberán ser emitida(s) a nombre del Director General de Obras Públicas. Para el caso de las boletas, éstas deberán ser pagadera(s) a la vista; ser emitida(s) en Santiago de Chile por un Banco con oficina en Santiago de Chile
Cada boleta de garantía o póliza, deberán tener una vigencia igual al período de explotación más 12 meses; no obstante, la Empresa Adjudicataria podrá optar por entregar boletas de garantía o póliza cuya vigencia sea menor, con un plazo no inferior a 12 meses, y renovarlas 90 días antes de su término de vigencia, siempre que ello sea aceptado por el Inspector Fiscal y cada documento sea entregado antes del vencimiento del anterior. Para ello, la Empresa Adjudicataria deberá solicitar por escrito al Inspector Fiscal la autorización requerida. Dentro de los 30 días posteriores a la fecha de recepción de dicha solicitud, el Inspector Xxxxxx comunicará por escrito su decisión de rechazo o aceptación. En este último caso, el plazo de la última boleta de garantía o póliza, será lo que reste del período de explotación más 12 meses.
Las boletas bancarias de garantía serán devueltas en el plazo de 30 días contados desde que el Inspector Fiscal certifique que la Empresa Adjudicataria ha cumplido todas las obligaciones contraídas con el MOP.
1.5.4.2 PÓLIZA DE INCENDIO CON CLÁUSULAS ADICIONALES
Dentro del plazo de 60 días contados desde el inicio del contrato la Empresa Adjudicataria deberá Contratar y entregar una póliza de incendio con cláusulas adicionales, que cubrirán los riesgos catastróficos sobre la infraestructura objeto del presente convenio, que ocurran durante la explotación de éste. Dichas pólizas deberán incluir la cobertura de los perjuicios por actos maliciosos y disturbios populares. Estas pólizas podrán contratarse en forma anual o por períodos mayores, debiendo acreditarse su renovación 60 días antes de la expiración de las anteriores.
A su vez, en todas y cada una de estas pólizas deberá constar el pago al contado de las mismas, debiendo cumplir las condiciones establecidas en el párrafo primero de este punto.
• Esta póliza de incendio (pol 1 90 006) deberá considerar además las siguientes cláusulas:
• Daños materiales por filtración de lluvias, inundación y desbordamiento de cauces (cad 1 90 015).
• Daños materiales causados por viento (cad 1 90 014).
• Daños materiales a consecuencia de avalanchas, aluviones y deslizamientos (cad 1 90 017).
• Daños materiales causados por roturas de cañerías o por desbordamiento de estanques matrices (cad 1 90 009).
• Daños materiales causados por explosión (cad 1 91 004).
• Daños materiales causados por vehículos motorizados (cad 1 90 008).
• Daños materiales causados por aeronaves (cad 1 90 007).
• Incendio y explosión a consecuencia directa de huelga, desorden popular o actos terroristas (cad 1 90 011).
• Daños materiales a consecuencia directa de huelga o desorden popular (cad 1 90 012).
• Saqueo durante huelga o desorden popular (cad 1 91 013).
• Incendio a consecuencia de fenómenos de la naturaleza, excepto sismo (cad 1 91 003).
• Incendio a consecuencia de sismo (cad 1 91 002).
• Daños materiales causados por sismo (1 90 019).
• Daños materiales por incendio a causa de combustión espontánea (cad 1 90 021).
• Daños materiales causados por salida de mar (cad 1 90 016).
• Daños materiales causados por peso de nieve o hielo (cad 1 90 024).
• Daños materiales por choque o colisión con objetos fijos o flotantes, incluyendo naves (cad 1 90 023).
• Daños materiales causados por colapso de edificios (1 92 029).
• Remoción de escombros (cad 1 90 025).
La póliza de incendio con cláusulas adicionales en la etapa de explotación se basará en los valores de reposición de las obras, expresados en unidades reajustables. En ningún caso se aceptarán estimaciones de pérdidas máximas para el efecto de las contrataciones de los seguros que consideren valores residuales o depreciados de la obra.
La Empresa Adjudicataria deberá hacer entrega a la Inspección Fiscal, para su revisión, del borrador de las pólizas de incendio y demás cláusulas adicionales, los cuales deberán contener como mínimo las condiciones generales y especiales del seguro, sus coberturas de riesgo, el valor de las obras aseguradas, etc. La entrega de dichos borradores de pólizas deberá hacerla a más tardar 30 días antes del vencimiento de los plazos señalados en el primer párrafo de este punto.
La contraparte técnica del MOP, en el plazo de 15 días deberá aprobar, rechazar o formular observaciones a dichos borradores sin perjuicio del Visto Bueno (Vº Bº) de la Fiscalía del MOP para la aprobación de las pólizas definitivas. A partir de la recepción
de las observaciones La Empresa Adjudicataria tendrá un plazo de 15 días para subsanar las observaciones. En todo caso, la Empresa Adjudicataria no podrá iniciar la explotación de las obras, mientras no estén aprobadas las respectivas pólizas de incendio y demás cláusulas adicionales. Con todo, la póliza deberá contener en forma explícita y obligatoriamente cláusulas de rehabilitación automática (cobertura 100% del tiempo mientras la póliza se encuentre vigente), de renuncia de los derechos de subrogación respecto de los asegurados y beneficiarios, de gastos de aceleración y de una cláusula que indique la imposibilidad de cancelar, modificar, suspender o dar término al seguro por parte de La Empresa Adjudicataria sin la aprobación por escrito del MOP y demás condiciones que aseguren una adecuada cobertura de riesgo. El no cumplimiento hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas contempladas en el artículo 1.5.5.1. de las presentes bases de licitación.
La póliza de incendio con cláusulas adicionales no podrá estar incluida, ni incluir las pólizas por responsabilidad civil a que hace referencia el artículo 1.5.4.4. de estas bases, debiendo entregarse en forma separada.
En caso de siniestro, la diferencia entre el valor de reconstrucción de la obra y el valor pagado por el seguro respectivo, entendido éste como el monto cubierto por el seguro menos el deducible, para el caso que lo hubiere, la Empresa Adjudicataria pagará el 100% de dicha diferencia.
El Inspector Xxxxxx rechazará la póliza de incendio con cláusulas adicionales si éstas no cumplen los requisitos mínimos que aseguren una efectiva cobertura de los riesgos de la obra.
Cualquier liquidación de las Compañías de Seguro que se realice con cargo a esta póliza deberá ser presentada a la Inspección Fiscal del MOP para su aprobación.
Será responsabilidad de La Empresa Adjudicataria hacer las gestiones ante las compañías de seguro para que se efectúen los pagos por daños. La no denuncia y tramitación oportuna ante la Compañía de Seguros por la Empresa Adjudicataria de los eventuales siniestros, será causal de multa según se contempla en artículo 1.5.5.1. de las presentes bases de licitación.
1.5.4.3 SEGURO XX XXXX
Dentro del plazo de 60 días contados desde el inicio del contrato la Empresa Adjudicataria, deberá tomar un seguro xx xxxxx para la nave Tehuelche, por un monto asegurado de $750.000.000.- (setecientos cincuenta millones de pesos).
Este seguro deberá contratarse en forma anual o por períodos mayores, debiendo acreditarse su renovación 60 días antes de la expiración de las anteriores. En esta póliza, además, deberá constar el pago al contado de la misma. Será responsabilidad de la Empresa Adjudicataria mantener vigentes estos seguros durante todo el plazo de la explotación.
El seguro deberá contener en forma explícita cláusulas de responsabilidad civil cruzada, rehabilitación automática (cobertura 100% del tiempo mientras la póliza se encuentre vigente), de renuncia a los derechos de subrogación, exclusiones y una
indicación de la imposibilidad de modificar, suspender, pagar o dar término al seguro por parte de la Empresa Adjudicataria sin la aprobación por escrito del MOP y demás condiciones que aseguren una adecuada cobertura de riesgo.
La Empresa Adjudicataria deberá hacer entrega al Inspector Fiscal, para su revisión, del borrador de la póliza, acompañando los antecedentes presentados a la Compañía de Seguros para su contratación, los que deberán contener como mínimo las condiciones generales y especiales del seguro, sus coberturas de riesgo, los sublímites propuestos, etc. La entrega de dicho borrador de póliza deberá hacerla a más tardar 30 días antes del vencimiento de los plazos señalados en el presente artículo.
El Inspector Fiscal, en el plazo de 15 días, deberá aprobar, rechazar o formular observaciones a dicho borrador. A partir de la recepción de las observaciones la Empresa Adjudicataria tendrá un plazo de 15 días, para subsanarlas. En todo caso, la Empresa Adjudicataria no podrá iniciar la explotación de la nave, mientras no esté aprobada la póliza. El Inspector Fiscal podrá rechazar la póliza si no cumplen los requisitos mínimos para una efectiva cobertura de riesgos.
En el evento que el MOP se encontrase obligado a pagar algún tipo de indemnización por daños a terceros, La Empresa Adjudicataria será la única responsable pecuniariamente de las diferencias entre el monto pagado con cargo a la póliza y los daños que efectivamente deban ser indemnizados o reparados, en caso que la cuantía de la póliza no fuera suficiente para pagar dichas indemnizaciones. Este pago deberá ser realizado por la Empresa Adjudicataria al MOP, 10 días antes de la fecha en que el MOP tenga que realizar dicho pago por concepto de indemnización por daños a terceros. El incumplimiento de esta obligación hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1. de estas Bases.
Será responsabilidad de la Empresa Adjudicataria hacer todas las gestiones ante las entidades que correspondan para que se efectúe el pago por esos daños. La no denuncia y tramitación oportuna ante la Compañía de Seguros por la Empresa Adjudicataria de los eventuales siniestros, hará incurrir a ésta en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1. de las presente Bases.
El incumplimiento en los plazos de entrega de la póliza de Seguros, o de su borrador, para el período de explotación dentro de los plazos estipulados en el presente artículo, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en la multa establecida en el artículo 1.5.5.1. de estas Bases.
1.5.4.4 PÓLIZAS POR RESPONSABILIDAD CIVIL
La Empresa Adjudicataria deberá adoptar, durante la explotación del contrato, todas las medidas para evitar daños a terceros y al personal que trabaja en la referida explotación. Igualmente deberá tomar todas las precauciones para evitar daños a la propiedad de terceros y al medio ambiente durante la ejecución del contrato.
La Empresa Adjudicataria será la única responsable de todo daño o perjuicio, de cualquier naturaleza, que con motivo de la explotación del contrato, se cause a terceros, al personal de las obras y naves, a la propiedad de terceros o al medio ambiente.
Dentro del plazo de 60 días contados desde el inicio del contrato la Empresa Adjudicataria deberá entregar una póliza de seguro, a favor del MOP, por un monto mínimo en UF (Unidades de Fomento) equivalente a $500.000.000.- (quinientos millones de pesos), con un deducible máximo del 1%, pagadas al contado y que cubrirá la responsabilidad civil en la etapa de explotación del contrato y las eventuales indemnizaciones que el MOP, o la Empresa Adjudicataria se encontrasen obligados a pagar por daños que con motivo de las actividades de explotación de la infraestructura y nave, sufran terceros en sus bienes y/o en sus personas y que hubiesen acontecido dentro del área de la explotación del contrato.
Las pólizas por responsabilidad civil durante la explotación deberán contratarse en forma anual o por períodos mayores, debiendo acreditarse su renovación 60 días antes de la expiración de las anteriores. En estas pólizas, además, deberá constar el pago al contado de las mismas. Será responsabilidad de la Empresa Adjudicataria mantener vigente el Seguro por Responsabilidad Civil por daños a terceros durante todo el plazo de la explotación.
Las pólizas de responsabilidad civil del período de explotación deberán contener en forma explícita cláusulas de responsabilidad civil cruzada, rehabilitación automática (cobertura 100% del tiempo mientras la póliza se encuentre vigente), de renuncia a los derechos de subrogación, exclusiones y una indicación de la imposibilidad de modificar, suspender, pagar o dar término al seguro por parte de la Empresa Adjudicataria sin la aprobación por escrito del MOP y demás condiciones que aseguren una adecuada cobertura de riesgo.
La Empresa Adjudicataria deberá hacer entrega al Inspector Fiscal para su revisión, del borrador de las pólizas de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros durante la explotación del contrato, acompañando los antecedentes presentados a la Compañía de Seguros para su contratación, los que deberán contener como mínimo las condiciones generales y especiales del seguro, sus coberturas de riesgo, los sublímites propuestos, etc. La entrega de dichos borradores de pólizas deberá hacerla a más tardar 30 días antes del vencimiento de los plazos señalados en el tercer párrafo de este artículo.
El Inspector Fiscal, en el plazo de 15 días, deberá aprobar, rechazar o formular observaciones a dichos borradores. A partir de la recepción de las observaciones la Empresa Adjudicataria tendrá un plazo de 25 días, para subsanar las observaciones. En todo caso, la Empresa Adjudicataria no podrá iniciar la explotación de la infraestructura, mientras no estén aprobadas las pólizas de Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. El Inspector Fiscal podrá rechazar las pólizas si no cumplen los requisitos mínimos para una efectiva cobertura de riesgos de responsabilidad civil.
En el evento que el MOP se encontrase obligado a pagar algún tipo de indemnización por daños a terceros, La Empresa Adjudicataria será la única responsable pecuniariamente de las diferencias entre el monto pagado con cargo a la póliza y los daños que efectivamente deban ser indemnizados o reparados, en caso que la cuantía de la póliza no fuera suficiente para pagar dichas indemnizaciones. Este pago deberá ser realizado por la Empresa Adjudicataria al MOP, 10 días antes de la fecha en que el MOP tenga que realizar dicho pago por concepto de indemnización por daños a
terceros. El incumplimiento de esta obligación hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1. de estas Bases.
Será responsabilidad de la Empresa Adjudicataria hacer todas las gestiones ante las entidades que correspondan para que se efectúe el pago por esos daños. La no denuncia y tramitación oportuna ante la Compañía de Seguros por la Empresa Adjudicataria de los eventuales siniestros, hará incurrir a ésta en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1. de las presente Bases.
El incumplimiento en los plazos de entrega de las pólizas de Seguros de Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, o de sus borradores, para el período de explotación dentro de los plazos estipulados en el presente artículo, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en la multa establecida en el artículo 1.5.5.1. de estas Bases.
1.5.5 INFRACCIONES Y MULTAS
El incumplimiento o infracción, por parte de la Empresa Adjudicataria, de cualquiera de las obligaciones de las presentes bases, será causal de multas y sanciones.
La Empresa Adjudicataria no estará exenta de responsabilidad ni aún en los casos en que los incumplimientos sean consecuencia de contratos que celebre con terceras personas.
El Inspector Fiscal notificará la infracción detectada a la Empresa Adjudicataria y propondrá al Director Nacional de Obras Portuarias, la aplicación, si es el caso, de las multas y sanciones que se estipulan en la Tabla Nº 4 del artículo 1.5.5.1 de estas Bases.
1.5.5.1 TIPOS DE INFRACCIONES, MULTAS Y SANCIONES
En caso de incumplimiento de obligaciones de la Empresa Adjudicataria, el Inspector Fiscal notificará a la misma de la infracción detectada y propondrá la aplicación, si es el caso, de las multas y sanciones que se estipulan en la Tabla Nº 4 de estas Bases.
TABLA Nº 4: INFRACCIONES Y MULTAS
Nº | Articulo Bases de Licitación | Monto Multa (UTM) | Tipo de Infracción | Criterio de Aplicación | |||||
1 | 2.7. | 20 | Entrega de información requerida con datos o antecedentes con errores atribuibles a negligencia. | Cada vez | |||||
2 | 2.7. | 30 | No permitir u obstaculizar el libre acceso del Inspector Fiscal a la información. | Cada vez | |||||
3 | 2.7. | 1 | Incumplimiento de entrega de la información, dentro de los plazos estipulados. | Por cada día de atraso | |||||
4 | 1.6.5. | 40 | Incumplimiento de las consideraciones ambientales y territoriales o de cualquiera de las Resoluciones de Calificación Ambiental durante la Etapa de Explotación. | Cada vez | |||||
5 | 1.5.3. | 10 | Incumplimiento de las instrucciones impartidas a través del Libro de Explotación del contrato. | Cada vez | |||||
6 | 1.5.3. | 1 | Atraso en el cumplimiento de las instrucciones impartidas por el Inspector Fiscal en el Libro de Explotación del contrato, según el plazo que éste determine. | Por cada día de atraso | |||||
7 | 1.7.2. | 5 | No entrega del Reglamento de operación y prestación de servicio del contrato en el plazo señalado. | Por cada día de atraso | |||||
8 | 1.7.7. | 100 | Interrupción parcial o total del servicio prestado sin previa autorización del Inspector Fiscal o la no adopción por parte de La Empresa Adjudicataria de las medidas conducentes a ocasionar las mínimas alteraciones en el uso normal de la obra. | Cada vez. | |||||
9 | 2.2.1.2. | 10 | No cumplimiento de las exigencias en cuanto a provisión y conservación de señalética, información a los usuarios e iluminación | Por cada día | |||||
10 | 2.2.1.1. 2.2.1.3. | 10 | Deficiencia en sanitización. | las | condiciones | de | limpieza | y | Cada vez |
11 | 2.3. | 50 | Incumplimiento en la conservación, mantención y operación de las instalaciones y de las naves. | Cada vez | |||||
12 | 2.2.1.7. 2.2.2.1. | 50 | No cumplimiento de las exigencias para las actividades de embarque/desembarque en naves y de atraque y desatraque xx xxxxx. | Cada vez | |||||
13 | 2.2.2.2. | 100 | No cumplimiento de las frecuencias mínimas de transporte de vehículos y pasajeros | Cada vez | |||||
14 | 2.2.1.6. | 10 | Deficiencia en el estado de conservación y mantenimiento de los terminales de pasajeros | Cada vez | |||||
15 | 2.2.1.4. | 10 | Incumplimiento de las medidas señaladas en el Programa de Vigilancia y Control | Cada vez. |
16 | 1.5.4.1. | 10 | No entrega de las boletas de garantía de explotación o Pólizas de Fiel Cumplimiento, en los plazos señalados en las presentes Bases de Licitación. | Por cada día de atraso. |
17 | 1.5.4.4. | 10 | No entrega de las pólizas de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros en el plazo señalado. | Por cada día de atraso. |
18 | 1.5.4.3. | 10 | No entrega de las pólizas de seguro xx xxxxx en el plazo señalado. | Por cada día de atraso. |
19 | 1.5.4.3. 1.5.4.4. 1.5.4.2. 1.6.4. | 50 | La no denuncia y tramitación oportuna ante la Compañía de Seguros por la Empresa Adjudicataria de los eventuales siniestros | Cada vez |
20 | 1.5.4.2. 1.6.4. | 10 | No entrega de las pólizas de seguro de incendio y cláusulas adicionales o de sus borradores en el plazo señalado. | Por cada día de atraso. |
21 | 3.2. | 50 | Cobro de tarifas superiores a las autorizadas. | Cada vez |
22 | 1.7.5. 1.7.6. 2.2.3. 2.5. | 5 | Incumplimiento de cualquier otra obligación establecidas en las Bases y no señalada precedentemente o de las instrucciones impartidas por el Inspector Fiscal. | Cada vez |
1.5.5.2 PROCEDIMIENTO Y PAGO DE LAS MULTAS
Cuando la Empresa Adjudicataria incumpla sus obligaciones o incurra en alguna de las infracciones establecidas en las presentes Bases, el Inspector Fiscal propondrá a la Dirección Nacional de Obras Portuarias la aplicación de la multa, señalando en su informe:
a) Tipo de infracción en que ha incurrido;
b) Características de la infracción, tales como el número de días de incumplimiento de la obligación a la fecha de la notificación, u otros elementos señalados en el presente las presentes Bases.
c) Monto de la multa a aplicar.
Las multas o sanciones serán aplicadas por la Dirección Nacional de Obras Portuarias a proposición del Inspector Fiscal, a través de una resolución del Director de Obras Portuarias, la cual deberá ser notificada por escrito a la Empresa Adjudicataria (con copia a la SEREMITT) dentro de los 10 días siguientes a la fecha de su dictación.
La Empresa Adjudicataria, dentro de los 10 días siguientes a la fecha de su notificación por escrito, podrá deducir recurso de reposición ante el Director Nacional de Obras Portuarias. Una vez resuelta la reposición, la Empresa Adjudicataria podrá apelar ante el DGOP, dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar de la fecha en que haya sido recibida la respectiva notificación. El DGOP resolverá la apelación en un plazo no superior a 10 días hábiles, contados desde su recepción en la oficina de partes de la DGOP, pudiendo decretar Orden de no Innovar.
Si una vez resueltos los recursos, estos no son acogidos, la Empresa Adjudicataria deberá dar cumplimiento a la sanción impuesta, dentro del plazo 30 días contados desde su notificación. Si la empresa no cumpliere con el pago de la multa en los términos señalados precedentemente, el MOP hará efectivas las garantías de explotación para el fiel cumplimiento establecida en el artículo 1.5.4.1 de estas Bases, sin perjuicio de las demás acciones que procedan.
La expresión notificación por escrito, comprende entre otras, anotaciones en el libro de Explotación del contrato, carta certificada, telegrama, o cualquier otro medio que permita dejar constancia fehaciente de la notificación.
1.5.5.3 ORDENES DEL INSPECTOR FISCAL
Sin perjuicio de lo señalado en el punto 1.5.5.2 precedente, las órdenes escritas que en el curso de la explotación del contrato dicte el Inspector Fiscal, sea sobre las obras, naves u otros aspectos del contrato, podrán reponerse, por escrito, dentro de los diez días hábiles, a contar de la fecha en que haya sido recibida la notificación, ante el mismo Inspector Fiscal que la dictó. A estos efectos, se entenderá recibida, cuando conste en el libro de explotación del contrato, o se haya enviado por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción. Dentro de los cinco días hábiles siguientes, el Inspector Fiscal se pronunciará sobre la reposición solicitada, manteniendo a firme la orden o resolución, modificándola o dejándola sin efecto.
Una vez resuelta la reposición, la Empresa Adjudicataria podrá apelar ante el Director Nacional de Obras Portuarias, dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar de la fecha en que haya sido recibida la notificación. Para estos efectos, se entenderá recibida cuando conste en el libro de explotación del contrato, o se haya enviado por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción. El Director de Obras Portuarias resolverá la apelación en un plazo no superior a 10 días hábiles, contados desde su recepción en la oficina de partes de la DOP, pudiendo decretar Orden de no Innovar.
En ningún caso la interposición de la reposición o de la apelación suspenderá los efectos de la orden reclamada, cuando ésta comprometa la seguridad de los usuarios, la continuidad de la prestación de los servicios, o la calidad del servicio ofrecida.
1.6 INFRAESTRUCTURA PORTUARIA Y NAVES PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
1.6.1 INFRAESTRUCTRA PORTUARIA PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
El MOP entregará a la Empresa Adjudicataria, la infraestructura portuaria que se encuentre o encontrará, en el área objeto de este contrato, en los plazos, estado y condiciones que se señalan en la tabla siguiente:
Tabla 5: Terminales portuarios menores a entregar en explotación
Localidad: | Terminal Portuario Menor | AÑO CONSTRUCCIÓN Y ESTADO DE CONSERVACIÓN | PLAZO DE ENTREGA |
Chulchuy | - Rampa para Transbordador | 1979/Regular | Inicio de explotación |
- Explanada de servicios - Refugio de Pasajeros - Nueva Rampa | Por construir por el MOP | I trimestre 2009 | |
Huicha | - Rampa para Transbordador | 1979/Regular | Inicio de explotación |
- Explanada de servicios - Refugio de Pasajeros - Nueva Rampa | Por construir por el MOP | I trimestre 2009 |
Adicionalmente a las estructuras anteriores, se incluye toda la infraestructura y equipamiento existente como: postaciones, edificaciones, y cualquier otro elemento que se encuentre en el área entregada por el MOP.
La Empresa Adjudicataria tendrá a su disposición todos los documentos relacionados a los terminales portuarios objeto del contrato, según se señala en el artículo 1.4.6.1.
1.6.1.1 INFRAESTRUCTURA PORTUARIA PRE-EXISTENTE QUE SE ENTREGA A LA EMPRESA ADJUDICATARIA
Respecto de la infraestructura pre-existente, que conforme al cuadro precedente se entregue a la Empresa Adjudicataria al inicio de la explotación del contrato, ésta tendrá la responsabilidad de mantener dicha infraestructura y sus instalaciones, en el estado en que fue entregada, velando por la continuidad del servicio, siendo de su exclusivo costo y cargo, entendiéndose comprendidos, en caso que corresponda, los costos de suministro de servicios eléctricos, agua potable, gas, etc., todo ello a partir de la fecha de entrega de la infraestructura, y en conformidad con los estándares de servicio, conservación y explotación establecidos por el MOP. Para tales efectos, se anexan a las presentes bases de licitación los siguientes documentos:
a) Planos de diseño y especificaciones de los terminales portuarios (si están disponibles), y
b) Pautas de Diseño para el mantenimiento y conservación de infraestructura portuaria. (Anexo N°5 de las presentes bases de licitación).
1.6.1.2 INFRAESTRUCTURA PORTUARIA FUTURA QUE CONSTRUIRA EL MOP Y QUE ENTREGARÁ A LA EMPRESA ADJUDICATARIA DESPUES DEL INICIO DE EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
Respecto de aquella infraestructura que el MOP suministrará durante la ejecución del contrato, conforme al cuadro precedente, en las localidades de Chulchuy y Huicha, la
Empresa Adjudicataria sólo será responsable de mantener y conservar la infraestructura portuaria y sus instalaciones, y de los costos de suministro de servicios eléctricos, agua potable, gas, etc., a partir de la fecha en que el MOP haga entrega de la nueva infraestructura a la Empresa Adjudicataria para su explotación.
Dicha entrega, se materializará mediante anotación que realice el Inspector Fiscal en el libro de explotación del contrato.
No obstante lo anterior, y mientras dure la construcción de los terminales portuarios de Chulchuy y Huicha, el Ministerio de Obras Públicas, será responsable de realizar los trabajos que sean necesarios para permitir el atraque de la nave Tehuelche, que permita el embarque/desembarque de vehículos y pasajeros, para dar continuidad a la conectividad marítima de este tramo. Lo anterior debido a que las obras proyectadas en el diseño de las rampas de Chulchuy y Huicha consideran dejar las rampas existentes como parte del relleno de las nuevas, por lo que en determinadas ocasiones, quedarán inoperativas durante la construcción. No obstante lo anterior, la Empresa no podrá solicitar indemnización, ni cambios de servicios, y tampoco mayor subsidio, en la eventualidad que el lugar provisorio donde la nave debe prestar servicios de embarque/desembarque sea distinto del actual.
1.6.2 ENTREGA DE TERRENOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
Será responsabilidad del MOP que los terrenos de playa, playa y fondo de Mar, donde se emplazan los terminales portuarios menores objeto de las presentes bases, se encuentren con sus correspondientes decretos de destinación marítima otorgados por la Subsecretaría de Marina del Ministerio de Defensa Nacional, en un plazo máximo de 90 días contados a partir del inicio de la explotación del contrato indicado en el artículo
1.7.1. Los correspondientes Decretos Supremos de Destinación Marítima solo corresponderán al área señalada en los documentos estipulados en las letras e) y f), del artículo 1.4.6.1 de las presentes bases.
En la eventualidad de existir retrasos en la tramitación de los respectivos Decretos Supremos de Destinación Marítima, el MOP será responsable de solicitar las autorizaciones de uso provisorio del área, según normativa vigente.
Sólo en caso que producto del desarrollo de la explotación del contrato y para la entrega de servicios complementarios, por parte de la Empresa Adjudicataria , se requieran terrenos adicionales a los entregados al MOP en conformidad a lo indicado en el párrafo anterior, y que tales se encuentren dentro de la franja del borde costero del litoral sujeta al control, fiscalización, y supervigilancia del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, y no pertenezcan a particulares y no se encuentren destinados o concesionados a terceros según el DFL Nº340 de 1960, Ley sobre Concesiones Marítimas, el MOP solicitará a la Subsecretaría Marina un pronunciamiento sobre el otorgamiento de una autorización provisoria que permita ejecutar las obras. Para tal efecto, en un plazo máximo de 120 días contados desde el inicio de la explotación del contrato establecido en el artículo 1.7.1. de las presentes Bases de Licitación, y a su entero costo, la Empresa Adjudicataria , deberá entregar al Inspector Fiscal todos los antecedentes necesarios para realizar el trámite de solicitud de ampliación del área de Destinación Marítima, dentro del objeto original de esta.
La DOP, en un plazo máximo de 30 días, solicitará la modificación de la Destinación Marítima a la Subsecretaría de Marina.
En caso de que los antecedentes presentados por la Empresa Adjudicataria se encuentren incompletos o que se deban corregir por observaciones emanadas por la Subsecretaría de Marina, la Empresa Adjudicataria dispondrá de 15 días para volver a presentarlos y regirá el mismo procedimiento anterior.
En ningún caso, las áreas adicionales que requiera la Empresa Adjudicataria para la prestación de servicios complementarios, podrá poner en riesgo la entrega de los servicios básicos y servicios especiales obligatorios.
En caso que los terrenos adicionales presentados por el Licitante o Grupo Licitante en su oferta no se puedan obtener por el procedimiento antes descrito, si resultase Adjudicatario del contrato, deberá materializar los servicios complementarios ofertados en los terrenos disponibles para ello a su entero cargo, costo y responsabilidad, sin derecho a indemnización alguna.
La entrega de los terrenos a la Empresa Adjudicataria , se materializará una vez que el Inspector Fiscal autorice el inicio de la explotación del contrato, señalada en el artículo
1.7.1. de las presentes bases de licitación.
La entrega a la Empresa Adjudicataria , de los terminales portuarios menores y los terrenos en que estos se emplazan, se materializará de la siguiente manera: El Inspector Fiscal deberá notificar a la Empresa Adjudicataria con al menos diez días hábiles de antelación, el lugar, la fecha y la hora, para que ésta comparezca al acto de entrega de estos. En caso que la Empresa Adjudicataria habiendo sido notificada del acto de entrega, no concurriere, se otorgará un segundo plazo dentro de los diez días siguiente. No concurriendo lo anterior, se entenderá que se ha cumplido con la obligación de entrega de éstos por parte del MOP, debiendo el Inspector Fiscal registrar tal hecho en el Libro de Explotación.
En el acto de entrega, el Inspector Fiscal indicará el estado, características y condiciones en que los terminales portuarios se entregan a la Empresa Adjudicataria , individualizando todo la infraestructura con que cuenta, consignando este hecho mediante anotación en el Libro de Explotación y en el acta de recepción de los terminales portuarios y terrenos, que el Inspector Fiscal elaborará al efecto.
Una vez que el MOP haga entrega a la Empresa Adjudicataria, de los terrenos y de los terminales portuarios objeto de las presentes bases de licitación, será de exclusiva responsabilidad y cargo de la Empresa Adjudicataria, la limpieza, despeje, delimitación, resguardo del área entregada y en general todas los servicios básicos y servicios especiales obligatorios señaladas en las presentes bases de licitación.
1.6.3 NAVE PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
1.6.3.1 NAVE SUMINISTRADA POR EL MOP AL INICIO DE LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
Para la prestación del servicio de transporte en la ruta definida en las presentes bases, el MOP entregará a la Empresa Adjudicataria, al inicio de la explotación del contrato, la siguiente nave en la localidad indicada en el cuadro siguiente:
Tabla 6: Nave existente a entregar en explotación
LOCALIDAD | Tramo | Nave |
Isla Puqueldón | Chulchuy - Huicha | Tehuelche |
Respecto de la nave, que conforme al cuadro precedente se entregue a la Empresa Adjudicataria, ésta tendrá la responsabilidad de su operación, mantenimiento y conservación, siendo de su exclusivo costo y cargo, entre otros, los costos de combustibles, tripulación, suministro de servicios eléctricos, agua potable, gas, carenas, avituallamiento, reparaciones mayores y menores, costos en reparación necesarias para el cumplimiento de la normativa vigente y de todo lo solicitado en las presentes bases. Lo anterior, a partir de la entrega de las naves, en conformidad a lo señalado en el artículo 1.6.3.3. La Empresa Adjudicataria tendrá a su disposición todos los documentos relacionados a las naves objeto del contrato, según se señala en el artículo 1.4.6.1.
Las características principales de la Nave que se entregará a la Empresa Adjudicataria son las siguientes:
Tabla 7: Características Nave Tehuelche
Nave Tehuelche | Características |
Velocidad de servicio | 8 nudos |
Capacidad Vehicular | 70 Metros Lineales |
Eslora | 43.6 metros |
Manga | 10.5 metros |
Motores | 3 x 218 Hp Schottel |
Año Construcción | 1988 |
1.6.3.2 ENTREGA Y REPARACIÓN XX XXXX PARA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
1.6.3.2.1 ENTREGA DE LA NAVE TEHUELCHE
La entrega de la nave a la Empresa Adjudicataria, se materializará de la siguiente manera: El Inspector Fiscal deberá notificar a la Empresa Adjudicataria con al menos diez días hábiles de antelación, el lugar, la fecha y la hora, para que ésta comparezca al acto de entrega de las naves. En caso que la Empresa Adjudicataria habiendo sido notificada del acto de entrega, no concurriere, se otorgará un segundo plazo dentro de los diez días siguientes. No concurriendo lo anterior, se entenderá que se ha cumplido
con la obligación de entrega de éstas por parte del MOP, debiendo el Inspector Fiscal registrar tal hecho en el Libro de Explotación.
En el acto de entrega, el Inspector Fiscal indicará el estado, características y condiciones en que la nave se entrega a la Empresa Adjudicataria, individualizando todo el equipamiento con que cuenta, consignando este hecho mediante anotación en el Libro de Explotación y en el acta de recepción de las naves que el Inspector Fiscal elaborará al efecto.
1.6.3.2.2 REPARACIÓN DE LA NAVE TEHUELCHE
Una vez recibida la nave, la Empresa Adjudicataria, tendrá la obligación de reparar la nave Tehuelche, según las especificaciones y alcances descritos en el artículo 2.3.1. de las presentes bases de licitación.
Para realizar las reparaciones el Ministerio de Obras Públicas dispondrá de un Subsidio para que estos trabajos sean realizados por parte de la Empresa Adjudicataria. La forma de entrega y el monto del subsidio (Subsidio 2) por este concepto, se describe en el capítulo 3.1.2.
El plazo máximo para realizar la reparación será de 6 meses desde el inicio de la explotación del contrato.
1.6.3.3 SUMINISTRO PROVISORIO XX XXXX POR PARTE DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA PARA EL SERVICIO DE CONECTIVIDAD DE LA CONEXIÓN CHULCHUY - HUICHA
Dado que la nave para la conexión Chulchuy – Huicha, será suministrada por el MOP a partir del segundo semestre del año 2008 y que esta nave deberá ser reparada, conforme a lo señalado en los artículos 1.6.3.2.2 y 2.3.1., la Empresa Adjudicataria deberá, durante todo el período que medie desde el inicio del contrato y la puesta en servicio definitiva de la nave Tehuelche reparada, según se señalo anteriormente, proveer de una nave de similares características, para la explotación del contrato, de manera tal que, el servicio de transporte se cumpla en forma ininterrumpida durante todo el plazo del contrato. Para tales efectos la Empresa Adjudicataria podrá proveer naves de su propiedad, o bien celebrar contratos de arrendamiento, comodato u otra figura que le aseguren la posesión o tenencia de la nave, por el período requerido.
El licitante o grupo licitante, deberá presentar una promesa reducida a escritura pública en la cual conste la celebración de un futuro contrato de arriendo de un transbordador; o, una declaración unilateral reducida a escritura pública, donde conste el compromiso de aportar un transbordador de su propiedad. El transbordador arrendado o aportado, según sea el caso, deberá dar cumplimiento a las siguientes exigencias mínimas:
Tabla 8: Características Nave a Aportar por la Empresa Adjudicataria
Nave Tehuelche | Características |
Velocidad de servicio | 8 nudos |
Capacidad Vehicular | 70 Metros Lineales |
Capacidad Pasajeros | 50 Pasajeros totales |
Capacidad Xxxxxxx | 00 Xxxxxxxxx sentados |
Eslora | 43.6 metros |
Manga | 10.5 metros |
Servicios higiénicos | 2 (Hombre y Mujer) |
El área de pasajeros deberá estar cubierta y cerrada.
En la eventualidad que el licitante o grupo licitante, no dispongan de una nave propia para prestar el servicio provisorio de conectividad en el tramo Chulchuy - Huicha, y así lo deje establecido en su oferta, el Ministerio de Obras Públicas, a través de los fondos provenientes del Subsidio al Transporte Regional de la Secretaría y Administración General de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, partida 19, capitulo 01, programa 01, glosa N° 04 de la Ley de Presupuestos del Sector Público año 2008, entregará un Subsidio 2 por concepto de arriendo xx xxxx para la prestación del servicio para el tramo Chulchuy - Huicha. Este Subsidio 2 se entregará en las condiciones señaladas en el artículo 3.1.3. de las presentes bases de licitación.
1.6.3.4 RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA RESPECTO DE LA NAVE
Sin perjuicio de las garantías establecidas en el artículo 1.5.4.2; 1.5.4.3 y 1.5.4.4; de las presente bases, durante toda la vigencia del contrato, la Empresa Adjudicataria será responsable por los daños que pudiesen sufrir como consecuencia de la explotación del contrato, el personal de la empresa, los pasajeros, vehículos y la carga, así como la infraestructura y nave objeto del contrato de servicio.
En cuanto a la nave, y durante toda la vigencia del contrato, la Empresa Adjudicataria tendrá la responsabilidad de efectuar todas las reparaciones, mantenciones y conservación de la nave suministrada por el MOP y también respecto de las aportadas por ella, siendo de su exclusivo costo y cargo, entre otros, los costos de combustibles, tripulación, suministro de servicios eléctricos, agua potable, gas, carenas, avituallamiento, reparaciones mayores y menores, costos en reparación necesarias para el cumplimiento de la normativa vigente y de todo lo solicitado en las presentes bases. Lo anterior, a partir de la entrega de la nave, en conformidad a lo señalado en el artículo 1.6.3.2.
Asimismo, será responsabilidad, cargo y costo de la Empresa Adjudicataria, obtener y pagar todos los permisos y autorizaciones, ante las autoridades pertinentes, que la normativa vigente exija para el adecuado funcionamiento y operación de las naves.
Una vez cumplido el plazo del contrato, la Empresa Adjudicataria deberá hacer entrega de la nave al MOP.
1.6.3.5 SERVICIO PROVISORIO DE ARRIENDO DE LANCHA DE PASAJEROS
En la eventualidad que por razones de fuerza mayor, el servicio del transbordador se vea interrumpido, en el tramo de conectividad Chulchuy – Huicha exigido según las presentes bases de licitación, la empresa adjudicataria deberá implementar en forma inmediata un servicio provisorio de transporte de pasajeros, a través de una lancha de pasajeros que cumpla con la normativa vigente.
La Lancha de Pasajeros a arrendar o a aportar, según sea el caso, deberá tener una capacidad mínima de 20 pasajeros sentados en un espacio cubierto, y estar dotada de todos los elementos de seguridad exigidos por la autoridad marítima.
1.6.4 DAÑOS A INFRAESTRUCTURA Y NAVE
Todo daño ocurrido a la infraestructura y/o nave como producto de la explotación del contrato, deberá ser reparado por la Empresa Adjudicataria, a su entero costo, siendo su obligación mantener una permanente vigilancia de todas las obras, equipos, instalaciones y naves comprendidas en el contrato.
En las oportunidades en que esto suceda, la Empresa Adjudicataria deberá informar de los hechos inmediatamente por escrito al Inspector Xxxxxx.
Constatados los daños, la Empresa Adjudicataria propondrá un programa de reparación de las instalaciones al Inspector Fiscal para su aprobación. En caso de que la reparación no se realice de acuerdo al programa aprobado, se aplicará la multa estipulada en el artículo 1.5.5.1 de las presentes Bases de Licitación.
1.6.5 OBLIGACIONES PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE
Durante el periodo de explotación del contrato, la Empresa Adjudicataria, deberá asumir la responsabilidad de protección del medio ambiente y del territorio, implementando las medidas necesarias que aseguren un exitoso manejo sustentable del mismo.
La Empresa Adjudicataria será responsable de la aplicación y cumplimiento de la normativa ambiental vigente, y en especial en el cumplimiento de la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
Con el propósito de minimizar los impactos negativos que se puedan producir al medio ambiente y el territorio en el área de influencia del contrato; la Empresa Adjudicataria deberá contar con un Plan de Contingencia.
El financiamiento de las medidas indicadas en tal plan y aquellas resultantes del cumplimiento de la normativa ambiental vigente será de completo cargo de la Empresa Adjudicataria.
En la eventualidad que los servicios complementarios ofertados por la Empresa Adjudicataria, requieran sometimiento al SEIA, ya sea como Declaración de Impacto Ambiental o Estudio de Impacto Ambiental, será de responsabilidad y entero cargo y costo de la Empresa Adjudicataria obtener la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
El incumplimiento de la normativa ambiental por parte de la Empresa Adjudicataria, hará incurrir a esta en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1 de las presentes Bases de Licitación.
1.7 DE LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
1.7.1 INICIO DE LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
La etapa de explotación del contrato se iniciará una vez que se encuentren aprobados por parte del MOP, todos los documentos que son obligatorios presentar de acuerdo a las presentes bases, por parte de la Empresa Adjudicataria después de iniciado el plazo del contrato señalado en el artículo 1.4.10.4 de estas Bases.
1.7.2 REGLAMENTO DE OPERACIÓN Y PRESTACIÓN SERVICIO PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
Durante la explotación del contrato la Empresa Adjudicataria deberá realizar sus acciones y tareas conforme a un Reglamento de Operación y Prestación de servicio, cuyo contenido se describe en el artículo 2.4. de las bases técnicas.
En un plazo de 60 días contados desde el inicio del contrato, la Empresa Adjudicataria deberá hacer entrega del Reglamento de operación y prestación de servicio del contrato al Inspector Fiscal, para su aprobación, mediante oficio ingresado a la Oficina de Partes de la DOP. Este reglamento será aquel que determine la manera de operar y de prestar los servicios por parte de la Empresa Adjudicataria.
En un plazo no superior a los 15 días de recibido el Reglamento, el Inspector Fiscal notificará a la Empresa Adjudicataria de la aprobación u observaciones a dicho documento. En caso que el Inspector Fiscal no respondiere en el plazo indicado precedentemente, el Reglamento presentado se entenderá aprobado.
Si el Inspector Fiscal efectuare observaciones a dicho texto, la Empresa Adjudicataria tendrá un plazo de 15 días corridos, contados desde la notificación de las observaciones, para corregirlas.
El MOP no dará la autorización del inicio de la explotación si no se ha aprobado dicho Reglamento.
Una vez aprobado el referido reglamento, la Empresa Adjudicataria deberá mantener a disposición gratuita de los usuarios en cada oficina principal que disponga en el recinto portuario respectivo de la ruta o tramo que opere, un ejemplar del Reglamento.
En el caso que la Empresa Adjudicataria no entregue el Reglamento de operación y prestación de servicio del contrato en el plazo señalado en el presente artículo, incurrirá en la multa establecida en el artículo 1.5.5.1. de las presentes Bases de Licitación.
1.7.3 SERVICIOS PRESTADOS POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA
Una vez iniciada la explotación del contrato, la Empresa Adjudicataria deberá prestar los siguientes servicios en los terminales portuarios y naves que comprenda el contrato, los cuales se clasificarán en:
1.7.3.1 SERVICIOS ESPECIALES OBLIGATORIOS
Según lo dispuesto en el artículo 2.2.1. de la Bases Técnicas.
1.7.3.2 SERVICIOS BÁSICOS
Según lo dispuesto en el artículo 2.2.2. de la Bases Técnicas.
1.7.3.3 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
Según lo dispuesto en el artículo 2.2.3. de la Bases Técnicas.
1.7.4 OBLIGACIONES, DERECHOS Y DISPOSICIONES GENERALES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA EN CUANTO A LOS SERVICIOS ESPECIALES OBLIGATORIOS O SERVICIOS BÁSICOS, SEGÚN SEA EL CASO
1.7.4.1 OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
a) Destinar las instalaciones, equipo y personal de los servicios básicos y servicios especiales obligatorios exclusivamente a los fines para los cuales han sido otorgados.
b) Mantener y conservar las dependencias en adecuadas condiciones en lo que se refiere a ornato y aseo.
c) Serán de cuenta exclusiva de la Empresa Adjudicataria los impuestos Fiscales, municipales o de cualquier otra naturaleza a que pudiera estar afecta la prestación y explotación de los servicios especiales obligatorios y básicos, señalados en las Bases de Licitación, o los derechos que de ella emanen, incluidos el pago de derechos, multas o sanciones que se le impusieran por cualquier autoridad judicial, administrativa, municipal u otras, y en general cualquiera responsabilidad que tenga como causa o se derive del ejercicio de los derechos que confiere la prestación y explotación de cada servicio.
d) Dentro de los 30 días siguientes a la fecha de término del contrato, la Empresa Adjudicataria podrá retirar de las instalaciones, todo el equipo, materiales y accesorios de su propiedad, siempre que pueda separarlos sin causar detrimento y no estén afectos a este contrato, lo que será calificado por el Inspector Fiscal. Si no lo hiciera, se entenderá que ha hecho abandono de estos elementos y que el MOP podrá disponer de ellos, quedando a beneficio de éste, sin indemnización alguna por parte xxx Xxxxx.
e) No establecer discriminaciones arbitrarias o ejercer conductas que pudieran afectar la posibilidad de acceso igualitario de los usuarios a las instalaciones y servicios asociadas a las naves o Infraestructura Portuaria, enmarcadas en las regulaciones del Contrato.
f) Cumplir con la normativa laboral vigente.
g) En general cumplir todas las obligaciones establecidas en las bases de licitación.
1.7.4.2 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA EN LA GESTIÓN TARIFARIA
a) La Empresa Adjudicataria tendrá derecho a cobrar las tarifas que determine para los servicios básicos y servicios complementarios que explote, respetando las restricciones de tarifa señaladas en las presentes Bases de Licitación.
b) La Empresa Adjudicataria, por cada servicio, no podrá cobrar arbitrariamente tarifas discriminatorias a usuarios de la misma categoría, entendiéndose por ella, aquella que incluye un mismo tipo de usuario y servicio, hora, día de la semana, y época del año, según lo califique el Inspector Fiscal.
c) En la eventualidad que un usuario de cualquiera de los servicios básicos indicados en las presentes Bases de Licitación incurra en no pago de un servicio prestado por la Empresa Adjudicataria, en los términos indicados en las presentes Bases de Licitación y de acuerdo a los contratos convenidos con la Empresa Adjudicataria, ésta última podrá dejar de prestar el servicio básico al usuario infractor, sólo hasta que se regularice dicho pago, lo que será calificado por el Inspector Fiscal y en ningún caso el MOP responderá por esos pagos.
d) La Empresa Adjudicataria no podrá ofrecer y cobrar estructuras tarifarias especiales a Empresas, instituciones u otros organismos diferentes a las ofrecidas al público en general.
e) El Inspector Fiscal podrá rechazar esquemas tarifarios de la Empresa Adjudicataria cuando ellos contravengan las disposiciones establecidas en las presentes Bases de Licitación.
1.7.4.3 DISPOSICIONES GENERALES
a) Para todos los efectos de interpretación del contrato, prevalecerá lo dispuesto en las presentes Bases de Licitación, respecto de cualquier otro documento que sea parte del contrato.
b) El MOP no responderá en caso alguno por robos, perjuicios u otros daños que pudiere sufrir la Empresa Adjudicataria o terceros dentro de las dependencias y/o naves que comprende la prestación y explotación de los servicios especiales obligatorios y básicos del contrato.
c) El MOP se reserva el derecho a establecer modificaciones, regulaciones, condiciones o modalidades a cualquiera de los servicios establecidos en los artículos 1.7.3.3. o de las áreas establecidas para la explotación de los mismos cuando la prestación y/o explotación de dichos servicios o áreas entorpezcan la funcionalidad o servicialidad de la Infraestructura Portuaria o de las Naves operadas por la Empresa Adjudicataria o cuando incurra en discriminaciones arbitrarias o ejerza conductas que pudieran afectar el acceso igualitario de los usuarios en el marco regulatorio del presente contrato, cualquier otro arbitrio que tenga por finalidad o efecto eliminar, restringir o entorpecer la libre competencia, sin perjuicio de las sanciones que procedieren.
d) El MOP podrá realizar periódicamente, a lo menos una vez cada dos años, y a su entero costo encuestas de opinión pública en la Infraestructura Portuaria o en la Nave que atraca con el objeto de establecer y medir el nivel de los servicios que presta o explota la Empresa Adjudicataria. Con el resultado de la encuesta, se establecerán los grados de satisfacción respecto de cada uno de los servicios, pudiendo el Inspector Fiscal concordar con la Empresa Adjudicataria medidas tendientes a mejorar el nivel de servicio prestado u otorgar un plazo para que se subsanen los defectos o errores, según el caso, lo que deberá quedar registrado en el Libro de Explotación del contrato. Cumplido este plazo sin que la Empresa Adjudicataria haya implementado las medidas o subsanado los defectos, el Inspector Fiscal le aplicará la multa señalada en el artículo 1.5.5.1. de las presentes Bases de Licitación. La Empresa Adjudicataria podrá participar haciendo observaciones o recomendaciones en la elaboración del cuestionario de la encuesta, reservándose el MOP la facultad de aceptarlas o rechazarlas.
e) El MOP de acuerdo a las necesidades de la Infraestructura Portuaria podrá, dentro del área del contrato de explotación, realizar excavaciones o instalar ductos, multiductos, postaciones, tuberías u otras, debiendo para ello realizar oportunamente, las coordinaciones necesarias con la Empresa Adjudicataria con fin de evitar perjuicio y/o alteraciones en los servicios que se prestar en virtud del contrato.
f) Por razones de interés público el MOP podrá autorizar a la Empresa Adjudicataria a suspender temporalmente la prestación de un determinado servicio básico o especial obligatorio. De lo anterior, el inspector fiscal deberá comunicar a la SEREMITT acerca de la medida que se adopte.
g) El MOP podrá acordar con la Empresa Adjudicataria, la prestación de un determinado servicio complementario, en carácter de obligatorio,
temporalmente o por el resto del plazo del contrato de manera de asegurar un adecuado nivel de servicio de la Infraestructura Portuaria o de las Naves operadas por la Empresa Adjudicataria. Si la Empresa Adjudicataria no lo realiza, el MOP podrá llamar a licitación para la prestación de este servicio.
h) Cualquier modificación de las obras y servicios del contrato que implique la realización de nuevas inversiones, deberá ser autorizada en forma previa a su ejecución por el Inspector Fiscal, ya que en caso contrario la Empresa Adjudicataria no tendrá derecho a indemnización ni compensación alguna, por los costos de ejecución, atrasos o por cualquier otra causa, que emane o se derive de dicha modificación.
i) Será de entero cargo, costo y responsabilidad de la Empresa Adjudicataria gestionar, obtener y solventar ante los organismos competentes la totalidad de los permisos y autorizaciones, conforme a la normativa que regula la materia, para la adecuada operación de los terminales portuarios menores y de las naves que cumplan con las frecuencias exigidas en el presente contrato.
1.7.5 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN ARTÍCULO 1.7.4.
Cuando la Empresa Adjudicataria incumpla alguna de las obligaciones establecidas en el artículo 1.7.4. de las presentes Bases de Licitación, se le aplicará la multa indicada en el artículo 1.5.5.1 de las presentes Bases de Licitación, cada vez que se compruebe el hecho o conducta descrita o por cada día de incumplimiento, según corresponda.
1.7.6 LIBROS DE SUGERENCIAS Y RECLAMOS DURANTE LA EXPLOTACIÓN
Antes del inicio de la explotación del contrato y por todo el tiempo que ésta dure, la Empresa Adjudicataria deberá mantener a disposición de los usuarios, un sistema de Libros de Sugerencias y Reclamos, cuyo diseño y ubicación deberán ser aprobados por el Inspector Fiscal.
Cada vez que se estampe un reclamo o sugerencia, la Empresa Adjudicataria tendrá un plazo máximo de 5 días para emitir una respuesta por escrito al usuario, con copia al Inspector Fiscal. El incumplimiento de esta obligación, así como el retraso en la puesta en operación del sistema de libros de sugerencias y Reclamos por parte de la Empresa Adjudicataria, le hará incurrir en las multas establecidas en el artículo
1.5.5.1. de las presentes Bases de Licitación.
Cualquier modificación y/o adulteración de los reclamos y sugerencias estampadas en dichos libros por los usuarios, cometida por la Empresa Adjudicataria, le hará incurrir en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1. de las presentes Bases de Licitación.
Una vez aprobado los referidos Libros de Sugerencias y Reclamos, la Empresa Adjudicataria deberá mantener a disposición gratuita de los usuarios en el recinto
portuario de la ruta, un ejemplar de estos.
1.7.7 ALTERACIÓN EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Cuando la Empresa Adjudicataria, como consecuencia de la realización de trabajos de conservación, reparación y/o mantenimiento, prevea una alteración temporal en el nivel de servicio prestado, con a lo menos 15 días de anticipación al hecho, deberá solicitar autorización por escrito al Inspector Fiscal para dicha alteración e informar debidamente a los usuarios.
El Inspector Fiscal dentro del plazo de 5 días de recibida la solicitud, calificará la procedencia de la alteración temporal del servicio y el tiempo de duración de esta, dejando registro de ello en el Libro de Explotación, pudiendo exigir la adopción de medidas, por parte de la Empresa Adjudicataria, conducentes a procurar las mínimas interferencias en el uso normal de los terminales portuarios y de las naves, no pudiendo en ningún caso interrumpirse el servicio en su totalidad. Estas medidas podrán referirse a fijación de horarios, señalización, iluminación, medidas de seguridad, plazo máximo para la ejecución de las reparaciones y/o mantenciones u otras que se estimen necesarias. Esta situación será informada por el Inspector fiscal a la SEREMITT.
La interrupción parcial o total del servicio prestado sin previa autorización del Inspector Fiscal o la no adopción por parte de La Empresa Adjudicataria de las medidas conducentes a ocasionar las mínimas alteraciones en el uso normal de la obra, hará incurrir a La Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1. de las presentes Bases.
En la eventualidad de requerirse reparaciones, mantenciones y/o conservaciones de la nave Tehuelche, la Empresa Adjudicataria deberá realizarlas en un plazo no superior a 30 días en los meses corridos desde el 01 xx Xxxxx al 30 de Diciembre de cada año y en un plazo no superior a 2 días en los meses corridos desde el 01 de Enero al 28 de Febrero de cada año. Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2.3. de las presentes bases de licitación, respecto de la conservación y mantenimiento xx xxxxx.
1.8 EXTINCIÓN DEL CONTRATO
1.8.1 CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El Contrato se extinguirá cuando se cumpla algunas de las siguientes causas:
a) Cumplimiento del plazo del contrato estipulado en el artículo 1.4.10.5 de las presentes Bases de Licitación.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones impuestas a la Empresa Adjudicataria.
c) Mutuo acuerdo entre el MOP y la Empresa Adjudicataria .
1.8.1.1 EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CUMPLIMIENTO DEL PLAZO
El contrato se extinguirá al cumplirse el plazo por el que se otorgó, establecido en el artículo 1.4.10.5. de las presentes Bases de Licitación. Al término de la misma la
Empresa Adjudicataria entregará al MOP la totalidad de las obras, nave e instalaciones, afectas al contrato.
1.8.1.2 EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO GRAVE DE LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS A LA EMPRESA ADJUDICATARIA
Se considerarán incumplimiento grave de las obligaciones del Contrato las siguientes:
a) Interrupción de los servicios especiales obligatorios y servicios básicos, sin causa justificada y aceptada por el MOP.
b) No constitución de las garantías de explotación en las condiciones de monto, plazo y forma establecidas en las presentes Bases de Licitación.
c) No reconstitución o renovación de las garantías de explotación, una vez que el MOP ha ejecutado la garantía anterior, en las condiciones de monto, plazo y forma establecidas en las presentes Bases de Licitación.
d) Ceder el Contrato a terceros.
e) Demoras no autorizadas en el inicio y prestación de los servicios del contrato.
f) Cobranza en tres oportunidades, contabilizadas dentro de un período de 2 años, de tarifas superiores a las autorizadas.
g) Incumplimiento en tres oportunidades de las normas de conservación y mantenimiento de la infraestructura y naves objetos del contrato.
1.8.1.2.1 PROCEDIMIENTO PREVIO A LA DECLARACIÓN DE EXTINCIÓN POR INCUMPLIMIENTO GRAVE
Cuando la Empresa Adjudicataria incurra en alguna causal de extinción del Contrato por incumplimiento grave de las obligaciones impuestas a la misma, y siempre que no exista perjuicio para el interés público, el MOP podrá utilizar el siguiente procedimiento previo a la solicitud de declaración de extinción del contrato:
a) El MOP notificará a la Empresa Adjudicataria sobre los incumplimientos graves del contrato y demás antecedentes relevantes.
b) La Empresa Adjudicataria, en el plazo de 30 días contados desde la notificación, deberá entregar al inspector fiscal el informe conteniendo las medidas para subsanar las faltas o evitar su ocurrencia en el futuro.
c) El informe podrá abordar, entre otras, las siguientes materias: medidas de gestión, cambios en la administración de la sociedad, etc. Además se deberá especificar un cronograma de implementación de las acciones propuestas.
d) El Inspector Fiscal, sobre la base del informe, fijará un plazo para implementar las medidas correspondientes.
e) En el plazo establecido para subsanar los incumplimientos y adoptar las medidas correctivas, el Inspector Fiscal deberá verificar su cumplimiento. En caso de no haberse cumplido las medidas comprometidas por la Empresa Adjudicataria, el Inspector Fiscal, informará de tal situación al DGOP para que este dicte la resolución de extinción del contrato. Ello sin perjuicio del derecho que le asiste a la Empresa Adjudicataria de reponer y apelar de la decisión del Inspector Fiscal, establecida el artículo 1.5.5.3 de las presentes bases.
1.8.1.3 EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR MUTUO ACUERDO
El acuerdo entre el MOP y la Empresa Adjudicataria extinguirá el contrato con arreglo a las condiciones del convenio que se suscriba por ambas partes.
Este convenio será aprobado por Resolución del DGOP.
1.8.2 RECEPCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y NAVES OBJETO DEL CONTRATO EN CASO DE EXTINCIÓN
En caso de extinción del contrato, el MOP exigirá a la Empresa Adjudicataria adoptar las medidas que permitan una adecuada continuidad del servicio del contrato, para lo cual deberá la Empresa Adjudicataria entregar la totalidad de infraestructura, equipamiento, servicios, obras de iluminación, obras de saneamiento, obras varias, naves, etc., en las condiciones establecidas en las Bases de Licitación.
Para el caso de extinción del contrato, por cumplimiento del plazo, al menos doce meses antes de su término, el Inspector Fiscal levantará un acta de los trabajos que debe realizar la Empresa Adjudicataria para que las condiciones de entrega cumplan con las presentes Bases de Licitación y entregará a la misma, en forma oficial, un memorando en el cual se establezca lo siguiente:
a) Todas las reparaciones que debe realizar la Empresa Adjudicataria y los plazos de ejecución de éstas.
b) Todos los trabajos de mantenimiento, y los plazos de ejecución de éstos, necesarios para que en el momento de la recepción de la infraestructura y de las naves estén absolutamente operables y con los estándares establecidos en estas Bases de Licitación.
La no entrega del memorando indicado anteriormente, no libera a la Empresa Adjudicataria de las obligaciones que se le imponen en este artículo.
Antes de la extinción del Contrato, el Inspector Fiscal solicitará al DGOP el nombramiento de una Comisión de Recepción del Contrato, integrada por tres personas: un representante del Director General de Obras Públicas, un representante del Director Nacional de Obras Portuarias; y un representante del Subsecretario de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. La Comisión deberá entregar su informe en un plazo no superior a los treinta días desde la fecha de notificación de su designación.
Una vez verificado el cabal cumplimiento del Contrato, dará curso al documento de término del Contrato y al Acta de Entrega.
El incumplimiento de esta obligación dará derecho al MOP al cobro de la Garantía de Explotación señalada en el artículo 1.5.4.1. de las presentes Bases de Licitación.
2 BASES TECNICAS
2.1 INTRODUCCIÓN
Las presentes base técnicas regirán todos los aspectos técnicos y funcionales de la licitación del contrato y el contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítima de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”.
El propósito específico de estas Bases es precisar el alcance de los servicios que deberá prestar la Empresa Adjudicataria, en el ámbito funcional, técnico, administrativo, de seguridad, de protección al medio ambiente. Así como de los requerimientos mínimos del Reglamento de Servicio y Operación de los terminales portuarios y naves objeto del contrato.
Estas bases también regirán los aspectos técnicos de los servicios básicos y especiales obligatorios, señalados en el artículo 1.7.3 de las presentes Bases de Licitación.
2.2 DESCRIPCIÓN DE SERVICIOS A PRESTAR POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA DURANTE LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
2.2.1 SERVICIOS ESPECIALES OBLIGATORIOS
Los servicios especiales obligatorios son todos aquellos que la Empresa Adjudicataria está obligada a prestar durante todo el período de explotación de contrato, y por los cuales no tiene derecho a cobrar una tarifa, estos son:
2.2.1.1 SERVICIO DE ASEO
Las labores de Aseo se refieren al aseo permanente de la infraestructura y nave objeto del contrato, las cuales deberán mantenerse libre de escombros, residuos, basura, etc. Las labores de aseo, incluirán la limpieza y sanitización periódica de los baños, la reposición periódica de sus artículos de aseo, la recolección y disposición de los residuos que se generen al interior xxx xxxxxxx donde se emplaza la infraestructura y de las naves, desratización, etc. Para ello deberá cumplir, al menos, con los requisitos y normas dispuestas en el código sanitario y su reglamento y demás normas pertinentes.
La Empresa Adjudicataria deberá someter a la aprobación del Inspector Fiscal, un programa de aseo periódico del área del contrato, tanto referido a las obras, como a las naves, que cumpla con los objetivos dispuestos, el cual será parte integrante del Reglamento de operación y prestación de servicio del contrato.
El incumplimiento de las exigencias aquí expuestas, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1 de las Bases de Licitación.
Los requerimientos mínimos que deberán ser respetados por la Empresa Adjudicataria, son los que se indican a continuación:
1) La Empresa Adjudicataria deberá ejecutar un programa de limpieza rutinario diario de los Terminales Portuarios y sus instalaciones y de las naves operadas por ella.
2) Sin perjuicio de lo anterior, la Empresa Adjudicataria deberá ejecutar un programa de limpieza profundo quincenal de los Terminales Portuarios y naves operadas por ella.
3) Deberá aplicar un programa preventivo de control de plagas, en forma regular y permanente, para mantener la totalidad de la infraestructura y naves objeto del contrato libre de éstas.
4) Deberá tener plan de emergencia de control de plagas para los casos que lo ameriten.
5) El control de plagas se hará según las normas técnicas y de salud vigentes en Chile.
6) Las oficinas administrativas, terminal de pasajeros y las naves, se limpiarán una vez al día antes de empezar la jornada de trabajo.
7) Habilitar servicios higiénicos en cada uno de los terminales portuarios y de las naves, los cuales deberán ser limpiados a fondo diariamente después de cada jornada y siempre que sea necesario.
8) Se deberá realizar desinfección y desratización como tratamiento y controlar cada 6 meses o en caso necesario.
9) Se deberá proveer de un sistema de recogida de residuos sólidos y sanitarios.
10) Se deberá proveer de un sistema de transporte y eliminación de residuos sólidos.
El aseo y sanitización de los recintos portuarios y las naves, empleados para la prestación de los Servicios prestados por la Empresa Adjudicataria, deberán mantenerse en adecuadas condiciones de limpieza permanentemente.
En caso que producto de una revisión de las condiciones de limpieza y sanitización por parte del Servicio de Salud correspondiente, dicho servicio cursara una multa a la administración, la Empresa Adjudicataria deberá pagar dicha multa. La Empresa Adjudicataria deberá tomar todas las medidas necesarias para solucionar los problemas que originaron la infracción. Adicionalmente, la Empresa Adjudicataria incurrirá en la multa establecida en el artículo 1.5.5.1 de las Bases de Licitación.
2.2.1.2 PROVISIÓN Y CONSERVACIÓN DE SEÑALÉTICA, INFORMACIÓN A LOS USUARIOS E ILUMINACIÓN
La Empresa Adjudicataria deberá proveer y mantener en buen estado todos los elementos asociados a la señalización, información a los usuarios e iluminación en el área del contrato, que sean necesarios y estén asociados a la explotación del contrato y a la operación de la infraestructura portuaria y naves, las que deberán cumplir, al menos, las siguientes exigencias:
1 Distinguir claramente cada uno de los recintos, así como los servicios propios xxx xxxxxxx, tales como infraestructura portuaria, oficinas de administración, terminal de pasajeros, vialidad de accesos y egresos,
estacionamientos, entre otros y todos los que la Empresa Adjudicataria pueda incluir en su oferta técnica.
2 Ser visible al público, es decir, deberá colocarse en lugares destacados en que no existan obstáculos que dificulten la buena visión de las mismas, ni estar junto a otros carteles o señales que le resten importancia.
3 Disponibilidad de la iluminación, al menos durante la entrega de los servicios establecidos en las presentes bases de licitación, de acuerdo a las condiciones climáticas de la localidad.
4 Ser de un tamaño lo suficientemente grande para verse a una distancia razonable, utilizando de preferencia símbolos y colores que la hagan comprensible y estén en armonía con el diseño del Proyecto, lo que será calificado por el Inspector Fiscal.
2.2.1.2.1 PROVISIÓN DE LA SEÑALÉTICA
Para la provisión de la señalética la Empresa Adjudicataria deberá considerar información actualizada sobre la operación y utilización de la Infraestructura Portuaria. Todos los elementos de señalética deberán ser aprobados previamente por el Inspector Fiscal.
2.2.1.2.2 PROVISIÓN DE INFORMACIÓN A LOS USUARIOS
La Empresa Adjudicataria será responsable de mantener un servicio de información a los usuarios de los servicios establecidos en las bases de licitación. Para ello deberá disponer de personal especializado y/o el equipamiento necesario. Para la provisión de información la Empresa Adjudicataria deberá contar, como mínimo, con equipamiento fijo permanente para todos los usuarios de los terminales portuarios y las naves, que contenga información actualizada de rutas, servicios, tarifas y horarios que se presten en virtud del contrato. Esta información también deberá estar disponible en las Naves que sean operadas por la Empresa Adjudicataria.
La Empresa Adjudicataria, deberá exhibir en el terminal de pasajeros y en la nave, un letrero en las condiciones indicadas en el anexo N°10 de las presentes bases de licitación, el cual será de costo del adjudicatario.
2.2.1.2.3 PROVISIÓN DE LA ILUMINACIÓN
Para la provisión de la iluminación la Empresa Adjudicataria deberá considerar que esta deberá estar disponible al menos durante la entrega de los servicios establecidos en las presentes bases de licitación, para todos los usuarios, funcionando durante los períodos que sean necesarios para la correcta operación de toda la Infraestructura Portuaria y naves.
2.2.1.2.4 PROGRAMA DE SERVICIOS DE SEÑALIZACIÓN, INFORMACIONES E ILUMINACIÓN
La Empresa Adjudicataria deberá presentar al Inspector Fiscal, a más tardar el último día hábil del mes de Octubre de cada año, un programa que describa todos los elementos que utilizará para prestar los servicios asociados a la señalización, información a los Usuarios e iluminación, incluyendo las labores de mantenimiento del período, para su aprobación, especificando el personal y equipamiento utilizado para prestar éstos servicios. El Inspector Fiscal tendrá un plazo de 30 días desde su
presentación, para emitir observaciones sobre este programa. En caso que en ese plazo, el Inspector Fiscal no emita observaciones, se entenderá aprobado el programa.
El programa anual de conservación de los elementos asociados a la señalización, información a los usuarios e iluminación que la Empresa Adjudicataria deberá establecer, basado en los requisitos mínimos solicitados en estas Bases de Licitación, deberá incluir a lo menos:
1) La política de conservación adoptada con su justificación técnica
2) Una cuantificación de las obras y labores necesarias de ejecutar para la conservación de los elementos asociados a la señalización, información a los usuarios e iluminación, incluyendo análisis de precios unitarios, cubicaciones y estimaciones de mano de obra
3) Un cronograma con las operaciones de conservación conjuntamente con las cantidades de obra a ejecutar
4) Actividades de Conservación Preventiva y Correctiva
Cualquier demora en la presentación de alguno de los programas o el incumplimiento de las exigencias aquí expuestas, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1 de las Bases de Licitación.
2.2.1.2.5 SERVICIO DE INTERNET
La empresa adjudicataria, deberá proveer de una página WEB en Internet, para disponer de toda la información relacionada a los servicios del contrato de SERVICIO INTEGRAL PARA EL TRANSPORTE MARÍTIMO DE LA COMUNA DE PUQUELDÓN, TRAMO CHULCHUY -
HUICHA. La información mínima que deberá contener la página WEB será la siguiente:
- Datos de la empresa adjudicataria
- Servicios del contrato
- Horarios
- Tarifas
- Mapas con las Rutas Lacustre y Fluvial en las cuales se presta el servicio
- Tiempos de viaje y distancias
- Información y Sugerencias, con un e-mail de contacto
Además, la página WEB debe permitir a los usuarios realizar reservas y compras a través de Internet, con modalidad de pago electrónica.
La página WEB deberá estar actualizada en forma permanente, con una frecuencia mínima de actualización de 2 veces por mes.
2.2.1.3 ÁREA PARA SERVICIOS HIGIÉNICOS EN INFRAESTRUCTURA PORTUARIA Y NAVES
La Empresa Adjudicataria deberá habilitar áreas de servicios higiénicos para público en la Infraestructura Portuaria en las localizaciones identificadas en el artículo 1.6.1. de las presentes bases de licitación y en las Naves operadas por la Empresa Adjudicataria señaladas los artículos 1.6.3.1, 1.6.3.2. y 1.6.3.3. Los servicios higiénicos deberán estar disponibles para utilización de los usuarios, en todo el período que se preste el servicio, en perfectas condiciones de funcionamiento y de acuerdo al programa de aseo indicado en el artículo 2.2.1.1. de las presentes Bases técnicas.
a) Servicios Higiénicos en la Infraestructura Portuaria
La Empresa Adjudicataria deberá habilitar áreas de servicios higiénicos para público en las ubicaciones y condiciones exigidas en el presente artículo y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento. El área de servicios higiénicos deberá estar en pleno funcionamiento entre las 6:00 hasta las 24:00 todos los días del año.
b) Servicios Higiénicos en la Nave
La Empresa Adjudicataria deberá habilitar las áreas de servicios higiénicos para público en la nave manteniendo las instalaciones en perfecto estado de funcionamiento. El área de servicios higiénicos en la Nave operada por la Empresa Adjudicataria deberá estar en pleno funcionamiento durante toda la duración del viaje y deberá cumplir, al menos, las exigencias dispuestas en estas Bases Técnicas de Licitación.
El incumplimiento de las exigencias aquí expuestas, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1 de las Bases de Licitación.
2.2.1.4 VIGILANCIA Y CONTROL EN LA INFRAESTRUCTURA PORTUARIA
La Empresa Adjudicataria deberá prestar el servicio de Vigilancia y Control durante las
24 horas del día en toda la Infraestructura Portuaria, de acuerdo a las exigencias señaladas en el presente artículo, de manera de proporcionar seguridad a los usuarios y asistir al público frente a distintas situaciones que pudieran plantear.
La Empresa Adjudicataria deberá presentar al Inspector Fiscal, a más tardar el último día hábil del mes de Octubre de cada año, un programa que describa todos los elementos que utilizará para prestar los servicios asociados a la vigilancia y el control en la Infraestructura Portuaria, para su aprobación, especificando el personal y equipamiento utilizado para prestar éstos servicios. El Inspector Fiscal tendrá un plazo de 30 días desde su presentación, para emitir observaciones sobre este programa. En caso que en ese plazo, el Inspector Fiscal no emita observaciones, se entenderá aprobado el programa.
Los requerimientos mínimos que deberán ser respetados por la Empresa Adjudicataria para la prestación de este servicio, son los que se indican a continuación:
1) La Empresa Adjudicataria deberá ejecutar un programa de control rutinario diario de toda la Infraestructura Portuaria, de toda el Área de explotación.
2) La Empresa Adjudicataria deberá implementar un Sistema de Vigilancia de todas las áreas componentes de la Infraestructura Portuaria.
3) Deberá contar con los Sistemas de Control necesarios para que no accedan a la Infraestructura Portuaria y a las naves, vehículos no autorizados.
4) Deberá considerar un plan de acción ante cualquier incidencia que se produzca en el área que comprende el contrato.
Cualquier demora en la presentación de alguno de los programas o el incumplimiento de las exigencias aquí expuestas, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1 de las Bases de Licitación.
2.2.1.5 ÁREAS DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS
La Empresa Adjudicataria deberá habilitar áreas de estacionamientos de vehículos, al menos, en las condiciones exigidas en el presente artículo y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento durante todo el período del contrato. El área de estacionamiento de vehículos, dispuesta en el lugar de explotación de los terminales portuarios, deberá estar en pleno funcionamiento entre las 6:00 hasta las 24:00 todos los días del año.
Los requerimientos para la prestación de este servicio, son los que se indican a continuación:
1 Deberán estar permanentemente aseadas y con las condiciones necesarias para su uso.
2 Deberá permanecer en correcto estado de conservación, de acuerdo al programa de conservación.
3 Deberá contar con información relativa a tiempos de permanencia, tarifas, horarios, en un lugar visible para los usuarios y en formato adecuado para su fácil lectura.
2.2.1.6 ÁREAS PARA TERMINAL DE PASAJEROS
La Empresa Adjudicataria deberá habilitar áreas para pasajeros, al menos, en las condiciones exigidas en el presente artículo y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento durante todo el período del contrato, y conforme lo indicado en el artículo 1.6.1. respecto del cronograma de entrega de terminales portuarios. El área para pasajeros deberá estar en pleno funcionamiento entre las 6:00 hasta las 24:00 todos los días del año.
Los requerimientos mínimos que deberán ser respetados por la Empresa Adjudicataria para la prestación de este servicio, son los que se indican a continuación:
1 Deberán estar permanentemente aseadas y con las condiciones necesarias para la cómoda espera de los pasajeros.
2 Deberá permanecer en correcto estado de conservación, de acuerdo al programa de conservación.
3 Deberá contar con sistemas de información a los pasajeros, relativos a horarios,
frecuencias y servicios prestados.
4 Deberá exhibir un letrero en las condiciones indicadas en el anexo N°10 de las presentes bases de licitación.
El incumplimiento de las exigencias aquí expuestas, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1 de las Bases de Licitación.
2.2.1.7 CONTROL DE EMBARQUE/DESEMBARQUE EN NAVE Y CIRCULACIONES
La Empresa Adjudicataria deberá controlar todo vehículo o peatón que embarque/desembarque en la nave que utilicen la Infraestructura Portuaria y que circule en la misma, en conformidad a las exigencias dispuestas en el presente artículo, para lo cual, deberá habilitar dispositivos que permitan el acceso a las distintas áreas que conforman los Terminales Portuarios, evitando la generación de cuellos de botella o atochamientos en las áreas de circulación vehicular o peatonal y permitiendo el tránsito expedito en el área del contrato.
La Empresa Adjudicataria deberá desarrollar las siguientes funciones de Control de embarque/desembarque en nave que utilice la Infraestructura Portuaria:
Embarque:
1 Registrar la patente y tipo de vehículo, de acuerdo a las categorías indicadas en el artículo 3.2.3. de las presentes Bases de Licitación, que embarca en la Nave que utilizan la Infraestructura Portuaria, manteniendo un registro de dicha información.
2 Controlar y autorizar el embarque, circulación y carga de vehículos o pasajeros hacia las naves.
Desembarque:
1 Registrar el tipo de vehículo, de acuerdo a las categorías indicadas en el artículo
3.2.3. de las presentes Bases de Licitación, que desembarca en la Nave que utilizan la Infraestructura Portuaria, manteniendo un registro de dicha información.
2 Controlar y autorizar el desembarque, circulación y descarga de vehículos o pasajeros desde las naves.
Los requerimientos mínimos que deberán ser respetados por la Empresa Adjudicataria para la prestación de este servicio, son los que se indican a continuación:
1 Deberá coordinar y programar que el ingreso/egreso de vehículos, peatones y carga se desarrolle de manera de evitar conflictos de flujos, resguardando la integridad física de los usuarios, vehículos y carga.
2 No deberá tener un trato discriminatorio sobre los usuarios que requieran utilizar la Infraestructura Portuaria, en el marco de las regulaciones de las Bases de Licitación y de la normativa vigente.
3 La Empresa Adjudicataria no podrá cobrar tarifas que excedan las tarifas máximas establecidas en las Bases de Licitación.
4 Deberá preocuparse que la zona de espera para vehículos se encuentre en
correctas condiciones de utilización, coordinando las labores de acceso/egreso de vehículos en las naves de manera de evitar que se provoquen conflictos en “cola”.
5 Deberá mantener un registro constante de vehículos, pasajeros y carga de acuerdo a lo indicado en el presente artículo.
La Empresa Adjudicataria deberá presentar al Inspector Fiscal, a más tardar el último día hábil del mes de Octubre de cada año, un programa que describa todos los elementos que utilizará para prestar los servicios asociados a controlar todo vehículo o peatón que embarque/desembarque de las naves que utilizan la infraestructura portuaria, incluyendo las labores de mantenimiento del período, para su aprobación, especificando el personal y equipamiento utilizado para prestar éstos servicios. El Inspector Fiscal tendrá un plazo de 30 días desde su presentación, para emitir observaciones sobre este programa. En caso que en ese plazo, el Inspector Fiscal no emita observaciones, se entenderá aprobado el programa.
Cualquier demora en la presentación de alguno de los programas o el incumplimiento de las exigencias aquí expuestas, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1 de las presentes Bases de Licitación.
2.2.2 SERVICIOS BÁSICOS
Los Servicios Básicos son todos aquellos que la Empresa Adjudicataria está obligada a prestar durante todo el período de explotación del contrato y por los cuales tiene derecho a cobrar una tarifa, estos son:
2.2.2.1 ATRAQUE / DESATRAQUE XX XXXX
La Empresa Adjudicataria deberá controlar toda nave que atraque/desatraque en la Infraestructura Portuaria, en conformidad a las exigencias del presente artículo, para lo cual, deberá habilitar procedimientos que permitan el acceso y control de las naves que atraquen/desatraquen en la Infraestructura Portuaria, autorizando y controlando la operación durante su permanencia. Producto del atraque xx xxxxx en la Infraestructura Portuaria, la Empresa Adjudicataria tendrá derecho a cobrar una tarifa máxima, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3.2.1. de las Bases de Licitación.
La Empresa Adjudicataria deberá desarrollar las siguientes funciones de Control de Atraque/Desatraque en la Infraestructura Portuaria:
Atraque/Desatraque:
1 Registrar la matricula, tipo xx xxxx y propietario que atraca/desatraca en la Infraestructura Portuaria.
2. Mantener un registro del número xx xxxxx que atracan/desatracan en la Infraestructura Portuaria.
3. Controlar y autorizar el atraque/desatraque de cada una de las naves en la Infraestructura.
Los requerimientos mínimos que deberán ser respetados por la Empresa Adjudicataria para la prestación de este servicio, son los que se indican a continuación:
1 Deberá coordinar y programar que el atraque/desatraque xx xxxxx se desarrolle de manera de evitar conflictos de flujos, resguardando la integridad física de los usuarios.
2 En conjunto con la tripulación de la Nave, deberá coordinar y programar que el ingreso/egreso de vehículos, peatones y carga a las naves se desarrolle de manera de evitar conflictos de flujos, resguardando la integridad física de los usuarios.
3 La Empresa Adjudicataria no podrá cobrar tarifas que excedan las tarifas máximas establecidas en las Bases de Licitación.
4 No deberá tener un trato discriminatorio sobre las naves que requieran utilizar la Infraestructura Portuaria, en el marco de las regulaciones de las Bases de Licitación y de la normativa vigente.
5 Deberá preocuparse que se respeten los tiempos máximos autorizados para la operación en la Infraestructura Portuaria.
6 Deberá mantener un registro constante de vehículos, pasajeros y carga de acuerdo a lo indicado en el artículo 2.2.1.7 de las presentes Bases de Licitación.
7 Realizar el servicio conforme al manual de Manual de Operación, Mantenimiento y Conservación de las Obras y de las Naves, exigido en estas bases.
El incumplimiento de las exigencias aquí expuestas, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1 de las presentes Bases de Licitación.
2.2.2.2 TRANSPORTE DE VEHÍCULOS, CARGA Y PASAJEROS EN NAVE OPERADA POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA
La Empresa Adjudicataria deberá prestar el servicio de transporte de vehículos y pasajeros y controlar su ingreso a la nave operada por ésta, para lo cual, deberá habilitar procedimientos que permitan el acceso y control en la nave a los vehículos y pasajeros que transporte, autorizando y controlando la operación durante su permanencia en la nave operada por la Empresa Adjudicataria. Producto del transporte de vehículos y pasajeros, la Empresa Adjudicataria tendrá derecho a cobrar las tarifas establecidas en el artículo 3.2.2. de las presentes Bases de Licitación.
La Empresa Adjudicataria deberá desarrollar las siguientes funciones asociadas al Transporte de Vehículos y Pasajeros en Naves operadas por la Empresa Adjudicataria:
1 Mantener un registro de los vehículos que ingresan a cada una de las naves, clasificados por tipo de vehículo de acuerdo a las categorías indicadas en el artículo
3.2.3. de las presentes Bases de Licitación, registrando la patente y especificando la tarifa que se cobra a cada uno.
2 Coordinar, el acceso/egreso de los vehículos y pasajeros en la nave.
3 Mantener un registro del número de pasajeros transportados en cada una de las naves. Este registro debe realizar la distinción entre adulto femenino, adulto masculino, estudiante femenino y estudiante masculino.
2.2.2.2.1 FRECUENCIAS MÍNIMAS EXIGIDAS A LA EMPRESA ADJUDICATARIA PARA EL SERVICIO DE CONECTIVIDAD QUE RIGE EL CONTRATO
La Empresa Adjudicataria deberá prestar el servicio de Transporte de vehículos y pasajeros con las siguientes frecuencias mínimas entre rutas:
TABLA Nº 9: FRECUENCIAS MÍNIMAS EXIGIDAS A LA EMPRESA ADJUDICATARIA
Localidad | Tramo | Tiempo máximo de permanencia de las naves en la Infraestructura Portuaria para carga y descarga de vehículos | Frecuencia diaria mínima exigida entre rutas en Temporada Normal (ciclo) | Horario y lugar de inicio de frecuencia | Frecuencia mínima exigida entre rutas en Temporad a Verano (ciclo) |
Puqueldón | Chulchuy - Huicha | 15 minutos | 18 ciclos | Ambas Temporadas: 7:00 a.m. Chulchuy | 18 ciclos |
Se entenderá por ciclo, a la ida y vuelta en un mismo tramo.
Las frecuencias mínimas exigidas, podrán ser modificadas solo con aprobación del Inspector Fiscal.
Las frecuencias mínimas exigidas en la Tabla Nº9 de la ruta deberán ser cumplidas por la Empresa Adjudicataria durante todo el año, sólo a excepción de las semanas o proporción de días, según corresponda, que la Autoridad Marítima no autorice el zarpe.
Para efectos de la exigencia de frecuencias se define como Temporada Verano los meses de Enero a Febrero y como Temporada Normal los meses comprendidos entre Marzo a Diciembre.
Las frecuencias mínimas exigidas a la empresa adjudicataria señaladas en la tabla N°9, se darán según el siguiente detalle:
TABLA Nº 10: FRECUENCIAS MÍNIMAS EXIGIDAS A LA EMPRESA ADJUDICATARIA, AMBAS TEMPORADAS
Ciclo Nº | Desde - Hacia | Hora Zarpe | Ciclo Nº | Desde - Hacia | Hora Zarpe |
1 | Chulchuy - Huicha | 07:00 | 10 | Chulchuy - Huicha | 16:00 |
Xxxxxx – Xxxxxxxx | 07:30 | Xxxxxx – Xxxxxxxx | 16:30 | ||
2 | Chulchuy - Huicha | 08:00 | 11 | Chulchuy - Huicha | 17:00 |
Xxxxxx – Xxxxxxxx | 08:30 | Xxxxxx – Xxxxxxxx | 17:30 | ||
3 | Chulchuy - Huicha | 09:00 | 12 | Chulchuy - Huicha | 18:00 |
Huicha – Chulchuy | 09:30 | Xxxxxx – Xxxxxxxx | 18:30 | ||
4 | Chulchuy - Huicha | 10:00 | 13 | Chulchuy - Huicha | 19:00 |
Xxxxxx – Xxxxxxxx | 10:30 | Xxxxxx – Xxxxxxxx | 19:30 | ||
5 | Chulchuy - Huicha | 11:00 | 14 | Chulchuy - Huicha | 20:00 |
Xxxxxx – Xxxxxxxx | 11:30 | Xxxxxx – Xxxxxxxx | 20:30 | ||
6 | Chulchuy - Huicha | 12:00 | 15 | Xxxxxxxx - Xxxxxx | 21:00 |
Xxxxxx – Xxxxxxxx | 12:30 | Xxxxxx – Xxxxxxxx | 21:30 | ||
7 | Chulchuy - Huicha | 13:00 | 16 | Xxxxxxxx - Xxxxxx | 22:00 |
Xxxxxx – Xxxxxxxx | 13:30 | Xxxxxx – Xxxxxxxx | 22:30 | ||
8 | Chulchuy - Huicha | 14:00 | 17 | Chulchuy - Huicha | 23:00 |
Xxxxxx – Xxxxxxxx | 14:30 | Xxxxxx – Xxxxxxxx | 23:30 | ||
9 | Chulchuy - Huicha | 15:00 | 18 | Xxxxxxxx - Xxxxxx | 24:00 |
Huicha – Chulchuy | 15:30 | Xxxxxx – Xxxxxxxx | 00:30 |
Las frecuencias y horarios de zarpe mínimas exigidas, podrán ser modificadas sólo con aprobación del Inspector Fiscal.
Las frecuencias y horarios de zarpe mínimas exigidas en la Tabla Nº 9 y Nº 10 respectivamente, entre cada ruta deberán ser cumplidas por la Empresa Adjudicataria durante todo el año, sólo a excepción de las semanas o proporción de días, según corresponda, que la Autoridad Marítima no autorice el zarpe.
Para efectos de la exigencia de frecuencias se define como Temporada Verano los meses de Enero a Febrero y como Temporada Normal los meses comprendidos entre Marzo a Diciembre.
Sin perjuicio de lo exigido en las Tablas Nº9 y Nº 10, la Empresa Adjudicataria podrá solicitar una revisión de las frecuencias y horarios de zarpe y/o modificación de las mismas presentando al Inspector Fiscal todos los antecedentes que respalden dicha modificación y que no impliquen aumentos en el monto del Subsidio 1 (V.S.1.) otorgado. Dicha solicitud se podrá realizar entre los meses de xxxxx x xxxxxx, cada un año contabilizados a partir del año de inicio del contrato. A partir de la solicitud de modificación de frecuencias presentada al Inspector Fiscal, en el plazo máximo de 30 días desde dicha solicitud, éste se pronunciará aceptando o rechazando la modificación de frecuencias. Si el Inspector Xxxxxx aceptara las nuevas frecuencias propuestas por la Empresa Adjudicataria éstas empezarán a regir a partir del primero de enero del año siguiente a la modificación, pudiendo la Empresa Adjudicataria volver a solicitar una modificación después de seis meses.
El incumplimiento de las exigencias aquí expuestas, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1. de las presentes Bases de Licitación.
Los requerimientos mínimos que deberán ser respetados por la Empresa Adjudicataria para la prestación de este servicio, son los que se indican a continuación:
1 Todas las naves operadas por la Empresa Adjudicataria deberán contar con todos los elementos y dispositivos que permitan el transporte seguro de vehículos, pasajeros y carga, de acuerdo a las exigencias de la normativa vigente.
2 En conjunto con el personal que opere la Infraestructura Portuaria, deberá coordinar y programar que el ingreso/egreso de vehículos, peatones y carga a las naves se desarrolle de manera de evitar conflictos de flujos, resguardando la integridad física de los usuarios, vehículos y carga.
3 La Empresa Adjudicataria no podrá cobrar tarifas que excedan las tarifas máximas establecidas en las Bases de Licitación.
4 No deberá tener un trato discriminatorio a los usuarios que transporte, en el marco de las regulaciones de las Bases de Licitación y de la normativa vigente.
2.2.2.2.2 SERVICIO DE CONECTIVIDAD PROVISORIO PARA EL TRAMO CHULCHUY - HUICHA
En el tramo Chulchuy - Huicha, los servicios de frecuencias mínimas exigidas detalladas en el artículo anterior, y mientras se repare y modernice la nave a aportar por el Estado para este tramo, deberán realizarse con un transbordador a aportar por la empresa adjudicataria. Las características de esta nave se detallan en el artículo
1.6.3.3. de las presentes bases de licitación.
2.2.2.2.3 SERVICIO DE TRANSPORTE PROVISORIO DE PASAJEROS EN CASO DE SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO DE TRANSBORDADOR
En la eventualidad que por razones de fuerza mayor, el servicio de las naves se vea interrumpido, en el tramo de conectividad exigido según las presentes bases de licitación, la empresa adjudicataria deberá implementar en forma inmediata un servicio provisorio de transporte de pasajeros, a través de una lancha de pasajeros que cumpla con la normativa vigente.
La Lancha de Xxxxxxxxx a arrendar o a aportar, según sea el caso, deberá cumplir con lo exigido en el artículo 1.6.3.5. de las presentes bases de licitación.
2.2.2.2.4 SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE
Para el servicio de transporte de vehículos, carga y pasajeros en nave operada por la empresa adjudicataria se entenderá por “servicio especial de transporte” los siguientes:
- Traslado de Vehículos que transporten combustible o carga peligrosa, que por disposición de la autoridad marítima deban viajar en forma exclusiva en la nave
- Traslado de camiones con carga pesquera y en general productiva, cuya ocupación total de la nave supere el 50% de los metros lineales de capacidad del transbordador para el transporte de vehículos.
Para efectos de garantizar la conectividad de los habitantes de la isla Puqueldón cubierto por el contrato de SERVICIO INTEGRAL PARA EL TRANSPORTE MARÍTIMO DE
LA COMUNA DE PUQUELDÓN, TRAMO CHULCHUY - HUICHA, el servicio especial de transporte estará restringido y regulado según el siguiente detalle:
La empresa adjudicataria podrá disponer de un solo servicio, del total de vueltas indicadas en la tabla N° 10, para un servicio especial de transporte si se requiere.
Este servicio solo podrá darse en el siguiente horario y origen – destino:
- Xxxxxx - Xxxxxxxx : 10:30 a.m.
- Xxxxxxxx - Xxxxxx : 17:00 a.m.
2.2.3 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
Los Servicios complementarios son todos aquellos servicios no especiales obligatorios ni básicos, que el licitante o grupo licitante, y la Empresa Adjudicataria, podrá proponer en su oferta técnica o durante el periodo de explotación, respectivamente.
Entre los Servicios complementarios que la empresa adjudicataria, podrá proponer en su oferta técnica o durante el periodo de explotación, se encuentran los siguientes:
a) Servicio de Abastecimiento de Energía Eléctrica (Refrigeración), conexiones, Agua Potable, etc.
b) Servicios Comerciales
c) Servicios de Almacenamiento de Carga
d) Servicio de Muellaje Productivo
e) Transporte de carga, vehículos o pasajeros en rutas y frecuencias adicionales
f) Otros
En caso que los servicios complementarios sean aceptados, ya sea por la Comisión de Evaluación de la Oferta Técnica o por el Inspector Fiscal, la Empresa Adjudicataria, estará obligada a proporcionar dichos servicios en las condiciones ofertadas y aceptadas.
Para solicitar la prestación de algún Servicio Complementario distintos a los que hubiere aceptado la Comisión de Evaluación de la Oferta Técnica, la Empresa Adjudicataria deberá hacerle entrega al Inspector Fiscal, de un manual detallado que describa claramente el servicio y las condiciones en que éste será prestado. El Inspector Xxxxxx dispondrá de un plazo máximo de 120 días desde la presentación del respectivo manual para manifestar sus observaciones, aprobación o rechazo, previa consulta a la Subsecretaría de Marina si así lo estima pertinente. Transcurrido dicho plazo, si el Inspector Fiscal no emite respuesta, el informe se entenderá aprobado. Si el manual no fuera aprobado por el Inspector Fiscal, la Empresa Adjudicataria podrá presentarlo nuevamente para su aprobación, en cuyo caso regirá el procedimiento antes señalado.
La Empresa Adjudicataria no podrá iniciar actividades asociadas a la implementación de Servicios Complementarios distintos a los que hubiere aceptado la Comisión de
Evaluación de la Oferta Técnica, mientras no cuente con la aprobación del Inspector Fiscal.
En caso que tales servicios se emplacen en terrenos distintos a los señalados en los Decretos Supremos de destinación emitidos a través de la Subsecretaría de Marina que delimita las Áreas entregadas al MOP indicadas en el artículo 1.6.2. de las presentes Bases de Licitación, la Empresa Adjudicataria deberá proceder conforme a lo previsto en el artículo 1.6.2. de las presentes Bases de Licitación.
La Adquisición de bienes para estos efectos que haga la Empresa Adjudicataria, así como también las instalaciones que se hagan sobre los mismos serán de su exclusivo cargo y costo.
Todos los servicios complementarios propuestos por la Empresa Adjudicataria, deberán, en caso que la Ley Nº19.300 obligara a ello, ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y para todos los efectos de dicha ley será el único titular ante la COREMA REGIÓN DE LOS LAGOS. Los costos de aplicación de las medidas o exigencias ambientales que emanen o se deriven del sometimiento al SEIA y de las Resoluciones de Calificación ambiental correspondientes serán de entero costo y responsabilidad de la Empresa Adjudicataria.
Las patentes, permisos u otras autorizaciones requeridas por la Empresa Adjudicataria o por terceros subcontratados, para explotar estos servicios conforme a las normativas vigentes, serán de su exclusiva responsabilidad y cargo, hasta el término del contrato.
El incumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1. de las presentes Bases de Licitación.
2.3 CONSERVACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA PORTUARIA Y DE LA NAVE
La Empresa Adjudicataria será responsable de la conservación y mantenimiento de toda la infraestructura portuaria contenida en el área de la explotación del contrato, y de la conservación, mantenimiento y reparación de la nave operada por esta.
Para ello la Empresa Adjudicataria, deberá elaborar en un plazo de 30 días contados desde la fecha de inicio del contrato, un “Manual de Operación, Mantenimiento y Conservación de las Obras y de la Nave” para mantener en buen estado físico y funcional la Infraestructura Portuaria y la nave operada por esta, de manera que las condiciones de seguridad y operación del contrato sean normales y conforme a los estándares de servicios fijados por las presentes bases.
Los criterios y normas técnicas que deberán adoptarse en la ejecución del respectivo Manual deben asegurar en todo momento y por el período que dure el contrato, que lo anterior se cumpla, y al final del contrato, se entregue las obras y naves aportadas por el Estado en condiciones de seguir siendo utilizadas en forma normal.
Este manual en lo que respecta a Infraestructura Portuaria, debe realizarse conforme a las Pautas Mínimas de Diseño de Mantenimiento, Conservación y Operación de
Infraestructura Portuaria, contenida en Anexo N°5, de las presentes bases de licitación.
Asimismo, deberá contener un programa anual de mantenimiento y conservación de las obras y de mantenimiento, conservación y reparación de la nave, que la Empresa Adjudicataria debe aplicar, debiendo incluir y considerar a lo menos:
1. La política de conservación adoptada con su justificación técnica
2. Una cuantificación y valoración de las actividades y labores necesarias de ejecutar para la conservación y mantenimiento de toda la Infraestructura Portuaria.
3. Una cuantificación y valoración de las actividades y labores necesarias de ejecutar para la conservación, mantenimiento y reparación de la nave operada por la Empresa Adjudicataria.
4. Un cronograma con las operaciones de conservación conjuntamente con las cantidades de obra a ejecutar
5. Actividades de Conservación Preventiva y Correctiva.
6. Pautas mínimas Pautas Mínimas de Diseño de Mantenimiento, Conservación y Operación de Infraestructura Portuaria
Este Manual formará parte del Reglamento de Operación y Prestación de Servicio para la Explotación del Contrato, señalado en el artículo 2.4. de las Bases Técnicas.
El incumplimiento de las disposiciones del presente artículo hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas señaladas en el artículo 1.5.5.1. de las presentes bases de licitación.
2.3.1 REPARACIÓN NAVE TEHUELCHE
La Empresa Adjudicataria será responsable de la reparación de la nave Tehuelche, para lo cual le será entregado un Subsidio 2 (indicado en el articulo 3.1.2.), en la forma y condiciones señaladas en el artículo 3.1.2.. Dicha reparación comprenderá al menos del siguiente detalle:
a) Reparación o cambio del sistema de propulsión.
b) Revisión y reparación del sistema eléctrico con cambios de generadores.
c) Obra viva y obra muerta, inspeccionar, evaluar tomando en cuenta la fecha de la última carena y reparar.
d) Superestructura, arenado y pintado, con cambio y reforzamiento de todos los elementos dañados por el oxido.
e) Sistema sanitario, revisión y reparación.
f) Manutención y reparación de todo el sistema de Ventilación.
g) Sistema hidráulico.
h) Revisión y reparación de todo el sistema hidráulico, incluyendo el cambio de cañerías.
i) Sistema de escape de gases, modificación del sistema.
j) Revisión y reparación de todo el sistema de achique, sentinas e incendios.
k) Revisión y reparación del sistema de fondeo.
l) Revisión y reparación del sistema Eléctrico y equipos electrónicos de navegación y de comunicaciones de la nave.
m) Renovación de los certificados que corresponda
n) Habilitación de un área techada cerrada, para 50 pasajeros
o) Implementación de acomodaciones (asientos o butacas) para el 40% de la capacidad de pasajeros señalada en la letra n) precedente.
p) Habilitación servicios higiénicos (2 baños: 1 hombre, 1 mujer).
El plazo máximo para realizar la reparación será de 6 meses desde el inicio de la explotación del contrato.
2.4 REGLAMENTO DE OPERACIÓN Y PRESTACIÓN SERVICIO PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
La Empresa Adjudicataria deberá hacer entrega del Reglamento de operación y prestación de servicios del contrato al Inspector Fiscal, para su aprobación, conforme a lo señalado en el artículo 1.7.2. de las Bases de Licitación.
Este Reglamento deberá contener al menos lo siguiente:
1 Manual de Operación, Mantenimiento y Conservación de las Obras y de la Nave.
2 Organización para la Prestación de los Servicios Básicos y de los Servicios Especiales Obligatorios.
3 Programas para la prestación de los servicios básicos.
4 Programas para la prestación de los servicios especiales obligatorios.
2.5 PERSONAL
2.5.1 PARA LOS SERVICIOS
La Empresa Adjudicataria, deberá suministrar un Diagrama con la Estructura Organizacional de los diversos Equipos de Trabajo que contribuirán a producir los Servicios indicados en el artículo 2.2. de las presentes Bases Técnicas de Licitación y de acuerdo a la normativa vigente.
La Empresa Adjudicataria deberá mantener a disposición del Inspector Fiscal, una carpeta permanentemente actualizada con los datos del personal que contribuya a la producción de los servicios mencionados.
El incumplimiento de alguna de las disposiciones anteriores hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1 de las presentes Bases Administrativas de Licitación.
2.5.2 PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS OBRAS Y NAVE
La dotación de personal para ejecutar el Programa de Conservación de las Obras y Nave, deberá ser la necesaria e idónea para mantener un servicio profesional, eficiente, seguro y oportuno de todas las obras, equipos e instalaciones y nave a mantener, de acuerdo a la normativa vigente.
Deberá disponer de personal de reemplazo para cubrir ausencias, permisos y vacaciones mientras dure la explotación del contrato.
Todo el personal tendrá capacitación en Prevención de Riesgos y se mantendrá competente en el desarrollo de sus funciones técnicas. Todo el personal en servicio deberá usar vestuario adecuado que lo distinga y utilizar elementos de seguridad apropiados en el desempeño de sus funciones. Las condiciones anteriormente descritas deberán contar con la aprobación del Inspector fiscal.
El incumplimiento de alguna de las disposiciones anteriores, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1 de las presentes Bases de Licitación.
2.6 OFICINAS
La empresa debe mantener 1 oficina que albergue al personal durante el período de explotación del contrato. Esta oficina deberá estar ubicada en el terminal portuario de Chulchuy.
2.7 INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DURANTE LA EXPLOTACIÓN
La Empresa Adjudicataria entregará anualmente, al Inspector Fiscal un informe que contenga, al menos, la siguiente información mensual:
a) Número de Vehículos, clasificados por Tipo, Peatones y Naves, identificando el operador, que utilizan la Infraestructura Portuaria en el período.
b) Tarifa a cobrada a los Vehículos, Peatones transportados en naves de la Empresa Adjudicataria y de las Naves, que utilizan la Infraestructura Portuaria en el período.
c) Registro del número de pasajeros transportados en cada una de las naves. Este registro debe realizar la distinción entre adulto femenino, adulto masculino, estudiante femenino y estudiante masculino.
d) Identificación de todos los vehículos que son transportados en las naves de la Empresa Adjudicataria, incluyendo la información relativa a hora de llegada del vehículo a la Infraestructura Portuaria, Patente del Vehículo, Hora de embarque en las naves de la Empresa Adjudicataria, Tiempo de espera de los vehículos en rampa, Tiempo promedio diario de espera de los vehículos en rampa, etc.
e) Cumplimiento del programa anual de mantenimiento y conservación de las obras y de mantenimiento, conservación y reparación de las naves, señalado en el artículo 2.3. de las Bases de Licitación.
f) Un informe con el Estado de Conservación de la Infraestructura Portuaria y de la Nave, objeto del contrato.
g) Los ingresos provenientes de los servicios básicos, desglosados por tipo de servicio.
h) Los ingresos provenientes de los servicios complementarios, desglosados por tipo de servicio.
Además de un informe escrito, la información anterior deberá ser entregada en medios
magnéticos u ópticos, en formato a aprobar previamente por el Inspector Fiscal, una vez iniciado la explotación del contrato.
La fecha de entrega de este informe será el mes de Enero de cada año, informando lo sucedido en el año inmediatamente anterior. El incumplimiento en la entrega de dicha información, en los plazos establecidos en el presente artículo hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en la multa señalada en el artículo 1.5.5.1. de las presentes Bases de Licitación. No obstante lo anterior el registro de pasajeros a que se refiere la letra c) de este punto, se requerirá mensualmente y con copia a la SEREMITT.
El Inspector Xxxxxx, o las personas a quien éste designe, tendrá libre acceso a toda la información, documentación y antecedentes, incluyendo estados financieros, de la Empresa Adjudicataria, que digan relación con la explotación del contrato. Además, tendrá libre acceso al área de explotación del contrato y a las naves objeto del contrato.
Si la información entregada por la Empresa Adjudicataria a la Inspección Fiscal contuviese datos notoriamente no fidedignos o incompletos, que alteren o modifiquen las condiciones económicas del Contrato, éste incurrirá en la multa señalada en el artículo 1.5.5.1. de las presentes Bases de Licitación.
3 BASES ECONÓMICAS DEL CONTRATO
3.1 PAGOS DEL MOP A LA EMPRESA ADJUDICATARIA POR SUBSIDIO AL TRANSPORTE REQUERIDO PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO
Con el fin de contribuir al financiamiento del CONTRATO: “SERVICIO INTEGRAL PARA EL TRANSPORTE MARÍTIMO DE LA COMUNA DE PUQUELDÓN, TRAMO CHULCHUY -
HUICHA, el Ministerio de Obras Públicas, a través de los fondos provenientes del Programa Subsidios al Transporte Regional, de la Secretaría y Administración General de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y con fondos provenientes del presupuesto del ST 31 de inversión real del Ministerio de Obras Públicas, según sea el caso, aportará recursos a la Empresa Adjudicataria en la forma y condiciones que se establecen en el presente artículo:
3.1.1 SUBSIDIO A LA EXPLOTACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS OBLIGATORIOS EXIGIDOS EN EL CONTRATO (V.S.1):
El Ministerio de Obras Públicas, a través de los fondos provenientes del Subsidio al Transporte Regional de la Secretaría y Administración General de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, partida 19, capitulo 01, programa 01, glosa N° 04 de la Ley de Presupuestos del Sector Público año 2008, entregará un Subsidio 1 para la explotación y prestación de todos los servicios exigidos en el contrato, según las siguientes indicaciones:
a) Se otorgará un Subsidio 1 de transporte regional (V.S.1.) para la ruta marítima Chulchuy – Huicha.
b) El MOP pagará mensualmente a la Empresa Adjudicataria, para todos los servicios requeridos según las presentes bases de licitación, la cuota correspondiente. Los pagos mensuales o fracción de mes, se realizarán los primeros cinco días hábiles del mes siguiente.
c) El Subsidio 1 mensual (V.S.1), corresponderá a un monto total de UF 730 (Setecientas treinta unidades de fomento).
d) El valor de la UF se calculará al valor del último día del mes anterior al pago correspondiente.
3.1.2 SUBSIDIO A LA REPARACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA NAVE TEHUELCHE:
El Ministerio de Obras Públicas, con cargo al Subtitulo 31 de inversión real, fondos sectoriales, otorgará un Subsidio 2, que corresponderá a la cantidad de 17.933 UF (Diecisiete mil novecientas treinta y tres unidades de fomento), por concepto de reparación de la Nave Tehuelche, según lo dispuesto en los artículos 1.6.3.2.2. y 2.3.1. de las presentes bases de licitación. Este valor será entregado al inicio del contrato, por una sola vez, por parte del MOP y el monto se determinará con el valor de la UF al día de inicio de la explotación del contrato.
3.1.3 SUBSIDIO ARRIENDO NAVE PROVISORIA PARA EL TRAMO CHULCHUY - HUICHA
En la eventualidad que el licitante o grupo licitante, no dispongan de una nave propia para prestar el servicio de conectividad en el tramo Chulchuy -Huicha, y así lo deje establecido en su oferta, hasta que esté totalmente reparada la nave Tehuelche por parte de la Empresa Adjudicataria, según lo requerido en los artículos 1.6.3.2.2. y 2.3.1., el Ministerio de Obras Públicas, a través de los fondos provenientes del Subsidio al Transporte Regional de la Secretaría y Administración General de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, partida 19, capitulo 01, programa 01, glosa N° 04 de la Ley de Presupuestos del Sector Público año 2008, entregará un subsidio por concepto de arriendo xx xxxx para la prestación del servicio para el tramo Chulchuy – Huicha, según las siguientes indicaciones:
a) Se otorgará un Subsidio 3 de transporte regional para el arriendo de un transbordador, que reúna las características definidas en el artículo 1.6.3.3. de las presentes bases de licitación, para otorgar los servicios de conectividad exigidos en el contrato, para el tramo Chulchuy - Huicha.
b) Este Subsidio 3 operará hasta la puesta en servicio de la nave Tehuelche una vez realizadas las reparaciones, según lo dispuesto en los artículos 1.6.3.2.2 y
2.3.1. No obstante lo anterior, este subsidio solo podrá extenderse y ser entregado hasta el mes de Diciembre del año 2008.
c) El MOP pagará mensualmente a la Empresa Adjudicataria, para todos los servicios requeridos según las presentes bases de licitación, la cuota correspondiente. Los pagos mensuales o fracción de mes, se realizarán los primeros cinco día hábiles del mes siguiente.
d) El Subsidio 3 mensual por concepto de arriendo de una nave provisoria para el tramo Chulchuy – Huicha, corresponderá a un monto total de UF 1.538 (Un mil quinientas treinta y ocho unidades de fomento).
e) El valor de la UF se calculará al valor del último día del mes anterior al pago correspondiente.
3.2 COBROS QUE ESTÁ AUTORIZADO A REALIZAR LA EMPRESA ADJUDICATARIA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS BÁSICOS
Por la prestación de los Servicios Básicos descritos en el artículo 2.2.2 de las presentes Bases de Licitación, la Empresa Adjudicataria estará autorizada a cobrar las siguientes tarifas:
i) Tarifa por Recalada xx Xxxxx en la Infraestructura Portuaria, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3.2.1 de las presentes Bases de Licitación.
ii) Tarifa por Transporte de Vehículos y Peatones en las Naves operadas por la Empresa Adjudicataria de acuerdo a lo establecido en el artículo 3.2.2 de las presentes Bases de Licitación.
Estas tarifas serán expresadas en pesos y podrán ser reajustadas conforme al mecanismo establecido en el artículo 3.2.4 de las presentes Bases de Licitación.
El cobro de tarifas superiores a las indicadas en los artículos 3.2.1 y 3.2.2 de las presentes Bases de Licitación, hará incurrir a la Empresa Adjudicataria en las multas establecidas en el artículo 1.5.5.1. de las presentes Bases de Licitación.
3.2.1 TARIFA POR RECALADA XX XXXXX EN LA INFRAESTRUCTURA PORTUARIA
A partir del inicio de la explotación del contrato, la Empresa Adjudicataria podrá cobrar a las naves que recalen en la Infraestructura Portuaria, una tarifa máxima expresada en pesos, conforme se señala en el siguiente cuadro; esta Tarifa no incluye IVA.
Tabla N° 11: Tarifas máximas por recalada xx xxxxx
Terminal Portuario | Tarifas Máximas | |
Atraque Naves | Vehículos Tipo 2 Embarcados/Desembarcados (Tv max) $ | |
Chulchuy y Huicha | 9.000 | 1.800 |
Esta tarifa otorgará al usuario el derecho al Atraque en la Infraestructura Portuaria, por el tiempo máximo establecido en la Tabla Nº 9 del artículo 2.2.2.2 de las presentes Bases de Licitación.
Las tarifas cobradas a las naves por vehículo transportado deberán usar los factores de conversión señalados en la tabla N° 13 del artículo 3.2.3.
3.2.2 TARIFA POR TRANSPORTE DE VEHÍCULOS Y PEATONES EN LAS NAVES OPERADAS POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA
A partir de la explotación del contrato, la Empresa Adjudicataria podrá cobrar las Tarifas máximas por transporte de vehículos y peatones en las naves operadas por la Empresa Adjudicataria.
Las Tarifas Máximas por Transporte de Vehículos y Peatones son las indicadas en la siguiente tabla:
TABLA Nº12: TARIFAS MÁXIMAS POR TRANSPORTE DE VEHÍCULOS Y PASAJEROS
Ruta | Infraestructura Portuaria Asociada | Tarifa Máxima Transporte de vehículos Tipo 2 (Tv máx) $ |
Puqueldón | Terminal Chulchuy | 2.500 |
Terminal Huicha |
Esta tarifa otorgará al usuario derecho al Transporte en Nave operada por la Empresa Adjudicataria. Las tarifas máximas a los vehículos equivalentes transportados en la Nave operada por la Empresa Adjudicataria expresadas en la tabla anterior, se podrán reajustar de acuerdo al procedimiento indicado en el artículo 3.2.4. de las presentes Bases de Licitación. La Empresa Adjudicataria no tendrá derecho a cobro por los pasajeros que viajen al interior de los vehículos que transporta, los cuales estarán libres de pago.
Los vehículos de emergencia, tales como, carabineros, bomberos y ambulancias estarán exentos de cobro por transporte en naves operadas por la Empresa Adjudicataria, estando obligado éste último a prestarles el servicio regulado en el presente artículo, dándoles preferencia a la hora de embarcar.
3.2.3 CLASIFICACIÓN Y FACTOR DE AJUSTE DE LA TARIFA ASOCIADA A LOS TIPOS DE VEHÍCULOS
La Empresa Adjudicataria podrá cobrar a los vehículos que Transporte en su nave como máximo la tarifa Tv máx establecida en la tabla N°12, del artículo 3.2.2., multiplicada por un factor acorde al tipo de vehículo que transporta, según lo indicado en la Tabla N°13, siguiente:
TABLA Nº13: FACTOR DE AJUSTE POR TIPO DE VEHÍCULO
Tipo | Clase de vehículo | Factor de Cobro (Fc) |
Tipo 1: | Motos y Motonetas | 0,2 |
Tipo 2: | Autos y Camionetas | 1,0 |
Tipo 3: | Autos y Camionetas con Remolque | 2,0 |
Tipo 4: | Buses de 2 Ejes | 1,6 |
Tipo 5: | Camiones de 2 Ejes, Camionetas xx Xxxxx Rueda Trasera, Maquinarias Agrícolas y Maquinarias de Construcción | 1,2 |
Tipo 6: | Buses de más de 2 Ejes | 2,0 |
Tipo 7: | Camiones de más de 2 Ejes | 2,0 |
Por lo tanto, la tarifa máxima que podrá cobrar la Empresa Adjudicataria a los Vehículos que transporte en sus naves será:
T = Tv máx x FC
Donde:
T = Tarifa máxima a cobrar a los vehículos por transporte en las Naves operadas por la Empresa Adjudicataria.
Tv máx = Tarifa Máxima por Transporte por Vehículo Tipo 2 en Naves operadas por la Empresa Adjudicataria, de acuerdo a lo indicado en el artículo 3.2.2. de las presentes Bases de Licitación.
FC = Factor de Tarifa según tipo de vehículo transportado, de acuerdo a lo indicado en la Tabla N°13, de las presentes Bases de Licitación.
3.2.4 REAJUSTE DE LAS TARIFAS
El valor de las tarifas indicadas en los artículos 3.2.1. y 3.2.2., se reajustará semestralmente de la siguiente manera:
Porcentaje reajuste = Variación Anual Índice de Precios al Consumidor (IPC)*0,7 + Variación Semestral de Precio de Petróleo diesel*0,3
El reajuste comenzará a regir a partir del primer año de vigencia de explotación del contrato.
Las tarifas reajustadas podrán implementarse el día 15 del mes en que corresponda cobrar la nueva tarifa.
La fuente de información para el cálculo del reajuste será el Instituto Nacional de Estadísticas, INE.
ANEXOS
3.3 ANEXO N°1:
Licitación Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”
FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DE APORTES 1
(Los montos deben ser expresados en moneda nacional al 31 de diciembre del año respectivo)
NOMBRE DEL GRUPO INTERESADO:
Nombre del Integrante del Grupo | Participación (%) (A) | Patrimonio Total Individual (millones de pesos) (B) | Patrimonio Ponderado (millones de pesos) (C) |
1 | |||
2 | |||
3 | |||
4 | |||
5 | |||
6 | |||
TOTALES |
NOTAS:
(A) Corresponde al porcentaje del patrimonio total individual que cada uno de los integrantes aporta al grupo interesado.
(B) Corresponde al patrimonio total individual de cada uno de los integrantes del grupo interesado.
(C) Corresponde a la multiplicación de (1) por (2), cuya sumatoria total debe ser mayor o igual al patrimonio mínimo exigido de $300.000 (Trescientos millones de pesos chilenos).
Representante ante el MOP 2
1 Formulario a utilizar por los grupos licitantes y por aquellas sociedades que no puedan acreditar por sí mismas los requisitos patrimoniales exigidos por las presentes Bases.
2 Firma del Representante ante el MOP designado conforme al artículo 1.4.3.2. de las presentes Bases de Licitación.
3.4 ANEXO N°2:
Licitación Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”
DECLARACIÓN JURADA DE ACTUACIÓN CONJUNTA
En Santiago de Chile a de de 20 , comparecen: 1
a)
b)
c)
etc.
Los Interesados ya individualizados, declaramos bajo juramento nuestro compromiso de actuar conjuntamente y por unanimidad en los procedimientos descritos en las Bases de Licitación, en el ejercicio de los derechos y obligaciones que emanen del proceso de licitación del Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”, y en cumplimiento a lo exigido en las Bases de Licitación del contrato que se dicten al efecto, siendo nuestra responsabilidad indivisible y solidaria.
En este acto nos comprometemos que para el evento de adjudicarse a nuestro favor el contrato, constituir una sociedad, dentro del plazo de sesenta días, a contar de la fecha de ingreso de la resolución de adjudicación totalmente tramitada a la oficina de partes de la DGOP, cuyo objeto será la “conservación, mantención y explotación de los terminales portuarios construidos por el MOP en Huicha y Chulchuy; y, la gestión, mantenimiento y explotación de las naves” objeto de esta licitación.
En este mismo acto acordamos identificar nuestro grupo interesado con el nombre de fantasía de , el que individualizará al grupo en el proceso de licitación del contrato.
Representante Legal a) 2 Representante Legal b) Representante Legal c)
1 Nombres de los representantes legales de cada uno de los miembros del grupo licitante.
2 Firmas de los representantes legales de cada uno de los miembros del grupo licitante.
3.5 ANEXO N° 3:
Licitación Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha””
DECLARACIÓN JURADA DE RESPONSABILIDAD Y ACEPTACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
En Santiago de Chile, a de de 20 , comparece(n) 1:
a) (indicar nombre del representante legal) en representación de
, | |||
b) (indicar nombre del representante legal) , | en | representación | de |
c) (indicar nombre del representante legal) , | en | representación | de |
etc. | |||
Quien(es) bajo juramento declara(n): |
i) El acatamiento de todas las disposiciones inherentes al proceso de licitación contenidas en las Bases de Licitación, Bases Técnicas, Circulares Aclaratorias y todos los demás documentos que rigen el contrato, con los resultados y consecuencias de ésta.
ii) Que aquellas personas naturales o jurídicas que forman parte de este grupo interesado, no forman parte directa o indirecta de algún otro grupo que se presenta a la misma licitación.
Representante Legal a) 2 Representante Legal b) Representante Legal c)
1 En caso de tratarse de un grupo licitante, indicar los nombres de los representantes legales de todos los integrantes del grupo.
2 En caso de tratarse de un grupo licitante, consignar las firmas de los representantes legales de cada uno de los miembros del grupo licitante.
3.6 ANEXO N°4
Licitación Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”
FORMULARIO DE OFERTA ECONÓMICA
NOMBRE DEL LICITANTE O GRUPO LICITANTE:
Subsidios al Contrato “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy – Huicha” | Monto Subsidio Requerido | |
UF Bruto | (En palabras) | |
Subsidio 1 (V.S.1.), según artículo 3.1.1. de las bases de licitación | UF Bruto Mensual | |
Subsidio 2, según artículo 3.1.2. de las bases de licitación | UF Bruto | |
Subsidio 3, según artículo 3.1.3. de las bases de licitación | UF Bruto Mensual |
Declaramos que la presente Oferta ha sido formulada, teniendo en cuenta exclusivamente nuestras propias estimaciones de inversión, costo, demanda y demás parámetros de la evaluación económica y financiera, y que los antecedentes y datos proporcionados por el Ministerio de Obras Públicas, tienen un carácter meramente informativo.
Representante ante el MOP 1
1. Firma del Representante ante el MOP designado conforme al artículo 1.4.3.2. de las presentes Bases de Licitación..
3.7 ANEXO N°5
Licitación Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”
Pautas Mínimas de Diseño de Mantenimiento, Conservación y Operación de Infraestructura Portuaria
1. INTRODUCCIÓN
El presente documento “Pautas Mínimas de Diseño de Conservación y Mantenimiento de Infraestructura Portuaria”, tiene como objetivo principal servir de base para la elaboración del programa de Mantenimiento, Conservación y Operación para el Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”
Para el presente documento se entenderá por Infraestructura Portuaria al área destinada de forma permanente a permitir y facilitar las actividades asociadas a los transporte de vehículos, carga y pasajeros y para prestar servicios diversos asociados a la actividad productiva portuaria, incluida la descripción y calificación de los sistemas y dispositivos necesarios para su operación.
2. CONSERVACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA PORTUARIA
2.1. GENERALIDADES
La prolongación de la vida útil de las obras dependerá directamente del grado de conservación que se les realice, por ello deberá recurrirse a prácticas o técnicas de mantención, que aseguren su buen funcionamiento hasta el final de la vida útil para la cual fueron concebidas; sobretodo si consideramos el ambiente agresivo en el cual están emplazadas y al intenso uso a que están expuestas.
El uso diario inadecuado de las instalaciones puede generar un deterioro acelerado de ellas, por esto debe adoptarse una conducta adecuada y actuar en forma razonable evitando exponer las instalaciones y la seguridad personal a riesgos innecesarios. Estas acciones de mantenimiento deben ser promovidas en forma permanente en las instalaciones, sin embargo, estas acciones por sí solas son insuficientes para preservar las obras, por lo tanto, debe considerarse acciones de mantención planificadas, las que requieren necesariamente de la inspección periódica de la Empresa Adjudicataria, para generar un diagnóstico preciso que permita evaluar correctamente las acciones de mantención prioritarias en aquellos elementos más propensos al deterioro. Las inspecciones de la Empresa Adjudicataria serán visuales en el caso de elementos accesibles o submarinos de aquellas partes sumergidas de las estructuras.
El tipo de mantenimiento más frecuente de este tipo de obras, son para los elementos metálicos y corresponden a aquellas destinadas a impedir la corrosión, con su consecuente merma de resistencia; en elementos de hormigón y hormigón armado se refieren a la limpieza de las superficies o reparaciones de éstas con inyecciones de mortero o recubrimiento en base a resinas epóxicas y; en elementos xx xxxxxx la mantención corresponde a limpieza, reparación o recambio de los elementos dañados.
Se debe considerar en el ámbito de la conservación, las instalaciones de agua potable, alcantarillado, eléctricas y equipos en general, instalaciones que requerirán por ejemplo la revisión de llaves, apriete de elementos, chequeo de consumos, para el caso de los equipos generalmente la Empresa Adjudicataria fabricante entrega o en caso contrario se deberá solicitar el manual de conservación el que deberá estar incorporado en este manual.
Desde el punto de vista de los costos y la complejidad de la mantención y/o reparación, podemos hablar de conservación rutinaria y conservación mayor.
El presente documento que servirá de guía para la elaboración del programa de conservación, deberá tener el carácter de instructivo destinado a orientar, servir de guía y definir las responsabilidades y trabajos a realizar por parte de la Empresa Adjudicataria y que deberá tener presente al manejar las diversas instalaciones entregadas para su servicio, de modo que ellas puedan ser utilizadas obteniendo la mayor vida útil posible de los bienes.
2.2. TIPO DE INFRAESTRUCTURA
En este punto se realiza un resumen y pequeña descripción de las obras a fin de poder contar con todo el espectro de obras que estarán sujetas a mantenimiento.
RAMPAS: Son obras diseñadas para el atraque de embarcaciones, y la transferencia de carga se realiza en planos inclinados que permiten absorber las variaciones de nivel de los cuerpos de agua en donde se encuentran emplazadas. Sirven para embarcar personas y facilitar la transferencia de carga desde embarcaciones como barcazas, transbordadores, lanchas y botes. Se pueden estructurar en hormigón, madera, acero o combinaciones de estos materiales, pueden estar fundadas sobre la base de pilotes de hormigón o acero, o directamente sobre el fondo xxxxxx, la estructura superior puede ser en base a una losa prefabricada o realizada en sitio, cuentan con accesorios como por ejemplo bitas, cantoneras, pernos, argollones.
Rampa
MUELLES: Son obras diseñadas para el atraque de embarcaciones, donde la transferencia de carga se realiza en un plano horizontal, y pueden ser estructuradas en base a bloques, cajones, pilotes, xxxxxxxx flotantes, etc. Y en lo referente a materiales pueden construirse con madera, hormigón o acero, o una combinación de estos.
Desde el punto de vista de los servicios pueden contar con equipos para facilitar la transferencia de carga y servicios a la nave como abastecimiento de agua, combustibles, energía eléctrica. Estos pueden ser marginales o malecones, es decir, son paralelos a la xxxxx, como también pueden ser de penetración o perpendiculares a la xxxxx. Los muelles cuentan con accesorios como por ejemplo: bitas, escalas de gato, cornamusas, defensas de goma, defensas xx xxxxxx, tienen pernos, riostras, placas de apoyo, barandas, barbacanas, así como también cuentan con servicios como agua potable, red de combustible, red eléctrica, iluminación, etc.
Muelle
OBRAS DE DEFENSA: Por lo general estas obras se diseñan para defender espacios o estructuras que están expuestas al oleaje, marejadas, corrientes o cualquier otra acción de los cuerpos de agua. Pueden ser ubicadas en diferentes direcciones respecto del borde que protegen y pueden ser estructuradas como paramentos verticales, o paredes inclinadas, las que se pueden construir con materiales tan variados como tablestacas, bloques de hormigón, enrocados, gaviones de alambre, etc. Su diseño dependerá de las condiciones de los cuerpos de agua, y de las estructuras a defender, y otras funciones que se considere deba cumplir la defensa.
Obra de Defensa
EXPLANADA: Corresponde al área relativamente pareja sobre la cual se realizan las actividades del puerto, además, están emplazadas todas las edificaciones que conforman el puerto. Se construyen de tierra, asfalto u hormigón.
Explanada
GALPONES: Son edificaciones o estructuras que permiten cubrir grandes espacios con alturas y luces adecuadas a una actividad productiva, y pueden ser estructurados en base a una combinación de materiales como albañilería, hormigón, madera y/o metal. Estas estructuras pueden tener usos diversos como pueden ser: amparar actividades de reparación de embarcaciones, comercialización de productos, acopio de recursos, encarnado, reparación de redes, etc.
2.3. ACTIVIDADES DE CONSERVACIÓN POR ELEMENTO
Se entrega a continuación un programa de acciones para conservar mejor las obras descritas en el punto anterior, teniendo en consideración que además se deberá respetar las instrucciones de fabricantes y proveedores. Este listado de acciones puede ser modificado según las características específicas de cada zona en donde se requiera la conservación:
FRECUENCIA ESTIMADA DE INSPECCION Y CONSERVACION Frecuencia mínima de Frecuencia Inspección mínima de Item Elemento Acción de Conservación Unidad Costo por parte Conservación Unitario de la por parte de la Empresa Empresa Adjudicatar Adjudicataria ia | |||||
(U.F.) | (Años) | ||||
1 OBRA PORTUARIA | |||||
Anodo de Sacrificio | Limpieza | Nº | 1 vez al año | 1 | |
Reemplazo | Nº | 5 | |||
Argollón xx Xxxxx | Reemplazo | Nº | 1 vez al año | 5 a 10 | |
Arriostramientos | Limpieza | N° | 1 vez al año | 2 | |
Reemplazo | ML | 10 | |||
Xxxxxxx xx Xxxxx | Protección Anticorrosiva | M2 | 1 vez al año | 2 a 5 | |
Reemplazo | Kg | 20 | |||
Xxxx xx Xxxxx | Protección Anticorrosiva | M2 | 1 vez al año | 2 a 5 | |
Cadenas de Fondeo | Limpieza | ML | Cada 2 años | 2 a 5 | |
Reemplazo | Kg | 00 | |||
Xxxxx, xxxxxx x Xxxx de | Limpieza | M2 | Cada 2 años | 5 | |
Hormigón Armado | Reparación menor | M2 | 10 | ||
Cantonera xx Xxxxx | Protección Anticorrosiva | M2 | 1 vez al año | 5 | |
Reemplazo | Kg | 10 a 15 | |||
Cornamuza xx Xxxxx | Protección Anticorrosiva | M2 | 1 vez al año | 2 a 5 | |
Reemplazo | Kg | 10 a 15 | |||
Elementos xx Xxxxxx | Preservante creosota | M2 | 1 vez al año | 2 a 5 | |
Reemplazo Maderas | Pulg | 5 a 8 | |||
Defensas de Goma | Reemplazo Maderas con Preservantes al vacío Reemplazo | Pulg Nº | 1 vez al año | 10 5 a 10 | |
Defensas de Neumáticos | Reemplazo | Nº | 1 vez al año | 5 | |
Dolos o tetrápodos de Hormigón Escala de Xxxx xx Xxxxx | Reemplazo Protección Anticorrosiva | Nº M2 | Cada 2 años 1 vez al año | 20 a 25 2 a 5 | |
Reemplazo | Kg | 10 | |||
Funda de Hormigón | Reemplazo | M3 | 1 vez al año | 10 a 15 | |
Gavión de Alambres Plastificados | Reparación parcial Reemplazo | M2 M3 | 1 vez al año | 5 10 a 15 | |
Losa de Hormigón Armado Muertos xx Xxxxx (Anclas) | Reparación en caso de fisuras menores Reemplazo | M2 Kg | 2 veces al año Cada 5 años | Según daño 15 a 20 | |
Muertos de Hormigón | Limpieza | M2 | Cada 2 años | 5 | |
Reemplazo | M3 | Cada 2 años | 20 a 25 | ||
Xxxxxxxxx xx Xxxxx | Protección Anticorrosiva | M2 | 1 vez al año | 3 | |
Reemplazo | Kg | 10 | |||
Pernos | Ajuste | N° | 1 vez al año | 1 | |
Reemplazo | Kg | 5 a 10 | |||
Xxxxxx xx Xxxxx | Protección Anticorrosiva | M2 | 1 vez al año | 5 |
FRECUENCIA ESTIMADA DE INSPECCION Y CONSERVACION Frecuencia mínima de Frecuencia Inspección mínima de Item Elemento Acción de Conservación Unidad Costo por parte Conservación Unitario de la por parte de la Empresa Empresa Adjudicatar Adjudicataria ia | |||||
Pilote de Hormigón | Reparación Parcial | M2 | 1 vez al año | 10 | |
Xxxxxx xx Xxxxx Portadefensa xx Xxxxx | Protección Anticorrosiva Protección Anticorrosiva | M2 M2 | 2 veces al año 1 vez al año | 5 5 | |
Reemplazo | Kg | 10 | |||
Riel | Limpieza | ML | Mensual | Cada 3 meses | |
Cambio de clips y pernos | ML | 5 | |||
Roca Sacos de Hormigón | Reubicar y/o reponer en caso de desplazamiento Reemplazar en caso de | M3 M3 | 1 vez al año Cada 5 años | 10 10 | |
Tablaestaca xx Xxxxx | desplazamiento Protección Anticorrosiva | M2 | 1 vez al año | 5 | |
Tablaestaca Plástica Vigas xx Xxxxx | Limpieza Protección Anticorrosiva | M2 M2 | 1 veces al año 1 vez al año | 2 5 | |
Vigas de Hormigón OTROS | Reparación en caso de fisuras menores | M2 | 2 veces al año | Según daño | |
2 | SERVICIOS BASICOS | ||||
Red Interna de Agua Potable | |||||
Fitting WC | Reemplazo | N° | Permanente | 3 | |
Llave de Bola | Reemplazo | N° | Permanente | 5 | |
Llave de Ducha | Cambio de goma | N° | Permanente | 1 | |
Reemplazo | N° | Permanente | 5 | ||
Llave de Lavaplatos | Cambio de goma | N° | Permanente | 1 | |
Reemplazo | N° | Permanente | 5 | ||
Llave de Lavatorio | Cambio de goma | N° | Permanente | 1 | |
Reemplazo | N° | Permanente | 5 | ||
Llave de Paso | Cambio de goma | N° | Permanente | 1 | |
Reemplazo | N° | Permanente | 5 | ||
Llave jardín | Cambio de goma | N° | Permanente | 1 | |
Reemplazo | N° | Permanente | 5 | ||
Red de Alcantarillado | |||||
Cámara Decantadora e Interceptora | Limpieza Reemplazo | N° N° | 6 meses 6 meses | 1 10 | |
Cámara Inspección tipo domiciliaria | Limpieza Reemplazo | N° N° | 6 meses 6 meses | 1 15 a 20 |
FRECUENCIA ESTIMADA DE INSPECCION Y CONSERVACION Frecuencia mínima de Frecuencia Inspección mínima de Item Elemento Acción de Conservación Unidad Costo por parte Conservación Unitario de la por parte de la Empresa Empresa Adjudicatar Adjudicataria ia | ||||
Fosa Séptica | Limpieza | N° | 6 meses | Según diseño |
Reemplazo | N° | 6 meses | 20 | |
Planta Elevadora | Limpieza | N° | 1 vez al año | 1 |
Reemplazo | N° | 1 vez al año | 20 a 25 | |
Resumidero | Limpieza | N° | 6 meses | 2 veces al año |
Reemplazo | N° | 6 meses | 15 a 20 | |
Sifón Lavaplato | Limpieza | N° | 6 meses | 2 veces al año |
Reemplazo | N° | 6 meses | 5 | |
Sifón Lavatorio | Limpieza | N° | 6 meses | 2 años |
Reemplazo | N° | 6 meses | 5 | |
Impulsión Aguas Servidas | ||||
Cambio anillos bombas Cambio bombas Reprogramación bombas Revisión tablero control Revisión técnica bombas | Gl Gl Gl Gl Gl | Según fabricantes Según fabricantes Según fabricantes Según fabricantes Según fabricantes | Según fabricantes Según fabricantes Según fabricantes Según fabricantes Según fabricantes | |
Red Eléctrica | ||||
Enchufes | Reaprete | N° | 1 vez al año | 1 |
Reemplazo | N° | 1 vez al año | 10 a 15 | |
Equipos de iluminación | Reaprete | N° | 1 vez al año | 1 |
Reemplazo | N° | 1 vez al año | 10 a 15 | |
Interruptores | Reaprete | N° | 1 vez al año | 1 |
Reemplazo | N° | 1 vez al año | 10 a 15 | |
Artefactos Sanitarios | ||||
Batería Ducha in situ | Reemplazo | N° | Permanente | 10 a 20 |
Calefont | Reemplazo | N° | Permanente | 10 a 20 |
Ducha | Reemplazo | N° | Permanente | 10 a 20 |
Lavamanos | Reemplazo | N° | Permanente | 10 a 20 |
Lavaplatos | Reemplazo | N° | Permanente | 10 a 20 |
Receptáculo de ducha | Reemplazo | N° | Permanente | 10 a 20 |
WC | Reemplazo | N° | Permanente | 10 a 20 |
Accesorios de Baño | ||||
Barra ducha cromada | Reemplazo | N° | Permanente | 2 |
Espejo mural | Reemplazo | N° | Permanente | 2 |
FRECUENCIA ESTIMADA DE INSPECCION Y CONSERVACION Frecuencia mínima de Frecuencia Inspección mínima de Item Elemento Acción de Conservación Unidad Costo por parte Conservación Unitario de la por parte de la Empresa Empresa Adjudicatar Adjudicataria ia | ||||
Porta rollos | Reemplazo | N° | Permanente | 2 |
Porta toallas | Reemplazo | N° | Permanente | 2 |
3 ELEMENTOS DE EDIFICACIONES Adoquín | Reparación | M2 | 1 vez al año | Según daño |
Antióxido | Pintar | M2 | 1 vez al año | 2 |
Asbesto cemento | Reparación | M2 | 1 vez al año | Según daño |
Azulejos | Reparación | M2 | 1 vez al año | Según daño |
Cerámico antideslizante | Reparación | M2 | 1 vez al año | Según daño |
Cholguán | Cambiar | M2 | 1 vez al año | Según daño |
Flexit | Reparación | M2 | 1 vez al año | Según daño |
Guardapolvo | Reparación | M | 1 vez al año | Según daño |
Látex | Pintar | M2 | 1 vez al año | 2 |
Masisa | Reparación | M2 | 1 vez al año | Según daño |
Oleo opaco | Pintar | M2 | 1 vez al año | 2 |
Quincallerías | Lubricar | N° | 6 meses | 2 veces al año |
Reemplazo | N° | 6 meses | 10 años | |
Rejas metálicas | Pintar | M2 | 1 vez al año | 2 |
Techumbre y Cubiertas | Pintar | M2 | Cada 2 años | 2 |
Reemplazo | M2 | Cada 2 años | 10 a 15 | |
XXXXXXXXXXXX | ||||
Xxxxxx | Xxxxxxxxxx | X0 | 0 vez al año | Según daño |
Adocretos | Reparación | M2 | 1 vez al año | Según daño |
Carpeta de Rodado | Reparación | M2 | 1 vez al año | Según daño |
Pavimento de Asfalto | Reparación | M2 | 1 vez al año | Según daño |
Pavimento de Hormigón | Reparación | M2 | 1 vez al año | Según daño |
Soleras | Reparación | M | 1 vez al año | Según daño |
Suelo Cemento | Reparación | M2 | 1 vez al año | Según daño |
Zarpas | Reparación | M | 1 vez al año | Según daño |
4 EQUIPOS | ||||
Cables | Reemplazo | M | 1 vez al año | Según |
Carro de Varado | Engrase | N° | 1 vez al mes | fabricante 1 vez al mes |
Lavado | N° | Después de uso | ||
Pintura | M2 | 1 vez al año | 2 | |
Grúa Hidráulica | Engrase | N° | 1 vez al mes | 1 vez al mes |
Pintura | M2 | 1 vez al año | 2 | |
Wuinche | Engrase | N° | 1 vez al mes | 1 vez al mes |
Pintura | M2 | 1 vez al año | 3 |
FRECUENCIA ESTIMADA DE INSPECCION Y CONSERVACION
Item
Elemento
Acción de Conservación Unidad Costo
Unitario
Pescante xx Xxxxx
Travel lift
Engrase Pintura Engrase
Pintura
N° M2 N°
M2
Frecuencia mínima de Inspección por parte de la Empresa Adjudicatar ia
1 vez al mes 1 vez al año 1 vez al mes
1 vez al año
Frecuencia mínima de Conservación por parte de la Empresa Adjudicataria
1 vez al mes 2
1 vez al mes
2
2.4. LABORES DE MANTENIMIENTO
Es necesario aclarar que lo señalado en este documento, se refiere a las condiciones mínimas de mantención, pudiendo ser mejoradas, ampliadas y/o perfeccionadas según lo determinen las necesidades.
En este punto se consideran tres acciones para prolongar la vida útil de las obras:
2.4.1. PREVENCION
Se refiere básicamente al establecimiento de normas y conductas tendientes a prolongar la vida útil de las instalaciones, las que generalmente por su inexistencia conducen a un uso inapropiado, provocando un deterioro prematuro de las obras.
El alto costo de las instalaciones portuarias construidas y entregadas al uso, exige disponer de una reglamentación de uso de las instalaciones, la cual debe contener las obligaciones razonables por parte de los usuarios, que permitirán la preservación de las obras.
2.4.2. MANTENCIÓN MENOR O RUTINARIA
Se entenderá por mantenimiento o conservación menor, a todos aquellos trabajos que por su naturaleza y costo, no comprometen estructuralmente las instalaciones, además, no requieren un uso de mano de obra especializada para su ejecución.
2.4.3. MANTENCIÓN MAYOR
Son todas aquellas obras que por su monto y naturaleza, superan las definidas como conservación menor.
2.5. CONSERVACIÓN Y OPERACIÓN DE INFRAESTRUCTURA PORTUARIA.
Se deben indicar los componentes de las obras que estarán afectas a conservación. Es necesario, además, que la administración de las obras vele por el debido respeto de otras normas relacionadas con la actividad productiva que se genera en torno a ellas, ya que pudieran constituirse en importantes restricciones para su uso o prestación de servicios.
De este modo, surgen dos tipos de acciones en la conservación de las obras; las de cuidado en el manejo y uso de las obras y las de conservación propiamente tal, y que a continuación se describen.
2.5.1. RELATIVAS A LA OPERACIÓN
La Empresa Adjudicataria deberá elaborar un Manual de Operación el cual estará referido básicamente al establecimiento de acciones y conductas de cuidado en el uso de las obras, las que coayudan a su óptimo estado y a una adecuada prestación de servicios durante toda su vida útil.
Sumado a lo anterior, se incorporan la observancia y respeto a normas relacionadas con las actividades productivas que las obras permiten realizar.
En síntesis, este tipo de acciones se sugiere agruparlas de la siguiente forma:
a) Respeto a las normas técnicas de uso de las instalaciones terrestres y de atraque.
b) Respeto a las normas de higiene y salubridad.
c) Respeto a las normas de actividad pesquera y acuícola.
d) Respeto a las normas de la actividad marítima.
e) Respeto de otras normas relacionadas con las actividades que en las obras se realizan.
f) Respeto a las reglas internas referidas al manejo de las obras.
En el caso especial de la operación de atraque xx xxxxx en la infraestructura portuaria, el Manual de Operación para las obras, deberá contar como mínimo con las siguientes variables:
- Las limitaciones operacionales,
- Embarcación de diseño,
- Capacidades máximas,
- Cargas (normales y eventuales) y
- Sobrecargas de diseño para cada una de las obras proyectadas,
- Condiciones de operación (vientos, corrientes, oleaje),
- Niveles máximos y mínimos de mareas,
- Lugares o costados de utilización para el atraque,
- Cantidad de embarcaciones que pueden utilizarla simultáneamente,
- Posibilidad de abarloamiento xx xxxxx;
- Faenas de aprovisionamiento de rancho, agua, víveres y las condiciones de ejecución,
- Horarios de operación,
- Enfilaciones y procedimiento de aproximación y atraque.
- Limitaciones climatológicas para la operación (Lluvia, marejada, neblina u otras).
- Procedimiento de segregación de cargas peligrosas de acuerdo al código IMDG (Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas) y
- Resoluciones de seguridad establecidas por la Autoridad Marítima local.
2.5.2. ACCIONES REFERIDAS A LA CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS.
Se refieren principalmente a las acciones físicas de conservación que se deberán practicar a los componentes de las obras.
Se sugiere agrupar los componentes de las obras según los siguientes tipos:
a) Obras de Atraque
b) Servicios básicos
c) Edificaciones
d) Equipos
2.5.3. CONSECUENCIAS DE NO REALIZAR LA CONSERVACIÓN O EJECUTARLA A DESTIEMPO.
Se refiere principalmente a las consecuencias que se tendría, por el hecho de no ejecutar las acciones de conservación o ejecutarlas a destiempo.
3.8 ANEXO N°6:
Licitación Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”
DECLARACIÓN JURADA DE DESIGNACIÓN REPRESENTANTE LEGAL DEL GRUPO LICITANTE ANTE EL MOP
En Santiago de Chile a de de 20 , comparecen: 1
a)
b)
c)
etc.
Los Interesados ya individualizados, que forman parte del Grupo Licitante
“ “ ,
declaramos bajo juramento nuestra decisión, de común acuerdo, de designar como representante legal ante el MOP, para todos los efectos del contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”, al Sr. (Sra.):
.
Representante Legal a) 2 Representante Legal b) Representante Legal c)
1 Nombres de los representantes legales de cada uno de los miembros del grupo licitante.
2 Firmas de los representantes legales de cada uno de los miembros del grupo licitante.
3.9 ANEXO N° 7:
Licitación Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”
DECLARACIÓN JURADA DE VOLUNTAD UNILATERAL DE APORTAR UN SERVICIO DE TRANSBORDADOR PARA EL TRAMO CHULCHUY - HUICHA
En Santiago de Chile, a de de 20 , comparece(n) 1:
a) (indicar nombre del representante legal) en representación de
, | |||
b) (indicar nombre del representante legal) , | en | representación | de |
c) (indicar nombre del representante legal) , | en | representación | de |
etc. | |||
Quien(es) bajo juramento declara(n): |
iii) El acatamiento de todas las disposiciones inherentes al proceso de licitación contenidas en las Bases de Licitación, Bases Técnicas, Circulares Aclaratorias y todos los demás documentos que rigen el contrato, con los resultados y consecuencias de ésta.
iv) La conexión Chulchuy - Huicha, se compromete (n) a aportar el servicio de un transbordador de propiedad del licitante (de uno o más integrantes del grupo licitante), en las condiciones, plazos y características solicitadas en las Bases de Licitación del contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Región de los Lagos, Conexión Chulchuy - Huicha”.
Representante Legal a) 2 Representante Legal b) Representante Legal c)
1 En caso de tratarse de un grupo licitante, indicar los nombres de los representantes legales de todos los integrantes del grupo.
2 En caso de tratarse de un grupo licitante, consignar las firmas de los representantes legales de cada uno de los miembros del grupo licitante.
3.10 ANEXO N° 8:
Licitación Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”
FORMULARIO PARA XXXXXX XX XXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XXXXXX
XXXXX
Xxxxxxx , Xxxxxxxx, Xxxxx. BOLETA DE GARANTÍA N°
VIGENCIA (según articulo 1.4.6.2. de las Bases de Licitación) MONTO EN UF: 1.500 UF
Queda depositado en esta oficina del Banco por RUT: A favor de : Director General de Obras Públicas, MOP RUT: 00.000.000-0
La suma de : Mil quinientas unidades de fomento***************************************** Pagadera a la Vista
“Para garantizar la Seriedad de la Oferta en la Licitación para el Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”.
3.11 ANEXO N° 9:
Licitación Contrato: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”
FORMULARIO PARA BOLETA DE GARANTÍA DE EXPLOTACIÓN PARA EL FIEL CUMPLIEMIENTO DEL CONTRATO
BANCO
Oficina , Santiago, Chile. BOLETA DE GARANTÍA N°
VIGENCIA (según articulo 1.4.6.2. de las Bases de Licitación) MONTO EN UF: 3.000 UF
Queda depositado en esta oficina del Banco por RUT: A favor de : Director General de Obras Públicas, MOP RUT: 00.000.000-0
La suma de : Três mil unidades de fomento***************************************** Pagadera a la Vista
“Para garantizar la explotación del Contrato de Chiloé: “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”
3.12 ANEXO Nº10
GOBIERNO DE CHILE MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Y
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Su localidad ha sido beneficiada con este servicio de transporte, que opera gracias al Programa de Subsidio al Transporte Regional
GOBIERNO DE CHILE
3.13 ANEXO N° 11:
Licitación Contrato “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”
DECLARACIÓN JURADA DE VOLUNTAD UNILATERAL DE APORTAR UN SERVICIO PROVISORIO DE LANCHA DE PASAJEROS
En Santiago de Chile, a de de 20 , comparece(n) 1:
a) (indicar nombre del representante legal) en representación de
, | |||
b) (indicar nombre del representante legal) , | en | representación | de |
c) (indicar nombre del representante legal) , | en | representación | de |
etc. | |||
Quien(es) bajo juramento declara(n): |
v) El acatamiento de todas las disposiciones inherentes al proceso de licitación contenidas en las Bases de Licitación, Bases Técnicas, Circulares Aclaratorias y todos los demás documentos que rigen el contrato, con los resultados y consecuencias de ésta.
vi) Que en la eventualidad de que con ocasión de un caso de fuerza mayor, el servicio de transbordadores se vea interrumpido en alguna de las rutas de conectividad indicadas en las presentes bases de licitación, se compromete (n) a aportar el servicio de un transbordador de propiedad del licitante (de uno o más integrantes del grupo licitante), en las condiciones, plazos y características solicitadas en las Bases de Licitación del contrato de “Servicio Integral para el Transporte Marítimo de la Comuna de Puqueldón, tramo Chulchuy - Huicha”.
Representante Legal a) 2 Representante Legal b) Representante Legal c)
1 En caso de tratarse de un grupo licitante, indicar los nombres de los representantes legales de todos los integrantes del grupo.
2 En caso de tratarse de un grupo licitante, consignar las firmas de los representantes legales de cada uno de los miembros del grupo licitante.