Servicios Especiales Obligatorios. Administración y Mantenimiento de Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico. • Adquisición y Reposición de Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico. El proyecto no considera otros servicios como alimentación, aseo y limpieza general, gestión integral de residuos hospitalarios, gestión de ropería, seguridad y vigilancia, estacionamientos, entre otros.
Servicios Especiales Obligatorios. Funcionamiento y Operación de áreas de Servicios Generales y Atención de Emergencias. - Servicio de Asistencia en Ruta. - Servicio de Atención a los Usuarios.
Servicios Especiales Obligatorios. El Concesionario estará obligado desde la autorización de la PSP hasta la extinción de la Concesión a proporcionar, los siguientes Servicios Especiales Obligatorios: • Funcionamiento y Operación del Área de Atención de Emergencias, según lo establecido en el artículo 2.4.5.1 de las BALI. • Servicio de Asistencia en Ruta según lo establecido en el artículo 2.4.5.2 de las BALI. • Servicio de Atención de Usuarios según lo establecido en el artículo 2.4.5.3 de las BALI. • Servicio de Gestión de Cobro y Facturación según lo establecido en el artículo 2.4.5.4 de las BALI.
Servicios Especiales Obligatorios. La Sociedad Concesionaria se encuentra obligada a otorgar gratuitamente los siguientes servicios: ✓ Funcionamiento y operación de las áreas de serviciosgenerales. ✓ Áreas de atención de emergencias y miradores turísticos. ✓ Servicio de asistencia y atención de usuarios en ruta. ✓ Servicio de gestión de cobro y facturación.
Servicios Especiales Obligatorios. Servicios Especiales Obligatorios onerosos: consiste en Entrega Regulada de Aguas Permanentes y es un servicio a aquellos Usuarios que siendo propietarios de derechos de aprovechamiento de aguas ejercicio permanente, consuntivo del río Ñuble, deseen contratar este servicio, siempre y cuando exista capacidad de almacenamiento en él, no se afecte el derecho de terceros, se respete lo establecido sobre la Regla de Operación y no altere el servicio definido en el punto anterior, estos dos últimos aspectos indicados en las BALI del contrato concesión.
Servicios Especiales Obligatorios. Administración y Mantenimiento de Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico. - Adquisición y Reposición de Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico.
Servicios Especiales Obligatorios. 28 Artículo Nº 61 –
Servicios Especiales Obligatorios. Cualesquiera otros servicios establecidos con carácter obligatorio en la Bases de Licitación.
Servicios Especiales Obligatorios. Los servicios obligatorios serán los que se establecen en los numerales 1.10.9.2 y 2.7.18 de las Bases de Licitación, cuya vigencia comienza a partir de la Puesta Provisoria en Servicios de la Fase 2 y cuyos principales ítems a consi- derar son:
Servicios Especiales Obligatorios. Cualquiera otros Servicios establecidos con carácter obligatorio en las Bases de Licitación. Estos serán gratuitos, según se determine en las Bases de Licitación.