REPÚBLICA DE COLOMBIA
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INSTITUTO NACIONAL DE VIAS SUBDIRECCIÓN DE ESTUDIOS E INNOVACIÓN
CONCURSO DE MERITOS ABIERTO CMA-DT-SEI-162-2018
OBJETO: INTERVENTORIA OPERATIVA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y DE SISTEMAS AL CONTRATO DE RECAUDO DE LAS ESTACIONES DE PEAJE Y PESAJE A CARGO DEL INVIAS
METODOLÓGIA Y PLAN DE CARGAS DE TRABAJO
Bogotá D.C., enero de 2019
TABLA DE CONTENIDO
4.1 FUNCIONES DE LA INTERVENTORÍA. 12
4.1.1 Funciones administrativas 14
4.1.3 Funciones ambientales 21
4.1.6 Funciones relacionadas con la gestión predial cuando el proyecto lo requiera 25
4.1.7 Revisión del proyecto 26
4.1.8 Control del personal y del equipo 28
4.1.10 Cambios o modificaciones en el diseño 29
4.1.11 Revisión de las metas de obra para pago 30
4.1.12 Elaboración de los planos definitivos e informes técnicos 30
4.1.13 Liquidación del contrato de interventoría 30
4.1.14 Inspección final de la obra 30
4.1.15 Control del programa de actividades 31
4.1.16 Control del equipo del contratista 31
4.1.17 Revisión y aprobación de las actas de obra. 31
4.1.18 Concepto sobre el soporte parcial por ajustes ¡Error! Marcador no definido.
4.1.19 Lista de los empleados y trabajadores del contratista 31
4.1.20 Elaboración del informe final de interventoría 31
5 EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS DE INTERVENTORÍA Y SUS RESULTADOS 33
6 LISTADO DE INFORMACIÓN NECESARIA 34
6.3. INFORMACIÓN SOBRE EL PERSONAL PROFESIONAL 34
6.4. PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DE DOCUMENTOS Y DE LAS DEMÁS SOLICITUDES 35
7.1 DISTRIBUCIÓN DE FUNCIONES Y DEDICACIÓN DEL PERSONAL CALIFICABLE 36
7.2 RECURSOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 37
1 OBJETIVOS
METODOLOGÍA Y PLAN DE CARGAS DE TRABAJO INTERVENTORÍA
El objetivo principal de la Interventoría es el seguimiento y control integral al Contrato de Concesión, que incluye pero no se limita a las actividades descritas en el Contrato de Concesión, de Interventoría y sus anexos en el presente documento.
Se indica expresamente que:
- Cuando se hace referencia al Contrato de Concesión es el seguimiento y control integral, que incluye, pero no se limita a las actividades descritas del Concesionario y de la Interventoría y sus anexos.
- El Contrato deInterventoría que se derive del presente Concurso de Méritos, es paralelo al Contrato de Concesión y por lo tanto si el mismollegare a suspenderse o terminarse por cualquiera de las causales previstas en la Ley y/o en el contrato mismo, el Contrato de Interventoría producto del presente Concurso de Méritos, según el caso, serán suspendido o liquidado por terminación de su objeto sin lugar a indemnización.
- Las actividades y obligaciones del Interventor se establece de manera general en la presente metodología y plan de cargas y se debe cumplirse y aplicarse siempre y cuando no entren en contradicción con el respectivo Contrato de Concesión, sus adendas, otrosíes y demás documentos aplicables al mismo. Para estos efectos, el INVIAS, en compañía del interventor establecerán la aplicabilidad de las actividades y obligaciones que se determinen.
En todo momento durante la vigencia del Contrato de Concesión, el Interventor será responsable de contar con el equipo de profesionales y los recursos físicos adecuados y suficientes, realizar efectivamente los procesos y actividades necesarias que le permitan realizar un control y seguimiento integral del cumplimiento de las obligaciones a cargo del Concesionario, en virtud del Contrato de Concesión respectivo. Para ello la firma Interventora designará a un Director General de Interventoría, quien contará con la autonomía para actuar y tomar decisiones en su nombre, quien a su vez contará con un equipo de profesionales y personal con la capacidad y experiencia mínima requerida por área de actividad.
Como parte de sus funciones por área de gestión el Interventor deberá cumplir con los siguientes Objetivos Específicos, según apliquen al Contrato de Concesión:
(a) Gestión Administrativa:
(b) Gestión Técnica:
Realizar los procesos y actividades relacionadas con la medición, pruebas, evaluación y verificación de procedimientos, intervenciones y desempeño del Concesionario en el área técnica durante la ejecución de las actividades del Contrato de Concesión, según aplique así como durante la terminación del contrato de Interventoría.
(c) Gestión Financiera:
Realizar los procesos y actividades relacionadas con la revisión y control del manejo financiero del Contrato de Concesión entre el Concesionario y el INVÍAS incluyendo la revisión y seguimiento del manejo de recursos a través de la fiducia establecida para el respectivo Contrato de Concesión.
(d) Gestión Jurídica:
Realizar los procesos y actividades enfocadas en verificar la aplicación y cumplimiento de los aspectos regulatorios y contractuales relacionados con el respectivo Contrato de Concesión, así como apoyar al INVÍAS en todos los aspectos jurídicos que se susciten en el desarrollo del contrato.
(e) Gestión Ambiental:
Realizar los procesos y actividades enfocadas en la coordinación de las diferentes actividades y métodos de control, tendientes a propiciar que las obras, programas y medidas planteadas en los estudios de impacto ambiental, planes de manejo ambiental, PAGA y de disposición de residuos sean implementadas para minimizar los efectos ambientales negativos y maximizar los positivos, de acuerdo con la normativa aplicable y las directrices que sobre la materia dicte el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o la Autoridad competente
(d) Gestión Social:
Realizar los procesos y actividades enfocadas en asegurar el cumplimiento por parte del Concesionario de las obligaciones sociales contenidas en el Plan de manejo ambiental del Contrato de Concesión o el PAGA con el fin de lograr la minimización y mitigación de los impactos sociales que genere el desarrollo del mismo. Incluye la verificación del cumplimiento xx xxxxx en materia de atención al usuario, seguimiento del trámite que da el Concesionario a peticiones, quejas o inquietudes de las comunidades con respecto al manejo social del Contrato de Concesión, consultas previas a comunidades indígenas, afro descendientes, entre otras, y en general, la verificación de la aplicación de la ”Ley Aplicable”.
(e) Gestión Predial:
Realizar los procesos y actividades enfocadas en el control y vigilancia técnica, jurídica y social de la gestión que adelanta el Concesionario para la adquisición de las áreas requeridas para la ejecución del Contrato de Concesión, mediante la vigilancia del cumplimiento normativo y contractual en la materia y control de la gestión predial.
(f) Gestión de Seguros:
Realizar los procesos y actividades enfocadas en asegurar el cumplimiento por parte del Concesionario de las obligaciones relacionadas con la consecución y mantenimiento de los seguros, pólizas y garantías exigidos para el Contrato de Concesión, verificando entre otros la correcta y oportuna expedición de las mismas, validez jurídica y vigencia, según lo prevé el correspondiente Contrato de Concesión.
(g) Gestión de Riesgos:
Diseñar e implantar un sistema dedicado a la identificación y previsión de los principales riesgos asociados con el Contrato de Concesión, que permita prever, organizar y realizar acciones frente a la posibilidad de materialización de riesgos y minimización de impactos, que pudieran poner en riesgo la viabilidad y buena ejecución del Contrato de Concesión.
(h) Gestión de Aforo y Recaudo:
Realizar los procesos y actividades relacionadas con la revisión y control del aforo y auditoría del Contrato de Concesión, incluyendo, entre otros, la revisión de informes de aforo, la implementación de sistemas fílmicos para verificación de tránsito y la ejecución de conteos de tráfico.
(i) Gestión Contable: Mantener al día la contabilidad en términos de recursos, cumplimiento de los compromisos financieros del contrato a cargo del concesionario, establecer el valor de la inversión privada, documentar idónea y oportunamente los registros contables pertinentes, informar sobre los recaudos de las tasas, suministrar al INVIAS con oportunidad todos los soportes y formatos requeridos para la actualización contable de la Entidad en los términos que la misma defina.
(j) Gestión de Calidad: Coordinar el sistema de Gestión de Calidad de la Interventoría con los procesos del INVIAS para prever, organizar y realizar acciones coordinadas que permitan la buena ejecución del Contrato de Concesión.
2 ALCANCE
Para el cumplimiento, por parte del Interventor, de los términos y condiciones establecidos en el Contrato de y en todos y cada uno de los documentos que integran el Contrato de Interventoría, sin perjuicio de las actividades específicas señaladas en el presente documento para el Contrato de Interventoría, al igual que las señaladas en el Contrato de Concesión, el alcance del objeto del Contrato de Interventoría incluye, sin limitarse:
(a) La revisión, verificación, análisis y la emisión de conceptos de manera permanente en relación con todos los aspectos derivados del Contrato de Concesión, incluyendo, entre otros, los aspectos técnicos, financieros, contables, prediales, sociales, ambientales, jurídicos y administrativos.
(b) El Interventor está autorizado para (i) impartir instrucciones y órdenes al Concesionario sobre aspectos regulados en el Contrato de Concesión que sean de obligatorio cumplimiento por parte del Concesionario. y (ii) exigirle la información que considere necesaria, siempre y cuando se relacione con el objeto del Contrato de Concesión, la cual deberá ser suministrada por el Concesionario dentro de los 3 días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de solicitud, o dentro del plazo que se encuentre establecido en el Contrato de Concesión, si este lo estableciere. El Interventor podrá, si así lo estima conveniente, por la naturaleza de la información solicitada, ampliar el plazo para la entrega de la información por parte del Concesionario. En todo caso, las instrucciones, órdenes y/o recomendaciones que imparta el Interventor al Concesionario deberán hacerse por escrito y se ceñirán a lo establecido en el Contrato de Concesión.
(c) El Interventor no podrá exonerar al Concesionario de sus obligaciones o responsabilidades. Todas las comunicaciones y órdenes del Interventor serán expedidas o ratificadas por escrito, numeradas en forma consecutiva y con su respectivo sello de recibido.
(d) El Interventor será el representante del INVÍAS frente al respectivo Contrato de Concesión, para lo cual deberá aplicar todas las normas técnicas y metodologías vigentes, y en general deberá aplicar todos los principios y normas de seguimiento y control comúnmente aceptados en el país que resulten aplicables al Contrato de Concesión. Adicionalmente, el Interventor será el responsable de revisar e informarse de todos los antecedentes referentes al Contrato de Concesión. Para este efecto, el Interventor deberá tener en cuenta además de la Normatividad contemplada en el Contrato de Interventoría básico, sus adicciones y otrosíes; todas aquellas normas técnicas vigentes que resulten aplicables, dentro de las cuales se enuncian las siguientes:
Manual de Interventoría adoptado mediante la Resolución No. 09337 del 30 de diciembre de 2016
El Manual de Gestión Socio • Ambiental y Predial de Proyectos Viales en Colombia • INVIAS, versiones 2000 y 2002, Licencias ambientales y sus modificaciones.
Guía de manejo ambiental de proyectos de infraestructura del INVIAS, adoptado mediante resolución Resolución No. 04001 del 3 de septiembre de 2013.
El Código Colombiano de Diseño Sísmico xx Xxxxxxx, adoptado mediante Resolución No. 0003600, del 20 xx xxxxx de 1996, emanada del Ministerio de Transporte.
Las Normas de Ensayo para Carreteras, adoptadas mediante Resolución No. 001375 del 26 xx xxxx de 2014
Las Especificaciones Generales de Construcción de Carreteras, adoptadas mediante Resolución No. 001376 del 26 xx xxxx de 2014
El Manual de Capacidad y Niveles de Servicio para Carreteras de Dos Carriles segunda versión, adoptado mediante Resolución No. 005864, del 12 de noviembre de 1998, emanada de la Dirección General del INVIAS.
El Manual de Diseño Geométrico para Carreteras, adoptado mediante Resolución No. 000744, del 4 xx xxxxx de 2009.
El Manual de Señalización Vial, adoptado mediante resolución No 1050 de 2004, emanada del Ministerio de Transporte y sus modificaciones.
El Manual de Diseño de Pavimentos Asfálticos en Vías con Medios y Altos Volúmenes de Tránsito, adoptado mediante Resolución No. 000803, del 6 xx xxxxx de 2009.
El Manual de Diseño de Pavimentos Asfálticos en Vías con bajos Volúmenes de Tránsito, adoptado mediante Resolución No. 003482, del 29 xx xxxxxx de 2007.
La Guía Metodológica para el Diseño de Obras de Rehabilitación de Pavimentos Asfálticos de Carreteras, adoptada mediante Resolución No. 000743 del 4 xx xxxxx de 2009.
El Manual de Drenaje para Carreteras, adoptado mediante resolución No. 000024 del 7 de enero de 2011.
Manuales de inspección de obras del INVÍAS (Estructuras de drenaje, pavimentos flexibles, pavimentos rígidos, puentes y xxxxxxxx, y obras de estabilización)
Norma sismo resistente 2010 NSR-10 y sus modificaciones.
La Resolución No. 0046 del 10 de enero de 2013 y Resolución No 0114 del 21 de enero de 2012, emanada del Ministerio de Transporte, por la cual se establece el diseño y los parámetros que debe contener las vallas y demás elementos de información de las obras y proyectos de infraestructura..
.Ley No 1474 del 00 xx xxxxx 0000.
Todos los documentos, entre otros el Pliego de Condiciones, Contrato y demás antecedentes del Contrato de Concesión objeto de la Interventoría.
Ley 1882 del 15 de enero de 2018 “Por la cual se adicionan,, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la contratación pública en Colombia, la Ley de infraestructura y se dictan otras disposiciones”
Cabe aclarar que se tendrán en cuenta y deberán ser implementadas las normas que sustituyan, reemplacen o deroguen las aquí mencionadas a la fecha de ejecución de los estudios.
3 METAS
La interventoría dará estricto cumplimiento al Manual de Interventoría 2016, adoptado mediante Resolución 9337 del 30 de Diciembre de 2016 del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS.
La interventoría tiene el objeto de representar al Instituto Nacional de Vías, controlando la acción del Concesionario, para verificar que se cumplan las especificaciones y normas técnicas, las actividades administrativas, técnicas y de ejecución de las Gestiones Sociales, Prediales y Ambientales, legales, financieras y presupuestales establecidas en el manual de interventoría de la entidad.
El interventor deberá realizar el control de la ejecución de las actividades del proyecto dentro del plazo establecido para ello, exigiendo al Concesionario el debido cumplimiento de los compromisos y exigencias contractuales establecidas en el Contrato de Concesión, pliegos, propuesta, manual de interventoría, especificaciones y demás documentos que hacen parte del contrato.
El interventor deberá revisar de manera permanente el avance del proyecto y aprobar el cumplimiento de las metas en los plazos establecidos, deberá efectuar reuniones técnicas de seguimiento y control, llevar estricto control de los aspectos financieros del Contrato de Concesión y de Interventoría y en general cumplir con todas las obligaciones establecidas en el Manual de interventoría del Instituto vigente.
El interventor deberá solucionar de manera oportuna los problemas técnicos que se llegaran a presentar en la ejecución del proyecto.
A continuación se describen las principales metas a alcanzar por parte de la interventoría:
1. Verificar el cumplimiento del Contrato de Concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje que se encuentren a cargo del Instituto Nacional de Vías, sus respectivos adicionales, modificaciones y aclaraciones.
2. Realizar diariamente por parte de los ingenieros auditores de sistemas y/o supervisores según el cronograma de distribución de personal, las siguientes actividades en cada una de las estaciones de peaje:
• Determinar y validar el tráfico real.
• Verificar el valor de la consignación diaria en cada una de las estaciones de peaje a cargo.
• Envío de información diaria a la oficina principal de la Interventoría indicando el número de vehículos para cada categoría, vehículos que pagan, vehículos especiales, vehículos exentos, ajustes, sobrantes, evasores (indicando placas) y recaudo.
• Reportar diariamente a la oficina principal de la Interventoría el detalle de la consignación realizada a diario en cada una de las estaciones de peaje, indicando nombre de la cuenta, NIT, Entidad, tipo de cuenta, número de cuenta, valor y día de recaudo al cual corresponde la consignación.
3. Con el fin de garantizar al INVIAS la auditoría y/o supervisión de la operación del recaudo realizada por el Concesionario, la Interventoría deberá garantizar una permanencia de cinco (5) horas mínimo en cada estación de peaje, según el cuadro de distribución de personal en campo.
4. Durante los meses en los cuales el Concesionario realice la operación del recaudo en forma manual, la Interventoría deberá intensificar la permanencia en las estaciones de peaje con el fin de garantizar al INVIAS la auditoría y supervisión de la operación del recaudo realizada por el Concesionario; durante este periodo se deberá reportar el cumplimiento contractual por parte del Concesionario en cuanto a la atención a los usuarios, prestación del servicio, control de boletería, base fija de dinero de todas las denominaciones, tránsito de vehículos especiales y exentos.
5. Elaborar y suscribir las actas de entrega y/o recibo de las estaciones de peaje y pesaje
6. Apoyar al INVIAS en el proceso de entrega y recibo de estaciones y/o reversiones de las Estaciones de Peaje y Pesaje, realizando las actividades que el INVIAS determine. Mantener actualizado el inventario físico de la infraestructura de las Estaciones de Peaje y Pesaje.
7. Verificar que los equipos de control de tránsito, equipos de Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje entregados por el Invias al Concesionario, permanecen plenamente operativos y en el correcto funcionamiento y calibrados cumpliendo con su funcionalidad.
8. Verificar que el Concesionario, cumpla con el cronograma de mantenimiento tanto de equipos de control de tránsito, equipos de Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje, como de la infraestructura física de las estaciones de peaje y pesaje.
9. Realizar con la periodicidad establecida en el Plan de Auditoría de Sistemas, las pruebas necesarias para verificar el correcto funcionamiento de los equipos de control de tránsito, Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje.
10. Implementar el plan de auditoría y plantear sugerencias para el mejoramiento del mismo, acorde con los niveles de riesgo del proceso de recaudo. Dichas mejoras y/o sugerencias deberán ser entregadas durante el primer mes de ejecución del Contrato, para consideración y aprobación por parte del INVIAS.
11. Realizar la auditoria de los informes diarios de recaudo en cada una de las estaciones de peaje.
12. Rendir informes semanales y mensuales sobre el estado de la infraestructura física de las estaciones de peaje y de pesaje, así como de los equipos de control de tránsito, Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje.
13. Revisar y aprobar los informes semanales y mensuales presentados por el Concesionario, respecto a los datos de tránsito, recaudo y consignaciones.
14. Revisar y verificar el cumplimiento del procedimiento establecido en la determinación de los TPD requeridos para la realización de los conteos mediante los cuales se determina la confiabilidad de los equipos de control de tránsito, según lo establecido en el Contrato de Concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje.
15. Verificar la confiabilidad de lectura de los dispositivos utilizados para el Recaudo Electrónico Vehicular (REV).
16. En el Plan de Auditoria de Sistemas realizar, entre otras, las siguientes actividades:
Evaluación de riesgos e implementación de controles
Aplicación de técnicas y herramientas de verificación de controles manuales y automatización de las aplicaciones.
Evaluación de la seguridad física y lógicas en las estaciones de peaje y pesaje.
Evaluación del software y del hardware.
Elaboración y organización de papeles de trabajo.
Elaboración y presentación de informes de auditoría.
Requerir al Concesionario ante cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales, comunicarle esta circunstancia al INVIAS y adoptar los procedimientos previstos en el contrato.
Implementar un plan de aseguramiento de la calidad en los procesos de INTERVENTORÍA, que asegure la adecuada documentación y archivo de los procesos de verificación y control de calidad, de acuerdo a la norma ISO 9001 en su versión vigente.
En general, vigilar y controlar que el Concesionario cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución del proyecto.
17. Rendir informes semanales y mensuales incluyendo los resultados obtenidos en las pruebas para la determinación del margen de error tanto de equipos de control de tráfico como de los de control de peso, establecidos en el Contrato de Concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje.
18. Rendir informes semanales, mensuales y/o cuando el INVIAS lo requiera para todas las estaciones de peaje y pesaje que incluya las verificaciones realizadas por el personal en campo, donde se muestren las novedades abiertas dejadas en las estaciones de peaje y que garanticen al INVIAS que se desarrolla el seguimiento al Contrato de Concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje según los requisitos allí establecidos.
18. Verificar la operación del recaudo y control de fechas de consignaciones según lo establecido en el Contrato de Concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje.
19. Realizar las pruebas operativas establecidas para la verificación de la operación en las estaciones de peaje y pesaje, garantizando el normal funcionamiento de las mismas.
20. Apoyar al INVIAS en el proceso de empalme en la operación del recaudo cuando se realice cambio de Concesionario.
21. Verificar las transmisiones de datos e imágenes generados desde las estaciones de peaje hacia el Centro de Control operativo CCO.
22. Suscribir las actas definidas en la minuta del Contrato de Concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje que se encuentren a cargo del Instituto Nacional de Vías
23. Validar la información mensual inherente a la liquidación parcial del Contrato de Concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje
24. Elaborar y suscribir en conjunto con el INVIAS el acta de la liquidación final del Contrato de Concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje.
25. Mantener actualizado el inventario de señalización horizontal y vertical de las estaciones de peaje y pesaje, según los requerimientos del manual de señalización del INVIAS, el cual debe estar soportado por registros fotográficos.
26. Evaluar permanentemente el cumplimiento del nivel de servicio que el Concesionario está obligado a prestar a los usuarios de la infraestructura de transporte y aplicar los ajustes por compensación y/o sanciones contempladas en el Contrato de Concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje.
27. Verificar el cumplimiento del pago de servicios públicos, obligaciones fiscales y parafiscales.
28. Mantener los inventarios de equipos de control de tránsito, Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y equipo de control de peso actualizados.
29. Diseñar por lo menos dos indicadores de gestión por cada tema (Operativo, administrativo, financiero, de sistemas e infraestructura) que indiquen la ejecución del Contrato de Concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje que se encuentren a cargo del Instituto Nacional de Vías.
30. Verificar que los certificados de calibración de las básculas se encuentren vigentes.
31. Verificar el funcionamiento de las básculas por medio de la determinación de errores máximos permitidos según el procedimiento establecido por el INVIAS basados en la norma NTC 2031 y/o la vigente.
32. Verificar y avalar que todos los vehículos que hacen uso de la infraestructura vial sean pesados conforme a las disposiciones legales vigentes.
33. Verificar el informe de todos los vehículos reportados con sobre peso y su correspondiente número de comparendo.
34. Declarar el Impuesto de Industria y Comercio el cual deberá presentar en forma anual y para ello debe inscribirse en cada Municipio que realice la actividad que le corresponda, como responsable del hecho generador.
35. Será responsable por la elaboración de las Actas de comité de seguimiento a la ejecución de los contratos de Interventoría y recaudo de peaje
4 METODOLOGÍA
Los procesos y actividades a ser desarrollados por la Interventoría se vinculan directamente a las fases del Contrato de Concesión, a ser ejecutadas dentro del plazo previsto de duración del Contrato de Interventoría. De esta forma, las actividades del Contrato de Interventoría, según aplique, se dividen en los siguientes Grupos:
A. Interventoría previa ejecución del Contrato de Concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje.
Contempla las actividades y procesos de la Interventoría aplicables a la verificación de todos los productos y actividades del Concesionario previos al inicio de la ejecución del Contrato de Concesión.
B. Interventoría a la ejecución del Contrato de Concesión:
Contempla las actividades y procesos de la Interventoría aplicables a la verificación de todos los productos y actividades del Concesionario en la Fase de la ejecución de las actividades, que se realizará una vez se haya verificado por parte del Interventor la terminación de fase previa y que las mismas cumplan con las especificaciones previstas para el contrato.
C. Interventoría al mantenimiento:
Contempla las actividades y procesos de la Interventoría aplicables a la verificación de todos los equipos y actividades de mantenimiento, la cual concluirá en el término del plazo contractual.
OTRAS CONSIDERACIONES:
El Interventor desarrollará muchas de sus funciones en forma simultánea, y según aplique al Contrato de Concesión.
Estas actividades constituyen obligaciones de la Interventoría para la ejecución del Contrato y deben ser tomadas en consideración junto con aquellas establecidas en el Contrato de Concesión y sus adicionales. En caso de existir contradicción entre las actividades presentadas a continuación y las establecidas en el Contrato de Concesión, prevalecerán las establecidas en el Contrato de Concesión.
El enfoque sobre el cual deben girar la ejecución del Contrato de Interventoría, es la revisión y vigilancia de las obligaciones a cargo del Concesionario, sobre los principios básicos y fundamentales indicados en las normas vigentes. que es la distribución y asignación de riesgos.
La Interventoría de un contrato de Concesión está facultada para actuar de acuerdo con lo establecido en la Ley, con lo estipulado en la propuesta técnica y económica y correspondiente contrato, y con lo regulado en el Manual de Interventoría del Instituto de tal manera que garantice los servicios requeridos y los resultados esperados determinados entre otros así:
Representar al Instituto para la adecuada ejecución del Contrato de Concesión apoyándolo en la dirección y coordinación del mismo sin ir en contra de la misión y los valores de la entidad.
Informar y conceptuar al Instituto en forma continua y periódica sobre el avance, problemas y soluciones presentados en el desarrollo del contrato.
Verificar el cumplimiento de la normatividad vigente, requerimientos de la autoridad ambiental competente y además las especificaciones de cada uno de los aspectos ambientales contenidos en el contrato.
Asegurar la mitigación del impacto ambiental causado por la ejecución de las actividades inherentes al Contrato de Concesión.
Asegurar la calidad de la instalación de los equipos, iniciando su intervención desde la revisión y aprobación.
Efectuar un estricto control de la calidad de los equipos empleados por el Concesionario, a partir de las especificaciones técnicas dadas por el Instituto.
Asegurar el cumplimiento de las metas contractuales logrando que se desarrolle el contrato dentro del tiempo e inversión previstos originalmente.
Armonizar la interacción del Contratante y del Concesionario para el logro general del objeto contractual
Entregar los informes, actas y demás documentos dentro de los plazos establecidos, de acuerdo a lo establecido por la entidad para el trámite pertinente.
La interventoría velará por que todos los documentos que se generen en desarrollo de un contrato estarán organizados de acuerdo con las normas del Archivo General de la Nación Ley 594 de 2000.
Permitir a la sociedad civil el conocimiento y seguimiento de la ejecución del proyecto. El Concesionario, el Interventor, el Supervisor y/o Gestor atenderán las peticiones de los ciudadanos, comunidades y veedurías ciudadanas.
Para el proyecto, en caso de requerirse el interventor seguirá los lineamientos y adoptará los formatos Informes de Cumplimiento Ambiental (ICA) que para la supervisión y seguimiento trace el MAVDT los cuales se podrán conseguir en la siguiente página WEB xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx.
El Concesionario e interventoría deberán velar, de manera especial, por el estricto cumplimiento de la programación del Concesionario, lo anterior, considerando las implicaciones de este proceso en el PROGRAMA ANUAL DE CAJA PAC” de la Entidad.
Para el cumplimiento de las exigencias de calidad, los formatos e instructivos y demás documentos serán elaborados con sujeción al tamaño y modelo establecido en los manuales de la entidad.
Cualquier cambio en los formatos e instructivos y demás documentos, previa solicitud, deberá ser aprobado por la Secretaria General Administrativa, siguiendo el procedimiento interno instituido.
Asegurar mediante una interventoría proactiva, la calidad del desarrollo del objeto del contrato.
En todo caso, deberá cumplirse con el Manual de interventoría que se esté vigente en la entidad en cada momento de ejecución del contrato de interventoría.
Para el logro del cometido, además de las funciones citadas y las contempladas en el Manual de Interventoría vigente, la interventoría ejercerá las siguientes funciones respecto del Proyecto a intervenir:
4.1 FUNCIONES DE LA INTERVENTORÍA.
Verificar que los equipos de control de tránsito, equipos de Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje entregados por el INVIAS al Concesionario permanecen plenamente operativos cumpliendo con su funcionalidad.
La interventoría deberá tomar las decisiones y asumir las responsabilidades para la buena ejecución del Contrato de Concesión, cumpliendo con lo establecido en el manual de interventoría y en el presente documento y no trasladar responsabilidades que pueda y deba asumir la interventoría a la Entidad Contratante.
Deberá presentar conceptos sólidos desde el punto de vista técnico, jurídico, administrativo, financiero, predial, ambiental, social, etc., y además claros, precisos, contundentes y breves, en los que fije su posición respecto a cada uno de los casos que se presenten durante la ejecución del Contrato de Interventoría o en los casos en que sean solicitados por la Entidad.
Deberá presentar los conceptos solicitados por la Entidad como máximo dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de la fecha de la solicitud efectuada por el INVÍAS.
Además de estudiar el proyecto, el Interventor analizará el contrato, el pliego de condiciones, los anexos y cualquier otro documento oficial concerniente al proyecto.
El estudio de la minuta del Contrato de Concesión y demás condiciones contractuales, marcarán las pautas para la administración general del proyecto y, por consiguiente, las condiciones legales del mismo.
Proveer el conocimiento especializado necesario para garantizar la identificación de las mejores soluciones acorde con las condiciones y requerimientos establecidos.
Organizar y poner al servicio del cliente y del proyecto los recursos humanos y técnicos que sean apropiados para garantizar el desarrollo del trabajo, dentro de los más estrictos parámetros éticos, de calidad y de cumplimiento en alcance, tiempo y costos.
Realizar las acciones necesarias para garantizar su actualización científica y tecnológica en las áreas de su competencia, incorporar el nuevo conocimiento en el desarrollo del trabajo y, en general, propender porque los servicios prestados tengan el mayor valor agregado posible para beneficio del proyecto.
Desarrollar la actividad Consultora de acuerdo con estrictos principios de moralidad y ética profesional.
El Interventor deberá ser un eficiente, responsable y xxxx representante del INVIAS, sin perjuicio de su obligación de colaborar para el logro de los fines de la contratación.
Ejercer una Interventoría integral sobre el Contrato de Concesión objeto de esta interventoría, en nombre del INVIAS, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al Concesionario la información que considere necesaria, sin perjuicio de las demás revisiones y verificaciones que deba efectuar en cumplimiento del contrato de Interventoría.
La Interventoría deberá además del informe semanal contemplado en el Manual de Interventoría, elaborar y mantener actualizada una ficha técnica del Contrato de Concesión e interventoría de acuerdo con las orientaciones del INVÍAS, la cual deberá ser remitida semanalmente a la entidad en medio físico y magnético. Así mismo deberá anexar al Informe Mensual una ficha mensual según las orientaciones de la entidad, la cual deberá ser remitida en medio físico y magnético.
La Interventoría además de los informes contemplados en el manual de Interventoría y en este documento, deberá presentar todos aquellos informes que sean requeridos por la Entidad durante la ejecución del contrato y hasta el término de vigencia de la garantía de calidad objeto de la Interventoría.
Verificar el cumplimiento por parte del Concesionario el cumplimiento del programa de actividades y cumplimiento de las metas establecidas en él, y en los plazos previsto. Por lo tanto será el encargado de realizar las mediciones respectivas de avance y de cumplimiento de actividades.
Preparar y presentar a la Subdirección de Estudios e Innovación del INVIAS, dentro de los cinco (05) primeros días calendario de cada mes, un Informe Mensual que, metodológicamente, comprenderá una parte ejecutiva y otra de temas generales. La parte ejecutiva contendrá indicadores de gestión presentados de forma visual, gráficos u otras herramientas que permitan comprender rápidamente el estado del Proyecto, indicando las conclusiones y recomendaciones de la Interventoría. La parte general del informe contendrá el análisis de los datos del Proyecto, entre otros, de los siguientes: (i) el desarrollo y avance del programa de actividades (ii) los problemas presentados y las soluciones planteadas; (iii) las actividades y gestiones de la Interventoría; (iv) la relación de temas pendientes y las causas de su no definición; (v) en caso de requerirse el avance de la Gestión Social, Predial y Ambiental y la implementación de las medidas respectivas; y (vi) las conclusiones y recomendaciones
de la Interventoría. Este informe deberá incluir el concepto del Interventor sobre todos y cada uno de los asuntos cuya revisión, evaluación y análisis tenga éste a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el contrato de Interventoría y en la propuesta técnica y económica correspondiente, así como en el Contrato de Concesión, sus Apéndices, otro si y Anexos.
Dentro de los diez (10) días siguientes al vencimiento del plazo del contrato de Interventoría, deberá presentar el Informe Final, el cual metodológicamente comprenderá una parte ejecutiva y otra de temas generales, la parte ejecutiva contendrá indicadores de gestión presentados de forma visual, gráficos u otras herramientas que permitan comprender rápidamente el estado del proyecto, así como las conclusiones y recomendaciones de la Interventoría. El informe general contendrá el análisis de datos, entre otros los de: balance general de todas las tareas y actividades del proyecto, durante el ejercicio de la Interventoría y la situación de cada una de ellas al concluir su gestión. Este informe deberá contener la relación de los documentos y asuntos pendientes relacionados con el proyecto, indicando las causas de su no solución y las recomendaciones especiales que el Interventor crea convenientes para el adecuado desarrollo del mismo. El Informe Final se acompañará de un archivo fotográfico y de video del proyecto, así como indicará una relación de temas pendientes y las causas de su no definición.
Xxxxxx hacer entrega a la Interventoría que la reemplace, o quien el INVIAS designe mediante acta, archivo, planos, carteras de campo, informes técnicos y administrativos, y en fin toda la información con la MEMORIA TECNICA elaborada con respecto al contrato de Concesión.
Cada vez que se requiera, la Interventoría deberá conceptuar sobre los problemas de ejecución, seguimiento, control y forma de pago de la obra y de Interventoría y proponer soluciones SUFICIENTEMENTE SOPORTADAS en las que asuma una posición clara y precisa frente al Instituto. La Interventoría deberá asumir todas y cada una de las responsabilidades que le corresponden y no trasladarlas al Instituto.
Informar claramente al Instituto las situaciones problemáticas que se presenten o se puedan presentar durante la ejecución del contrato, no limitándose a colocarla en el informe mensual o en alguno de sus anexos.
Acompañar permanentemente al INVIAS en los procesos de multas y sanciones por incumplimientos que tenga que adelantar la Subdirección de Estudios e Innovación al Concesionario. Para lo cual deberá tener absoluta disposición frente a los requerimientos de la Entidad y conceptuar de manera oportuna, clara, precisa y suficientemente soportada fijando claramente su posición al respecto.
Acompañar permanentemente al INVIAS en los procesos por calidad que tenga que adelantar la Subdirección de Estudios e Innovación al Concesionario.
Las demás establecidas en el Manual de Interventoría 2016, adoptado mediante Resolución 9337 del 30 de Diciembre de 2016 del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS.
4.1.1 Funciones administrativas
Verificar el cumplimiento del Contrato de Concesión para el recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje que se encuentren a cargo del Instituto Nacional de Vías, sus respectivos adicionales, modificaciones y aclaraciones.
Realizar diariamente por parte de los ingenieros auditores de sistemas y/o supervisores, las siguientes actividades en cada una de las estaciones de Peaje:
* Determinar y validar el tráfico real.
* Verificar el valor de la consignación diaria en cada una de las estaciones de peaje a cargo.
*Enviar la información diaria a la oficina principal de la Interventoría indicando el número de vehículos para cada categoría, vehículos que pagan, vehículos especiales, vehículos exentos, ajustes, sobrantes, evasores (indicando placas) y recaudo.
* Reportar diariamente a la oficina principal de la Interventoría el detalle de la consignación realizada a diario en cada una de las estaciones de peaje, indicando Nombre de la Cuenta, NIT, Entidad, Tipo de cuenta, Número de Cuenta, Valor y Día de recaudo al cual corresponde la consignación.
Con el fin de garantizar al INVIAS la auditoría y/o supervisión de la operación del recaudo realizada por el Concesionario, la Interventoría deberá garantizar una permanencia de cinco (5) horas mínimo en cada estación de peaje.
Durante los meses en los cuales el Concesionario realiza la operación del recaudo en forma manual, la Interventoría deberá intensificar la permanencia en las Estaciones de Peaje con el fin de garantizar al INVIAS la auditoría y supervisión de la operación del recaudo realizada alConcesionario; durante este periodo se deberá reportar el cumplimiento contractual por parte del Concesionario en cuanto a la atención a los usuarios, prestación del servicio, control de boletería, base fija de dinero de todas las denominaciones, tránsito de vehículos especiales y exentos.
Elaborar y suscribir las actas de entrega y/o recibo de las estaciones de peaje y pesaje.
Apoyar al INVIAS en el proceso de entrega y recibo de las Estaciones de Peaje y Pesaje, realizando las actividades que el INVIAS determine. Mantener actualizado el inventario físico de la infraestructura de las Estaciones de Peaje y Pesaje.
Verificar que los equipos de control de tránsito, equipos de Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y Pesaje entregados por el INIVAS al Concesionario, permanecen plenamente operativos cumpliendo con su funcionalidad.
Verificar que el concesionario, cumpla con el cronograma de mantenimiento tanto de equipos de control de tránsito, equipos de Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y Pesaje y como de la infraestructura física de las Estaciones de Peaje y Pesaje.
Realizar con la periodicidad establecida en el Plan de Auditoría de Sistemas, las pruebas necesarias para verificar el correcto funcionamiento de los equipos de control de tránsito, Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje, en donde aplique.
Implementar el plan de auditoría suministrado por el INVIAS, y plantear sugerencias para el mejoramiento del mismo, acorde con los niveles de riesgo del proceso de recaudo. Dichas mejoras y/o sugerencias deberán ser entregadas durante el primer mes de ejecución del contrato, para consideración y aprobación por parte del INVIAS.
Realizar la auditoria de los informes diarios de recaudo en cada una de las Estaciones de Peaje. Rendir informes semanales y mensuales sobre el estado de la infraestructura física de las Estaciones de Peaje y de Pesaje, así como de los equipos de control de tránsito, Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y Pesaje, en donde aplique.
Revisar y aprobar los informes semanales y mensuales presentados por el Concesionario, respecto a los datos de tránsito, recaudo y consignaciones.
Revisar y verificar el cumplimiento del procedimiento establecido en la determinación de los TPD requeridos para la realización de los conteos mediante los cuales se determina la confiabilidad de los equipos de control de tránsito, según lo establecido en el Contrato de Concesión de recaudo y operación de las Estaciones de Peaje y Pesaje.
Verificar la confiabilidad de lectura de los dispositivos utilizados para el Recaudo Electrónico Vehicular (REV), en donde aplique.
En el Plan de Auditoria de Sistemas se debe realizar, entre otras, las siguientes actividades:
*Evaluación de riesgos e implementación de controles.
*Aplicación de técnicas y herramientas de verificación de controles manuales y automatización de las aplicaciones.
*Evaluación de la seguridad física y lógicas en las Estaciones de Xxxxx y Pesaje
*Evaluación del software y del hardware.
*Elaboración y organización de papeles de trabajo.
*Elaboración y presentación de informes de auditoría.
*Requerir al Concesionario ante cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales, comunicarle esta circunstancia al INVIAS y adoptar los procedimientos previstos en el contrato.
*Implementar un plan de aseguramiento de la calidad en los procesos de INTERVENTORÍA, que asegure la adecuada documentación y archivo de los procesos de verificación y control de calidad, de acuerdo a la norma ISO 9001 en su versión vigente.
*En general, vigilar y controlar que el Concesionario cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución del Contrato.
Rendir informes semanales y mensuales incluyendo los resultados obtenidos en las pruebas para la determinación del margen de error tanto de equipos de control de tráfico como de los de control de peso, establecidos en el Contrato de Concesión de recaudo y operación de las Estaciones de Peaje y Pesaje.
Rendir informes semanales, mensuales y/o cuando el INVIAS lo requiera para todas las Estaciones de Peaje y Pesaje que incluya las verificaciones realizadas por el personal en campo, donde se muestren las novedades abiertas dejadas en las Estaciones de Peaje y que garanticen al INVIAS que se
desarrolla el seguimiento al Contrato de Concesión de recaudo y operación de las Estaciones de Peaje y Pesaje según los requisitos allí establecidos.
Verificar la operación del recaudo y control de fechas de consignaciones según lo establecido en el Contrato de Concesión de recaudo y operación de las Estaciones de Peaje y Pesaje.
Xxxxxx al INVIAS en el proceso de empalme en la operación del recaudo cuando se realice cambio de concesionario.
Verificar las transmisiones de datos e imágenes generados desde las Estaciones de Peaje hacia el Centro de Control operativo CCO.
Suscribir las actas definidas en la minuta del Contrato de Concesión de recaudo y operación de las Estaciones de Peaje y Pesaje que se encuentren a cargo del Instituto Nacional de Vías
Validar la información mensual inherente a la liquidación parcial del Contrato de Concesión de recaudo y operación de las Estaciones de Peaje y Pesaje
Elaborar y suscribir en conjunto con el INVIAS el acta de la liquidación final del Contrato de Concesión de recaudo y operación de las Estaciones de Peaje y Pesaje.
Verificar el cumplimiento del pago de servicios públicos, obligaciones fiscales y parafiscales.
Diseñar por lo menos dos indicadores de gestión por cada tema (Operativo, administrativo, financiero, de sistemas e infraestructura) que indiquen la ejecución del Contrato de Concesión de recaudo y operación de las Estaciones de Peaje y Pesaje que se encuentren a cargo del Instituto Nacional de Vías.
Declarar el Impuesto de Industria y Comercio el cual deberá presentar en forma anual y para ello debe inscribirse en cada Municipio que realice la actividad que le corresponda, como responsable del hecho generador.
Elaboración de las Actas de comité de seguimiento a la ejecución del Contrato de Interventoría y recaudo de peaje, tanto en planta central como en territoriales.
Supervisar el cumplimiento de las disposiciones sobre seguridad e higiene industrial, contenidas en el manual elaborado por el Concesionario.
Llevar y mantener el archivo actualizado de la interventoría, de tal manera que se pueda constatar en cualquier momento el desarrollo de la ejecución del Contrato de Interventoría. El archivo con la correspondencia enviada y recibida por los diferentes actores del proyecto al Interventor deberá ser digitalizada en archivos PDF y actualizada diariamente para ser entregada al INVIAS en medio magnético junto con el informe mensual de actividades. El Interventor dispondrá de los equipos necesarios para este efecto.
Verificar el cumplimiento por parte del Concesionario de todas las obligaciones contractuales a su cargo e informar al Instituto Nacional de Vías -INVIAS, oportunamente, sobre los incumplimientos registrados durante la ejecución de las actividades objeto de esta Interventoría. .
Analizar, proponer y/o Incorporar las recomendaciones y expectativas de las comunidades y/o instituciones afectadas con el desarrollo del proyecto.
Hacer un seguimiento a los procesos de control de calidad que aplicará el Concesionario.
Revisar todos los documentos referentes al Contrato de Concesión objeto de esta Interventoría, cuando, por razones técnicas, económicas o de otra índole, el Concesionario solicite cambios o modificaciones y si encuentra conveniente dicho cambio para los intereses del Instituto Nacional de Vías - INVIAS, solicitar autorización a la Unidad Ejecutora del INVIAS, indicando la respectiva justificación técnica y jurídica.
Actuar oportunamente, de tal manera que, por causas imputables a la entidad, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones de las partes.
A través del personal administrativo, mantener actualizado el archivo del proyecto objeto de esta interventoría.
Impartir instrucciones por escrito al Concesionario sobre asuntos de responsabilidad de éste.
Exigir al Concesionario la información que considere necesaria, quien está obligado a suministrarla dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de solicitud. Cuando la naturaleza de la información exigida así lo requiera, este plazo podrá ser ampliado.
Mantener indemne al INVIAS frente a cualquier irregularidad sobre la legalidad del software o hardware implementado y/o utilizado en su organización, de tal suerte que el único responsable sobre éste tema es el Interventor.
Realizar un archivo digital de la totalidad de los documentos contractuales (Pliegos, Minuta, Anexos, Apéndices, propuesta, actas, contratos adicionales, otrosí, oficios etc.) Correspondientes al proyecto mediante el escaneo de los correspondientes documentos en formato PDF.
Cuantificar la liquidación y soportar técnica y jurídicamente lasdeterminaciones de sanciones y multas.
Adelantar una encuesta con los usuarios de la vía sobre la percepción de la satisfacción del servicio prestado durante el último mes de ejecución del contrato.
Las Demás establecidas en el Manual de Interventoría 2016, adoptado mediante Resolución 9337 del 30 de Diciembre de 2016 del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS.
4.1.2 Funciones técnicas
La Interventoría técnica comprende, entre otras, las siguientes actividades:
Realizar las pruebas operativas establecidas para la verificación de la operación en las Estaciones de Peaje y Pesaje, garantizando el normal funcionamiento de las mismas.
Mantener actualizado el inventario de señalización horizontal y vertical de las Estaciones de Peaje y Pesaje, según los requerimientos del manual de señalización del INVIAS, el cual debe estar soportado por registros fotográficos.
Mantener los inventarios de equipos de control de tránsito, Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y equipo de control de peso actualizados.
Verificar que los certificados de calibración de las básculas se encuentren vigentes.
Verificar el funcionamiento de las básculas por medio de la determinación de errores máximos permitidos según el procedimiento establecido por el INVIAS basados en la norma NTC 2031 y/o la vigente.
Verificar y avalar que todos los vehículos que hacen uso de la infraestructura vial sean pesados conforme a las disposiciones legales vigentes.
Verificar el informe de todos los vehículos reportados con sobre peso y su correspondiente número de comparendo.
Cuando el Concesionario informe que requiere hacer ajustes y/o actualizaciones y/o modificaciones sobre los estudios y diseños entregados por la entidad, la interventoría deberá otorgar autorización al Concesionario para proceder a efectuarlas. Siempre y cuando sean estrictamente necesarias y suficientemente justificadas desde el punto de vista técnico y económico. La interventoría deberá elaborar una nueva justificación de su autoría en la cual exprese claramente su posición y estará en la obligación de presentar al INVÍAS acompañada de la justificación del Concesionario.
Revisar y aprobar las actualizaciones y/o ajustes y/o unificaciones y/o adaptaciones y/o modificaciones de los estudios, fijando claramente su posición con base en su personal especializado y en todos los recursos de que dispone.
Conceptuar sobre la evaluación y diagnóstico superficial y estructural del pavimento en los accesos del Peaje y Pesaje de acuerdo con lo establecido en el Contrato de Concesión objeto de esta Interventoría.
Realizar la medición de reflectividad en señalización horizontal y vertical ejecutada por el Concesionario. Anexo al respectivo informe se debe entregar la certificación que garantice la correcta calibración de los equipos con los cuales se realizó la medición.
Realizar un diagnóstico inicial de la vía de acceso a las Estaciones de Peajes y Pesaje, para lo cual, deberá presentar a la entidad un registro fílmico del estado inicial.
Al finalizar el contrato se deberá presentar un registro fotográfico del antes y el después del estado de Estaciones y Pesaje debidamente identificadas.
Realizar el control de ejecución de las actividades que son objeto de esta Interventoría.
Realizar la revisión y el cumplimiento por parte del Concesionario, del mantenimiento y de las actividades propias del Concesionario objeto de la interventoría, y verificar que se cumpla con las especificaciones Técnicas y requerir al Concesionario para que corrija los incumplimientos.
Verificar que las actividades objeto de esta Interventoría, cumplan con las especificaciones consignadas en el Contrato de Concesión objeto de esta Interventoría. y requerir al Concesionario para que corrija los incumplimientos.
Verificar que las actividades objeto de esta Interventoría cumplan con el Programa de Actividades, de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión.
Realizar las pruebas y ensayos que sean necesarias para verificar que las actividades objeto de esta Interventoría cumplan con las características técnicas exigidas, o para verificar si existen defectos en la construcción que se deban corregir.
Realizar un acompañamiento permanente en las actividades técnicas relacionadas con los Estudios, Diseños y actividades del Contrato de Concesión que elabora el Concesionario en la etapa previa y en la etapa de ejecución de actividades y emitir conceptos de viabilidad o no sobre los mismos.
Verificar, en los términos previstos en el Contrato de Concesión el objeto de la interventoría, permanentemente.
Rendir informes periódicos al Instituto Nacional de Vías –INVIAS- con base en las pruebas y verificaciones de las actividades que realice el Concesionario, identificando los puntos críticos del proyecto y sugiriendo las medidas que se deben tomar para mitigar los posibles efectos negativos de los puntos críticos identificados.
Exigir al Concesionario el cumplimiento de la normatividad establecida en el Contrato de Concesión sobre las vallas tarifarias.
Corroborar el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades del Concesionario sobre el Contrato de Concesión alcance de esta Interventoría, e indicar y remitir concepto al Instituto Nacional de Vías –INVIAS- sobre la aplicación de multas y sanciones al Concesionario cuando éste presente incumplimiento y cuantificar el valor de las mismas.
Advertir cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del Concesionario, comunicarle esta circunstancia al Instituto Nacional de Vías – INVIAS- y adoptar procedimientos previstos en este contrato según sea el caso.
Implementar un plan de aseguramiento de calidad en los procesos de interventoría, que asegure la adecuada documentación y archivo de los procesos de verificación y control de calidad, de acuerdo a la Norma ISO 9001 o las que la sustituyan o complementen.
Cuantificar y conceptuar sobre la liquidación y determinación de (i) sanciones y (ii) las multas iii) alegaciones sobre desequilibrio económico del contrato, soportando técnica y jurídicamente los conceptos dados. En general, vigilar y controlar que el Concesionario cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución de las actividades objeto de esta interventoría.
Las demás que sean pertinentes para el cabal desarrollo del objeto del contrato de este proceso de selección.
Las Demás establecidas en el Manual de Interventoría 2016, adoptado mediante Resolución 9337 del 30 de Diciembre de 2016 del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS.
4.1.3 Funciones ambientales
En caso de requerirse, su objetivo fundamental es la coordinación de las diferentes actividades y métodos de control, tendientes a propiciar que las obras, programas y medidas planteadas, tanto para Proyectos NO Licenciados, sujetos a un Plan de Manejo Ambiental y/o en el PAGA (Plan de Adaptación de la Guía Ambiental), como para los ProyectosLicenciados , sujetos a Licencia Ambiental, por parte de la autoridad ambiental competente, sean implementadas, con el fin de minimizar los impactos ambientales negativos y maximizar los positivos, buscando un equilibrio entre el desarrollo de la región y la preservación de los recursos naturales.
Las funciones ambientales en caso de requerirse comprenden, entre otras, las siguientes actividades:
Verificar el cumplimiento de las obligaciones Ambientales del Contrato de Concesión objeto de interventoría por parte del Concesionario.
Exigir al Concesionario la, obtención de los permisos ambientales de carácter regional y/o obtención de licencia ambiental en forma previa al inicio de las actividades que lo requieran.
Vigilar el cumplimiento de los Planes y Programas del Plan de Manejo Ambiental y/o PAGA.
Efectuar el seguimiento permanente en los frentes de obras, para verificar la aplicación de las técnicas y procedimientos aprobados en el Plan de Manejo Ambiental y/o PAGA.
Presentar a la Subdirección de Medio Ambiente y a la Unidad Ejecutora, dentro de los diez (10) primeros días de cada trimestre un informe detallado de las acciones de manejo ambiental adelantadas por el Concesionario respecto a las obras objeto de esta interventoría, ilustrado mediante registro fotográfico o fílmico.
Para el caso de proyectos licenciados, revisar y aprobar los informes de cumplimiento ambiental (ICA), previa entrega a la autoridad ambiental nacional (ANLA). Dichos informes son realizados por el Concesionario, como titular de la licencia ambiental y entregados semestralmente, según requerimientos de la respectiva licencia ambiental.
Dentro de los diez (10) días siguientes al vencimiento del plazo del contrato la interventoría deberá presentar el Informe ambiental Final, con destino a la Subdirección de Medio Ambiente y a la Unidad Ejecutora del Instituto Nacional de Vías –INVIAS-.
Exigir al Concesionario el cumplimiento a la normatividad ambiental.
Presentar los indicadores de gestión ambiental en cada uno de los informes requeridos.
Presentar trimestralmente a la Unidad Ejecutora, un cronograma detallado de las actividades a desarrollar.
Asistir, de acuerdo a su rol de interventoría a las visitas de seguimiento y monitoreo ambiental programadas por la Autoridad Ambiental correspondiente (ANLA, -Autoridad Nacional de
Licenciamiento Ambiental, MADS –Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Corporación Autónoma Regional con jurisdicción al proyecto), y/o el Instituto Nacional de Vías — INVIAS y demás entidades de carácter Nacional y/o Regional, que requieran el acompañamiento.
Efectuar acciones de control por parte de personal especializado para garantizar que los efectos ambientales negativos que puedan presentarse sean minimizados, aplicando las actividades establecidas en el respectivo Plan de Manejo Ambiental y/o , documento PAGA y Licencia Ambiental.
Exigir al Concesionario la obtención de los permisos ambientales para uso y aprovechamiento de los recursos naturales, previo a la ejecución de las obras, en donde se requieran y velar por el cumplimiento de las medidas impuestas por la autoridad ambiental.
Presentar informes de seguimiento trimestrales a la SMA del INVIAS, durante el tiempo de desarrollo de la obra, en los cuales se deberá reportar sobre los avances y efectividad del Plan de Manejo Ambiental y/o PAGA y registrar las recomendaciones y soluciones de mejora. Estos informes se presentarán independientes del informe general de la interventoría que deben estar dirigidos al INVIAS.
Realizar el control ambiental de las obras, y verificar el cumplimiento de todas las normas, condicionantes, diseños, actividades y procesos recomendados en el Plan de Manejo Ambiental y/o PAGA.
Resolver las consultas e inquietudes de las comunidades con respecto al manejo ambiental de las obras objeto de esta interventoría.
Efectuar el seguimiento y monitoreo de los trabajos para vigilar que la realización de la obra se enmarque dentro de los requerimientos ambientales y que sus resultados correspondan a los esperados, y diseñar y recomendar los correctivos necesarios.
Verificar la puesta en marcha y operación del plan de manejo ambiental y/o PAGA, así como la del plan de contingencias en caso necesario. Revisar y aprobar los planes de disposición de desechos y, en general, supervisar y hacer cumplir la reglamentación ambiental vigente.
Efectuar la toma de muestras y análisis de laboratorio de calidad de aire, de agua y ruido necesarios, para la evaluación y seguimiento a las actividades del plan de manejo ambiental y/o PAGA y/o en la licencia ambiental, ejecutados por el contratista, previo concepto de la SMA y autorización de la unidad ejecutora.
En el evento de presentarse impactos ambientales no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental, documento PAGA u otro documento a fin, la interventoría debe conceptuar sobre el diseño de las medidas tendientes a controlar, compensar y mitigar, elaborado por el Concesionario y a su vez, debe verificar la ejecución por parte de éste.
Solicitar el apoyo de otras disciplinas del conocimiento para atender problemáticas específicas en el campo ambiental
Asistir a los comités técnicos, así como brindar acompañamiento a las autoridades ambientales y a los funcionarios del INVIAS.
Revisar y aprobar los informes mensuales de la gestión ambiental y social realizados por el Concesionario, para posteriormente consolidar para la entrega de la SMA del INVIAS, el informe Trimestral Ambiental y Social de interventoría
Revisar y emitir concepto sobre los estudios ambientales que realice el Concesionario.
En caso de necesitarse la incorporación de nuevos ítems no contemplados en el contrato original y relacionados con el Plan de Adaptación de Guías Ambientales (PAGA), el Concesionario presentará a la Interventoría la solicitud, con un informe que incluya el análisis detallado de cada precio, con su respectiva especificación particular en caso de requerirse
El interventor realizará y presentará su propio análisis de precios unitarios, justificando cada uno de los componentes del mismo, entregando su concepto acerca del análisis presentado por el Concesionario. Igualmente, informará sobre las cantidades de obra y/o actividades por ejecutar, presentando sus recomendaciones y un balance general del contrato.
Cualquier inconveniente que se presente durante la ejecución del Contrato, relacionado con la elaboración de los análisis de precios unitarios de ítems no previstos será responsabilidad exclusiva del Concesionario y de la Interventoría, quienes por tal causa incurrirán en incumplimiento grave de sus respectivas responsabilidades y se harán acreedores a las sanciones contractuales correspondientes y deberán asumir los sobrecostos y demás consecuencias que de ello se generen.
Las Demás establecidas en el Manual de Interventoría 2016, adoptado mediante Resolución 9337 del 30 de Diciembre de 2016 del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS, y las que la Subdirección de Medio Ambiente y Gestión Social comunique por oficios siempre y cuando estén relacionados con la gestión Socio – Ambiental.
4.1.4 Funciones sociales
En caso de requerirse, su objetivo fundamental es la coordinación de las diferentes actividades y métodos de control.
Verificar el cumplimiento dela Gestión Social del Contrato de Concesiòn objeto de interventoría por parte del Concesionario.
Revisar el estado de avance del Programa de información, comunicación y divulgación a los municipios en coherencia con el cronograma de actividades a desarrollar.
Revisar los alcances del Plan de Gestión Social del proyecto, en relación con la situación de los municipios y proponer las acciones necesarias para minimizar los posibles impactos causados.
Realizar Seguimiento y acompañamiento en los siguientes aspectos:
1. Del proceso de información, promoción y divulgación del proyecto en los municipios de tal forma que no se genere conflicto con las comunidades.
2. Del estado de las reclamaciones presentadas por las organizaciones comunitarias, Juntas de Acción Comunal, Juntas Administradoras locales de los municipios, en relación con las obligaciones establecidas en el Plan de Manejo Ambiental y/o PAGA respecto del componente social.
3. Propender y hacer seguimiento a:
Las acciones encaminadas a generar compromiso y sentido de pertenencia con el proyecto.
Que el Concesionario brinde una información clara, veraz y oportuna a las comunidades del área de influencia de los municipios.
La creación de escenarios de participación comunitaria que amplíen y mejoren la comunicación con las comunidades.
La comunicación e interrelación del Concesionario e Interventoría con las administraciones Municipales y fuerzas vivas de los Municipios del área de influencia del proyecto.
Evaluar y hacer seguimiento y control:
1. A las estrategias y procedimientos a través de los cuales el Concesionario realiza las actividades con la comunidad influenciada por el proyecto en los municipios, en relación con las actividades e impactos del proyecto.
2. Acciones pertinentes y elementos necesarios para una adecuada organización y participación de la comunidad.
Cuando se requiera se hará entregar Informes mensuales de gestión acerca del avance de las diferentes actividades; cuando el Gestor del proyecto lo consideren necesario se efectuará el seguimiento de gestión con el fin de verificar su ajuste a los informes presentados.
Verificar el cumplimiento por parte del Concesionario de todos los aspectos del Plan de Adaptación de Guías Ambientales - PAGA relacionados con las capacitaciones, socializaciones y demás aspectos sociales del proyecto.
Las Demás establecidas en el Manual de Interventoría 2016, adoptado mediante Resolución 9337 del 30 de Diciembre de 2016 del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS.
4.1.5 Funciones jurídicas
Evaluar permanentemente el cumplimiento del nivel de servicio que el concesionario está obligado a prestar a los usuarios de la infraestructura de transporte y aplicar los ajustes por compensación y/o sanciones contempladas en el Contrato de Concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje.
Analizar y tener en cuenta los aspectos regulatorios, riesgos legales y contractuales relacionados con el Contrato de Concesión.
Preparar para el Instituto Nacional de Vías — INVIAS, en forma oportuna, todas las respuestas a las solicitudes, peticiones y requerimientos que formule la comunidad, usuarios de la vía, entidades de control del Estado, y en general todos los requerimientos que se relacionen con las actividades objeto del Contrato de Concesión y de esta interventoría.
Asesorar al Instituto en todos los asuntos jurídicos que se susciten en desarrollo de las actividades objeto de esta Interventoría.
Estudiar y conceptuar oportunamente sobre las sugerencias y consultas jurídicas hechas por el Instituto Nacional de Vías — INVIAS
Prestar apoyo al Instituto Nacional de Vías — INVIAS para resolver las peticiones y reclamos jurídicos del Concesionario, respecto a la ejecución de las actividades objeto de esta interventoría, dandolas respuestas en primera instancia e informando a la Subdirección de Estudios e Innovación.
Emitir concepto, en cada caso, sobre los conflictos surgidos entre el Concesionario y el INVIAS y que sean dirimidos a través del mecanismo de la amigable composición.
Estudiar y conocer el contenido del Contrato de Concesión y el de todos sus documentos relacionados con la ejecución de las actividades objeto de esta interventoría.
En general, asesorar y apoyar al Instituto Nacional de Vías — INVIAS, en todos los asuntos jurídicos que se susciten en desarrollo de las actividades objeto del Contrato de Concesión y de esta interventoría.
Las Demás establecidas en el Manual de Interventoría 2016, adoptado mediante Resolución 9337 del 30 de Diciembre de 2016 del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS.
4.1.6 Funciones relacionadas con la gestión predial cuando el proyecto lo requiera
Verificar el cumplimiento dela Gestión Predial del Contrato de Concesión por parte del Concesionario.
Efectuar las visitas, revisar documentos y preparar el concepto técnico respectivo a solicitud del INVIAS.
Revisar técnicamente las fichas prediales versus el diseño geométrico de la vía con el fin de corroborar su coincidencia.
Participar en los comités prediales que coordine el INVIAS.
Realizar la revisión de la Gestión Predial que adelanta el Concesionario en lo referente a los aspectos Técnico, Jurídico y Social.
Dentro del proceso de enajenación voluntaria:
1. Mantener informado al INVIAS de los documentos presentados cuya firma por parte del Subdirector de Medio Ambiente y Gestión Social. Requieran celeridad, a fin de garantizar el cabal cumplimiento de los términos y requisitos legales.
2. Informar oportunamente a la Unidad Ejecutora del INVIAS, sobre situaciones excepcionales que se presenten en el desarrollo de las actividades específicas que no pueda resolver.
3. Asistir a las reuniones programadas por el INVIAS relacionadas con el tema predial. Para tal efecto, el INVIAS establecerá reuniones cuando lo estime conveniente.
4. Recibir y revisar los planos y fichas prediales, avalúos comerciales y demás documentos que se estime pertinente, entregados por parte del Concesionario.
5. Exigir la remisión de la documentación necesaria para lograr una efectiva revisión, seguimiento y control de las negociaciones.
6. Revisar el correspondiente estudio de títulos, las ofertas formales de compra a los propietarios y/o poseedores de los predios y mejoras, la notificación y registro de los mismos, y presentar las observaciones que considere pertinente de acuerdo a la norma.
7. Realizar la revisión, control y seguimiento de los predios con los cuales se ha convenido la entrega anticipada del inmueble y se ha suscrito el respectivo documento de negociación junto con el Acta de Entrega respectiva, siempre y cuando dicha entrega sea requerida y viable.
8. Realizar la revisión, control y seguimiento del Contrato Promesa de Compraventa de mejoras, el cual debe ajustarse en su totalidad al estudio de títulos, oferta y demás documentos soporte.
9. Realizar la revisión, control y seguimiento de la minuta de escritura pública que corresponda, la cual debe ajustarse en su totalidad al contrato de promesa de compraventa.
10. Adelantar los trámites para la firma, protocolización y registro de los bienes inmuebles adquiridos por el INVIAS.
11. Verificar que al momento de efectuarse la tradición del inmueble a favor del INVIAS, éste se encuentre libre de limitaciones y/o gravámenes tales como hipotecas, embargos etc. y/o se encuentren incluidos todas las mejoras en él levantadas, plantadas o construidas, conforme a la regulación contenida en el titulo XXIV del código de procedimiento civil, en armonía con las disposiciones concordantes y aplicables al caso particular de las leyes 9 de 1989 y 388 de 1997 y sus decretos reglamentarios.
12. Revisar la resolución de expropiación que se proyecte, con base en los antecedentes contenidos en cada una de las carpetas de los predios a expropiar, a fin de verificar que se encuentra completa la documentación y se han adelantado los procedimientos conforme a la ley, que permita iniciar el proceso judicial de expropiación, o en caso contrario, sugerir las correcciones y precisiones a los proyectos de Resolución, conforme a las observaciones pertinentes.
13. Asegurarse que la etapa de negociación directa de cada uno de los predios se encuentre debidamente agotada; en caso contrario, analizar la situación y adelantar los correctivos legales del caso.
Las Demás establecidas en el Manual de Interventoría 2016, adoptado mediante Resolución 9337 del 30 de Diciembre de 2016 del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS.
4.1.7 Revisión del proyecto
El Interventor deberá realizar diariamente por parte de los ingenieros auditores de sistemas y/o supervisores según cronograma de distribución de personal, las siguientes actividades en cada una de las estaciones de peaje:
- Determinar y validar el tráfico real.
- Verificar el valor de la consignación diaria en cada una de las estaciones de peaje a cargo.
- Envío de información diaria a la oficina principal de la Interventoría indicando el número de vehículos para cada categoría, vehículos que pagan, vehículos especiales, vehículos exentos, ajustes, sobrantes, evasores (indicando placas) y recaudo.
- Reportar diariamente a la oficina principal de la Interventoría el detalle de la consignación realizada a diario en cada una de las estaciones de peaje, indicando Nombre de la Cuenta, NIT, Entidad, Tipo de cuenta, Número de Cuenta, Valor y Día de recaudo al cual corresponde la consignación.
Con el fin de garantizar al INVIAS la auditoría y/o supervisión de la operación del recaudo realizada por el Concesionario, la Interventoría deberá garantizar una permanencia de cinco (5) horas mínimo en cada estación de peaje, según el cuadro de distribución de personal en campo.
Durante los meses en los cuales el Concesionario realice la operación del recaudo en forma manual, la Interventoría deberá intensificar la permanencia en las estaciones de peaje con el fin de garantizar al INVIAS la auditoría y supervisión de la operación del recaudo realizada por el concesionario; durante este periodo se deberá reportar el cumplimiento contractual por parte del Concesionario en cuanto a la atención a los usuarios, prestación del servicio, control de boletería, base fija de dinero de todas las denominaciones, tránsito de vehículos especiales y exentos.
Verificar que los equipos de control de tránsito, equipos de Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje entregados por el INIVIAS al Concesionario, permanecen plenamente operativos cumpliendo con su funcionalidad.
Verificar que el Concesionario, cumpla con el cronograma de mantenimiento tanto de equipos de control de tránsito, equipos de Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje y como de la infraestructura física de las Estaciones de Peaje y Pesaje.
Realizar con la periodicidad establecida en el Plan de Auditoría de Sistemas, las pruebas necesarias para verificar el correcto funcionamiento de los equipos de control de tránsito, Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje.
Implementar el plan de auditoría suministrado por el INVIAS, y plantear sugerencias para el mejoramiento del mismo, acorde con los niveles de riesgo del proceso de recaudo. Dichas mejoras y/o sugerencias deberán ser entregadas durante el primer mes de ejecución del contrato, para consideración y aprobación por parte del INVIAS.
Realizar la auditoria de los informes diarios de recaudo en cada una de las estaciones de peaje. Rendir informes semanales y mensuales sobre el estado de la infraestructura física de las estaciones de peaje y de pesaje, así como de los equipos de control de tránsito, Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje.
Revisar y verificar el cumplimiento del procedimiento establecido en la determinación de los TPD requeridos para la realización de los conteos mediante los cuales se determina la confiabilidad de los equipos de control de tránsito, según lo establecido en el contrato de concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje.
Verificar la confiabilidad de lectura de los dispositivos utilizados para el Recaudo Electrónico Vehicular (REV)
Verificar la operación del recaudo y control de fechas de consignaciones según lo establecido en el contrato de concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje.
Realizar las pruebas operativas establecidas para la verificación de la operación en las estaciones de peaje y pesaje, garantizando el normal funcionamiento de las mismas.
Será obligación de la Interventoría poner en conocimiento del INVÍAS, mínimo con un (1) mes de anticipación, la prórroga o vencimiento del Contrato de Concesión. En cada uno de estos casos, será la Interventoría la responsable de solicitar oportunamente el trámite, previa justificación técnica de los hechos, quedando a juicio del INVÍAS la determinación final.
En el evento en que haya lugar a una prórroga del Contrato de Concesión, por incumplimiento en la ejecución de la misma dentro del plazo por causas imputables a la interventoría, ésta permanecerá al frente de los trabajos hasta su terminación, sin que el INVÍAS deba efectuar erogación alguna por este concepto.
4.1.8 Control del personal y del equipo
La Interventoría designará diariamente ingenieros auditores de sistemas y/o supervisores según cronograma de distribución de personalen cada una de las Estaciones de Peaje.
La Interventoría deberá garantizar una permanencia de cinco (5) horas mínimo en cada estación de peaje, según el cuadro de distribución de personal en campo.
Durante los meses en los cuales el concesionario realice la operación del recaudo en forma manual, la Interventoría deberá intensificar la permanencia en las estaciones de peaje con el fin de garantizar al INVIAS la auditoría y supervisión de la operación del recaudo realizada por el concesionario; durante este periodo se deberá reportar el cumplimiento contractual por parte del concesionario en cuanto a la atención a los usuarios, prestación del servicio, control de boletería, base fija de dinero de todas las denominaciones, tránsito de vehículos especiales y exentos.
Verificar que los equipos de control de tránsito, equipos de Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje entregados por el Invias al por el concesionario, permanecen plenamente operativos cumpliendo con su funcionalidad.
Verificar que el concesionario, cumpla con el cronograma de mantenimiento tanto de equipos de control de tránsito, equipos de Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje y como de la infraestructura física de las estaciones de peaje y pesaje.
Realizar con la periodicidad establecida en el Plan de Auditoría de Sistemas, las pruebas necesarias para verificar el correcto funcionamiento de los equipos de control de tránsito, Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje.
Implementar el plan de auditoría suministrado y plantear sugerencias para el mejoramiento del mismo, acorde con los niveles de riesgo del proceso de recaudo.
Realizar la auditoria de los informes diarios de recaudo en cada una de las estaciones de peaje, rendir informes sobre el estado de la infraestructura física de las estaciones de peaje y de pesaje, así como de los equipos de control de tránsito, Recaudo Electrónico Vehicular (REV) y pesaje.
Revisar y verificar el cumplimiento del procedimiento establecido en la determinación de los TPD requeridos para la realización de los conteos mediante los cuales se determina la confiabilidad de los equipos de control de tránsito, según lo establecido en el Contrato de Concesión de recaudo y operación de las Estaciones de Peaje y Pesaje.
Verificar la confiabilidad de lectura de los dispositivos utilizados para el Recaudo Electrónico Vehicular (REV).
Verificar la operación del recaudo y control de fechas de consignaciones según lo establecido en el contrato de concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje.
Realizar las pruebas operativas establecidas para la verificación de la operación en las Estaciones de Peaje y Pesaje, garantizando el normal funcionamiento de las mismas.
Verificar las transmisiones de datos e imágenes generados desde las Estaciones de Peaje hacia el Centro de Control operativo CCO.
Validar la información mensual inherente a la liquidación parcial del Contrato de Concesión de recaudo y operación de las estaciones de peaje y pesaje
Verificar que los certificados de calibración de las básculas se encuentren vigentes.
Verificar el funcionamiento de las básculas por medio de la determinación de errores máximos permitidos según el procedimiento establecido por el INVIAS basados en la norma NTC 2031 y/o la vigente.
Verificar el informe de todos los vehículos reportados con sobre peso y su correspondiente número de comparendo.
Si el equipo o el personal es diferente del ofrecido inicialmente por el Contratista, el Interventor deberá exigirle su ubicación en el sitio, a más tardar en cinco (5) días, pasados los cuales, de no haberse dado cumplimiento a su notificación, deberá solicitar al INVÍAS que se hagan efectivas las medidas administrativas que para el efecto tiene fijadas, según resolución vigente.
El Interventor se obliga a llevar y mantener el equipo en perfectas condiciones, para lograr una adecuada interventoría.
4.1.9 Control de calidad
El interventor realizará los ensayos correspondientes a los equipos que sean necesarios y de control de materiales en las actividades de construcción de acuerdo con las normas y especificaciones de construcción del INVÍAS vigentes e informará al Instituto su resultado dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su obtención.
Los métodos de construcción quedan a juicio del contratista; sin embargo, el Interventor podrá sugerir cambios en los métodos que considere inadecuados.
4.1.10 Cambios o modificaciones en el diseño
Cuando, por razones técnicas o de otra índole, el Concesionario solicite, durante la Etapa de Ejecución de las obras e implementación de equipos, cambiar o modificar el diseño inicial entregado del proyecto, se dirigirá al Interventor, quien analizará cuidadosamente todos los documentos del contrato, y si encuentra conveniente dicho cambio para los intereses del INVÍAS, solicitará autorización a la Dirección Territorial y a la Subdirección
de Estudios e Innovación, indicando la respectiva justificación, siguiendo las condiciones y procedimientos establecidos en la funciones técnicas de la interventoría.
4.1.11 Revisión de las metas de obra para pago
El Interventor deberá verificar el cumplimiento de cada meta en de acuerdo al Plan de Obras avalados por la Interventoría, y si a su juicio, estas metas se encuentran dentro los valores establecidos y cumpliendo las especificaciones del proyecto, deberá aceptar el acta de recibo parcial.
4.1.12 Elaboración de los planos definitivos e informes técnicos
El Interventor revisara los planos definitivos de la obra y de la implementación de equipos elaborados y/o suministrados por e el Concesionario, indicando las modificaciones, si las hubo, las fuentes de materiales y cualquier información relacionada con el proyecto terminado.
4.1.13 Liquidación del contrato de interventoría
El Gestor del contrato procederá a iniciar los trámites de liquidación del contrato de interventoría por vencimiento del plazo contractual y en cualquiera de los eventos señalados por la ley, de acuerdo con el procedimiento establecido en el mismo. El término para la liquidación del contrato de interventoría iniciará a contabilizarse a partir del Acta de Recibo Definitivo o Final de la interventoría, la cual se suscribirá máximo dentro de los 10 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del contrato.
La liquidación del contrato de Interventoría no exime al Interventor de su responsabilidad en caso de que se declare un siniestro por Estabilidad de Obra o garantía de los equipos al Concesionario.
4.1.14 Inspección final de la obra y de equipos
El Interventor, el representante del INVÍAS y el Concesionario, efectuarán una inspección final a la obra y del funcionamiento e implementación de los equipos, dentro de los 15 y 30 días antes del vencimiento del contrato, con el fin de determinar el estado en que se va a recibir, para lo cual, el Interventor preparará un informe previo, en donde se describa el balance general de cantidades, el costo de la obras y equipo, informes de laboratorio, etc.
En caso de observaciones que deban atenderse por parte del Concesionario, se dejará constancia en oficio dirigido al mismo, suscrito por el Interventor, en el cual se fijará el plazo para el acondicionamiento final de las obras y de los equipos. Una vez realizados los trabajos requeridos, se procederá a elaborar el Acta de Recibo Final y Entrega de la obra y equipos, de la cual hará parte la certificación expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o la corporación correspondiente, de conformidad con las medidas de mitigación y el plan de manejo ambiental planteado en el respectivo estudio de impacto ambiental y/o PAGA, con la presencia del Interventor y del Concesionario; de esta forma quedará oficializada la entrega de la obra.
Corresponde a la Interventoría proceder al cierre ambiental del proyecto, acorde con lo indicado por el Manual de Interventoría.
4.1.15 Control del programa de actividades
El Concesionario está obligado a ejecutar las actividades de acuerdo con el programa de actividades aprobado por el Instituto, y el interventor como representante debidamente autorizado por el INVÍAS, vigilará su cumplimiento. El interventor y el Concesionario evaluarán mensualmente la ejecución del contrato, revisando el programa de actividades para establecer en qué condiciones avanzan los trabajos. De estas evaluaciones se levantará un acta, suscrita por los ingenieros del Concesionario y de la Interventoría, donde se consignará el estado real de las actividades realizadas; en caso de presentarse algún atraso, se señalarán los motivos del mismo, dejando constancia de los correctivos que se tomarán para subsanar dicho atraso, los cuales se plasmarán en un plan de contingencia del Concesionario que no podrá contemplar prórroga del plazo inicialmente establecido.
El Interventor controlará la ejecución de las actividades mediante la programación que deberá elaborar el contratista por medio del método Xxxxx, utilizando como herramienta el programa Microsoft Project u otro similar.
4.1.16 Control del equipo del Concesionario
El Interventor deberá llevar un registro completo del equipo del Concesionario, indicando modelo, marca, serie, capacidad, potencia, etc., el cuál se encuentra operando, cuál en reparación o cuál inactivo; si, transcurridos cinco (5) días, el equipo no ha sido reparado, el Interventor deberá exigir su reemplazo por uno de características similares o superiores al que se encuentra en reparación, el cual debe entrar a operar dentro de los cinco (5) días siguientes. Además de lo anterior, en el informe mensual debe incluirse el cronograma de utilización del equipo propuesto, así como el nombre del propietario actual de dicho equipo.
4.1.17 Revisión y aprobación de las actas de obra y de equipo.
El Interventor medirá las cantidades de obra y equipo instalados realmente y revisará y aprobará, bajo su responsabilidad, las actas de recibo parcial , verificando que la información financiera acumulada, el costo de la meta, y toda la información adicional esté correcta, para lo cual anexará un balance general de las actividades ejecutada.
4.1.18 Lista de los empleados y trabajadores del Concesionario
El Interventor deberá tener al día una relación de los empleados y trabajadores asignados por el Concesionario. La Interventoría ejercerá el control y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones del Concesionario en relación con el personal reincorporado del Concesionario.
4.1.19 Elaboración del informe final de interventoría
Además de la revisión de la revisión y aprobación de los informes finales, el Interventor deberá preparar un informe, en el cual hará un recuento de las actividades realizadas durante el transcurso del contrato, cuando se requiera se incluirá la variable ambiental, principalmente en lo relacionado con el plan de manejo ambiental y/o PAGA el monitoreo a que dé lugar la obra.
El informe deberá contener las recomendaciones especiales que el Interventor crea convenientes y necesarias.
4.2 OTRAS FUNCIONES
Con el fin de buscar la adecuada y oportuna ejecución de las actividades y, a su vez, para buscar una mayor eficiencia en la administración de las mismas, la interventoría comprende, además de la gestión técnica, el control financiero, económico y jurídico del Contrato de Concesión, por lo cual, deberá apoyar, asistir y asesorar al INVÍAS en todos los asuntos de orden técnico, financiero, económico y jurídico que se susciten durante la ejecución de las actividades, suministrando oportuna información sobre los mismos, reparando los documentos que al respecto se requieran y rindiendo los conceptos y evaluaciones que sobre la materia se le soliciten. En tal sentido, se establecen las siguientes funciones:
Exigir al Concesionario la ejecución de manera idónea y oportuna del contrato.
Adoptar las medidas necesarias para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento del ofrecimiento y de la celebración del contrato.
Actuar oportunamente, de tal manera que, por causas imputables a la entidad, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones de las partes.
Efectuar todos los estimativos y cálculos financieros que el INVÍAS solicite.
Determinar y actualizar el flujo de fondos del proyecto (Plan Anual de Caja - PAC) y remitirlo oportunamente a la unidad ejecutora de INVÏAS.
Revisar, controlar y supervisar el estado financiero del Contrato de Concesión.
Corregir, en el menor tiempo posible, los desajustes que pudieren presentarse, y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato.
Llevar y mantener el archivo actualizado de la Interventoría, de tal manera que se pueda constatar en cualquier momento el desarrollo de la ejecución del contrato.
Estudiar y conceptuar oportunamente sobre las sugerencias y consultas del Concesionario.
Responder en primera instancia las reclamaciones que presente el Concesionario.
Prestar apoyo al INVÍAS para resolver las peticiones y reclamos del Concesionario.
Prestar de forma efectiva apoyo al INVÍAS para resolver las peticiones de la ciudadanía, de las demás entidades públicas o unidades de la entidad.
Mantener actualizada la información en la página web del Instituto.
Hacer seguimiento permanente y suficiente de todos y cada uno de los documentos que el Concesionario radique en las diferentes entidades para la gestión de licencias, permisos ambientales y consultas previas.
En general, asesorar al INVÍAS en todos los asuntos jurídicos que se susciten en desarrollo de las obras objeto de la interventoría.
Elaborar y allegar los documentos que se requieran para la liquidación contractual.
Realizar, cada vez que sea necesario, reuniones periódicas de evaluación de comité con el Concesionario o su representante, según el plazo y la clase de contrato. De dichas reuniones se elaborará un acta suscrita por todos los que intervinieron en ellas, las cuales serán elaboradas, archivadas y mantenidas en custodia por la Interventoría.
Corresponde al Interventor verificar los recursos existentes del Concesionario de cada una de las vigencias, así como los recursos existentes por vigencia del Contrato de Interventoría.
5 EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS DE INTERVENTORÍA Y SUS RESULTADOS
Además de las funciones establecidas en el contrato, el interventor deberá cumplir con lo establecido en el Manual de Interventoría del Instituto, se anexa un cuadro resumen de las principales actividades en la etapa previa, deejecución y liquidación.
ETAPA INICIACION | MESES DE EJECUCIÓN | MES DE | |
Revisión, verificación y aprobación de intervenciones a los Estudios y Diseños | X | X | |
Identificación de necesidades sociales, prediales y ambientales del proyecto | X | ||
Gestionar el Inicio de las actividades dentro del plazo contractual | X | ||
Realizar reuniones técnicas y visitas periódicas al proyecto. | X | X | X |
Efectuar la programación y seguimiento del PAC | X | X | |
Gestionar el archivo de los proyectos. | X | X | X |
Controlar el estado, calidad y cantidad del equipo disponible | X | X | |
X | X | ||
Elaborar y verificar los ensayos y control de calidad | X | X | X |
Realizar seguimiento del avance del contrato | X | X | X |
Verificar y controlar el estado técnico, financiero y legal del contrato | X | X | X |
Verificar, medir cantidades de obra e instalación de equipos, elaborar las actas de pago de interventoría, Informes semanales y mensuales, dentro de los plazos y parámetros establecidos | X | X | X |
Verificar y controlar el programa de utilización de equipo | X | X | X |
Velar y controlar que se ejecute la reglamentación de la señalización en el proyecto. | X | X | |
Verificar y controlar la Licencia Ambiental y demás permisos cuando sean requeridos para la ejecución del proyecto | X | X | X |
Elaborar y remitir concepto sobre modificaciones al proyecto. | X | X | X |
ETAPA INICIACION | MESES DE EJECUCIÓN | MES DE | |
Realizar las sugerencias, reclamaciones y consultas del Concesionario | X | X | X |
Elaborar y gestionar los documentos para liquidar el Contrato de Concesión e Interventoría | X | X | |
Elaborar el Informe final | X | ||
Verificar y gestionar el recibo definitivo del Contrato de Concesión y elaborar el cierre ambiental cuando se requiera. | X | ||
Gestionar el recibo definitivo de la Interventoría | X | ||
Verificar y controlar el manejo de los impactos socio - ambientales del Proyecto | X | X | X |
Realizar el Control de las cantidades de obras e instalación de equipos previamente aprobados por las partes | X | X | X |
Cumplir instrucciones y demás obligaciones establecidas por el INVIAS | X | X | X |
6.0 LISTADO DE INFORMACIÓN NECESARIA
6.1. EQUIPO OBLIGATORIO
El interventor velará por que el Concesionario mantenga el equipo necesario para el cumplimiento de sus actividades y los plazos establecidos para el cumplimiento de cada una de las etapas del proyecto y aquel que se considere necesario para la ejecución del contrato. Así mismo el interventor deberá contar con los equipos y personal necesarios para el desarrollo de las funciones a su cargo.
6.2. INFORMACIÓN SOBRE EL PERSONAL PROFESIONAL
El personal profesional para el presente contrato corresponde al listado en la Plantilla presentada por el Instituto o las modificaciones que se realicen siguiendo el procedimiento del Manual de interventoría. Las calidades del personal profesional son las que se encuentran establecidas en los requerimientos técnicos.
La experiencia específica de todo el personal profesional se acreditará mediante certificaciones expedidas por el contratante, las cuales contendrán como mínimo: Nombre y descripción del proyecto, cargo ejercido por el profesional y periodo durante el cual se desempeñó, teléfono de contacto con el ente contratante.
NOTA: Los siguientes ítems se reconocerán de acuerdo con su utilización real y sin superar los topes de la propuesta.
OTRS COSTOS DIRECTOS | |
OFICINA Y EDICIÒN DE INFORMES | UNIDAD |
Transportes aéreos y viáticos para viajes de interventoría en las estaciones de peaje y pesaje | mes-Según comprobante |
Oficina (alquiler de oficina, pago mensual de servicios públicos, comunicaciones: telefonía fija, celular, internet, fax, correo postal etc.., equipos de oficina, computadores y licencias) | mes-Según comprobante |
Transportes terrestres de personal (Rubro destinado para el pago de transporte terrestre a las estaciones de peaje y pesaje para el personal en campo, ingenieros auditores, supervisores ) | mes-Según comprobante |
Papelería y elaboración de informes (Rubro destinado para las copias del plan de auditoría tanto operativo, administrativo y de sistemas que se lleva a cabo por los supervisores e ingenieros auditores de sistemas para cada día de visita que se realiza a cada estación de peaje y edición de informes semanales, mensuales por etapas de indicadores y final) | mes-Según comprobante |
6.3. PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DE DOCUMENTOS Y DE LAS DEMÁS SOLICITUDES
Cuando no se haya establecido ningún procedimiento específico en el Contrato de Concesión ni en el contrato de Interventoría y sus anexos, en el evento en que surja la obligación a cargo del Interventor de entregar al INVÍAS actas, informes y en general cualquier documento, deberá agotarse el siguiente procedimiento para la aprobación correspondiente:
a) El Interventor deberá entregar un ejemplar impreso y uno en medio magnético al INVÍAS del Informe o documento correspondiente, dentro de los términos fijados para el efecto.
b) Dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente al recibo del Informe, el INVÍAS previo el análisis y el estudio correspondiente, presentará por escrito al Interventor las observaciones y recomendaciones que considere pertinentes para efecto de aprobar los documentos presentados.
c) Si dentro del término señalado en el literal anterior, elINVÍAS le solicita por escrito a al Interventor que aclare, modifique y/o corrija el Informe o documento presentado, el Interventor dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la solicitud de aclaración, modificación y/o corrección, deberá entregar un ejemplar impreso y en medio magnético alINVÍAS del Informe respectivo incluyendo las observaciones presentadas por este.
d) Previo el análisis correspondiente y dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir del díasiguiente del recibo de los documentos que contengan las observaciones presentadas, el INVÍAS los aprobará. En caso contrario, procederá conforme lo establecido en la cláusula de multas establecida en el contrato de Interventoría
Todas las solicitudes que el INVÍAS y el Interventor eleven entre sí, deberán ser resueltas dentro de los quince (15) Días hábiles contados a partir del día siguiente a su recibo. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 16 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, respecto de las solicitudes que presente el Interventor en relación con aspectos derivados de la ejecución del Contrato de Interventoría.
6 PLAN DE CARGAS
El Interventor podrá organizar el equipo de trabajo, de acuerdo con su experiencia y su estructura administrativa; sin embargo, el Plan de Cargas del Personal Clave y las dedicaciones mínimas de éste personal, se identifican en el pliego de condiciones, el contrato de Interventoría y sus anexos,
Es importante aclarar que tanto el personal, como las dedicaciones mínimas del mismo en cada una de las actividades son de referencia. En todo caso el proponente deberá efectuar el respectivo análisis tanto de los pliegos de condiciones del presente concurso de méritos de los cuales hace parte el presente documento, como del Contrato de Concesión, sus adicionales, otrosíes y demás documentos que lo componen, y basado en su experiencia deberá determinar el equipo y personal con sus respectivas dedicaciones y cantidades para cada una de las actividades, para asegurar el cumplimiento de los objetivos del contrato de Interventoría derivado del presente concurso de méritos abierto. No obstante lo anterior las dedicaciones totales establecidas en el formulario 1 no podrán ser modificadas. Con la presentación de la propuesta, el proponente acepta la información y el alcance del contrato de Interventoría contenidos en los documentos mencionados anteriormente, lo que no dará lugar a reclamaciones del interventor durante el desarrollo del contrato por tiempos adicionales del personal, equipos, etc.
El Interventor a partir de la presente Metodología, definirá las cargas de trabajo del personal que involucrará en la ejecución del Contrato considerando (i) la relación de actividades y procesos a ejecutar en cada una de las Áreas y Fase o Etapa del Contrato de Concesión, así como (ii) el Personal Obligatorio Mínimo, relacionado en el Anexo Técnico y que debe ser acreditado en los términos establecidos en el Pliego de Condiciones y sus Formatos.
6.1 DISTRIBUCIÓN DE FUNCIONES Y DEDICACIÓN DEL PERSONAL CALIFICABLE
El Interventor podrá organizar el equipo de trabajo, de acuerdo con su experiencia y su estructura administrativa; sin embargo, existe un Personal mínimo “Personal Calificable”, que debe ser presentado y cuya dedicación mínima se establece en el pliego de condiciones del presente Concurso de Méritos, igual consideración se aplicará al resto del personal al que se refiere el Xxxxxx y sus anexos. Este personal deberá mantenerse a lo largo de la ejecución del contrato de Interventoría.
Adicionalmente cada Contrato de Interventoría requiere para su ejecución de un personal adicional que no es calificable, pero que el Interventor deberá tener a disposición durante le ejecución del Contrato, en el momento en que se requiera.
6.2 RECURSOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del Contrato requiere la aportación y coordinación de recursos humanos y físicos por parte del Interventor. El Interventor deberá en todo momento contar con los recursos humanos y físicos en cantidad, capacidad y disponibilidad suficientes para dar cumplimiento a sus obligaciones contractuales.
En caso que el INVÍAS considere que estos recursos humanos y físicos son insuficientes para cumplir con estas obligaciones, éste podrá solicitar al Interventor el reemplazo, incremento o complementación del recurso, sin que esto le genere al Interventor derecho de solicitar remuneración adicional por parte del INVÍAS o del Contratista ni obligación al INVÍAS o al Contratista de realizar remuneraciones adicionales por estos conceptos.
6.3 RECURSOS HUMANOS
Los recursos humanos se componen de todo el personal que el Interventor pudiera requerir para cumplir con sus obligaciones completa, oportuna y cabalmente.
El Interventor en su propuesta debe indicar el número de profesionales y personal. Dicho equipo de trabajo debe mantenerse vinculado durante todo el plazo de la correspondiente Interventoría. Adicionalmente, los requerimientos técnicos detallan el Personal Obligatorio, con el cual el Interventor debe contar y que debe ser acreditado en los términos establecidos en el Pliego de Condiciones y sus Formatos.
El interventor, de acuerdo con el Avance de las actividades, definirá las cargas mínimas de este personal, para la ejecución y desarrollo del Contrato de Interventoría. Lo cual debe ser presentado al gestor técnico del contrato para su aprobación.
6.4 RECURSOS FÍSICOS
El Interventor deberá proveer los recursos físicos necesarios para desarrollar sus obligaciones contractuales. Estos recursos deben contemplar como mínimo los siguientes aspectos:
(a) Oficinas e instalaciones:
Será obligación del Interventor, por cuenta propia y/o alquiler, conseguir y mantener en operación la oficina e instalaciones que se requieran. Así como mantener los equipamientos de la oficina de Interventoría actualmente instalados.
(b) Equipos de cómputo:
El Interventor deberá proveer los equipos de cómputo de última generación necesarios para la dotación de las oficinas. Incluyendo computadores de escritorio, computadores portátiles, servidores, scanners, fotocopiadoras, impresoras, etc. Los equipos de computación deberán poseer tecnología de comunicación en línea y con el INVIAS.
(c) Equipos de comunicaciones:
El Interventor deberá proveer los equipos de comunicaciones necesarios para la transmisión de voz y datos en tiempo real entre los profesionales integrantes del equipo de trabajo que lo requieran y con el INVIAS..
(d) Pasajes aéreos y terrestres de acuerdo con las necesidades de la Interventoría para cumplir con sus obligaciones contractuales.
(e) Vehículos:
Alquiler o adquisición de los vehículos que la Interventoría considere necesarios para cumplir con sus funciones, para los cuales deberá relacionarse la marca, modelo, tipo y capacidad. Los mismos deberán ser vehículos modelo 2012 o posterior.