ÍNDICE
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE TRANSPORTE POR AUTOBUS DEL PÚBLICO
ASISTENTE A LAS JORNADAS XX XXXXXXXX DE HIPÓDROMO DE LA ZARZUELA, S.A., S.M.E.
26/04/2024
ÍNDICE
1.1. Régimen jurídico y jurisdicción 3
1.1.1. Naturaleza y régimen jurídico 3
1.2. Objeto y necesidad del contrato 3
1.3.2. Interpretación de los plazos 4
1.4. Valor estimado del contrato, presupuesto base de licitación y precio del contrato. Revisión de precios 4
1.6. Órgano y Mesa de Contratación 4
2. CLÁUSULAS ESPECIALES DE LA LICITACIÓN 5
2.1. Principios a los que se somete la adjudicación 5
2.2. Presentación de proposiciones y valoración 5
2.2.1. Forma de presentación 5
2.2.2. Subsanación de documentos 6
2.2.3. Contenido de las proposiciones 6
2.2.4. Apertura y examen de las proposiciones 8
2.2.5. Valoración de las ofertas 9
2.3.1. Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación 11
2.3.2. Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por el licitador que haya presentado la mejor oferta, y penalidad en caso de no presentación 11
2.4. Suspensión o finalización de la licitación por HZ 13
2.5. Formalización del contrato 13
3. OBLIGACIONES DE LAS PARTES 13
3.1. Disposiciones generales 13
3.2. Disposiciones específicas 14
3.2.2. Obligaciones laborales, sociales y de transparencia 14
3.2.3. Seguridad, confidencialidad y protección de datos 15
3.2.4. Cesión y subcontratación 16
4. EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO 16
4.1. Ejecución del contrato 17
4.2. Responsable del contrato 17
4.3. Modificación del contrato 17
4.4. Finalización de los trabajos 17
4.5. Extinción y resolución del contrato 18
ABREVIATURAS
HZ: | Hipódromo de la Zarzuela, S.A., S.M.E. |
IIC: | Instrucciones Internas de Contratación |
LCSP: | Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público |
PCP: | Pliego de Cláusulas Particulares |
PCSP: | Plataforma de Contratación del Sector Público |
PPT: | Pliego de Prescripciones Técnicas |
SEPI: | Sociedad Estatal de Participaciones Industriales |
UTE: | Unión Temporal de Empresas |
1.1. Régimen jurídico y jurisdicción
1.1.1. Naturaleza y régimen jurídico
Conforme al artículo 26.1.c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, este contrato tiene carácter privado.
Los pliegos y sus anexos, así como la propuesta del contratista y el documento de formalización del contrato, tienen carácter contractual. El contrato se regirá por lo previsto en dichos documentos contractuales, en las IIC y en la normativa aplicable vigente. El desconocimiento de la documentación contractual no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
Será competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo el conocimiento de las cuestiones relativas a la preparación y adjudicación de los contratos de HZ. Las actuaciones realizadas por HZ en este ámbito podrán impugnarse en vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en la ley 39/2015, de 1 de octubre, ante la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales.
El conocimiento de cuantas cuestiones afecten a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos corresponderá al orden jurisdiccional civil.
1.2. Objeto y necesidad del contrato
El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es la prestación de los servicios de transporte por autobús para trasladar al público asistente a las jornadas xx xxxxxxxx que se celebren en el recinto del Hipódromo de la Zarzuela, sito en Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx x/x, 00000 Xxxxxx, xxxxx características se especifican en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato constan en la documentación de su expediente.
1.3. Plazos
El contrato tendrá una duración de UN (1) año. Este plazo comenzará a contar a partir de la formalización del contrato o desde la fecha fijada en el documento contractual.
El contrato podrá ser prorrogado por el Órgano de Contratación por un período máximo de un año, siendo la prórroga obligatoria para el contratista, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses respecto de la finalización del plazo de duración del contrato.
1.3.2. Interpretación de los plazos
Si los plazos se expresan en días, sin indicar si son naturales o hábiles, se entenderán naturales. Si los plazos estuviesen fijados por meses o años, se computarán de fecha a fecha.
Si los plazos se expresan en días hábiles, se entenderán excluidos xxxxxxx, xxxxxxxx y días festivos correspondientes al domicilio social de HZ.
1.4. Valor estimado del contrato, presupuesto base de licitación y precio del contrato. Revisión de precios
El valor estimado del contrato total es de 137.280,00 € (CIENTO TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA EUROS), IVA no incluido. Dicho importe incluirá la duración total máxima del contrato con sus eventuales modificaciones y prórrogas.
El presupuesto base de licitación es de 68.640,00 € (SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA EUROS). En este importe se incluyen todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, incluido el IVA o impuesto indirecto equivalente y excluidas las eventuales modificaciones y prórrogas.
No procede la revisión de precios.
1.5. Perfil del contratante
En el perfil del contratante de HZ, ubicado en su página web (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx), y en la Plataforma de Contratación del Estado (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx), se ofrecerá la información relativa a la convocatoria de la licitación del contrato, incluyendo el anuncio de licitación, los pliegos de cláusulas particulares y documentación complementaria, en su caso.
En todo caso, los interesados pueden recabar información adicional en la siguiente dirección de correo electrónico: pnaranjo@hipodromodelazarzuela.es-
1.6. Órgano y Mesa de Contratación
El Órgano de Contratación y adjudicación será el Consejo de Administración de la sociedad, conforme a lo previsto en las IIC.
El Órgano de Contratación estará asistido por una Mesa de Contratación, cuya composición será la siguiente:
― Presidente: el Presidente
― Vocal Jurídica y Secretaria: la subdirectora de Asesoría Jurídica
― Vocal de control económico y presupuestario: Director Económico Administrativo.
― Vocales técnicos: Directora comercial y Responsable de Control de Gestión.
La Mesa será el órgano de asistencia con las competencias indicadas en las IIC.
2. CLÁUSULAS ESPECIALES DE LA LICITACIÓN
2.1. Principios a los que se somete la adjudicación
La adjudicación del Contrato está sometida a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, en los términos previstos en las IIC.
La gestión de la contratación de HZ considerará igualmente la aplicación de los principios de necesidad, idoneidad y eficiencia.
2.2. Presentación de proposiciones y valoración
Las proposiciones se presentarán, necesaria y únicamente, de forma electrónica, en el plazo indicado en el anuncio de licitación publicado en el perfil del contratante, sin que se admitan aquellas proposiciones que no se presenten en la forma y plazos indicados.
La presentación electrónica se realizará a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Todos los archivos electrónicos deberán estar firmados electrónicamente por el representante del licitador.
Asimismo, toda la documentación contenida en cada uno de los archivos electrónicos deberá ser firmada electrónicamente.
Para la presentación de ofertas a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, será preciso que:
• La empresa se haya registrado en la plataforma de contratación del Sector Público
• Haya cumplimentado todos los datos de su perfil.
• Una vez encontrada la licitación, precedida por un símbolo que representa procedimientos
electrónicos, se haya añadido por el licitador a “Mis Licitaciones”.
• Luego se deberá de preparar y presentar la oferta electrónica, debiéndose consultar la Guía de Servicios de Licitación Electrónica: Preparación y Presentación de ofertas, disponible en la plataforma de contratación del Sector Público.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la Mesa y al Órgano de Contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea.
Las ofertas y solicitudes de participación serán secretas hasta el momento de su apertura y se arbitrarán los medios para que tengan tal carácter,
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en UTE con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una UTE. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial.
La proposición se presentará en caracteres claros y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer indubitadamente la oferta del licitador.
2.2.2. Subsanación de documentos
La declaración responsable de cumplimiento de requisitos de participación será objeto de subsanación por los licitadores a requerimiento de los servicios dependientes del Órgano de Contratación o la Mesa de Contratación, cuando no se hubiera presentado.
Igualmente, el propuesto como adjudicatario podrá subsanar la falta o incompleta presentación de los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de participación que le sean requeridos con carácter previo a la adjudicación del contrato.
En ambos casos se concederá al licitador un plazo de tres días. Si no se subsanase en plazo lo requerido, el Órgano o la Mesa de Contratación entenderán que el licitador desiste de su oferta.
2.2.3. Contenido de las proposiciones
Las proposiciones constarán de los sobres/archivos electrónicos que se indican a continuación. Los licitadores deberán indicar el lote o lotes a los que está licitación, debiendo presentar, en su caso, una oferta por cada lote.
A) SOBRE/ARCHIVO NÚMERO UNO: DOCUMENTACIÓN LEGAL
En el mismo figurará la siguiente documentación:
1º Designación de dirección de correo electrónico
Todas las notificaciones y comunicaciones que realice el Órgano de Contratación se practicarán a través de la PCSP. Adicionalmente se designará cuenta de correo electrónico. A estos efectos, el licitador deberá designar una cuenta de correo electrónico debiendo haber registrado un usuario en dicha Plataforma con la cuenta de correo designada.
2º Declaración responsable
Los licitadores presentarán una declaración responsable, conforme al modelo que se adjunta como Anexo1 en la que se ponga de manifiesto lo siguiente:
(1) Que la sociedad está válidamente constituida, que las prestaciones del contrato se encuentran comprendidas dentro de los fines del objeto social, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de su proposición.
(2) Que cumple los requisitos de solvencia económica y financiera, y técnica o profesional exigidos en las condiciones que se establecen en el Anexo2 del presente pliego.
(3) Que no está incursa en las prohibiciones de contratar por sí misma ni por extensión, según el art. 71 LCSP. Cuando se recurra a la solvencia y medios de otras empresas, de conformidad con el art. 75 LCSP, cada una de ellas deberá presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada.
Los servicios del Órgano o la Mesa de Contratación podrán, en cualquier momento, solicitar la justificación documental del cumplimiento de las condiciones sobre las que los licitadores hubieran declarado responsablemente su cumplimiento. El licitador deberá presentar la documentación requerida en el plazo concedido, con un máximo de cinco días hábiles, a contar desde el envío del requerimiento. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y será excluido del procedimiento.
3º Compromiso de constitución de UTE, en su caso, y solidaridad
Cuando dos o más empresas acudan a una licitación con el compromiso de constituirse en UTE, se deberá aportar una declaración indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en UTE, caso de resultar adjudicatarios. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las Empresas componentes de la UTE.
Los empresarios que concurran agrupados en UTE quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
4º Sometimiento a fuero español
Los licitadores extranjeros deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con
renuncia expresa al fuero jurisdiccional extranjero que, en su caso, pudiera corresponder al Licitador.
5º Cesión y subcontratación
En el supuesto de que el licitador tenga prevista cualquier subcontratación (o cesión si esta estuviese expresamente contemplada en los pliegos), deberá incluir en la declaración responsable la aptitud de los subcontratistas y que los mismos no se encuentran incursos en prohibición de contratar.
En el supuesto de que el licitador tenga previsto concertar con terceros (subcontratistas) la realización parcial de la prestación, deberá indicar la parte de contrato que pretende subcontratar, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización, en los términos previstos en los pliegos.
B) SOBRE/ARCHIVO NÚMERO DOS: PROPUESTA SUJETA A JUICIO DE VALOR Y, EN SU CASO, REFERENCIAS TÉCNICAS
No procede la presentación de sobre/archivo número dos.
C) SOBRE/ARCHIVO NÚMERO TRES: OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE
En este sobre/archivo se deberá incluir la oferta económica y/o la propuesta del licitador cuya valoración se realice mediante la aplicación de criterios de adjudicación automática por aplicación de fórmulas, de conformidad con los criterios indicados en el Anexo3.
La oferta será formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo 4 de este pliego, formando parte inseparable del mismo.
2.2.4. Apertura y examen de las proposiciones
Para el examen de las proposiciones se seguirán los siguientes pasos:
I. Una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a abrir el sobre/archivo nº 1 (documentación legal), exigiendo en su caso la subsanación oportuna en el plazo de tres días. Finalmente, la Mesa procederá a determinar los licitadores admitidos, los rechazados y, en este caso, las causas de su rechazo. En este sentido, se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en el sobre/archivo nº 1 documentación que deba ser objeto de evaluación posterior.
II. Declarados los licitadores admitidos, la Mesa de Contratación procederá a abrir los sobres/archivos nº 3, en caso de que se haya previsto su presentación, y comprobará si las proposiciones cumplen con el contenido requerido, excluyéndose aquéllas que lo incumplan e indicando en tal caso las causas de su rechazo.
La documentación contenida en este sobre será evaluada conforme a los criterios expresados en el Anexo 3 correspondiente de este pliego.
De todo lo actuado se dejará constancia en las correspondientes Actas de la Mesa, en las que se reflejará el desarrollo y resultado del procedimiento, así como sus incidencias.
El resultado de los actos de la Mesa relativos a la calificación, admisión o exclusión de las ofertas se publicará en el perfil del contratante, excepto aquella información que no sea susceptible de publicación de conformidad con la normativa vigente. Todo ello, sin perjuicio de la necesaria comunicación o notificación, cuando proceda, a los licitadores afectados. En todo caso, el acto de exclusión de un licitador le será notificado con indicación de las causas de la misma.
2.2.5. Valoración de las ofertas
I. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios de valoración de las propuestas figuran en los Anexos señalados anteriormente y referidos a los sobres/archivos nº 3.
Los criterios de juicio de valor podrán establecer un umbral mínimo de puntuación que pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
II. OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS
Asimismo, en el Anexo correspondiente a los criterios de evaluación automática por aplicación de fórmulas (sobre/archivo nº 3), podrán establecerse los parámetros objetivos en virtud de los cuales se entenderá que la proposición no puede ser cumplida por contener valores con una desviación anormal o desproporcionada. Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 15 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior
en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 15 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 15 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
5. Excepcionalmente, y atendiendo al objeto del contrato y circunstancias xxx xxxxxxx, el órgano de contratación podrá motivadamente reducir en un tercio en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares los porcentajes establecidos en los apartados anteriores.
6. Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas, la mesa de contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada.
Cuando se identifique una proposición que pueda estar incursa en presunción de anormalidadHZ solicitará por escrito al licitador las justificaciones que considere oportunas, con el fin de determinar si la misma debe ser tomada en consideración. Desde la fecha en que reciba la solicitud, el licitador requerido dispondrá de plazo de tres (3) díaspara presentar las justificaciones que estime convenientes. Si transcurrido este plazo no se hubiera recibido dichas justificaciones, la empresa licitadora quedará excluida. Si se recibieran en plazo las citadas justificaciones, HZ decidirá, de forma motivada, bien la aceptación de la oferta, contando con ella a todos los efectos para resolver lo que proceda en relación con la adjudicación del contrato o bien el rechazo de dicha oferta cuando presuma fundadamente que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados.
III. CRITERIOS ESPECÍFICOS EN CASO DE EMPATE
En caso de empate en la puntuación final, se resolverá conforme a los criterios expuestos a continuación por orden de preferencia:
1º Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
2º Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
3º Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas. 4º El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado
lugar a desempate.
2.3. Adjudicación
2.3.1. Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación
Una vez valoradas las ofertas, la Mesa de Contratación remitirá al Órgano de Contratación la correspondiente propuesta de clasificación y de adjudicación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de las ofertas admitidas por aplicación de los criterios indicados en el Pliego e identificando la oferta mejor puntuada.
Una vez aceptada la propuesta de la Mesa por el Órgano de Contratación los servicios correspondientes de dicho órgano requerirán al Licitador que haya presentado la mejor oferta para que presente la documentación que procediere, dentro de la comprendida en la relación siguiente, en un plazo no superior a diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en el que haya recibido el requerimiento:
1. Documentos que acrediten la personalidad del empresario y su ámbito de actividad.
- Si la empresa fuera una persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal (NIF).
- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa.
- Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones de España derivadas de acuerdos internacionales, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente.
2. Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto y fotocopia de su D.N.I.
o del documento que, en su caso, haga sus veces. Si la empresa fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil o en el Registro público que corresponda.
3. Solvencia económica y financiera, y técnica o profesional. Acreditación de su solvencia económica, financiera y técnica por los medios que se especifiquen en el presente pliego.
En las Uniones Temporales de Empresarios, alos efectos de valorar y apreciar la concurrencia del requisito de clasificación, respecto de los empresarios que concurran agrupados se atenderá, en la forma que legalmente se determine, a las características acumuladas de cada uno de ellos, expresadas en sus respectivas clasificaciones. En todo caso, será necesario para proceder a esta acumulación que todas las empresas hayan obtenido previamente la clasificación como empresa de obras, sin perjuicio de lo establecido para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea y de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
4. Obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
a) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
b) Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
5. Constitución de la garantía definitiva. El Adjudicatario constituirá una fianza definitiva por importe del 5% del precio del contrato, sin incluir el I.V.A. Ésta se presentará en alguna de las formas siguientes:
- Mediante el ingreso de su importe en cuenta titularidad de HZ
- Mediante la presentación de un aval bancario con obligación de pago a primer requerimiento, debidamente inscrito en el registro especial de avales.
- Mediante seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de la caución. La entidad aseguradora, y el seguro de caución habrán de cumplir con los requisitos contenidos al respecto en el TRLCSP.
6. Documentación acreditativa de la subcontratación con aquellas empresas con las que el adjudicatario tenga previsto subcontratar. Tendrá que aportar según corresponda, una declaración en la que indique la parte del contrato que va a subcontratar, señalando el porcentaje que representa sobre el importe total del contrato, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización, firmada por ambas partes junto con el resto de documentación que se solicite por el órgano de contratación.
El Órgano de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación será motivada, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante.
2.4. Suspensión o finalización de la licitación por HZ
Antes de la formalización del contrato, el Órgano de Contratación podrá decidir no adjudicar o celebrar el contrato, o desistir del procedimiento.
Sólo podrá adoptarse la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa.
En todo caso, el acuerdo de suspensión o finalización figurará en resolución motivada del Órgano de Contratación, se publicará en el Perfil del Contratante y se notificará a los licitadores que hubieren presentado oferta.
2.5. Formalización del contrato
El Contrato se formalizará en documento privado. Podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a cargo del mismo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso, el contratista deberá entregar al Órgano de Contratación una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
En caso de contradicción entre los documentos contractuales prevalecerán, por este orden, los pliegos, el documento de formalización del contrato y la propuesta del contratista.
La formalización del contrato deberá realizarse dentro de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se reciba la notificación de adjudicación
3.1. Disposiciones generales
El contrato se regirá por lo previsto en los documentos contractuales (pliegos, documento de formalización del contrato y proposición del contratista), en las IIC y normativa aplicable.
Entre otros extremos:
(1) El contratista ejecutará el servicio objeto de la presente licitación de forma regular y conforme a los más altos estándares de calidad.
(2) Salvo que expresamente se indique de otro modo, el contratista se compromete a obtener a su xxxxx cuantos permisos, licencias, autorizaciones, etc. administrativos o de otro tipo que fueren precisos para el desarrollo de su prestación.
(3) HZ prestará al contratista la mayor colaboración en el desarrollo de su actividad.
(4) El contratista deberá disponer los medios humanos y materiales necesarios para desarrollar su actividad, observando estrictamente la normativa aplicable. En particular, deberá cumplir la normativa y obligaciones tributarias, laborales, de Seguridad Social y prevención de riesgos laborales, higiénico-sanitaria, de seguridad, espectáculos públicos, actividades recreativas, protección de los consumidores,relativa a la publicidad, derechos de autor, propiedad intelectual y protección de datos.
(5) El contratista garantizará la debida confidencialidad y la ausencia de conflicto de intereses en el desarrollo de su actividad.
(6) El contratista proporcionará a HZ la información y documentación que le fuere requerida para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
3.2. Disposiciones específicas
El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en los documentos contractuales.
La facturación se adaptará a los conceptos indicados en la oferta, identificando al que corresponden y facilitando su seguimiento y control por parte de HZ.
La empresa adjudicataria emitirá a fin de mes la factura correspondiente a los servicios prestados, a cuyo importe habrá que incrementarle el IVA aplicable. El pago de las facturas se efectuará en los primeros días del mes, dentro de los treinta días siguientes a su recepción.
3.2.2. Obligaciones laborales, sociales y de transparencia
El contratista ostentará la cualidad de empresario respecto del personal que se destine a la prestación del servicio contratado con todos los derechos y obligaciones inherentes a dicha condición, quedando obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones de carácter normativo o pactado presente y futuras en materia laboral, de seguridad social, fiscal, de seguridad e higiene en el trabajo, prevención de riesgos laborales, seguro de accidentes, o cualesquiera otras que resulten de aplicación.
El adjudicatario será responsable de cuantos incumplimientos se deriven de sus obligaciones en materia de personal y se obligará a mantener indemne a HZ ante cualquier tipo de reclamación, resolución o condena.
No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y HZ, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización del contratista en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, éste el único responsable y obligado al cumplimiento de las disposiciones legales aplicables.
El contratista está obligado a cumplir durante todo el período de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso el contratista estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo de aplicación.
3.2.3. Seguridad, confidencialidad y protección de datos
El Contratista queda obligado a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el responsable del Contrato.
El Contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del Contrato a la que se le haya dado el referido carácter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal y estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del Contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del Contrato y los cinco años posteriores al vencimiento de éste en los términos del artículo 133.2 la LCSP.
El Contratista no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del Órgano de Contratación.
El Contratista adquiere, igualmente, el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue, en ningún caso, a poder de terceras personas.
El Órgano de Contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial, carácter que afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
A estos efectos, el Contratista podrá designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal.
Como efecto de la adjudicación del presente Contrato, el Adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, por lo que, como consecuencia de la celebración de este, el Adjudicatario adquiere la condición de Encargado de Tratamiento, y queda obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de prestación del servicio.
El acceso del Adjudicatario a los datos de carácter personal contenidos en los ficheros de HZ para la prestación del servicio objeto del Contrato, no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos a efectos de la legislación vigente en materia de protección de datos personales, sino de acceso por cuenta de terceros conforme a lo previsto en dicha legislación. Por lo que como consecuencia, el Adjudicatario queda obligado específicamente a:
- Utilizar los datos de carácter personal a los que tuviese accesos para los exclusivos fines de la ejecución del presente Contrato.
- Adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias establecidas en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal aplicando de esta manera, las medidas de seguridadque correspondan en función del tipo de datos a tratar.
- Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que pueda tener acceso para la prestación objeto del Contrato así como sobre los que resulten de su tratamiento cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido.
- No comunicar o ceder los datos del fichero a otras entidades, ni siquiera para su conservación, salvo que en el Contrato de prestación de servicios se detalle lo contrario, en cuyo caso, dichas entidades se verán sometidas a las mismas reglas de protección de datos y confidencialidad que el Encargado de Tratamiento.
- Comunicar al personal que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento el deber de guardar secreto profesional sobre los datos de carácter personal que conozca o a los que tenga acceso en ejecución del Contrato, obligándose de igual manera a hacer cumplir las medidas de seguridad.
- Destruir o devolver a HZ, según las instrucciones que al respecto se den, una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal eventualmente tratados y los soportes o documentos en que consten los mismos, sin conservar copia alguna de aquellos.
La infracción de estos deberes por parte del Adjudicatario será calificada como grave y será causa de resolución del Contrato, sin perjuicio de la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente, respondiendo, en todo caso éste, como Responsable del Tratamiento, sobre los daños y perjuicios que, en materia de protección de datos, se deriven del incumplimiento de estas.
Estas obligaciones que se extienden durante la ejecución del Contrato, seguirán vigentes una vez que el Contrato haya finalizado o haya sido resuelto.
3.2.4. Cesión y subcontratación
Sin perjuicio de los supuestos de sucesión del contratista en los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o de ramas de actividad de las mismas, o los supuestos previstos en la normativa hipotecaria, no procederá la cesión contractual cuando expresamente se indique en el anuncio de licitación.
El contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie su ejecución, la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar, su importe, y la identidad, datos de contacto y representante legal del subcontratista, justificando suficientemente su aptitud.
4. EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se rige, en cuanto a sus efectos, modificación y extinción, por el derecho privado.
4.1. Ejecución del contrato
El contrato se ejecutará con sujeción a lo previsto en los documentos contractuales y normativa vigente.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. Éste será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para HZ o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, tanto si dichas prestaciones y servicios se realizan en sus propias instalaciones, como si se realizan en los centros profesionales que tenga concertados para el debido cumplimiento del contrato.
HZ efectuará la inspección, comprobación y vigilancia para la correcta ejecución del contrato y podrá dictar las instrucciones oportunas para su correcto cumplimiento al encargado del adjudicatario.
El alcance de los servicios podrá incrementarse o reducirse según las necesidades e indicaciones de HZ, aplicándose los precios unitarios por los servicios efectivamente prestados.
4.2. Responsable del contrato
El Órgano de Contratación designará un responsable del contrato. Al responsable del contrato le corresponderá supervisar la ejecución del contrato y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las prestaciones pactadas.
4.3. Modificación del contrato
La modificación del contrato se regirá por las normas de derecho privado que le resulten de aplicación. En cualquier caso, HZ podrá incrementar o reducir el alcance de los servicios para adaptarlos a las necesidades del servicio hasta en un 20%, aplicándose los precios unitarios por los servicios efectivamente prestados.
La modificación requerirá informe favorable de la dirección proponente, del área económico-financiera y de Asesoría Jurídica, y su acuerdo deberá realizarse expresamente por el Órgano de Contratación.
4.4. Finalización de los trabajos
El contratista deberá realizar la prestación dentro del plazo estipulado y en los términos previstos en el contrato.
En el supuesto de otorgamiento de garantía, transcurrido el plazo previsto para la misma sin que HZ haya formalizado ningún reparo, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía definitiva.
4.5. Extinción y resolución del contrato
El Contrato se extinguirá por su vencimiento, mutuo acuerdo o resolución.
La resolución del Contrato se podrá acordar por el Órgano de Contratación, siendo causas de resolución las siguientes:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
c) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados.
d) El incumplimiento por el contratista de obligaciones esenciales, en particular: paralización de la actividad o no prestación de la misma durante una jornada; prestación manifiestamente defectuosa o irregular de forma reiterada de sus actividades y el retraso sistemático en la prestación de las mismas; cualquier otra indicada en los Pliegos.
La resolución del contrato deberá comunicarse al Contratista y expresar justificadamente las razones que la motivan, con indicación de la fecha de efectividad de la misma, todo ellosin perjuicio del eventual derecho a indemnización de daños y perjuicios y/o a las acciones judiciales pertinentes.
1 DECLARACIÓN RESPONSABLE
2 SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, Y TÉCNICA O PROFESIONAL
3 CRITERIOS DE EVALUACIÓN AUTOMÁTICA
4 MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , mayor de edad, con domicilio en provincia de
c/ núm. con D.N.I. núm. , en nombre y representación de , con N.I.F. nº , y con domicilio social en provincia de c/ . Núm. al objeto de participar en la licitación para la .
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
(1) Que la empresa a la que represento dispone de capacidad de obrar y jurídica necesaria para contratar en el presente procedimiento. El objeto social de la empresa comprende la actividad objeto de este contrato, de acuerdo con lo recogido en sus estatutos sociales, estatutos que se hallan correctamente inscritos en los Registros correspondientes. En el caso de actuar como representante, que ostenta poder bastante para ello.
(2) Que la citada empresa, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan incursos en prohibiciones de contratar alguna.
(3) Que la citada Entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
(4) Que la empresa cumple los requisitos de capacidad y solvencia, o, en su caso, clasificación, exigidos en este Pliego.
(5) Que la empresa cuenta, en su caso, con la habilitación empresarial o profesional exigida para la realización de la actividad o prestación objeto del contrato.
(6) Que se compromete a la adscripción del contrato de los medios personales y/o materiales indicados en el pliego de Cláusulas Particulares.
(7) Que se integra la solvencia por medios externos:
Sí, existiendo el compromiso a que se refiere el artículo 75.2 LCSP No.
(8) Que en la oferta presentada por la citada empresa se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
(9) Que se trata de empresa extranjera:
Sí, y me someto a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
No.
(10) Que se compromete, en el caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, a presentar, previamente a la adjudicación del contrato, los documentos exigidos, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 2.3.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares.
Lo que declara responsablemente en , a de de 2024. Fdo.
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, TÉCNICA O PROFESIONAL
La solvencia económica y financiera y la solvencia técnica y profesional del empresario deberán acreditarse por los siguientes medios:
1. SOLVENCIA ECONOMÍCA Y FINANCIERA
Para acreditar el cumplimiento de la solvencia económica y financiera, los licitadores, a elección del Órgano de Contratación, deberán aportar:
- DECLARACIÓN SOBRE EL VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS DEL LICITADOR REFERIDO AL AÑO DE MAYOR VOLUMEN DE NEGOCIO DE LOS TRES ÚLTIMOS CONCLUIDOS
Criterio: volumen anual de negocios de la empresa, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, deberá ser, como mínimo de 187.000,00€.
Se acreditará mediante: Las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil de cada ejercicio, con resultados positivos, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
2. SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que podrá acreditarse, según el objeto del contrato, por los medios siguientes:
(1) MEDIDAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL QUE EL EMPRESARIO PODRÁ APLICAR AL EJECUTAR EL CONTRATO, CON INDICACIÓN EXPRESA DE LAS NORMAS TÉCNICAS O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS APLICABLES A LA EJECUCIÓN Y A LA VERIFICACIÓN OBJETIVA DE LA CORRECTA APLICACIÓN DE DICHAS MEDIDAS.
Criterios: Estar en posesión de las siguientes certificaciones:
o Norma ISO 9001 de Sistema de Gestión de Calidad o equivalente
o Norma ISO 14001 de Sistema de Gestión Medioambiental o equivalente Se acreditará mediante:
▪ Certificado de calidad conforme a la Norma ISO 9001 en vigor o certificados equivalente expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
▪ Certificado de medioambiente conforme a la Norma ISO 14001 en vigor o certificados equivalente expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
(2) DECLARACIÓN INDICANDO LA MAQUINARIA, MATERIAL Y EQUIPO TÉCNICO DEL QUE SE DISPONDRÁ PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS O PRESTACIONES, A LA QUE SE ADJUNTARÁ LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA PERTINENTE.
Criterios: Un número mínimo de 3 autobuses, con un mínimo de 50 plazas. Se acreditará mediante: Declaración responsable del empresario.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN AUTOMÁTICA
La puntuación máxima de cada oferta será de 100 puntos, de los que 2,5 puntos serán asignados a la oferta técnica objetiva y 97,5 puntos a la oferta económica, todo ello en los conceptos y fórmulas de cálculo que se detallan a continuación:
1. ASPECTOS TÉCNICOS (Máximo 2,5 PUNTOS)
Valoración Oferta Técnica –criterios objetivos-
Para valorar la oferta técnica se ponderará cada uno de los siguientes criterios:
PUNTO A. Vinilado de la trasera de autobuses que realizan el servicio (máximo 2,0 puntos).
Se valorará la publicidad relativa a HZ, insertada en las traseras de los vehículos usados cada jornada que realiza el traslado de asistentes a las carreras de caballos. El diseño de la imagen a incluir en las traseras de los autobuses será proporcionado por HZ, siendo el coste de este vinilado a cargo de la empresa adjudicataria del contrato.
La empresa que se comprometa a esta mejora durante las distintas temporadas y jornadas recibirá 2 puntos y aquella que no lo haga recibirá 0 (cero).
PUNTO B. Disponibilidad de WIFI en los autobuses que realizan el servicio de transporte al hipódromo (máximo 0,5 puntos).
Se valorará la disponibilidad o no de conexión WIFI en los autobuses que prestan servicio de transporte al Hipódromo de la Zarzuela.
Las empresas que ofrezcan esta mejora obtendrán la máxima puntuación y aquellas que no lo ofrezcan, obtendrán 0 (cero).
2. ASPECTOS ECONOMICOS (Máximo 97,5 PUNTOS)
Valoración oferta económica –PRECIO
Los licitadores deberán hacer constar en su proposición económica de manera expresa y en aras a una absoluta claridad interpretativa de los sobres, el detalle completo de conceptos económicos, redactada conforme al modelo fijado en el Anexo 4, no aceptándose aquéllas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta. La oferta no podrá superar el presupuesto base de licitación.
Para valorar cada oferta económica se asignará la puntuación máxima de 97,5 puntos a aquella cuyo importe sea el de menor cuantía y el resto de ofertas se valorarán según la siguiente fórmula matemática:
Fórmula de valoración de los puntos asignados al precio:
Puntos a asignar a la Oferta A = (97,5 x Oferta de menor cuantía) / importe oferta.
El importe de la oferta económica no incluirá el IVA.
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
D/Xx
número de
, con D.N.I y con residencia en , Provincia
calle
, en nombre/representación
de la empresa ,
se compromete a ejecutar el contrato objeto de la presente licitación, con arreglo a la siguiente proposición:
A. Precios unitarios de un autobús según jornada (pueden ser iguales):
PRECIOS AUTOBUS | EUROS (sin IVA) |
SÁBADO/DOMINGO/FESTIVO | |
NOCTURNA | |
SABADO TARDE/DOMINGO TARDE | |
DIA LABORABLE |
B. Importe total de la oferta para dos años conforme, a las jornadas previstas en el pliego de prescripciones técnicas para la contratación de un servicio de transporte por cada autobús del público asistente a las jornadas xx xxxxxxxx en el Hipódromo de la Zarzuela:
€, IVA no incluido.
DETALLE | PRECIO (euros sin IVA) | Nº JORNADAS DESDE 4/7 2024 hasta 28/6/2025 | TOTAL PARA UN AUTOBUS 1 AÑO | TOTAL PARA UN AUTOBUS 2 AÑOS |
SÁBADO/DOMINGO/FESTIVO | 28 | |||
NOCTURNA | 15 | |||
XXXXXX TARDE/DOMINGO TARDE | 3 | |||
DIA LABORABLE | 2 | |||
TOTAL | 48 |
En los importes contemplados en este Anexo deben entenderse incluidos todos los conceptos salvo el IVA de aplicación.
Lo que declara responsablemente en , a de de 2024. Fdo.: