OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA se obliga a realizar la labor en la forma acordada, empleando la mayor diligencia y cuidado, con observancia de las normas legales e institucionales que sobre la materia contratada se encuentren vigentes. Especialmente se obliga:1) Informar de los avances, hallazgos y resultados obtenidos en los estudios realizados y acogerse a lo planteado en el proyecto de prospección arqueológica aprobado por el ICANH y a las recomendaciones emanadas en las sesiones semanales del comité técnico, en consenso y coordinación con la dirección y equipo interdisciplinario. 2) Coordinar el equipo técnico y auxiliar en las labores de campo y gabinete relacionadas con la exploración, registro e inventario arqueológico de las evidencias de patrimonio industrial y ferroviario, en el área de influencia xxx xxxxxxxx férreo entre las Estaciones Xxxxxx y Cisneros. 3) Adelantar ante el del Instituto Colombiano de Antropología e Historia-ICANH, las gestiones para obtener la autorización de prospección arqueológica de los conjuntos ferroviarios. 4) Entrega del informe final de la prospección arqueológica donde se integren los resultados obtenidos con las evidencias emanadas del estudio histórico. 5) Entrevistas e información de campo, levantamientos topográficos y estudios de titularidad de los predios comprometidos. 6) Obtener concepto favorable del informe final de la prospección arqueológica por parte del ICANH. 7) Suministrar la información de georeferenciacion (puntos de GPS de la prospección) para la construcción de las bases de datos en los sistemas de información geográfica (Arc Gis). 8) Realizar personalmente la labor encomendada, en consecuencia, no podrá ceder este contrato sin autorización de LA UNIVERSIDAD. 9) Mantener la confidencialidad de todos los datos e informaciones a que tenga acceso con ocasión del proyecto para el cual se le contrata. 10) Pagar los aportes al sistema de seguridad social en salud y pensiones que corresponda. PRODUCTOS A ENTREGAR: 1) Una prospección Arqueológica del conjunto industrial ferroviario en el trayecto objeto de estudio, que contemple un inventario del patrimonio cultural mueble, inmueble y arqueológico industrial de los conjuntos ferroviarios prospectados, con fichas de registro patrimonial basadas en los protocolos establecidas por el Ministerio de Cultura y avaladas por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), donde se describen las características físicas del bien patrimonial, la titularidad legal, y de...
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 22.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista debe contar con o disponer de todos los permisos y autorizaciones que se necesiten para la ejecución correcta y legal de la obra, especialmente, pero sin limitarse a cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. Asimismo, deberá realizar y/o efectuar, colocar o dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes (señalética, letreros de peligro, precaución, etc.), para la debida protección del público, personal de la fiscalización y del contratista mismo, especialmente si los trabajos afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos. Los sueldos y salarios de los trabajadores del contratista se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país. El contratista deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador. Las mismas disposiciones aplicarán los subcontratistas a su personal. Serán también de cuenta del contratista y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social. El contratista deberá también suscribir con los actores pertenecientes al sector de la economía popular y solidaria (EPS) o micro y pequeñas empresas (MYPES) subcontratistas, los contratos que correspondan, en los porcentajes ofertados y evaluados, copia de los cuales deberá ser entregada a la entidad contratante para conocimiento y seguimiento por parte de fiscalización y administración del contrato. En el transcurso de la ejecución de la obra el contratista podrá solicitar a la entidad contratante la sustitución del o los subcontratistas, únicamente en el caso de incumplimiento o retraso en la ejecución de los rubros subcontratados que afecte el avance de obra programado y que conste en el cronograma vigente aprobado por el fiscalizador. El contratista, además, deberá notificar a la entidad contratante cualquier situación que le justifique la sustitución, reemplazo o cambio de su(s) subcontratista(s), en los casos señalados en el numeral I.25 de estas Condiciones Generales. El contratista, en forma previa a la presentación de las planillas correspondientes, deberá...
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, do...
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Son obligaciones del contratista:
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Son obligaciones del Contratista:
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 24.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el Pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere por escrito el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. En el caso de contratos por unidades de obra o de tiempo, el contrato se ejecutará mediante la realización de tantas unidades de las que integran el objeto del contrato como sean solicitadas por la Administración, debiendo ejecutarse el trabajo objeto del contrato en el plazo máximo señalado en la cláusula 8 del presente Pliego o en el que hubiere ofertado el contratista en su proposición si fuera menor. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que lleve a cabo y de las prestaciones y servicios realizados.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 22.1.- El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato, y a ejecutar el contrato con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el Pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere por escrito el responsable del contrato designado por el órgano de contratación, quien podrá, asimismo, ajustar el ritmo de entrega de los bienes a suministrar.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 2.1 El Contratista realizará y completará los Servicios descriptos en el Anexo II con la diligencia, cuidado y eficiencia debidos y conforme al presente Contrato.