OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 22.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Serán obligaciones del contratista las siguientes: - La ejecución del contrato con arreglo al contenido determinado en el mismo, así como en este Pliego y en su oferta. - La adscripción a la ejecución del contrato de los medios humanos comprometidos en su oferta. - El cumplimiento de los plazos de ejecución de cada encargo ofertados en su oferta final. - La obtención, a su cargo, de cuantas licencias y permisos fuesen necesarios para el ejercicio de su actividad. - La obediencia de las instrucciones dadas por el responsable del contrato y por el personal técnico de XXXXX y la ejecución de las tareas objeto del contrato de manera coordinada con aquél, debiéndole mantener informado de manera continua. - La satisfacción de cualesquiera otros gastos que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato incluidos los fiscales, tasas y gravámenes según las disposiciones vigentes. - El cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral y de Seguridad Social en relación con el personal que emplee en la prestación de los servicios contratados. - El cumplimiento del deber de confidencialidad, con arreglo a la Cláusula 20ª del presente Xxxxxx. - El cumplimiento de lo servicios en el supuesto de huelga. Si no se garantizasen tales servicios, XXXXX estaría facultada para promover los contratos precisos para cubrir los servicios, deduciéndose de su facturación el importe de los referidos contratos. - La sustitución del personal, cualquiera que sea la labor que realice y el tiempo de duración de la misma, en el supuesto de que no cumpliera su función con la debida diligencia y eficiencia, no estuviese capacitado, fuese poco cuidadoso en el desempeño de los servicios o cometiese actos perniciosos para la buena marcha del contrato. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas desde el requerimiento que efectúe ELIKA a tal fin. Las sustituciones de personal no implicarán responsabilidad alguna para ELIKA respecto de las relaciones del contratista con el personal afectado. - El remplazo del personal para cubrir las ausencias de trabajo ocasionadas por bajas por enfermedad, vacaciones, permisos, licencias, accidentes, etc., garantizando la prestación efectiva de los servicios contratados. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas. Las obligaciones previstas en la presente Xxxxxxxx tendrán el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de las misma causa de reso...
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El Contratista está obligado y será responsable de la ejecución completa y oportuna del objeto del Contrato, de conformidad con lo previsto en el mismo, en los Pliegos de Condiciones de Interventoría, en su Propuesta, en el contrato, pliego y anexos del contratista constructor de obra, y en todos los demás documentos relacionados con el proyecto. Para tales efectos, tiene la obligación de realizar y ejecutar todas las acciones y actividades tendientes al cabal cumplimiento del Contrato, obrando en todo caso y en cualquier circunstancia de buena fe y con lealtad frente a METRO CALI S.A. y en términos que busquen en todo momento la ejecución y cumplimiento de las obligaciones de acuerdo a lo pactado para cada una de ellas. Así mismo el Interventor deberá asegurar que el Proyecto a ejecutar durante las etapas de preconstrucción, construcción, rehabilitación de vías y liquidación, cumpla con los objetivos propuestos, garantizando la idoneidad en los perfiles de los profesionales que llevarán a cabo la correcta ejecución de las obras, vigilando la aplicación de los recursos financieros, donde primen la eficiencia, la economía, la celeridad y la calidad en la ejecución. Además de las obligaciones constitucionales, legales y reglamentarias, a las cuales está obligado, y las previstas en otras Cláusulas de este Contrato o en los documentos que lo integran, el Contratista debe: a) Realizar todas las actividades descritas en el Anexo Especial que dio alcance a la presente Interventoría y que fue publicado durante el proceso de selecciónConcurso de Meritos - y que hace parte integral del presente contrato. b) Presentar a Metro Cali S.A. las hojas de vida de los profesionales propuestos en la oferta en el formato establecido por la Ley 190 de 1995, en la oportunidad prevista en los Pliegos de Condiciones de Interventoría. c) Presentar a Metro Cali S.A. el compromiso suscrito con el profesional presentado donde conste la permanencia en el desarrollo de la labor contratada, durante todo el tiempo de ejecución del contrato. d) Presentar a Metro Cali S.A. los documentos relativos a la organización del Interventor para el Contrato, en la oportunidad prevista en los Pliegos de Condiciones de Interventoría, conforme a los siguientes criterios: -1. El enfoque y metodología del Interventor que ejecutará en desarrollo del Contrato. -2. Distribución mensual del personal y equipos para la Interventoría según la propuesta económica, para la aprobación por parte de Metro Cali S....
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista debe contar con o disponer de todos los permisos y autorizaciones que se necesiten para la ejecución correcta y legal de la obra, especialmente, pero sin limitarse a cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. Asimismo, deberá realizar y/o efectuar, colocar o dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes (señalética, letreros de peligro, precaución, etc.), para la debida protección del público, personal de la fiscalización y del contratista mismo, especialmente si los trabajos afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos. Los sueldos y salarios de los trabajadores del contratista se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país. El contratista deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador. Las mismas disposiciones aplicarán los subcontratistas a su personal. Serán también de cuenta del contratista y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social. El contratista deberá también suscribir con los actores pertenecientes al sector de la economía popular y solidaria (EPS) o micro y pequeñas empresas (MYPES) subcontratistas, los contratos que correspondan, en los porcentajes ofertados y evaluados, copia de los cuales deberá ser entregada a la entidad contratante para conocimiento y seguimiento por parte de fiscalización y administración del contrato. En el transcurso de la ejecución de la obra el contratista podrá solicitar a la entidad contratante la sustitución del o los subcontratistas, únicamente en el caso de incumplimiento o retraso en la ejecución de los rubros subcontratados que afecte el avance de obra programado y que conste en el cronograma vigente aprobado por el fiscalizador. El contratista, además, deberá notificar a la entidad contratante cualquier situación que le justifique la sustitución, reemplazo o cambio de su(s) subcontratista(s), en los casos señalados en el numeral I.25 de estas Condiciones Generales. El contratista, en forma previa a la presentación de las planillas correspondientes, deberá...
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, do...
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. La prestación del servicio se efectuará con arreglo a las condiciones que a continuación se estipulan, de las que se derivan los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes: - Realización y mantenimiento del Inventario de Mobiliario Urbano, según condicionantes mínimos, establecidos en este Pliego y bajo la supervisión del Departamento de Parques y Jardines. - Ejecutar las labores de inspección periódica del estado del mobiliario urbano, con las frecuencias y características que se especifiquen en la oferta. - Conservación preventiva del conjunto del mobiliario urbano objeto del Concurso según los planes propuestos en la oferta, sujetos a aprobación o modificación por el Departamento de Parques y Jardines, incluidas las labores de limpieza de los elementos. - Operaciones de reparación y mantenimiento del mobiliario urbano in situ, o en taller atendiendo las órdenes de trabajo en los plazos reseñados en este Pliego, así como las comunicaciones del personal técnico del Departamento de Parques y Jardines. - Transporte de elementos de mobiliario urbano tanto a, o de talleres de reparación o almacenes. - Fijación o retirada de elementos anclados con o sin obra de fábrica. - Sustitución de partes o conjuntos completos de elementos, así como la realización de suministros de piezas necesarias para asegurar la continuidad del servicio de los elementos instalados. - Disponer del personal necesario tanto en número como en capacidad profesional y cuantía mínima reseñada para la adecuada realización del servicio. - Disponibilidad de vehículos y equipos en las cuantías mínimas y características que se reseñarán para satisfacer las exigencias xxx Xxxxxx. - Disponibilidad de almacenes, talleres y materiales y repuestos necesarios en cuantías mínimas señaladas, para asegurar el racional desempeño del servicio. - Administración del servicio. - Facilitar presupuestos de sustitución, modificación y conservación de los elementos que en el futuro se precise y que no se encuentren incluidos en este Pliego. - Precintar o retirar de forma inmediata cualquier elemento que represente un peligro y comunicar de forma inmediata al Ayuntamiento las actuaciones. - Entregar parte semanal de trabajos y actuaciones realizadas al Departamento de Parques Jardines.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Son obligaciones del contratista:
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Son obligaciones del Contratista:
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 24.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el Pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere por escrito el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. En el caso de contratos por unidades de obra o de tiempo, el contrato se ejecutará mediante la realización de tantas unidades de las que integran el objeto del contrato como sean solicitadas por la Administración, debiendo ejecutarse el trabajo objeto del contrato en el plazo máximo señalado en la cláusula 8 del presente Pliego o en el que hubiere ofertado el contratista en su proposición si fuera menor. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que lleve a cabo y de las prestaciones y servicios realizados.