CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE ANULACIÓN DE RESERVAS SUSCRITO ENTRE VIAJES EROSKI Y EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE ANULACIÓN DE RESERVAS SUSCRITO ENTRE VIAJES EROSKI Y EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS
Seguro Gastos Anulación de Reservas
1. DEFINICIONES ACCIDENTE GRAVE
Toda lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del accidentado, cuyas consecuencias le impidan el normal desplazamiento de su domicilio habitual.
ASEGURADO
Persona física, residente o no residente en España, que viaje a través de la programación de VIAJES EROSKI, S.A. y contrate este seguro. Si la fecha de salida es en las 24 horas posteriores a la confirmación de la reserva el seguro se deberá contratar en el momento de efectuar dicha reserva.
Serán también asegurados a efectos de las Garantías Gastos de Anulación de reservas y Gastos de Interrupción de estancias, los menores de hasta 18 años en aquellas circunstancias incluidas en las causas de anulación recogidas por el presente contrato que afecten a sus padres, y siempre que viajen acompañados por los mismos.
ASEGURADOR
EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS
Y REASEGUROS (en adelante EUROP ASSISTANCE), que asume el riesgo definido en el presente contrato.
ENFERMEDAD GRAVE
Toda alteración sobrevenida del estado de salud de un individuo que imposibilite el inicio del viaje del Asegurado, impida su continuación en la fecha prevista, o conlleve riesgo de muerte.
FAMILIAR DIRECTO CUBIERTO
Cónyuge, pareja de hecho debidamente inscrita en el correspondiente Registro Oficial, padres, suegros, hijos o hermanos del Xxxxxxxxx.
SINIESTRO
Todo hecho súbito, accidental, imprevisto y ajeno a la intencionalidad del Asegurado, cuyas consecuencias dañosas estén cubiertas por las garantías de esta póliza. Se considerará que constituye un solo y único siniestro el conjunto de daños derivados de una misma causa.
TOMADOR DEL SEGURO
La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe esta póliza, y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que
por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado.
VIAJE
Se entenderá por viaje todo desplazamiento realizado fuera del Domicilio Habitual del Asegurado, desde la salida del domicilio hasta su regreso una vez finalizado el desplazamiento.
2. OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto el establecimiento de un seguro de anulación que cubra los gastos originados y difundido a través de la mayorista/minorista VIAJES EROSKI, que en las condiciones generales se denominan “Gastos de anulación de reserva”. Igualmente se establecen unas garantías para el Asegurado denominadas en el mismo anexo como “Pago de suplementos individuales”, “Gastos de interrupción de estancia” y “Envío de conductor”.
3. FRANQUICIA KILOMÉTRICA
Para la prestación “Envío de un conductor” la asistencia será válida sólo en España y a partir de 30 km. del domicilio del Asegurado.
4. TRÁMITES EN CASO DE SINIESTRO
El asegurado, o en su caso VIAJES EROSKI, deberá poner en conocimiento de EUROP ASSISTANCE la anulación del viaje a través de llamada al nº 000.00.00.00, fax nº 00.000.00.00 o por correo: Orense nº 4, planta 14, 00000 Xxxxxx, o entrando en la web de EUROP ASSISTANCE www.europ- xxxxxxxxxx.xx, donde podrá acceder a “Tramitación on line” para crear su propia solicitud de reembolso, presentando posteriormente los documentos acreditativos de la causa de la anulación del viaje y las facturas o justificantes originales correspondientes, que deberán ser remitidos al:
Xxxxxxxx xx Xxxxxxx 00000 00000 XXXXXX
En caso de que se produzca más de una causa que dé origen a un siniestro, siempre se tomará como causa del mismo la primera que se produzca y se justifique por el Asegurado.
El Asegurado deberá comunicar a EUROP ASSISTANCE el acaecimiento del siniestro, en el plazo máximo de 7 días desde su ocurrencia.
Los reembolsos realizados por EUROP ASSISTANCE se realizan cumpliendo con lo establecido en las leyes españolas, concretamente en lo establecido para pagos en efectivo y salida de capital del territorio nacional. Así, en el caso en que los costes de contingencias cubiertas que el Asegurado hubiera abonado en metálico fuera de España, EUROP
ASSISTANCE únicamente reembolsará el importe igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera si se aporta justificante bancario de su retirada de caja fuera de España o se hubiera declarado conforme a lo establecido en el artículo 34 de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales.
5. TRAMITES EN CASO DE QUEJA POR PARTE DEL ASEGURADO
EUROP ASSISTANCE pone a disposición de los Asegurados un Servicio de Reclamaciones cuyo Reglamento se puede consultar en la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxxx.xx. Podrán presentar quejas los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes de cualquiera de los anteriores, en el apartado de “Defensa del Cliente” de la web, o dirigiéndose por escrito al Servicio de Reclamaciones:
Dirección: Servicio de Reclamaciones
Xx. Xxxxxx, 0 – Xxxxxx 00
00000- XXXXXX
Dicho Servicio, que funciona de forma autónoma, atenderá y resolverá en un plazo máximo de 2 meses las quejas escritas que le son directamente dirigidas, cumpliendo así con la Ley ECO/734/2004 de 11 xx xxxxx y Ley 44/2002 de 22 de noviembre.
Agotada la vía del Servicio de Reclamaciones, el reclamante podrá formular su queja ante el Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones (adscrito a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones), cuya dirección es :
Pº de la Castellana, 44 28046- MADRID
6. SUBROGACIÓN
EUROP ASSISTANCE se subroga, hasta el total del coste de los servicios prestados por ella, en los derechos y acciones que correspondan al Asegurado contra toda persona responsable de los hechos y que hayan motivado su intervención. Cuando las garantías realizadas en ejecución del presente Contrato sean cubiertas en todo o en parte por otra entidad Aseguradora, por la Seguridad Social o por cualquier otra institución o persona, EUROP ASSISTANCE quedará subrogada en los derechos y acciones del Asegurado frente a la citada compañía o institución. A estos efectos el Asegurado se obliga a colaborar activamente con EUROP ASSISTANCE prestando cualquier ayuda u otorgando cualquier documento que pudiera considerar necesario.
En cualquier caso EUROP ASSISTANCE tendrá derecho a utilizar o a solicitar del Asegurado la entrega del título de transporte (billete de tren, de avión, etc.) no utilizado por éste, cuando los gastos de regreso hayan corrido a cargo de EUROP ASSISTANCE.
7. RESPONSABILIDAD
Acaecido un siniestro, EUROP ASSISTANCE no asumirá ninguna responsabilidad respecto a las decisiones y actuaciones que adopte el Asegurado,
contrarias a sus instrucciones o las de su Servicio Médico.
8. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN
El Asegurado y EUROP ASSISTANCE se someten a la legislación y jurisdicción española para los efectos del presente contrato. Será juez competente para el reconocimiento de las acciones derivadas del contrato el del Domicilio Habitual del Asegurado.
GARANTIAS CUBIERTAS
1.- Gastos de anulación de reservas
Se garantiza el reembolso por los gastos de anulación de la reserva del viaje que se produzcan a cargo del Asegurado y que le sean facturados por aplicación de las Condiciones Generales de venta, según la legislación vigente aplicable y siempre que se anule la reserva del viaje antes de la fecha del inicio del mismo y después de la suscripción del seguro, debiendo haber transcurrido al menos 72 horas entre la contratación de la póliza y el hecho generador de la cancelación del viaje, y por una de las causas siguientes:
1. Fallecimiento, Enfermedad grave o accidente grave que médicamente imposibiliten el inicio del viaje en la fecha prevista de:
- El asegurado.
- El cónyuge, pareja de hecho, padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, cuñados, xxxxxx, xxxxxx, suegros o acompañante del Asegurado, que impliquen hospitalización como mínimo de una noche.
- La persona encargada de la custodia de los niños menores o incapacitados, que impliquen hospitalización como mínimo de una noche.
- El sustituto profesional, que impliquen hospitalización como mínimo de una noche.
2. Perjuicios graves por robo, incendio o explosión en la residencia principal y/o secundaria del asegurado o sobre el local de negocio, si el asegurado fuera representante legal de la empresa afectada.
3. Despido laboral del asegurado no disciplinario o traslado forzoso de trabajo que conlleve el cambio de residencia.
4. Incorporación a un trabajo en una nueva empresa, con contrato laboral y siempre que su incorporación se produzca con posterioridad a la contratación del viaje y del seguro.
5. Convocatoria como parte, testigo de un tribunal o miembro de un jurado.
6. Convocatoria como miembro de una Mesa Electoral.
7. Subrogación en un nuevo cliente por la anulación del asegurado.
8. Actos de piratería aérea, terrestre y naval que imposibilite al asegurado iniciar su viaje. Se excluyen los actos terroristas.
9. Robo de la documentación o equipaje que imposibilite al asegurado proseguir su viaje.
10. Declaración de la renta paralela efectuada por el Ministerio de Hacienda por una cuantía superior a 600 euros.
11. Avería o accidente en el vehículo propiedad del Asegurado, o de su cónyuge o pareja de hecho, que impida al asegurado iniciar su viaje.
12. No concesión inesperada de visados por causas injustificadas. Queda expresamente excluida la no concesión de visados siempre que el Asegurado no haya realizado las gestiones pertinentes dentro de plazo y forma para su concesión.
13. Programación de intervención quirúrgica que impida la realización del viaje.
14. Complicaciones del embarazo o aborto que impida la realización del viaje, siempre que se hayan producido antes del sexto mes de gestación.
15. Cuarentena médica del asegurado.
16. Declaración de zona catastrófica del lugar de origen o de destino.
17. Retención policial del asegurado por causas no delictivas
18. Citación para trasplante de órganos del asegurado o de familiares hasta segundo grado
19. Concesión de becas oficiales que imposibilite la realización del viaje.
20. Fallecimiento de familiar de tercer grado
21. Cualquier enfermedad de hijos menores de 2 años asegurados.
22. Declaración judicial de suspensión de pagos o quiebra de la empresa del Asegurado.
23. Cambio vacacional impuesto unilateralmente por la empresa. También se ofrece cobertura en el caso de autónomos por cuenta ajena que sufran cambio vacacional.
24. Causa de fuerza mayor demostrable mediante documento justificativo
25. Cancelación de la propia boda.
26. Entrega de un hijo en adopción.
27. Prórroga del contrato laboral
28. Asuntos derivados de obligaciones de carácter legal.
29. Anulación del viaje debido a que el Asegurado viaje con otro similar ganado en sorteo público y notario.
30. Convocatoria para presentación y firma de documentos oficiales.
31. Presentación a exámenes de oposiciones oficiales.
Se garantizan también los gastos de anulación de hasta dos acompañantes inscritos en la misma reserva, que deben reunir la condición de ser asegurados también por la presente póliza de seguro y que hayan contratado conjuntamente el viaje en la agencia, como consecuencia de la anulación por cualquiera de las causas descritas anteriormente del viaje por parte del
asegurado, y siempre y cuando no estén excluidas por póliza.
En los casos en que la anulación afecte a familiares directos cubiertos (según vienen definidos en estas condiciones generales), los gastos por anulación se garantizarán a todos los asegurados con los vínculos familiares definidos y que estén asegurados en la misma póliza para el mismo viaje.
La solicitud de reembolso de gastos, deberá acompañarse de los oportunos justificantes médicos originales emitidos por el facultativo que hubiera asistido a la persona cuya enfermedad o accidente motive la cancelación; de las facturas originales del coste del viaje contratado, del justificante del pago de los gastos de anulación y del boletín de suscripción o de reserva o billete original. Cuando la causa de anulación se produzca el mismo día del inicio del viaje, el Asegurado deberá aportar como justificante de cancelación del billete aéreo el no-show emitido por la Compañía Aérea.
2.- Pago de suplementos individuales
En caso de viajes de grupos y si alguno de los Asegurados cancele el viaje, EUROP ASSISTANCE abonará los suplementos individuales de los gastos de hotel que la anulación pudiera originar.
3.- Anulación de viaje ya iniciado
En los casos en que el Asegurado deba interrumpir sus vacaciones por cualquiera de las causas recogidas en la garantía “Gastos de anulación de reservas”, EUROP ASSISTANCE reembolsará al Asegurado el importe proporcional correspondiente a los días no disfrutados, así como los gastos correspondientes a la pensión alimenticia.
Igualmente, EUROP ASSISTANCE reembolsará al Asegurado hasta el importe correspondiente a las dos primeras noches de no ocupación en caso de retraso en el inicio del viaje por alguna de las causas recogidas en la garantía “Gastos de anulación de reservas”.
El Asegurado deberá presentar el documento acreditativo de la contratación de los servicios para poder acreditar dicho reembolso.
4.- Envío de un conductor
A) Si a causa de enfermedad o accidente, el Asegurado queda imposibilitado para conducir su vehículo y ninguno de los pasajeros que, en su caso, le acompañen, le puede reemplazar, EUROP ASSISTANCE, previa autorización escrita del propietario del vehículo, enviará un conductor cualificado para conducir el vehículo y a los Asegurados a su domicilio habitual en España, Portugal y/o País Xxxxx Xxxxxxx a través del itinerario más rápido y directo.
El salario y el viaje del conductor serán a cargo de EUROP ASSISTANCE, siendo por cuenta del Asegurado los gastos de peaje, mantenimiento y carburante del vehículo, así como los propios personales.
B) Si el Asegurado prefiere designar un conductor, EUROP ASSISTANCE se hará cargo del transporte del mismo desde el lugar de residencia del Asegurado hasta el lugar donde se encuentre el vehículo y abonará además 30 euros, por día en concepto de bolsa de viaje, mientras dure el retorno por el itinerario más rápido y directo al domicilio habitual del Asegurado en España, Portugal y/o País Xxxxx Xxxxxxx.
EUROP ASSISTANCE, quedando sometida a las legislaciones en materia de uso y circulación de vehículos de motor de los países de tránsito, podrá no prestar este servicio si el vehículo no cumple con los requisitos legales previstos en cada caso, o si el mismo presenta anomalías que impidan o desaconsejen su utilización. Si el vehículo tiene más de 5 años el servicio se prestará únicamente en la modalidad B).
EXCLUSIONES
Esta póliza no cubre las consecuencias de los siguientes hechos:
1. Enfermedades, lesiones o afecciones preexistentes o crónicas, padecidas por el Asegurado con anterioridad a la contratación del seguro.
2. Revisiones médicas de carácter preventivo.
3. Los provocados intencionadamente por el Asegurado o los Beneficiarios de la póliza.
4. Las enfermedades o accidentes derivados del consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, drogas o medicamentos, salvo que estos últimos hayan sido prescritos por un médico.
5. Los que tengan su origen en un acto de imprudencia temeraria o negligencia grave, así como los derivados de actos delictivos y de la participación en apuestas, en desafíos, o en riñas, salvo los casos de legítima defensa.
6. Suicidio, intento de suicidio o autolesiones del Asegurado.
7. Actos dolosos del Tomador, Asegurado, o causahabiente de éstos.
8. Epidemias y/o enfermedades infecciosas de aparición repentina y propagación rápida en la población, así como las provocadas por la polución y/o contaminación atmosférica.
9. Guerras, manifestaciones, insurrecciones, movimientos tumultuosos populares, actos de terrorismo, sabotajes y huelgas, estén o no declaradas oficialmente.
10. La transmutación del núcleo del átomo, así como las radiaciones provocadas por la aceleración artificial de partículas atómicas.
11. Movimientos telúricos, inundaciones, erupciones volcánicas y, en general los que procedan del desencadenamiento de las fuerzas de la naturaleza.
12. No sujeción a prohibiciones oficiales.
13. Falta o imposibilidad de vacunación o de seguimiento de tratamiento médico necesario para viajar a determinados países.
14. La no presentación, olvido y/o caducidad de los documentos necesarios para viajar, tales como pasaporte, visado (salvo la no concesión por causas injustificadas), billetes o carnets.
15. Cualquier contingencia meteorológica que implique no poder realizar la actividad prevista para el viaje, excepto para la cobertura de declaración oficial de xxxx xxxxxxxxxxxx.
00. Cualquier causa que no sea demostrada mediante todos los documentos justificativos que verifiquen el motivo de la anulación.
17. Cualquier enfermedad de carácter no grave, excepto las expresamente cubiertas.
18. Queda expresamente excluida cualquier causa que motive la cancelación o anulación del viaje contratado y que no se encuentre específicamente descrita como garantía cubierta en el artículo correspondiente.