LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN. Todo lo no expresamente previsto en el presente contrato, se regirá por las disposiciones establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Código Civil Federal y en la normatividad de carácter federal aplicable, siendo nulo de pleno derecho cualquier acto realizado en contravención a las mismas, sometiéndose las partes en caso de conflictos judiciales a los tribunales competentes con residencia en México, Distrito Federal, renunciando a la competencia jurisdiccional que les pudiera corresponder por razón de su domicilio presente o futuro. “EL PROVEEDOR” “LA PROCURADURÍA”
LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN. Todo lo no previsto expresamente en el presente contrato, se regirá por las disposiciones relativas contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y en el Código Civil Federal, y en caso de controversia para su interpretación y cumplimiento, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales federales en la Ciudad de México, renunciando al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN. El Asegurado y EUROP ASSISTANCE se someten a la legislación y jurisdicción española para los efectos del presente contrato. Será juez competente para el reconocimiento de las acciones derivadas del contrato el del Domicilio Habitual del Asegurado.
LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN. Ambas partes convienen en que, todo lo no previsto expresamente en el presente Contrato, se regirá por las disposiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás disposiciones que de ella deriven; así mismo serán aplicables supletoriamente el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN. El presente acuerdo se regirá e interpretará conforme a la legislación española en todo aquello que no esté expresamente regulado, sometiéndose las partes, para las controversias que pudieran surgir en relación al mismo, a la competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad señalada en el encabezamiento, con renuncia a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder. Fecha y firma del licitador.
LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN. El presente contrato se regirá por la legislación española. Las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales del lugar de celebración de este contrato para la resolución de todas las cuestiones que pudieran surgir en relación con el incumplimiento del presente contrato.
LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN. Para todo lo relacionado con la interpretación y cumplimiento de este Contrato, las Partes se someten de manera expresa e irrevocable a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos y a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la ciudad xx Xxxxxxxxxx, Sonora, o la Ciudad de México, a elección del actor; en consecuencia, renuncian expresamente a cualquier jurisdicción o fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.
LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN. El presente Contrato se interpretará, ejecutará y regirá conforme a las leyes de México y estará sujeto a la Legislación Aplicable, las leyes, reglamentos y normas de las autoridades competentes. Para el caso de cualquier controversia relacionada con el presente Contrato, las Partes se sujetarán a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México/arbitraje elegido por las Partes conforme a lo establecido a los Términos y condiciones, renunciando expresamente a cualquier jurisdicción que pudiera llegar a corresponderles por su domicilio, presente o futuro, o por cualquier otra causa.
LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN. Todo lo no expresamente previsto en el presente contrato se regirá por las disposiciones establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y el Código Civil Federal. En caso de controversia, para la interpretación y cumplimiento del contrato, las “Partes” se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México y, por lo tanto, el “Prestador del Servicio” renuncia expresamente al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente, futuro, o por cualquier otra causa. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DECLARA QUE: Es una empresa legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, como se desprende de la copia fotostática de la escritura pública número , del de de , otorgada ante la fe del Lic. , Notario Público número del ., con número de Registro Público de Personas Xxxxxxx Número de fecha de de . Comparece representado en este acto a través de , en su carácter de como se desprende de la copia del poder notarial número , del de de , otorgada ante la fe del , Notaria No. del F., quien declara “bajo protesta de decir verdad” que las facultades conferidas no le han sido modificadas ni revocadas en forma alguna. “Bajo protesta de decir verdad”, el Apoderada Legal, los socios y/o accionistas no se encuentran en alguno de los supuestos previstos en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Conoce plenamente el contenido y los requisitos que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y el Código Civil Federal, así como los ordenamientos fiscales vigentes a la fecha de la firma del presente contrato. “LA DEPENDENCIA” DECLARA QUE: Forma parte de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2°, 26 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Quienes subscriben el presente contrato, lo hacen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, fracción V del Reglamento Interno de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publicado el 30 de julio de 2014, en el D.O.F., así como en el Acuerdo por el que se delega la facultad de suscribir convenios y contratos en los servidores públicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2001 y el oficio número 500/129, emitido el por el Oficial Mayor xxx Xxxx, el 15 xx x...
LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN. Los pactos y condiciones del presente Contrato se regirán por la legislación española.