BASES QUE HA DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE UN/A JOVEN DESEMPLEADO/A EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO EN PRACTICAS 2017-2018.
BASES QUE HA DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE UN/A JOVEN DESEMPLEADO/A EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO EN PRACTICAS 2017-2018.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de las presentes bases regular el proceso de selección para la contratación, bajo la modalidad de “contrato de trabajo en prácticas”, durante un período mínimo de un año a jornada completa, a un joven desempleado/a por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, y la creación de una bolsa de empleo tras el proceso de selección inicial con los trabajadores que, habiendo superado el proceso selectivo, no han obtenido suficiente puntuación para acceder al puesto de trabajo para la presente convocatoria, al amparo de la Resolución de 27 de julio de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx con destino a la celebración de contratos de trabajo en prácticas (BOPA 2.08.2017) y la Resolución de 22 de septiembre de 2017, del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx, por la que se aprueba la Convocatoria 2017 de concesión de subvenciones a Entidades Locales del Principado xx Xxxxxxxx en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx: celebración de contratos en prácticas (BOPA 4.X.2017) y la Resolución del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx del 21 de diciembre de 2017, de concesión de subvenciones a Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx con destino a la celebración de contratos de trabajo en prácticas.
FUNCIONES:- Realización de trabajo de campo de identificación de caminos públicos y señalización de edificaciones. Numeración, señalización y callejeros de viviendas en el xxxxxxx xx Xxxxxxxx (Numeración por Sistema Métrico). Recogida de datos de instalaciones de alumbrado público. Actualización xxx xxxxxx de servicios y vigilancia urbanística.
SEGUNDA.- PUBLICIDAD DEL PROCESO.
Se remitirá esta oferta de empleo a la oficina del Servicio Público de Xxxxxx xx Xxxxxxxx (Piloña), a efectos de su difusión a través de la web www,xxxxxxxxxxx.xxx. Asimismo, la convocatoria para la presentación de solicitudes, lista de admitidos y excluidos, así como resultados definitivos se expondrán al público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y la página web municipal.
TERCERA.- PERSONAS DESTINATARIAS.
Son destinatarios de este proceso las personas jóvenes desempleadas inscritas en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que cumplan con los requisitos establecidos en las bases cuarta y quinta.
CUARTA.- REQUISITOS GENERALES DE PARTCIPACIÓN.
Para participar en el proceso selectivo, los/as aspirantes deben cumplir los siguientes requisitos mínimos de carácter general:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (artículo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en
España y su integración social “que establece en su articulo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública.
b) Los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles siempre que acrediten estar en posesión de la titulación correspondiente previamente homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente
c) Tener 16 años cumplidos y ser menor de 30 años.
d) Xxxxxx la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del puesto convocado y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar.
e) No hallarse incurso/ a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
f) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
- Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas.
- Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil.
- Certificado de Profesionalidad de Xxxxx 0 de “Representación de Proyectos de obra Civil” (EOCO0208)
- Otras titulaciones de este mismo ámbito profesional y nivel, siempre que se acredite que son títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 xx xxxxx, de las cualificaciones y de la formación profesional, que habiliten para el ejercicio profesional.
QUINTA.- REQUISITOS ESPECÍFICOS.
Los jóvenes beneficiarios/as del Programa, además de cumplir los requisitos exigidos para la celebración de un contrato en prácticas según la normativa vigente (puntos 3 al 5), deberán cumplir (según Resoluciones de 27 de julio y de 22 de septiembre de 2017 del SEPEPA), a fecha de inicio del contrato subvencionado:
1. Estar inscritos como beneficiarios en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y ser menores de 30 años.
2. Estar inscritos como demandantes de empleo no ocupados en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx.
No podrán participar en la presente convocatoria aquellas personas que hubieran tenido una relación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx al amparo de los siguientes programas de subvenciones:
· Convocatoria 2015 de concesión de subvenciones a Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx:
contratos de trabajo en prácticas (convocatoria aprobada por Resolución del Servicio Público de Empleo de 25 xx xxxxx de 2015, BOPA de 06/07/2015).
· Convocatoria 2016 de concesión de subvenciones a Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx: contratos de trabajo en prácticas (convocatoria aprobada por Resolución del Servicio Público de Empleo de 20 de octubre de 2016, BOPA de 31/10/2016).
SEXTA- LUGAR Y PLAZO DE SOLICITUDES
La solicitud en modelo normalizado (ANEXO I ) se presentará dentro de los siete días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en la página web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en horario de 09:00 a 14:00 en el Registro General del Ayuntamiento de Cabaranes (C/ Xxxxx Xxxxxx, 33310 Santa Xxxxxxx, Cabranes) presencialmente o por cualquiera de los medios que establece la ley (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Sí la solicitud se presentara en registro distinto al del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx se remitirá por fax (Nº 000000000), antes de la fecha de expiración del plazo, el documento de registro de entrada en el que se efectuó la aportación de la documentación necesaria.
La solicitud se acompañará de la siguiente documentación:
1 Copia del DNI, pasaporte o permiso de residencia en vigor.
2 Copia de la titulación requerida.
En el caso de acreditación de circunstancias personales y, a efectos de su valoración, el/la solicitante presentarán los siguientes documentos:
a) Volante o certificado de empadronamiento en el municipio xx Xxxxxxxx, en el caso de que no se hubiese dado autorización previa a favor del Ayuntamiento en el momento de la solicitud, para la consulta de datos xxx Xxxxxx Municipal de Habitantes.
b) Xxxxx, en su caso, de la acreditación de situación de violencia de género, por alguno de los siguientes medios:
a. Resolución judicial acreditativa de la existencia de episodios de violencia de género.
b. Orden de protección dictada a favor de la víctima.
No obstante, las mujeres víctimas de violencia de género que no puedan acreditar dicha situación por alguno de los cauces anteriormente descritos, podrán, excepcionalmente, acreditar esta situación con un Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género hasta en tanto se dicte la orden de protección. acreditar justificarla a través de un informe de la Consejería competente en materia de igualdad, o de otros organismos públicos que certifiquen la existencia de episodios de violencia de género. Deberá incluir un plan individual de atención, elaborado por órgano
competente, en el cual se concreten los apoyos destinados a dichas víctimas.
Al efecto, tanto la resolución judicial como la orden de protección tendrán que haber recaído en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Igualmente el informe de acreditación, habrá de ser realizado dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de solicitud.
c) Para los trabajadores con discapacidad, certificación que acredite tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad
SÉPTIMA.- ORGANO DE SELECCIÓN.
A los efectos de facilitar la selección de los/as trabajadores/as, se constituirá una Comisión de Selección de Contratación en el Ayuntamiento, formada de la siguiente manera:
· Presidente: Un empleado municipal.
· Vocales:
Cuatro designados por el órgano competente entre empleados públicos y que, al menos uno, trabaje en el área objeto de la contratación, de los cuales dos se nombrarán previa consulta y oídos los sindicatos firmantes del Acuerdo para la Competitividad Económica y Sostenibilidad Social (Concertación Social Asturias 2016-2019)
· Secretario: El/la Secretario Municipal o un/a empleado/a público en quien delegue.
Los miembros de la Comisión de Selección de Contratación podrán contar con la presencia de asesores, con voz pero sin voto, en las reuniones que se celebren. Podrán designarse suplentes que actuarán, en su caso, en sustitución de los titulares.
El órgano de selección será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer. La pertenencia a dicho órgano de selección será siempre a título individual no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
OCTAVA.- TRÁMITE DE ADMISIÓN
Se entenderán admitidos al proceso selectivo aquellos/as aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la base cuarta y quinta.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y en la web municipal la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación del motivo de la exclusión. El plazo de subsanación será de tres días hábiles, transcurrido éste plazo sin efectuarla se tendrá a la persona interesada por desistida de su solicitud. Una vez finalizado el plazo se publicará, en el Tablón de Edictos y en la web municipal, la lista definitiva de admitidos y excluidos con indicación del lugar y fecha de realización de las pruebas, y la composición del órgano de selección..
NOVENA.- SISTEMA DE ACCESO.
El sistema de acceso será el de concurso–oposición con la utilización de un baremo una vez superada/a la/s prueba/s selectivas que atenderá a la situación personal del/la aspirante.
1º.-Fase de oposición. Prueba práctica eliminatoria, que consistirá en la realización de una prueba teórica/práctica planteada por el Órgano de Selección y relacionada con las funciones propias del puesto. Tanto el tiempo como la definición del ejercicio a realizar serán decididos por el Tribunal Calificador el día de la selección. Esta prueba tendrá carácter eliminatorio, valorándose de 0 a 10 puntos y considerándose apto el candidato/a que obtenga al menos 5 puntos. No obstante el órgano de selección podrá acordar rebajar el mínimo exigido para superar la prueba, en aquellos casos en que no existan candidatos o estos sean insuficientes para continuar o concluir el proceso de selección.
2º.- Fase de Concurso. A aquellas personas que hubieran superado la prueba o pruebas se les valorará las circunstancias personales según el baremo siguiente:
- Personas con discapacidad igual o superior al 33 %. 1,5 puntos.
- Ser mujer víctima de violencia de género: 1,5 puntos.
- Estar empadronado en el xxxxxxx xx Xxxxxxxx: 2 puntos
La puntuación final será la suma de ambas puntuaciones. En el caso de que se produzca un empate entre varios aspirantes, tendrá preferencia, por éste orden:
1º.- Quien lleve mayor tiempo en situación de desempleo ininterrumpido.
.2º.- Quien haya obtenido mayor nota en el proceso de selección.
El hecho de presentar la Solicitud, e incluso de superar las pruebas, no creará derecho alguno al/la aspirante seleccionado en caso de incumplimiento de requisitos o de observarse inexactitud o falsedad en la documentación aportada.
DECIMA.- RECLAMACIONES
Las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar derivadas de los procesos de selección serán resueltas por el órgano de selección.
UNDECIMA.- CONTRATACIÓN.
1.- Finalizadas las pruebas selectivas, y con carácter previo a la propuesta concreta a la Alcaldía de la contratación del/la aspirante que haya obtenido mayor puntuación en el conjunto del proceso selectivo, se comprobará el cumplimiento de los requisitos específicos y las circunstancias personales acreditadas.
2.- Se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal, el acta de resolución de los procesos selectivos y el resultado de los mismos, formalizándose contrato de trabajo temporal bajo la modalidad de “contrato de trabajo en prácticas”, a jornada completa, de un año de duración, resultando de aplicación el Convenio Colectivo suscrito al efecto por la Federación Asturiana de Concejos y los sindicatos firmantes del Acuerdo para la Competitividad Económica y Sostenibilidad Social (Concertación Social Asturias 2016-2019).
3.- En el caso de que un/a trabajador/ha seleccionado/a causara baja, la elección de la persona que lo sustituya recaerá sobre el siguiente aspirante de la bolsa de empleo constituida tras el proceso de selección inicial siempre que cumpla con los requisitos establecidos. Si la bolsa se hubiera agotado se realizaría un nuevo proceso selectivo.
4.- La personas a contratar deberán presentar, con carácter previo al inicio del contrato, la siguiente documentación:
1. Certificación de inscripción como beneficiario en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil a fecha de inicio del contrato salvo que se hubiese dado autorización previa en favor del Ayuntamiento en el momento de la solicitud para la solicitud de esta información al Servicio Público de Empleo.
2. Documento acreditativo de estar inscrito como demandante de empleo no ocupado en el Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx a fecha de formalización del contrato, salvo que se hubiese dado autorización previa en favor del Ayuntamiento en el momento de la solicitud para la solicitud de esta información al SEPEPA.
3. Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos, la acreditación del carácter subvencionado de su contrato y el compromiso de cumplimentar cuanta información se precisa para elaborar los indicadores de ejecución y resultados recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 1304/2013 (Anexo II).
4. Anexo relativo a los indicadores de ejecución y resultados recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 1304/2013 (Anexo III).
DUODECIMA. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, informa a las personas interesadas en participar en el proceso selectivo objeto de la presente convocatoria, que los datos de carácter personal que faciliten serán incorporados a un fichero cuya finalidad es la selección de personal y les reconoce la posibilidad de ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante escrito, acompañado de fotocopia de DNI o documento equivalente, dirigido al responsable de seguridad, que podrá ser presentado por registro o enviado a Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, 00000 Xxxxxxxx (Xxxxxxxx) io al fax nº 000000000.
DECIMOTERCERA. RECURSOS.
Esta convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos deriven de la misma y de las actuaciones de la Comisión de Selección, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as. Asimismo podrán ser objeto de impugnación, las resoluciones y los actos de trámite, si estos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, los/as interesados/as podrán interponer, ante el órgano competente de la entidad local, los recursos de alzada y potestativo de revisión que cabría fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en el artc. 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
DECIMOCUARTA. COFINANCIACIÓN.
Las contrataciones realizadas al amparo de las presentes bases reguladoras están cofinanciadas por el Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx y por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo para el periodo 2014-2020 en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (CCI 2014ES05M9OP001), en un 91,89% por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil en caso de certificación en el ámbito del Eje 5, o en un 80% por el Fondo Social Europeo en el caso de certificación en el ámbito del Eje 1, del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020.”
ANEXO I
INSTANCIA DE SOLICITUD: CONTRATOS DE TRABAJO EN PRÁCTICAS 2017/2018
Contrataciones cofinanciadas por el Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx y por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo para el periodo 2014- 2020 en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (CCI 2014ES05M9OP001), en un 91,89% por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil en caso de certificación en el ámbito del Eje 5, o en un 80% por el Fondo Social Europeo en el caso de certificación en el ámbito del Eje 1, del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020
SOLICITANTE:
NOMBRE Y APELLIDOS: NIF/TIE: | |
FECHA DE NACIMIENTO: | EDAD: |
DOMICILIO: | TFNO. DE CONTACTO: |
LOCALIDAD: E-MAIL: | C.P: |
TITULACIÓN ACADÉMICA: | |
DECLARA RESPONSABLEMENTE: |
- Que se compromete al cumplimiento de los requisitos exigidos en la Resolución de 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 xxx XXXXXX a fecha de formalización de contrato.
- Que reúne los requisitos generales exigidos en el apartado 4º de las Bases que regulan el presente proceso de selección.
- Que cumple los requisitos de titulación/edad de las plazas ofertadas.
- Que se encuentra en alguna de las siguientes situaciones objeto de baremación (señale con una X en la/s que se encuentra, en su caso):
□ Persona con discapacidad.
□ Mujer víctima de violencia de género
□ Estar empadronado/a en el municipio xx Xxxxxxxx.
SOLICITA su admisión para participar en el proceso selectivo y declara bajo su responsabilidad que son ciertos los datos consignados en ella y DOY MI CONSENTIMIENTO, al Ayuntamiento xx Xxxxxxxx para que se consulten los datos a fin de:
- Comprobar si el/la solicitante ha estado anteriormente trabajando en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx en el marco de los programas que señala la base quinta de las Bases Reguladoras.
- Solicitar el Servicio Público de Empleo información relativa a su inscripción como beneficiario/a en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y su condición de inscrito como demandante de empleo no ocupado.
– Comprobar si figura inscrito/a en el Padrón Municipal de Habitantes.
Una vez finalizado el proceso de selección, si de la comprobación de la documentación previa a la contratación resultara que, la persona propuesta no reuniese alguno de los requisitos establecidos en esta convocatoria o no acreditase alguna de las circunstancias a baremar, se resolverá su exclusión del proceso selectivo decayendo el/la interesado/a en los derechos eintereses legítimos a ser contratado/a.
En, a de de 2018 (firma)