PLIEGO DE CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA CONTRATACIÓN DE OBRAS
Junta Distrito Municipal de Santa Xxxxx
XXXXXX DE CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA CONTRATACIÓN DE OBRAS
Construcción Aceras y Contenes Barrio Tamarindo Calle Central y Calle Segunda COMPARACION DE PRECIOS EN OBRAS
JDMSL-CCC-CP-2022-001
Distrito Municipal Santa Xxxxx República Dominicana
02 de noviembre 2022
TABLA DE CONTENIDO
PROCEDIMIENTOS DE COMPARACIÓN DE PRECIOS 6
Instrucciones a los Oferentes (IAO) 6
1.3 Definiciones e Interpretaciones 7
1.11 Etapas de Comparación de Precios 12
1.12 Órgano de Contratación 12
1.14 Órgano Responsable del Proceso 13
1.15 Exención de Responsabilidades 13
1.16 Prácticas Corruptas o Fraudulentas 13
1.17 De los Oferentes/Proponentes Hábiles e Inhábiles 14
1.18 Prohibición de Contratar 14
1.19 Demostración de Capacidad para Contratar 15
1.22 Rectificaciones Aritméticas 16
1.23.1 Garantía de la Seriedad de la Oferta 17
1.23.2 Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato 17
1.24 Garantía de Buen Uso del Anticipo 17
1.26 Devolución de las Garantías 18
1.30 Visita al lugar de las Obras 19
1.31 Reclamos, Impugnaciones y Controversias 19
Datos de Comparación de Precios (DDL) 20
2.1 Objeto de Comparación de Precios 20
2.2 Procedimiento de Selección 20
2.5 Cronograma de Comparación de Precios 21
2.6 Disponibilidad y Adquisición xxx Xxxxxx de Condiciones 22
2.7 Conocimiento y Aceptación xxx Xxxxxx de Condiciones 23
2.8 Especificaciones Técnicas 23
2.9 Tiempo Estimado de Ejecución de la Obra 29
2.11 Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” 29
2.1 Documentación a Presentar 30
2.2 Forma para la Presentación de los Documentos Contenidos en el “Sobre B” 35
Protocolo provisional para la apertura de ofertas económicas (Sobre B): 36
Junta Distrito Municipal de Santa Xxxxx PRESENTACIÓN: OFERTA ECONÓMICA REFERENCIA: JDMSL-CCC- CP-001-2022 36
3.2 Apertura de “Sobre A”, contentivo de Propuestas Técnicas 38
3.3 Validación y Verificación de Documentos 39
3.4 Criterios de Evaluación de la Oferta Técnica 39
La definición de los criterios de evaluación abarca capacidad económica y técnica, experiencia, personal en el área del proyecto y equipos disponibles 40
PARA QUE UNA OFERTA PUEDA SER CONSIDERADA CUMPLE, DEBERÁ POSEER TODAS Y CADA UNA DE LAS CARACTERÍSTICAS CONTENIDAS EN LAS REFERIDAS FICHAS TÉCNICAS. ES DECIR QUE, EL NO CUMPLIMIENTO EN UNA DE LAS ESPECIFICACIONES IMPLICA LA DESCALIFICACIÓN DE LA OFERTA Y LA DECLARACIÓN DE NO CUMPLE. 40
3.5 Apertura de los “Sobres B”, Contentivos de Propuestas Económicas 41
3.6 Confidencialidad del Proceso 43
3.7 Plazo de Mantenimiento de Oferta 43
3.8 Evaluación Oferta Económica 43
4.1 Criterios de Adjudicación 45
4.3 Declaración de Desierto 45
4.4 Acuerdo de Adjudicación 45
4.5 Adjudicaciones Posteriores 46
Disposiciones Sobre los Contratos 46
5.1 Condiciones Generales del Contrato 46
5.1.2 Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato 46
5.1.3 Perfeccionamiento del Contrato 46
5.1.4 Plazo para la Suscripción del Contrato 47
5.1.5 Ampliación o Reducción de la Contratación 47
5.1.6 Finalización del Contrato 47
5.2 Condiciones Específicas del Contrato 47
5.2.1 Vigencia del Contrato 47
Incumplimiento del Contrato 48
6.1 Incumplimiento del Contrato 48
6.2 Efectos del Incumplimiento 48
6.3 Tipos de Incumplimientos 48
Ejecución y Recepción de la Obra 49
7.1 Inicio de la Construcción 49
7.4 Garantía de Vicios Ocultos 50
8.1 Obligaciones de la Entidad Contratante 50
8.2 Obligaciones del Contratista 50
8.2.3 Xxxx xx Xxxxxx y Obras Provisionales 52
8.2.4 Responsabilidad de Seguros 53
8.2.5 Seguro contra daños a terceros 53
8.2.6 Seguro contra accidentes de trabajo 53
8.2.7 Protección de la Mano de Obra y Condiciones de Trabajo 54
8.2.9 Contabilidad del Contratista 55
GENERALIDADES
Prefacio
Este modelo estándar xx Xxxxxx de Condiciones Específicas para la ejecución o contratación Obras, ha sido elaborado por la Dirección General de Contrataciones Públicas, para ser utilizado en los Procedimientos de Licitaciones, regidos por la Ley No. 340-06, de fecha dieciocho (18) xx xxxxxx del dos mil seis (2006), sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, su modificatoria contenida en la Ley No. 449-06, de fecha seis (06) de diciembre del dos mil seis (2006), y su Reglamento de Aplicación emitido mediante el Decreto No. 543-12 de fecha seis
(6) de septiembre de dos mil doce (2012).
A continuación, se incluye una breve descripción de su contenido.
PARTE 1 – PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)
Esta sección contiene información general sobre el Procedimiento de Licitación. Las disposiciones de esta sección son de uso obligatorio en todos los procedimientos de Licitación para la Contratación de Obras regidos por la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones con modificaciones xx Xxx No. 449-06 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12.
Sección II. Datos de Comparación de Precios (DDL)
Esta sección contiene disposiciones específicas para la Contratación de Obra y proporciona información al Oferente de cómo preparar sus Ofertas.
Sección III. Apertura y Validación de Ofertas
Esta sección incluye el procedimiento de apertura y validación de Ofertas, Técnicas y Económicas, incluye los criterios de evaluación y el procedimiento de Estudio de Precios.
Sección IV. Adjudicación
Esta sección incluye los Criterios de Adjudicación y el Procedimiento para Adjudicaciones Posteriores.
PARTE 2 – CONTRATO
Sección V. Disposiciones sobre los Contratos
Esta sección incluye el Contrato, el cual, una vez perfeccionado no deberá ser modificado, salvo los aspectos a incluir de las correcciones o modificaciones que se hubiesen hecho a la oferta seleccionada y que están permitidas bajo las Instrucciones a los Oferentes y las Condiciones Generales del Contrato.
Incluye las cláusulas generales y específicas que deberán incluirse en todos los contratos.
Sección VI. Incumplimiento de Contrato
Esta sección incluye los efectos del incumplimiento, los tipos de incumplimiento y las sanciones que devienen de estos.
PARTE 3 – OBRAS
Sección VII. Ejecución y Recepción de Obras
Esta sección incluye los requisitos de entrega de las Obras, la Recepción Provisional y la Recepción Definitiva.
Sección VIII. Obligaciones de las Partes
Esta sección incluye las obligaciones tanto de la entidad contratante como las del contratista.
Sección IX. Formularios Tipo
Esta sección contiene los formularios de información sobre el oferente, presentación de oferta y garantías que el oferente deberá presentar conjuntamente con la oferta.
1.1 Antecedentes
PARTE I
PROCEDIMIENTOS DE COMPARACIÓN DE PRECIOS
Sección I Instrucciones a los Oferentes (IAO)
La motivación a realizar dicho proceso es las necesidades generadas por la comunidad a impactar con el proyecto a realizar. Dicha comunidad carece de infraestructuras viales que brinden seguridad a los transeúntes al momento de movilizarse, dificultándose esta tarea cuando dicha comunidad es impactada por las depresiones ambientales en donde dichas vías suelen convertirse en intransitables e inhumanas.
1.2 Objetivos y Alcance
El objetivo del presente documento es establecer el conjunto de cláusulas jurídicas, económicas, técnicas y administrativas, de naturaleza reglamentaria, por el que se fijan los requisitos, exigencias, facultades, derechos y obligaciones de las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que deseen participar en la comparación de precios para la construcción de Aceras y Contenes en el Sector Tamarindo Calle Central y Calle Segunda, llevada a cabo por Junta de Distrito Municipal de Santa Xxxxx (Referencia: JDMSL-CCC-CP-20221-0001).
1 La referencia corresponde al nombre de la institución-Comité de Compras y Contrataciones-Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Internacional o Licitación Restringida- Año-número secuencial de procedimientos llevados a cabo.
Este documento constituye la base para la preparación de las Ofertas. Si el Oferente/Proponente omite suministrar alguna parte de la información requerida en el presente Pliego de Condiciones Específicas o presenta una información que no se ajuste sustancialmente en todos sus aspectos al mismo, el riesgo estará a su cargo y el resultado podrá ser el rechazo de su Propuesta.
1.3 Definiciones e Interpretaciones
A los efectos de este Pliego de Condiciones Específicas, las palabras y expresiones que se inician con letra mayúscula y que se citan a continuación tienen el siguiente significado:
Adjudicatario: Oferente/Proponente a quien se le adjudica el Contrato.
Análisis de Costo: Análisis del Precio de los puntos xx xxxxxxx.
Bienes: Equipos que El Oferente está obligado a suministrar a la Entidad Contratante, según las exigencias del presente Pliego de Condiciones Específicas.
Caso Fortuito: Acontecimiento que no ha podido preverse, o que previsto no ha podido evitarse, por ser extraño a la voluntad de las personas.
Certificado de Recepción Definitiva: El o los certificados expedidos por el Supervisor al Contratista al final del o de los períodos de garantía, en el que se declare que el Contratista ha cumplido sus obligaciones contractuales.
Circular: Aclaración que la Entidad Contratante emite de oficio o para dar respuesta a las consultas planteadas por los Oferentes/Proponentes con relación al contenido xxx Xxxxxx de Condiciones, formularios, anexos u otra Circular y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.
Comité de Compras y Contrataciones: Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.
Compromiso de Confidencialidad: Documento suscrito por el Oferente/Proponente para recibir información de Comparación de Precios.
Consorcio: Uniones temporales de empresas que sin constituir una nueva persona jurídica se organizan para participar en un procedimiento de contratación.
Consulta: Comunicación escrita, remitida por un Oferente/Proponente conforme al procedimiento establecido y recibida por la Entidad Contratante, solicitando aclaración, interpretación o modificación sobre aspectos relacionados exclusivamente con el Pliego de Condiciones.
Contrato: Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.
Contratista: Oferente/Proponente que habiendo participado en la Licitación Pública Nacional, resulta adjudicatario del Contrato de acuerdo al Pliego de Condiciones Específicas.
Credenciales: Documentos que demuestran las calificaciones profesionales y técnicas de un Oferente/Proponente, presentados como parte de la Oferta Técnica y en la forma establecida en el Pliego de Condiciones Específica, para ser evaluados y calificados por los peritos, lo que posteriormente pasa a la aprobación del Comité de Compras y
Contrataciones de la entidad contratante, con el fin de seleccionar los Proponentes Habilitados, para la apertura de su Oferta Económica Sobre B.
Cronograma de Actividades: Cronología del Proceso de Licitación.
Cronograma de Ejecución: Documento que contiene el Cronograma de Ejecución de las actividades y el Plan de Trabajo para entrega de la Obra objeto de Comparación de Precios.
Desglose de Precios Unitarios: La lista detallada de tarifas y precios que muestren la composición de cada uno de los precios de las partidas que intervienen en el Presupuesto Detallado.
Diseño Arquitectónico: Conforme a los planos de construcción y las Especificaciones Técnicas.
Empresa Vinculada: Empresa subsidiaria, afiliada y/o controlante. Se considera que una empresa es subsidiaria a otra cuando esta última controla a aquella, y es afiliada con respecto a otra u otras, cuando todas se encuentran bajo un control común. Empresas controlantes son aquellas que están en posibilidad de controlar a otras, ya sea por su participación directa o indirecta en más del cincuenta por ciento (50%) del capital, o en más del cincuenta por ciento (50%) de los votos de las Asambleas, o en el control de la dirección de las empresas subsidiarias.
Emplazamiento: Los terrenos proporcionados por la Entidad Contratante, en los cuales debe ejecutarse la Obra, y otros lugares que citados en el Contrato formen parte del emplazamiento.
Entidad Contratante: El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Ley No. 340-06, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.
Estado: Estado Dominicano.
Enmienda: Comunicación escrita, emitida por la Entidad Contratante, con el fin de modificar el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otra Enmienda y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.
Especificaciones Técnicas: Documentos contentivos de las Especificaciones Técnicas requeridas.
Fuerza Mayor: Cualquier evento o situación que escapen al control de la Entidad Contratante, imprevisible e inevitable, y sin que esté envuelta su negligencia o falta, como son, a manera enunciativa pero no limitativa, epidemias, guerras, actos de terroristas, huelgas, fuegos, explosiones, temblores de tierra, accidentes, catástrofes, inundaciones y otras perturbaciones ambientales mayores, condiciones severas e inusuales del tiempo.
Interesado: Cualquier persona natural o jurídica que tenga interés en cualquier procedimiento de contratación que se esté llevando a cabo.
Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los Pliegos de Condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. La licitación pública nacional va dirigida a los Contratistas nacionales o extranjeros domiciliados legalmente en el país.
Licitación Restringida: Es la invitación a participar a un número limitado de proveedores que pueden atender el requerimiento, debido a la especialidad de las Obras a ejecutarse, razón por la cual sólo puede obtenerse un número limitado de participantes, de los cuales se invitará un mínimo de cinco (5) Oferentes cuando el registro sea mayor. No obstante ser una licitación restringida se hará de conocimiento público por los medios previstos.
Líder del Consorcio: Persona natural o jurídica del Consorcio que ha sido designada como tal.
Máxima Autoridad Ejecutiva: El titular o el representante legal de la Entidad Contratante o quien tenga la autorización para celebrar Contrato.
Notificación de la Adjudicación: Notificación escrita al Adjudicatario y a los demás participantes sobre los resultados finales del Procedimiento de Licitación, dentro de un plazo de cinco (05) días hábiles contados a partir del Acto de Adjudicación.
Oferta Económica: Precio fijado por el Oferente en su Propuesta.
Oferta Técnica: Especificaciones de carácter técnico-legal de las Obras a ser ejecutadas.
Obras: Son los trabajos relacionados con la construcción, reconstrucción, demolición, reparación o renovación de edificios, vialidad, transporte, estructuras o instalaciones, la preparación del terreno, la excavación, la edificación, la provisión e instalación de equipo fijo, la decoración y el acabado, y los servicios accesorios a esos trabajos, como la perforación, la labor topográfica, la fotografía por satélite, los estudios sísmicos y otros servicios similares estipulados en el contrato, si el valor de esos servicios no excede del de las propias Obras.
Obra adicional o complementaria: Aquella no considerada en los documentos de Licitación ni en el Contrato, cuya realización resulta indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta prevista de la Obra principal y que dé lugar a un presupuesto adicional que no supere el 25% del monto total Adjudicado.
Oferente/Proponente: Persona natural o jurídica legalmente capacitada para participar en el proceso de Licitación.
Oferente/Proponente Habilitado: Aquel que participa en el proceso de Licitación y resulta Conforme en la fase de Evaluación Técnica del Proceso.
Planos Detallados: Los planos proporcionados por la Entidad Contratante al Contratista.
Peritos: Funcionarios expertos en la materia del proceso llevado a cabo, de la Entidad Contratante, de otra entidad pública o contratados para el efecto y que colaborarán asesorando, analizando y evaluando propuestas, elaborando los informes que contengan los resultados y sirvan de sustento para las decisiones que deba adoptar el Comité de Compras y Contrataciones.
Prácticas de Colusión: Es un acuerdo entre dos o más partes, diseñado para obtener un propósito impropio, incluyendo el influenciar inapropiadamente la actuación de otra parte.
Prácticas Coercitivas: Es dañar o perjudicar, o amenazar con dañar o perjudicar directa o indirectamente a cualquier parte, o a sus propiedades para influenciar inapropiadamente la actuación de una parte.
Prácticas Obstructivas: Es destruir, falsificar, alterar u ocultar en forma deliberada pruebas importantes respecto de su participación en un proceso de compra o incidir en la investigación o formular declaraciones farsas a los investigadores con la intensión de impedir sustancialmente una investigación de la Entidad Contratante referente a acusaciones sobre prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas, o colusorias y/o amenazar, acosar o intimidar a una parte con el propósito de impedir que dicha parte revele lo que sabe acerca de asuntos pertinentes a la investigación, o que lleve adelante la investigación, o la ejecución de un contrato.
Pliego de Condiciones Específicas: Documento que contiene todas las condiciones por las que habrán de regirse las partes en la presente Licitación.
Representante Legal: Persona física o natural acreditada como tal por el Oferente/ Proponente.
Resolución de la Adjudicación: Acto Administrativo mediante el cual el Comité de Compras y Contrataciones procede a la adjudicación al/los oferente(s) del o los Contratos objeto del procedimiento de compra o contratación.
Sobre: Paquete que contiene las credenciales del Oferente/Proponente y las Propuestas Técnicas o Económicas.
Supervisor: Persona natural o jurídica, competente responsable de dirigir o supervisar la ejecución de acuerdo con el diseño, planos, tiempo de ejecución, presupuestos y especificaciones técnicas y de construcción del Contrato de Obra..
Unidad Operativa de Compras y Contrataciones (UOCC): Unidad encargada de la parte operativa de los procedimientos de Compras y Contrataciones.
Para la interpretación del presente Pliego de Condiciones Específicas:
⮚ Las palabras o designaciones en singular deben entenderse igualmente al plural y viceversa, cuando la interpretación de los textos escritos lo requiera.
⮚ El término “por escrito” significa una comunicación escrita con prueba de recepción.
⮚ Toda indicación a capítulo, numeral, inciso, Circular, Enmienda, formulario o anexo se entiende referida a la expresión correspondiente de este Pliego de Condiciones Específicas, salvo indicación expresa en contrario. Los títulos de capítulos, formularios y anexos son utilizados exclusivamente a efectos indicativos y no afectarán su interpretación.
⮚ Las palabras que se inician en mayúscula y que no se encuentran definidas en este documento se interpretarán de acuerdo a las normas legales dominicanas.
⮚ Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Entidad Contratante, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.
⮚ Las referencias a plazos se entenderán como días hábiles, salvo que expresamente se utilice la expresión de “días calendario”, en cuyo caso serán días calendario de acuerdo con lo establecido en el párrafo I del artículo 20 de la Ley 107-13 sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de procedimientos administrativos.
1.4 Idioma
El idioma oficial de la presente Licitación es el español, por tanto, toda la correspondencia y documentos generados durante el procedimiento que intercambien el Oferente/Proponente y el Comité de Compras y Contrataciones deberán ser presentados en este idioma o, de encontrarse en idioma distinto, deberán contar con la traducción al español realizada por un intérprete judicial debidamente autorizado.
1.5 Precio de la Oferta
Los precios cotizados por el Oferente en el Formulario de Presentación de Oferta Económica deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación.
Todas las partidas deberán enumerarse y cotizarse por separado en el Formulario de Presentación de Oferta Económica (Listado de Partidas). Si un formulario de Oferta Económica detalla partidas, pero no las cotiza, se asumirá que está incluido en el precio total de la Oferta. Asimismo, cuando alguna partida no aparezca en el formulario de Oferta Económica se asumirá de igual manera, que está incluida en el precio total de la Oferta.
Los precios cotizados por el Oferente serán fijos durante la ejecución del Contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo lo establecido en los Datos de Comparación de Precios (DDL).
1.6 Moneda de la Oferta
El precio en la Oferta deberá estar expresado en moneda nacional, (Pesos Dominicanos, RD$), a excepción de los Contratos de suministros desde el exterior, en los que podrá expresarse en la moneda del país de origen de los mismos.
De ser así, el importe de la oferta se calculará sobre la base del tipo de cambio vendedor del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA vigente al cierre del día anterior a la fecha de recepción de ofertas.
1.7 Normativa Aplicable
El proceso de Licitación, el Contrato y su posterior ejecución se regirán por la Constitución de la República Dominicana, Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, de fecha dieciocho (18) xx xxxxxx del 2006, su modificatoria contenida en la Ley No. 449-06 de fecha seis (06) de diciembre del 2006; y su Reglamento de Aplicación emitido mediante el Decreto No. 543-12, de fecha seis (06) de septiembre del 2012, por las normas que se dicten en el marco de la misma, así como por el presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx y por el Contrato a intervenir.
Todos los documentos que integran el Contrato serán considerados como recíprocamente explicativos.
Para la aplicación de la norma, su interpretación o resolución de conflictos o controversias, se seguirá el siguiente orden de prelación:
1) La Constitución de la República Dominicana;
2) La Ley No. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, de fecha 18 xx xxxxxx del 2006 y su modificatoria contenida en la Ley No. 449-06 de fecha seis (06) de diciembre del 2006;
3) Ley No. 107-13, sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de procedimientos administrativos;
4) El Reglamento de Aplicación de la Ley No. 340-06, emitido mediante el Decreto No. 543-12, de fecha Seis (06) de septiembre del 2012;
5) Decreto No. 164-13 para fomentar la producción nacional y el fortalecimiento competitivo de las MIPYMES de fecha diez (10) xx xxxxx del 2013.
6) Resolución 154-16, de fecha veinticinco (25) xx xxxx del 2016 sobre las consultas en línea emitida por el Ministerio de Hacienda.
7) Resolución No. 33-16, de fecha veintiséis (26) xx xxxxx del 2016 sobre fraccionamiento, actividad comercial del registro de proveedores y rubro emitida por la Dirección de Contrataciones Públicas.
8) Resolución PNP-03-2019, de fecha siete (07) de julio de 2019 sobre incorporación de criterios de Accesibilidad Universal en el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, emitida por la Dirección de Contrataciones Públicas.
9) Las políticas emitidas por el Órgano Rector.
10) El Pliego de Condiciones Específicas;
11) La Oferta y las muestras que se hubieren acompañado;
12) La Adjudicación;
13) El Contrato;
14) La Orden de Compra.
1.8 Competencia Judicial
Todo litigio, controversia o reclamación resultante de este documento y/o el o los Contratos a intervenir, sus incumplimientos, interpretaciones, resoluciones o nulidades serán sometidos al Tribunal Superior Administrativo conforme al procedimiento establecido en la Ley que instituye el Tribunal Superior Administrativo.
1.9 Proceso Arbitral
De común acuerdo entre las partes, podrán acogerse al procedimiento de Arbitraje Comercial de la República Dominicana, de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 479-08, de fecha treinta (30) de diciembre del dos mil ocho (2008).
1.10 De la Publicidad
La convocatoria a presentar Ofertas en las Licitaciones Públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos en dos (02) diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días consecutivos, con un mínimo de treinta
(30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación.
La comprobación de que en un llamado a la comparación de precios se hubieran omitido los requisitos de publicidad, dará lugar a la cancelación inmediata del procedimiento por parte de la autoridad de aplicación en cualquier estado de trámite en que se encuentre.
1.11 Etapas de Comparación de Precios
Las Licitaciones podrán ser de Etapa Única o de Etapas Múltiples.
Etapa Única:
Cuando la comparación de las Ofertas y de la calidad de los Oferentes se realiza en un mismo acto.
Etapa Múltiple:
Cuando las Ofertas Técnicas y las Ofertas Económicas se evalúan en etapas separadas:
Etapa I: Se inicia con el proceso de entrega de los “Sobres A”, contentivos de las Ofertas Técnicas, en acto público y en presencia xx Xxxxxxx Público. Concluye con la valoración de las Ofertas Técnicas y la Resolución emitida por el Comité de Compras y Contrataciones sobre los resultados del Proceso de Homologación.
Etapa II: Se inicia con la apertura y lectura en acto público y en presencia xx Xxxxxxx Público de las Ofertas Económicas “Sobre B”, que se mantenían en custodia y que resultaron habilitados en la primera etapa del procedimiento, y concluye con la Resolución de Adjudicación a los Oferentes/Proponentes.
1.12 Órgano de Contratación
El órgano administrativo competente para la contratación de las obras a ser contratadas es la Entidad Contratante en la persona de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la institución.
1.13 Atribuciones
Son atribuciones de la Entidad Contratante, sin carácter limitativo, las siguientes:
a) Definir la Unidad Administrativa que tendrá la responsabilidad técnica de la gestión.
b) Nombrar a los Peritos.
c) Determinar funciones y responsabilidades por unidad partícipe y por funcionario vinculado al proceso.
d) Xxxxxxxx, declarar desierta o nula, total o parcialmente la Licitación, por las causas que considere pertinentes. En consecuencia, podrá efectuar otras Licitaciones en los términos y condiciones que determine.
1.14 Órgano Responsable del Proceso
El Órgano responsable del proceso de Licitación es el Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones está integrado por cinco (05) miembros:
⮚ El funcionario de mayor jerarquía de la institución, o quien este designe, quien lo presidirá;
⮚ El Director Administrativo Financiero de la entidad, o su delegado;
⮚ El Consultor Jurídico de la entidad, quien actuará en calidad de Asesor Legal;
⮚ El Responsable del Área de Planificación y Desarrollo o su equivalente;
⮚ El Responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información.
1.15 Exención de Responsabilidades
El Comité de Compras y Contrataciones no estará obligado a declarar habilitado y/o Adjudicatario a ningún Oferente/Proponente que haya presentado sus Credenciales y/u Ofertas, si las mismas no demuestran que cumplen con los requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones Específicas.
1.16 Prácticas Corruptas o Fraudulentas
Las prácticas corruptas o fraudulentas comprendidas en el Código Penal o en de la Convención Interamericana contra la Corrupción, o cualquier acuerdo entre proponentes o con terceros, que establecieren prácticas restrictivas a la libre competencia, serán causales determinantes del rechazo de la propuesta en cualquier estado del procedimiento de selección, o de la rescisión del Contrato, si éste ya se hubiere celebrado. A los efectos anteriores se entenderá por:
a) “práctica corrupta”, al ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario público con respecto al proceso de contratación o a la ejecución del Contrato, y,
b) “práctica fraudulenta”, a una tergiversación de los hechos con el fin de influir en un proceso de contratación o en la ejecución de un Contrato de obra pública en perjuicio del contratante; la expresión comprende las prácticas colusorias entre los licitantes (con anterioridad o posterioridad a la presentación de las ofertas) con el fin de establecer precios de oferta a niveles artificiales y no competitivos y privar al contratante de las ventajas de la competencia libre y abierta.
1.17 De los Oferentes/Proponentes Hábiles e Inhábiles
Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que haya adquirido el Pliego de Condiciones, tendrá derecho a participar en la presente Licitación, siempre y cuando reúna las condiciones exigidas y no se encuentre afectada por el régimen de prohibiciones establecido en el presente Pliego de Condiciones.
1.18 Prohibición de Contratar
No podrán participar como Oferentes/Proponentes, en forma directa o indirecta, las personas físicas o sociedades comerciales que se relacionan a continuación:
1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Xxxxxx xx Xxxxxxx y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y
Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Sub-contralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del Ministerio Público; el Tesorero Nacional y el Subtesorero y demás funcionarios de primer y segundo nivel de jerarquía de las instituciones incluidas bajo el ámbito de aplicación de la Ley No. 340-06;
2) Los jefes y subjefes de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, así como el jefe y subjefes de la Policía Nacional;
3) Los funcionarios públicos con injerencia o poder de decisión en cualquier etapa del procedimiento de contratación administrativa;
4) Todo personal de la entidad contratante;
5) Los parientes por consanguinidad hasta el tercer grado o por afinidad hasta el segundo grado, inclusive, de los funcionarios relacionados con la contratación cubiertos por la prohibición, así como los cónyuges, las parejas en unión libre, las personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva o con las que hayan procreado hijos, y descendientes de estas personas;
6) Las personas jurídicas en las cuales las personas naturales a las que se refieren los Numerales 1 al 4 tengan una participación superior al diez por ciento (10%) del capital social, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria;
7) Las personas físicas o jurídicas que hayan intervenido como asesoras en cualquier etapa del procedimiento de contratación o hayan participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o los diseños respectivos, salvo en el caso de los contratos de supervisión;
8) Las personas físicas o jurídicas que hayan sido condenadas mediante sentencia que haya adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada por delitos de falsedad o contra la propiedad, o por delitos de cohecho, malversación de fondos públicos, tráfico de influencia, prevaricación, revelación de secretos, uso de información privilegiada o delitos contra las finanzas públicas, hasta que haya transcurrido un lapso igual al doble de la condena. Si la condena fuera por delito contra la administración pública, la prohibición para contratar con el Estado será perpetua;
9) Las empresas cuyos directivos hayan sido condenados por delitos contra la administración pública, delitos contra la fe pública o delitos comprendidos en las convenciones internacionales de las que el país sea signatario;
10) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren inhabilitadas en virtud de cualquier ordenamiento jurídico;
11) Las personas que suministraren informaciones falsas o que participen en actividades ilegales o fraudulentas relacionadas con la contratación;
12) Las personas naturales o jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para contratar con entidades del sector público, de acuerdo a lo dispuesto por la presente ley y sus reglamentos;
13) Las personas naturales o jurídicas que no estén al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o de la seguridad social, de acuerdo con lo que establezcan las normativas vigentes;
PARRAFO I: Para los funcionarios contemplados en los Numerales 1 y 2, la prohibición se extenderá hasta seis (6) meses después de la salida del cargo.
PARRAFO II: Para las personas incluidas en los Numerales 5 y 6 relacionadas con el personal referido en el Numeral 3, la prohibición será de aplicación en el ámbito de la institución en que estos últimos prestan servicios.
En adición a las disposiciones del Artículo 14 de la Ley No. 340-06 con sus modificaciones NO podrán contratar con el Estado dominicano los proveedores que no hayan actualizado sus datos en el Registro de Proveedores del Estado.
1.19 Demostración de Capacidad para Contratar
Los Oferentes/Proponentes deben demostrar que:
1) Poseen las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato.
2) No están embargados, en estado de quiebra o en proceso de liquidación; sus negocios no han sido puestos bajo administración judicial, y sus actividades comerciales no han sido suspendidas ni se ha iniciado procedimiento judicial en su contra por cualquiera de los motivos precedentes;
3) Han cumplido con sus obligaciones tributarias y de seguridad social;
4) Han cumplido con las demás condiciones de participación, establecidas de antemano en los avisos y el presente Pliego de Condiciones;
5) Se encuentran legalmente domiciliados y establecidos en el país, cuando se trate de licitaciones públicas nacionales;
6) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual;
1.20 Representante Legal
Todos los documentos que presente el Oferente/Proponente dentro de la presente Licitación deberán estar firmados por él, o su Representante Legal, debidamente facultado al efecto.
1.21 Subsanaciones
A los fines de la presente Licitación se considera que una Oferta se ajusta sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. La ausencia de requisitos relativos a las credenciales de los oferentes es siempre subsanable.
La determinación de la Entidad Contratante de que una Oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de Comparación de Precios se basará en el contenido de la propia Oferta, sin que tenga que recurrir a pruebas externas.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable entendiendo por éstos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las Ofertas deben ajustarse sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, la Entidad Contratante podrá solicitar que, en un plazo breve, El Oferente/Proponente suministre la información faltante.
Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos bajo el entendido de que la Entidad Contratante tenga la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas validas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad.
No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta para que se la mejore.
La Entidad Contratante rechazará toda Oferta que no se ajuste sustancialmente al Pliego de Condiciones Específica. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que cualquier Oferta, que inicialmente no se ajustaba a dicho Pliego, posteriormente se ajuste al mismo.
1.22 Rectificaciones Aritméticas
Para fines de subsanaciones, los errores aritméticos serán corregidos de la siguiente manera:
a) Si existiere una discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total obtenida multiplicando las cantidades parciales, prevalecerá la cantidad parcial y el total será corregido.
b) Si la discrepancia resulta de un error de suma o resta, se procederá de igual manera; esto es, prevaleciendo las cantidades parciales y corrigiendo los totales.
c) Si existiere una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras.
Si el Oferente no acepta la corrección de los errores, su Oferta será rechazada.
1.23 Garantías
Los importes correspondientes a las garantías deberán hacerse en la misma moneda utilizada para la presentación de la Oferta. Cualquier garantía presentada en una moneda diferente a la presentada en la Oferta será descalificada sin más trámite.
Los Oferentes/Proponentes deberán presentar las siguientes garantías:
1.23.1 Garantía de la Seriedad de la Oferta
Correspondiente al uno por ciento (1%) del monto total de la Oferta.
PÁRRAFO I. La Garantía de Seriedad de la Oferta será de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro de la Oferta Económica. La omisión en la presentación de la Oferta de la Garantía de Seriedad de Oferta o cuando la misma fuera insuficiente, conllevará la desestimación de la Oferta sin más trámite.
1.23.2 Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
Los Adjudicatarios cuyos Contratos excedan el equivalente en Pesos Dominicanos xx Xxxx Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con 00/100 (US$10.000,00), están obligados a constituir una Garantía Bancaria o Pólizas de Fianzas de compañías aseguradoras de reconocida solvencia en la República Dominicana, con las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y renovables, en el plazo de Cinco (5) días hábiles, contados a partir de la Notificación de la Adjudicación, por el importe del CUATRO POR CIENTO (4%) del monto total del Contrato a intervenir, en el caso de tratarse de una MIPYMES, corresponderá a UNO POR CIENTO (1%) a disposición de la Entidad Contratante, cualquiera que haya sido el procedimiento y la forma de Adjudicación del Contrato. En el caso de que el adjudicatario sea una Micro, Pequeña y Mediana empresa (MIPYME) el importe de la garantía será de un UNO POR CIENTO (1%). La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato debe ser emitida por una entidad bancaria de reconocida solvencia en la República Dominicana.
La no comparecencia del Oferente Adjudicatario a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, se entenderá que renuncia a la Adjudicación y se procederá a la ejecución de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
Cuando hubiese negativa a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Entidad Contratante, como Órgano de Ejecución del Contrato, notificará la Adjudicación de los renglones correspondientes al Oferente que hubiera obtenido la siguiente posición en el proceso de Adjudicación, conforme al Reporte de Lugares Ocupados. El nuevo Oferente Adjudicatario depositará la Garantía y suscribirá el Contrato de acuerdo al plazo que le será otorgado por la Entidad Contratante, mediante comunicación formal.
1.24 Garantía de Buen Uso del Anticipo
Los proponentes que resulten adjudicatarios de las Obras deberán presentar una garantía de anticipo equivalente al monto que reciban en calidad de anticipo de las obras, el cual será igual o menor al veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, y que será amortizada en igual proporción en cada certificado o avance de obra.
1.25 Garantía Adicional
Al finalizar los trabajos, EL CONTRATISTA deberá presentar una garantía de las Obras ejecutadas por él a satisfacción de la Entidad Contratante, (Garantía de Xxxxxx Xxxxxxx), por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del costo total a que hayan ascendido todos los trabajos realizados al concluir la Obra.
Esta garantía deberá ser por un período de tres (3) años contados a partir de la Recepción Definitiva, con la finalidad de asegurar los trabajos de cualquier reparación que surja por algún defecto de construcción no detectado en el momento de recibir la Obra. La garantía deberá ser otorgada por una compañía de seguros con su correspondiente fianza, a entera satisfacción de la Entidad Contratante. Esto en adición a lo establecido en los artículos 1792 y siguientes del Código Civil Dominicano.
1.26 Devolución de las Garantías
a) Garantía de la Seriedad de la Oferta: Tanto al Adjudicatario como a los demás oferentes participantes una vez integrada la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
b) Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato: Una vez cumplido el contrato a satisfacción de la Entidad Contratante, cuando no quede pendiente la aplicación de multa o penalidad alguna.
1.27 Consultas
Los interesados podrán solicitar a la Entidad Contratante aclaraciones acerca xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas, hasta la fecha que coincida con el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del plazo para la presentación de las Ofertas. Las consultas las formularán los Oferentes por escrito, sus representantes legales, o quien éstos identifiquen para el efecto. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones, dentro del plazo previsto, se encargará de obtener las respuestas conforme a la naturaleza de la misma.
Las Consultas se remitirán al Comité de Compras y Contrataciones, dirigidas a:
COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Junta Distrito Municipal de Santa Xxxxx
Referencia: JDMSL-CCC-CP-2022-001
Dirección: C/Comandante Xxxx Xxxxxx, Distrito Municipal de Santa Xxxxx,
Teléfonos: 000-000-0000
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx
1.28 Circulares
El Comité de Compras y Contrataciones podrá emitir Circulares de oficio o para dar respuesta a las Consultas planteadas por los Oferentes/Proponentes con relación al contenido del presente Pliego de Condiciones, formularios, otras Circulares o anexos. Dichas circulares deberán ser emitidas solo con las preguntas y las respuestas, sin identificar quien consultó, en un plazo no más allá de la fecha que signifique el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del plazo previsto para la presentación de las Ofertas y deberán ser notificadas a todos los Oferentes que hayan adquirido el Pliego de Condiciones Específicas y publicadas en el portal institucional y en el administrado por el Órgano Rector.
1.29 Enmiendas
De considerarlo necesario, por iniciativa propia o como consecuencia de una Consulta, el Comité de Compras y Contrataciones podrá modificar, mediante Enmiendas, el Pliego de Condiciones Específicas, formularios, otras Enmiendas o anexos. Las Enmiendas se harán de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes y se publicarán en el portal institucional y en el administrado por el Órgano Rector.
Tanto las Enmiendas como las Circulares emitidas por el Comité de Compras y Contrataciones pasarán a constituir parte integral xxx Xxxxxx de Condiciones y en consecuencia, serán de cumplimiento obligatorio para todos los Oferentes/Proponentes.
1.30 Visita al lugar de las Obras
Los Oferentes/Proponentes deberán realizar una visita de inspección al lugar de Emplazamiento de la Obra y sus alrededores para que, considerando las especificaciones y otra documentación relativa suministrada por la Entidad Contratante, hagan las evaluaciones de los aspectos que requieran, analicen los grados de dificultad de los trabajos y realicen las investigaciones que consideren necesarias sobre las condiciones del sitio, condiciones del ambiente y, en general, sobre todas las circunstancias que puedan afectar o influir en el cálculo del valor de su Propuesta. La Entidad Contratante suministrará, cuando sea necesario, los permisos pertinentes para efectuar estos trabajos. Estas visitas no son condicionantes a participar ya que quedan a condición de los oferentes si quieren o no hacer dichas visitas.
1.31 Reclamos, Impugnaciones y Controversias
En los casos en que los Oferentes/Proponentes no estén conformes con la Resolución de Adjudicación, tendrán derecho a recurrir dicha Adjudicación. El recurso contra el acto de Adjudicación deberá formalizarse por escrito y seguirá los siguientes pasos:
1) El recurrente presentará la impugnación ante la Entidad Contratante en un plazo no mayor xx xxxx días
(10) hábiles a partir de la fecha del hecho impugnado o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. La Entidad pondrá a disposición del recurrente los documentos relevantes correspondientes a la actuación en cuestión, con la excepción de aquellas informaciones declaradas como confidenciales por otros Oferentes o Adjudicatarios, salvo que medie su consentimiento.
2) En los casos de impugnación de Adjudicaciones, para fundamentar el recurso, el mismo se regirá por las reglas de la impugnación establecidas en los Pliegos de Condiciones Específicas.
3) Cada una de las partes deberá acompañar sus escritos de los documentos que hará valer en apoyo de sus pretensiones. Toda entidad que conozca de un recurso deberá analizar toda la documentación depositada o producida por la Entidad Contratante.
4) La entidad notificará la interposición del recurso a los terceros involucrados, dentro de un plazo de dos
(2) días hábiles.
5) Los terceros estarán obligados a contestar sobre el recurso dentro de cinco (5) días calendario, a partir de la recepción de notificación del recurso, de lo contrario quedarán excluidos de los debates.
6) La entidad estará obligada a resolver el conflicto, mediante resolución motivada, en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, a partir de la contestación del recurso o del vencimiento del plazo para hacerlo.
7) El Órgano Rector podrá tomar medidas precautorias oportunas, mientras se encuentre pendiente la resolución de una impugnación para preservar la oportunidad de corregir un incumplimiento potencial de esta ley y sus reglamentos, incluyendo la suspensión de la adjudicación o la ejecución de un Contrato que ya ha sido Adjudicado.
8) Las resoluciones que dicten las Entidades Contratantes podrán ser apeladas, cumpliendo el mismo procedimiento y con los mismos plazos, ante el Órgano Rector, dando por concluida la vía administrativa.
Xxxxxxx X.- En caso de que un Oferente/Proponente iniciare un procedimiento de apelación, la Entidad Contratante deberá poner a disposición del Órgano Rector copia fiel del expediente completo.
Xxxxxxx XX.- La presentación de una impugnación de parte de un Oferente o Proveedor, no perjudicará la participación de éste en Licitaciones en curso o futuras, siempre que la misma no esté basada en hechos falsos.
Las controversias no resueltas por los procedimientos indicados en el artículo anterior serán sometidas al Tribunal Superior Administrativo, o por decisión de las partes, a arbitraje.
La información suministrada al Organismo Contratante en el proceso de Comparación de Precios, o en el proceso de impugnación de la Resolución Administrativa, que sea declarada como confidencial por el Oferente, no podrá ser divulgada si dicha información pudiese perjudicar los intereses comerciales legítimos de quien la aporte o pudiese perjudicar la competencia xxxx entre los Proveedores.
Sección II
Datos de Comparación de Precios (DDL)
2.1 Objeto de Comparación de Precios
Constituye el objeto de la presente convocatoria la comparación de precios para la construcción de aceras y contenes en el sector Tamarindo Calle Central y Calle Segunda de acuerdo con las condiciones fijadas en el presente Pliego de Condiciones Específicas.
2.2 Procedimiento de Selección
El procedimiento de selección se realizará en Etapas Múltiples
2.3 Fuente de Recursos
La Junta de Distrito Municipal de Santa Xxxxx, de conformidad con el Artículo 32 del Reglamento 543-12 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios y Obras, toma las medidas previsoras necesarias a los fines de garantizar la apropiación de fondos correspondiente, dentro del Presupuesto del año 20022, que sustentará el pago de todos los bienes adjudicados y adquiridos mediante la presente Licitación. Las partidas de fondos para liquidar las entregas programadas serán debidamente especializadas para tales fines, a efecto de que las condiciones contractuales no sufran ningún tipo de variación durante el tiempo de ejecución del mismo.
2.4 Condiciones de Pago
La Entidad Contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial.
La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial.
La Entidad Contratante podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir.
El Contratista presentará cubicaciones cada 20 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados.
Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial.
Un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones.
El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales.
Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.
2.5 Cronograma de Comparación de Precios2
ACTIVIDADES | PERÍODO DE EJECUCIÓN |
1. Publicación del aviso de convocatoria a la Comparación de Precios. | 15 de noviembre del 2022, en la página web de la Junta de Distrito xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
3. Período para realizar consultas por parte de los interesados | 21 de noviembre del 2022 / 14:00pm |
4. Plazo para emitir respuesta por parte del Comité de Compras y Contrataciones, mediante circulares o enmiendas | 22 de noviembre del 2022 / 14:00pm |
5. Recepción de Propuestas: ¨Sobre A y Sobre B¨ | (24) de noviembre del 2022 desde las 8:00 a.m. hasta las 14:00pm, en la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública |
6. Apertura y lectura de ¨Sobre A¨ | (25) de noviembre 2022 a las 14:00p.m. en Sala Capitular Junta Distrito Municipal de Santa Xxxxx |
7. Verificación, Validación y Evaluación contenido de las Propuestas Técnicas “Sobre A” | (28) de noviembre del 2022 |
8. Notificación de errores u omisiones de naturaleza subsanables. | (29) de noviembre del 2022 |
2 Nota: Incluir en el cronograma una actividad de reunión técnica o aclaratoria, si procede.
(1) de Diciembre del 2022 | |
(1) de Diciembre del 2022 | |
11. Notificación Resultados del Proceso de Subsanación y Oferentes Habilitados para la presentación de Propuestas Económicas “Sobre B” | (1) de Diciembre del 2022 |
11. Apertura y lectura de PropuestasEconómicas “Sobre B” | (6) de Diciembre del 2022 desde las 8:00 a.m. hasta las 14:00pm, en la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública |
12. Verificación, Validación y Evaluación contenido de las Propuestas Económica “Sobre B” | (7) de Diciembre 2022 |
13.Evaluación Ofertas Económicas “Sobre B” | (7) de Diciembre del 2022 |
14. Adjudicación | (8) de Diciembre del 2022 |
15. Notificación y Publicación de Adjudicación | (9) de Diciembre del 2022 |
16. Plazo para la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato | Dentro de los siguientes 05 días hábiles, contados a partir de la Notificación de Adjudicación |
17. Suscripción del Contrato | Al momento del depósito de la Fianza. |
18. Publicación de los Contratos en el portal institucional | Inmediatamente después de suscritos por las partes |
2.6 Disponibilidad y Adquisición xxx Xxxxxx de Condiciones
El Pliego de Condiciones estará disponible para quien lo solicite, en la sede central de la Junta de Distrito Municipal de Santa Xxxxx, ubicada en el, Distrito Municipal de Santa Xxxxx, de El Seibo, en el horario de 8:00am a 14:00pm de lunes a viernes, en la fecha indicada en el Cronograma de Comparación de Precios y en la página Web de la institución xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, para todos los interesados.
El Oferente que adquiera el Pliego de Condiciones a través de la página Web de la institución, xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, deberá enviar un correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx, o en su defecto, notificar a la Oficina de Libre Acceso a la Información pública de la Junta de Distrito Municipal de Santa Xxxxx sobre la adquisición del mismo, a los fines de que la Entidad Contratante tome conocimiento de su interés en participar.
2.7 Conocimiento y Aceptación xxx Xxxxxx de Condiciones
El sólo hecho de un Oferente/Proponente participar en la Licitación implica pleno conocimiento, aceptación y sometimiento por él, por sus miembros, ejecutivos, y su Representante Legal, a los procedimientos, condiciones, estipulaciones y normativas, sin excepción alguna, establecidos en el presente Pliego de Condiciones, el cual tienen carácter jurídicamente obligatorio y vinculante.
2.8 Especificaciones Técnicas
Políticas Públicas de Accesibilidad Universal.
La accesibilidad universal es una política pública que promueve la Dirección General de Contrataciones Públicas, debido a la necesidad que deber ser garantizada en las edificaciones y espacios públicos o privados en todo el territorio nacional, tal como lo señala la normativa nacional e internacional.
En todos los nuevos proyectos de construcción, ampliación y remodelación del Estado y privados de uso público, así como los espacios urbanos y de recreación (edificaciones, escuelas, hospitales y otros.) deben ser garantizadas las condiciones de accesibilidad universal establecidas en el Reglamento M-007 sobre construcción sin barreras arquitectónicas y urbanísticas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, con el fin de garantizar el acceso a todas las personas en igualdad de condiciones.
No. | DESCRIPCIÓN |
I | CONSTRUCCION ACERAS Y CONTENES, EN EL SECTOR TAMARINDOCALLE CENTRAL Y CALLE SEGUNDA, DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX, MUNICIPIO EL SEIBO. |
Los Listados de Cantidades (Partidas) de los proyectos se encuentran anexos a este Pliego de Condiciones Específicas, a fin de realizar las ediciones correspondientes en las celdas de los precios unitarios y subtotales.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA CONSTRUCCIÓN DE CONTENES
El replanteo es igual a la longitud total del contén multiplicado por el precio analizado.
Hormigón:
El Xxxxxxx consiste en un volumen xx xxxx entremezclada con un volumen de hormigón ligeramente suave. Este ocupa todo el volumen del material excavado en la zanja para contén, estos es aproximado a una xxxxxx para la estructura del contén. Hormigón para contenes este debe tener una resistencia de 1000 kg cm2, y este es igual a la longitud de la zanja excavada para dicha estructura en metros lineales. Debe tener una guardera y xxxxxxxxxx xx xxxxxx de aproximadamente 0.60 m de ancho y serán colocada encima xxx Xxxxxxx.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA CONSTRUCCIÓN DE ACERAS
Las especificaciones de área serán igual a 1 m de ancho por la longitud de la acera.
Hormigón 180 Kg/cm2:
El hormigón en acera es igual a 10 cm de espesor por 1.20 m de ancho por la longitud de la acera.
Letrero, es igual a 4 pies de ancho por 8 pies de largo (especificando el nombre y el valor
del proyecto, y nombre de el/la contratista). Limpieza, será igual a recoger y botar todos los desperdicios producido en la obra.
Tiempo Estimado de Ejecución de la Obra:
Los tiempos de ejecución deben ser presentados acompañados de Diagramas de Tareas, Gráficas xx Xxxxx y Calendarios de Ejecuciones, como base de programación de los tiempos estimados. El tiempo de ejecución para la presente obra será de noventas (90) días.
Los trabajos se ejecutarán dentro de los plazos secuenciales y finales establecidos en los Pliegos y en los Planes de Trabajo aprobados por la Entidad Contratante.
2.9 Informaciones Generales:
2.9.1 Planos de la Obra:
El número completo de planos y/o detalles de aceras y rampas, serán entregados al CONTRATISTA (ADJUDICATARIO) para la ejecución de la obra, siendo estos, el complemento gráfico de las presentes especificaciones técnicas.
Las especificaciones y anexos que se entregan al CONTRATISTA, se complementan entre sí y tienen por objeto explicar las condiciones y características constructivas relacionadas con el empleo de los materiales, para la ejecución de las obras necesarias a implementar por la Junta de Distrito Municipal de Santa Xxxxx.
Las presentes especificaciones técnicas se refieren a la definición de las características, calidad requerida de la obra terminada y a la definición de parámetros de medida, mediante los cuales se va a ejecutar la obra, y por tal razón pretende dar los fundamentos básicos de cómo realizar la obra, complementada con la experiencia del Constructor.
EL CONTRATISTA deberá mantener en el lugar de la obra una copia completa de los términos de referencia, su propuesta con sus anexos, planos, especificaciones técnicas y todas las normas citadas dentro de las mismas.
Todos los materiales aquí especificados se consideran de primera calidad y su aplicación y comportamiento son de responsabilidad del CONTRATISTA.
Las especificaciones, planos del proyecto y anexos, se complementan entre sí y tienen por objeto explicar las condiciones y características constructivas relacionadas con el empleo de los materiales como figuran en los planos.
Cualquier detalle que se haya omitido en las especificaciones, en los planos, o en ambos, pero que debe formar parte de la construcción, no exime al CONTRATISTA de su ejecución, previa aprobación por el DEPARTAMENTO DE OBRAS, ni podrá tomarse como base para reclamaciones o demandas posteriores.
Todo insumo mencionado en las especificaciones ya sea en la parte de descripción, materiales y equipos y/o medición, hace parte del respectivo ítem. Por lo que el oferente deberá incluirlo en su oferta, tanto el suministro como la instalación.
Todo cambio o modificación que proponga el CONTRATISTA deberá consultarse por escrito a al DEPARTAMENTO OBRAS Y LA DIRECCION DE LA JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX, sólo se podrá proceder a su
ejecución con la aprobación escrita de esta Dirección. En caso contrario, cualquier trabajo ejecutado será por cuenta y riesgo del CONTRATISTA.
El CONTRATISTA previamente a la ejecución, someterá muestras de los materiales a utilizar para la aprobación del supervisor residente de la obra, acompañadas de sus correspondientes especificaciones técnicas y recomendaciones de las casas fabricantes.
Se supone que las cotas y dimensiones incluidas en los planos constructivos deben coincidir, pero será obligación del CONTRATISTA, verificar los planos y las características de la obra antes de iniciar cada trabajo. Toda discrepancia debe ser notificada por escrito y aclarada prontamente con el supervisor residente de la obra.
EL CONTRATISTA será el único responsable por el correcto desarrollo de la obra, cualquier omisión o error en las presentes especificaciones, no exime de responsabilidad al CONTRATISTA, ni podrá tomarse como base para reclamaciones posteriores.
Cuando en estas especificaciones se indiquen algún tipo o material o su nombre o marca de fábrica, esto se hace con el objeto de establecer un estándar mínimo de calidad, tipo y característica. El CONTRATISTA podrá usar productos de similares calidades, obteniendo previamente la aprobación del supervisor residente.
EL CONTRATISTA deberá seguir las recomendaciones y especificaciones técnicas suministradas por las casas fabricantes de los elementos que emplee en la obra, como también aplicar las normas y estándares de calidad, en los casos en que no existan a nivel Nacional estándares de calidad para algún producto o procedimiento, se aplicarán normas internacionales de otros organismos certificadores para garantizar de esta forma la calidad de los productos y servicios que ejecute y/o entregue dicho CONTRATISTA.
El párrafo de Unidad de medida y Precio Unitario, incluido en cada ítem, indica la unidad física con la cual se medirán las obras ejecutadas y la forma de pago de dichas obras.
Los análisis de precios unitarios deberán incluir todos los materiales e insumos, herramientas, equipos, ensayos y mano de obra calificada y no calificada, transportes y trasiegos necesarios, para la ejecución de cada actividad, cualquier error u omisión, de algún material y/o insumo, herramienta, equipo, ensayo y mano de obra calificada y no calificada, trasporte y trasiego, en los análisis de precios unitarios, no exime al CONTRATISTA de su responsabilidad del suministro e instalación del elemento faltante, siempre que este sea necesario para la ejecución del ítem correspondiente, y no se reconocerá valor adicional por este concepto, por cuanto EL CONTRATISTA en su propuesta, deberá considerar la totalidad de elementos que requiera el desarrollo de cada ítem.
Todos los materiales e ítems que se requieran para la ejecución de esta obra, sin excepción, deberán ser aprobados por el DEPARTAMENTO DE OBRAS, por medio de muestras, acompañadas de sus correspondientes especificaciones técnicas.
Cualquier cambio que proponga EL CONTRATISTA, al igual que las decisiones normales que se presenten en la ejecución de la obra, deberán ser consultadas y presentadas por escrito a la DIRECCIÓN DE LA JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX.
EL CONTRATISTA no podrá proceder a su ejecución, sin la aceptación escrita de éstos. En caso contrario, cualquier trabajo ejecutado será por cuenta y riesgo del CONTRATISTA.
EL CONTRATISTA, al concluir la obra contratada, presentará récord completo y exacto de todas las modificaciones realizadas a los planos durante la ejecución de la obra, y todos los planos de la obra ejecutada. Allí se incorporarán las modificaciones de campo.
Durante la construcción y terminación de la obra, EL CONTRATISTA utilizará materiales de primera calidad y mano de obra altamente calificada.
2.9.2 Costos Directos:
Se consideran Costos Directos, los costos de todas las actividades generadoras de obra que se requieren para su ejecución, materiales e insumos, equipos y herramientas, transporte, trasiego y mano de obra calificada y no calificada.
2.9.3 Costos Indirectos:
Son los costos relativos al personal para dirigir la construcción administrativamente y técnicamente, los costos referentes a pólizas de seguros, pago de impuestos, publicaciones, prestaciones sociales, imprevistos, instituciones profesionales o gremios obreros y todos los demás costos fiscales en que EL CONTRATISTA debe incurrir de acuerdo con las obligaciones de la ley, los trámites de aprobación de servicios, los ensayos de laboratorio requeridos por la JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX, de acuerdo con las normas de calidad, y en general cualquier gasto requerido para el desarrollo del proyecto y que no esté incluido como ítem independiente.
EL CONTRATISTA debe contemplar dentro de los costos indirectos, todos los costos correspondientes a la administración como consumo de servicios públicos, vigilancia, caja chica, transportes varios, papelería, equipos necesarios, y la utilidad que se requiera para ejecutar los trabajos que hablan estas especificaciones, transporte y puesta en obra de todos los elementos necesarios para la ejecución de los trabajos contratados.
El transporte de todos los insumos, personal y equipos necesarios para la ejecución de la obra contratada, hasta el lugar de trabajo, hace parte de los costos que deberá asumir EL CONTRATISTA, por lo que debe ser considerado dentro de sus costos, el hecho de que esta actividad no se encuentre relacionada en algunos de los ítems y/o especificaciones, no exonera al CONTRATISTA de asumir la responsabilidad y costos de la puesta en obra de todos los elementos necesarios; por lo que no se pagará ningún costo adicional por este concepto.
2.9.4 Condiciones Generales
Las obras de referencia deberán cumplir con todas las normativas vigentes en materia de construcción y obras públicas.
• Reglamento M-014: Especificaciones Generales para 1a Construcción de Carreteras del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).
• Reglamento R-020: Manual Ambiental para Diseño y Construcción de Obras Viales del MOPC.
• Reglamento R-026: Reglamento para 1a ejecución de trabajos de excavación en las vías públicas del MOPC.
• Ley 04-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales en 1a Rep. Dom.
• American Association of States Highways and Transportation Officials (AASTHO).
• Normas, Reglamentos o Disposiciones aplicables emitidas por el
• Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
• De similar manera, cualquier otra norma o especificación especial, será indicada en la sección correspondiente.
i. Cierres Provisionales:
EL CONTRATISTA cerrará el área de trabajo, con cierre que cumpla con las exigencias de las Ordenanzas Municipales o cualquier otra norma de autoridad competente, las condiciones que aconseja la seguridad de la obra misma y su presentación exterior.
ii. Letreros de la Obra:
Se colocarán en lugar visible, los letreros indicativos de la obra, y el letrero referente a la institución contratante, previa coordinación con la JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX en relación con su formato y contenido, los cuales podrán ser colocados por los profesionales o CONTRATISTAS que participan en la construcción y deben ser colocados siempre mientras esté la obra en ejecución.
iii. Dotación del personal:
Todo el personal que labore en cualquier sitio de la obra por cuenta del CONTRATISTA, deberá tener en todo momento la dotación que requiera según la labor que ejecute y siguiendo lo determinado en estos casos por el Ministerio de Trabajo, el Reglamento de Seguridad en el Trabajo y cualquier otra normativa que fuera aplicable en cuanto al número de dotaciones de acuerdo con la permanencia y tiempo de trabajo. La mínima dotación exigida será: casco, botas, y guantes.
Además de los implementos anteriormente anotados el personal que lo requiera o lo indique la Alcaldía deberá contar con gafas, caretas, cinturones de seguridad y cualquier otro elemento si su trabajo así lo requiere.
Todo el personal involucrado en la ejecución del proyecto debe utilizar chalecos reflectivos de color verde con el logo y las siglas de la JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX en la espalda, permanentemente durante la ejecución del proyecto.
iv. Seguridad del Personal:
EL CONTRATISTA deberá acatar todas las normas aplicables a la construcción y todas las medidas de seguridad de su personal y de terceros, en cuanto a la prevención de accidentes y seguridad del Reglamento de Seguridad en el Trabajo y cualquier otra normativa que fuera aplicable y que esté vigente y haya sido dictada por las entidades competentes, las cuales serán publicadas en los lugares más visibles.
v. Transporte Interno:
Todo transporte vertical y horizontal de cualquier material o equipo que requiera EL CONTRATISTA deberá estar considerado dentro de cada precio unitario.
vi. Responsabilidad de sus empleados o daños y reclamos de terceros:
EL CONTRATISTA, en su condición de empleador único, deberá cumplir con todas las disposiciones del Código de Trabajo, la Ley No. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social y demás leyes relativas al pago de compensaciones y beneficios de sus empleados, debiendo mantener indemne a la Junta de Distrito Municipal de Santa Xxxxx frente a cualquier reclamación, cualquier juicio, demanda o reclamo por omisión de estos.
EL CONTRATISTA será responsable de pagar las multas que pudieran ser impuestas por la CAASD, la JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX o cualquier otra autoridad competente y deberá realizar las correcciones y trabajos necesarios requeridos a su solo costo.
Los daños que puedan causarse en redes de servicios públicos, pavimentos, edificaciones, puentes, obras de arte, y demás estructuras contiguas a las obras, o a lo largo de las rutas de desvío utilizadas por EL CONTRATISTA, que resulten imputables a este, o sus sub-contratistas, deberán ser reparados por cuenta del CONTRATISTA.
El transporte de equipos, materiales excedentes de excavaciones, agregados pétreos y demás materiales con destino a las obras, o escombros originados en estas, se hará por las rutas aprobadas por el Supervisor, sin interrupción del tránsito normal y bajo medidas de seguridad que eviten riesgos u otros vehículos o transeúntes y deberán tener como lugar de disposición final el que sea autorizado por la JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX.
EL CONTRATISTA deberá tener en cuenta todas las disposiciones sobre tránsito automotor, tales como pesos y dimensiones de sus vehículos y equipos, expedidas por las autoridades competentes.
vii. Seguridad de la Obra:
EL CONTRATISTA será responsable de la seguridad de la Obra hasta su entrega y recepción conforme por la JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX, por lo que cualquier daño a la misma previo a la entrega y recepción conforme será de su exclusiva responsabilidad.
viii. Seguros:
EL CONTRATISTA deberá contratar seguros que cubran los riesgos a que está sujeta la Obra. Tales seguros deberán permanecer en vigor hasta que la JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX compruebe que ha cumplido con las condiciones del Contrato extendiéndole la constancia para su cancelación.
2.9.5 Políticas públicas de accesibilidad universal.
La accesibilidad universal es una política pública que promueve la Dirección General de Contrataciones Públicas, debido a la necesidad que deber ser garantizada en las edificaciones y espacios públicos o privados en todo el territorio nacional, tal como lo señala la normativa nacional e internacional.
En todos los nuevos proyectos de construcción, ampliación y remodelación del Estado y privados de uso público, así como los espacios urbanos y de recreación (edificaciones, escuelas, hospitales y otros.) deben ser garantizadas las condiciones de accesibilidad universal establecidas en el Reglamento M-007 sobre construcción sin barreras arquitectónicas y urbanísticas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, con el fin de garantizar el acceso a todas las personas en igualdad de condiciones.
2.9.6 Condiciones adicionales
Se tomará como oferta, el monto total presentado en el presupuesto.
Si en la evaluación se determina que el proponente no ofertó todas las partidas requeridas, se auto descalifica para ser objeto de adjudicación.
No se aceptarán variaciones en cantidades o descripción de las partidas, salvo que se trate de corrección de errores materiales. La JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX podrá corregir errores aritméticos siempre debiendo someter la corrección efectuada a la aprobación del Oferente.
PARA GARANTIZAR LA AMPLIA PARTICIPACIÓN DE PROVEEDORES Y LA EJECUCIÓN OPORTUNA DE LAS OBRAS. NO PODRÁN PARTICIPAR LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE TENGAN OBRAS PENDIENTES DE ENTREGAR A LA INSTITUCIÓN O NO HAYAN AGOTADO EL PROCESO DE RECEPCIÓN FINAL.
El contratista no podrá ejecutar ninguna partida nueva ni por aumento de cantidad, sin la aprobación por escrito del supervisor de la Dirección competente de la JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX.
El contratista que resulte adjudicatario no podrá, bajo pretexto de error u omisión de su parte, reclamar aumento de los precios fijados en el Contrato.
Previo al inicio de los trabajos, se debe tomar en cuenta lo siguiente:
● Reunión con los Comunitarios informando el inicio de los trabajos.
● Señalización y letreros.
● Demolición y Bote.
● Limpieza.
● Hormigonado previo autorización del Supervisor.
2.10 Tiempo Estimado de Ejecución de la Obra 90 días calendarios.
Los tiempos de ejecución deben ser presentados acompañados de Diagramas de Tareas, Gráficas xx Xxxxx y Calendarios de Ejecuciones, como base de programación de los tiempos estimados.
El tiempo de ejecución del proyecto no debe exceder los noventas (90) días calendario.
Los trabajos se ejecutarán dentro de los plazos secuenciales y finales establecidos en los Pliegos y en los Planes de Trabajo aprobados por la Entidad Contratante.
2.11 Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B”
Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones:
NOMBRE DEL OFERENTE
(Sello social)
Firma del Representante Legal
COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Junta de Distrito Municipal de Santa Xxxxx Referencia: XXXX-CCC-LPN- XXXX-XXX 3
Dirección: C/Comándate Xxxx Xxxxxx, Distrito Municipal de Santa Xxxxx
Teléfono: 000-000-0000
Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica.
3 La referencia corresponde al nombre de la institución-Comité de Licitaciones-Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Internacional o Licitación Restringida- Año- número secuencial de procedimientos llevados a cabo.
Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados.
2.12 Xxxxx, Xxxxx y Hora
La presentación de Propuestas “Sobre A” y “Sobre B” se efectuará en acto público, ante el Comité de Compras y Contrataciones y el Notario Público actuante, Junta de Distrito Municipal de Santa Xxxxx, Oficina Libre Acceso a la Información Pública, 8:00am a 14:00pm, de los días indicado en el Cronograma de Comparación de Precios y sólo podrá postergarse por causas de Fuerza Mayor o Caso Fortuito definidos en el presente Pliego de Condiciones Específicas.
Los “Sobres B” quedarán bajo la custodia del Consultor Jurídico de la institución, en su calidad de Asesor Legal del Comité de Compras y Contrataciones hasta la fecha de su apertura, conforme al Cronograma establecido.
La Entidad Contratante no recibirá sobres que no estuviesen debidamente cerrados e identificados según lo dispuesto anteriormente.
2.13 Documentación a Presentar
Persona Jurídica
No. | Documentaciones Legales | Si | No |
1 | Formulario de Información Sobre el Oferente (SNCC.D.042). | ||
2 | Formulario de Presentación de Oferta (SNCC.F 034). | ||
3 | Constancia del Registro de Proveedores del Estado (RPE) emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) activo con actividad comercial que evidencie que puede ejecutar el proyecto requerido.(NO SUBSANABLE) | ||
4 | Copia de la Cédula del Representante de la Empresa con calidad para ello. | ||
5 | Declaración Jurada Notariada del solicitante donde manifieste que no se encuentra afectado por las prohibiciones establecidas en el Artículo 14 de la Ley No. 340-06 (NO SUBSANABLE) | ||
6 | Copia del Registro Mercantil vigente. | ||
7 | Acta de Asamblea actualizada de la compañía ofertante, donde se compruebe vigencia del órgano administrativo y que la persona que firmará por la compañía tenga calidad para ello conforme al plazo que fue designada. Conjuntamente con la Nómina de Accionistas. | ||
8 | Poder a nombre de la Junta de Distrito Municipal de Santa Xxxxx para verificar los datos suministrados. Nota: Consiste en autorización por parte de los oferentes donde nos otorguen el permiso para verificar los documentos depositados en el proceso de referencia. |
9 | Para los consorcios: En adición a los requisitos anteriormente expuestos, los consorcios deberán presentar: ● Original del Acto Notarial por el cual se formaliza el consorcio, incluyendo su objeto, las obligaciones de las partes, su duración la capacidad de ejercicio de cada miembro del consorcio, así como sus generales. ● Poder especial de designación del representante o gerente único del Consorcio autorizado por todas las empresas participantes en el consorcio. | ||
No. | Documentaciones Financieras | Si | No |
10 | Certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), donde se manifieste que el Oferente se encuentra al día en el pago de sus obligaciones fiscales. | ||
11 | Formulario IR-2 y Anexos. Declaración Jurada de la DGII de los períodos fiscales 2020 y 2021 | ||
12 | Certificación emitida por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), donde se manifieste que el Oferente se encuentra al día en el pago de sus obligaciones de la Seguridad Social. | ||
13 | Estados Financieros auditados de los años 2020 y 2021. (NO SUBSANABLE) | ||
14 | Cartas de referencias comerciales (mínimo 2). | ||
15 | Referencia bancaria (mínimo 1). | ||
No. | Documentaciones Técnicas | Si | No |
16 | Formulario de Experiencia como Contratista (SNCC.D.049). | ||
17 | Documentos que acrediten experiencia (copias de contratos y certificaciones de recepción de obra). Tiempo mínimo requerido como contratista: Tres (3) años. Deben ir anexos a Formulario SNCC.D.049 * Detallar información sobre obras contratadas y empresas o instituciones a las que se ha trabajado, dentro del territorio de la República Dominicana. ** Para el caso de consorcios bastará con que uno de los miembros del consorcio reúna las condiciones mínimas de experiencia requerida. Nota: Las obras similares serán acreditadas como experiencia cuando se presenten copia de contrato y su correspondiente certificación de recepción satisfactoria. Mínimo tres (3) contratos ejecutados. |
18 | Currículo del Personal Profesional y Técnico propuesto (SNCC.D.045) Copia de la tarjeta o matrícula profesional donde se especifique la fecha de expedición, con el fin de determinar la experiencia general. | ||
19 | Estructura para brindar soporte técnico al Equipo ofertado (SNCC.F.035) Nota: Para todo el personal técnico propuesto se deberá presentar una carta de aceptación de designación como técnico propuesto, declarando su disponibilidad de trabajo para el proyecto. | ||
20 | Experiencia profesional del Personal Principal (SNCC.D.048). |
21 | Certificación del Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA) de todo el personal técnico del proyecto. Vigente. (NO SUBSANABLE) | ||
22 | Formulario de Equipos del Oferente (SNCC.F.036) Los Oferentes deberán cumplir con la disponibilidad de los equipos requeridos, ya sean propios, con contratos de arrendamientos vigentes y /o carta de compromiso de arrendamiento. En todos los casos se debe presentar copias de las matrículas o facturas de compras de los mismos. | ||
23 | |||
24 | Descripción del Enfoque, la Metodología y el Plan de actividades para la ejecución del trabajo (SNCC.D.044). | ||
25 | Certificación emitida por el proveedor que avale no tener obras pendientes de entregar a la institución. | ||
26 | Documentación escaneada del Sobre A en formato PDF entregado en Disco Compacto (CD) o memoria USB. |
Persona Física
No. | Documentaciones Legales | Si | No |
1 | Formulario de Información Sobre el Oferente (SNCC.D.042). | ||
2 | Formulario de Presentación de Oferta (SNCC.F 034). | ||
3 | Constancia del Registro de Proveedores del Estado (RPE) emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) activo con actividad comercial que evidencie que puede ejecutar el proyecto requerido. (NO SUBSANABLE) | ||
4 | Copia de la Cédula. | ||
5 | Declaración Jurada Notariada del solicitante donde manifieste que no se encuentra afectado por las prohibiciones establecidas en el Artículo 14 de la Ley No. 340-06 | ||
6 | Poder a nombre de la Junta de Distrito Municipal de Santa Xxxxx para verificar los datos suministrados. Nota: Consiste en autorización por parte de los oferentes donde nos otorguen el permiso para verificar los documentos depositados en el proceso de referencia. | ||
No. | Documentaciones Financieras | Si | No |
7 | Certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), y anexos donde se manifieste que el Oferente se encuentra al día en el pago de sus obligaciones fiscales y declaración jurada. | ||
8 | Formulario IR-1 y anexos. Declaración Jurada de la DGII de los períodos fiscales 2020 y 2021. |
9 | Estados Financieros auditados de los años 2020 y 2021. | ||
10 | Cartas de referencias comerciales (mínimo 2). | ||
11 | Referencia bancaria (mínimo 1). | ||
No. | Documentaciones Técnicas | Si | No |
12 | Formulario de Experiencia como Contratista (SNCC.D.049) | ||
13 | Documentos que acrediten experiencia (copias de contratos y certificaciones de recepción de obra). Tiempo mínimo requerido como contratista (Ingeniero Civil o Arquitecto): Cinco (5) años. Deben ir anexos a formulario SNCC.D.049. (NO SUBSANABLE) * Detallar información sobre obras contratadas y empresas o instituciones a las que se ha trabajado, dentro del territorio de la República Dominicana. Nota: Las obras similares serán acreditadas como experiencia cuando se presenten copia de contrato y su correspondiente certificación de recepción satisfactoria. Mínimo tres (3) contratos ejecutados. | ||
14 | Currículo del Personal Profesional y Técnico propuesto (SNCC.D.045) Nota: Para todo el personal técnico propuesto se deberá presentar una carta de aceptación de designación como técnico propuesto, declarando su disponibilidad de trabajo para el proyecto. | ||
15 | Experiencia profesional del Personal Principal (SNCC.D.048). | ||
16 | Certificación del Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA) de todo el personal técnico del proyecto. Vigente. (NO SUBSANABLE) | ||
17 | Formulario de Equipos del Oferente (SNCC.F.036) Los Oferentes deberán cumplir con la disponibilidad de los equipos requeridos, ya sean propios, con contratos de arrendamientos vigentes y /o carta de compromiso de arrendamiento. En todos los casos se debe presentar copias de las matrículas o facturas de compras de los mismos o contratos de arrendamientos | ||
18 | Cronograma de Ejecución de Obra acorde a los plazos establecidos en el presente pliego | ||
19 | Descripción del Enfoque, la Metodología y el Plan de actividades para la ejecución del trabajo (SNCC.D.044). | ||
20 | Documentación escaneada del Sobre A en formato PDF entregado en Disco Compacto (CD) o memoria USB. |
Experiencia Persona Jurídica y/o Persona Física | Tiempo de experiencia | Cumple | No Cumple |
Persona Jurídica | Mínimo 2 años | ||
Persona Física | Mínimo 3 años |
Cumple | No Cumple | ||
Experiencia en obras similares | Mínimo 3 obras similares. Nota: Las obras similares serán acreditadas como experiencia cuando se presenten copias de contratos y sus correspondientes certificaciones de recepciones satisfactorias en entidades públicas o privadas. La Certificación de recepción satisfactoria deberán contener lo siguiente: • Nombre de la entidad contratante. • Nombre del Contratista. • Objeto de la obra. • Fecha de inicio y término. • Carta de recepción satisfactoria. |
Organigrama y Hoja de Vida del Personal Técnico del Proyecto | Documento | Cumple | No Cumple |
Organigrama | |||
CV Ing. Civil o Arquitecto Residente (mínimo 1 años de experiencia) | |||
CV Gerente de Proyecto (Ing. Civil o Arquitecto) (mínimo 1 | |||
años de experiencia) |
Nota: Este es el personal mínimo requerido, sin embargo, no es limitativo.
Hoja de Vida del Personal Técnico del Proyecto: Para todo el personal técnico propuesto se deberá presentar una carta de aceptación de designación al cargo propuesto, declarando su disponibilidad de trabajo para el proyecto, y además deberá presentar certificación del Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA) al día de todo el personal clave.
Cronograma de trabajo máximo 120 días | Características | Cumple | No Cumple |
Diagrama detallado con las mismas partidas del presupuesto y lógico con los tiempos | |||
Actividades predecesoras y sucesoras | |||
Ruta crítica | |||
Metodología y Plan de Trabajo | Características | Cumple | No Cumple |
Que exprese la comprensión del proyecto y aborde con suficiente nivel de detalle los objetivos generales y específicos de la obra, ponderando de manera adecuada y lógica los diferentes componentes que sustenten su ejecución. El formulario SNCC.D.044 Descripción del Enfoque, la Metodología y Plan de Actividades para la ejecución del trabajo deberá estar con las explicaciones mínimas requeridas en el mismo. ● Enfoque técnico y metodología. ● Plan de trabajo. ● Organización y dotación del personal. ● Plan de Seguridad. |
2.14 Forma para la Presentación de los Documentos Contenidos en el “Sobre B”
Los documentos contenidos en el “Sobre B” deberán ser presentados en original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página del ejemplar, junto con una (1) fotocopia simple de los mismos, debidamente marcada, en su primera página, como “COPIA”.
No. | Documentaciones |
1. | FORMULARIO DE OFERTA ECONÓMICA (SNCC.F.033) original, firmado y sellado. |
2. | PRESUPUESTO Y ANÁLISIS DE COSTOS UNITARIOS COHERENTES A LA PROPUESTA A ECONÓMICA (con el ITBIS transparentado en las partidas materiales y equipos). Presupuesto y los Análisis de Costos se deben presentar en formato impreso y digital (MICROSOFT EXCEL EDITABLE) en DISCO COMPACTO (CD) o USB dentro del Sobre B. |
3. | Garantía de Seriedad de la Oferta. Correspondiente a una Póliza de Seguro equivalente al uno por ciento (1%) del monto total de la oferta, con una vigencia mínima de ciento veinte (120) días calendario. VIGENCIA MÍNIMA REQUERIDA 90 DÍAS. Nota: no factura ni otro documento que no sea el formato requerido. |
La vigencia de la Garantía de Seriedad de la Oferta, entrará en vigor partir de la fecha de apertura de los sobres, en el eventual caso que surja alguna modificación en el calendario, la
garantía tendrá validez si el período asegurado corresponde a la primera fecha en la que estaba programada la apertura de los sobres.
Protocolo provisional para la apertura de ofertas económicas (Sobre B):
1. Ofertas Recibidas en físico. Se recibirán y leerán todas las ofertas económicas con firma ológrafa y sellada en original por la entidad emisora.
2. Ofertas recibidas vía portal transaccional. Se recibirán y leerán todas las ofertas económicas escaneadas.
3. El comité de evaluación designado para cada proceso realizará todas las gestiones necesarias para validar con la entidad emisora de la garantía de seriedad de la oferta, los formatos anteriormente señalados.
4. En caso de que no sea posible validar la veracidad del documento antes mencionado, el comité de evaluación recomendará al Comité de Compras y Contrataciones descartar sin más trámites la oferta recibida.
5. Si el comité de evaluación lo considera oportuno o necesario, podrá solicitar al oferente que, de acuerdo a los criterios de evaluación, resulte ganador del proceso en cuestión, antes de realizar la Notificación de Adjudicación, el documento original de la garantía de seriedad de la oferta, entendiéndose por original el documento con firma manuscrita (no ológrafa) y sello original de la empresa, en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas.
El “Sobre B” deberá contener en su cubierta la siguiente identificación:
NOMBRE DEL OFERENTE/PROPONENTE (Sello Social)
Firma del Representante Legal
COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Junta Distrito Municipal de Santa Xxxxx PRESENTACIÓN: OFERTA ECONÓMICA REFERENCIA: JDMSL-CCC-CP-001-2022
El Oferente/Proponente cotizará el precio global de la Obra, no obstante, lo cual deberá presentarse detalle de partidas, designación correspondiente, unidad de medida, precio unitario y metraje. La sumatoria de los productos del precio unitario por el metraje de cada partida deberá ser igual al precio global cotizado.
Los precios unitarios se tomarán en cuenta, exclusivamente, para la liquidación mensual de los trabajos y los aumentos o disminuciones de Obra que ordene la JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX.
La JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX no efectuará pagos por las tareas necesarias para la ejecución de los trabajos para las cuales no se hayan indicado precios, por cuanto se considerarán comprendidas en los demás precios que figuren en el cuadro de metrajes.
El Contratista no podrá, bajo pretexto de error u omisión de su parte, reclamar aumento de los precios fijados en el Contrato.
Los errores u omisiones en el cómputo y presupuesto en cuanto a extensión o valor de la Obras, se corregirán en cualquier tiempo hasta la terminación del Contrato. Si los defectos fuesen aparentes y el Contratista no los hubiera señalado en forma previa o concomitante a la formulación de su Propuesta no tendrá derecho a formular reclamo alguno.
La Oferta deberá presentarse en Pesos Dominicanos (RD$). Los precios deberán expresarse en dos decimales (XX.XX) que tendrán que incluir todas las tasas (divisas), impuestos y gastos que correspondan, transparentados e implícitos según corresponda.
Los precios no deberán presentar alteraciones ni correcciones y deberán ser dados por la unidad de medida establecida en los listados.
El Oferente que resulte favorecido con la Adjudicación de la presente Comparación de Precios, debe mantener durante todo el plazo de ejecución del Contrato el precio que proponga en el momento de presentación de la Oferta.
El Oferente será responsable y pagará todos los impuestos, derechos de aduana, o gravámenes que hubiesen sido fijados por autoridades municipales, estatales o gubernamentales, dentro y fuera de la República Dominicana, relacionados con el proyecto a ser ejecutado. Ninguna institución sujeta a las disposiciones de la Ley que realice contrataciones, podrá contratar o convenir sobre disposiciones o cláusulas que dispongan sobre exenciones o exoneraciones de impuestos y otros atributos, o dejar de pagarlos, sin la debida aprobación del Congreso Nacional.
El Oferente/Proponente que cotice en cualquier moneda distinta al Peso Dominicano (RD$), se auto descalifica para ser adjudicatario.
Los precios no deberán presentar alteraciones ni correcciones y deberán ser dados por la unidad de medida establecida en el Formulario de Oferta Económica.
Será responsabilidad del Oferente/Proponente la adecuación de los precios unitarios a las unidades de medidas solicitadas, considerando a los efectos de adjudicación el precio consignado en el Presupuesto (Oferta Económica) como el unitario y valorándolo como tal, respecto de otras Ofertas de los mismos productos. El Comité de Compras y Contrataciones, no realizará ninguna conversión de precios unitarios si éstos se consignaren en unidades diferentes a las solicitadas.
Sección III
Apertura y Validación de Ofertas 3.1 Procedimiento de Apertura de Sobres
La apertura de Sobres se realizará en acto público en presencia de los representantes del Comité de Compras y Contrataciones y xxx Xxxxxxx Público actuante, en la fecha, lugar y hora establecidos en el Cronograma de la Comparación de Precios.
Una vez pasada la hora establecida para la recepción de los Sobres de los Oferentes/Proponentes, no se aceptará la presentación de nuevas propuestas, aunque el acto de apertura no se inicie a la hora señalada.
3.2 Apertura de “Sobre A”, contentivo de Propuestas Técnicas
El Notario Público actuante procederá a la apertura de los sobres según el orden de llegada, procediendo a verificar que la documentación contenida en los mismos esté correcta de conformidad con el listado que al efecto le será entregado.
El Notario Público actuante procederá a la apertura de los “Sobres A”, según el orden de llegada, procediendo a verificar que la documentación contenida en los mismos esté correcta de conformidad con el listado que al efecto le será entregado.
En caso de que surja alguna discrepancia entre la relación y los documentos efectivamente presentados, el Notario Público autorizado dejará constancia de ello en el acta notarial.
El Notario Público actuante elaborará el acta notarial correspondiente, incluyendo las observaciones realizadas en el desarrollo del acto de apertura de los Sobres A, si las hubiere.
El Notario Público actuante concluido el acto de recepción, dará por cerrado el mismo, indicando la hora de cierre.
El Notario Público actuante, deberá rubricar y sellar cada una de las páginas de los documentos contenidos en los Sobres, haciendo constar en el mismo la cantidad de páginas existentes.
En caso de que surja alguna discrepancia entre la relación y los documentos efectivamente presentados, el Notario Público autorizado dejará constancia de ello en el acta notarial.
El Notario Público actuante elaborará el acta notarial correspondiente, incluyendo las observaciones realizadas en el desarrollo del acto de apertura de los sobres, si las hubiere.
El Notario Público actuante concluido el acto de apertura dará por cerrado el mismo, indicando la hora de cierre.
Las actas notariales estarán disponibles para los Oferentes/ Proponentes, o sus Representantes Legales, quienes para obtenerlas deberán hacer llegar su solicitud a través de la Oficina de Acceso a la Información Municipal (OAIM).
3.3 Validación y Verificación de Documentos
Posterior a la apertura de los sobres, los Peritos procederán a la validación y verificación de los documentos contenidos en el referido “Sobre A”. Ante cualquier duda sobre la información presentada, podrá comprobar, por los medios que considere adecuados, la veracidad de la información recibida.
No se considerarán aclaraciones a una Oferta presentadas por Oferentes cuando no sean en respuesta a una solicitud de la JUNTA DE DISTRTIO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX. La solicitud de aclaración por la JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX y la respuesta deberán ser hechas por escrito.
Antes de proceder a la evaluación detallada del “Sobre A”, los Peritos determinarán si cada Oferta se ajusta sustancialmente al presente Pliego de Condiciones Específica; o si existen desviaciones, reservas, omisiones o errores de naturaleza o de tipo subsanables de conformidad a lo establecido en el presente documento.
En los casos en que se presenten desviaciones, reservas, omisiones o errores de naturaleza o tipo subsanables, los Peritos Especialistas procederán de conformidad con los procedimientos establecidos en el presente Pliego de Condiciones Específicas.
No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta para que se la mejore.
3.4 Criterios de Evaluación de la Oferta Técnica
Las Propuestas Técnicas, deberán contener la Documentación Legal, Financiera y Técnica requerida en el Numeral
2.12 sobre Documentación a presentar de este Pliego de Condiciones Específicas, las cuales presentamos a continuación su forma de evaluación:
A. Documentación Legal: Se evaluará los todos numerales requeridos desde la modalidad
“CUMPLE/ NO CUMPLE”.
B. Documentación Técnica: Se evaluarán todos los numerales requeridos bajo la modalidad “CUMPLE/ NO CUMPLE”. En caso de que exista un (1) requisito de los exigidos en la Sección II del acápite 2.12, que no cumpla con lo requerido, el Oferente no podrá ser habilitado para la Apertura de la Oferta Económica.
Fase de Homologación.
Una vez concluida la recepción de los “Sobres A”, se procederá a la valoración de la propuesta técnica, si aplica, de acuerdo con las especificaciones requeridas en las Fichas Técnicas y a la ponderación de la documentación solicitada al efecto, bajo la modalidad “CUMPLE/ NO CUMPLE”.
La definición de los criterios de evaluación abarca capacidad económica y técnica, experiencia, personal en el área del proyecto y equipos disponibles.
Las Propuestas deberán contener la documentación necesaria, suficiente y fehaciente para demostrar los siguientes aspectos que serán verificados bajo la modalidad “CUMPLE/ NO CUMPLE”:
• ELEGIBILIDAD
A. Que el Proponente está legalmente autorizado para realizar sus actividades comerciales en el país, conforme a su Registro de Proveedores del Estado (RPE), licencias de operaciones y demás documentos exigibles en el presente Pliego de Condiciones.
B. Que el procedimiento constructivo descrito sea aceptable porque demuestra que el oferente conoce los trabajos a realizar y que tiene la capacidad y la experiencia para ejecutarlos satisfactoriamente. Dicho procedimiento debe ser acorde con el cronograma de ejecución considerado en su oferta. El cumplimiento de este criterio será evaluado conforme a la documentación legal y técnico requerido en el presente pliego de condiciones específicas.
EVALUACION Y COMPARACION DE LAS OFERTAS
MONTO MINIMO DE LA OFERTA ECOMNOMICA: La oferta por un monto menor al precio oficial de la Junta de Distrito, respecto a la obra a contratar, que haya sido presentada por el oferente, será rechazada, si se comprueba que la reducción en su precio resultare en una diferencia mayor al Diez (10%) del precio tope establecido.
MONTO MAXIMO DE LA OFERTA ECONOMICA: La oferta por un monto mayor al precio oficial de la Junta de Distrito, respecto a la obra a contratar, que haya sido presentada por el oferente, será rechazada, si se comprueba el aumento en su precio resultare en una diferencia mayor al Diez (10%) del precio o tope establecido.
PARA QUE UNA OFERTA PUEDA SER CONSIDERADA CUMPLE, DEBERÁ POSEER TODAS Y CADA UNA DE LAS CARACTERÍSTICAS CONTENIDAS EN LAS REFERIDAS FICHAS TÉCNICAS. ES DECIR QUE, EL NO CUMPLIMIENTO EN UNA DE LAS ESPECIFICACIONES IMPLICA LA DESCALIFICACIÓN DE LA OFERTA Y LA DECLARACIÓN DE NO CUMPLE.
Los Peritos levantarán un informe donde se indicará el cumplimiento o no de las Especificaciones Técnicas, bajo el criterio de CUMPLE/ NO CUMPLE. En el caso de no cumplimiento indicará, de forma individualizada las razones, y a su vez indicara cuales proveedores pasan a la fase de apertura sobre B ofertas económicas.
Los Peritos emitirán su informe al Comité de Compras y Contrataciones sobre los resultados de la evaluación de las Propuestas Técnicas “Sobre A”, a los fines de la recomendación final.
3.5 Apertura de los “Sobres B”, Contentivos de Propuestas Económicas
El Comité de Compras y Contrataciones, dará inicio al Acto de Apertura y lectura de las Ofertas Económicas, “Sobre B”, conforme a la hora y en el lugar indicado.
Sólo se abrirán las Ofertas Económicas de los Oferentes/Proponentes que hayan resultado habilitados en la primera etapa del proceso. Son éstos aquellos que, una vez finalizada la evaluación de las Ofertas Técnicas, cumplan con los criterios señalados en la sección Criterios de evaluación. Las demás serán devueltas sin abrir. De igual modo, solo se dará lectura a los renglones que hayan resultado CONFORME en el proceso de evaluación de las Ofertas Técnicas.
A la hora fijada en el Cronograma de la Comparación de Precios, el Consultor Jurídico de la institución, en su calidad de Asesor Legal del Comité de Compras y Contrataciones, hará entrega formal al Notario Público actuante, en presencia de los Oferentes, de las Propuestas Económicas, “Sobre B”, que se mantenían bajo su custodia, para dar inicio al procedimiento de apertura y lectura de estas.
En acto público y en presencia de todos los interesados el Notario actuante procederá a la apertura y lectura de las Ofertas Económicas, certificando su contenido, rubricando y sellando cada página contenida en el “Sobre B”.
Las observaciones referentes a la Oferta que se esté leyendo, deberán realizarse en ese mismo instante, levantando la mano para tomar la palabra. El o los Notarios actuantes procederán a hacer constar todas las incidencias que se vayan presentando durante la lectura.
Finalizada la lectura de las Ofertas, el o los Notarios actuantes procederán a invitar a los Representantes Legales de los Oferentes/Proponentes a hacer conocer sus observaciones; en caso de conformidad, se procederá a la clausura del acto.
No se permitirá a ninguno de los presentes exteriorizar opiniones de tipo personal o calificativos peyorativos en contra de cualquiera de los Oferentes participantes.
El Oferente/Proponente o su representante que durante el proceso de la Comparación de Precios tome la palabra sin ser autorizado o exteriorice opiniones despectivas sobre algún producto o compañía, será sancionado con el retiro de su presencia del salón o de la plataforma virtual por la cual se está realizando el proceso, con la finalidad de mantener el orden.
En caso de discrepancia entre la Oferta presentada en el formulario correspondiente, (SNCC.F.033), debidamente recibido por el Notario Público actuante y la lectura de esta, prevalecerá el documento escrito.
El o los Notarios Públicos actuantes elaborarán el acta notarial correspondiente, incluyendo las observaciones realizadas al desarrollo del acto de apertura, si las hubiera, por parte de los Representantes Legales de los Oferentes/ Proponentes. El acta notarial deberá estar acompañada de una fotocopia de todas las Ofertas presentadas. Dichas actas notariales estarán disponibles para los Representantes Legales de los Oferentes/Proponentes, quienes para obtenerlas deberán hacer llegar su solicitud a través de la Oficina de Acceso a la Información (OAI).
Sólo se abrirán las Ofertas Económicas de los Oferentes/Proponentes que hayan resultado Habilitados en la primera etapa del proceso. Son éstos aquellos que, una vez finalizada la evaluación de las Ofertas Técnicas, cumplan con los criterios señalados en la sección Criterios de evaluación de la Oferta Técnica. Las demás serán devueltas sin abrir.
A la hora fijada en el Cronograma del procedimiento, el Director Jurídico de la Junta de Distrito Municipal de Santa Xxxxx, en su calidad de Asesor Legal del Comité de Compras y Contrataciones, hará entrega formal al Notario Público actuante, en presencia de los Oferentes, de las Propuestas Económicas, “Sobre B”, que se mantenían bajo su custodia, para dar inicio al procedimiento de apertura y lectura de las mismas.
En acto público y en presencia de todos los interesados el Notario actuante procederá a la apertura y lectura de las Ofertas Económicas, certificando su contenido, rubricando y sellando cada página contenida en el “Sobre B”.
Las observaciones referentes a la Oferta que se esté leyendo, deberán realizarse en ese mismo instante, levantando la mano para tomar la palabra. El o los Notarios actuantes procederán a hacer constar todas las incidencias que se vayan presentando durante la lectura.
Finalizada la lectura de las Ofertas, el o los Notarios actuantes procederán a invitar a los Representantes Legales de los Oferentes/Proponentes a hacer conocer sus observaciones; en caso de conformidad, se procederá a la clausura del acto.
No se permitirá a ninguno de los presentes exteriorizar opiniones de tipo personal o calificativos peyorativos en contra de cualquiera de los Oferentes participantes.
El Oferente/Proponente o su representante que durante el proceso tome la palabra sin ser autorizado o exteriorice opiniones despectivas sobre algún producto o compañía, será sancionado con el retiro de su presencia del salón, con la finalidad de mantener el orden.
En caso de discrepancia entre la Oferta presentada en el formulario correspondiente, (SNCC.F.033), debidamente recibido por el Notario Público actuante y la lectura de la misma, prevalecerá el documento escrito.
El o los Notarios Públicos actuantes elaborarán el acta notarial correspondiente, incluyendo las observaciones realizadas al desarrollo del acto de apertura, si las hubiera, por parte de los Representantes Legales de los Oferentes/ Proponentes. El acta notarial deberá estar acompañada de una fotocopia de todas las Ofertas presentadas. Dichas actas notariales estarán disponibles para los Representantes Legales de los Oferentes/Proponentes, quienes para obtenerlas deberán hacer llegar su solicitud a través de la Oficina de Acceso a la Información (OAI).
3.6 Confidencialidad del Proceso
Las informaciones relativas al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las Ofertas y las recomendaciones para la Adjudicación del Contrato no podrán ser reveladas a los Oferentes ni a otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que se haya anunciado el nombre del Adjudicatario, a excepción de que se trate del informe de evaluación del propio Oferentes.
Todo intento de un Oferente para influir en el procesamiento de las Ofertas o decisión de la Adjudicación por parte del Contratante podrá dar lugar al rechazo de la Oferta de ese Oferente.
3.7 Plazo de Mantenimiento de Oferta
Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de ciento noventa (90) días contados a partir de la fecha del acto de apertura.
La JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo.
Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida.
Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.
3.8 Evaluación Oferta Económica
El Comité de Compras y Contrataciones evaluará y comparará únicamente las Ofertas que se ajustan sustancialmente al presente Pliego de Condiciones Específicas y que hayan sido evaluadas técnicamente como CONFORME, bajo el criterio del MENOR PRECIO OFERTADO, siempre y cuando cumpla. Que en los ANÁLISIS DE COSTOS de las Ofertas Económicas presentadas se puedan verificar los rendimientos y desperdicios considerados, teniendo en cuenta la aplicación de una buena práctica de construcción, los precios de los insumos, costo de mano de obra conforme al Órgano Regulador, cantidades y especificaciones requeridas; además, se tomará en cuenta la acumulación de los menores índices de desviaciones en los análisis de costos en comparación con los análisis de costo la JUNTA DE DISTRITO MUNICIPAL DE SANTA XXXXX.
4.1 Criterios de Adjudicación
Sección IV Adjudicación
El Comité de Compras y Contrataciones evaluará las Ofertas dando cumplimiento a los principios de transparencia, objetividad, economía, celeridad y demás, que regulan la actividad contractual, y comunicará por escrito al Oferente/Proponente que resulte favorecido. Al efecto, se tendrán en cuenta los factores económicos y técnicos más favorables.
La Adjudicación será decidida a favor del Oferente/Proponente cuya propuesta cumpla con los requisitos exigidos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales, teniendo en cuenta el precio / calidad, y la de mayor ponderación al momento de sumar las evaluaciones y/o ponderaciones técnicas y económicas.
Si se presentase una sola Oferta, ella deberá ser considerada y se procederá a la Adjudicación, si habiendo cumplido con lo exigido en el Pliego de Condiciones Específicas, se le considera conveniente a los intereses de la Institución.
4.2 Empate entre Oferentes
En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá de acuerdo al siguiente procedimiento:
El Comité de Compras y Contrataciones procederá por una elección al azar, en presencia xx Xxxxxxx Público y de los interesados, utilizando para tales fines el procedimiento de sorteo.
4.3 Declaración de Desierto
El Comité de Compras y Contrataciones podrá declarar desierto el procedimiento, total o parcialmente, en los siguientes casos:
⮚ Por no haberse presentado Ofertas.
⮚ Por haberse rechazado, descalificado, o porque son inconvenientes para los intereses nacionales o institucionales todas las Ofertas o la única presentada.
En la Declaratoria de Desierto, la Entidad Contratante podrá reabrirlo dando un plazo para la presentación de Propuestas de hasta un cincuenta por ciento (50%) del plazo del proceso fallido.
4.4 Acuerdo de Adjudicación
El Comité de Compras y Contrataciones luego de proceso de verificación y validación del informe de recomendación de Adjudicación, conoce las incidencias y si procede, aprueban el mismo y emiten el acta contentiva de la Resolución de Adjudicación.
Ordena a la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones la Notificación de la Adjudicación y sus anexos a todos los Oferentes participantes, conforme al procedimiento y plazo establecido en el Cronograma de Actividades xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas.
Concluido el proceso de evaluación, el Comité de Compras y Contrataciones dictará la Resolución Definitiva de Adjudicación y ordena a la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones la Notificación de la Adjudicación y sus anexos a todos los Oferentes participantes, conforme al procedimiento y plazo establecido en el Cronograma de Actividades xxx Xxxxxx de Condiciones.
4.5 Adjudicaciones Posteriores
En caso de incumplimiento del Oferente Adjudicatario, la Entidad Contratante procederá a solicitar, mediante “Carta de Solicitud de Disponibilidad”, al siguiente Oferente/Proponente que certifique si está en capacidad de suplir los renglones que le fueren indicados, en un plazo no mayor 48 horas. Dicho Oferente/Proponente contará con un plazo de Cuarenta y Ocho (48) horas para responder la referida solicitud. En caso de respuesta afirmativa, El Oferente/Proponente deberá presentar la Garantía de Fiel cumplimiento de Contrato, conforme se establece en los DDL.
PARTE 2 CONTRATO
Sección V Disposiciones Sobre los Contratos
5.1 Condiciones Generales del Contrato
5.1.1 Validez del Contrato
El Contrato será válido cuando se realice conforme al ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de Adjudicación y la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato sean cumplidos.
5.1.2 Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato corresponderá Póliza de Fianza. La vigencia de la garantía será de 120 días, contados a partir de la constitución de la misma hasta el fiel cumplimiento del contrato.
5.1.3 Perfeccionamiento del Contrato
Para su perfeccionamiento deberán seguirse los procedimientos de contrataciones vigentes, cumpliendo con todas y cada una de sus disposiciones y el mismo deberá ajustarse al modelo que
se adjunte al presente Pliego de Condiciones Específicas, conforme al modelo estándar el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas.
5.1.4 Plazo para la Suscripción del Contrato
Los Contratos deberán celebrarse en el plazo que se indique en el presente Pliego de Condiciones Específicas; no obstante a ello, deberán suscribirse en un plazo no mayor de veinte (20) días hábiles, contados a partir de la fecha de Notificación de la Adjudicación.
5.1.5 Ampliación o Reducción de la Contratación
La Entidad Contratante podrá modificar, disminuir o aumentar hasta un veinticinco por Ciento (25%) el monto del Contrato original de la Obra, siempre y cuando se mantenga el objeto, cuando se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el proceso de Contratación, y esa sea la única forma de satisfacer plenamente el interés público.
5.1.6 Finalización del Contrato
El Contrato finalizará por vencimiento de su plazo, o por la concurrencia de alguna de las siguientes causas de resolución:
⮚ Incumplimiento del Proveedor.
⮚ Incursión sobrevenida del Proveedor en alguna de las causas de prohibición de contratar con la Administración Pública que establezcan las normas vigentes, en especial el Artículo 14 de la Ley No. 340-06, sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.
5.1.7 Subcontratos
El Contratista podrá subcontratar la ejecución de algunas de las tareas comprendidas en este Pliego de Condiciones Específicas, con la previa autorización de la Entidad Contratante. El Oferente, en su propuesta, debe indicar las Obras que subcontrataría y las empresas que ejecutarían cada una de ellas; en el entendido, que El Contratista será el único responsable de todos los actos, comisiones, defectos, negligencias, descuidos o incumplimientos de los subcontratistas, de sus empleados o trabajadores.
5.2 Condiciones Específicas del Contrato
5.2.1 Vigencia del Contrato
La vigencia del Contrato será de 120 días, a partir de la fecha de la suscripción del mismo y hasta su fiel cumplimiento, de conformidad con el Cronograma de Ejecución, el cual formará parte integral y vinculante del mismo.
Sección VI Incumplimiento del Contrato
6.1 Incumplimiento del Contrato
Se considerará incumplimiento del Contrato:
a. La xxxx del Proveedor en la entrega de las Obras.
b. La falta de calidad de las Obras entregadas.
6.2 Efectos del Incumplimiento
El incumplimiento del Contrato por parte del Adjudicatario determinará su finalización y supondrá para el mismo la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, procediéndose a contratar al Adjudicatario que haya quedado en el segundo lugar.
6.3 Tipos de Incumplimientos
A los efectos de este Pliego de Condiciones Específicas, los incumplimientos se clasifican en leves, graves y gravísimos, conforme se indica a continuación:
a. Incumplimientos leves
Toda aquella violación de las obligaciones asumidas por el Contratista en virtud del presente Pliego de Condiciones, que no impidan la Ejecución de la Obra.
b. Incumplimientos graves
Toda aquella violación de las obligaciones asumidas por el Contratista en virtud del presente Pliego de Condiciones, que afecten la Ejecución de la Obra.
c. Incumplimientos gravísimos
Toda aquella violación de las obligaciones asumidas por el Contratista en virtud del presente Pliego de Condiciones, que impidan la Ejecución de la Obra.
En caso de acumulación de infracciones, estas se considerarán de la siguiente manera: Cada ocho (8) infracciones leves, se entenderá configurada una grave.
Cada cuatro (4) infracciones graves, una gravísima.
6.4 Sanciones
La ocurrencia de los incumplimientos leves y graves detallados, hace pasible al Contratista de la aplicación de las sanciones previstas en la Ley, su Reglamento y demás normas complementarias.
En caso de infracciones gravísima la Entidad Contratante podrá rescindir el contrato, sin perjuicio de las demás acciones que la Ley pone a su alcance en reparación del perjuicio causado.
El cálculo de los días de retraso se hará tomando en consideración los tiempos de ejecución establecidos en el numeral 2.10 del presente documento y siempre que la causa del retraso sea imputable al Contratista.
La xxxx en la ejecución de las obligaciones se constituye por el simple vencimiento de los plazos previstos en el Cronograma de Ejecución de la Obra.
PARTE 3 DE LAS OBRAS
Sección VII
Ejecución y Recepción de la Obra
7.1 Inicio de la Construcción
Una vez formalizado el correspondiente Contrato entre la Entidad Contratante y El Contratista, este último iniciará la ejecución de los trabajos conforme al plazo de ejecución y plan de trabajo presentados en su Propuesta Técnica.
7.2 Recepción Provisional
Al concluir la construcción de la Obra, conforme a las prescripciones técnicas y calidades exigidas en este Pliego de Condiciones Específicas, El Contratista hará entrega de la misma al personal designado por la Entidad Contratante como responsable de la supervisión.
Se levantará el Acta de Recepción Provisional, formalizada por el técnico de la Entidad Contratante o persona en la que éste delegue, quien acreditará que la obra está en condiciones de ser recibida en forma provisional.
De existir anomalías, se darán instrucciones precisas al Contratista para que subsane los defectos y proceda, en un plazo no superior a quince (15) días hábiles, a la corrección de los errores detectados.
7.3 Recepción Definitiva
Una vez corregidas por El Contratista las fallas notificadas por la Entidad Contratante, se procederá a realizar una nueva evaluación de la Obra y solamente cuando la evaluación realizada resultare conforme, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas requeridas, se procederá a la Recepción Definitiva de la Obra.
Para que la Obra sea recibida por la Entidad Contratante de manera definitiva, deberá cumplir con todos y cada uno de los requerimientos exigidos en las Especificaciones Técnicas.
Si la supervisión no presenta nuevas objeciones y considera que la Obra ha sido ejecutada conforme a todos los requerimientos de las Especificaciones Técnicas, se levantará el Acta de Recepción Definitiva, formalizada por el técnico de la Entidad Contratante o persona en la que éste delegue, quien acreditará que la Obra está en condiciones de ser recibida en forma definitiva.
La Obra podrá recibirse parcial o totalmente, conforme con lo establecido en el Contrato; pero la recepción parcial también podrá hacerse cuando se considere conveniente por la Máxima Autoridad de la Entidad Contratante. La recepción total o parcial tendrá carácter provisorio hasta tanto se haya cumplido el plazo de garantía que se hubiese fijado.
7.4 Garantía de Xxxxxx Xxxxxxx
Al finalizar los trabajos, EL CONTRATISTA deberá presentar una garantía que consistirá en Póliza de Fianza de una entidad de reconocida solvencia en la República Dominicana de las Obras ejecutadas por él a satisfacción de la Entidad Contratante.
Sección VIII Obligaciones de las Partes
8.1 Obligaciones de la Entidad Contratante
a) Los permisos, autorizaciones, licencias y concesiones serán tramitados y obtenidos por cuenta de la Entidad Contratante.
b) La asignación de la correspondiente Supervisión Técnica.
c) Los pagos al Contratista en un plazo no mayor de quince (15) días, contados a partir de que la cubicación sea certificada por El Supervisor.
8.2 Obligaciones del Contratista
8.2.1 Normas Técnicas
El Contratista será responsable de la correcta interpretación de los Planos para la realización de la Obra y responderá por los errores de interpretación en que incurra durante la ejecución y conservación de la misma, hasta la Recepción Definitiva.
Cualquier deficiencia o error que constatara en el Proyecto o en los Planos, deberá comunicarlo de inmediato al funcionario competente y abstenerse de realizar los trabajos que pudiesen estar afectados por esas deficiencias, salvo que el funcionario competente, le ordene la ejecución de tales trabajos. En este último caso, el Contratista quedará exento de responsabilidad, salvo cuando los vicios advertidos puedan llegar a comprometer la estabilidad de la Obra y provocar su ruina total o parcial. La falta de notificación a la administración o la ejecución de los trabajos sin orden escrita de ésta, hará responsable al Contratista. De igual manera que con las deficiencias técnicas del proyecto, procederá el Contratista con respecto a los vicios del suelo, a los de los materiales provistos por la Entidad Contratante y a las deficiencias de los sistemas o procedimientos constructivos exigidos por los Pliegos u ordenados por aquella.
Los procedimientos y métodos de construcción, para llevar a cabo la ejecución de la Obra, son responsabilidad del Contratista.
La ejecución de la construcción, así como el suministro de Bienes y Equipos por parte del Contratista, deberán cumplir los requisitos de las Normas y Especificaciones Generales para la Construcción del tipo de obra objeto de la adjudicación, establecidas por los respectivos ministerios u otras entidades del Estado Dominicano. En caso de no contarse con especificaciones técnicas dominicanas se usarán normas internacionales reconocidas. En los casos que estas últimas normas superen en exigencia las respectivas dominicanas se usarán las internacionales reconocidas siempre que ello vaya en beneficio del interés público.
Los materiales y demás elementos provenientes de demoliciones cuyo destino no hubiese sido previsto por el Contrato quedarán de propiedad de la Entidad Contratante.
El Contratista será responsable de cualquier reclamo o demanda que pudiera originar la provisión o el uso indebido de materiales, sistemas de construcción o implementos utilizados.
El Contratista no podrá recusar a quien la Entidad Contratante haya designado para la dirección, inspección, control o tasación de la Obra; pero si tuviese observaciones o quejas justificadas, las expondrán, para que la Entidad Contratante las resuelva, sin que esto sea motivo para que se suspendan los trabajos.
El contratista será responsable por la ruina total o parcial de la Obra, si ésta procede de vicios de construcción o de vicios del suelo, si el Contratista debió realizar estos estudios, o de mala calidad de los materiales, siempre y cuando estos materiales hayan sido provistos por este, en el caso de que la ruina se produzca dentro de los cinco (05) años de recibida la Obra en forma definitiva. El plazo de prescripción de la acción será de un (1) año a contar desde el momento en que la ruina total o parcial fue detectada por la entidad Contratante. No es admisible la dispensa contractual de responsabilidad por ruina total o parcial.
El Contratista deberá mantener al día el pago del personal que empleo en la Obra y no podrá deducirle suma alguna que no responda al cumplimiento xx xxxxx o de resoluciones del Estado Dominicano y dará estricto cumplimiento a las disposiciones sobre legislación del trabajo y a las que en adelante se impusieran. Toda infracción al cumplimiento de estas obligaciones podrá considerarse negligencia grave a los efectos de la rescisión del contrato por culpa del Contratista y en todos los casos impedirá el trámite y el pago de las cubicaciones.
8.2.2 Seguridad
El Contratista deberá garantizar la seguridad de las personas autorizadas a estar presentes en la Zona de Obras y mantener éstas y las Obras mismas (mientras no hayan sido aceptadas u ocupadas por la Entidad Contratante) en buen estado con el fin de evitar todo riesgo para las personas.
Suministrar y mantener, por su cuenta, todos los dispositivos de iluminación, protección, cierre, señales de alarma y vigilancia en los momentos y lugares necesarios o exigidos por El Director de
Obra, por cualquier otra autoridad debidamente constituida y por la reglamentación vigente, para la protección de las Obras y para la seguridad y comodidad del público en general.
Adoptar todas las medidas necesarias para proteger el medio ambiente sobre la base del estudio previo de impacto ambiental realizado por la Entidad Contratante, tanto dentro como fuera de la Zona de Obras, evitando con ello todo perjuicio o daño a las personas o bienes públicos resultantes de la contaminación, tales como el ruido, el manejo de residuos peligrosos u otros inconvenientes producidos por los métodos utilizados para la realización de la Obra.
La instalación de las plantas y equipos necesarios para la ejecución de la Obra, deberá ceñirse a las disposiciones vigentes.
El Contratista solventará a su xxxxx y será de su absoluta responsabilidad, las reclamaciones que en su caso resulten por utilización de zonas para la disposición de desechos sin el cumplimiento de normas de protección del medio ambiente o por fuera del plan de manejo ambiental.
Durante la ejecución de la obra, el Contratista tendrá la obligación de seguir procedimientos adecuados de construcción y protección contra cualquier daño o deterioro que pueda afectar su calidad, estabilidad y acabados, inclusive en aquellas obras que durante la construcción permanezcan prestando servicio público.
8.2.3 Xxxx xx Xxxxxx y Obras Provisionales
Durante su permanencia en la Obra serán de su cargo la construcción, mejoramiento y conservación de las Obras provisionales o temporales que no forman parte integrante del Proyecto, tales como: vías provisionales, cercas, oficinas, bodegas, talleres y demás edificaciones provisionales con sus respectivas instalaciones, depósitos de combustibles y lubricantes; las Obras necesarias para la protección del medio ambiente y de propiedades y bienes de terceros que puedan ser afectados por razón de los trabajos durante la ejecución de los mismos, y en general toda Obra provisional relacionada con los trabajos.
Igualmente, deberá considerar que son por cuenta del Contratista, las acometidas y distribución temporal de los servicios de energía, agua y teléfono, en los sitios que se requieran y los elementos necesarios de protección y seguridad, tanto para su personal como para sus instalaciones, debidamente autorizados por la Autoridad Competente, la cual deberá autorizar la instalación provisional de los medidores y controles necesarios para la utilización y consumo de estos servicios públicos, debiendo presentar a la terminación de la obra los recibos de pago correspondientes debidamente cancelados.
Adicionalmente, correrán por su cuenta los trabajos necesarios para no interrumpir el servicio en las vías públicas usadas por él o en las vías de acceso cuyo uso comparta con otros Contratistas.
Durante la ejecución del Contrato deberá observar las leyes y los reglamentos de Salud relativos a la salud ocupacional y tomar todas aquellas precauciones necesarias para evitar que se produzcan, en las zonas de sus campamentos de trabajo, condiciones, insalubres, así como dotar a su personal de los medios para protegerse en los casos en que su trabajo presente condiciones peligrosas para la seguridad y salud como establecen los reglamentos y normas de riesgos laborales.
A menos que se hubieran efectuado otros acuerdos, el proponente favorecido con la Adjudicación del Contrato deberá retirar todas las Obras provisionales a la terminación de los trabajos y dejar las zonas en estado razonable de limpieza y de orden. Así mismo, será responsable de la desocupación de todas las zonas que le fueron suministradas para las Obras provisionales y permanentes.
8.2.4 Responsabilidad de Seguros
El Contratista será en todo momento el único responsable y protegerá a la Entidad Contratante frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del presente Contrato por El Contratista y su respectivo personal.
El Contratista contratará todos los seguros obligatorios previstos por la reglamentación vigente, para la ejecución de este tipo de trabajo. La Entidad Contratante se reserva el derecho de objetar aquellas pólizas de seguros que no cumplan con sus requerimientos o que entienda de una cobertura insuficiente. A tales efectos los adjudicatarios deberán realizar los ajustes correspondientes.
8.2.5 Seguro contra daños a terceros
Durante la ejecución de la Obra, así como durante el plazo de garantía, El Contratista suscribirá un seguro de responsabilidad civil que comprenderá los daños corporales y materiales que puedan ser provocados a terceros como consecuencia de la realización de los trabajos.
La póliza de seguros debe especificar que el personal de la Entidad Contratante, el Director de Obra, así como el de otras empresas que se encuentren en la Zona de Obras, se considerarán como terceros a efectos de este seguro de responsabilidad civil.
8.2.6 Seguro contra accidentes de trabajo
El Contratista suscribirá todos los seguros necesarios para cubrir accidentes de trabajo requeridos por la reglamentación vigente. El Contratista mantendrá indemne a la Entidad Contratante frente a todos los recursos que el personal de El Contratista pudiera ejercer en este sentido.
Los seguros contra daños a terceros y accidentes de trabajo deberán permanecer vigentes durante toda la vigencia del Contrato
Todas estas pólizas contendrán una disposición que subordina su cancelación a un aviso previo a la compañía de seguros por la Entidad Contratante.
En caso de que algún reclamo o demanda se dirigiera contra la Entidad Contratante, la Adjudicataria queda obligada a comparecer como tercero y asumir la responsabilidad solidaria. En caso de que la acción prosperara, el Contratista deberá restituir el monto de la condena, incluidos los gastos, costas y honorarios, y todo otro gasto que surja por tal motivo, pudiendo hacerse efectivo de sus bienes a
deducírsele al efectuarse el pago de las cubicaciones pendientes de pago y/o del depósito en garantía, el que deberá ser repuesto dentro de los cinco (5) días.
8.2.7 Protección de la Mano de Obra y Condiciones de Trabajo
El Contratista deberá, salvo disposición contraria en el Contrato, encargarse de la contratación de todo el personal y de toda la mano de obra necesaria para la ejecución del Contrato; así como de su remuneración, alimentación, alojamiento y transporte, atendiéndose estrictamente a la reglamentación vigente y respetando, en particular la reglamentación laboral (sobre todo en lo que respecta a los horarios de trabajo y días de descanso), a la reglamentación social y al conjunto de reglamentos aplicables en materia de higiene y seguridad.
Para todos los efectos legales el Contratista actuará como empleador y el personal a su cargo será directamente subordinado de éste, por lo que debe asumir todos los pagos por concepto de salarios, auxilio de transporte, prestaciones laborales, aportes fiscales, seguridad social, seguros de vida, todo de conformidad con la norma laboral vigente y ejercerá en consecuencia la representación legal ante cualquier reclamación que se derive de la ejecución del Contrato, que con ocasión de esta Licitación se suscriba.
Independientemente de las obligaciones establecidas por las leyes y reglamentos referentes a la mano de Obra, El Contratista deberá comunicar al Director de Obra, a petición de éste, la lista actualizada del personal contratado para la ejecución de los trabajos y sus respectivas calificaciones.
La Entidad Contratante, previa consulta con el Director de Obra, podrá exigir a El Contratista el despido de cualquier empleado que evidencie incompetencia o sea culpable de negligencia, imprudencias repetidas, falta de probidad o, en general, cuya actuación sea contraria a la buena ejecución de la Obra.
El Contratista será el único responsable de las consecuencias perjudiciales de los fraudes o defectos de construcción cometidos por su personal en la ejecución de las obras.
8.2.8 Seguridad Industrial
Será responsabilidad del Contratista el diseño e implementación del Programa de Higiene y Seguridad Industrial que aplicará durante la ejecución del Contrato, de acuerdo con la legislación vigente de Seguridad Social.
El Contratista deberá tomar las precauciones necesarias para la seguridad del personal a su cargo o servicio y de los transeúntes, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes en el país. Deberá modificar el programa completo de servicio de seguridad de acuerdo con las recomendaciones del Supervisor, quien podrá, además, ordenar cualquier otra medida adicional que considere necesaria.
El Contratista deberá responsabilizar a una persona de su organización aprobada por el Supervisor para velar por el cumplimiento de dichas medidas.
El Contratista mensualmente deberá suministrar informes de todos los accidentes de trabajo que hayan ocurrido en la Obra, las causas de los mismos y las medidas correctivas para evitar que se
repitan. Los servicios y medidas anteriores no tendrán pago por separado y su costo deberá estar cubierto por ítems de presupuesto. El Contratista será responsable de todos los accidentes que puedan sufrir su personal, visitantes autorizados o transeúntes, como resultado de su negligencia o descuido en tomar las medidas de seguridad necesarias. Por consiguiente, todas las indemnizaciones serán cubiertas por cuenta del Contratista. El Supervisor podrá ordenar en cualquier momento que se suspenda la construcción de un sector de la Obra o las Obras en general, si por parte del Contratista existe un incumplimiento sistemático de los requisitos generales de seguridad, o de las instrucciones, sin que el Contratista tenga derecho a reclamación alguna o a la ampliación de los plazos de construcción.
8.2.9 Contabilidad del Contratista
El Contratista deberá llevar su contabilidad en forma precisa que revela clara y fehacientemente las operaciones de sus negocios, según lo establecido por la legislación vigente que rige en la materia.
A tal fin la Entidad Contratante queda facultado para tomar vista de los libros contables, en cualquier momento, con el solo requisito de la previa comunicación.
Sección IX Formularios
9.1 Formularios Tipo
El Oferente/Proponente deberá presentar sus Ofertas de conformidad con los Formularios determinados en el presente Pliego de Condiciones Específicas, los cuales se anexan como parte integral del mismo.
9.2 Anexos
1. Modelo de Contrato de Ejecución de Obras (SNCC.C.026)
2. Formulario de Oferta Económica (SNCC.F.033)
3. Presentación de Oferta (SNCC.F.034)
4. Estructura para brindar Soporte Técnico (SNCC.F.035)
5. Equipos del Oferente (SNCC.D.036)
6. Personal de Plantilla del Oferente (SNCC.D.037)
7. Garantía Bancaria de Fiel Cumplimiento de Contrato (SNCC.D.038), si procede.
8. Formulario de Información sobre el Oferente (SNCC.F.042)
9. Currículo del personal profesional propuesto (SNCC.D.045) / Experiencia Profesional del Personal Principal (SNCC.D.048)
10. Experiencia como contratista (SNCC.D.049)