BASES DE CONDICIONES
CONTRATACIÓN DIRECTA– Proceso (100-0067-CDI23) COMPULSA ABREVIADA POR MONTO – MODALIDAD DETERMINADA
EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: EX-2023-00710916- -CAT-SCA#MEC
“Compre y Contrate Preferentemente Catamarqueño” y sus Decretos Reglamentarios Nº 1122/01 y Nº 445/02
BASES DE CONDICIONES
JURISDICCIÓN LICITANTE:
JURISDICCIÓN: MINISTERIO DE ECONOMÍA
UNIDAD LICITANTE (U.L.): SECRETARÍA DE COMPRAS Y ABASTECIMIENTO CUIT N° 30-71642193-3
DOMICILIO FÍSICO U.L.: PABELLÓN 21 CAPE - S.F.V. CATAMARCA (C.P. 4700)
DOMICILIO ESPECIAL ELECTRÓNICO U.L.: xxxxxxxxxxxxxx.xxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
JURISDICCIÓN SOLICITANTE
JURISDICCIÓN: MINISTERIO DE SEGURIDAD
UNIDAD SOLICITANTE: DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ADM. Y RR.HH. DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO (S.A.F.) N° 19
CUIT S.A.F. N° 30-71435020-6
ENCUADRE LEGAL:
Artículo 1º: La presente Contratación se regirá por, las disposiciones de la Ley Nº 4938 que establece y regula la Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas de Control del Sector Público Provincial, por el Anexo I –Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938– Decreto Acuerdo Nº 1127/2020 y su modificatorio Decreto Acuerdo 1573/2020 y Decreto Acuerdo Nº 2036/2020, por la Ley Nº 5038 “Compre y Contrate Preferentemente Catamarqueño” y sus Decretos Reglamentarios Nº 1122/01 y Nº 445/02, y por las disposiciones xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución RESOL-2020-28-E-CAT-CGP#MHF y de la presente Bases de Contratación. Normativas a las que el oferente con la presentación de su propuesta, implica que las conoce, acepta y se somete a ellas.
La presentación de las propuestas sin observaciones a las presentes Bases, implica su conocimiento, aceptación y sometimiento a todas sus disposiciones. Igual tratamiento corresponde asignar en aquellos casos en que no se acompañen los pliegos a la propuesta o que aquellos no sean rubricados.
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
Artículo 2º: La presente Contratación tiene por objeto la “Adquisición de Equipos Informáticos con destino a dependencias del Ministerio de Seguridad”, según el ANEXO I de la presente bases de contratación cargada al N° PROCESO 100-0067-CDI23, cuya publicación y difusión se realiza en el sistema electrónico de contrataciones XXXXX.XX en el sitio web xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx-
PRESUPUESTO OFICIAL:
Artículo 3º: El presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 CENTAVOS ($9.475.000,00).
PLIEG-2023-00741634-CAT-DPCBS#MEC
APERTURA DE OFERTAS. –
Artículo 4º: La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través del Sistema Electrónico de Contrataciones XXXXX.XX el día 13 xx Xxxxx de 2023 a horas 10:30 am. En forma electrónica y automática se generará el acta de apertura de ofertas correspondiente.
AUTORIZADO POR:
Artículo 5º: El acto administrativo que autorizó el llamado, es la Resolución RESOL-2023-124-E-CAT- SCA#MEC de fecha 10 xx xxxxx de 2023.
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN:
Artículo 6º: La presente Contratación Directa por Compulsa Abreviada se regirá por la modalidad Compra Determinada, según lo establecido en el Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley Nº 4938 – Anexo I – Decreto Acuerdo Nº 1127/2020, Art. 22º inc. c), 25º, 149º, 150º y 152º, modificado por Decreto Acuerdo Nº 1573/2020, y Decreto Acuerdo Nº 2036/2020.-
MONEDA EN LA QUE SE ADMITIRÁN LAS OFERTAS:
Artículo 7º: Los importes que se oferten, deberán efectuarse en moneda de curso legal en nuestro país. RECEPCIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS:
Artículo 8º: serán admisibles únicamente las ofertas que se presenten hasta el día y hora que se indique en la convocatoria, a través del sistema electrónico de Contrataciones XXXXX.XX utilizando el formulario electrónico que suministre el mismo, y no serán tenidas en cuentas las propuestas económicas formuladas en archivos que se adjunten a las ofertas confirmadas. Cumpliendo asimismo con los siguientes requerimientos, acompañando la documentación que la integre en soporte electrónico:
a) Declaración Jurada de sometimiento expreso a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Catamarca con renuncia expresa al Fuero Federal y a cualquier otro fuero que pudiere corresponder, para la resolución de controversias motivadas por el contrato en cualquiera de sus etapas (ANEXO III), o documento equivalente.
b) Declaración Jurada del oferente, de no encontrarse incurso de ninguna de las causales de inhabilidad ni suspendido en el Registro de Proveedores del Estado Provincial para contratar con la provincia (ANEXO III), o documento equivalente.
c) No obligatorio: Para gozar de los beneficios de la Ley N° 5038 “Compre y Contrate Preferentemente Catamarqueño” y sus Decretos Acuerdos Reglamentarios N° 1122/01 y Nº 445/02, certificados emitidos por: Dirección Provincial de Comercio y Dirección de Inspección Laboral. En caso de presentarse copias de los mencionados certificados, las mismas deberán estar certificadas por Escribano Publico o por Autoridad de Aplicación.
d) Se constatará que el oferente se encuentre con Estado Inscripto/Empadronado en el Registro de Proveedores del Estado Provincial, en el rubro que corresponda con el objeto de la presente contratación. La Comisión Evaluadora, verificará la vigencia y validez del estado de Inscripción/Empadronamiento en el Registro de Proveedores del Estado Provincial, corroborándola con la Contaduría General de la Provincia y verificará la documentación societaria y firmantes autorizados.
En caso de OFERENTES NO INSCRIPTOS/EMPADRONADOS, la sola presentación de oferta, implicará solicitud de inscripción/empadronamiento en el Registro de Proveedores del Estado Provincial, debiendo el oferente completar la documentación pertinente dentro de los CINCO (5) días corridos posteriores a la fecha del acto de apertura. Si el oferente no cumpliera, se tendrá por no inscripto y la oferta como no presentada.
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FORMA DE COTIZACIÓN:
Artículo 9º: La cotización será por ítem o renglón, o parte de éste, según convenga a los intereses del Estado Provincial. Los precios establecidos en las propuestas serán invariables. Los proponentes estarán obligados a mantener sus ofertas durante el plazo que se establece en la presente Bases de Condiciones, Plazo que se empezará a contar desde la fecha de Apertura de las Propuestas. El precio cotizado será el precio final que deba pagar el organismo contratante por todo concepto.
Los descuentos que se ofrezcan por pago dentro de un plazo determinado, no serán considerados a los efectos de la comparación de las ofertas, debiendo no obstante ser tenidos en cuenta para el pago, si la cancelación de las facturas se efectúa dentro de los términos fijados.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS:
Artículo 10º: Los oferentes deberán mantener sus ofertas por un plazo no inferior a los CUARENTA Y CINCO (45) días hábiles a contar desde la fecha de Apertura de las Propuestas. El plazo otorgado por el oferente deberá especificarse en la oferta, caso contrario se entiende que se ajusta al plazo mínimo admitido en el presente Artículo. El plazo se considerara prorrogado automáticamente por un lapso igual al inicial ofertado, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación que no podrá ser inferior a CINCO (5) días corridos al vencimiento de cada plazo.
NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES:
Artículo 11º: Todas las notificaciones entre la entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, deberán realizarse en el domicilio especial electrónico constituido, para el caso del proveedor el que se publicada en el perfil del mismo en el sistema XXXXX.XX. y para el caso de la administración al xxxxxxxxxxxxxx.xxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx. Dichas notificaciones serán válidas desde el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente la constancia que el correo electrónico genere para el emisor.
La no recepción oportuna de correos electrónicos de alerta que envía el Sistema Electrónico de Contrataciones XXXXX.XX, no justificará ni se considerará como causal suficiente para eximir a los proponentes de sus cargas y responsabilidades.
PLAZO DE ENTREGA:
Artículo 12º: El plazo de entrega de los bienes, no podrá ser superior a los DIEZ (10) días hábiles a partir de la fecha de difusión de la respectiva Orden de Compra en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx o en el que en un futuro lo reemplace o su notificación a la casilla de correo electrónico publicada en el perfil del proveedor en el sistema XXXXX.XX., constituido como domicilio especial electrónico por el mismo.
Cuando en una oferta no se fije expresamente el plazo de entrega, se entiende que se ajusta al plazo máximo admitido en la presente Bases de Condiciones. Asimismo, cuando el oferente indicare un plazo de entrega sin indicar “hábiles”, a todos los efectos y principalmente en la puntuación del factor y su comparación con las demás ofertas, se considerará que ofertó dicho plazo en días hábiles. -
LUGAR Y FORMA DE ENTREGA:
Artículo 13º: La entrega de los bienes se efectuará en UNA (01) única provisión, en los lugares y cantidades indicados en el Anexo II, en el horario de 08:00 a 13:00 hs., conforme al plazo ofrecido por el oferente adjudicado que se ajuste a lo solicitado, corriendo los gastos de fletes, acarreos, embalaje, carga y descarga por cuenta del adjudicatario, como así también, de todo riesgo de pérdida o destrucción total o parcial, por causas ajenas al organismo que recibe el bien. Se presentará Remito que deberá cumplimentar lo dispuesto por la R.G. AFIP 1415/03, sin excepción.
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La recepción del bien en el lugar establecido, tendrá carácter de provisional y los recibos o remitos que se firmen serán de condición “a revisar”, sujetos a verificación posterior.
El producto a proveer deberá responder a las características solicitadas y a la oferta presentada por la firma.
CAUSALES DE INADMISIBILIDAD:
Artículo 14º: Serán causales de inadmisibilidad de las propuestas, las siguientes:
a) Cuando la oferta no fuera remitida por el sistema electrónico de compras (XXXXX.XX).
b) Que fuera formulada por personas inhabilitadas o suspendidas para contratar con la Provincia.
c) Que fuera condicionada.
d) Que contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación.
e) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio.
f) No indicar marca comercial y modelo del ítem ofertado en el formulario del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Provincial XXXXX.XX.
g) Que el oferente no estuviere empadronado o inscripto en el Registro de Proveedores del Estado Provincial, a la fecha de emisión del Dictamen de Evaluación, salvo las excepciones expresamente previstas.
Los errores intrascendentes de forma no serán causales de inadmisibilidad de la oferta.
Cualquiera de las Causales de Inadmisibilidad establecidas, y que pasará inadvertida en el acto de Apertura de las propuestas, podrá surtir efecto durante el estudio de las mismas y hasta la adjudicación.
DE LA PREADJUDICACION:
Artículo 15º: La pre adjudicación será por ítem o renglón, o parte de éste, según convenga a los intereses del Estado Provincial.
EVALUACION Y ORDEN DE MERITO:
Artículo 16º: Para ser pre adjudicado de la presente contratación el oferente debe estar en estado INSCRIPTO O EMPADRONADO.
Durante el proceso de evaluación se podrá requerir la documentación e información que se considere necesario, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre oferentes ni altere los términos de las ofertas presentadas. Dicha solicitud se efectuará a través del sistema Electrónico de Contrataciones XXXXX.XX, otorgando al oferente un plazo para cumplimentar el requerimiento a través de la misma vía, pasado dicho plazo, el no cumplimiento de documentación faltante y demás documentación solicitada al proveedor habilitará a la Comisión evaluadora a rechazar tales ofertas en forma total o parcial, según la naturaleza de la documentación solicitada.
Entre las ofertas que se ajusten a lo solicitado, se adjudicará la oferta más conveniente teniendo en cuenta:
PARÁMETROS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS:
A efectos de determinar la propuesta más conveniente, se elaborará el cuadro comparativo de las propuestas en función de los parámetros objetivos de valoración que se establecen a continuación, el máximo puntaje que se podrá obtener es de 100 puntos distribuidos en:
A) PRECIO DEL BIEN A PROVEER… OCHENTA (80) PUNTOS
B) CALIDAD DE LOS BIENES A PROVEER… CATORCE (14) PUNTOS
C) ANTECEDENTES COMO PROVEEDOR EN EL REGISTRO DE
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PROVEEDORES LOCAL TRES (03) PUNTOS
D) PLAZO DE ENTREGA TRES (03) PUNTOS
TOTAL.…CIEN (100) PUNTOS
A los fines de lo precedentemente mencionado, la metodología a emplear para la ponderación de los factores será la siguiente:
A) PRECIO DEL BIEN A PROVEER: En lo que respecta a este factor, la cuantificación se realizará mediante el producto entre el menor precio ponderado computable por el mayor puntaje asignado al factor a que se hace referencia; el resultado obtenido se dividirá por cada uno de los precios ponderados computables presentados, siempre en relación con el precio unitario de cada uno de los elementos a proveer:
Menor Precio Ponderado Computable x Mayor Puntaje Asignado al factor (80)
Precio Ponderado Computable de cada Oferta a Considerar
En caso de corresponder, se aplicará lo establecido en el Anexo I del Decreto Acuerdo N° 445/02 - Instructivo para la aplicación de la Ley N 5038 “Compre y Contrate preferentemente catamarqueño” y Decreto Acuerdo Reglamentario N° 1122/01.
B) CALIDAD DE LOS BIENES A PROVEER: En cuanto a este factor, la puntuación se realizará tomando como base la calidad de los bienes ofrecidos en cuanto a si cumple con las cualidades solicitadas, se calificará de acuerdo a la siguiente escala:
MUY BUENO… 14 PUNTOS
BUENO…………………… 5 PUNTOS
C) ANTECEDENTE COMO PROVEEDOR EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES LOCAL: Se atribuirá los puntajes en función de las penalidades y sanciones establecidas en el TÍTULO IV, CAPÍTULO I y II (artículos 110° a 123°) del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938 - Decreto Acuerdo Nº 1127 y modificatorios, que informe oportunamente el Registro de Proveedores del Estado Provincial, en la siguiente forma:
1) A los oferentes y/o proveedores que no hayan incurrido en alguna de las penalidades y sanciones previstas en el TÍTULO IV, CAPÍTULO I y II (artículos 114° a 123°) del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938 - Decreto Acuerdo Nº 1127 y modificatorios, se le otorgará: TRES (3) PUNTOS.
2) A los que hayan incurrido en penalidades por aplicación de lo dispuesto en los artículos 110 y 111° del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938 - Decreto Acuerdo Nº 1127 y modificatorios, se le otorgará: UN (1) PUNTO.
3) A los oferentes y/o proveedores que hayan incurrido en sanciones de suspensión y/o inhabilitación, conforme lo dispuesto en los artículos 114° a 123° del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938 - Decreto Acuerdo Nº 1127 y modificatorios, según lo informado oportunamente por el Registro de Proveedores del Estado Provincial: CERO (0) PUNTO.
D) PLAZO DE ENTREGA: A aquellas ofertas que propongan un plazo de entrega dentro de lo estipulado en las presentes Bases de Condiciones se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente escala:
De UNO (1) a CINCO (5) días hábiles 03 Puntos
De SEIS (6) a DIEZ (10) días hábiles 01 Punto
DE LA ORDEN DE COMPRA:
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Artículo 17º: La Orden de Compra será emitida dentro de los Cinco (5) días corridos de resuelta la adjudicación y deberá contener las estipulaciones básicas de la contratación. En caso de errores u omisión, el adjudicatario deberá ponerlo en conocimiento del organismo que lo expidió, sin perjuicio de cumplir el Contrato conforme a las bases de contratación y a la oferta adjudicada.
RECEPCIÓN DE LOS BIENES:
Artículo 18º: La recepción se considerará efectuada, y definitiva, una vez verificada la misma y comprobada la calidad del bien adjudicado, la que se acordará dentro de los diez (10) días, el que se contará a partir del día siguiente al de la fecha de entrega de los elementos, de conformidad a lo dictado en el Art. 95º del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley Nº 4938 aprobado por el Decreto Acuerdo N° 1127/2020 y modificatorios.
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO - FACTURACIÓN Y PAGO:
Artículo 19º: La notificación de la orden de compra, venta o del respectivo contrato al adjudicatario se realizará mediante difusión de la respectiva Orden de Compra en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx o en el que en un futuro lo reemplace o su notificación a la dirección de correo electrónico publicada en el perfil del proveedor en el sistema XXXXX.XX., constituido como domicilio especial electrónico por el mismo.
La facturación debe realizarse a la CUIT de la JURISDICCIÓN SOLICITANTE, consignada en el encabezado de la presente Bases y serán presentadas para su cobro en el domicilio físico de la misma UNIDAD, juntamente con la Orden de Compra y constancia de la recepción definitiva de los bienes o servicios, según los plazos de normativa vigente. Dicha factura deberá reunir los requisitos legales que rigen su emisión.
El pago se realizará dentro de los TREINTA (30) días corridos de la recepción definitiva de los bienes solicitados.
El oferente en su oferta deberá adherir a la presente forma y plazo de pago, en el caso de no especificarla en su oferta se entiende que adhiere y ajusta a la forma y plazo de pago consignado en el presente artículo.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
Artículo 20º: Para afianzar el cumplimiento de todas las obligaciones, el oferente que hubiera resultado adjudicatario, deberá constituir una GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO del TRES POR CIENTO (3%) del valor total de la adjudicación, dentro de los CINCO (5) DÍAS contados a partir del perfeccionamiento del contrato. Conforme lo establece los artículos 83° y 84° inc. b) del Anexo I – Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938– Decreto Acuerdo Nº 1127 y modificatorios.
De corresponder deberá acompañar la constancia del pago del Impuesto a los Sellos equivalente al CERO COMA SESENTA POR CIENTO (0,60%) sobre la Garantía de mantenimiento de Oferta cuando esta sea constituida por medio de avales y demás garantías personales o seguro de caución, de conformidad a lo establecido por el artículo 19º Inc. 6 y 22° Inc. 1 de la Ley Impositiva Provincial Nº 5796 vigente para el Ejercicio Fiscal 2023. El mismo se podrá generar y pagar en forma online a través de la de la página de Internet: xxxxx://xxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/
La integración de la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO prevista precedentemente, se realizará por alguno de los medios de garantía establecidos en el artículo 21° de las presentes bases de condiciones. -
FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA:
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Artículo 21º: La GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, si correspondieren, podrán constituirse de las siguientes formas, o combinaciones de ellas, según lo previsto por el Artículo 85º del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 del Decreto Acuerdo Nº 1127/2020 y sus modificatorios:
a) En efectivo, exclusivamente mediante depósito o transferencia bancaria en la cuenta oficial de la Tesorería General de la Provincia N°46600695-38 del Banco de la Nación Argentina - Sucursal Catamarca (3155). CBU 0110466420046600695387 – CUIT 30-63651135-4
b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, que opere preferentemente en la ciudad de San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca. El organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.
c) Con títulos públicos emitidos por el Estado Nacional y/o Provincial. Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a que se refiere este inciso, se formulará cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías.
d) Con fianza bancaria, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del Artículo N° 1574 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, así como al beneficio de interpelación judicial previa.
e) e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor de la SECRETARÍA DE COMPRAS Y ABASTECIMIENTO - MINISTERIO DE ECONOMÍA – CUIT 30-71642193-3.
f) Mediante la afectación de créditos que el proponente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en un organismo provincial, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la cesión pertinente.
g) Con pagaré sin protesto suscriptos por quienes tengan el uso de la firma social o actuaren con poder suficiente, cuando el monto de la garantía no supere el valor de VEINTE (20) MÓDULOS ($422.660,00), a favor de la SECRETARÍA DE COMPRAS Y ABASTECIMIENTO - MINISTERIO DE ECONOMÍA – CUIT 30- 71642193-3.
h) Toda otra garantía que, a propuesta del Organismo contratante, disponga por acto administrativo la Contaduría General de la Provincia.
Se deberá tener en cuenta lo establecido en la Ley Impositiva Provincial Nº 5796 vigente para el Ejercicio Fiscal 2023, impuesto de sellos. El mismo se podrá generar y pagar en forma online a través de la de la página de Internet: xxxxx://xxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/ . Cuando estos sean repuestos en estampillas fiscales, y el soporte físico de las garantías establecidas precedentes, deberán ser presentados en forma digital junto a la oferta y además físicamente en Mesa de Entrada y Salidas de la Secretaria de Compras y Abastecimiento, sito en Pabellón N°21, Xxxx Central, C.A.P.E., San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca, dentro de los TRES (3) días hábiles posteriores al día establecido para la presentación de la garantía, en el horario de 8:00 a 12:30hs.
EXCEPCIONES A LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS:
Artículo 22º: En ofertas y/o adjudicaciones, conforme al artículo 87° del Decreto Acuerdo Nº 1127, Anexo I y sus modificatorios –Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938, no será necesario presentar garantías en los siguientes casos: cuando el monto de la garantía no fuere superior a DIEZ (10) Módulos ($211.330,00); cuando la ejecución de la prestación dentro del plazo de integración de la garantía, o cuando el oferente o adjudicatario sea un organismo nacional, provincial o municipal o Sociedades del Estado Provincial.
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SANCIONES:
Artículo 23º: El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los proponentes o adjudicatarios a la Contratación en particular y el reglamento de contrataciones en su caso, dará lugar a la aplicación de las penalidades y sanciones, previstas en el Titulo IV - Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938 del Decreto Acuerdo Nº 1127/2020 y modificatorios.
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CONTRATACIÓN DIRECTA– Proceso (100-0067-CDI23) COMPULSA ABREVIADA POR MONTO – MODALIDAD DETERMINADA
EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: EX-2023-00710916- -CAT-SCA#MEC
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ANEXO I - DETALLE DE BIENES SOLICITADOS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS
OBJETO: “Adquisición de Equipos Informáticos con destino a dependencias del Ministerio de Seguridad” | |||||
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 CENTAVOS ($9.475.000,00). | |||||
íte m | CÓDIGO ÍTEM | DESCRIPCIÓN | Especificaciones técnicas por ítems | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
1 | 4.3.6- 6160.232 | COMPUTADORAS; TIPO: ESCRITORIO, CODIGO ETAP: PC ESCRITORIO, VERSION ETAP: 25.0 | COMPUTADORA CI5, MEMORIA RAM 8GB DDR4SK 1200, PLACA MADRE, DISCO ESTADO SOLIDO 240GB, GABINETE ATX CON FUENTE 500W. TECLADO: CON, MOUSE: CON, PARLANTE: CON. | UNIDAD | 20 |
2 | 4.3.6- 6169.105 | MONITORES; TIPO: TFT/LCD/LED, CODIGO ETAP: MN-E, VERSION ETAP: 25.0 | MONITOR LED COMO MINIMO 18,5 PULG. | UNIDAD | 20 |
3 | 4.3.6- 6161.349 | IMPRESORAS; TIPO: LASER MONOCROMÁTICA, CODIGO ETAP: PR- ESTANDAR – IMPRESORA ELECTROFOTOGRÁFICA O DE TINTA ESTÁNDAR, VERSION ETAP: V25 | IMPRESORA LASER MONOCROMATICA. IMPRESIÓN DOBLE FAZ MANUAL. CONECTIVIDAD CON WIFI Y PUERTO USB. VELOCIDAD MAXIMA DE IMPRESIÓN EN BLANCO Y NEGRO 21PPM COMO MINIMO. BANDEJA DE ENTRADA: 1. CAPACIDAD MAXIMA DE 150 HOJAS. TIPOS DE PAPEL: CARTA,LEGAL, EJECUTIVO, A4, A5, B5 | UNIDAD | 10 |
4 | 4.3.6- 6160.233 | COMPUTADORAS; TIPO: NOTEBOOK, CÓDIGO ETAP: PC-PORTÁTIL - COMPUTADORA PORTÁTIL ESTÁNDAR, VERSION ETAP: V25 | NOTEBOOK CI5, MEMORIA RAM 16GB, DISCO DE 240 GB SSD, DISCO SATA 1TB HD. PANTALLA LED 14" COMO MINIMO. | UNIDAD | 10 |
ESPECIFICACIONES GENERALES PARA ESTA CONTRATACIÓN:
• INDICAR MARCA COMERCIAL Y MODELO DEL PRODUCTO COTIZADO POR ÍTEM. No indicar la marca comercial/modelo del producto cotizado hará que la oferta formulada para el ítem en cuestión se la considere como que “NO SE AJUSTA A LO SOLICITADO” e implicará la DESESTIMACIÓN de la oferta. En caso de cotizar más de una marca comercial/modelo, se considerará válida únicamente a la primera del listado.
• Se deberá adjuntar Folletos con características y especificaciones técnicas, en idioma castellano, manuales, imágenes, etc., y todo otro detalle que permita individualizar lo cotizado, haciendo
PLIEG-2023-00741634-CAT-DPCBS#MEC
una apropiada descripción del bien ofertado.
• Ofrecer GARANTÍA de buen funcionamiento: Mínima de DOCE (12) meses, sobre fallas o defectos de fabricación.
• Condición de calidad: El bien requerido para dar cumplimiento al objeto del presente anexo deberá ser nuevo, sin uso, libre de defectos en el diseño, materiales o de fabricación de acuerdo a las especificaciones técnicas descriptas. Asimismo, se requiere PRIMERA CALIDAD. –
• Aclaración: Cuando en el presente anexo se mencione "marca" o "tipo" (s/art. 38°- Decreto Acuerdo N° 1127/20 Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley Nº 4938), será al solo efecto de señalar características generales del objeto pedido sin que ello implique que no podrán proponerse artículos similares de otras marcas o tipos.
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EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: EX-2023-00710916- -CAT-SCA#MEC
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ANEXO II - LUGAR Y FORMA DE ENTREGA
FORMA DE ENTREGA:
La entrega de los bienes se efectuará en UNA (01) única provisión, los días Lunes a Viernes, entre las 08:00 hs y las 13:00 hs., conforme al plazo ofrecido por el oferente adjudicado que se ajuste a lo solicitado, corriendo los gastos de fletes, acarreos, embalaje, carga y descarga y seguro por cuenta del adjudicatario, como así también, de todo riesgo de pérdida o destrucción total o parcial, por causas ajenas al organismo que recibe el bien. Se presentará Remito que deberá cumplimentar lo dispuesto por la R.G. AFIP 1415/03, sin excepción.
LUGAR DE ENTREGA:
- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y RR.HH. DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD sito en xxxxx Xxx Xxxxxx Xx 000 - Xxx Xxxxxxxx xxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx – Xxxxxxxxx.
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ANEXO III
DECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO, RENUNCIA AL FUERO E INEXISTENCIA DE CAUSALES DE INHIBICIÓN
SAN XXXXXXXX XXX XXXXX DE CATAMARCA, ……………………………………………
Declaramos bajo juramento que la
Empresa……………………………………………………………………………………………………………………
1. No se encuentra inhibida para disponer y gravar bienes registrables; ni en Concurso Preventivo, Quiebra o Liquidación.
2. Asimismo, manifiesto en carácter de declaración jurada, de no estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Provincia, ni suspendido en el Registro de Proveedores del Estado Provincial para contratar con la provincia, conforme a la normativa vigente.
3. Para todas las cuestiones judiciales, nos sometemos a los tribunales ordinarios de la Provincia de Catamarca, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción. Para ello, deberemos agotar los reclamos de la vía administrativa.
4. Asimismo, manifiesto que los domicilios son:
Domicilio Real:
Domicilio Comercial
Firma del oferente: …………………………………………………
Aclaración: ………………………………………………………….
IMPORTANTE: EL PRESENTE ANEXO DEBERÁ ADJUNTARSE DE MANERA DIGITAL RUBRICADO (FIRMA Y ACLARACIÓN) XX XXXX Y LETRA POR EL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL DE LA FIRMA OFERENTE.
PLIEG-2023-00741634-CAT-DPCBS#MEC
Gobierno de Catamarca 2023
Hoja Adicional de Firmas Pliego Bases Cond Part
Número: PLIEG-2023-00741634-CAT-DPCBS#MEC
SAN XXXXXXXX XXX XXXXX DE CATAMARCA, CATAMARCA
Lunes 10 xx Xxxxx de 2023
Referencia: Bases de Condiciones de la Contratacion Directa Determinada- Equipos informáticos - MSeg- Nº 100-0067-CDI23
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DN: cn=GDECatamarca, c=AR, o=Tesoreria General de la Provincia, ou=Secretaria de Modernizacion del Estado de Catamarca, serialNumber=CUIT 30636511354
Date: 2023.04.10 13:30:46 -03'00'
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Director Provincial
Dirección Provincial de Contrataciones de Bienes y Servicios - Secretaria de Compras y Abastecimiento - MEC
Ministerio de Economía
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Date: 2023.04.10 13:30:47 -03'00'