Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁN EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE GASÓLEO “C” PARA CALEFACCIÓN EN EL “EDIFICIO GÉNESIS” (AVDA. XX XXXXXX Nº 8 B), Y GASÓLEO “A” PARA GRUPOS ELECTRÓGENOS EN EL CITADO “EDIFICIO GÉNESIS” (AVDA. XX XXXXXX Nº 8 B), “COMPLEJO CAMPOS VELÁZQUEZ” (C/XXXXXXXXX Nº130-134) Y “EDIFICIO VILLA DE MADRID” (C/CABEZA DE MESADA Nº5) , TODOS ELLOS EN MADRID.
CUADRO RESUMEN
A. OBJETO
El objeto del presente contrato es la prestación, en los siguientes edificios propiedad de SEPIDES, del servicio de suministro de combustible Gasóleo “C” para calefacción en el “Edificio Génesis” en la Xxxx. xx Xxxxxx xx 0 X xx Xxxxxx, y Gasóleo “A” para grupos electrógenos en el “Edificio Génesis” en la Avda. xx Xxxxxx nº 8 B, en el “Complejo Campos Velázquez”, en la calle Xxxxxxxxx nº130-134 y en el “Edificio Villa de Madrid” en la calle Cabeza de Mesada nº5 , todos ellos en Madrid.
B. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (EXCLUIDO IVA)
EN LETRA | EN NÚMERO |
CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS | 157.832,18 € |
C. GARANTÍAS
C.1. Provisional: 2% del presupuesto de licitación.
C.2. Definitiva: 4% del presupuesto según lo indicado en el apartado II.5.2
D. PLAZO DE EJECUCIÓN
DOS (2) AÑOS
E. FECHA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
15 días naturales desde la fecha de publicación del anuncio en el perfil del contratante de la Plataforma de Contratación del Estado.
F. DOMICILIO Y TELÉFONO
X/Xxxxxxxxx, 000 xxx (00000, Xxxxxx)
Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx - Xxxx. 00.000.00.00
G. VALIDEZ DE LA OFERTA
Plazo de mantenimiento de la oferta: 6 meses
H. REVISIÓN DE PRECIOS
Según lo especificado en la cláusula III.3.4
I. FORMAS Y CONDICIONES DE PAGO
Según lo especificado en la cláusula III.3.5 de este Pliego.
J. ADMISIÓN DE VARIANTES
No
K. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Un único criterio: el precio más bajo.
L. APERTURA DE OFERTAS
Las ofertas se abrirán en el día y hora que se señale en el anuncio.
M. CONSULTA XXX XXXXXX
En el perfil del Contratante: xxx.xxxxxxx.xx
ÍNDICE
• I.2. Presupuesto base de licitación 2
• I.3 Plazo de ejecución del Contrato 2
• I.4 Requisitos de los licitadores 3
I.4.1. Capacidad para contratar 3
I.4.2. Capacidad económica, financiera y técnica. 3
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 4
• II.1 Procedimiento de adjudicación 4
• II.2 Plazo, lugar y forma de presentación de las solicitudes y proposiciones 4
II.2.4 Forma de presentación y contenido de la proposición 6
• II.3 Forma de adjudicación 11
• II.4 Valoración de las ofertas 12
• II.5 Propuesta de adjudicación 13
• II.7 Obligaciones previas a la formalización del contrato 15
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 17
• III.1 Documentación de formalización 17
• III.2 Régimen jurídico del contrato 17
• III.3 Obligaciones del Adjudicatario 18
III.3.1 Obligación de prestar el suministro 18
III.3.2 Obligaciones laborales y sociales, responsabilidad y cobertura de riesgos 21
III.3.4 Revisión de Precios 25
III.3.6 Obligaciones de carácter medioambiental 25
III.3.7 Garantía definitiva 26
• IV.1 Cesiones y Subcontrataciones 27
VIII. XXXXXXXXXXX XX XXXXXXX 00
XXXXX 0. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Y XXXXXX 00
ANEXO 3. MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN 37
ANEXO 4 - RELACIÓN DE TRABAJOS SIMILARES REALIZADOS 00
XXXXX 0 - PROPOSICIÓN ECONÓMICA 39
I. ELEMENTOS
I.1. Objeto
El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de suministro de combustible Gasóleo “X” xxxx xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx Xxxxxxx (Xxxx. xx Xxxxxx xx 8 B), y Gasóleo “A” para grupos electrógenos en el Edificio Génesis (Avda. xx Xxxxxx nº 8 B), Complejo Campos Velázquez (C/Xxxxxxxxx nº130-134) y Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx (X/Xxxxxx xx Xxxxxx xx0) , todos ellos en Madrid, propiedad de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL S.A. (SEPIDES), según lo establecido en el presente pliego, el pliego de prescripciones técnicas y el artículo 9 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante, TRLCSP.
Además del contenido del presente Xxxxxx, revestirán carácter contractual los siguientes documentos:
a. El Pliego de Prescripciones Técnicas.
b. Presupuesto del Adjudicatario (Proposición Económica).
c. Aval.
La codificación que corresponde al objeto del presente pliego, según la nomenclatura de la clasificación del Reglamento (CE) Nº 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 xx xxxxx de 2008, por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) en la Unión Económica Europea es 19.20.26.
La codificación correspondiente a la nomenclatura vocabulario común de los contratos (CPV) de la Comisión Europea, en este caso, responde al código 09134100.
I.2. Presupuesto base de licitación
Para la presente licitación no se fija un presupuesto máximo, al tratarse, por un lado de un suministro con entregas sucesivas de producto que estarán subordinadas a la demanda del adquirente (Grupo SEPIDES), según sus necesidades, y por otro, de la vinculación del precio final del producto en cada suministro a las fluctuaciones xxx xxxxxxx del petróleo (referencia Boletín Petrolero de la Unión Europea -link xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxxxxxxx_xx.xxx o, si se da el caso, boletín o informe emitido por el organismo que lo sustituya).
No obstante a lo anterior, a los efectos de presentar una estimación presupuestaria anual y meramente orientativa para los licitadores, según lo establecido en el artículo 88 del TRLCSP, se estima un importe total por los dos años de duración del contrato, de CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS
(157.832,18€), correspondientes a SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS EUROS CON NUEVE CÉNTIMOS AL AÑO (78.916,09 €/año)
teniendo en cuenta los consumos en las anualidades anteriores a los precios del carburante CON IMPUESTOS estimado en citado boletín el 24 xx xxxxx de 2014. Este presupuesto no implica compromiso de gasto alguno, determinándose finalmente en función del consumo y precio aplicable.
I.3 Plazo de ejecución del Contrato
El plazo de duración del contrato será de DOS (2) AÑOS desde la fecha de formalización del contrato.
I.4 Requisitos de los licitadores
I.4.1. Capacidad para contratar
Estarán facultadas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, no se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, texto refundido de la LCSP (TRLCSP).
Cada licitador presentará una sola proposición, y no podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal. La contravención de lo anterior impedirá la admisión de todas las propuestas que suscriba.
Se efectuará la comprobación pertinente al examinar la documentación administrativa requerida a los licitadores, en el sobre 1, sin perjuicio del derecho del Adjudicador a hacerlo en cualquier otro momento previo o posterior a la adjudicación del contrato.
I.4.2. Capacidad económica, financiera y técnica.
La admisión a la licitación requerirá la previa acreditación de la capacidad económica, financiera y técnica necesaria para la ejecución del contrato, mediante la documentación que, según los casos, debe incluirse con esta finalidad en el apartado II.2 de este pliego.
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
II.1 Procedimiento de adjudicación
El contrato objeto de este Pliego se adjudicará mediante procedimiento abierto, regulado en el TRLCSP y demás normativa que le sea de aplicación, mediante un único criterio de adjudicación: el precio más bajo.
II.2 Plazo, lugar y forma de presentación de las solicitudes y proposiciones
II.2.1 Plazo
Las proposiciones se presentarán dentro del plazo señalado en la convocatoria de la licitación.
II.2.2 Lugar
La documentación habrá de ser entregada en las dependencias u oficinas expresadas a continuación, dentro del plazo señalado en la convocatoria de licitación.
X/ Xxxxxxxxx, 000 xxx
0x xxxxxx (X/X: Xxxxx Xxxx) 28006-Madrid
Cuando las solicitudes y proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el mismo día.
También podrá anunciarse por correo electrónico (xxxxx@xxxxxxx.xx).
En caso de efectuarse el anuncio del envío por correo mediante fax, se dirigirá al número 91 396 10 55.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez (10) días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
II.2.3 Formato
Para la presentación de los diversos documentos previstos en la asistencia, se tendrán en cuenta las siguientes normas:
1.- Documentación escrita:
- Tamaño DIN A-4
2.- Documentación gráfica:
- Se utilizarán según las necesidades, los formatos DIN A-0, DIN A-1, DIN A-2, DIN A-3, DIN A-4.
- Preferentemente se utilizará un sólo formato salvo casos justificados.
- Toda la documentación gráfica se entregará plegada en formato DIN A-4.
Toda esta información se entregará además de en papel, en soporte informático editable.
II.2.4 Forma de presentación y contenido de la proposición
Para participar en el procedimiento, el licitador deberá presentar, dentro del plazo señalado en la convocatoria de licitación DOS (2) SOBRES, cerrados, de forma que se garantice el secreto de su contenido, con la documentación que se especifica a continuación, indicando en cada uno de ellos el título del mismo, la licitación a la que concurre, nombre, apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, así como un domicilio, teléfono, e-mail y fax a efectos de notificaciones, todo ello de forma legible. Toda la documentación deberá ser remitida en castellano.
La inclusión en el sobre 1 de cualquier información sobre la información a valorar en el sobre 2 será motivo de exclusión del procedimiento.
El contenido de los sobres deberá ordenarse conforme al índice que se establece en el presente pliego.
El SOBRE 1 contendrá, bajo la denominación de “Documentación Legal y solvencia Económico-Financiera y Técnica”:
1. Carta de presentación de la empresa.
2. Declaración responsable de que el licitador no esta incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el Art. 60 del TRLCSP.
3. Garantía provisional.
4. Documentos que acreditan la solvencia económica y financiera y técnica.
1. Carta de presentación de la empresa.
Carta de presentación de la empresa, suscrita por el representante legítimo de la misma o por persona con poderes bastantes al efecto.
2. Declaración de que el licitador no está incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 60 del TRLCSP.
Este aspecto se acreditará mediante la presentación de una declaración responsable debidamente firmada por el licitador o su representante, que incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes, así como que no están incursos en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 60 del TRLCSP, en los términos y condiciones previstas en el mismo, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
Adjuntamos un modelo como Anexo nº 1.
3. Garantía Provisional
Los licitadores deberán presentar la garantía provisional indicada en el cuadro resumen de este pliego mediante la presentación de un aval de Entidad bancaria de primer orden, con obligación de pago a primer requerimiento, debidamente inscrito en el Registro Especial de Avales, en el cual se renuncie expresamente a los beneficios de excusión, orden y división, según el modelo que figura en el Anexo nº 2.
La garantía provisional indicada también podrá ser prestada mediante seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, debiendo hacerse entrega del certificado del contrato conforme al TRLCSP. Se adjunta modelo de seguro de caución como Anexo nº 3. Esta garantía será devuelta a los licitadores no Adjudicatarios inmediatamente después de la firma de la adjudicación.
Si algún licitador retirara injustificadamente su proposición antes de la adjudicación o si el Adjudicatario no constituyese la garantía definitiva o por causa imputable al mismo, no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se procederá a la ejecución de la garantía provisional por él constituida.
4. Documentos que acreditan la solvencia económica, financiera y técnica.
4.1 La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la entrega de al menos dos de los siguientes documentos:
* Declaraciones apropiadas de entidades financieras.
* Tratándose de personas jurídicas, las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
* Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
4.2. La solvencia técnica se acreditará con la siguiente documentación (art. 77 TRLCSP):
a) Relación de los principales suministros efectuados durante los tres (3) últimos años, según modelo del anexo 4, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d) Habilitaciones, licencias o permisos legalmente necesarios que precisen las actividades objeto del contrato, ya sean de carácter estatal, autonómico o local, acreditándose esta circunstancia mediante la
aportación de los correspondientes certificados emitidos por la autoridad competente.
e) Deberá presentar certificado garantizando, como mínimo, que el gasóleo “C” para calefacción cumplirá con las especificaciones técnicas para productos petrolíferos definidas por la normativa aplicable.
La falta de presentación de cualquiera de los documentos que deben incluirse en el sobre nº 1 o la falta de adecuación a lo que se pide, que no se consideren defectos materiales subsanables, será, por sí sola, causa de exclusión del Procedimiento.
El SOBRE 2, bajo la denominación de “Proposición Económica”, contendrá el impreso que se incluye en el Anexo nº 5 de este pliego debidamente cumplimentado, con sujeción estricta al formato de dicho modelo.
Se considera como único criterio de adjudicación del contrato el precio más bajo, según lo especificado a continuación y en el apartado II.4
La proposición económica se realizará mediante oferta de un porcentaje de descuento, expresado con dos decimales y signo positivo, sobre el precio semanal CON IMPUESTOS (excepto IVA) publicado en el momento del suministro en el boletín petrolero de la Unión Europea para el tipo de gasóleo de que se trate.
La proposición económica no incluirá el Impuesto sobre el Valor Añadido.
La determinación del precio a pagar por el gasóleo en cada momento de la vigencia del contrato se realizará según se especifica en el pliego de prescripciones técnicas.
Se podrá rechazar aquellas propuestas que no se ajusten a lo solicitado, las que tengan omisiones, errores o tachaduras, que impidan conocer todo aquello que se considera fundamental para considerar la oferta.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición económica y ésta contendrá una única oferta. Tampoco podrá suscribir una propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurando en otra unión temporal. La contravención de esta prohibición dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas incursas en duplicidad.
II.3 Forma de adjudicación
Una vez recibidas las ofertas, se analizará la documentación presentada en el sobre 1.
Si se observasen defectos y omisiones subsanables en la documentación presentada, o se precisasen aclaraciones o documentación complementaria, se concederá un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que el licitador subsane el error o indique las aclaraciones requeridas o presente la documentación complementaria.
Una vez analizada la documentación señalada en los párrafos anteriores, y subsanados, en su caso, los defectos y omisiones o presentadas las aclaraciones o documentación complementaria requerida, se
determinarán los licitadores que se ajustan a los criterios de selección de la presente contratación, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Se comunicará a las empresas la admisión o rechazo. Las empresas eliminadas en esta fase de admisión previa no serán consideradas a ningún efecto en el resto del proceso de adjudicación.
En el día que se señale en el anuncio de licitación se procederá en acto público a la apertura del sobre nº2.
Las proposiciones económicas se valorarán conforme a lo dispuesto en el apartado siguiente. Se levantará acta de todo ello, en la que se contendrán las cantidades ofertadas.
II.4 Valoración de las ofertas
De acuerdo con lo establecido en el artículo 150 del TRLCSP, se procederá a la valoración de las ofertas, conforme al único criterio de precio más bajo, en términos de margen comercial más bajo, ya que el resto de factores influyentes en el precio del litro de combustible son ajenos al ofertante y por tanto éste no puede influir en ellos.
La valoración de las ofertas para su adjudicación se efectuará conforme al baremo siguiente:
Oferta económica: hasta 100 puntos
La puntuación se otorgará conforme a la siguiente fórmula:
Porcentaje de baja ofertado por cada licitador
x 100
Porcentaje de baja mayor ofertado
II.5 Propuesta de adjudicación
II.5.1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas, de acuerdo con los criterios de adjudicación indicados en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares.
En caso de igualdad, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tenga en su plantilla mayor numero de trabajadores discapacitados, siempre que ese numero no sea inferior al 2% de la misma.
La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx XXXX (10) DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, aporte los documentos probatorios correspondientes, su personalidad y capacidad para contratar, así como la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, tanto autonómicas como estatales, y con la seguridad social, y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado
II.5.2 siguiente.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesión.
II.5.2. La garantía definitiva deberá ser prestada en el plazo xx XXXX
(10) DÍAS HÁBILES desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento.
La garantía deberá ser prestada mediante la presentación de un aval bancario, expedido por una entidad de reconocido prestigio, con obligación de pago a primer requerimiento, debidamente inscrito en el Registro Especial de Avales, y con renuncia expresa a los beneficios de excusión, orden y división. La duración del aval será indefinida hasta que el Adjudicador autorice su cancelación.
El importe de la garantía definitiva será el 4 % del importe de la cantidad estimada para la licitación, especificada en el pliego técnico, a los precios del día de la adjudicación, una vez aplicados a éstos el descuento ofertado.
La garantía indicada también podrá ser prestada mediante seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, debiendo hacerse entrega del certificado del contrato conforme al TRLCSP.
Cuando como consecuencia de una eventual modificación del contrato, el valor de los trabajos contratados experimente variación, se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la garantía y el presupuesto de la vigente en cada momento.
La garantía cubrirá la correcta ejecución de los trabajos en los plazos previstos y la indemnización por daños y perjuicios que se
prevé en el punto V. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO, y su devolución al adjudicatario se realizará a la finalización del contrato.
II.6 Adjudicación
El Órgano de Contratación tendrá, alternativamente, la facultad de adjudicar el contrato a la propuesta económicamente más ventajosa mediante la aplicación de los criterios establecidos en este Pliego, o declarar desierto el procedimiento, si ninguna de las proposiciones presentadas fuera admisible, con arreglo a las prescripciones del presente Xxxxxx, de acuerdo con lo previsto en el TRLCSP, motivando, en todo caso, su resolución.
Una vez decidida la adjudicación, a tenor de los criterios establecidos en este pliego, será publicada y notificada al Adjudicatario, así como al resto de los participantes en la licitación, mediante fax o cualquier otro procedimiento que deje constancia de su recepción.
Transcurrido el plazo de 6 meses estipulado para la validez de la oferta, sin haber recibido la notificación o haberse comunicado la resolución de adjudicación, el licitador que lo desee podrá requerir por escrito en cualquier momento la retirada de su proposición y la devolución o cancelación de la garantía provisional prestada, a lo que se procederá obligatoriamente, salvo que el acuerdo de resolución del procedimiento hubiera sido dictado antes de expirar el plazo indicado, debiendo en ese caso justificarlo así ante la empresa.
II.7 Obligaciones previas a la formalización del contrato
El Órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los CINCO
(5) DÍAS HÁBILES siguientes a la recepción de la documentación. La
adjudicación será notificada a los candidatos, mediante fax o cualquier otro procedimiento que deje constancia de su recepción.
II.7.1 En el caso de que los trabajos fueran adjudicados a una unión temporal de empresas, deberán éstas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado, y N.I.F. asignado a la Unión Temporal, así como la designación de la persona, que, en calidad de gerente único o apoderado de ésta, actuará en su representación.
II.7.2 El licitador se obliga a concertar la póliza o pólizas de seguro necesarias para cubrir cualquier riesgo que pudiera producirse como consecuencia de los trabajos, y/o por incendio, robo, incluyendo todos los riesgos de los trabajos y de responsabilidad de orden civil que pudieran existir derivados de la ejecución de los trabajos incluyendo garantía patronal, responsabilidad civil cruzada y período de mantenimiento.
A tal efecto, y con anterioridad a la firma del contrato, el Adjudicatario entregará copia de la póliza o pólizas indicadas, así como del recibo o recibos del pago de la prima o primas correspondientes, que acrediten la vigencia del Seguro o Seguros concertado. Dichos documentos quedarán incorporados al contrato.
La suma asegurada será, como mínimo, igual al importe correspondiente al precio del presente contrato, y el plazo de vigencia de las coberturas será como mínimo hasta la finalización del contrato.
En cualesquiera pólizas de seguro, por los conceptos antes indicados, se designará como beneficiario al Adjudicador.
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
III.1 Documentación de formalización
El Adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de QUINCE
(15) DÍAS HABILES, a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, el correspondiente documento de formalización del contrato.
A este acto, concurrirá el Adjudicatario o su representante y, cuando el representante sea persona distinta del firmante de la proposición económica, poder bastante vigente otorgado por el Adjudicatario.
En caso de que, por causas imputables al Adjudicatario, no se formalizara el contrato, se podrá acordar la resolución del compromiso derivado de la adjudicación de los trabajos objeto del presente pliego.
III.2 Régimen jurídico del contrato
El contrato que se suscriba tendrá carácter privado, quedando sometido al TRLCSP y disposiciones complementarias, a la normativa comunitaria, al presente pliego de cláusulas administrativas particulares y con la documentación que se detalla en el apartado I.1 del mismo, al pliego de prescripciones técnicas y al Ordenamiento Jurídico Privado.
La sujeción al TRLCSP y disposiciones complementarias, se entiende, exclusivamente, en lo relativo a la capacidad, la publicidad, los procedimientos de licitación y las formas de adjudicación.
III.3 Obligaciones del Adjudicatario.
III.3.1 Obligación de prestar el suministro
El Adjudicatario se obliga a prestar el suministro correspondiente en la forma establecida en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas y demás documentos integrantes del contrato.
El Adjudicatario deberá cumplir estrictamente, toda normativa legal aplicable a los trabajos.
El Adjudicatario asumirá bajo su exclusiva responsabilidad el suministro de gasóleo y la descarga, conforme las indicaciones que se le comuniquen en los correspondientes pedidos, así como cuantas funciones le sean propias a esta figura conforme a la legislación vigente.
El Adjudicatario efectuará un riguroso control de las operaciones que realice, comprobando el resultado de las mismas y garantizando la calidad del combustible. Asimismo será exclusivo responsable de la seguridad en todas las operaciones que ejecute, por lo que asumirá cualquier defecto que sea consecuencia de las operaciones realizadas, debiendo actuar con la mayor diligencia para corregirlo o subsanarlo. El Adjudicatario realizará a su xxxxx y mensualmente un análisis del gasóleo suministrado, comunicando al departamento técnico del Adjudicador el resultado que derive de la correspondiente muestra extraída.
No obstante lo anterior, el Adjudicador se reserva el derecho a realizar por sí mismo o a través de una entidad ajena contratada por ella, la inspección de la calidad del combustible, así como de participar en la prueba, ensayos y demás comprobaciones que realice la empresa adjudicataria, sin que en ningún caso estas actuaciones impliquen transmisión de la responsabilidad del Adjudicatario, sea cual fuere el resultado de las mismas. A los efectos, el Adjudicatario prestará cuantas facilidades fueran necesarias para el desempeño de esas funciones de inspección.
El Adjudicatario garantizará el suministro en todo momento, debiendo disponerse siempre de una cantidad mínima equivalente a la capacidad del punto fijo de almacenamiento de mayor consumo.
Las entregas de cada suministro serán recepcionadas por el Adjudicador en la forma que se establezca (actas de recepción).
La recepción de una entrega no prejuzgará la aceptación de la cantidad y la calidad de los productos, por lo que en caso de que un pedido sea rechazado deberá ser repuesto por el suministrador/Adjudicatario en un plazo que en ningún caso podrá ser superior en tiempo al inicialmente previsto en el pedido, sin perjuicio de que el Adjudicador pueda aplicar las penalizaciones que procedan según lo establecido en este Pliego.
Las peticiones de gasóleo las realizará el Adjudicador mediante correo electrónico o fax/página web, antes de las 10:00 horas del día de la petición. El pedido se recibirá, como máximo, dentro de las 48 h. siguientes. Los convenios telefónicos y los verbales en general, deben ser confirmados por escrito, debiendo todo
pedido cursado por el Adjudicador ser confirmado, también por escrito, por el proveedor. Asimismo, se establecerá un horario de entrega con el proveedor que será acordado en la formalización del contrato.
Las fechas indicadas en el pedido se considerarán como fechas límites y se considerará que un pedido ha sido cumplido dentro de plazo cuando se haya servido la mercancía en la instalación de almacenamiento y en cantidad y calidad solicitadas.
La fecha y hora de entrega a efectos de cumplimiento de plazos será la que figure en el albarán de entrega con el recibí, sello y firma del responsable de la recepción del suministro.
Excepcionalmente se podrán hacer pedidos urgentes por el Adjudicador, que serán atendidos por el Adjudicatario en un máximo de 24 h.
El Adjudicador determinará la persona responsable quien estará en contacto con el conductor del camión, recogerá el albarán de entrada y tomará los datos oportunos para su posterior archivo.
Una vez efectuada la descarga, la cubicación del depósito se realizará con varilla graduada y tabla de equivalencia volumétrica certificada por el organismo competente.
El Adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega al Adjudicador, salvo que éste hubiera incurrido en xxxx al recibirlos.
III.3.2 Obligaciones laborales y sociales, responsabilidad y cobertura de riesgos
El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo.
El Adjudicatario asume directamente cuantas responsabilidades de todo orden deriven de las obligaciones que le impone este pliego y, en general, las que guarden relación con la ejecución de los trabajos, comprendidas las responsabilidades a terceros.
El Adjudicatario responderá de todas las reclamaciones, incluso aquellas dirigidas contra el Adjudicador, por los daños, perjuicios y menoscabos, personales o materiales que, como consecuencia de la ejecución de los servicios o de acciones y omisiones del Adjudicatario y sus empleados, incluso los que obedezcan a terceros, fuerza mayor o fortuitos, puedan causarle al personal del Adjudicador o a terceros. Asimismo, el Adjudicatario, responderá en los mismos términos de los daños causados a los terrenos e instalaciones u otros bienes propiedad del Adjudicador o de terceros. Todo ello sin perjuicio del posterior ejercicio por el Adjudicatario de las acciones de resarcimiento que contra terceros responsables pudieran asistirle.
A título meramente enunciativo se consignan especialmente como responsabilidades asumidas por el Adjudicatario las nacidas de muerte, lesiones y toda clase de daños y perjuicios sufridos por terceros, incluyendo el personal bajo la dependencia del mismo, en función, en todos ellos, de su relación con los trabajos, de los daños y perjuicios ocasionados en bienes de dominio público y del pago
de sanciones pecuniarias impuestas por la Administración por causas imputables al Adjudicatario.
El Adjudicatario se obliga a cumplir, respecto del Adjudicador, y respecto de los trabajos y en relación con el objeto del presente contrato, con todas sus obligaciones legales como Empresario, cualesquiera que sean éstas y muy especialmente las de carácter laboral.
Será a cargo exclusivo del Adjudicatario el coste íntegro del personal necesario para los trabajos, salarios, dietas, cargas sociales y fiscales personales y societarias, transporte, alojamiento y manutención en su caso, etc. El Adjudicatario exhibirá y entregará copia, cuando sea requerido, al Adjudicador del justificante de pagos de la Seguridad Social del personal que trabaja junto con el TC2 de la empresa, indicando los empleados que ese mes han participado en los trabajos; así como del abono de los salarios y del abono de los tributos directos o indirectos relacionados con los trabajos o su personal. Sin perjuicio de lo anterior, el Adjudicador podrá exigir, en cualquier momento al Adjudicatario, los documentos justificativos de estar dado de alta en la Seguridad Social, relativos a cualquier trabajador que se encuentre en los trabajos objeto de este contrato, obligándose en este acto el Adjudicatario a entregar tales documentos en un plazo no superior a 5 días naturales a contar desde la petición.
El Adjudicatario acepta para sí la condición de Patrono absoluto, exonerando de toda responsabilidad al Adjudicador, quedando formalmente obligado al cumplimiento respecto a todo el personal propio o subcontratado de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, sindical, de seguridad social y de seguridad y
salud en el trabajo. El Adjudicatario asume la responsabilidad por cualquier sanción, multa, etc. que pueda ser impuesta al Adjudicador como consecuencia de los trabajos objeto del contrato, solidariamente con el Adjudicador y/o, en su caso, con el SUBCONTRATISTA y autoriza al mismo para que satisfaga su importe con cargo al fondo de garantía estipulado en el contrato, y sin perjuicio del ejercicio de las acciones judiciales en el caso de que aquellas garantías no fueran suficientes.
El Adjudicatario se obliga a indemnizar al Adjudicador, por cualquier cantidad que éste viniere obligado a satisfacer como consecuencia de accidentes de personal del Adjudicatario o bien derivados de cualquier incumplimiento de sus obligaciones al amparo del contrato, incluyendo gastos de abogados y/o procuradores que el Adjudicador haya podido satisfacer. Asimismo, el Adjudicatario indemnizará al Adjudicador, incluyendo los gastos antes citados, en el caso de que fuera condenada en virtud de sentencia judicial firme derivada de reclamaciones planteadas por cualquier trabajador del Adjudicatario.
Durante la vigencia del presente contrato y hasta su finalización, el adjudicatario se obliga a renovar los certificados que acreditan el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social cuantas veces sea necesario, entregando al adjudicador copia de dichas renovaciones.
En caso de incumplimiento por parte del adjudicatario de estas obligaciones, el adjudicador no satisfará al adjudicatario ningún pago hasta la entrega de certificado correspondiente.
El adjudicador podrá resolver unilateralmente el contrato, si el adjudicatario no entregara las copias antes dichas; o si de las mismas se dedujese un incumplimiento. Si el adjudicador resuelve el contrato por el incumplimiento de estas obligaciones, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización alguna.
III.3.3 Precio
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo, más la cantidad correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido vigente y demás tributos de cualquier índole que sean de aplicación.
En el precio total del Adjudicatario se consideran incluidos, a título enunciativo, los siguientes conceptos:
a. Todos los costes y porcentajes de gastos generales, dirección y administración, beneficio industrial, impuestos de todo tipo, etc., excepto el I.V.A. que se facturará aparte.
b. Cuantos gastos y obligaciones patronales vigentes y futuras sean necesarias para llevar a buen fin la total realización de los trabajos. (Póliza de accidente laboral, Seguridad Social, Sueldos, etc.).
c. Los gastos de cualquier tributo, tasa, arbitrio, licencias, autorizaciones, derechos, exacciones parafiscales, o impuestos que graven la ejecución de los trabajos por sí mismos.
d. Aquellos gastos que pudieran crearse y que graven la actividad propia del Adjudicatario.
e. Los gastos de efectos, pagarés o plantillas y negociación de las mismas.
f. Los gastos derivados del cumplimiento de la legislación vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo.
g. Las cargas sociales legalmente establecidas y que se establezcan.
h. Todos los gastos inherentes a los trabajos, mejoras y demás costes, directos o indirectos, conforme a lo establecido en el presente pliego.
III.3.4 Revisión de Precios
El porcentaje de descuento ofertado se establece con carácter de fijo y cerrado para toda la duración inicial del contrato, es decir, DOS (2) AÑOS, por lo que durante este tiempo no serán objeto de revisiones ni modificaciones por ningún concepto, ni siquiera de incrementos de precios o revisiones acordadas oficialmente.
III.3.5 Forma de Pago
Los trabajos se abonarán según lo especificado en el pliego de prescripciones técnicas.
III.3.6 Obligaciones de carácter medioambiental
El Adjudicatario respetará en todo momento la legislación ambiental aplicable en todo aquello que le pudiera afectar respecto del suministro contratado, así como en el resto de prestaciones a asumir. En ningún caso las responsabilidades medioambientales que le correspondan al Adjudicatario podrán generar al Adjudicador un coste no previsto explícitamente en el contrato.
El Adjudicatario deberá asegurar que todo el personal implicado en la ejecución del contrato tienen la formación adecuada y están correctamente informados del trabajo a realizar, incluidas las posibles soluciones incidentales. De igual forma, el Adjudicatario contará con las licencias y autorizaciones administrativas pertinentes de carácter ambiental que actualmente sean precisas o que pudieran resultar necesarios en un futuro para la prestación objeto de este contrato.
Si por causas imputables al Adjudicatario se produjere un escape del producto y con ello la contaminación de suelos o cualquier otra agresión medioambiental o de otra naturaleza, el Adjudicatario vendrá obligado a actuar con la máxima diligencia al objeto de minimizar y paliar las consecuencias negativas que del hecho puedan derivarse. Sin límite alguno el Adjudicatario asumirá la totalidad de los costes derivados de restaurar la zona/s contaminada/s, así como las responsabilidades y sanciones que se pudiesen imponer por estos hechos.
Será también responsabilidad del Adjudicatario la gestión de los residuos que se generen como consecuencia de las obras e instalaciones que tendrá que asumir.
III.3.7 Garantía definitiva
Con este mismo fin, el Adjudicatario ha de prestar garantía definitiva mediante la presentación de un aval bancario, de acuerdo con lo establecido en este pliego.
A la finalización del contrato se procederá a la devolución de la garantía ofrecida, siempre que no hayan existido defectos imputables al Adjudicatario durante el periodo de garantía.
El Adjudicador podrá realizar, en su caso, con cargo al aval y con consentimiento expreso del Adjudicatario que presta en este acto, si fuera necesario, y sin perjuicio del ejercicio de las acciones judiciales en el caso de que aquellas garantías no fueran suficientes, los trabajos de reparación o subsanación, así como la aplicación automática de las penalizaciones previstas en el contrato, para lo cual bastará un informe del Adjudicador con relación a la reparación o incumplimiento de plazo, que llevará implícita la inmediata compensación descrita anteriormente, previa comunicación fehaciente al Adjudicatario, y siempre que ésta no los realizara de forma completa a su xxxxx y cargo en el plazo indicado de dicha comunicación.
IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
IV.1 Cesiones y Subcontrataciones
El Adjudicatario no podrá ceder o transferir el contrato a un tercero, en su totalidad o en parte, ni ceder un interés cualquiera incluido en el contrato, sin la autorización escrita del Adjudicador.
Todas las subcontrataciones parciales deberán contar con la autorización del Adjudicador, que a su vez podrá rehusarla dentro de los QUINCE (15) DÍAS siguientes a la comunicación por el Adjudicatario. Esta autorización no eximirá al Adjudicatario de ninguna de sus obligaciones contractuales. El Adjudicatario será responsable de todas las acciones, deficiencias o negligencias de sus subcontratistas y de sus agentes, empleados y obreros
y trabajos realizados, así como del cumplimiento por los subcontratistas de las obligaciones legales en materia laboral, seguridad social, seguridad e higiene en el trabajo en la misma medida que para su propio personal o trabajos realizados. Nada de lo contenido en este contrato se entenderá que establece un vínculo o relación entre el Adjudicador y los subcontratistas.
IV.2 Penalizaciones
Demora en la entrega de gasóleo
En los supuestos de retraso en la entrega del producto, el Adjudicador podrá aplicar las siguientes penalizaciones sobre el importe del gasóleo entregado fuera de plazo:
15% por cada día de retraso, durante los primeros 3 días.
La demora superior a 3 días dará lugar a que el Adjudicador pueda optar entre rechazar el pedido, en cuyo caso el suministrador no tendrá derecho alguno a reclamar los gastos que le pudiera ocasionar la devolución de los pedidos rechazados, o aplicar una penalización del 50% por cada día de retraso.
Cuando se rechace un suministro por extemporáneo, el Adjudicador podría dirigirse a cualquier otro operador para hacer efectivo el aprovisionamiento.
La imposición de penalidades será, en su caso, independiente al resarcimiento de daños y perjuicios que hubiera podido ocasionar al Adjudicador la demora en el suministro.
La xxxx del suministrador no requiere interpelación o intimación previa del Adjudicador.
Calidad del producto
El incumplimiento en la calidad del producto dará lugar a:
Xxxxxxxx el pedido y solicitar un nuevo suministro al que se aplicará un descuento del 15% sobre el importe, sin perjuicio de las penalizaciones por demora si este nuevo suministro se produce con retraso.
V. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato:
El incumplimiento de las recíprocas obligaciones contenidas en el Contrato, en los términos establecidos en el Art. 1.124 del Código Civil, y en particular:
a) Cuando a juicio del Adjudicador, los procedimientos y medios utilizados no se ajustasen a los previstos en el Contrato y el Adjudicatario no aceptara reemplazarlos.
b) La extinción de la personalidad jurídica de una u otra parte contratante.
c) El mutuo acuerdo de las partes con los efectos que en el mismo se establezcan.
d) Retraso en la entrega del pedido en más de tres días.
e) Cualquier otra causa recogida en este contrato.
La resolución por la causa a) y d) es potestativa del Adjudicador.
La resolución del contrato por cualquiera de las causas antes dichas, a excepción del mutuo acuerdo, dará derecho, en todo caso, al Adjudicador, a una indemnización por daños y perjuicios, además de la penalidad, en su caso, establecida en el contrato.
En el supuesto de la causa b), la parte contratante que no incurra en ella, podrá optar por la continuación del contrato con los sucesores o gestores de la otra parte, bajo las condiciones estipuladas en el mismo.
El Adjudicador podrá comunicar al Adjudicatario, mediante carta notarial, su voluntad de resolver unilateralmente el contrato basándose en cualquiera de las causas previstas en esta estipulación. Los motivos expuestos serán considerados como reconocidos por la otra parte, salvo protesta por la misma de igual forma y en el plazo xx XXXX (10) DÍAS a contar desde la recepción de la comunicación antes citada.
VI. FUERO
Toda cuestión o divergencia que pueda suscitarse en relación con el cumplimiento de las cláusulas del presente pliego, será sometida a los Juzgados y Tribunales de Madrid con renuncia expresa de los firmantes a cualquier otro Tribunal.
VII. CONFIDENCIALIDAD
1. El Adjudicatario queda obligado a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el responsable del contrato.
2. El Adjudicatario deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carácter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal y estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato y los cinco años posteriores al vencimiento de éste en los términos del artículo 140.2 del TRLCSP.
3. El Adjudicatario no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano de contratación.
4. El Adjudicatario adquiere, igualmente, el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue, en ningún caso, a poder de terceras personas.
5. El órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial, carácter que afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. A estos efectos, el Adjudicatario podrá designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal.
6. Como efecto de la adjudicación del presente contrato, el Adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), por lo que como consecuencia de la celebración del mismo, el Adjudicatario adquiere la condición de Encargado de
Tratamiento, y queda obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de prestación del servicio.
El acceso del Adjudicatario a los datos de carácter personal contenidos en los ficheros del Adjudicador para la prestación del servicio objeto del contrato, no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos a efectos de la LOPD, sino de acceso por cuenta de terceros conforme a lo previsto en el Artículo 12 de la LOPD. Por lo que como consecuencia, el Adjudicatario queda obligado específicamente a:
- Utilizar los datos de carácter personal a los que tuviese accesos para los exclusivos fines de la ejecución del presente contrato.
- Adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias establecidas en el Artículo 9 de la LOPD y desarrolladas reglamentariamente en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD (RDLOPD), aplicando de esta manera, las medidas de seguridad del nivel que correspondan en función del tipo de datos a tratar conforme al contenido del Artículo 81 del RDLOPD.
- Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que pueda tener acceso para la prestación objeto del contrato así como sobre los que resulten de su tratamiento cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido.
- No comunicar o ceder los datos del fichero a otras entidades, ni siquiera para su conservación, salvo que en el contrato de prestación de servicios se detalle lo contrario, en cuyo caso, dichas entidades se verán sometidas a las mismas reglas de protección de datos y confidencialidad que el Encargado de Tratamiento.
- Comunicar al personal, que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento, el deber de guardar secreto profesional sobre los datos
de carácter personal que conozca o a los que tenga acceso en ejecución del contrato, obligándose de igual manera a hacer cumplir las medidas de seguridad.
- Destruir o devolver al Adjudicador, según las instrucciones que al respecto se den, una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal eventualmente tratados y los soportes o documentos en que consten los mismos, sin conservar copia alguna de aquellos.
La infracción de estos deberes por parte del Adjudicatario, será calificada como grave y será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente, respondiendo, en todo caso éste, como Responsable del Fichero, sobre los daños y perjuicios que en materia de protección de datos, se deriven del incumplimiento de las mismas.
Estas obligaciones que se extienden durante la ejecución del contrato, seguirán vigentes una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto.
7. La infracción de estos deberes por parte del Adjudicatario generará, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el Adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
El Adjudicatario deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esta información, salvo que el contrato establezca un plazo mayor.
Asimismo, el Adjudicador no divulgará la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
VIII. SUBSANACIÓN DE ERRORES
ANEXO 1. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Y JURADA
D. …………………, mayor de edad, con domicilio en …………… provincia de ……………..
c/ ………………….. núm. ……….. con D.N.I. núm. ………………….. , en nombre y representación de …………………, con N.I.F. nº ……………, y con domicilio social en
…………… provincia de …………. C/ ………………………. Núm. ……………………….
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1) Que la empresa tiene capacidad de obrar, representación y que se compromete a acreditar tales extremos en el caso de resultar adjudicatario.
2) Que ni la empresa ni sus administradores y representantes están incursos en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP.
3) Que la empresa está al corriente de sus obligaciones tributarias y la seguridad social.
Lo que declara responsablemente en ……………, a … de de 2014
.................Sociedad Anónima, sucursal xx xxxxx .................. núm. y en su nombre y
representación D. ................... y D. ............................, con poderes suficientes para obligarle en este acto
A V A L A
Solidariamente a ................................., con N.I.F., frente a SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A.U. con N.I.F. A 48001382, y domicilio en Madrid, C/ Xxxxxxxxx
134 bis, hasta la cantidad de ..................... (..... €) ..... en concepto de garantía provisional/definitiva para responder de las obligaciones derivadas de la adjudicación del contrato .......................................................
El presente aval se presta, en concepto de garantía a primera solicitud, con renuncia expresa al beneficio de excusión, división y orden. En consecuencia, el Banco se compromete expresamente a efectuar el pago a SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A.U. de la indicada cantidad por éste reclamada, dentro de los tres días siguientes al primer requerimiento que haga al banco con tal objeto.
Este aval tendrá validez en tanto SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A.U. no autorice su cancelación.
El presente aval ha sido inscrito con esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número ......
En .................. a ........ de de 2014.
ANEXO 3. MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN
La entidad ……………………….. con N.I.F., nº , y con domicilio a efectos de
notificaciones y requerimientos en la X/ …………… xx ………. xx , X.X.
…………., y en su nombre y representación D. ………………………, y D. con
poderes suficientes para obligarles en este acto, según resulta del bastanteo de poderes de la parte inferior de este documentos
ASEGURA
A ……………………., N.I.F. ……………… en concepto de tomador del seguro, ante SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., en adelante asegurado, hasta el importe de ...
................. ( €), virtud de lo dispuesto por la normativa de aplicación, en concepto
de GARANTÍA PROVISIONAL/DEFINITIVA para responder de las obligaciones derivadas de la adjudicación del contrato de servicios de “ ”.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos en la normativa de contratación del sector público estatal vigente.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que al asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., en los mismos términos y condiciones generales establecidas en la Normativa de Contratación del Estado vigente.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
En …………….., a ……… de de 2014.
ANEXO 4 - RELACIÓN DE TRABAJOS SIMILARES REALIZADOS
Cliente | Denominación del contrato | Destinatario (Público/Priva do) | Objeto del contrato | Lugar de ejecución | Fechas Inicio/fi n | Importe el contrato |
ANEXO 5 - PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D............................................................., domiciliado en ...................................., provincia de
................................., calle ..............................................., número.......... con Documento
Nacional de Identidad número............................, actuando en nombre
..............................(propio o de la Empresa que representa. En caso de que el firmante actúe como Director, Apoderado, etc., de una Empresa o de un tercero, hará constar claramente el apoderamiento o representación), enterado de las condiciones y requisitos iniciales que se exigen para la adjudicación mediante Procedimiento Abierto con un único criterio de adjudicación del Contrato de suministro de combustible Gasóleo “C” para calefacción en el Edificio Génesis en la Avda. xx Xxxxxx nº8 de Madrid, y Gasóleo “A” para grupos electrógenos en el Edificio Génesis en la Avda. xx Xxxxxx nº8, Complejo Campos Velázquez en X/Xxxxxxxxx xx000-000 x Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx en C/Cabeza de Mesada nº5 , todos ellos en Madrid, propiedad de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL S.A. (SEPIDES), se compromete a ejecutar al contrato de referencia con arreglo a la siguiente proposición económica:
“Al precio final del producto con impuestos publicado en Boletín Petrolero de la Unión Europea u organismo que lo sustituya en el momento del suministro (IVA aparte), se le aplicará el porcentaje de descuento –expresado en cifra positiva con dos decimales- que se detalla a continuación”:
*