BENJAMIN ESCOLAR IZQUIERDO (1 de 2) ALCALDE
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX (1 de 2) ALCALDE
Fecha Firma: 30/05/2019
HASH: 21c95fc05e0c8bd5d1d436448456794c
BASES GENERALES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE TÉCNICOS EN SOCORRISMO ACÚATICO DESTINADOS A LA PISCINA MUNICIPAL DE LA VILLA DE TORRESANDINO Y LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA ESTOS PUESTOS
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por objeto la selección y contratación mediante el sistema de concurso de méritos de TÉCNICOS EN SOCORRISMO ACÚATICO en régimen laboral, a tiempo parcial, en la modalidad contrato de duración determinada por obra o servicio (art. 12 y 15.1.a del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores) para el período estival del
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (2 de 2) secretario accidental
Fecha Firma: 30/05/2019
HASH: 20959a133e6ec16cf0c3033a5173363c
28/06/2019 al 01/09/2019, siendo las fechas aproximadas, motivado por la puesta en funcionamiento del Servicio de Piscina Municipal de la Villa de Torresandino y, conforme a la exigencia normativa establecida en el artículo 25 (Sección 4ª del Capítulo III) del Decreto 177/1992, de 22 de octubre, sobre normativa higiénico-sanitaria para las piscinas de uso público (publicado en el BOCyL de 2 xx xxxxx de 1993).
Con los resultados obtenidos en el proceso de selección se constituirá una bolsa de trabajo que estará formada por los aspirantes ordenados por orden de puntuación total obtenido de mayor a menor, y las contrataciones se realizarán por riguroso orden de lista.
2.- NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO Y FUNCIONES DEL PUESTO.
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Denominación del puesto:
TÉCNICOS EN SOCORRISMO ACÚATICO.
Número de puestos ofertados:
DOS puestos de trabajo de técnicos en socorrismo acuático, para el período del 28/06/2019 al 01/09/2019, siendo las fechas aproximadas.
Características de la contratación:
Los contratos que se formalicen tendrán la naturaleza prevista en el art. 15.1º del Estatuto de los Trabajadores y será contrato de trabajo por obra o servicio determinado a tiempo parcial.
La duración del contrato será determinada por obra o servicio, coincidiendo la prestación del servicio con la apertura de la Piscina Municipal, siendo previsible la apertura el próximo 28 xx xxxxx y la finalización del contrato coincidiendo
Ayuntamiento de Torresandino
Xxxxx Xxxxx, 00, Xxxxxxxxxxxx. 00000 Xxxxxx. Tfno. 000000000. Fax: 000000000
con el cierre de la misma aproximadamente el 1 de septiembre.
La jornada laboral será a tiempo parcial, con 35 horas semanales de lunes x xxxxxxx, en horario de mañana de 11:00 a 16:00, y, en horario de tarde de 16:00 a 21:00 horas, con los descansos que establece la legislación laboral vigente que, en ningún caso, coincidirán con fines de semana, festivos, ni con los dos días posteriores a las Fiestas xxx Xxxxxx ( 17 y 18 de julio), y con la flexibilidad que requiera el servicio para alcanzar su mejor funcionamiento.
Cada contratado deberá aceptar los turnos que establezca el Ayuntamiento. El régimen de turnos podrá ser sustituido por el mutuo acuerdo entre los trabajadores.
Retribuciones:
Las retribución bruta asignada a cada puesto resulta de las determinadas en el IV Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios (Código de convenio n.º: 99015105012005) y contempladas mediante consignación presupuestaria en el Presupuesto General Municipal para el año en curso 2019 ( Programa 342 Aplicación Presupuestaria 131.00 Personal Laboral Temporal Piscinas), en proporción a su jornada laboral;
Grupo IV Xxxxx 0
Sueldo base más el prorrateo de la paga extraordinaria
más un complemento salarial no consolidable en cuanto a la calidad del trabajo
Funciones:
Las funciones serán las propias del puesto a desempeñar, señalando a modo indicativo las siguientes:
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- Encargados de la vigilancia de la zona de baño y responsables del establecimiento y mantenimiento de las condiciones de seguridad e higiene en el recinto de la piscina y en sus vasos, como medidas de prevención de accidentes y enfermedades.
- Recogerán las lecturas de los parámetros indicadores de la calidad del agua en un libro-diario, realizando la frecuencia mínima de muestreos señalada en el Anexo II del Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.
- Permanecer en la zona de baño durante su horario de funcionamiento, debiendo ser identificado de forma fácil por los usuarios de la piscina. Vigilando, controlando y atendiendo a todo bañista que requiera sus servicios. No abandonará el puesto de vigilancia bajo ningún pretexto, excepto en caso de atender a un accidentado o siendo relevado por otro técnico de salvamento, pero siempre comunicándolo al encargado designado.
- Salvamento y aplicación de los procedimientos adecuados de primeros auxilios en caso de accidente, responsabilizándose del mantenimiento ordenado y en perfectas
condiciones del cuarto de botiquín de la Piscina, así como, el cuidado del maletín de primeros auxilios, con estricto control del inventario del mismo.
- Responsables de educación para la prevención de accidentes, tanto dentro como fuera del agua, vigilando por el correcto cumplimiento de la normativa al respecto en caso necesario.
- Comunicar e informar de las incidencias o anomalías en el servicio a su superior jerárquico o funcional.
- Observar en todo momento el necesario decoro personal y la corrección y respeto debido a los usuarios.
- Colaborar en la tarea de mantenimiento y limpieza de zonas verdes, de los vasos, paso del limpiafondos y limpieza de pediluvios, cuando así lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación, así como en la tareas de desinfección con hiploclorito.
- Cualquier otro acto de naturaleza similar no relacionado anteriormente y que sea ordenado por la Autoridad Municipal, o aquellas otras que les sean encomendadas por el encargado.
3.- REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES
Para participar en este procedimiento, los aspirantes han de reunir las siguientes condiciones:
a) Tener la nacionalidad española o de un Estado miembro de la UE, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57.4 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
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b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Los menores de dieciocho y mayores de dieciséis años conforme al art. 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, deberán acreditar la autorización del representante legal bien la acreditación de que el menor vive de forma independiente
c) Poseer la titulación académica necesaria para desempeñar el puesto de trabajo a cubrir; se requerirá en todo caso;
.- estar en posesión del título de graduado escolar, de Graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerla en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación. El título se aportará en el momento de la solicitud, de conformidad con lo que dispone el artículo 76 y disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público
.- y además estar en posesión del título de Técnico en Socorrismo Acuático u otro título válido para el desarrollo de actividades de salvamento y socorrismo acuático en piscinas de uso colectivo expedido por la Federación Española de Salvamento y Socorrismo, por la Federación de Salvamento y Socorrismo de
Ayuntamiento de Torresandino
Xxxxx Xxxxx, 00, Xxxxxxxxxxxx. 00000 Xxxxxx. Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Castilla y León u otras federaciones territoriales, o título de socorrista acuático expedido por la Xxxx Xxxx Española, o título equivalente por organismo competente o entidad privada cualificada. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar debidamente homologadas por la administración competente.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas; no padecer defecto físico o enfermedad que impida el normal ejercicio de las correspondientes funciones.
e) No estar incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad para el desempeño del puesto.
f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública. o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
g) Estar inscrito como demandante de empleo de la localidad en las oficinas del ECyL.
Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice la presentación de instancias.
4- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN PRECEPTIVA
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Las solicitudes requiriendo tomar parte en el correspondiente proceso de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, se presentarán a través del correspondiente modelo normalizado recogido en el ANEXO I, dirigido al Sr. Alcalde, en el Registro General del Ayuntamiento de la Villa de Torresandino o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 anticipando copia de la solicitud por correo electrónico a la oficina municipal (xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx).
El plazo de presentación de solicitudes será xx xxxx días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial y de la sede electrónica (xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx) y en la página web del Ayuntamiento (xxx.xxxxxxxxxxxx.xx) hasta las 14:00 horas del día 14 xx xxxxx de 2019.
Terminado el plazo de presentación de instancias no se admitirá ninguna solicitud.
El domicilio a efectos de notificaciones del interesado/a será el que se consigne en el modelo normalizado referido, indicando además un número de teléfono y una dirección de correo electrónico para recibir comunicaciones, siendo
responsabilidad exclusiva del solicitante los errores en la consignación de los mismos.
Las instancias se acompañarán de toda la documentación acreditativa de los requisitos exigibles y de los méritos alegados por el/la solicitante:
- Fotocopia compulsada del DNI u otro documento acreditativo de la identidad, nacionalidad y edad.
- Certificado que acredite la ausencia de Delitos de Naturaleza Sexual
(xxxxx://xxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xx/Xxxxxxxxx/Xxxx/xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxx-xxxxxxxx-xxxxxxx).
- Fotocopia compulsada de la tarjeta de demandante de empleo del solicitante.
- Volante de empadronamiento.
- Curriculum vitae actualizado.
- Copia compulsada de la titulación académica oficial requerida para participar en el proceso de selección.
La consignación de datos falsos en la solicitud o la falsedad de la documentación aportada, comportará la exclusión de la bolsa de trabajo, sin perjuicio de las medidas legales que si es el caso correspondieran.
5.- TRIBUNAL CALIFICADOR Y PROCESO DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES
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Los anuncios a que esta convocatoria de lugar, se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial y de la sede electrónica (xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx) y en la página web del Ayuntamiento (xxx.xxxxxxxxxxxx.xx).
Tribunal calificador:
El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará Resolución de nombramiento de los miembros del Tribunal de Selección con indicación de la fecha y la hora de su constitución, que se publicará en la forma señalada.
El Tribunal calificador estará formado por los siguientes miembros:
- Presidente: un funcionario xx xxxxxxx o personal laboral fijo de la misma categoría o superior a la plaza que se convoca, designado por el presidente de la corporación
- Secretario: un funcionario xx xxxxxxx o personal laboral fijo de la misma categoría o superior a la plaza que se convoca, designado por el presidente de la corporación
- Vocal: un funcionario xx xxxxxxx o personal laboral fijo de la misma categoría o superior a la plaza que se convoca, designado por el presidente de la corporación.
Ayuntamiento de Torresandino
Xxxxx Xxxxx, 00, Xxxxxxxxxxxx. 00000 Xxxxxx. Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Todos los miembros del tribunal actuarán con voz y voto. El Tribunal quedará integrado además por los suplentes respectivos, que deberán designarse en su turno con los titulares.
El Tribunal tendrá la consideración de órgano colegiado, y a este efecto, estará sujeto a las normas contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a las causas generales de abstención y recusación contenidas en la misma.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración. Contra las resoluciones y actos de trámite calificados del Tribunal únicamente cabrá interponer recurso de alzada ante el Alcalde-Presidente de la corporación.
El Tribunal queda facultado para resolver las incidencias que se produzcan y las dudas que se planteen sobre la interpretación de estas bases y para adoptar los acuerdos o resoluciones necesarias mientras dure su actuación
Admisión de aspirantes:
Válidamente constituido el Tribunal de Selección propondrá al Alcalde- Presidente la aprobación de la lista de aspirantes admitidos y excluidos y, si es el caso, el motivo de exclusión que pudiere concurrir. La resolución correspondiente se publicará en la forma señalada, concediéndose un plazo de dos días hábiles para reclamaciones cuando las exclusiones resulten consecuencia de defectos subsanables.
La lista provisional se entenderá automáticamente elevada a definitiva si no se presentaran reclamaciones.
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En el plazo de dos días hábiles se resolverán las alegaciones y el Tribunal de Selección propondrá al Alcalde-Presidente elevar a definitiva la lista provisional de aspirantes admitidos.
6.- PROCEDIMIENTO, VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
Procedimiento:
La selección de los aspirantes se hará por medio de CONCURSO DE MÉRITOS, que consistirá en la valoración por el Tribunal de los que aquéllos aleguen y acrediten en el momento de presentar la solicitud en el modelo normalizado. No se valorará ningún mérito que no se aporte en ese momento.
Valoración de los criterios de selección:
Para la selección de los aspirantes; el Tribunal valorará los siguientes criterios de selección:
1.- Por la proximidad de su residencia al servicio 1 punto.
Se acreditará con hoja de empadronamiento en esta localidad con una antigüedad, mínima de 1 año
2.- Por antigüedad en la situación de desempleo acreditado desde la última ocupación. 1 punto.
De persistir el empate se realizará un sorteo.
Publicación de resultados:
La puntuación alcanzada por cada aspirante en la fase del Concurso, determinará la clasificación definitiva.
Las puntuaciones y el resto de comunicaciones se anunciarán en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial y de la sede electrónica (xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx) y en la página web del Ayuntamiento (xxx.xxxxxxxxxxxx.xx) el día 19 xx xxxxx de 2019.
Los candidatos seleccionados que hubieren obtenido las mayores puntuaciones deberán manifestar su disponibilidad para la cobertura de las plazas ofertadas en el plazo de 2 días hábiles desde el siguiente a que, por el Tribunal de selección, se hagan públicas mediante anuncio en el Tablón de edictos y en la página web del Ayuntamiento, aportando en ese momento la documentación siguiente (original o fotocopia debidamente compulsada):
- Copia de la cartilla de la seguridad social o tarjeta sanitaria expedida por el SACyL.
- Certificado de titularidad de su cuenta bancaria expedido por la entidad financiera.
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Si transcurrido dicho plazo no manifiestan su disponibilidad se entenderá que renuncian al puesto.
El Tribunal de selección elevará al Presidente de la Corporación una propuesta con los candidatos para que proceda a efectuar la correspondiente contratación.
El Ayuntamiento comunicará a los candidatos el día de la firma del contrato y de comienzo del trabajo.
7.- FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO
Todas las personas que superen este proceso de selección serán incluidas en una bolsa de trabajo. Los aspirantes incluidos en la bolsa de trabajo formada de resultas del proceso de selección, serán llamados por el orden establecido
Ayuntamiento de Torresandino
Xxxxx Xxxxx, 00, Xxxxxxxxxxxx. 00000 Xxxxxx. Tfno. 000000000. Fax: 000000000
en la misma, conforme al orden de puntuación resultante, en la medida que vayan surgiendo necesidades de personal o vacantes temporales.
El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa, y una vez que finalice su contrato de trabajo con el Ayuntamiento volverá a causar alta en la bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en relación con los puntos obtenidos.
Cuando por cualquier contingencia se produzca la necesidad de utilizar la bolsa de trabajo se avisará al interesado/a correspondiente telefónicamente y por correo electrónico, conforme al orden y prelación señalados en aquélla, haciendo constar este hecho mediante la oportuna diligencia acreditativa que obrará en el expediente.
El aspirante llamado dispondrá del plazo máximo de dos días hábiles para personarse en el Ayuntamiento con la documentación seguidamente relacionada (original o fotocopia debidamente compulsada):
- Copia de la cartilla de la seguridad social o tarjeta sanitaria expedida por el SACyL.
- Datos bancarios
- Certificado médico oficial que acredite la capacidad funcional para el desempeño del puesto de trabajo convocado
- Otras declaraciones señaladas en las bases acreditativas de las condiciones de capacidad y de cumplimiento de los requisitos exigidos.
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Los aspirantes que dentro del plazo indicado, excepto casos de fuerza mayor, no presenten esa documentación, no podrán ser contratados y se anularán todas las actuaciones, del mismo modo resultará la nulidad de los actos del tribunal respecto del aspirante en cuestión, sin perjuicio de la responsabilidad en que éste pudiera incurrir.
Esta bolsa de trabajo estará vigente hasta que se realice una nueva convocatoria.
Baja automática de la bolsa de trabajo:
Se producirá la baja automática en la correspondiente bolsa de trabajo en los supuestos siguientes:
a) La falta de aceptación del nombramiento por causa injustificada o la renuncia al mismo
b) La falta de presentación injustificada de la documentación requerida para la contratación en el plazo establecido
c) La falta de presentación en la toma de posesión sin causa justificada
d) Por falsedad o falta inicial o sobrevenida de alguno de los requisitos exigidos o de las circunstancias alegadas para su inclusión en la bolsa.
Renuncia justificada:
Se considerará justificación suficiente para renunciar al puesto de trabajo que se oferta sin decaer en el orden de la correspondiente bolsa de empleo, las siguientes causas, que han de ser debidamente documentadas:
a) La incapacidad temporal derivada de enfermedad común, accidente no laboral, accidente de trabajo y de enfermedad profesional, durante el tiempo que dure la misma
b) En caso de maternidad, si la renuncia de la madre se produce entre el séptimo mes de embarazo y la séptima semana posterior al parto, dieciocho si el parto es múltiple.
Para el caso de defunción de la madre, el padre podrá renunciar con los mismos derechos.
c) En caso de adopción, si la renuncia de la madre se produce hasta la séptima semana después de la fecha de formalización de la adopción.
d) En caso de paternidad, si la renuncia se produce dentro de los quince días desde el nacimiento y/o adopción.
e) Estar laboralmente activo.
En los anteriores supuestos se generará el derecho a ser mantenido en el número de orden correspondiente a la bolsa de trabajo.
8.- IMPUGNACIÓN Y REVOCACIÓN DE LA CONVOCATORIA
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Contra la aprobación de estas bases generales, que agotarán la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación y, previo al contencioso- administrativo, que cabe en el plazo de dos meses desde esa misma fecha ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente de conformidad con lo que prevé el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cualquier momento, siempre antes de la aprobación de la lista provisional, el Alcalde del Ayuntamiento podrá modificar o dejar sin efecto las convocatorias por medio de la adopción de la resolución correspondiente, que será publicada en la forma prevista.
En el resto de supuestos, para la anulación o la revisión de oficio de los acuerdos aprobatorios de las convocatorias, deberá ajustarse a lo que prevén los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ayuntamiento de Torresandino
Xxxxx Xxxxx, 00, Xxxxxxxxxxxx. 00000 Xxxxxx. Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Las presentes bases generales quedarán a disposición de los interesados en las dependencias municipales, de las que el Ayuntamiento facilitará una copia, a petición de las personas interesadas.
En Torresandino, a 30 xx xxxx de 2019 EL ALCALDE (en funciones)
Fdo. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
(Documento firmado electrónicamente)
Diligencia que extiendo para hacer constar que por acuerdo del Ayuntamiento-Pleno adoptado, entre otros, con el ordinal tercero, en sesión extraordinaria, declarada urgente, celebrada el 16 xx xxxx de 2019, resultaron aprobadas las presentes Bases Generales reguladoras de la convocatoria para la contratación temporal de dos controladores de acceso- taquilleros destinados al servicio de la piscina municipal de la Villa de Torresandino, y la constitución de una bolsa de trabajo para estos puestos. Doy Fé..
Cód. Validación: TCG7ELZPWHFAT25NCR3ZQ353X | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 12
En Torresandino, a 00 xx xxxx xx 0000 Xx Xxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxx
Fdo. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
(Documento firmado electrónicamente)
ANEXO (MODELO DE INSTANCIA)
Convocatoria y Pruebas de Selección de Personal Laboral Temporal por Concurso de Méritos y Constitución de Bolsa de Trabajo TÉCNICOS EN SOCORRISMO ACÚATICO | A RELLENAR POR LA ADMINISTRACIÓN | |
Nº Expediente | Nº Registro | |
Modelo | Fecha: | |
1. DATOS DEL SOLICITANTE | |||
Nombre y Apellidos / Razón Social | CIF / NIF | ||
Dirección | |||
Código Postal | Municipio | Provincia | |
Teléfono | Móvil | Fax | |
Plaza | Régimen Laboral | ||
2. DATOS DE NOTIFICACIÓN | |
Persona a notificar: | Medio preferente de notificación |
o Solicitante o Representante | o Notificación en Papel o Notificación Telemática |
3. EXPONE |
PRIMERO. Que declaro conocer y aceptar las BASES GENERALES de la convocatoria anunciada en el Tablón de Edictos y en la página web municipal (XXX.XXXXXXXXXXXX.XX), destinada a la selección y contratación, mediante el sistema de concurso de méritos, de TÉCNICOS EN SOCORRISMO ACÚATICO en régimen laboral, a tiempo parcial, en la modalidad contrato de servicio de duración determinada motivado por la puesta en funcionamiento del Servicio de Piscina Municipal de la Villa, así como la constitución de una bolsa de trabajo para cubrir posibles vacantes. SEGUNDO. Que declaro reunir todas y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria a la fecha de expiración del plazo de presentación de esta instancia, siendo ciertos los datos y documentos consignados en la presente instancia lo que se acredita con la documentación que acompaño. TERCERO. Que declaro no padecer enfermedad o defecto físico que impida, imposibilite o reduzca las funciones propias del puesto de trabajo |
4. DOCUMENTACIÓN A APORTAR
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Ayuntamiento de Torresandino
Xxxxx Xxxxx, 00, Xxxxxxxxxxxx. 00000 Xxxxxx. Tfno. 000000000. Fax: 000000000
6. AVISO LEGAL |
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de lo siguiente: — Los datos de carácter personal que se obtengan de su solicitud serán incorporados y tratados de forma confidencial en un fichero propiedad de este Ayuntamiento. — Los datos obtenidos en esta instancia podrán ser utilizados, salvaguardando su identidad, para la realización de estadísticas internas. — Ud. tendrá la posibilidad de acceder en cualquier momento a los datos facilitados, así como de solicitar, en su caso, su rectificación, oposición o cancelación, dirigiendo una comunicación escrita, junto con la documentación acreditativa de su identidad, a este Ayuntamiento. |
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— Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
— Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen a efectos de valoración en la fase de concurso
5. SOLICITA
Que se admita la presente solicitud para el proceso selectivo mencionado.
En , a de de 2019.
El solicitante,
Fdo.:
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE TORRESANDINO.