CONDICIONES OPERATIVAS COBERTURA “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES
CONDICIONES OPERATIVAS COBERTURA “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES
LINEAS DEL SEGURO VOLUNTARIO DE AUTOMÓVILES
El INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS, cédula jurídica 400000-1902-22, pone a su disposición las presentes Condiciones Operativas de la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES de los Seguros de la Línea de Automóviles Voluntario, en adición a las Condiciones Generales, Particulares y Especiales que se estipulan, con base en las declaraciones realizadas por el ASEGURADO, en la solicitud que origina el Contrato suscrito.
Las condiciones contractuales de la cobertura, se establecen en los Libros de Condiciones Generales de los Seguros de la Línea de Automóviles Voluntario.
La cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES de los Seguros de la Línea de Automóviles Voluntario, trata de un producto que involucra una serie de riesgos asociados no solo al traslado o desplazamiento frecuente del vehículo asegurado, sino también a la realización de un viaje fuera del país por parte del Asegurado titular de la póliza y sus familiares, donde situaciones fortuitas e inesperadas pueden generar una serie de consecuencias y pérdidas financieras directas e indirectas, no solo respecto al vehículo objeto de seguro (desperfecto mecánico, accidente de tránsito, cerrajería, otros); sino también respecto traslados, hospedaje) los cuales en ausencia de un medio como la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES, tendrían que ser sufragados por el Asegurado en el mismo instante de su acontecimiento, sin tal vez tener en el momento, la capacidad económica y de gestión para poder hacerlo.
Es necesario señalar que en el caso de la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES, se está frente a un seguro de prestación de servicios, en el que priva el concepto de brindar el servicio en especie sobre el de indemnización (pago de dinero).
Tal revolución del concepto de seguro que conocemos, se traduce en la capacidad del Instituto Nacional de Seguros, de ofrecer a sus clientes un servicio rápido, ágil y eficaz, capaz de solucionar el problema que enfrenta el Asegurado de forma satisfactoria. Otro elemento diferenciador con el concepto tradicional es que la compañía, en este caso el Instituto por medio del proveedor de los beneficios de la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES, se encarga a nivel nacional de organizar todos los trámites necesarios y asume los gastos generados (según límites de cobertura establecidos), por el servicio requerido, previa llamada telefónica o aviso de accidente interpuesto por el Asegurado a los números definidos para tales efectos.
En el supuesto de que el Asegurado cumpla con la obligación de realizar la llamada telefónica; se procede inmediatamente a coordinar el servicio por medio de sus redes de proveedores a nivel nacional. En el caso de la asistencia internacional los gastos relativos al costo de los beneficios requeridos serán reembolsados al cliente según el límite establecido en el ámbito de cobertura.
Lo anterior implica que en ausencia de la llamada y si el Asegurado contrata por sus propios medios sin previa autorización del Instituto, no procederá amparo alguno de reclamo.
Así las cosas; se presenta a continuación las condiciones operativas de la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES; mismas que operan para los Seguros de la Línea de Automóviles Voluntario, según los parámetros establecidos en el artículo No.6 “Ámbito de Cobertura” de estas condiciones operativas.
ARTÍCULO 1 DEFINICIONES
Para efectos de las Condiciones Operativas de la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES y sujetos a los términos indicados en las Condiciones Generales de los Contratos de Seguros de las Líneas de Automóviles Voluntario, así como de los términos definidos a continuación éstos tendrán el significado que aquí se les atribuye:
ASEGURADO: Es la persona a cuyo nombre se expide la póliza del producto adquirido de la línea de Automóviles Voluntario; en caso de personas jurídicas de uso personal, quien podrá disfrutar de los servicios de Multiasistencia será la persona física que sea reportada al Instituto Nacional de Seguros como conductor designado del automóvil, residente permanentemente en la República xx Xxxxx Rica, con el alcance, cuantía, límites y exclusiones que se indican en los contratos de los seguros de la línea de Automóviles Voluntario.
Para vehículos de uso comercial ya sea persona física o jurídica, en caso de que se suscriba la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES; quien disfrutará de los servicios de Multiasistencia será el conductor designado declarado al INS.
ASISTENCIA NACIONAL: Servicio complementario del seguro de automóviles, en el cual se prestan al Asegurado los servicios indicados en el artículo No.6 “Ámbito de Coberturas”, conducentes a resolver situaciones fortuitas e inesperadas de diversa naturaleza que le hayan surgido a él en relación con su transporte dentro del Territorio Nacional.
ASISTENCIA INTERNACIONAL: Servicio complementario del seguro de automóviles, en el cual se reintegrarán los costos incurridos por el asegurado hasta los límites de cobertura establecidos en estas Condiciones Operativas en el Artículo No. 6 “Ámbito de Cobertura” conducentes a resolver situaciones fortuitas e inesperadas de diversa naturaleza que le hayan surgido, a él o a quienes le acompañen, durante un viaje en el extranjero, según las limitaciones indicadas en el artículo No 2 “Asegurados” en la sección del Extranjero.
CONDUCTOR DESIGNADO: En el caso de personas jurídicas, es la persona designada para que conduzca el vehículo Asegurado y se encuentra facultado por el asegurado para solicitar servicios de asistencia.
EVENTO: Para los efectos de la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES, se entenderá como evento cada servicio prestado o reembolsado, tanto a nivel nacional como en el extranjero por el Instituto al Asegurado, de acuerdo a los límites establecidos en cada uno de los servicios indicados en estas Condiciones Operativas.
PLAN DE ASISTENCIA LIMITADO: Programa de servicios de asistencia nacional aplicable a vehículos de Uso Personal, Personal-Comercial ó Comercial, Buses y Camiones según los parámetros establecidos en el artículo No. 5 “Parámetros de suscripción y/o disfrute de la cobertura “G” Multiasistencia Automóviles” de estas Condiciones Operativas. Este plan aplica para vehículos cuya antigüedad o modelo de fabricación sea igual a dieciséis años y no supere los veinte años de antigüedad.
PLAN DE ASISTENCIA BÁSICO: Programa de servicios de asistencia nacional e internacional, aplicable solamente a vehículos de Uso Personal, Uso Personal-Comercial, según los parámetros establecidos en el artículo No. 5 “ Parámetros de suscripción y/o disfrute de la cobertura “G” Multiasistencia Automóviles” de éstas Condiciones Operativas. Este plan aplica para vehículos cuya antigüedad o modelo de fabricación sea igual a siete años y no supere los quince años de antigüedad y su peso no exceda los 5.000 kg.
La asistencia nacional es el único tipo que asistencia que aplica para los vehículos de Uso Comercial, Taxis, Porteadores, Buses y Camiones que adquieran la cobertura “G” Multiasistencia Automóviles, siempre y cuando tengan una antigüedad xx xxxx a quince años y su peso no debe exceda los 5.000 Kg.
PLAN DE ASISTENCIA PLUS: Programa de servicios de asistencia nacional e internacional, aplicable solamente a vehículos de Uso Personal y Personal-Comercial según los parámetros establecidos en el artículo No. 5 “Parámetros de suscripción y/o disfrute de la cobertura “G” Multiasistencia Automóviles” de estas Condiciones Operativas, la antigüedad o modelo de fabricación debe ser xx xxxx a seis años de antigüedad.
El Plan de asistencia Plus aplica de forma gratuita para los asegurados que cumplan los parámetros establecidos en el artículo No. 5 “Parámetros de suscripción y/o disfrute de la cobertura “G” Multiasistencia Automóviles” de estas Condiciones Operativas.
PRIMER GRADO DE CONSAGUINIDAD Y CÓNYUGE: Se referirá al padre, madre e hijos del Asegurado, según lo dispuesto en el Artículo No. 2 “Asegurados” de estas Condiciones Operativas. Para efectos de esta cobertura, la definición incluye al Cónyuge del Asegurado.
RESIDENCIA PERMANENTE: El domicilio habitual del Asegurado en la República xx Xxxxx Rica, tal como aparece en las Condiciones Particulares de la Póliza del producto adquirido de la línea de Automóviles Voluntario o cualquier otro que sea probado por medios razonables.
URGENCIA: Situación que se debe solucionar con rapidez. Sinónimo de Emergencia.
$U.S. Dólares: La moneda en curso legal en los Estados Unidos de América.
ARTÍCULO 2. ASEGURADOS
En el Territorio Nacional
A) El Asegurado.
B) Cualquier persona que al momento de requerir la asistencia conduzca el vehículo asegurado con el permiso expreso o implícito del Asegurado excepto cuando se requiera el servicio de cerrajería, el cual se brindará únicamente al asegurado a nombre de quien se expidió la póliza.
En el Extranjero
A) El Asegurado.
B) El Cónyuge, siempre que esté viajando con el Asegurado al momento de solicitar el servicio de asistencia en el extranjero.
C) Los hijos dependientes menores de veintiséis años (26) años, así como aquellos hijos que superen la edad antes indicada pero que al momento de solicitar la asistencia, no puedan valerse por sus
propios medios debido a una discapacidad física y/o mental, siempre que estén viajando junto con el Asegurado al momento de solicitar el servicio de asistencia en el extranjero.
D) Para vehículos propiedad de personas jurídicas de uso personal, quien disfrutará de los servicios de Multiasistencia será la persona física que sea reportada al Instituto Nacional de Seguros como conductor designado del automóvil.
E) Para vehículos de uso comercial, en caso de que se suscriba la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES; quien disfrutará de los servicios de Multiasistencia será el conductor designado del vehículo asegurado.
ARTÍCULO 3. SOLICITUD DE SERVICIO ASISTENCIAL
Para solicitar los servicios de asistencia que contempla la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES de la Línea de Automóviles Voluntario, el Asegurado deberá llamar y coordinar el mismo, a los números telefónicos indicados en el Artículo No 4 “Solicitud de Servicios” de estas Condiciones Operativas, tanto a nivel nacional como internacional.
En caso de que el servicio de asistencia no pueda brindarse por razones de causa de fuerza mayor imputables al Asegurado, éste deberá presentar las facturas de los costos incurridos y la justificación por escrito brindando al INS las razones por la cuales incumplió la obligación de llamar al 000-000-0000 para solicitar el servicio de asistencia, está justificación la debe presentar el Asegurado dentro de un plazo no mayor a un mes de sucedido el evento.
El INS podrá denegar el reintegro de las facturas cuando demuestre que la omisión de la obligación antes indicada, obedece a una actuación dolosa por parte del Asegurado.
Asimismo, cuando un Asegurado solicite algún servicio de asistencia al número 000-000-0000 y se determine que no existe un proveedor para la zona donde acaeció el siniestro o que el proveedor disponible no pueda brindar el servicio en un lapso menor a 1 hora, el operador del servicio comunicará dicha situación al Asegurado y éste podrá contratar el servicio requerido por su propia cuenta.
El Instituto procederá con el reembolso de los gastos incurridos hasta por el monto máximo indicado por el Operador del Servicio; el cual deberá ser concordante con los límites establecidos para cada servicio definido en las Condiciones Operativas de la cobertura “G” Multiasistencia Automóviles.
Para lo anterior, el Asegurado deberá presentar las facturas de los costos correspondientes al servicio contratado.
ARTÍCULO 4. SOLICITUD DE SERVICIOS
¿A qué número llamar?
En caso de que el Asegurado requiera alguno o varios de los servicios contemplados en la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES detallados en los Artículos No. 6 “Coberturas” y No. 7 “Descripción de Servicios” de estas Condiciones Operativas; deberá solicitar los mismos a los siguientes números, los cuales operan las 24 horas los 365 días al año.
En el Territorio Nacional
000-000-0000
Estando en el Extranjero
Solicitar a la Operadora del país donde se encuentre el Asegurado, en caso de requerir una asistencia, que realice la llamada por cobrar a los siguientes números:
(000) 0000-0000
(000) 0000-0000
ARTÍCULO 5. PARÁMETROS DE SUSCRIPCIÓN Y/O DISFRUTE DE LA COBERTURA “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES
A) VEHÍCULOS DE USO PERSONAL
Se consideran automóviles de uso personal, aquellos vehículos tipo: sedán, coupé, station wagon, rural, microbuses, carga liviana, triciclos, furgonetas, cuadraciclos, bicimotos y motocicletas; registrados, ya sea a nombre de una persona física o jurídica, cuyo uso declarado en los contratos de seguros de la línea de Automóviles Voluntario, corresponda al uso personal o personal-comercia. El servicio de asistencia Internacional opera únicamente para vehículos tipo sedán, coupé, station wagon, rural y carga liviana.
Condiciones contractuales:
Para los vehículos de Uso Personal o Personal–Comercial se brindará la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES de forma gratuita; siempre y cuando en los contratos de los seguros de la línea de Automóviles Voluntario, se cumpla los siguientes parámetros:
1. Uso declarado: personal o personal-comercial
2. Antigüedad: 20 años inclusive.
3. Peso Bruto máximo: 5.000 Kgs.
4. Capacidad máxima: 15 pasajeros.
5. Haber suscrito todas las coberturas de Responsabilidad Civil y alguna de las coberturas de Daños Materiales, según el producto adquirido de la línea de Automóviles Voluntario.
Si el cliente suscribe todas las cobertura de Responsabilidad Civil para el vehículo asegurado, podrá contratar la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES, pagando la prima correspondiente; lo anterior, siempre y cuando en los contratos de los seguros de la línea de Automóviles Voluntario que haya suscrito el cliente, cumpla con los parámetros de uso, antigüedad, peso y capacidad de pasajeros citados anteriormente.
B) VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL
Se consideran automóviles de uso comercial, aquellos vehículos tipo: sedán, coupé, station wagon, rural, microbuses, carga liviana, y motocicletas; registrados, a nombre de una persona física o jurídica, cuyo uso declarado en los contratos de seguros de la línea de Automóviles Voluntario corresponda a uso comercial.
En esta clasificación se incluyen los vehículos asegurados a nombre del Estado excepto los de uso discrecional según definición de la xxx xx xxxxxxxx, asimismo los vehículos automotores destinados al transporte remunerado de personas (taxi y porteo). Para este tipo de vehículos se brindará únicamente asistencia a nivel nacional.
Condiciones contractuales:
Para este tipo de automotores, se ofrecerá la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES, pagando la prima correspondiente al plan de asistencia seleccionado o que aplique según los parámetros de uso, antigüedad, peso y capacidad de pasajeros, que se detallan a continuación:
1. Uso declarado: Comercial
2. Antigüedad máxima: 20 años inclusive.
3. Peso Bruto máximo: 5.000 Kgs.
4. Haber suscrito todas las coberturas de Responsabilidad Civil.
5. Suscrita la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES.
C. AUTOBUSES Y CAMIONES Autobuses
Vehículos automotores destinados al transporte remunerado de personas, en esta clasificación se contemplan los vehículos tipo Buses, Busetas y Microbuses.
Condiciones contractuales:
Para este tipo de vehículos, se brindará la cobertura “G” Multiasistencia Automóviles, únicamente a nivel nacional, pagando la prima correspondiente al plan de asistencia seleccionado o que aplique según los parámetros de uso, antigüedad, peso y capacidad de pasajeros, que se detallan a continuación:
1. Uso declarado: Autobús.
2. Antigüedad máxima 20 años inclusive.
3. Peso Bruto: 9.999 Kgs.
4. Haber suscrito todas las coberturas de Responsabilidad Civil.
5. Suscrita la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES Camiones y Cabezales
Son los vehículos automotores de uso comercial destinados al trasporte de carga, cuyo peso bruto oscila entre los 5.001 y los 9.999 kilogramos. Para este tipo de vehículos se brindará únicamente asistencia a nivel nacional.
Condiciones contractuales:
Para este tipo de vehículos, se brindará la cobertura “G” Multiasistencia Automóviles pagando la prima correspondiente al plan de asistencia seleccionado; según los parámetros de uso, antigüedad, peso y capacidad de pasajeros, que se detallan a continuación:
1. Uso declarado: Comercial.
2. Antigüedad máxima: 20 años inclusive.
3. Peso Bruto: entre 5.001 y 9.999 Kgs.
4. Haber suscrito todas las coberturas de Responsabilidad Civil.
5. Suscrita la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES. ARTÍCULO 6. ÁMBITO DE COBERTURA
El Instituto por la cobertura “G” Multiasistencia Automóviles brindará los servicios de acuerdo con los alcances, cuantía y límites estipulados para cada servicio en estas Condiciones Operativas, por automóvil asegurado y por año calendario (del 1 de Enero al 31 de Diciembre), los cuales no son acumulativos; lo anterior, mientras la póliza esté vigente.
En los servicios de Multiasistencia que aplican de forma gratuita al Cliente y/o en los casos en que se pague el costo de la prima de la cobertura “G” Multiasistencia Automóviles, el INS considerando factores particulares de carácter comercial o de riesgo, podrá extender los términos de la prestación de los servicios.
Asimismo, en los casos en que detecte abuso o uso irracional de éstos, si la cobertura de Multiasistencia se otorga de forma gratuita, el INS podrá suspender el disfrute de los servicios de forma temporal (un semestre) o definitiva. Para los vehículos que pagan la prima de la cobertura G “Multiasistencia Automóviles”, el INS podrá cancelar la cobertura o bien realizar un ajuste tarifario por siniestralidad.
En cuadros anexos se muestra según la clasificación y uso declarado del vehículo, los servicios aplicables a nivel nacional e internacional según corresponda; así como los límites de cobertura establecidos por cada uno de los servicios. Ver anexos:
ASISTENCIA NACIONAL PARTICULARES Y CARGA LIVIANA USO PERSONAL
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN LIMITADO | |
Vehículos de 16 a 20 años de antigüedad | ||
LIMITES DE COBERTURA | ||
N ° Eventos | Monto | |
Remolque por xxxxxx | Xxxxxx 3 eventos | $175,00 por evento |
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y reparación de Daños en Red de Proveedores. | Máximo 5 eventos | $175,00 por evento |
Cerrajería | Máximo 2 eventos | $125,00 por evento |
Envío de combustible (7.6 litros) | Máximo 2 eventos | Costo del combustible |
Cambio de llanta | Máximo 2 eventos | $100,00 por evento |
Paso de corriente | Máximo 2 eventos | $100,00 por evento |
Mini-rescate (Atoramiento de llantas) | Máximo 1 evento | $100,00 por evento |
Asesoría en la denuncia por robo total del automóvil | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Taxi por : *Robo Total del vehículo asegurado. *Inmovilización del automóvil por avería y/o accidente. | Máximo 2 eventos | $100,00 por evento |
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Referencia de Talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Asesoría e Información sobre cuestiones relativas al viaje realizado con el vehículo | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Conexión con profesionales | Sin límite eventos | Según presupuesto Cliente |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 1 evento | $100,00 por evento |
Orientación en caso de accidente de tránsito | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Vidriería | No aplica | No aplica |
Orientación Mecánica | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Servicios de traslado: residencia –aeropuerto y aeropuerto-residencia | No aplica | No aplica |
Conductor Designado | No aplica | No aplica |
Renta de vehículo sustituto | No aplica | No aplica |
Hotel por eventos de tipo natural, conflictos sociales, catástrofes naturales y/o inmovilización del automóvil. | No aplica | No aplica |
Depósito y custodia del automóvil | No aplica | No aplica |
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN | BÁSICO | ||
Vehículos de 7 a 15 años de antigüedad | ||||
LIMITES DE COBERTURA | ||||
N ° Eventos | Monto | |||
Remolque por xxxxxx | Xxxxxx 4 | eventos | $175,00 por evento | |
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y reparación de Daños en Red de Proveedores. | Máximo 5 | eventos | $175,00 por evento | |
Cerrajería | Máximo 3 eventos | $125,00 por evento | ||
Envío de combustible (7.6 litros) | Máximo 3 eventos | Costo del combustible | ||
Cambio de llanta | Máximo 3 eventos | $100,00 por evento | ||
Paso de corriente | Máximo 2 eventos | $100,00 por evento | ||
Mini-rescate (Atoramiento de llantas) | Máximo 2 eventos | $100,00 por evento | ||
Asesoría en la denuncia por robo total del automóvil | Sin límite eventos | Sin límite económico | ||
Taxi por : *Robo Total del vehículo asegurado. *Inmovilización del automóvil por avería y/o accidente. | Máximo 3 eventos | $100,00 por evento | ||
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico | ||
Referencia de Talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico | ||
Asesoría e Información sobre cuestiones relativas al viaje realizado con el vehículo | Sin límite eventos | Sin límite económico | ||
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico | ||
Conexión con profesionales | Sin límite eventos | Según presupuesto Cliente | ||
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 2 eventos | $150,00 por evento | ||
Orientación en caso de accidente de tránsito | Sin límite eventos | Sin límite económico | ||
Vidriería | No aplica | No aplica | ||
Orientación Mecánica | Sin límite eventos | Sin límite económico | ||
Servicios de traslado: residencia –aeropuerto y aeropuerto-residencia | No aplica | No aplica | ||
Conductor Designado | No aplica | No aplica | ||
Renta de vehículo sustituto | No aplica | No aplica | ||
Hotel por eventos de tipo natural, conflictos sociales, catástrofes naturales y/o inmovilización del automóvil. | No aplica | No aplica | ||
Depósito y custodia del automóvil | No aplica | No aplica |
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN PLUS | |
Vehículos de 0 a 6 años de antigüedad | ||
LIMITES DE COBERTURA | ||
N ° Eventos | Monto | |
Remolque por xxxxxx | Xxxxxx 5 eventos | $200,00 por evento |
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y reparación de Daños en Red de Proveedores. | Máximo 5 eventos | $200,00 por evento |
Cerrajería | Máximo 4 eventos | $150,00 por evento |
Envío de combustible (7.6 litros) | Máximo 4 eventos | Costo del combustible |
Cambio de llanta | Máximo 5 eventos | $125,00 por evento |
Paso de corriente | Máximo 3 eventos | $125,00 por evento |
Mini-rescate (Atoramiento de llantas) | Máximo 3 eventos | $125,00 por evento |
Asesoría en la denuncia por robo total del automóvil | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Taxi por : *Robo Total del vehículo asegurado. *Inmovilización del automóvil por avería y/o accidente. | Máximo 4 eventos | $150,00 por evento |
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Referencia de Talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Asesoría e Información sobre cuestiones relativas al viaje realizado con el vehículo | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Conexión con profesionales | Sin límite eventos | Según presupuesto Cliente |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 3 eventos | $200,00 por evento |
Orientación en caso de accidente de tránsito | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Vidriería | Máximo 2 eventos | $50,00 por evento |
Orientación Mecánica | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Servicios de traslado: residencia –aeropuerto y aeropuerto-residencia | Máximo 4 eventos | $100,00 por evento |
Conductor Designado | Máximo 3 eventos | $100,00 por evento |
Renta de vehículo sustituto | Máximo 3 eventos | $100,00 por evento |
Hotel por eventos de tipo natural, conflictos sociales, catástrofes naturales y/o inmovilización del automóvil. | Máximo 3 eventos | Hasta $100,00 por día, maximo 3 días |
Depósito y custodia del automóvil | Máximo 2 eventos | $100,00 por evento |
ASISTENCIA NACIONAL
MOTOCICLETAS, BICIMOTOS, CUADRACICLOS Y TRICICLOS USO PERSONAL
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN LIMITADO | |
Vehículos de 16 a 20 años de antigüedad | ||
LIMITES DE COBERTURA | ||
N ° Eventos | Monto | |
Remolque por avería | Máximo 2 eventos | $150,00 por evento |
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y reparación de Daños en Red de Proveedores. | Máximo 5 eventos | $150,00 por evento |
Envío de combustible (3.8 litros) | Máximo 2 eventos | Costo del combustible |
Reparación de Neumático | Máximo 1 evento | $75,00 por evento |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 1 evento | $100,00 por evento |
Taxi por : *Robo Total del vehículo asegurado. *Inmovilización del automóvil por avería y/o accidente | Máximo 1 evento | $75,00 por evento |
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Orientación en caso de accidente de tránsito | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 1 evento | $100,00 por evento |
Referencia de talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Asesoría en la denuncia por robo total del automóvil | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Montaje xx xxxxxx | Máximo 1 evento | $50,00 por evento |
Custodia de documentos | Máximo 1 evento | Hasta $75,00 de valor total de los documentos, Máximo 24 hrs. |
Depósito y custodia del automotor | Máximo 1 evento | $50,00 por evento maximo 24 hrs |
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN BASICO | |
Vehículos de 7 a 15 años de antigüedad | ||
LIMITES DE COBERTURA | ||
N ° Eventos | Monto | |
Remolque por avería | Máximo 2 eventos | $175,00 por evento |
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y reparación de Daños en Red de Proveedores. | Máximo 5 eventos | $175,00 por evento |
Envío de combustible (3.8 litros) | Máximo 3 eventos | Costo del combustible |
Reparación de Neumático | Máximo 2 eventos | $100,00 por evento |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 2 eventos | $150,00 por evento |
Taxi por : *Robo Total del vehículo asegurado. *Inmovilización del automóvil por avería y/o accidente | Máximo 2 eventos | $100,00 por evento |
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Orientación en caso de accidente de tránsito | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 2 eventos | $150,00 por evento |
Referencia de talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Asesoría en la denuncia por robo total del automóvil | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Montaje xx xxxxxx | Máximo 2 eventos | $75,00 por evento |
Custodia de documentos | Máximo 2 eventos | Hasta $100,00 de valor total de los documentos, Máximo 24 hrs. |
Depósito y custodia del automotor | Máximo 2 eventos | $50,00 por evento maximo 24 hrs |
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN PLUS | |
Vehículos de 0 a 6 años de antigüedad | ||
LIMITES DE COBERTURA | ||
N ° Eventos | Monto | |
Remolque por avería | Máximo 4 eventos | $200,00 por evento |
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y reparación de Daños en Red de Proveedores. | Máximo 5 eventos | $200,00 por evento |
Envío de combustible (3.8 litros) | Máximo 4 eventos | Costo del combustible |
Reparación de Neumático | Máximo 3 eventos | $100,00 por evento |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 3 eventos | $200,00 por evento |
Taxi por : *Robo Total del vehículo asegurado. *Inmovilización del automóvil por avería y/o accidente | Máximo 3 eventos | $150,00 por evento |
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Orientación en caso de accidente de tránsito | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 3 eventos | $200,00 por evento |
Referencia de talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Asesoría en la denuncia por robo total del automóvil | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Montaje xx xxxxxx | Máximo 3 eventos | $100,00 por evento |
Custodia de documentos | Máximo 3 eventos | Hasta $150,00 de valor total de los documentos, Máximo 24 hrs. |
Depósito y custodia del automotor | Máximo 3 eventos | $75,00 por evento maximo 24 hrs |
ASISTENCIA INTERNACIONAL PARTICULARES Y CARGA LIVIANA USO PERSONAL
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN PLUS - PLAN BÁSICO | |
Limite de Cobertura | ||
N ° Eventos | Monto | |
Hotel u Hospedaje por inmovilización del vehículo asegurado (Únicamente en Centroamérica y Panamá) | Máximo 2 eventos | Hasta $100,00 por día, Máximo 3 días naturales |
Renta de vehículo sustituto (Únicamente en Centroamérica y Panamá) | Máximo 2 eventos | $50,00 diarios, Maximo 2 días naturales |
Depósito y/o custodia del automóvil | Máximo 2 eventos | $100,00 por evento |
Interrupción de viaje por agonía y/o fallecimiento de un familiar o siniestro en casa de habitación del asegurado | Máximo 3 eventos | costo del cambio de tiquete |
Asistencia y traslado por robo de documentos | Máximo 3 eventos | $100,00 por evento |
Extravío de equipaje | Máximo 3 eventos | $500,00 por evento |
Información previa a un viaje | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Hotel para una persona por enfermedad del asegurado | Máximo 2 eventos | Hasta $150,00 por día, Máximo 5 días |
Retorno de menores | Máximo 2 eventos | costo del cambio de tiquete |
ASISTENCIA NACIONAL PARTICULARES Y CARGA LIVIANA USO COMERCIAL
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN LIMITADO | |
Vehículos 16 a 20 años antigüedad | ||
LIMITES DE COBERTURA | ||
N ° Eventos | Monto | |
Remolque por avería | Máximo 2 eventos | $150,00 por evento |
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y reparación de Daños en Red de Proveedores | Máximo 5 eventos | $150,00 por evento |
Cerrajería | Máximo 2 eventos | $105,00 por evento |
Envío de combustible (7.6 litros) | Máximo 2 eventos | Costo del combustible |
Cambio de llanta | Máximo 2 eventos | $75,00 por evento |
Paso de corriente | Máximo 2 eventos | $75,00 por evento |
Mini-rescate (Atoramiento de llantas) | Máximo 1 evento | $75,00 por evento |
Taxi por : *Robo Total del vehículo asegurado. *Inmovilización del automóvil por avería y/o accidente | Máximo 2 eventos | $75,00 por evento |
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Referencia de Talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Asesoría e Información sobre cuestiones relativas al viaje realizado con el vehículo | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Conexión con profesionales | Sin límite eventos | Según presupuesto Cliente |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 1 evento | $100,00 por evento |
Orientación en caso de accidente de tránsito | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Hotel por eventos de tipo natural, conflictos sociales o catástrofes naturales y/o por inmovilización del automóvil. | No aplica | No aplica |
Depósito y custodia del automóvil | Máximo 1 evento | $50,00 por evento maximo 24 hrs |
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN BASICO | |
Vehículos 0 a 15 años antigüedad | ||
LIMITES DE COBERTURA | ||
N ° Eventos | Monto | |
Remolque por avería | Máximo 3 eventos | $175,00 por evento |
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y reparación de Daños en Red de Proveedores | Máximo 5 eventos | $175,00 por evento |
Cerrajería | Máximo 3 eventos | $125,00 por evento |
Envío de combustible (7.6 litros) | Máximo 3 eventos | Costo del combustible |
Cambio de llanta | Máximo 3 eventos | $100,00 por evento |
Paso de corriente | Máximo 3 eventos | $100,00 por evento |
Mini-rescate (Atoramiento de llantas) | Máximo 2 eventos | $100,00 por evento |
Taxi por : *Robo Total del vehículo asegurado. *Inmovilización del automóvil por avería y/o accidente | Máximo 3 eventos | $100,00 por evento |
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Referencia de Talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Asesoría e Información sobre cuestiones relativas al viaje realizado con el vehículo | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Conexión con profesionales | Sin límite eventos | Según presupuesto Cliente |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 2 eventos | $150,00 por evento |
Orientación en caso de accidente de tránsito | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Hotel por eventos de tipo natural, conflictos sociales o catástrofes naturales y/o por inmovilización del automóvil. | Máximo 2 eventos | Hasta $100,00 por día, maximo 3 días |
Depósito y custodia del automóvil | Máximo 2 eventos | $50,00 por evento maximo 24 hrs |
ASISTENCIA NACIONAL
MOTOCICLETAS, BICIMOTOS, CUADRACICLOS Y TRICICLOS USO COMERCIAL
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN LIMITADO | ||||||
Vehículos de 16 a 20 años de antigüedad | |||||||
LIMITES DE COBERTURA | |||||||
N ° Eventos | Monto | ||||||
Remolque por avería | Máximo 2 eventos | $150,00 por evento | |||||
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y reparación de Daños en Red de Proveedores. | Máximo 5 eventos | $150,00 por evento | |||||
Envío de combustible (3.8 litros) | Máximo 2 eventos | Costo del combustible | |||||
Reparación de Neumático | Máximo 2 eventos | $75,00 por evento | |||||
Taxi por : *Robo Total del vehículo asegurado. *Inmovilización del automóvil por avería y/o accidente | Máximo 2 eventos | $75,00 por evento | |||||
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico | |||||
Orientación tránsito | en | caso | de | accidente | de | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 1 evento | $100,00 por evento | |||||
Referencia de talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico | |||||
Asesoría en la denuncia por robo total del automóvil | Sin límite eventos | Sin límite económico | |||||
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico | |||||
Montaje xx xxxxxx | Máximo 1 evento | $75,00 por evento | |||||
Custodia de documentos | Máximo 1 evento | Hasta $200 de valor total de los documentos, Máximo 24 hrs. | |||||
Depósito y custodia del automotor | Máximo 1 evento | $50,00 por evento maximo 24 hrs |
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN BASICO | ||||||
Vehículos de 0 a 15 años de antigüedad | |||||||
LIMITES DE COBERTURA | |||||||
N ° Eventos | Monto | ||||||
Remolque por avería | Máximo 3 eventos | $175,00 por evento | |||||
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y reparación de Daños en Red de Proveedores. | Máximo 5 eventos | $175,00 por evento | |||||
Envío de combustible (3.8 litros) | Máximo 3 eventos | Costo del combustible | |||||
Reparación de Neumático | Máximo 3 eventos | $100,00 por evento | |||||
Taxi por : *Robo Total del vehículo asegurado. *Inmovilización del automóvil por avería y/o accidente | Máximo 3 eventos | $100,00 por evento | |||||
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico | |||||
Orientación tránsito | en | caso | de | accidente | de | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 2 eventos | $150,00 por evento | |||||
Referencia de talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico | |||||
Asesoría en la denuncia por robo total del automóvil | Sin límite eventos | Sin límite económico | |||||
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico | |||||
Montaje xx xxxxxx | Máximo 2 eventos | $100,00 por evento | |||||
Custodia de documentos | Máximo 2 eventos | Hasta $200 de valor total de los documentos, Máximo 24 hrs. | |||||
Depósito y custodia del automotor | Máximo 2 eventos | $50,00 por evento maximo 24 hrs |
ASISTENCIA NACIONAL AUTOBUSES, CAMIONES Y CABEZALES
USO COMERCIAL
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN LIMITADO | |
LIMITES DE COBERTURA | ||
Vehículos de 16 a 20 años de antigüedad | ||
N ° Eventos | Monto | |
Remolque por avería | Máximo 2 eventos | $150,00 por evento |
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y Reparación de Daños en Red de Proveedores. | Máximo 5 eventos | $150,00 por evento |
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Orientación en caso de accidente de tránsito | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 1 evento | $100,00 por evento |
Referencia de Talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Conexión con profesionales | Sin límite eventos | Según presupuesto Cliente |
Asesoría en la denuncia por robo total del automóvil | Sin límite eventos | Sin límite económico |
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN BASICO | |
LIMITES DE COBERTURA | ||
Vehículos de 0 a 15 años de antigüedad | ||
N ° Eventos | Monto | |
Remolque por avería | Máximo 3 eventos | $200,00 por evento |
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y Reparación de Daños en Red de Proveedores. | Máximo 5 eventos | $200,00 por evento |
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Orientación en caso de accidente de tránsito | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 2 eventos | $150,00 por evento |
Referencia de Talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Conexión con profesionales | Sin límite eventos | Según presupuesto Cliente |
Asesoría en la denuncia por robo total del automóvil | Sin límite eventos | Sin límite económico |
ASISTENCIA NACIONAL TAXIS Y PORTEADORES USO COMERCIAL
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN LIMITADO | |
LIMITES DE COBERTURA | ||
Vehículos de 16 a 20 años de antigüedad | ||
N ° Eventos | Monto | |
Remolque por avería | Máximo 2 eventos | $150,00 por evento |
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y Reparación de Daños en Red de Proveedores. | Máximo 5 eventos | $150,00 por evento |
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Orientación en caso de accidente de tránsito | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 1 evento | $100,00 por evento |
Referencia de Talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Conexión con profesionales | Sin límite eventos | Según presupuesto Cliente |
Asesoría en la denuncia por robo total del automóvil | Sin límite eventos | Sin límite económico |
SERVICIO DE ASISTENCIA | PLAN BASICO | |
LIMITES DE COBERTURA | ||
Vehículos de 0 a 15 años de antigüedad | ||
N ° Eventos | Monto | |
Remolque por avería | Máximo 3 eventos | $175,00 por evento |
Remolque por : *Accidente *Traslado para Valoración y Reparación de Daños en Red de Proveedores. | Máximo 5 eventos | $175,00 por evento |
Orientación Médica Telefónica | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Orientación en caso de accidente de tránsito | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Traslado en ambulancia por accidente de tránsito | Máximo 2 eventos | $150,00 por evento |
Referencia de Talleres | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Transmisión de mensajes urgentes | Sin límite eventos | Sin límite económico |
Conexión con profesionales | Sin límite eventos | Según presupuesto Cliente |
Asesoría en la denuncia por robo total del automóvil | Sin límite eventos | Sin límite económico |
ARTÍCULO 7. DESCRIPCIÓN DE SERVICIOS
A continuación, se presenta la descripción de cada uno de los servicios que contempla la cobertura “G” Multiasistencia Automóviles, aplicables según el uso del vehículo y los parámetros de suscripción definidos en el Artículo No. 5 “PARÁMETROS DE SUSCRIPCIÓN Y/O DISFRUTE DE LA COBERTURA “G”
MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES” de las presentes Condiciones Operativas.
Los límites de cobertura se encuentran establecidos en el Artículo No. 6 “Ámbito de Cobertura”. PROGRAMA DE SERVICIOS MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES A NIVEL NACIONAL
1. Servicios de Remolque
1.1 Por avería:
En caso de que el vehículo asegurado pierda la circulación autónoma por avería, se coordinará el servicio de remolque tipo plataforma hasta el lugar donde elija el Asegurado, ya sea el taller de reparación o su casa de habitación; éstos destinos deben estar ubicados en un radio máximo de 40 kilómetros del sitio donde ocurrió la avería, en caso de superarse el kilometraje antes señalado, el Asegurado podrá pagar la diferencia del costo del servicio de remolque directamente al proveedor del servicio.
En caso de que el servicio no se pueda brindar mediante remolque tipo plataforma, se procederá a brindarlo mediante un remolque tipo grúa de gancho, siempre y cuando exista la anuencia del Asegurado al momento de la prestación del servicio. En caso que el Asegurado no esté de acuerdo se deberá proceder con lo estipulado en el Artículo N° 3 “Solicitud de Servicio Asistencial”.
1.2 Por accidente:
En caso de que el vehículo asegurado pierda la circulación autónoma por accidente, se coordinará el servicio de remolque tipo plataforma hasta el lugar donde el Asegurado indique, ya sea el taller de reparación elegido o su casa de habitación, considerando el límite de cobertura establecido.
En caso de que el servicio no se pueda brindar mediante remolque tipo plataforma, se procederá a brindarlo mediante un remolque tipo grúa de gancho, siempre y cuando exista la anuencia del Asegurado al momento de la prestación del servicio. En caso que el Asegurado no esté de acuerdo se deberá proceder con lo estipulado en el Artículo N° 3 “Solicitud de Servicio Asistencial”.
1.3 Por traslado para la valoración de automotores a los talleres de la Red de Valoración y Reparación de Daños de Vehículos con Supervisión y Ajuste Remoto o Centros de Valoración del INS:
Este servicio únicamente será aplicable para los Asegurados que tienen suscritas todas las coberturas de Responsabilidad Civil y alguna de las coberturas de Daños Materiales según el producto adquirido de la Línea de Automóviles Voluntario.
Se gestionará el servicio de remolque tipo plataforma a los centros de valoración de daños de automóviles, sean estos del INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS o bien la Red de talleres de valoración y reparación de daños con supervisión remota. Este servicio puede solicitarlo el Asegurado o el Representante del Taller donde valoran y reparan el vehículo del Asegurado con la autorización de éste, considerando el límite de cobertura establecido.
En caso de que el servicio no se pueda brindar mediante remolque tipo plataforma, se procederá a brindarlo mediante un remolque tipo grúa de gancho, siempre y cuando exista la anuencia del Asegurado al momento de la prestación del servicio. En caso que el Asegurado no esté de acuerdo se deberá proceder con lo estipulado en el Artículo N° 3 “Solicitud de Servicio Asistencial”.
2. Auxilio Vial
2.1 Cerrajería:
En caso que el vehículo se encuentre cerrado con las llaves dentro del automotor, por extravío, robo u olvido de las mismas en un lugar diferente de donde se encuentre el vehículo; se coordinará el envío de un cerrajero para su apertura. En caso de extravío y/o robo de las llaves del vehículo asegurado, se cubrirá dentro del límite de cobertura establecida el costo de la apertura del vehículo y la confección de la llave, si el tipo de vehículo no cuenta con un sistema de seguridad que evite la duplicación de la llave en el lugar.
Los vehículos cuyas llaves cuenten con dispositivos de seguridad que dificulten la apertura normal del vehículo, así como los automóviles que tengan una cerradura especial y cuya apertura genere la pérdida de la garantía, no se podrá efectuar la apertura del vehículo o la confección de la llave.
La apertura de llavines, aplica únicamente para las puertas laterales del vehículo ó cajuela.
Previo a recibir el servicio el solicitante deberá presentar la identificación que lo acredite como asegurado. Este servicio aplica únicamente para el asegurado a nombre de quien se expide la póliza.
2.2 Envío y abasto de combustible:
En caso de que el vehículo asegurado pierda la capacidad autónoma de circulación por falta de combustible, a solicitud del Asegurado, se coordinará el envío de combustible y tendrá derecho a dos galones (7.6 litros) en caso de automóviles y cuando se trate de motocicleta, bicimotos o cuadraciclos tendrá derecho a un galón (3.8 litros) de manera gratuita por cada evento acorde a los límites establecidos en el Artículo N°6 “Ámbito de Cobertura”.
2.3 Cambio de llantas:
En caso de que el vehículo asegurado pierda la capacidad autónoma de circulación por pinchadura de alguna de sus llantas, se coordinará el servicio de cambio de la llanta dañada, por la de repuesto.
En aquellos casos donde el repuesto no esté disponible o se pinchó más de una llanta, se coordinará el traslado de la llanta dañada, al centro de servicio de taller más cercano al lugar de la ocurrencia del evento dentro de un radio máximo de 40 kilómetros para gestionar su reparación, sin costo alguno para el Asegurado. No obstante en caso de que el lugar para la reparación de la llanta se encuentre fuera del radio antes indicado, se brindará el servicio siempre y cuando el Asegurado consienta pagar los costos adicionales necesarios del traslado o desplazamiento al lugar y reparación de la llanta directamente al proveedor del servicio.
De igual manera, a solicitud del Asegurado, se podrá gestionar el envío de un neumático nuevo; el costo del neumático será asumido por el Asegurado, en el mismo momento de la entrega del servicio, se deberá indicar antes de la coordinación, las características del neumático y el medio de pago del mismo. Este servicio estará limitado en horario y zona geográfica, lo cual se le indicará en el momento en que solicite el servicio.
En el caso particular de que la llanta cuente con características o condiciones especiales el Asegurado deberá indicar dicha condición al operador del servicio de asistencia para su consideración o en caso que no se pueda reparar la misma en el momento de la solicitud, se ofrecerá la coordinación de un servicio de remolque tipo plataforma hasta el lugar donde el Asegurado indique, ya sea el taller de reparación elegido o su casa de habitación.
En caso de que el servicio no se pueda brindar mediante remolque tipo plataforma, se procederá a brindarlo mediante un remolque tipo grúa de gancho, siempre y cuando exista la anuencia del Asegurado al momento de la prestación del servicio. En caso que el Asegurado no esté de acuerdo se deberá proceder con lo estipulado en el Artículo N° 3 “Solicitud de Servicio Asistencial”.
Se contabilizará cada servicio de manera individual.
2.4 Reparación de neumático (Aplica para motocicletas, bicimotos y cuadraciclos):
En caso de que la motocicleta, bicimoto, cuadriciclo y/o triciclo asegurado pierda la capacidad autónoma de circulación por pinchadura de alguna de sus llantas, se coordinará el traslado de la llanta dañada, por la de repuesto.
En aquellos casos donde el repuesto no esté disponible o se pinchó más de una llanta, se coordinará el traslado de la llanta dañada, al centro de servicio de taller más cercano al lugar de la ocurrencia del evento dentro de un radio máximo de 40 kilómetros para gestionar su reparación, sin costo alguno para el Asegurado. No obstante en caso de que el lugar para la reparación de la llanta se encuentre fuera del radio antes indicado, se brindará el servicio siempre y cuando el Asegurado consienta pagar los costos adicionales necesarios del traslado o desplazamiento al lugar y reparación de la llanta directamente al proveedor del servicio.
De igual manera, a solicitud del Asegurado, se podrá gestionar el envío de un neumático nuevo; el costo del neumático será asumido por el Asegurado cuando éste consienta pagarlo, en el mismo momento de su entrega, indicando de previo al envío las características del neumático.
Este servicio estará limitado en horario y zona geográfica, lo cual se le recordará al Asegurado en el momento en que solicite el servicio.
En el caso particular de que la llanta cuente con características o condiciones especiales el Asegurado deberá indicar dicha condición al operador del servicio de asistencia para su consideración o en caso que no se pueda reparar la misma en el momento de la solicitud, se ofrecerá la coordinación de un servicio de remolque tipo plataforma hasta el lugar donde el Asegurado indique, ya sea el taller de reparación elegido o su casa de habitación, éstos destinos deben estar ubicados en un radio máximo de 40 kilómetros, en caso de superarse el kilometraje antes señalado, el Asegurado podrá pagar la diferencia del costo del remolque directamente al proveedor del servicio.
Se contabilizará cada servicio de manera individual.
2.5 Montaje xx xxxxxx (Aplica para motocicletas y bicimotos):
En caso de que la motocicleta y/o bicimoto asegurada pierdan la capacidad autónoma de circulación por el desmonte de la cadena (no aplica ruptura), se coordinará el envío de un prestador de servicios para el montaje de la misma.
Este servicio estará limitado en horario y zona geográfica, lo cual se le recordará al Asegurado en el momento en que solicite el servicio.
Se contabilizará cada servicio de manera individual.
2.6 Paso de corriente:
En caso de que el vehículo asegurado pierda la circulación autónoma por descarga de la batería (acumulador), se coordinará el servicio de paso de corriente, siempre que el vehículo lo permita, a fin de que este recupere su movilidad.
El Asegurado deberá indicar si el vehículo cuenta con condiciones particulares o especiales para que se realice el paso de corriente y se valore el envío de equipo especial (jumper ó tungar) para brindar dicho servicio, con el fin de evitar daños al automotor.
2.7 Mini rescate:
En caso de que al automóvil del Asegurado se le atore una de sus llantas, en cunetas, alcantarillas o similares, se coordinará el envío de un proveedor para posicionar el vehículo nuevamente en la vía pública y/o privada, siempre y cuando no amerite un equipo especializado.
2.8 Desplazamiento en taxi:
2.8.1 A causa de robo total del vehículo:
En caso de que al Asegurado le sea robado su vehículo, podrá solicitar inmediatamente conocida tal situación, un taxi para que lo traslade a interponer la denuncia en la Delegación del Organismo de Investigación Judicial (O.I.J.) más cercana al lugar de ocurrencia del evento. De igual manera, luego de interponer la denuncia, el Asegurado tendrá derecho a gestionar un taxi de regreso a su casa de habitación, lugar de hospedaje y/o lugar de trabajo del Asegurado, éstos destinos deben estar ubicados en un radio máximo de 40 kilómetros, en caso de superarse el kilometraje antes señalado y el monto del límite de cobertura establecido en el artículo No.6 “Ámbito de Cobertura” de éstas Condiciones Operativas, el Asegurado asumirá el pago de la diferencia del costo del Taxi directamente al proveedor del servicio.
Se le recuerda al Asegurado, en caso de poseer suscrita la cobertura de Robo y/o Hurto, de igual manera interponer el Aviso de Accidente al INS, al número 000-000-0000.
No se permitirá bajo ninguna circunstancia que el Asegurado solicite el cambio xx xxxx, parada o desviación del taxi. Con el Asegurado podrán viajar en el vehículo, tantas personas según lo establezca la capacidad autorizada del taxi en su tarjeta de circulación.
2.8.2 Por inmovilización del automóvil por avería y/o accidente:
En caso de que el vehículo asegurado, sufra una avería y/o accidente automovilístico, el Conductor Xxxxxxxxx podrá solicitar un taxi, para que lo traslade ya sea de vuelta a su casa de habitación, Centro de trabajo, Centro Hospitalario más cercano al lugar de ocurrencia del evento o bien al lugar de destino indicado previamente por el Asegurado.
Éstos destinos deben estar ubicados en un radio máximo de 40 kilómetros, en caso de superarse el kilometraje antes señalado y el monto del límite de cobertura establecido en el Artículo No.6 “Ámbito de
Cobertura” de ésta condiciones, el Asegurado asumirá el pago de la diferencia del costo del Taxi directamente al proveedor del servicio.
No se permitirá bajo ninguna circunstancia que el Asegurado solicite el cambio xx xxxx, parada o desviación del taxi y con el Asegurado podrán viajar en el automóvil, tantas personas según lo establezca la capacidad autorizada del taxi en su tarjeta de circulación.
3. Orientación médica telefónica:
En caso de accidente de tránsito o enfermedad del Asegurado, se le proporcionará vía telefónica al Asegurado información general sobre los centros hospitalarios más cercanos dentro de la República xx Xxxxx Rica. Los gastos derivados por la atención médica serán cubiertos por cuenta y riesgo del Asegurado.
4. Referencia de talleres:
Se facilitará información al Asegurado sobre talleres de reparación de vehículos de la localidad, así como sus características en cuanto a su ubicación y especialidad.
Adicionalmente se brindará información relativa a la ubicación geográfica, teléfono, correo electrónico de los Talleres de Enderezado y Pintura que conforman la Red de Servicios Auxiliares de Valoración y reparación de daños.
5. Servicio de asesoría e información sobre cuestiones relativas al viaje realizado con el vehículo:
Se facilitará información al Asegurado sobre trámites legales y administrativos a seguir ante pérdida o robo de documentos, informaciones sobre eventos culturales, floristerías, restaurantes en otras localidades, estado de las carreteras y otras informaciones previas al inicio del viaje.
6. Transmisión de mensajes urgentes:
El Asegurado podrá solicitar el envío de mensajes urgentes a través de medios electrónicos al destinatario que él designe, con el fin de comunicar algún acontecimiento o situación de emergencia o urgencia.
7. Traslado en ambulancia en caso de accidente de tránsito:
En caso que el Asegurado sufra un evento siniestral que le provoque lesiones o traumatismos tales que requieran su traslado a un hospital, se gestionará y cubrirá el costo del traslado en ambulancia terrestre, siempre y cuando exista la infraestructura privada que lo permita. En caso de no existir, se coordinará el traslado por medio de los servicios médicos públicos de la localidad.
8. Conexión con profesionales:
En caso que el Asegurado solicite servicios de asistencia y no tenga el derecho del mismo y/o se encuentren agotados, se le gestionará el mismo por conexión. El Asegurado deberá pagar los servicios coordinados directamente al proveedor que brinde los mismos.
9. Renta de vehículo sustituto:
Este servicio se otorgará al vehículo asegurado cuando ocurra un evento siniestral amparado producto de
la materialización de alguno de los riesgos de daños materiales contratados en los seguros de la Línea de Automóviles Voluntario.
Este servicio aplica únicamente para vehículos cuya antigüedad máxima sea de 6 años y sean de uso personal o personal-comercial.
Al Asegurado se le cubrirán los gastos incurridos por la renta de un vehículo sustituto por dos días hábiles, de características similares al vehículo asegurado (sedán o todo terreno) por motivo de la reparación del automóvil asegurado, según límites establecidos en el artículo No. 6 “Ámbito de Cobertura”.
Este servicio aplica previa autorización del Instituto, siempre y cuando exista en un radio de 50 kilómetros de la zona reportada por el Asegurado de la inmovilización del automóvil.
10. Hotel u Hospedaje:
10.1 Si a consecuencia de la ocurrencia de eventos de tipo catastróficos o estados de emergencia declarados por las autoridades competentes a nivel nacional; no se permite el libre tránsito en la carretera, ocasionando que el Asegurado no pueda regresar a su residencia permanente en el vehículo asegurado, se reembolsará al Asegurado su estancia en un hotel u hospedaje; hasta un máximo de tres días naturales, el costo máximo de la estancia será el establecido en el ámbito de cobertura. Se cubre únicamente cargos de hospedaje, no se cubrirán cargos adicionales como: consumo de alimentos, bebidas, llamadas telefónicas y cualquier otro gasto diferente al de hospedaje. Este servicio será aplicado siempre y cuando el Asegurado no se encuentre hospedado en el hotel o estancia que tenía como destino final de su viaje, a menos que haya realizado el check out (salida).
10.2. En caso de que el Asegurado demuestre reservaciones ó estadía para un disfrute vacacional, y durante el viaje de ida a dicho destino el vehículo asegurado sufra una inmovilización por avería a más de
75 kilómetros de su residencia habitual y requiera necesariamente reparación por técnicos o profesionales de un taller y ésta no se pueda reparar en el mismo día de la inmovilización según el criterio del técnico o profesional del Taller ó requiera más de 12 horas, se gestionará la estancia en una habitación doble en un hotel por 1 día natural, considerando como costo máximo el establecido en el ámbito de cobertura, previa comunicación del evento por parte del Asegurado para que el INS lo autorice.
La estancia donde se hospedará el Asegurado se encontrará en el mismo radio de ubicación del Taller.
Lo anterior, siempre y cuando el Asegurado repare el automóvil en un taller que se encuentre ubicado dentro de un radio máximo de 40 kilómetros del lugar donde sufrió la avería.
El Asegurado debe presentar la factura de la reparación del vehículo y el diagnóstico de la avería para la autorización de la noche de hospedaje.
En estos casos se cubre únicamente cargos de hospedaje, no se cubrirán cargos adicionales como: consumo de alimentos, bebidas, llamadas telefónicas y cualquier otro gasto diferente al de hospedaje.
Este servicio no aplica si la avería ocurre cuando el Asegurado se encuentra a 50 kilómetros de distancia del hotel o estancia donde tiene reservaciones para hospedarse o del lugar de estadía para el disfrute vacacional.
11. Depósito y custodia del automóvil:
En caso de accidente automovilístico y/o avería del automóvil y sea necesario su resguardo, se coordinará
el servicio por el depósito y/o custodia del automóvil, previa comunicación del evento al INS, el costo del servicio de depósito o custodia será el límite establecido en el ámbito de cobertura.
Este servicio no incluye ni cubre los costos por el depósito y/o custodia del vehículo asegurado en los predios de la Policía, Tránsito, Juzgado, Depósito Judicial cuando el automotor sea confiscado y/o decomisado.
12. Asesoría en la denuncia de robo total del vehículo:
En caso de robo total del vehículo asegurado, se proporcionará orientación jurídica telefónica, así como toda la información necesaria sobre el procedimiento de denuncia ante las autoridades correspondientes. No se realizarán trámites ni gestiones en nombre del Asegurado.
13. Orientación en caso de accidente de tránsito:
En caso de accidente de tránsito del vehículo asegurado, a través de los inspectores de accidentes del INS se proporcionará orientación y la información necesaria sobre el procedimiento de denuncia ante las autoridades competentes, en caso de que el cliente lo solicite.
14. Vidriería:
Se enviará un profesional para instalar el vidrio de tipo genérico (no el original de fábrica) de la ventana de las puertas laterales del vehículo asegurado que hayan resultado dañadas producto de la ocurrencia de un acto vandálico, intento de robo y/o hurto, un evento fortuito y accidental.
Este servicio se otorgará únicamente a los vehículos de uso personal o personal-comercial cuya antigüedad no exceda los seis años de fabricación.
15. Servicios de traslados: residencia-aeropuerto y aeropuerto-residencia:
En caso de viaje al exterior del Asegurado a nombre de quien se expidió la póliza, y ante su solicitud con un mínimo de 24 horas de antelación al viaje, se coordinará el envió de un taxi para el traslado, desde su lugar de residencia hasta el aeropuerto y en su llegada, desde el aeropuerto hasta su lugar de residencia, sin paradas o desvío xx xxxx alguna en el trayecto, con el Asegurado podrán viajar en el taxi, tantas personas como su capacidad permitida lo autorice.
El destino (lugar de residencia – aeropuerto) debe estar ubicado en un radio máximo de 40 kilómetros, en caso de superarse el kilometraje antes señalado y el monto del límite de cobertura establecido en el Artículo No.6 “Ámbito de Cobertura” de éstas condiciones, el Asegurado asumirá el pago de la diferencia del costo del Taxi directamente al proveedor del servicio.
El servicio de taxi se brindará con el tiempo prudencial del caso, según hora de partida del vuelo y duración aproximada del traslado (taxi) de acuerdo con la solicitud del Asegurado. Se requiere para la coordinación del taxi que se indique:
Día y hora de partida y llegada.
Números de vuelo y aerolínea.
Presentar o remitir electrónicamente copia del tiquete aéreo.
Este servicio opera únicamente dentro del Gran Área Metropolitana para vehículos de uso personal tipo: sedán, coupé, station wagon, rural y carga liviana.
En las zonas rurales se coordinará el envío de un taxi, considerando que el destino (lugar de residencia – aeropuerto) debe estar ubicado en un radio máximo de 40 kilómetros del aeropuerto internacional. En caso de superarse el kilometraje antes señalado y el monto del límite de cobertura establecido en el Artículo No.6 “Ámbito de Cobertura” de éstas condiciones, se podrá coordinar el envío del taxi, sin embargo el Asegurado asumirá el pago de la diferencia del costo del Taxi directamente al proveedor del servicio.
Este servicio solo opera para vuelos internacionales y se podrá coordinar el envío del Taxi, siempre y cuando el Asegurado a nombre de quien se expidió la póliza sea quien viaje al exterior.
Cada traslado, residencia - aeropuerto y aeropuerto -residencia, se contabilizará como un evento por aparte.
16. Conductor designado:
Cuando el Asegurado lo solicite, se coordinará el envío de un conductor designado, con la finalidad de que conduzca el automóvil Asegurado, desde el lugar previamente indicado por el asegurado, hasta el lugar de residencia habitual del Asegurado.
Este servicio, deberá ser coordinado por el Asegurado, con un mínimo de 4 horas de antelación y se deberá definir con exactitud, la hora y el lugar donde será recogido por el Conductor Designado, así como indicar la dirección exacta de la residencia del Asegurado para realizar el traslado en el vehículo asegurado.
No se permitirá bajo ninguna circunstancia el cambio xx xxxx, parada o desviación alguna y con el Asegurado podrán viajar en el automóvil, tantas personas como su capacidad permitida lo autorice considerando el espacio del conductor designado.
El conductor designado esperará en el lugar acordado un máximo de 15 minutos; transcurrido este tiempo sin la presentación del Asegurado, el conductor designado se retirará del lugar sin responsabilidad alguna, contabilizándose siempre el servicio como un evento otorgado.
Si el Asegurado presenta algún comportamiento no óptimo en contra del conductor designado, éste podrá cancelar el servicio en el momento que así lo tenga oportuno, sin responsabilidad alguna y de igual manera, el servicio será contabilizado como un evento otorgado.
17. Custodia de documentos (aplica únicamente para motocicletas):
Se enviará un mensajero para la custodia de documentos en caso que el Asegurado sufra un accidente y necesite el resguardo de los mismos. Este servicio no aplica para valores.
Deberá existir una autorización previa del Asegurado, para brindar dicho servicio y se levantará un inventario de los documentos que se custodien.
PROGRAMA DE SERVICIOS MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES A NIVEL INTERNACIONAL
Los servicios serán proporcionados en todo el mundo exceptuando la República xx Xxxxx Rica, en viajes que no excedan los sesenta días naturales y no resulte necesario que el Asegurado viaje con el vehículo.
Los servicios de esta asistencia serán otorgados al Asegurado a nombre de quien se expidió la póliza, sus parientes hasta primer grado de consanguinidad y cónyuge siempre y cuando lo acompañen en el viaje.
Los hijos deberán ser menores de 26 años, ó hijos que superen la edad antes indicada pero que al momento de solicitar la asistencia, no puedan valerse por sus propios medios debido a una discapacidad física y/o mental, siempre que estén viajando junto con el Asegurado al momento de solicitar el servicio de asistencia en el extranjero.
Los servicios de esta asistencia se gestionarán por la vía de reembolso, se debe presentar copia del pasaporte con los registros (sellos) de salida y entrada al País, las facturas originales, y demás documentación que demuestre la ocurrencia del evento que dio origen a la prestación de la asistencia internacional, además se debe haber realizado la llamada solicitando la autorización del INS para la prestación de los servicios que se citan a continuación, en caso de que no se pudiera realizar la llamada por causa de fuerza mayor, el Asegurado deberá en los primeros 5 días hábiles de haber ingresado al País presentar la denuncia del evento ante cualquier Sede del INS, adjuntando la documentación antes indicada:
1. Hotel para una persona por enfermedad del Asegurado:
En caso de que al Asegurado se le brinde hospitalización (servicio de asistencia médica en el extranjero por accidente o enfermedad), y esta fuese superior a cinco días naturales y el Asegurado viajara sin acompañante, se reembolsarán los gastos de hospedaje de una persona designada por éste para que le acompañe durante el periodo de hospitalización, lo anterior, según los límites establecidos en el Artículo No. 6 “Ámbito de Cobertura” para dicho servicio.
2. Interrupción de viaje:
2.1 Por agonía y/o fallecimiento de un familiar:
En caso de que el Asegurado se encuentre fuera de Costa Rica y ocurra el fallecimiento de su cónyuge o de un familiar hasta tercer grado de consanguinidad, se rembolsará el costo del cambio de tiquete para el regreso anticipado x Xxxxx Rica, del Asegurado, su cónyuge y/o hijos según lo indicado en el Artículo No. 2 “Asegurado” Inciso C de éstas Condiciones Operativas, por avión de línea regular (clase económica), siempre que el Asegurado no pueda utilizar su boleto original para el regreso.
2.2 Por siniestro en casa de habitación del Asegurado:
Se reembolsará el costo del cambio de tiquete de línea regular (en clase económica) para el regreso del Asegurado por interrupción del viaje debido a un siniestro en su casa de habitación (robo, incendio, caída de aeronaves o partes, convulsiones de la naturaleza), siempre y cuando el Asegurado no pueda utilizar su boleto original para el regreso.
Este servicio se gestionará por la vía de reembolso, posterior a la llamada solicitando la autorización del servicio.
3. Asistencia y traslado por robo de documentos:
En el caso de que al arribar al país de destino, el Asegurado sufra el robo o extravío del equipaje de mano, se reintegrarán las sumas indicadas en los límites establecidos en el articulo No. 6 “Ámbito de Cobertura” para gestionar la reposición de los mismos, así como el costo incurrido por servicio de taxi
para su traslado del aeropuerto o lugar donde haya ocurrido el robo o extravío hasta el sitio del hospedaje, siempre y cuando éste no supere los 50 kilómetros.
4. Extravío de equipaje:
En caso de que el Asegurado sufra robo o extravío del equipaje o efectos personales, se reintegrará el límite establecido en el Artículo No. 6 “Ámbito de Cobertura”, si los objetos fuesen recuperados, solo se reembolsará la parte proporcional de los costos incurridos por el Asegurado en la recuperación de los mismos.
5. Información previa a un viaje:
Se proporcionará, a solicitud del Asegurado, la siguiente información:
5.1 Requerimiento de vacunas y visas de países extranjeros, de acuerdo a los requisitos especificados en la edición más actualizada del X.X.X. (Travel Information Manual), publicación conjunta de catorce aerolíneas miembros de I.A.T.A. (Internacional Air Transport Association).
5.2 Direcciones y números de teléfonos de las Embajadas y Consulados costarricenses en todo el mundo, cuando y donde estén disponibles.
6. Transmisión de mensajes urgentes:
El Asegurado podrá solicitar el envío de mensajes urgentes a través de medios electrónicos al destinatario que el designe, con el fin de comunicar algún acontecimiento o situación de emergencia o urgencia.
7. Retorno de menores:
De presentarse una asistencia en el extranjero y se requiera el retorno de hijos del Asegurado, menores de dieciocho años o que superen la edad antes indicada pero que al momento de solicitar la asistencia, no puedan valerse por sus propios medios debido a una discapacidad física y/o mental, se reintegrará el costo del cambio de tiquete por avión de línea regular (clase económica), siempre que no se pueda utilizar el boleto original para el regreso para el retorno del menor x Xxxxx Rica. Además se reintegrará el costo de un servicio de taxi dentro del Gran Área Metropolitana para el traslado del menor a su residencia. Dicho destino debe estar ubicado en un radio máximo de 40 kilómetros, en caso de superarse el kilometraje antes señalado y el monto del límite de la cobertura establecido en el Artículo No. 6 “Ámbito de Cobertura” de estas condiciones, el Asegurado asumirá el pago de la diferencia del costo del servicio directamente al proveedor del mismo.
Si fuese necesario enviar a un familiar que se hago cargo del menor se pagará un pasaje en clase económica, más los gastos que genere dicho regreso, para el retorno del menor.
8. Hotel u Hospedaje por inmovilización del vehículo asegurado:
Cuando el Asegurado a nombre de quien se expidió la póliza viaje con el automóvil asegurado únicamente en Centroamérica y Panamá, y durante el viaje el vehículo asegurado sufra una inmovilización por avería y/o accidente que requiera necesariamente reparación por técnicos o profesionales de un taller y ésta no se pueda reparar en el mismo día de la inmovilización y según el criterio del técnico o profesional del taller, la reparación requiera más de 24 horas, se reembolsará el costo de una habitación doble en un hotel o estancia por 3 días naturales; el costo de la estancia será el establecido en el ámbito de cobertura.
El Asegurado debe presentar la factura de la reparación del vehículo y el diagnóstico de la avería o el avalúo de los daños a reparar para el reintegro de la factura del hotel u hospedaje.
En estos casos se cubre únicamente cargos de hospedaje, no se cubrirán cargos adicionales como: consumo de alimentos, bebidas, llamadas telefónicas y cualquier otro gasto diferente al de hospedaje.
9. Renta de vehículo sustituto:
Cuando el Asegurado a nombre de quien se expidió la póliza viaje con el automóvil asegurado únicamente en Centroamérica y Panamá, y durante el viaje el vehículo asegurado sufra una inmovilización por avería y/o accidente que requiera necesariamente reparación por técnicos o profesionales de un taller y ésta no se pueda reparar el mismo día de la inmovilización y según el criterio del técnico o profesional del taller, la reparación requiera más de 24 horas, se reembolsará el costo de dos días naturales xx xxxxx de vehículo; según el límite establecido en el ámbito de cobertura y siempre y cuando en la zona en que ocurrió el evento exista una empresa dedicada al alquiler de vehículos.
El vehículo a rentar por el Asegurado debe ser de características similares al vehículo asegurado (sedán o todo terreno).
El Asegurado debe presentar la factura de la reparación del vehículo y el diagnóstico de la avería o el avalúo de los daños a reparar para el reintegro de la factura del rent a car.
10. Depósito y/o custodia del automóvil
Cuando el Asegurado a nombre de quien se expidió la póliza viaje con el automóvil asegurado únicamente en Centroamérica y Panamá y ocurra un accidente automovilístico o avería del automóvil y sea necesario su resguardo, se reembolsará al Asegurado el costo del servicio por el depósito y/o custodia del automóvil establecido en el límite del ámbito de cobertura.
Este servicio no incluye ni cubre los costos por el depósito y/o custodia del vehículo asegurado en los predios de la Policía de la localidad cuando el automotor sea confiscado y/o decomisado.
ARTÍCULO 8. LÍMITE DE COBERTURA Y RESPONSABILIDAD DEL INSTITUTO
El límite máximo de responsabilidad del Instituto por servicios brindados bajo la cobertura “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES será de acuerdo a los alcances, cuantía y límites estipulados para cada servicio según el Artículo No. 5. “PARÁMETROS DE SUSCRIPCIÓN Y/O DISFRUTE DE LA COBERTURA “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES”.
Cuando el costo de cualquier servicio requerido por el Asegurado, exceda el monto y/o la cantidad de eventos estipulados para cada servicio de asistencia, dicho exceso deberá ser cancelado en el acto por el Asegurado, al proveedor del servicio, utilizando como referencia el tipo de cambio xxx xxxxx de los Estados Unidos de Norteamérica.
El número de eventos que se establece es por año calendario (del 01 de enero al 31 de diciembre), independientemente de la fecha de suscripción de la póliza y atribuible a la placa del vehículo asegurado; lo cuales no son acumulativos año a año.
Dado los parámetros de antigüedad de los vehículos, para el disfrute de los servicios de la cobertura de MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES; esta dejará de operar cumplido exacto el límite de antigüedad definido (a las 24 hrs. del 31 de diciembre).
El Instituto no se hará responsable por los daños o perjuicios que sufra el vehículo asegurado o las personas cubiertas por este seguro, que sean atribuibles a las personas aseguradas o por caso fortuito o fuerza mayor.
ARTÍCULO 9. EXCLUSIONES GENERALES
No se ampararán los reclamos cuando se presente alguna de las siguientes condiciones:
1. Los Servicios de Asistencia que el Asegurado haya gestionado, contratado y pagado por su cuenta, sin autorización del INS y/o previa llamada a los números establecidos en el Artículo No. 5 “Parámetros de Suscripción y/o Disfrute de la Cobertura “G” Multiasistencia Automóviles”, establecidos en estas Condiciones Operativas.
2. No se cubrirán los eventos que sucedan en viajes que excedan los 60 días naturales fuera del territorio costarricense.
3. Los automóviles que no cumplan con los parámetros establecidos según tipo y uso del vehículo, según el Artículo No. 5 “PARÁMETROS DE SUSCRIPCIÓN Y/O DISFRUTE DE LA COBERTURA “G” MULTIASISTENCIA AUTOMÓVILES” de estas Condiciones Operativas.
4. Si el Asegurado presenta algún comportamiento no óptimo en contra del proveedor del servicio, este podrá cancelar el mismo en el momento que así lo tenga oportuno sin responsabilidad alguna para el INS, en tales casos el servicio será contabilizado como un evento otorgado para efecto de los servicios que poseen un límite de eventos establecido.
5. Si el Asegurado ha ocultado, omitido o distorsionado información a personeros del INS para obtener un servicio que no le aplica en los servicios de asistencia.
6. El pago derivado de sanciones por infracción de normas de circulación propias según el país donde se encuentre circulando el vehículo asegurado, así como incumplimiento de las medidas de mantenimiento de los vehículos, conforme a la Revisión Técnica Vehicular.
7. Para el Auxilio Vial, específicamente el de cerrajería, se excluyen todos los vehículos cuyas llaves cuenten con dispositivos de seguridad que dificulten la apertura normal del vehículo, así como los automóviles que tengan cerraduras especiales y cuya apertura genere la pérdida de la garantía.
8. En el servicio de cerrajería no se cubren los servicios solicitados por personas distintas al Asegurado a cuyo nombre se expide la póliza. Así como aquellos servicios donde el vehículo asegurado se encuentre en zonas de difícil acceso o
despobladas y no exista proveedor del servicio en un radio de 30 kilómetros de distancia del lugar donde se solicito la asistencia.
9. En los servicios de: Cambio de llanta, reparación de neumático, montaje xx xxxxxx, vidriería y custodia de documentos, no se cubren los servicios solicitados donde el automotor se encuentre en zonas de difícil acceso, despobladas ó que no exista proveedor del servicio en un radio de 30 kilómetros de distancia del lugar donde se solicitó la asistencia.
10.En el servicio de mini-rescate, se excluye de la prestación, cualquier daño provocado al automóvil producto directo de dicha acción.
00.Xx excluye el servicio de mini-rescate cuando el vehículo asegurado se encuentre ubicado a más de 5 metros de profundidad de la calzada o carretera.
12.Xxxxxxx, guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, terrorismo, pronunciamientos, manifestaciones, movimientos populares, radioactividad u otra causa de fuerza mayor.
13.Las irradiaciones procedentes de la transmutación o desintegración nuclear, de la radioactividad o accidentes causados por combustibles nucleares.
14.Enfermedades, accidentes automovilísticos o averías imputables a fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario, tales como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas y tempestades ciclónicas.
15.Destinar el automóvil para fines de enseñanza o de instrucción de su manejo o funcionamiento, cuando este no ha sido declarado en el contrato póliza suscrito.
16.Participar con el automóvil, en carreras o pruebas de seguridad, resistencia o velocidad.
17.El daño que sufra el automóvil, cuando sea conducido por persona que en ese momento se encuentre en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas, si estas circunstancias influyeron en forma directa en el accidente automovilístico causante del daño.
18.Autolesiones o participación del Asegurado en actos criminales.
00.Xx participación del Asegurado en combates, salvo en caso de defensa propia.
00.Xx práctica de deportes como profesional, la participación en competiciones oficiales y en exhibiciones.
00.Xx participación del Asegurado en todo tipo xx xxxxxxxx y exhibiciones así como en pruebas de velocidad, seguridad, resistencia y/o pericia.
22.Suicidio o enfermedades y lesiones resultantes del intento de suicidio.
00.Xx muerte o lesiones originadas por actos realizados por el Asegurado con dolo. 24.Todo gasto que no esté contemplado en el ámbito de cobertura.
25.Labores de mantenimiento, revisiones al automóvil, reparaciones mayores y la compostura o armado de partes previamente desarmadas por el Asegurado o por un tercero.
26.Xxxxxxx excluido todo daño o avería que se genere a causa del desgaste natural o reparaciones propias del mantenimiento del vehículo.
27.Todo tipo de maniobras como desvolcar, enderezar, traspalear mercancía, etc.; así como remolque del automóvil con carga o con heridos.
28.Los que se produzcan con ocasión de abuso de confianza y en general, empleo del automóvil sin consentimiento del Asegurado.
29.Remolque cuando se gestione un servicio de asistencia a fin de evitar o evadir la aplicación del incumplimiento de la Xxx xx Xxxxxxxx.
30.Queda excluida la asistencia internacional para los vehículos de uso personal o personal-comercial con antigüedad igual o superior a dieciséis años, de igual manera los vehículos de uso comercial, buses, camiones, motocicletas, bicimotos, furgonetas, cuadraciclos y triciclos.
31.En el servicio de hotel u hospedaje por avería y/o accidente durante un viaje, no se brindará cuando la avería del vehículo resulte a causa de problemas de mantenimiento del vehículo, cambios de aceite, u otra situación que no requiera la atención de un profesional de taller de enderezado, pintura o mecánica.
32.En las Asistencias Internacionales, los trabajos de ortodoncia, periodoncia y tratamientos estéticos.
33.En la renta de automóvil sustituto, el Instituto no proporcionará en ningún caso los gastos en que incurra el Asegurado por concepto de:
a) Combustible consumido por el vehículo rentado.
b) Multas de cualquier tipo que sean impuestas por las autoridades.
c) Cargos del deducible por cualquier evento que sufra el automóvil rentado.
d) Cualquier daño que el Asegurado cause al automóvil rentado, así como los daños que provoque a terceros, ya sea personas y/o bienes.
e) Robo total o parcial del automóvil rentado
DECLARACIÓN DE REGISTRO DE PRODUCTO
La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artículo 29, inciso d) de la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros, Ley 8653, bajo los registros números: Seguro Voluntario de Automóviles Colones bajo el registro número G01-01-A01-012-VLRCS de fecha 30 de enero del 2012, Seguro Voluntario de Automóviles Dólares bajo el registro número G01-01-A01-235-VLRCS de fecha 30 de enero del 2012, Autos Protección Total Colones bajo el registro número G01-01-A01-184-VLRCS de fecha 17 de febrero del 2012, Autos Protección Total Dólares bajo el registro número G01-01-A01-185-VLRCS de fecha 17 de febrero del 2012, INS Calidad bajo el registro número G01-01-A01-239-VLRCS de fecha 8 de febrero del 2012, INS Auto Alianza Colectivo Colones bajo el registro número G01-01-A01-316 de fecha 27 de febrero del 2012, INS Crediauto Colectivo Colones bajo el registro número G01-01-A01-335 de fecha 2 xx xxxx del 2012, INS Crediauto Colectivo Dólares bajo el registro número G01-01-A01-336 de fecha 0 xx xxxx xxx 0000.