ANEXO 3. CONDICIONES GENERALES PARA LOS SERVICIOS DE VERIFICACIÓN DE EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO
ANEXO 3. CONDICIONES GENERALES PARA LOS SERVICIOS DE VERIFICACIÓN DE EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO
1. GENERAL
1.1 Salvo pacto expreso por escrito en contrario, todas las ofertas emitidas, o servicios ejecutados, y todas las relaciones contractuales resultantes entre SGS SA o cualesquiera de sus sociedades filiales o agentes (en lo sucesivo “SGS”) y cualquier solicitante (en lo sucesivo el “Cliente”) de servicios de verificación de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (en lo sucesivo el “GEI”) se regirán por las presentes Condiciones Generales. En el presente documento cuando se especifique “Parte” se estarán refiriendo a SGS y al Cliente de manera individual y como “Partes”, cuando se refieran a ellas conjuntamente.
1.2 Las presentes Condiciones Generales y la oferta y cuando sea aplicable, el acuerdo para la prestación de los Servicios de Verificación de Emisiones de GEI, constituyen la totalidad del acuerdo (en lo sucesivo el “Contrato”) entre el cliente y SGS con respecto al objeto del mismo. Salvo pacto expreso por escrito firmado por el Cliente y SGS, no será válida ninguna modificación a los términos de este Contrato.
2. DEFINICIONES
“GEI” significa emisiones de gases de efecto invernadero tal y como se definen en el Programa de GEI.
“Programa de GEI” significa el sistema o esquema voluntario u obligatorio, al que se hace referencia en la oferta y/o el contrato.
“Servicios” significa los servicios de (i) validación de un Proyecto; (ii) verificación de un proyecto de GEI; o (iii) verificación de un inventario de emisiones de GEI, tal y como se define en la Oferta.
“Oferta” es el documento donde se describen los Servicios que prestará SGS al Cliente.
“Proyecto” significa proyecto de reducción o aumento de las emisiones de GEI:
“Informe” es el informe emitido por SGS al Cliente o a cualquier otro destinatario, de acuerdo con lo que se establezca en el Programa de GEI, en el que se indica si SGS recomienda, o no, que se emita un certificado. Si no se requiere por el Programa de GEI o por el Cliente a la firma del contrato y/o la aceptación de la Oferta, no se emitirá Informe cuando se emita certificado.
“Certificado” significa cualquier certificado, declaración u opinión de verificación o validación emitida por escrito por SGS
(i) Cuando SGS emita un Certificado de validación de un proyecto de reducción de GEI, se estará validando el cumplimiento del proyecto con los criterios acordados en la Oferta, o
(ii) Cuando SGS emita un Certificado de verificación de un proyecto de reducción de GEI, se estará validando la cantidad de emisiones evitadas o eliminadas, o
(iii) Cuando SGS emita un Certificado de un inventario de GEI, se estará validando las emisiones de GEI para el periodo contable establecido.
3. SERVICIOS
3.1 La decisión de emitir un Certificado corresponde exclusivamente a SGS. Si se emite, el Certificado se facilitará al Cliente y/o a cualquier otro destinatario, de acuerdo con lo que se establezca en el Programa de GEI.
3.2 El Cliente manifiesta expresamente conocer que el hecho de que SGS le preste sus servicios, no significa que él, o cualquier tercero, pueda dejar de asumir o quede liberado total o parcialmente de las obligaciones asumidas por cada uno de ellos entre sí y/o frente a cualesquiera otras personas físicas o jurídicas.
3.3 Si se permite por el Programa de GEI que sea de aplicación, SGS podrá subcontratar la ejecución de todo o parte de los Servicios a un agente y/o subcontratista (en adelante, “Representante de SGS”), autorizando expresamente el Cliente desde este mismo momento a SGS, con carácter irrevocable, a revelar al Representante de SGS toda la información necesaria para dicha ejecución.
4. OBLIGACIONES DEL CLIENTE
4.1 El Cliente adoptará las medidas necesarias para eliminar o subsanar cualquier obstáculo o interrupción en la ejecución de los Servicios.
4.2 El Cliente reconoce, expresa y formalmente, que no ha sido inducido a celebrar el presente Contrato, así como que no se le ha dado garantía, representación, declaración, seguridad, pacto, acuerdo, privilegio o compromiso de ninguna naturaleza, diferente del que se ha fijado expresamente en estas Condiciones Generales. Cualquier condición o estipulación incluida en cualquier formato, que se corresponda con condiciones o estipulaciones propias del Cliente que pretendan añadirse o modificar estas Condiciones Generales, no tendrá efecto alguno, a menos que haya sido previamente aceptado expresamente por escrito por SGS.
4.3 El Cliente sólo podrá reproducir o publicar extractos de Informes de SGS, si el nombre de SGS no aparece o si el Cliente ha obtenido autorización previa y escrita de SGS. El Cliente no divulgará ningún detalle sobre la metodología mediante la que SGS ejecuta sus trabajos. SGS se reserva cuantas acciones legales pudieran asistirle en caso de incumplimiento de esta cláusula, o en el supuesto de que SGS considere que se ha utilizado su nombre indebidamente.
4.4 Si el Cliente, el Regulador del Programa de GEI o cualquier tercero, tras la emisión del Certificado por SGS o de una versión del mismo, descubrieran hechos que pudieran afectar a la exactitud del Certificado, informarán inmediatamente a SGS quien, de acuerdo con las nuevas circunstancias, emitirá un nuevo Certificado que incluirá las circunstancias que han provocado la emisión del nuevo Certificado y declarará nulo el antiguo. SGS facturará al Cliente los costes adicionales derivados de la emisión del nuevo Certificado. Si los créditos por la reducción de emisiones o los derechos de emisión se hubieran emitido en base al antiguo Certificado, o si las reducciones de emisiones verificadas fueran o debieran ser vendidas de otra manera, será exclusiva responsabilidad del Cliente:
(i) informar a cualesquiera partes interesadas de la anulación del antiguo Certificado y de la emisión de un nuevo Certificado.
(ii) adoptar las medidas necesarias para que la venta de los derechos de emisión refleje con precisión, la reducción de emisiones verificada de acuerdo al nuevo Certificado; y
(iii) cancelar el excedente de las unidades de reducción de emisiones que estén en posesión del cliente o de un tercero.
4.5 Si SGS presenta el Informe o Certificado a un registro para la emisión de créditos de reducción de emisiones o derechos de emisión, el Cliente deberá verificar, dentro de las 48 horas siguientes a su emisión, si existen discrepancias entre la cantidad de créditos o derechos de emisión emitidos por el registro y la cantidad establecida en el Informe o Certificado de SGS. El Cliente informará a SGS y al registro de cualquier exceso o defecto en la emisión de créditos o derechos de emisión, dentro de las 48 horas siguientes a tener conocimiento de ello. SGS en ningún caso será responsable de la venta de créditos o derechos de emisión excedentes, especialmente si el Cliente no realizó la verificación a que se ha hecho mención anteriormente.
5. HONORARIOS Y PAGO
5.1 Cualquier servicio no incluido en la oferta o cuya repetición total o parcial sea solicitada o sea necesario realizar como consecuencia de no conformidades detectadas, serán facturados de manera adicional. El Cliente será informado de las tarifas a aplicar antes de la prestación de dichos Servicios.
5.2 Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 5.1 anterior, se facturarán precios adicionales al precio inicialmente aplicable, en los casos de pedidos urgentes, cancelaciones o reprogramaciones de los Servicios.
5.3 Cuando se solicite por el Cliente se pondrá a su disposición una copia de las Tarifas de SGS.
SGS Colombia S.A.S.
Los servicios xx
Xxxxxxx 000 Xx. 00 X 00 Xxxxxx 0 Xxxxxx X.X. PBX: (00-0) 0000000 Call Center Ventas: 000000000000 xxx.xx.xxx.xxx
Member of the SGS Group (Société Générale de Surveillance)
SGS Colombia S.A.S. son prestados de conformidad con las Condiciones Generales del Servicio aplicables, accesibles en
xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxx_xxx_xxxxxxxxxx.xxx. Para felicitaciones, quejas, reclamos y cualquier comentario relacionado con el servicio prestado por favor escribir al e-mail: xxx.xxxxxxxx@xxx.xxx o a los teléfonos indicados.
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5.4 Salvo pacto en sentido contrario, las Tarifas aplicables no incluyen los costes de viaje y dietas (éstos se cobrarán al cliente de acuerdo con la política de gastos de viajes de SGS). Serán de cuenta y cargo exclusivo del Cliente cuantos impuestos, tasas o arbitrios - tales como el IVA- pudieran derivarse de la prestación de los servicios.
5.5 Salvo pacto escrito en sentido contrario, todas las facturas se pagarán a treinta (30) días a contar desde la fecha de la factura (en lo sucesivo la “Fecha de Vencimiento”). El Cliente se compromete expresamente a pagar intereses de demora a favor de SGS al tipo del 1.5% mensual (o aquél que se establezca en la propia factura) a partir de la Fecha de Vencimiento y hasta (incluido) la fecha en que el pago haya sido efectivamente realizado.
5.6 Cualquier uso por parte del Cliente de cualquiera de los Informes o Certificados o de la información contenida en ellos está condicionada al pago dentro de plazo de la totalidad de los honorarios. SGS se reserva el derecho xx xxxxx o suspender todos los trabajos y/o impulsar la suspensión o retirada de cualquier Certificado al Cliente que no cumpla con el pago de una factura.
5.7 El Cliente no estará legitimado para retener ni retrasar el pago de cualquier cantidad adeudada a SGS, por la existencia de cualquier controversia o reclamación frente a SGS.5.8 SGS se reserva el derecho a interponer ante cualquier Tribunal competente cuantas acciones legales pudieran corresponderles con objeto de lograr la satisfacción de sus honorarios impagados.
5.8 El Cliente pagará a SGS todos los gastos en los que SGS incurra en la reclamación de la deuda pendiente, incluyendo los honorarios de abogado y costas judiciales.
6. INFORME Y PROPIEDAD DEL CERTIFICADO Y PROPIEDAD INTELECTUAL.
6.1 Cualquier documento, incluyendo, a título meramente enunciativo pero no limitativo, cualquier Certificado o cualquier Informe proporcionado por SGS y su correspondiente copyright, serán propiedad de SGS, sin que el cliente pueda alterar o falsificar el contenido de dicho documento. El Cliente únicamente podrá hacer copias para su uso interno.
6.2 La utilización del nombre corporativo SGS o cualquier marca registrada para propósitos publicitarios, requiere la autorización previa y escrita de SGS.
7. CONFIDENCIALIDAD
7.1 A efectos de las presentes Condiciones Generales, “Información Confidencial” significa cualquier información, verbal o escrita, que una Parte pueda obtener de la otra en virtud del contrato o cualquier información sobre el negocio de cualquiera de las Partes siempre que no se trate de información que:
(a) sea o pase a ser públicamente conocida;
(b) estuviera a disposición de la Parte receptora con anterioridad a la divulgación por la parte emisora, sin conculcar un acuerdo de confidencialidad;
(c) sea divulgada a una de las Partes por un tercero con derecho a divulgar dicha información.
7.2 Salvo que sea requerido por ley o por un órgano judicial, arbitral, gubernamental u otro organismo regulador, ninguna de las Partes ni sus agentes o subcontratistas utilizarán la Información Confidencial para otro propósito que no sea el del Contrato (que puede incluir acceso a consulta pública de acuerdo con el Programa GEI), y no divulgarán la Información Confidencial a ninguna persona o entidad sin consentimiento previo y escrito de la otra Parte, excepto en los casos expresamente previstos en el presente documento.
8. DURACIÓN Y FINALIZACIÓN.
8.1 En cualquier momento SGS podrá, a su elección, bien suspender los Servicios en curso o bien dar por finalizados los mismos, sin que por ello se derive obligación ni responsabilidad alguna para la Compañía, en los siguientes supuestos:
(a) Incumplimiento por el Cliente de cualesquiera de sus obligaciones, o si dicho incumplimiento no ha sido remediado en los diez días siguientes a contar desde que se le notificó cualquier incumplimiento, o
(b) Suspensión de pagos, quiebra, convenio de acreedores, insolvencia, administración judicial o concursal, o cualquier forma de cese de negocio del Cliente.
(c) Que no se dé a SGS acceso adecuado a los libros, registros y/o información necesaria para el desarrollo de los Servicios, o a los lugares donde deban ser llevados a cabo los mismos; o,
(d) Que SGS no pueda prestar sus Servicios, incluyendo a título meramente enunciativo pero no limitativo, como consecuencia de fuerza mayor, catástrofes naturales, guerra, actos terroristas, acciones industriales, enfermedad, muerte o renuncia de personal y/o no obtención de los permisos o licencias necesarias;
8.2 El hecho de que se suspendan o se den por finalizados los Servicios, no implicará la pérdida del derecho de SGS a cobrar del Cliente:
(a) Las cuantías correspondientes a los gastos incurridos por SGS.
(b) Los honorarios correspondientes a los Servicios efectivamente prestados.
(c) SGS no asumirá ninguna responsabilidad que pudiera derivarse de la no conformidad, parcial o total, de los Servicios prestados.
8.3 Salvo acuerdo por escrito en contrario, los derechos y obligaciones correspondientes a las Partes que se definen en las cláusulas 7, 9, 10, 11 y 12 continuarán en vigor con posterioridad a la finalización de los Servicios o resolución del Contrato.
9. LIMITACION DE RESPONSABILIDAD E INDEMNIZACIÓN
9.1 SGS se compromete a ejercer el debido cuidado y diligencia en el desempeño de los Servicios y acepta la responsabilidad únicamente en los casos de negligencia grave.
9.2 La responsabilidad de SGS frente al Cliente con relación a una reclamación que surja debido a pérdidas, perjuicios, daños o gastos de cualquier naturaleza, bajo ninguna circunstancia podrá exceder de la suma total o igual al importe cobrado por SGS por los servicios a que se refiere este contrato (excluyendo IVA, o impuesto que pudiera sustituirle)
ó 20.000 euros –en cualquier caso, la cantidad que resulte menor de aplicar una u otra fórmula-.
9.3 SGS no asumirá responsabilidad alguna frente al Cliente ni frente a terceros:
(a) Por cualquier pérdida, daño, perjuicio o gasto derivado de i) incumplimiento del Cliente de cualquiera de sus obligaciones ii) cualquier decisión tomada o no, con base en los Informes o Certificados, y iii) cualquier incorrección en el Informe o en el Certificado, que traiga su causa en información poco clara, errónea, incompleta, engañosa o falsa facilitada a SGS.
(b) Por pérdida de beneficios, pérdida de producción, pérdida de negocio o gastos derivados de la interrupción del negocio, pérdida de ingresos, pérdida de oportunidad, pérdida de contratos, pérdida de expectativas, pérdida de uso, pérdida de clientela, daños a la imagen, pérdida de ahorros previstos, gastos derivados de la retirada de productos, gastos derivados de la mitigación de la pérdida y pérdidas o daños y perjuicios derivados de las reclamaciones de cualquier tercero (incluyendo sin limitación las reclamaciones de responsabilidad del producto) que puedan ejercitarse frente al Cliente; y
(c) Por cualquier pérdida o daño indirecto o consecuencial de cualquier tipo (estén incluidos o no en los tipos de pérdidas y daños identificados en el apartado (b) anterior).
9.4 SGS queda exonerada de cualquier responsabilidad derivada de reclamaciones por pérdidas, perjuicios, daños o gastos de cualquier naturaleza, a menos que se formule una demanda dentro del año siguiente a:
(i) La fecha de prestación por parte de la Compañía del Servicio que ha dado origen a la reclamación; o
(ii) La fecha en la que el Servicio debería haberse ejecutado en caso de cualquier pretendida omisión en su ejecución.
9.5 A excepción de casos de negligencia grave probada o dolo de SGS, el Cliente se compromete y garantiza que mantendrá indemne e indemnizará a SGS y a sus administradores, empleados, agentes o subcontratistas contra todas las reclamaciones ( reales o pretendidas) efectuadas por un tercero debidas a pérdidas, perjuicios, daños o gastos de cualquier naturaleza, incluyendo los honorarios de abogado y costas judiciales y que resulten de la ejecución, intención de ejecución o falta de ejecución de los Servicios.
9.6 Cada parte dispondrá de un seguro que cubra sus respectivas responsabilidades.
10. VARIOS
10.1 Si cualquier disposición del Contrato o de las Condiciones Generales se tuviera(n) por no válida(s), nula(s), ilegal(es) o de imposible cumplimiento, la validez, legalidad y cumplimiento de las restantes disposiciones no se verán afectadas ni perjudicadas por ello.
10.2 El Cliente no podrá ceder los derechos y obligaciones derivados del Contrato sin la autorización previa y escrita de SGS. La cesión no liberará al cedente de sus responsabilidades u obligaciones contractuales.
10.3 No se aplicará al Contrato cualquier ley o regulación que establezca que el idioma del Contrato es diferente al establecido en el presente documento.
10.4 La parte que realice cualquier notificación bajo estas Condiciones Generales lo hará por escrito, entregando dicha notificación personalmente o enviándola por correo de primera clase con portes pagados, o fax a la dirección de la otra parte tal y como se recoge en la solicitud. Una notificación se considerará recibida por la otra parte: (a) Si es entregada personalmente, el día de la entrega; (b) Si es enviada por correo de primera clase, el día de la fecha de envío; (c) Si se envía por fax, a la hora indicada en el reporte de entrega de la parte que lo envía.
10.6 Las partes reconocen que SGS proporciona sus Servicios al Cliente como un contratista independiente y que el Contrato no implica contrato de sociedad, contrato de agencia, de empleo o relación fiduciaria entre SGS y el Cliente.
11. QUEJAS Y RECLAMACIONES.
11.1 Tanto el Cliente como cualquier tercero puede presentar en cualquier momento una queja frente a SGS manifestando su insatisfacción con la validación, verificación o certificación de actividades llevadas a cabo por SGS.
11.2 El Cliente podrá presentar una reclamación contra cualquier decisión adoptada por SGS respecto a la validación, verificación o certificación de actividades, con objeto de que la decisión sea reconsiderada. La reclamación tendrá que presentarse en el plazo de siete (7) días a contar desde la recepción de la notificación de la decisión de SGS.
11.3 Los Programas de GEI correspondientes a cada país, que recogen los procedimientos de presentación y gestión de quejas y reclamaciones, están disponibles en xxxxx://xxx.xxx.xxx/xx- co/contacta-con-nosotros-form
12. LEY APLICABLE, JURISDICCIÓN Y FUERO
Salvo pacto expreso y por escrito en contrario, cuantas cuestiones puedan surgir, respecto al cumplimiento, interpretación o resolución del Contrato, se regirán por las leyes sustantivas de Colombia y todos los litigios serán finalmente conciliados bajo las Normas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional por uno o más árbitros nombrados de conformidad con dichas normas. El arbitraje se llevará a cabo en Colombia, en idioma español.
13. CONDICIÓN ESPECIAL
No obstante, lo establecido en la cláusula 12 anterior, todos los litigios que se refieran al Contrato se regirán de acuerdo con las leyes sustantivas de Colombia. Las partes con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles se someten a los Juzgados y Tribunales de Bogotá, Colombia.
14. IDIOMA
Estas Condiciones Generales ha sido redactadas en español. La versión en inglés prevalecerá sobre cualquier otra en caso de discrepancia entre ellas.