POLIZA DE SEGURO
POLIZA DE SEGURO
DE ROTURA DE PANTALLA,
De efecto 01 de enero de 2011 y Vencimiento 31 de diciembre de 2011
Póliza de seguro Colectiva N° 079 522 045, suscrita por TOSHIBA INFORMATION SYSTEMS ESPAÑA, S.A., provista de CIF B00415671, con domicilio en Parque empresarial San Xxxxxxxx, Edificio Europa, 1ª Planta. 28830 San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx- Madrid-, con la aseguradora GAN Eurocourtage por Mediación de Sociedad de Previsión Bancaria Ibérica, Correduría de Seguros, S.A.,. Esta póliza está gestionada por Sociedad de Previsión Bancaria Ibérica, Correduría de Seguros, S.A
GAN Eurocourtage, Compañía de Seguros, actuando en España en régimen de Libre Prestación de Servicios, es una Sociedad Anónima con un capital de 8 055 564 euros (enteramente desembolsado), empresa regulada por el Code des Assurances, cuya sede social está situada en 0-00 xxx x’Astorg, 75383 PARIS Cedex 08 - RCS PARIS 000 000 000, APE 660E. GAN Eurocourtage es sometida à l’Autorité de Contrôle Prudentiel, 61 rue Taitbout – 75009 Paris.
Sociedad de Previsión Bancaria Ibérica, Correduría de Seguros, S.A., (en adelante SPB) es una Sociedad Correduría de Seguros, con CIF: X00000000, cuya sede social está situada en Madrid, Xxxxx Xxxx xx Xxxxxxx, 00X, inscrita en el Registro General de Mediadores de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con el nº J- 1543.
1-DEFINICIONES APLICABLES AL SEGURO:
Asegurador: GAN Eurocourtage.
Asegurado: TOSHIBA INFORMATION SYSTEMS ESPAÑA, S.A.
Partícipe beneficiario: La persona física o jurídica, residente en España, que haya adquirido un ordenador portátil nuevo, de marca TOSHIBA, al fabricante TOSHIBA INFORMATION SYSTEMS ESPAÑA, S.A. o en alguno de sus concesionarios, y cuya prima haya sido debidamente liquidada.
Equipo Asegurado: Ordenador adquirido a partir del 1 de Enero de 2011, que según las características definidas por TOSHIBA INFORMATION SYSTEMS ESPAÑA, S.A para dicho ordenador contenga dicho seguro como incluido, cuya prima haya sido debidamente liquidada
Rotura accidental de pantalla: Rotura o destrucción que afecta al buen funcionamiento de la pantalla asegurada, motivado por una causa externa y súbita, bajo reserva de las exclusiones recogidas en póliza.
Suma Asegurada: la Suma Asegurada corresponderá al coste de sustitución, o de reparación del Equipo Asegurado, siempre y cuando dicho coste no sobrepase el menor de los dos siguientes valores: importe de la factura de compra del equipo asegurado o:
299 € (DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS) si el equipo asegurado es un Netbook
599 € (QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS) si el equipo asegurado es un Ordenador Portátil distinto de un Netbook
Sustitución: Acción de sustituir por una Pantalla de LCD nueva, de idéntico modelo y de gama equivalente, la Pantalla LCD siniestrada, o si ya no estuviera disponible, una Pantalla LCD equivalente con las mismas funcionalidades, características y gama (excepto diseño, color, tamaño y peso) que la siniestrada. El valor de la pantalla de sustitución no puede ser superior al importe de reposición a nuevo del equipo asegurado, ni a los límites de Suma Asegurada indicados arriba.
Pantalla: Dispositivo electrónico de visualización de imágenes o datos.
Gastos de reparación : Coste medio habitual en la fecha del siniestro, en el que se incurre para devolver a su estado el equipo siniestrado
Contrato de Seguro TOSHIBA n° 079 522 045 – Anexo II 1 de 6
Gestor de Siniestros :
SPB S.A.
Xxxxxxxx xx Xxxxxx 0000 – 00000 Xxxxxx Tél : 000 000 000 - Fax : 000 000 000
Correo electrónico: xxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xx
Póliza de Seguro: El presente contrato, puesto a disposición del partícipe beneficiario en la Web xxx.xxxxxxx.xx, a contar de la fecha de adquisición de un ordenador portátil de marca TOSHIBA. La póliza describe en detalle el seguro, alcance, limitaciones y/o exclusiones, así como las obligaciones del partícipe beneficiario.
Concesionario / Distribuidor: Revendedor informático cuya actividad es vender material informático.
Siniestro: Hecho desencadenante de alguna de las prestaciones cubiertas por la presente póliza.
Tercero: Toda persona distinta del partícipe, su cónyuge o pareja de hecho, sus descendientes o ascendentes, representante legal o apoderado.
Desgaste: Deterioro progresivo de una pieza, una parte del equipo, o cualquier elemento físico, como consecuencia de su uso normal, cualquiera que sea su origen y el proceso o grado de dicho deterioro (físico o químico).
Partícipe: Beneficiario de las prestaciones del seguro contempladas en el presente contrato.
2- OBJETO DEL SEGURO:
El partícipe que haya adquirido un ordenador portátil, nuevo, de marca TOSHIBA, comprado en la red de distribuidores de TOSHIBA INFORMATION SYSTEMS ESPAÑA, S.A. se beneficiará gratuitamente de un seguro que cubre la reparación de la pantalla del equipo asegurado, o su sustitución (siguiendo el criterio exclusivo del Asegurador), en caso de rotura accidental, con sujeción a las exclusiones del seguro recogidas más abajo.
3 - LIMITES:
Las prestaciones del seguro quedan limitadas a la Suma Asegurada definida en el punto 1 anterior, por siniestro y anualidad de seguro.
El coste de sustitución o de reparación, según proceda, no podrá exceder el importe de la factura de compra del equipo por el partícipe, cuyo capital máximo asegurado quedará limitado como se indica a continuación:
Netbook: 299 euros PVP
Otro Ordenador portátil : 599 euros PVP,
En los supuestos en que un mismo siniestro afecte varios equipos asegurados, el capital máximo asegurado en su conjunto queda limitado a 1.000.000 euros por siniestro y anualidad de seguro
4- AMBITO TERRITORIAL:
El seguro cubre a los partícipes, con residencia en España, que hayan adquirido un ordenador portátil nuevo, de marca TOSHIBA, en la red de distribuidores de TOSHIBA INFORMATION SYSTEMS ESPAÑA, S.A. El Seguro ofrece una cobertura mundial, salvo reservas de las exclusiones indicadas a continuación.
5- EXCLUSIONES :
Cualquier equipo distinto de un ordenador portátil,
Todo equipo no designado por TOSHIBA INFORMATION SYSTEMS ESPAÑA , S.A.,
Todo ordenador portátil adquirido con fecha anterior al 01 de Enero de 2011 y/o no incluya el seguro de rotura de pantalla como una de sus características definidas por TOSHIBA INFORMATION SYSTEMS ESPAÑA , S.A.,
Cualquier siniestro distinto de la rotura accidental de la pantalla del equipo asegurado,
Las pérdidas, hurtos o simples desapariciones,
El siniestro producido por mala fe o dolo del partícipe, de su familia, con o sin su complicidad, sus apoderados o mandatarios,
Siniestros en los que el partícipe no pueda aportar el equipo asegurado siniestrado, salvo en caso de incendio,
Los siniestros producidos por negligencia manifiesta o por incorrecta manipulación del partícipe, Los siniestros producidos antes o durante el transporte del equipo asegurado hasta el domicilio del partícipe,
Los siniestros que tengan un origen interno, tales como desajustes, virus informáticos o averías no cubiertas por la garantía del fabricante,
Los siniestros provocados por defectos, vicios o mal funcionamiento, respecto de los cuales no se haya puesto remedio previamente,
Los gastos de mantenimiento, revisiones, modificaciones, mejoras o puestas a punto de la Pantalla LCD,
El desgaste o el efecto del uso prolongado de la Pantalla LCD, el ensuciamiento, la oxidación, corrosión o incrustación de herrumbre,
Las ralladuras, abollones, raspones, manchas o picotazos y, de forma más general, los daños a partes externas de la Pantalla LCD, si no afectan a su buen funcionamiento,
Los daños que se limiten a la batería de alimentación, la antena, cables de alimentación o de conexión entre equipos y, de manera más general, los accesorios o elementos intercambiables que no precisen la apertura del equipo asegurado,
Las modificaciones técnicas efectuadas por el asegurado,
Los daños producidos durante el proceso de montaje o instalación de la Pantalla LCD, o mientras esté en manos del servicio técnico,
Los daños causados al Equipo Asegurado mientras esté en reparación en un centro técnico.
El mal uso de la Pantalla LCD, contrario o sin respetar las instrucciones de uso del fabricante,
Las pérdidas de explotación y cualquier daño inmaterial, consecuencia o no de un daño material garantizado,
Los siniestros debidos x xxxxxx civil, extranjera, daños debidos a los efectos directos o indirectos de explosión, emanación de calor, irradiación procedente de transmutación de átomos o de radioactividad o provocados por la aceleración artificial de partículas,
Los siniestros producidos a consecuencia de terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, desbordamiento del curso de las aguas (salvo lo dispuesto a través del Consorcio de Compensación de Seguros).
Los siniestros que sean la consecuencia de seguimiento, requisa, confiscación, embargo, o puesta bajo custodia, destrucción por orden de la autoridad.
Exclusiones especificas al transporte del equipo asegurado: Durante el transporte del equipo asegurado, quedan excluidos:
Los daños a la Pantalla LCD motivados por embalaje defectuoso, Los gastos de aduana.
6 – TOMA DE EFECTO DEL SEGURO:
El seguro toma efecto automáticamente en la fecha de compra del ordenador portátil nuevo (fecha de la factura). El partícipe deberá estar en posesión de la factura correspondiente en la que figure la referencia del equipo asegurado.
7 – DURACIÓN DEL SEGURO:
El partícipe disfrutará del seguro, de forma gratuita, durante el periodo de uno, dos, tres o cuatro años siguientes a la fecha de adquisición del equipo asegurado, en función de la opción elegida por TOSHIBA INFORMATION SYSTEMS ESPAÑA, S.A. Además, si el Equipo Asegurado ha sido adquirido por un particular la duración del seguro podrá ser de hasta cinco años, en función de la opción elegida por TOSHIBA INFORMATION SYSTEMS ESPAÑA, S.A.El seguro finaliza automáticamente uno, dos, tres, cuatro, o cinco años si el Asegurado es un particular, después de la toma de efecto de la adhesión.
Al finalizar el transcurso de los 30 días siguientes a la fecha de compra del material, si el cliente lo desea, podrá suscribir una adhesión voluntaria y opcional de entre las propuestas en el catálogo de TOSHIBA INFORMATION SYSTEMS ESPAÑA, S.A.
8 – MODALIDADES DE INDEMNIZACION:
INDEMNIZACION:
En caso de siniestro garantizado el seguro cubre los gastos de reparación de la pantalla del equipo asegurado, o si la pantalla resulta irreparable, la sustitución de la pantalla del equipo asegurado por otra pantalla con las mismas funcionalidades y características técnicas (excepto diseño, color, tamaño y peso, que serán lo más parecidas a las del equipo siniestrado) y de la misma gama. La Pantalla LCD siniestrada que haya sido reemplazada por la aseguradora, pasará a ser propiedad de la misma.
El valor de la Pantalla LCD de sustitución no puede exceder el importe pagado por el equipo asegurado, ni el del importe facturado al partícipe, ni los límites del seguro definidos en el punto 3. La sustitución de la pantalla del equipo asegurado será efectuada, bajo reserva de disponibilidad de una nueva pantalla
TRANSPORTE:
En caso de dificultades con el transporte, aduana…del material para su reenvío, el Asegurador podrá decidir, a su exclusivo criterio, una indemnización financiera por el importe del material a reemplazar, en las condiciones descritas más abajo.
9- MODALIDADES DE DECLARACION DEL SINIESTRO:
¿Qué debe usted hacer en caso de siniestro, bajo apercibimiento de rehúse?
1) Adoptar todas las medidas necesarias para limitar el daño y salvaguardar el equipo asegurado,
2) No proceder a ninguna reparación sin el acuerdo previo, expreso y por escrito del gestor de siniestros,
3) Declarar el siniestro por escrito dentro de los siete días siguientes desde la fecha en que se produjo o se conoció el siniestro, remitiéndolo por correo a la siguiente dirección :
SPB IBERICA S.A.
Xxxxxxxx xx Xxxxxx 0000 – 00000 Xxxxxx Tél: 000 000 000 - Fax : 000 000 000
Correo electrónico: xxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xx
Adjuntando la siguiente documentación:
Original o copia legible de la factura de compra del equipo asegurado, en la que figure la fecha de compra y el nº de serie del equipo asegurado,
Una declaración escrita en la que el asegurado indique la hora y las circunstancias precisas del siniestro, así como el tipo de equipo, la marca, modelo, número de serie, y los datos del propietario del equipo asegurado (financiera).
El partícipe beneficiario no debe efectuar gasto o gestión alguna sin el acuerdo previo del gestor de siniestros.
El Asegurador se reserva el derecho a solicitar cualquier justificante que estime oportuno para valorar la solicitud de indemnización, incluso el contrato de arrendamiento o, si procede, el de financiación para la adquisición de material.
No se admitirá justificantes remitidos por fax, ni en mano, salvo si se solicitan expresamente por este medio. Cualquier declaración de siniestro deberá ser efectuada por el propio asegurado.
10 – OBLIGACIONES DEL PARTICIPE BENEFICIARIO:
El partícipe se compromete, de forma general:
A mantener su equipo en perfecto estado de uso y funcionamiento y a utilizarlo respetando las instrucciones de uso del fabricante
A ejecutar las tareas de modificación o reparación preventiva, con el fin de evitar que se pueda producir un siniestro que, de lo contrario, sería previsible por razón de su condición, uso o acontecimiento externo relacionado
De no ajustarse el asegurado a estas obligaciones, salvo caso fortuito o fuerza mayor, el seguro perderá toda su validez,
11 – CASO DE CESE DEL SEGURO:
El seguro quedará rescindido de pleno derecho, en los casos siguientes:
En caso de cambio de equipo asegurado, excepto en el supuesto de actuación de garantía del fabricante o del contrato de mantenimiento,
En caso de desaparición del equipo asegurado, siempre que no se hayan activado las prestaciones de la póliza,
Por haber transcurrido el periodo de duración del seguro posterior a la adquisición del material, En caso de cesión del equipo asegurado a un tercero no identificado,
En caso de que el Asegurador pierda su condición de tal por pérdida de autorización por decisión administrativa, conforme a la legislación actual.
12 - DISPOSICIONES VARIAS:
Prescripción: La acciones que puedan derivarse del presente contrato prescriben a los dos años de la fecha en que hubiera lugar a ser ejercitadas, salvo en los casos de interrupción de prescripción previstos en la normativa vigente.
Subrogación: el Asegurador GAN Eurocourtage, tras indemnizar al asegurado, se subrogará en cuantos derechos puedan corresponder al asegurado frente a terceros responsables del siniestro.
Concurrencia de seguros: En caso de que varios seguros hayan sido contratados sobre un mismo riesgo, sin que medie fraude, obligará en caso de siniestro a asumirlo de forma proporcional por cada uno de los Aseguradores.
Reclamación y Mediación: Para cualquier información relativa al seguro podrá dirigirse al Gestor de la póliza, mediante escrito dirigido a :
SPB IBERICA S.A.
Xxxxxxxx xx Xxxxxx 0000 – 00000 Xxxxxx Tél: 000 000 000 - Fax : 000 000 000
Correo electrónico: xxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xx
o Si el asegurado no queda conforme con la resolución de su reclamación o, simplemente no recibe contestación del Gestor, podrá enviar una copia de su declaración al Departamento de atención al asegurado de GAN Eurocourtage.
o Si el asegurado tampoco queda conforme con la respuesta del Asegurador, podrá dirigirse a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda
o Declaración falsa o inexacta: Toda declaración falsa o inexacta relativa al riesgo asegurado o a las circunstancias del siniestro, según el caso, conocida por el asegurado tendrá como efecto la aplicación de regla proporcional o, incluso, pérdida de todo derecho de indemnización, según proceda.
Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal: El asegurado está expresamente informado y declara aceptar el tratamiento informatizado de sus datos personales por parte del Asegurador, de su corredor de seguros, así como del Gestor de la póliza. Se le recuerda expresamente que conforme a la legislación vigente, el asegurado está obligado a facilitar dicha información para la obtención de las prestaciones del seguro, así como para la gestión de su adhesión. Esta información está destinada exclusivamente al Asegurador a su corredor de seguros (y sus mandatarios) y al Gestor de la póliza para gestión de la adhesión. El asegurado podrá ejercitar su derecho de acceso, consulta, modificación, rectificación o supresión de la información que figure en los ficheros del Asegurador, xxx xxxxxxxx de seguros, o del Gestor de la póliza así como a oponerse a la utilización de dicha información con fines comerciales, mediante escrito, acompañado de fotocopia del DNI dirigido a :
SPB IBERICA S.A.
Xxxxxxxx xx Xxxxxx 0000 – 00000 Xxxxxx Tel: 000 000 000 - Fax : 000 000 000
Correo electrónico: xxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xx
Legislación y jurisdicción aplicables
El presente contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción y legislación españolas (Ley 50/1980 de 8 de octubre de Contrato de Seguro) siendo competentes los Juzgados y Tribunales del domicilio del asegurado.