CONTRATO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS ENERGÉTICOS EN LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR DEL MUNICIPIO DE ALMODOVAR DEL RIO
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXX XXXXXXX X XX XXXXXX XXXXXXX PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS ENERGÉTICOS EN LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR DEL MUNICIPIO DE ALMODOVAR DEL RIO
- Documento Descriptivo -
1. Cláusula 1.- Objeto del Contrato 4
2. Cláusula 2.- Bases Económicas de la Licitación 5
3. Cláusula 3.- Elementos Jurídicos, Técnicos y Económicos mínimos necesarios para ser admitidos en el diálogo competitivo. 6
4. Cláusula 4. Presentación de Solicitudes de Participación 6
5. Cláusula 5.- Documentación acreditativa del Cumplimiento de los Requisitos previos 7
6. Cláusula 6.- Criterios de Selección de Candidatos para participar en el Diálogo competitivo 8
7. Cláusula 7.-Selección de los Candidatos e Invitación para participar en el Diálogo competitivo 10
8. Cláusula 8.- Presentación de las Proposiciones 10
8.1. 8.1. Proposición Económica (Documento 1): 11
8.2. Garantía de Ahorros (Documento 2). 11
8.3. Estudio Técnico Económico de las Prestaciones P1, P2 y P3 (Documento 3). 11
8.4. 8.4. Relación y Programación de Inversiones incluidas en la Prestación P4 de Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía (Documento 4): 11
9. Cláusula 9.- Diálogo con los Candidatos 12
10. Cláusula 10.- Presentación y Examen de las Ofertas 12
11. Cláusula 11.- Criterios de Adjudicación 13
12. Cláusula 12.- Garantía provisional y definitiva 15
13. Cláusula 13.- Adjudicación del Contrato 16
14. Cláusula 14.- Pago a participantes. 17
15. Cláusula 15.- Formalización del Contrato 18
16. Cláusula 16.- Duración del Contrato y Plazos de Ejecución 18
17. Cláusula 17.- Condiciones Básicas de ejecución del Contrato 18
18. CLÁUSULA 18.- Condiciones específicas del Contrato. 20
19. CLÁUSULA 19.- Presupuesto del Contrato. 21
20. CLÁUSULA 20.- Forma de pago y modalidades de determinación de los precios. 22
21. Cláusula 21.- Modalidades y Determinación de los Precios. 22
21.1. 21.1. Gestión Energética (Prestación P1). 22
21.2. 21.2. Mantenimiento (Prestación P2). 22
21.3. 21.3. Garantía Total (Prestación P3). 22
21.4. 21.4. Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones (Prestación P4). 22
22. Cláusula 22. Revisión de Precios 23
22.1. 22.1. Gestión Energética (Prestación P1). 23
22.2. 22.2. Mantenimiento (Prestación P2). 23
22.3. 22.3. Garantía Total (Prestación P3). 23
22.4. 22.4. Abono de la Revisión de Xxxxxxx. 23
22.5. 22.5. Abono anual por exceso de consumos de energía. 24
23. CLÁUSULA 23.- Ayudas y subvenciones. 24
24. CLÁUSULA 24.- Prerrogativas del Ayuntamiento de Almodóvar del Río 25
25. CLÁUSULA 25.- Derecho supletorio 25
26. CLÁUSULA 26.- Confidencialidad 26
27. CLÁUSULA 27.- Jurisdicción competente. 00
00. XXXXX 0 DATOS IDENTIFICATIVOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIONES 27
29. ANEXO 2 MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 60 DEL TRLCSP 00
00. XXXXX 0 SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN 00
00. XXXXX 0 MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA 30
32. ANEXO 5 MODELO DE GARANTÍA DE AHORROS 31
Cláusula 1.- Objeto del Contrato
Constituye el objeto del presente contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado tramitado por el procedimiento de diálogo competitivo (en adelante, el “Contrato”), la ejecución de una actuación global e integrada de servicios energéticos para la adecuación de las instalaciones de alumbrado exterior del municipio de Almodóvar del Río a la normativa de alumbrado exterior.
La reforma del alumbrado exterior del municipio de Almodóvar del Río a través de la figura de una Empresa de Servicios Energéticos supone la ejecución de una serie de reformados que, por las diferentes soluciones tecnológicas existentes, pudieran dar resultados diversos más o menos óptimos. La complejidad técnica que conlleva la determinación, selección y el análisis de las soluciones, junto con la ejecución del resto de las prestaciones enumeradas a continuación, justifica el objeto del presente CCPP.
En concreto, y sin perjuicio de que su concreción definitiva se realizará en base al resultado del diálogo competitivo, la actuación global e integrada que es objeto del presente Contrato tiene como finalidad cubrir una serie de necesidades de la Administración contratante a través de la realización de las siguientes prestaciones que potencialmente se integrarán en el Contrato:
Definición y alcance de las obras de mejora y renovación de las instalaciones del alumbrado exterior existentes en el municipio
Planificación de los trabajos necesarios para su reforma compatible en todo momento con el funcionamiento de las instalaciones actuales hasta la paulatina puesta en marcha de las nuevas.
Ejecución de las obras de mejora y renovación de las instalaciones que se determinen como necesarias en el desarrollo del diálogo competitivo.
Financiación de las obras finalmente ejecutadas, con recuperación de la inversión a través del ahorro energético y económico alcanzado a lo largo de la vigencia del contrato.
Gestión energética: gestión energética para el funcionamiento correcto de las instalaciones objeto del Contrato; gestión del suministro energético de electricidad de las instalaciones de alumbrado y control de calidad, cantidad y uso.
Mantenimiento: mantenimiento preventivo para lograr el perfecto funcionamiento y limpieza de las instalaciones con todos sus componentes, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones y de todos sus componentes al valor inicial.
Garantía total: reparación con sustitución de todos los elementos deteriorados en las instalaciones según se determine en el desarrollo del diálogo competitivo bajo la modalidad de Garantía total.
Las dimensiones y características técnicas necesarias para la admisión de ofertas en relación con el presente procedimiento de contratación se contienen en el Programa Funcional que acompaña al presente Documento Descriptivo . Dentro del Programa Funcional se identifican:
(i) la naturaleza y dimensión de las necesidades a satisfacer y, en consecuencia, las características técnicas y económicas de la actuación global e integrada objeto del Contrato;
(ii) los elementos técnicos, jurídicos y económicos mínimos que deben incluir necesariamente las ofertas para ser admitidas al diálogo competitivo
Cláusula 2.- Bases Económicas de la Licitación
Sin perjuicio de que las condiciones económicas del Contrato se determinarán en base a los resultados del diálogo competitivo y con el objetivo de establecer parámetros que sirvan de fundamento para su desarrollo con los aspirantes interesados, se han establecido las siguientes cantidades de referencia para la ejecución de la actuación global e integrada:
- El presupuesto estimado para la implementación de la Gestión energética asciende a la cantidad de 117.340,00 €/año(IVA excluido), 141.981,4 euros (IVA incluido).
- El presupuesto estimado para la realización de las tareas de Mantenimiento y Garantía Total asciende a la cantidad de 69.272,72 €/año (IVA excluido) 83.820,00 € anuales(IVA incluido), cantidad valorada en función del número de puntos de luz que existen en Xxxxxxxxx del Río multiplicada por 55 € que cuesta aproximadamente el mantenimiento de cada luminaria.
- El presupuesto destinado a adornar las calles para la feria y para la Navidad se desglosa en de 8.264,46 euros (IVA excluido) 10.000 euros (IVA incluido),
Dado el potencial de ahorro de electricidad detectado en estudios energéticos precedentes del alumbrado exterior del municipio, el objetivo con el que el Ayuntamiento de Almodóvar del Río ha iniciado el presente procedimiento de licitación para la colaboración público privada es ejecutar una actuación global e integrada de gestión energética que permita dar cumplimiento a las nuevas exigencias normativas y sociales de eficiencia energéticas sin que ello suponga incurrir en costes por parte de la Administración propietaria.
En consecuencia, sin perjuicio de que las condiciones económicas de ejecución del Contrato se determinarán definitivamente en base a los resultados del diálogo competitivo, el adjudicatario, en tanto que gestor global de los servicios energéticos de las instalaciones de alumbrado objeto del Contrato, será retribuido en base a los actuales gastos incurridos por el Ayuntamiento para la obtención de todos los servicios que constituyen objeto de la actuación global e integrada y que ascienden a la cantidad de 194.877,18 euros IVA excluido y 235.801,4 euros IVA incluido anuales.
De esta forma, el gestor global de los servicios energéticos obtendrá rentabilidad por la ejecución de este contrato en base a su capacidad de implementar medidas de ahorro y eficiencia energética que se determinen en base a los resultados del diálogo competitivo tomando como punto xx xxxxxxx las especificaciones técnicas y económicas contenidas en el Programa Funcional y en el Anexo Técnico, y que podrán ser de alcance diverso. Así, la sustitución de instalaciones obsoletas por instalaciones modernas y eficientes, la ejecución de obras de mejora y renovación de las instalaciones consumidoras o la simple implantación de nuevos protocolos de mantenimiento y gestión, entre otras, supondrán mayores niveles de ahorro y eficiencia energética que, en definitiva, redundarán en un mayor beneficio del adjudicatario del Contrato.
Cláusula | 3.- Elementos Jurídicos, Técnicos | y | Económicos |
mínimos | necesarios para ser admitidos | en | el diálogo |
competitivo.
Podrán optar a la adjudicación del Contrato de Colaboración Público Privada las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresas, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido Ley de Contratos del Sector Público, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de forma que se permita valorar los criterios de selección para la participación en el diálogo competitivo que se exponen en la Cláusula 6 de este Documento . Asimismo, los participantes deberán tener como finalidad o actividad alguna relacionada directamente con el objeto del Contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente disponer de una organización con elementos materiales y personales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del Texto Refundido Ley de Contratos del Sector Público.
Cláusula 4. Presentación de Solicitudes de Participación
1.Los candidatos que deseen participar en la licitación del presente Contrato deberán presentar la correspondiente solicitud de participación según modelo anexo 3, acompañada de la documentación señalada a continuación en el Registro General del Ayuntamiento de Almodóvar del Río situado en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx xx0 XX 00000 Xxxxxxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx), dentro de su horario de oficina, en el plazo que finalizará el último día señalado para la entrega de solicitudes de participación en el Anuncio publicado en los Diarios Oficiales correspondientes.
1. La presentación de solicitudes de participación presume la aceptación por el candidato de las condiciones que regirán el diálogo competitivo y las condiciones básicas de ejecución del Contrato contenidas en este Documento Descriptivo, en el Programa Funcional y en el Anexo Técnico, así como la declaración responsable de la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.
2. La solicitud de participación y documentación adjunta se presentará en un sobre cerrado en el que figurará la inscripción “SOBRE 1: SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE COLABORACIÓN PÚBLICO PRIVADO POR EL PROCEDIMIENTO DE DIÁLOGO COMPETITIVO PARA LA ACTUACIÓN GLOBAL E INTEGRADA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ENERGÉTICOS EN LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR DEL MUNICIPIO DE ALMODÓVAR DEL RÍO ”.
3. Cuando las solicitudes de participación se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante telex o telegrama el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la solicitud de participación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición ésta no será admitida en ningún caso.
Cláusula 5.- Documentación acreditativa del Cumplimiento de los Requisitos previos
5.1. La solicitud de participación (redactada conforme al “Modelo de solicitud de participación” que figura como Anexo 3) deberá acompañarse de la siguiente documentación acreditativa de la personalidad jurídica y de la capacidad de obrar:
5.1.1. Datos identificativos del Licitador a Efectos de Notificación y Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar conforme al art. 60 del TRLCSP, conforme a los Anexo 1 y 2 del presente documento.
5.1.2. Documento Nacional de Identidad de la persona que presenta la proposición en nombre propio o como apoderado.
5.1.3. La capacidad de obrar de las Empresas que fueran personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. También podrá acreditarse mediante la Inscripción prevista en el artículo 83 del Texto Refundido Ley de Contratos del Sector Público.
5.1.4. Si se trata de una persona jurídica, asociativa o societaria, o siendo empresa individual, no firme la proposición económica el titular registral de la empresa, habrá también de incluirse escritura de apoderamiento, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil, a favor de la persona que suscriba la oferta económica, con facultades para contratar con la Administración.
5.1.5. Acreditación conforme al artículo 60 del Texto Refundido Ley Contratos del Sector Público, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar. Dicha acreditación se deberá efectuar mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
5.1.6. La Administración podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Cuando varios empresarios acudan a una licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las Empresas que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar conforme a lo establecido en los apartados anteriores. En el escrito de solicitud de participación deberán indicar los nombres y circunstancia de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y la designación de la persona o entidad con poderes bastantes para
ejercitar los derechos y cumplirlas obligaciones que se deriven hasta la extinción del contrato.
5.2. Asimismo, la solicitud de participación deberá acompañarse de la siguiente documentación acreditativa de la solvencia económica, técnica y profesional.
5.2.1. Todos los concurrentes al procedimiento de selección deberán acreditar como condición previa para ser admitidos en el mismo su solvencia económica, técnica y profesional por los medios previstos en los artículos 75 a 79 del Texto Refundido Ley de Contratos del Sector Público que sean adecuados de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula siguiente.
5.2.2. Asimismo, deberán aportar los documentos necesarios para valorar los criterios objetivos de selección expuestos en la Cláusula siguiente. En relación con la acreditación de estos criterios, deberán acreditar mediante certificaciones los contratos a los que se hace referencia en la Cláusula siguiente y, asimismo, presentarán también las certificaciones y documentos acreditativos del resto de circunstancias acreditativas de la solvencia técnica y profesional según se recoge en la Cláusula siguiente.
Los documentos acreditativos de la personalidad jurídica y de la capacidad de obrar, deberán presentarse en original o en copia o fotocopia, debidamente legalizadas y cotejadas, bien por la Administración, o bien por Notario. No obstante, cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos referidos a las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social se acreditará esta circunstancia mediante declaración expresa responsable. Si el órgano de contratación observara defectos materiales en la documentación presentada podrá conceder si lo estima conveniente, un plazo no superior a diez días para que el licitador subsane el error. La omisión de cualquiera de los documentos citados, o la no observancia estricta del cumplimiento de los previstos en los apartados anteriores podrán ser motivo para la no admisión de la oferta.
Cláusula 6.- Criterios de Selección de Candidatos para participar en el Diálogo competitivo
Los criterios objetivos con arreglo a los cuales la Mesa de Contratación seleccionará a los concurrentes serán los que se indican en las cláusulas 6.1 y 6.2. Se considerará que una empresa cumple con los requisitos de solvencia cuando obtenga una puntuación mínima de 30 puntos en cada uno de los dos apartados mencionados. El no cumplimiento de este requisito supondrá la no selección a la fase del Diálogo Competitivo y, por tanto, la exclusión de manera automática del procedimiento.
6.1. Valoración de la Solvencia Técnica y Profesional.
Se valorarán los apartados siguientes con un máximo de 50 puntos de acuerdo con la ponderación que se indica:
1. Las empresas participantes deberán demostrar su experiencia, número e importe de contratos de ingeniería básica y de detalle de proyectos luminotécnicos de instalaciones de alumbrado vial funcional y ambiental en áreas urbanas, y de contratos de ejecución de obra nueva y de reforma de instalaciones de alumbrado público, realizados todos ellos en los 3 últimos años, con un máximo de 25 puntos:
- 10 puntos: contratos superiores a 150.000 euros
- 5 puntos: contratos entre 75.000 y 150.000 euros
- 2 puntos: contratos inferiores a 75.000 euros
Su acreditación se realizará mediante la aportación de los correspondientes certificados emitidos por el cliente o propiedad donde se haga constar que los proyectos citados han supuesto ahorro de costes energéticos derivados de una mayor eficiencia energética del alumbrado.
2. Las empresas participantes deberán presentar un organigrama con la organización propuesta para su participación en este CCPP, que incluirá, al menos, los Currícula Vitae, titulación y experiencia de sus integrantes.
Cuando el personal técnico titulado designado para la ejecución de los trabajos haya participado directamente en la ejecución de los proyectos definidos en el apartado anterior, dicha participación se valorará con un máximo de 15 puntos. Caso contrario, la puntuación será:
- 5 puntos por tener más de 15 personas en plantilla
- 2 puntos por tener menos de 15 personas en plantilla
ü Las empresas participantes deberán demostrar la experiencia y capacidad de poder efectuar las preceptivas operaciones de mantenimiento sobre instalaciones de alumbrado exterior, para lo cual será necesario presentar referencias que incluyan un mínimo de 10.000 horas directas de trabajo/año en tareas de mantenimiento de instalaciones de alumbrado público.
Acreditadas esas referencias mediante certificaciones de sus clientes, se valorarán las instalaciones, equipos y los otros medios de que disponga la empresa participante para este fin, con un máximo de 10 puntos.
- 2 puntos por luxómetro registrador.
- 2 punto por luminancímetro, pinza amperimétrica.
- 2 punto por equipo analizador de redes.
- 2 punto por cámara termográfica
6.2. Valoración de la Solvencia Económica y Financiera.
Se valorarán los apartados siguientes con un máximo de 50 puntos de acuerdo con la ponderación que se indica:
La cifra de negocios global y de obras, suministros y servicios o trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios con un máximo de 35 puntos y conforme a la siguiente fórmula de valoración:
Facturación anual por encima de1.000.0000 euros: 15 puntos por cada año Facturación anual entre 500.0000 euros y 1.000.000 euros: 10 puntos por cada año
Facturación anual inferior a 500.000 euros: 5 puntos por cada año
La Mesa se reserva la posibilidad de solicitar aclaración a la documentación aportada como justificación de la solvencia técnica y económica declarada.
Cláusula 7.-Selección de los Candidatos e Invitación para participar en el Diálogo competitivo
El órgano de contratación, una vez comprobada la personalidad y solvencia de los solicitantes, acreditada por los empresarios según la presentación de la documentación que se exige en la Cláusula anterior, seleccionará, en base a los criterios que se han expuesto en la Cláusula anterior, los que deban pasar a la siguiente fase a los que invitará, simultáneamente y por escrito a la fase de diálogo competitivo.
Efectuada la valoración de la solvencia, las cuatro primeras empresas mejor valoradas o, en su defecto, las tres primeras, serán las únicas invitadas a presentar oferta y participar en el diálogo competitivo.
En el caso de que los licitadores que superen la puntuación establecida en la cláusula anterior sean menos de tres se estará a lo dispuesto en el artículo 149.2 de la Ley.
Las invitaciones a tomar parte en el diálogo competitivo tendrán el siguiente contenido:
Referencia al anuncio de licitación.
Fecha de inicio de la fase de consulta y lugar donde se desarrollará.
La ponderación relativa de los criterios de adjudicación del Contrato.
A la invitación se acompañará:
- Un ejemplar del presente Documento Descriptivo
- Un ejemplar del Programa Funcional
- Un anexo técnico en el que se integran los siguientes documentos:
- Relación de Suministros
- Relación de puntos de luz por Cuadro de alumbrado y Suministro
- Identificación y clasificación lumínica de los tipos de luminaria
- Histórico de Maxímetros
Cláusula 8.- Presentación de las Proposiciones
Los candidatos seleccionados para el diálogo competitivo presentarán su propuesta técnica y económica en el plazo y lugar que se indique en la invitación, lo que dará origen al diálogo competitivo recogido en la cláusula 9. En todo caso, este plazo de presentación de propuestas en el plazo de 40 días naturales contados desde la fecha del envío de la invitación escrita.
Los candidatos seleccionados deberán presentar una propuesta técnica y económica con la documentación que se especifica a continuación, indicando en cada uno de los documentos el contrato al que concurre, así como la denominación de la Empresa,
C.I.F de la Empresa licitadora, nombre y apellidos de quien firma la proposición y carácter con que lo hace. La documentación deberá ser necesariamente firmada por el licitador o persona que lo representa.
8.1. Proposición Económica (Documento 1): Contendrán una sola proposición firmada por el licitador o persona que lo represente redactada conforme al “Modelo de proposición económica” que figura en el Anexo 4, incluyéndose en el precio ofertado todos los conceptos, incluido el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como cualquier otro impuesto o gasto que pueda gravar la operación, gastos de desplazamiento y el beneficio industrial del adjudicatario. En cualquier caso, la proposición económica presentada se referirá a una única cantidad anual. Se identificará como Documento 1.
8.2. Garantía de Ahorros (Documento 2). Se presentará debidamente cumplimentado el “Modelo de garantía de Ahorros” que figura en el Anexo 5 de este Documento. Los precios llevarán el IVA incluido. Se identificará como Documento 2.
8.3. Estudio Técnico Económico de las Prestaciones P1, P2 y P3 (Documento 3). El documento número 3 contendrá el Estudio Técnico Económico correspondiente a las prestaciones P1, P2, y P3 de la oferta, haciendo referencia a los siguientes apartados:
a) Memoria técnica relativa a la Organización Prevista para el desarrollo de los servicios, tanto de cuota fija como complementarios.
b) Descripción y ubicación de los locales, vehículos y medio auxiliares destinados a la prestación de los mismos.
c) Características de los equipos mecánicos que se dedicarán a la realización de los trabajos.
d) Relación numérica nominal y categoría del personal a emplear.
Este documento incluirá todas aquellas acreditaciones o certificados que son objeto de puntuación en los criterios objetivos de valoración.
8.4. Relación y Programación de Inversiones incluidas en la Prestación P4 de Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía (Documento 4): El documento número 4 deberá reflejar la relación de inversiones que el licitador se compromete a realizar dentro del precio de la Prestación P4, para las obras de mejora y renovación de las instalaciones. En este apartado el licitador reflejará detalladamente la oferta que realiza para llevar a cabo la financiación y ejecución de las obras de mejora y renovación de las instalaciones, propuestas en la auditoría energética efectuada sobre las instalaciones de alumbrado. La Memoria Técnica contendrá como mínimo:
Las características de los equipos y elementos que configurarán la nueva instalación de alumbrado exterior.
El programa concreto en el que se refleje un calendario con la señalización exacta del momento de cada inversión.
La inversión propuesta y la justificación del importe tanto parcial como total.
Un estudio energético con los ahorros previstos, estudio técnico-económico, plan de ejecución y, en su caso, posibles condiciones para su ejecución.
8.5. Los licitadores deberán incluir en este sobre, el certificado sellado de haber realizado la visita a las instalaciones de alumbrado exterior del municipio de Almodóvar del Río .
Cláusula 9.- Diálogo con los Candidatos
El órgano de contratación desarrollará con los candidatos seleccionados un diálogo cuyo fin será determinar los medios adecuados para satisfacer sus necesidades. En el transcurso de este diálogo podrán debatirse todos los aspectos del Contrato con los candidatos seleccionados.
Durante el diálogo, el órgano de contratación dará un trato igual a todos lo licitadores y, en particular, no facilitará, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores con respecto al resto.
El procedimiento podrá articularse en varias fases sucesivas, a fin de reducir progresivamente el número de soluciones a examinar durante la fase de diálogo competitivo mediante la aplicación de los criterios indicados en el Anuncio de licitación, el Programa Funcional y el Documento Descriptivo.
Para ello, las soluciones técnicas aportadas por las empresas en el diálogo competitivo podrán ser utilizadas en parte o totalmente por el órgano de contratación al objeto de confeccionar la propuesta de reforma final que mejor se adecue a las necesidades e intereses del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx del Río.
Las empresas, por el mero hecho de participar en el Concurso, aceptan que sus soluciones técnicas puedan ser utilizadas parcial o totalmente para la definición de la propuesta final que será el proyecto a ejecutar.
Tras declarar cerrado el diálogo competitivo e informar de ello a todos los participantes, el órgano de contratación les invitará a que presenten su oferta final, en el plazo que se determine, basada en la solución consensuada o en las soluciones presentadas y especificadas durante la fase de diálogo, indicando la fecha límite y la dirección a la que deba enviarse.
Para ello se presentará el modelo de la Oferta económica del Anexo 4.
Cláusula 10.- Presentación y Examen de las Ofertas
Las ofertas deben incluir todos los elementos requeridos y necesarios para la ejecución del Contrato. El órgano de contratación podrá solicitar precisiones o aclaraciones sobre las ofertas presentadas, ajustes en las mismas o información complementaria relativa a ellas, siempre que ello no suponga una modificación de sus elementos fundamentales que implique una variación que pueda falsear la competencia o tener un efecto discriminatorio.
El órgano de contratación evaluará las ofertas presentadas por los licitadores y seleccionará la oferta económicamente más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios establecidos en la cláusula 11.
El órgano de contratación podrá requerir al licitador cuya oferta se considere más ventajosa económicamente para que aclare determinados aspectos de la misma o ratifique los compromisos que en ella figuran, siempre que con ello no se modifiquen elementos sustanciales de la oferta o de la licitación, se falsee la competencia, o se produzca un efecto discriminatorio.
Cláusula 11.- Criterios de Objetivos de Valoración
La valoración de las ofertas se realizará de conformidad a la documentación presentada, y se regulará en base a una puntuación total de 100 puntos de acuerdo con la ponderación que se indica a continuación:
a) Valoración técnica de la propuesta de Gestión Energética de la Prestación P1 con una puntuación máxima de 20 puntos. La asignación de puntuación se realizará conforme a la siguiente baremación:
● Presentación de un Plan de Actuación conforme a las directrices técnicas y de gestión dadas para la prestación P1 en el apartado 6 del Programa Funcional ().
Se valorará la presentación de una memoria descriptiva del Plan de Actuación en la que se detallen los siguientes prototipos con el desglose conveniente de acuerdo a las necesidades descritas en el Anexo Técnico y en el Programa Funcional.
○ Prototipo de tablas y gráficas para el control mensual de facturación
○ Prototipo de tablas y gráficas para el control mensual de consumos
○ Prototipo de tablas y gráficas para el control de niveles de iluminación y eficiencia energética
○ Propuesta de inventario y planos a elaborar:
■ Identificación del número de planos y esquemas a elaborar y descripción del detalle que llevará cada uno de ellos
■ Prototipo de tablas y fichas de inventario que se elaborarán en donde se recojan todos los datos relevantes de la Instalación de Alumbrado Público Exterior
○ Propuesta de horario de encendido y apagado de la Red de Alumbrado Público y justificación
○ Adecuación de potencias contratadas conforme a la potencia realmente demandada.
○ Actuaciones de mejora de energía reactiva
b) Valoración técnica de la propuesta de programa de mantenimiento de las instalaciones de la Prestación P2 con una puntuación máxima de 20 puntos. La asignación de puntuación se realizará conforme a la siguiente baremación:
● Presentación de un Plan de Mantenimiento e Inspecciones conforme a las directrices técnicas y de gestión dadas en este Documento. Se valorará la presentación de una memoria detallada del Plan de Mantenimiento propuesto en la que se detallen los siguientes prototipos con el desglose conveniente de acuerdo a las necesidades descritas en el anexo técnico:
○ Propuesta de tabla de inspecciones y labores de mantenimiento y limpieza a realizar y periodicidad
○ Descripción de las tareas a realizar
○ Número de personas de las que se dispone para llevar a cabo las tareas de Mantenimiento, inspecciones y limpieza
○ Propuesta de calendario de ejecución del Plan de Mantenimiento Preventivo e Inspecciones (incluye limpieza) y número de personas asignadas
c) Valoración técnica de la propuesta de Garantía Total de la Prestación P3, con una puntuación máxima de 10 puntos. La asignación de puntuación se realizará conforme a la siguiente baremación:
● Presentación de una planificación y previsión del mantenimiento correctivo con garantía total:
○ Número de equipos disponibles para esta labor, número de personas por equipo, recursos materiales con los que contará cada equipo
○ Xxxxxxxx y zonas que cubrirá cada equipo
○ Teléfonos de atención, horarios
○ Tiempos de respuesta tras la comunicación de incidencias según su clasificación
○ Clasificación de incidencias
○ Planes de contingencia
○ Justificación de que el número de personas asignadas a Mantenimiento Preventivo y las asignadas al Mantenimiento Correctivo son suficientes para cada prestación
○ Propuesta de tabla de registro de incidencias
○ Coste estimado de la garantía total para el municipio de (Ayto)
○ Equipos y materiales destinados a reposición de instalaciones por vandalismo y robos
○ Se indicará expresamente el material o prestaciones que el concursante no incluya en la garantía total
d) Valoración de la Memoria Técnica de la Prestación P4 de Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones de Alumbrado Público para conseguir un mayor ahorro y mejorar la eficiencia energética: hasta un máximo de 35 puntos, con el siguiente reparto:
- Mayor volumen de inversión: hasta un máximo de puntos.
- Mejor plan de ejecución, programa de obras y condicionantes (hasta 2 puntos).
- Conjunto de luminarias mejor adaptada al entorno histórico artístico.
- Mayor cantidad de luminarias con FHSi<1%
e) Valoración de garantía de ahorro energético tras la reforma (Tomando como Base el Documento 2 -Anexo 5-): hasta un máximo de 15 puntos con el siguiente reparto:
- Menor consumo energético anual estimado en kWh, calculado como [A]·[Consumo base de 884.300 kWh]. (hasta 7, 5 puntos)
- Exceso de ahorro [B] a partir del cual se reparten beneficios (hasta 7,5 puntos).
Se realizará un estudio comparativo entre las distintas ofertas, pudiendo la Administración titular de las instalaciones no otorgar puntuación en alguno o todos los apartados, en función de la calidad técnica apreciada.
Cláusula 12.- Garantía provisional y definitiva
Los candidatos seleccionados para la presentación de su oferta final, tendrán que constituir una garantía provisional correspondiente al 1 % de la base de licitación, que responderá al mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del Contrato.
En el supuesto de uniones temporales de empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes en la unión, siempre que, en conjunto, se alcance la cuantía establecida en el apartado antecedente.
Dicha garantía provisional responderá de la veracidad de los datos aportados por los oferentes, así como de que no será retirada la propuesta de forma injustificada antes de la formalización de la adjudicación.
Esta garantía podrá constituirse en cualquiera de las siguientes formas:
- En efectivo o en valores de Deuda pública. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositará en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda y con las condiciones que las leyes de desarrollo establezcan.
- Mediante aval, por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de créditos, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en el punto anterior.
- Mediante contrato de seguro de caución con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. La certificación del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en el primer punto.
La garantía será devuelta a las empresas no adjudicatarias una vez se haya procedido a la adjudicación del contrato, y a la adjudicataria en el momento en que se constituya la garantía definitiva.
El licitador que hubiere presentado la oferta económica más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA. Esta garantía podrá prestarse en cualquiera de las formas expresadas para la garantía provisional. Esta garantía no será devuelta o cancelada hasta la finalización del Contrato.
El licitador que hubiere presentado la oferta económica más ventajosa podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
La garantía responderá de los conceptos establecidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Cláusula 13.- Adjudicación del Contrato
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta
de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco día.
Cláusula 14.- Pago a participantes
El Ayuntamiento no realizará pago de ningún tipo a los licitadores participantes en el proceso de licitación durante ninguna de sus etapas.
Cuando se termine el proceso de licitación el Ayuntamiento no se responsabilizará de ningún coste o perjuicio que este hecho pueda causar a los licitadores participantes, por lo que no indemnizará a los mismos, en ningún caso.
La contraprestación a percibir por el contratista colaborador consistirá en un precio que se satisfará durante toda la duración del contrato, y que podrá estar vinculado al cumplimiento de determinados objetivos de rendimiento.
El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en TRLCSP y en el contrato, con arreglo al precio convenido.
El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, mediante abonos a cuenta o, en el caso de contratos de tracto sucesivo, mediante pago en cada uno de los vencimientos que se hubiesen estipulado.
El contratista tendrá también derecho a percibir abonos a cuenta por el importe de las operaciones preparatorias de la ejecución del contrato y que estén comprendidas en el objeto del mismo, en las condiciones señaladas en el documento descriptivo, debiéndose asegurar los referidos pagos mediante la prestación de garantía.
La Administración tendrá la obligación de abonar el precio conforme a la legislación vigente en el momento de realización de presentación de la factura o solicitud de pago
Todo ello sin perjuicio de que si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración, con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en la normativa.
Si la demora de la Administración fuese superior a ocho meses, el contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen.
Sin perjuicio de lo establecido en las normas tributarias y de la Seguridad Social, los abonos a cuenta que procedan por la ejecución del contrato, solo podrán ser embargados en los siguientes supuestos:
a. Para el pago de los salarios devengados por el personal del contratista en la ejecución del contrato y de las cuotas sociales derivadas de los mismos.
b. Para el pago de las obligaciones contraídas por el contratista con los subcontratistas y suministradores referidas a la ejecución del contrato.
Cláusula 15.- Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo este gasto.
En este caso el adjudicatario deberá entregar al Ayuntamiento una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución del mismo, siendo trámite necesario la audiencia del interesado. En tal supuesto, procederá la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
Cláusula 16.- Duración del Contrato y Plazos de Ejecución
La ejecución del Contrato comenzará a partir del día siguiente de su formalización.
El plazo para la ejecución de las obras que forman parte del Contrato serán aquellos que se establezcan como resultado del diálogo competitivo, no pudiendo superar el plazo máximo de 15 meses desde la firma del Contrato.
Este plazo máximo incluirá la aprobación del proyecto definitivo por parte de Ayuntamiento, la ejecución material de las obras, así como la realización de las pruebas de funcionamiento pertinentes para la comprobación de la correcta ejecución de las mismas o para la implementación de las medidas correctoras.
La duración del contrato será aquella que atendiendo al resultado del diálogo competitivo se determine en el Contrato. En todo caso, la duración del Contrato nunca será superior a 20 años.
Cláusula 17.- Condiciones Básicas de ejecución del Contrato
La ejecución del Contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, sin perjuicio de las previsiones sobre equilibrio económico financiero que puedan establecerse en el Contrato. El alcance de los riesgos que se pacten, compartidos por la Administración y el adjudicatario, será pormenorizado en el Contrato que firmen ambos.
En todo caso, se consideran riesgos que debe asumir el adjudicatario los siguientes:
- Riesgo de construcción: el adjudicatario asumirá los contratiempos producidos por las desviaciones en el plazo de ejecución de las obras que se contemplen como objeto del Contrato, en el coste de la construcción, las deficiencias técnicas que se puedan dar en cuanto al suministro de materiales, equipos, etc. A estos efectos, el Contrato establecerá de conformidad entre el adjudicatario y la Administración contratante un sistema de penalidades para los casos de incumplimiento en la ejecución de las obras.
- Riesgo de disponibilidad: el cumplimiento de los estándares de calidad y servicio que se fijen en el Contrato es una condición esencial para la ejecución del mismo. En el proceso de diálogo competitivo se fijarán los niveles de calidad que el adjudicatario se compromete a realizar. A estos efectos, el Contrato establecerá, de conformidad entre el adjudicatario y la Administración contratante, un sistema de penalidades para los casos de incumplimiento en la puesta a disposición de las instalaciones o de incumplimiento de los niveles de calidad pactados.
El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, sin que el incumplimiento por su parte de dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para el Ayuntamiento de Almodóvar del Río, así como de las que promulguen durante la ejecución del mismo.
Será obligación del adjudicatario indemnizar los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 214 del Texto Refundido Ley de Contratos del Sector Público.
La obtención de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas, incluso para la importación, en su caso, de los bienes, correrá siempre a cargo del adjudicatario, quien deberá pedirlos en su propio nombre.
Los bienes a entregar por el adjudicatario deberán cumplir cuantas normas de carácter general sobre los mismos hayan sido dictadas por la Administración del Estado, Autonómica o Local, sin perjuicio de las específicas que hayan podido establecerse en el correspondiente Anexo de Condiciones Técnicas.
El adjudicatario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial de los suministros que se efectúe por un tercero, y deberá indemnizar al Ayuntamiento todos los daños y perjuicios que para el mismo puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos todos los gastos derivados de las mismas.
El adjudicatario responderá de la calidad de los bienes suministrados y de las faltas que hubiere. Sólo quedará exento de responsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de una orden del Ayuntamiento de las condiciones impuestas por él.
CLÁUSULA 18.- Condiciones específicas del Contrato.
Plan de Actuación.
En la última semana de cada mes el adjudicatario deberá presentar un plan de trabajo con las instrucciones dadas por los técnicos del Ayuntamiento en el que se recoja las previsiones para el mes siguiente.
Después de cada intervención en cualquier instalación (sean rutinarias o no), deberán confeccionarse los partes de trabajo de los servicios realizados entregándose para su firma al técnico designado por el Ayuntamiento.
Medios Humanos
La empresa adjudicataria estará obligada a:
ü Adjuntar la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en las instalaciones.
ü Disponer de un Director Técnico de Mantenimiento, titulado técnico competente con experiencia en mantenimiento, y que actuará como responsable del servicio frente a los responsables de del Ayuntamiento de (Ayto), y cuyo nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por éste.
ü El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx del Río no tendrá relación jurídica, ni laboral, ni de otra índole con el personal de la empresa adjudicataria, ni durante el plazo de vigencia del contrato, ni al término del mismo.
ü El adjudicatario no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato.
ü El personal encargado de realizar las labores de mantenimiento deberá tener la cualificación requerida por la reglamentación vigente (REEIAE, REBT, etc.), en particular en lo que se refiere a carnés profesionales, y experiencia acreditada en el mantenimiento y reparación, entre otras, de las instalaciones objeto de este contrato.
ü Vehículos y Medios a utilizar.
ü El adjudicatario adscribirá al servicio los vehículos y medios necesarios para el cumpliento de las prestaciones tal y como hizo constar en su oferta. Todo el material, vehículos y maquinaria se encontrará en perfecto estado de uso y conservación, pudiendo ser desechado por los técnicos del Ayuntamiento cuando no reúnan estas condiciones, debiendo el adjudicatario sustituirlo por otro adecuado de las mismas características que las definidas en su oferta.
ü Los vehículos estarán perfectamente pintados en todo momento y limpios, debiéndose efectuar una adecuada limpieza de los mismos, por lo menos, cada quince días.
ü Como criterio general, sólo se emplearán escaleras que no estén montadas sobre vehículos en aquellas operaciones en las que no podría justificarse su utilización sobre éste por motivos operativos o económicos, como puede ser, por ejemplo, la limpieza de luminarias.
ü Seguro de Responsabilidad Civil.
ü El adjudicatario dispondrá durante la duración de todo el contrato de una póliza de Responsabilidad Civil de daños a terceros (personas o cosas)
para cubrir posibles accidentes que pudieran producirse afectando a su personal así como a terceras persona.
ü La garantía mínima a cubrir será de 600.000 euros por siniestro, cuya suscripción deberá quedar debidamente acreditada ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx del Río en el momento de la firma del contrato.
ü Prevención y Seguridad en el Trabajo.
ü Será de exclusiva competencia y riesgo del adjudicatario todo lo referente a accidentes de trabajo, normas de seguridad en el mismo, de previsión y seguridad social, y de cuantas disposiciones sean de aplicación a los trabajos objeto de este contrato.
ü Vigilancia e Inspección.
ü En todo momento los técnicos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx del Río tendrá plenas facultades para inspeccionar los trabajos que deberá efectuar la empresa adjudicataria a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el presente Documento .
ü La empresa está obligada a facilitar cualquier visita de inspección realizada por personal del Ayuntamiento de Almodóvar del Río.
CLÁUSULA 19.- Presupuesto del Contrato.
Debido a la complejidad del expediente y dado que las prestaciones a realizar quedarán definidas al término del diálogo que se lleve a cabo con los candidatos seleccionados (tras las negociaciones oportunas entre éstos y el Ayuntamiento), no es posible fijar de antemano un presupuesto de contrato, pudiendo estimarse las siguientes cifras provisionales, sin validez contractual pero al objeto de establecer un parámetro xx xxxxxxx:
Un presupuesto anual para la ejecución de las prestaciones P1, P2 y P3 de 225.801,39 €, que se licitará a la baja y que el Ayuntamiento abonará al adjudicatario durante el plazo del contrato según se establece en la Cláusula 21. A todos los efectos se entenderá que en las ofertas que se presenten estarán incluidos todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficio, seguros, transportes, dietas y desplazamientos, honorarios de personal técnico, comprobaciones y ensayos, tasas, visados, emisión de certificados y toda clase de tributos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Un presupuesto para el suministro y puesta en marcha de las soluciones técnicas contempladas en la prestación P4, cuyo importe será estimado como resultante del
proceso del diálogo competitivo, que será asumido y financiado por la empresa adjudicataria y la recuperación del mismo será través del ahorro energético que la inversión produzca a lo largo de la duración del contrato. La fijación, por tanto, de este presupuesto se realizará una vez desarrolladas las posibles soluciones, cerrado el diálogo y, por supuesto, antes de la solicitud de oferta final a los candidatos. Todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 166 de la LCSP.
CLÁUSULA 20.- Forma de pago y modalidades de determinación de los precios.
El pago se realizará en mensualidades, previa presentación de factura por el adjudicatario, y previo informe favorable de los Servicios Técnicos de la Administración titular de las instalaciones.
Durante los primeros 12 meses del contrato el Ayuntamiento abonará la mitad del pago por mensualidad.
A partir del décimo tercer mes los pagos serán regulares procediendo al pago mensual correspondiente de acuerdo al contrato que se firme con la empresa adjudicataria.
Cláusula 21.- Modalidades y Determinación de los Precios.
21.1. Gestión Energética (Prestación P1).
a) El precio P1 incluye toda la energía consumida por las instalaciones objeto de este contrato y la gestión incluida en el Anexo Técnico.
b) Las revisiones de precios de P1 a efectuar serán las previstas en cláusula 22.1, que hace referencia a los supuestos de variación del costo de la energía eléctrica.
c) Así mismo, los excesos de consumo no incluidos en el precio P1, serán abonados por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx del Río al adjudicatario, según lo especificado en el punto 21.5
21.2. Mantenimiento (Prestación P2).
a) Estos precios incluyen los gastos correspondientes a la obligación del adjudicatario de mantener el perfecto funcionamiento y limpieza de las instalaciones de alumbrado exterior con todos sus componentes, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones y de todos sus componentes al valor inicial, todo ello de acuerdo con las
prescripciones de la ITC-EA-06 del Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior.
b) Las revisiones de precios de P2 a efectuar serán las previstas en el cláusula 22.2, que hace referencia a los supuestos de variación del Índice de Precios al Consumo.
21.3. Garantía Total (Prestación P3).
a) Estos precios incluyen los gastos correspondientes a la obligación del adjudicatario de mantener los medios para las intervenciones del personal y las herramientas con el fin de asegurar la Garantía Total, y la organización y seguimiento que se indican en el Anexo Técnico.
b) Las revisiones de precios de P3 a efectuar serán las previstas en el cláusula 22.3, que hace referencia a los supuestos de variación del Índice de Precios al Consumo.
21.4. Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones (Prestación P4).
Estos trabajos serán por cuenta del adjudicatario en su calidad de Empresa de Servicios Energéticos, por lo que no corresponde su facturación y pago al Ayuntamiento de Almodóvar del Río.
5. Prestaciones no Incluidas.
Cláusula 22. Revisión de Precios
Los precios que figuran en la oferta económica del Contrato comprometen al adjudicatario en la ejecución de las prestaciones definidas en el Documento durante 12 meses. Estos precios serán revisados anualmente por la aplicación de las siguientes fórmulas:
22.1. Gestión Energética (Prestación P1).
Los importes correspondientes a esta prestación serán revisados anualmente en función de los precios de la electricidad, tal y como se define a continuación:
P’1 = P1 x (E’/Eo)
En la cual:
P’1 = Precio revisado (euros).
P1 = Precio que figura en la oferta económica a la fecha de inicio del contrato. (euros).
Eo = Importe de facturación de electricidad, a la fecha de inicio del contrato. E’ = Importe de facturación de electricidad, del año anterior que se revise.
22.2. Mantenimiento (Prestación P2).
El importe de esta prestación será revisado anualmente en función del índice de precios oficial, según la fórmula siguiente:
P’2 = P2 (1 + 0.85 x I P.C.)
En la cual:
P’2 = Precio revisado (euros).
P2 = Precio del período anual precedente (euros).
I.P.C. = Índice de Precios al Consumo.
22.3. Garantía Total (Prestación P3).
El importe de esta prestación será revisado anualmente en función del índice de precios oficial, según la fórmula siguiente:
P’3 = P3 (1 + 0, 85 x I.P.C.)
En la cual:
P’3 = Precio revisado (euros).
P3 = Precio del período anual precedente (euros).
I.P.C. = Índice de Precios al Consumo.
22.4. Abono de la Revisión de Xxxxxxx.
4.1. Los importes anuales de las prestaciones del contrato (P1, P2 y P3) tal como se definen, serán revisados cada año a la fecha de la adjudicación según las modalidades enunciadas en el apartado 3.
4.2 Los importes serán objeto de pagos iguales, calculados sobre la base de un doceavo (1/12) de los valores actualizados anualmente, que serán facturados el día uno de cada mes.
Anualmente, se revisarán los ahorros conseguido conforme a lo ofertado, y se procederá a su abono o reintegro, según corresponda.
4.3. Las modalidades para realizar las facturas serán definidas en el Documento Descriptivo.
4.5. El abono de las facturas se realizará en la forma establecida por el Ayuntamiento para el pago de sus proveedores.
22.5. Abono anual por exceso de consumos de energía.
5.1 Se considerarán excesos de consumo de energía, al diferencial del consumo de energía anual respecto al consumo del año base, provocadas por la propiedad debido a:
- Excesos de consumo por aumento del horario de uso respecto al horario establecido por las partes.
- Excesos de consumo por aumento de número de equipos instalaciones de alumbrado fuera del objeto de este contrato. Este exceso se valorará a partir de la ampliación de potencia y el consumo eléctrico y a partir del precio de la energía actualizado en cada uno de los sucesivos años.
5.2 Dichos excesos serán abonados por la propiedad al adjudicatario a año vencido aplicando la siguiente fórmula:
P11 = Exceso de consumo eléctrico x E’ . Siendo E´ el definido en el punto 22.3
CLÁUSULA 23.- Ayudas y subvenciones.
Si por la naturaleza de las actuaciones a las que se refiere este contrato y concretamente a la Prestación P4, hubiera lugar a solicitar cualesquiera ayudas y/o subvenciones de cualquier organismo de la Administración Estatal, Autonómica, Local o Comunitaria, o cualquier otro Ente público o privado, nacional o internacional, el adjudicatario las solicitará haciendo constar la existencia del presente contrato de servicios energéticos, debiendo incluir en la instancia que en tal sentido se formule el siguiente texto entrecomillado:
El adjudicatario repercutirá íntegramente la subvención recibida a la amortización de las inversiones acometidas para el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx del Río en cualquiera de las formas legalmente previstas: amortización de deuda, reducción de cuota, reducción de plazo, etc.
Cuando se trate de Subvenciones con cargo a la Orden de incentivos de 4 de febrero de 2009 (modificada por la orden de 7 de diciembre de 2012), por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de subvenciones para el desarrollo energético sostenible de Andalucía y se efectúa su convocatoria para 2009-2014 se hará constar el cumplimiento de los trámites previstos en dicha Orden.
Si por la norma reguladora de su concesión, esta ayuda o subvención tuviera que ser demandada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx del Río, como propietario o titular de las instalaciones, éste las solicitará obligándose a destinar el total del importe de la ayuda/subvención que se le conceda a la amortización de la aportación económica efectuada por el adjudicatario para acometer las obras.
En caso de resolución favorable, el Ayuntamiento de Almodóvar del Río y el adjudicatario destinarán todos los importes de las ayudas y subvenciones, a la amortización de la aportación económica efectuada por el adjudicatario en el proyecto. El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx del Río o el adjudicatario, en su caso, una vez reciba el importe total de la subvención o cualquier cantidad a cuenta, vendrá obligado a comunicar tal circunstancia a la otra parte, poniendo a disposición las cantidades correspondientes, salvo que la norma reguladora de su concesión permitiese su directa transferencia al adjudicatario.
La aplicación del total del importe de dichas ayudas y subvenciones a la amortización de la inversión del adjudicatario, se efectuará considerando el importe recibido como un ingreso extraordinario, disminuyendo, por ello, el plazo de duración del Contrato. La finalización de la duración del contrato, en meses, se reducirá en el número que resulte de dividir el importe de las ayudas y subvenciones por la cuantía mensual que estuviera pagando en ese año el Ayuntamiento al adjudicatario por la prestación del servicio integral de iluminación
CLÁUSULA 24.- Prerrogativas del Ayuntamiento de Almodóvar del Río
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP, el órgano de contratación ostenta las prerrogativas de interpretar el Contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de éste. En este sentido, serán consideradas causas de resolución del Contrato las previstas en los artículos 223, 237,299,308 TRLCSP, así como las que se expresan específicamente en el mismo.
En caso de resolución por causa no imputable al Ayuntamiento, quedarán en poder del mismo cuantos elementos y aparatos de cualquier clase, necesarios para la ejecución del Contrato, hayan sido colocados en la instalación de alumbrado exterior, sin que quepa resarcimiento económico alguno al adjudicatario.
El Ayuntamiento se reserva el derecho a intervenir, mantener o modificar, siempre de forma justificada, en las instalaciones que se lleven a cabo como consecuencia de la ejecución del Contrato.
CLÁUSULA 25.- Derecho supletorio
En lo no previsto en este Documento Descriptivo, en el Programa Funcional o en lo que quede recogido en el Contrato, se estará a lo dispuesto en la TRLCSP, -entendiéndose que el régimen jurídico a aplicar es el del contrato típico que se corresponda con la prestación principal que quede determinada en el Contrato, en base al resultado del diálogo competitivo-, el R.D. 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y demás normativa de aplicación.
CLÁUSULA 26.- Confidencialidad
El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer como consecuencia de la participación en el Diálogo o, en su caso, con ocasión del cumplimiento del Contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrán copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este Documento , ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. En este sentido, el adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y, especialmente, en lo dispuesto por el art. 12 “Acceso a los datos por cuenta de terceros”.
CLÁUSULA 27.- Jurisdicción competente.
El orden jurisdiccional contencioso administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato a formalizar.
ANEXO 1 DATOS IDENTIFICATIVOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
Denominación o razón social:
Domicilio:
NIF/CIF:
Teléfono:
Fax:
Correo electrónico:
Representante/s:
Persona de contacto (nombre y apellidos, tfno. Fax y correo electrónico):
ANEXO 2 MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 60 DEL TRLCSP
D/Xx: .............................................................................................
D.N.I. nº:
En nombre y representación de la persona física/jurídica:..........................................................................
Domicilio en (calle/plaza): Nº:
Población: Provincia: Código postal: N.I.F./C.I.F.: ................
DECLARO RESPONSABLEMENTE:
Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, hallándose, la persona física/jurídica representada, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Asimismo me comprometo a aportar los certificados y documentos requeridos por los artículos 151 de la TRLCSP y 13 y 14 del RGLCAP, en relación con el artículo 64 de dicha Ley, así como la garantía definitiva que corresponda, en el plazo máximo de 15 días hábiles a partir del siguiente a aquel en que se produzca la publicación de la adjudicación provisional, en el caso de resultar propuesto como adjudicatario provisional.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en ............... (ciudad), a ………………, de , de 201X
ANEXO 3 SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
Exped Nº …………………….
En….a…de…de 201X.
DON….mayor de edad, con domicilio a estos efectos en… con DNI número…. en nombre y presentación de la mercantil….con domicilio social en…C.I.F. nº….. en su calidad de
….apoderado de la misma según resulta de la escritura autorizada por el notario de … D… en fecha… con el número….. de su protocolo.
EXPONE:
Que la entidad….está interesada en participar en el procedimiento de diálogo competitivo que se establezca para la contratación de la ejecución de una actuación integral que suponga la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de alumbrado exterior del municipio de Almodóvar del Río
DECLARA:
· 1. Que solicita su participación formal en dicho procedimiento.
· 2. Que toda la información reflejada en la presente solicitud, así como en los documentos que se acompañan, es veraz y exacta.
Firmado:
ANEXO 4 MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D............................................................................, con domicilio
en , calle
............................................ y provisto de
D.N.I. ...................................................., en nombre propio o en
representación de la empresa con
domicilio en ,
calle ................................................. Teléfono .........................., y
C.I.F. .....................................................
DECLARO:
SUMINISTRO DE ENERGÍA Y GESTIÓN ENERGÉTICA EN INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR:
Que conociendo el Anexo Técnico, el Documento de cláusulas administrativas y demás documentación que debe regir el contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad, sin salvedad alguna, se compromete a llevar a cabo la ejecución del contrato conforme a los Documentos y condiciones que integran su oferta y con arreglo a los siguientes precios:
· Prestación P1 (Gestión Energética): ……………. euros + ………… de I.V.A. =
……….. €
· Prestación P2 (Mantenimiento): ……………. euros + ………… de I.V.A. = €
· Prestación P3 (Garantía Total): ……………. euros + ………… de I.V.A. = €
· Prestación P4 (Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones):
...................................... euros + …….. de I.V.A. = €
Importe Total Anual del Contrato (P1+P2+P3)................... euros + ……. de I.V.A =
……………………€
(Lugar, fecha y firma del proponente)
ANEXO 5 MODELO DE GARANTÍA DE AHORROS
D............................................................................, con domicilio
en , calle
............................................ y provisto de
D.N.I. ...................................................., en nombre propio o en
representación de la empresa con
domicilio en ,
calle ................................................. Teléfono .........................., y
C.I.F MANIFIESTA QUE
Los datos a los que se refiere el Anexo 1 “proposición económica” del presente documento, están realizados basándose en el ahorro energético del ….. % respecto a los 884.300 kWh anuales que factura el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx del río ([A]).
Mediante la presente, el abajo firmante declara conocer las instalaciones y consumos de las mismas, por lo que garantiza que con carácter de mínimo se alcanzará el porcentaje de ahorro energético indicado [A].
Si transcurrido un año desde la finalización de la reforma de alumbrado público conforme a lo convenido y se comprobase que dicho ahorro es mayor que el indicado en
[A] + .... % ([B]), el exceso será repartido a partes iguales entre Ayuntamiento y empresa.
Y para que así conste firmo la presente en
..............., a ……………… de ……… de ……..