PRESUPUESTO DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

PRESUPUESTO DEL CONTRATO. El precio de licitación fijado para el primer año de ejecución del contrato será de NOVENTA Y DOS MIL EUROS (92.000,00.-Euros), incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, con mejoras a la baja. Será la baja en el tipo de licitación un factor a considerar para la adjudicación del suministro, pero no el único. De la cifra total del tipo de licitación del contrato de servicios de mantenimiento de la vía pública, que tiene por objeto el trabajo de pintar las señalizaciones horizontales de la ciudad de Calahorra durante el primer año de duración del contrato, le corresponde en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido la cifra de 14.033,90.-Euros. Las proposiciones que superan la cantidad citada serán desechadas en el mismo acto de aperturas de Proposiciones. Las obligaciones económicas que se deriven del cumplimiento del contrato resultante de esta licitación, se atenderán con cargo a la partida nº 155VP.21000 "VÍAS PÚBLICAS: CONSERVACIÓN INFRAESTRUCTURAS", del Presupuesto General de la Corporación para 2012. Para atender a las obligaciones que se deriven del cumplimiento de este contrato durante 2013 y siguientes ejercicios, se habilitará anualmente en esa misma partida, el crédito suficiente para hacer frente a dichas obligaciones económicas futuras, de modo que la eficacia del acuerdo de adjudicación queda condicionada por los sucesivos compromisos de gasto que se adopten con la aprobación de cada presupuesto anual. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación, determinado siempre como precio cierto y expresado en moneda nacional. Para el abono del precio del contrato el adjudicatario deberá presentar en el servicio de Tesorería del Excmo. Ayuntamiento de Calahorra un certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, emitido a estos efectos por la Administración Tributaria durante los 12 meses anteriores al pago de la factura que se presente.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO. El importe del presupuesto del contrato es el señalado como máximo en el apartado «3» del Cuadro Resumen. Se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación, a excepción del importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, que figurará en partida independiente.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO. 2.1.- Valor estimado del contrato: 24.000,00 € (IVA excluido), por el tiempo de duración máximo estimado del contrato. 2.2.- Presupuesto base de licitación: el presupuesto base para esta licitación se cifra en la cantidad de 26.400,00 € (24.000,00 € + 2.400,00 € al 10 % de IVA), gasto que se imputará a la aplicación presupuestaria 1203.34102/227.99 o la que se habilite para cada año. El contrato se adjudicará por el presupuesto base de licitación, sin que la Diputación tenga la obligación de agotar dicho presupuesto, abonándose los servicios efectivamente realizados a los precios unitarios ofertados por el adjudicatario. 2.3.- Sistema de determinación del precio. De acuerdo con los artículos 102 y 309 de la LCSP, con carácter general el método de cálculo para la valoración del contrato se ha basado en los valores xx xxxxxxx actuales de los costes directos imputables a este contrato, incluidos los gastos de personal, teniendo en cuenta además las anteriores licitaciones sobre el mismo objeto y las circunstancias específicas de esta zona. El Convenio Colectivo aplicable al contrato es el “Convenio Colectivo provincial de transportes interurbanos en autobuses con vigencia desde 1 de enero de 2021 en adelante (BOP 236, de 11 de octubre de 2022), con las actualizaciones que correspondan a cada año). Los costes indirectos son aquellos relacionados con actividades generales o conjuntas de la empresa que preste el servicio (gastos generales de administración, gestión y servicios centrales, gastos corrientes de luz, agua, teléfono) y que, por tanto, no pueden ser atribuidos fácilmente y con precisión a una única actividad. Dada la dificultad de su valoración, se ha optado por la utilización de una metodología estimativa, asignando un porcentaje del 6 por ciento sobre los costes directos. Finalmente, para hallar el beneficio industrial del contratista se recurre al artículo 131 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, según el cual se estima en el 6 por ciento. En conclusión, el desglose de costes para un año sería el siguiente, excluido el IVA: Alj3 21.359,91 € 1.281,60 € 1.358,49 € 24.000,00 € 2.4.- Existencia de crédito y distribución por anualidades. La financiación del contrato se hará con cargo a la anualidad y aplicaciones presupuestarias siguientes: Anualidad Aplicación Presupuestaria Importe sin IVA IVA (10%) Importe Total 2024 1203.34102/227.99 o la que se habilit...
PRESUPUESTO DEL CONTRATO. El presupuesto base de licitación, será de 220.138,74 €, más 46.229,14 € correspondientes al IVA, presupuesto que podrá ser mejorado por los licitadores. El precio del contrato incluirá una relación de precios unitarios, debidamente desglosados, que son los que regirán durante la ejecución del mismo. Si tales precios no son presentados se entenderá que el licitador aporta los mismos del presupuesto de la Administración, afectados en igual porcentaje de baja que el contenido en su proposición económica.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO. El presupuesto máximo de licitación será de seiscientos cincuenta y siete mil quinientos noventa y seis euros con treinta y un céntimos (657.596,31 €), IVA no incluido, para el plazo de ejecución de dos años. Por ello, el presente contrato está sujeto a regulación armonizada en cumplimiento del artículo 16.1 b) de la Ley de Contratos del Sector Público. En el presupuesto se entenderán comprendidos, además de los costes que se deriven directamente de la ejecución, cuantos gastos pueda producir al adjudicatario la realización del presente contrato, personal, materiales, productos, etc., de conformidad con lo dispuesto en el presente Pliego y cuantos otros pudieran derivarse de la adjudicación del presente contrato. El gasto máximo que a la Administración podrá suponerle la presente contratación asciende a la cuantía del presupuesto máximo de licitación al que se añadirán los impuestos que sean de aplicación.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO. 2.1. El presupuesto base de licitación: Es el especificado en el apartado C) del C.C. Las ofertas que se presenten al procedimiento desarrollado en este Pliego no podrán exceder de dicha cifra. En todo caso se indica, como cuantía independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la EMV xx Xxxxxx. Las ofertas de los licitadores comprenderán todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones objeto del presente Xxxxxx, como los gastos generales, financieros, beneficio, seguros, honorarios del personal a su cargo y toda clase de tributos y gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, impuestos y licencias municipales, provinciales, autonómicas y estatales, en su caso. 2.2. El presupuesto del contrato: Será el que resulte de la adjudicación, sin que pueda ser incrementado por errores de proyecto, ya sean de diseño, de medición en las unidades de obra, aritmético o de cualquier otro tipo, ni por la falta de partidas cuya ejecución sea necesaria para el cumplimiento del fin a que se destina la obra. Comprenderá no sólo el precio de contrata, sino también el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) que corresponda y demás tributos y gastos que según los documentos contractuales y la legislación sean de cuenta del adjudicatario. En dicho presupuesto quedarán incluidos todos los conceptos determinados en el apartado D) del C.C., así como todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del proyecto y de la obra contratada, y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes y toda clase de impuestos y licencias municipales, provinciales, autonómicas y estatales. 2.3. Los precios unitarios que regirán durante la ejecución de la obra serán los del proyecto aprobado. 2.4. Procederá la revisión de precios exclusivamente si, por causas imputables a la EMV xx Xxxxxx, existiese un retraso superior a un año desde la adjudicación definitiva del contrato y/o el inicio de las obras, en cuyo caso procederá la actualización de precios del contrato con la aplicación de la siguiente fórmula: Presupuesto del contrato x IPC General Nacional del periodo considerado x 0.85
PRESUPUESTO DEL CONTRATO. El presupuesto del contrato será de 29.752,07 euros más 6.247,93 euros correspondientes al I.V.A., cantidad que podrá ser mejorada por los licitadores. Valor estimado del contrato incluidas las prórrogas: 44.628,16 (I.V.A. excluido).
PRESUPUESTO DEL CONTRATO. El presupuesto base de licitación es el que figura en el proyecto aprobado por el Ayuntamiento, conforme a la cuantía señalada en el apartado B/ del Cuadro de Características. El importe del contrato y los precios unitarios que regirán durante la ejecución de las obras serán los del proyecto aprobado, minorados en su caso, por el coeficiente de adjudicación. En este importe, precio cierto del contrato, se incluye la ejecución del proyecto, impuestos, tasas y todos los gastos que se especifican en este Pliego.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO. V.1 El presupuesto base de licitación del contrato y, en su caso, su desglose en precios unitarios es el detallado en el apartado octavo (8) de la Hoja-Resumen. En el supuesto de que el objeto del contrato se divida en lotes, se expresará el presupuesto base de licitación que corresponda a cada lote. V.2 Las ofertas de los licitadores deberán ser, en todo caso, iguales o inferiores al presupuesto base de licitación indicado en el apartado octavo (8) de la Hoja-Resumen, no pudiendo ser, caso contrario, admitidas a la licitación. V.3 El sistema de determinación del precio aplicable a este contrato, que se formula en los términos establecidos en el artículo 87 del TRLCSP, se detalla en el apartado noveno (9) de la Hoja-Resumen.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO. El presupuesto máximo de licitación será de cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000 €), IVA no incluido. Por ello, el presente contrato está sujeto a regulación armonizada en cumplimiento del artículo 15.1 b) de la Ley de Contratos del Sector Público. El pago del precio total de los vehículos a arrendar podrá consistir parte en dinero y parte en la entrega de otros vehículos que se detallan en el Pliego de Prescripciones Técnicas recogido en el Anexo I. Ello no podrá suponer que, en ningún caso, el importe de éstos pueda superar el 50 por ciento del precio total. A estos efectos, el compromiso de gasto correspondiente se limitará al importe que, del precio total del contrato, no se satisfaga mediante la entrega de bienes al contratista. La justificación de habilitar la posibilidad ofrecida por el artículo 270 de la Ley de Contratos del Sector Público obedece a razones de tipo económico que permitirán un menor endeudamiento de la Cámara para hacer frente al objeto del contrato reseñado en el presente Xxxxxx. El Acuerdo de la Mesa por el que se adjudique definitivamente el presente suministro supondrá la baja en el inventario y, en su caso, la desafectación de los vehículos reseñados en el Pliego de Prescripciones Técnicas y, por lo tanto, allanará su entrega. En el presupuesto se entenderán comprendidos, además de los costes que se deriven directamente de la ejecución, cuantos gastos pueda producir al adjudicatario la realización del presente contrato, personal, materiales, productos, etc., de conformidad con lo dispuesto en el presente Pliego y cuantos otros pudieran derivarse de la adjudicación del presente contrato. El gasto máximo que a la Administración podrá suponerle la presente contratación asciende a la cuantía del presupuesto máximo de licitación al que se añadirán los impuestos que sean de aplicación.