PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO
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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRÁN LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO DE
“SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO
PARA LA EVOLUCIÓN DEL PORTAL 060,
SUS PORTALES ASOCIADOS Y VUDS”
PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO
Exp.: 094/12-AE
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
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ÍNDICE
3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 9
3.4. Oficina Técnica de Proyectos 12
4. PLAZOS DE DURACIÓN Y EJECUCIÓN 15
5. RÉGIMEN ECONÓMICO PRESUPUESTARIO 15
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7.1. Requisitos de solvencia Económica y Financiera 18
7.2. Requisitos de solvencia Técnica y Profesional 19
8. PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL E INDICACIÓN DE LA PARTE DEL CONTRATO A SUBCONTRATAR 21
9. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN 21
9.1. Procedimiento Simplificado 21
9.2. Plazo de presentación de ofertas 21
10. CRITERIOS DE VALORACIÓN 22
10.1. Criterios cuya valoración depende de un juicio de valor. 22
10.2. Criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas 24
10.3. Ponderación de los criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas 27
11. PROCEDIMIENTO DE VALORACIÓN DE OFERTAS 27
ANEXO I. Documentación a Presentar. 29
II Modelos de declaración responsable 34
a) De no estar incurso en prohibición de contratar 34
b) Relativas a grupo empresarial 35
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c) Relativas a propósito de subcontratar 37
III Relación de documentos incluidos en el Sobre 3 38
d) De vigencia de la clasificación 40
ANEXO II. CONDICIONES RELATIVAS A LA PARTICIPACIÓN DE LOS LICITADORES MEDIANTE LA PLATAFORMA DE LICITACIÓN ELECTRÓNICA 41
Nota: Cualquier consulta en relación con el presente procedimiento de adjudicación debe dirigirse por correo electrónico a la dirección xx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxx@xxx.xx Indicando:
Asunto: número de expediente;
Cuerpo: nombre de la empresa, datos de la persona que realiza la consulta y texto de la consulta.
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El plazo de recepción de consultas finalizará 3 días hábiles antes del fin del plazo de presentación de ofertas. Xxx.xx no tendrá obligación de responder las consultas realizadas transcurrido dicho plazo.
1. INTRODUCCIÓN
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La Entidad Pública Empresarial xxx.xx, adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, tiene como función impulsar el fomento y desarrollo de la sociedad de la información en España.
Las funciones de Xxx.xx le han sido legalmente atribuidas en virtud de la norma prevista en el artículo 55 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, por el que se modifica la disposición adicional sexta de la Ley 11/1998, de 24 xx xxxxx, General de Telecomunicaciones, expresamente declarada en vigor por la disposición derogatoria única de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones (para mayor información puede consultar la página web xxx.xxx.xx).
En el ejercicio de su función genérica de fomento y desarrollo de la Sociedad de la información, Xxx.xx gestiona, en coordinación con las otras Administraciones Públicas, estatales, autonómicas y locales, diversos programas de difusión y extensión de las telecomunicaciones y la sociedad de la información.
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Algunos de estos programas cuentan con financiación procedente de los fondos FEDER de los Programas Operativos FEDER, que pretenden dar un fuerte impulso a la disponibilidad y utilización de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, poniendo en marcha servicios y desplegando infraestructuras de redes y acceso a Internet xx xxxxx ancha en los ámbitos de mayor necesidad y cercanía a los ciudadanos (como por ejemplo, escuelas, bibliotecas, entornos rurales…), así como creando contenidos digitales e implementando servicios que faciliten el acceso de los ciudadanos a la Sociedad de la Información y el Conocimiento.
En este sentido, las actuaciones previstas en el presente procedimiento de licitación serán financiables con cargo a los Programas Operativos 2007- 2013 (FEDER) que en su caso sean de aplicación, en concreto con cargo al Programa Operativo Economía del Conocimiento (POEC) y al Programa Operativo FEDER de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Con la ejecución de estos programas se pretende que todos los ciudadanos de nuestro país, sin exclusión, tengan acceso a la Sociedad de la Información, adquieran los conocimientos necesarios para ejercer ese acceso y encuentren servicios y contenidos de utilidad para su vida cotidiana.
Xxx.xx gestiona RedIRIS, la red de comunicaciones avanzada de las universidades y centros públicos de investigación españoles, que permite que éstos dispongan de la conectividad y servicios de red necesarios para colaborar de forma remota con centros ubicados en distintas ciudades y países. RedIRIS presta además diversos servicios telemáticos a sus instituciones afiliadas (movilidad, autenticación, listas de distribución, seguridad, grid, multimedia, organización de eventos, etc.) (Para mayor información puede consultar la página web xxx.xxxxxxx.xx).
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Asimismo, con el fin de disponer de toda la información necesaria para la toma de decisiones correctas en el ámbito de la Sociedad de la Información, así como para el estudio de los indicadores que den cuenta de su labor tanto ante los ciudadanos españoles como ante las autoridades de la Unión Europea, Xxx.xx gestiona el Observatorio de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, órgano colegiado de carácter consultivo adscrito a la Entidad Pública Empresarial, cuyos estudios generales y sectoriales, así como una amplia selección de indicadores, están publicados en la página web (para mayor información puede consultar la página web XXX.XXXXX.XX).
Por último, Xxx.xx tiene encomendada la gestión de registro de los nombres de dominio bajo el código “.es”, de acuerdo con la política de registros que se determine por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y demás normativa aplicable. Dentro del marco de la gestión del “.es” se impulsa la presencia digital en Internet de los ciudadanos, las empresas y las administraciones públicas.
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La Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, establece el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, regulando los aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, en las relaciones entre las Administraciones Públicas, así como en las relaciones de los ciudadanos con las mismas con la finalidad de garantizar sus derechos, un tratamiento común ante ellas y la validez y eficacia de la actividad administrativa en condiciones de seguridad jurídica.
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en adelante MINHAP, y dentro de él la Dirección General de Modernización Administrativa, Procedimiento e Impulso a la Administración Electrónica (en adelante DGMAPIAE), tiene entre otros la responsabilidad de la promoción de la plena incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones a la prestación de los servicios públicos, el impulso y desarrollo de la Administración Electrónica, la simplificación de los procedimientos y procesos de gestión pública y el fomento de los programas de atención e información al ciudadano. En el ejercicio de sus funciones, dicha Dirección General ha puesto en marcha múltiples iniciativas con el objetivo de continuar avanzando hacia la consecución de una administración eficiente y orientada al ciudadano, y en la línea que marca la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, y sus desarrollos reglamentarios derivados.
La Encomienda de Gestión de la extinta Secretaría de Estado para la Función Pública a Xxx.xx para el fomento y promoción de los servicios electrónicos de la administración pública y de las ventajas y características de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, tiene entre otros los siguientes objetivos:
• Elevar el nivel de conocimiento de los ciudadanos sobre la administración electrónica y los derechos que les asisten derivados de
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la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, así como dar a conocer las obligaciones al respecto de las Administraciones Públicas.
• Facilitar el acceso y uso de los servicios electrónicos a ciudadanos y empresas.
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Para alcanzar estos objetivos y continuar con la difusión de los servicios electrónicos de las diferentes administraciones, facilitar a los ciudadanos la localización de los mismos con independencia del nivel de administración y organismo responsable de su prestación y mejorar la usabilidad de la administración electrónica haciéndola más cercana al ciudadano, es necesario acometer la evolución del Punto General de Entrada, xxx.000.xx y asociados y del Punto de Acceso Único (Point of Single Contact), xxx.xxxx.xx.
2. OBJETO Y ALCANCE
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2.1. Objeto
El objeto de la presente contratación es la evolución del portal xxx.000.xx (en adelante 000.xx), sus portales asociados, sede electrónica, xxxxxxxxxxxxx.000.xx, y el portal de la ventanilla única de la Directiva de Servicios (portal xxx.xxxx.xx) para la mejora de la difusión de los servicios electrónicos de las administraciones públicas.
El detalle, las características y la forma en que la que debe realizarse el Objeto del Contrato son los que se detallan en los apartado 3.1 y 3.2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Los licitadores presentarán una única oferta sin alternativas ni variantes.
2.2. CPA y CPV
El objeto del presente Contrato corresponde a los siguientes códigos según la nomenclatura:
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(i) de la Clasificación de Productos por Actividades (CPA) establecidas por el Reglamento (CE) nº 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 xx xxxxx de 2008 por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) y se deroga el Reglamento (CEE) nº 3696/93 del Consejo, y
(ii) del Vocabulario Común de Contratos de la Comisión Europea (CPV) establecido por el Reglamento (CE) n° 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002 y modificado por el Reglamento (CE) n° 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007:
CPA:
62.01- Servicios de programación informática
62.02.2/62.02.20 – Servicios de consultoría sobre sistemas y programas informáticos.
62.01.11 – Servicios de diseño y desarrollo de tecnologías de la información para aplicaciones.
CPV:
72212510-7 Servicios de desarrollo de software de comunicación. 72212517-6 Servicios de desarrollo de software de TI.
2.3. Alcance
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2.3.1. Alcance mínimo
Xxx.xx se obliga con el adjudicatario a contratar el servicio descrito en los apartados 3.1.2 y 3.1.3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
2.3.2. Alcance máximo
Xxx.xx se reserva el derecho a contratar con el adjudicatario el servicio descrito en los apartados 3.1.2, 3.1.3 y 3.1.4 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
La contratación de todo o parte de este alcance está supeditado a la firma del Adenda de prórroga de la Encomienda de Gestión para el fomento y promoción de los servicios electrónicos de la administración pública y de las ventajas y características de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx.
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La no contratación de todo o parte de las prestaciones adicionales correspondiente al Alcance Máximo, una vez producidos lo supuestos determinantes antes expuestos, no supondrá ninguna responsabilidad para Xxx.xx, que cumplirá contratando únicamente el Alcance Mínimo del Contrato, sin que por la mera firma de la Adenda de prórroga de la Encomienda de Gestión nazca derecho alguno en el contratista para la superación del alcance mínimo.
3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
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La legislación aplicable al Contrato es la prevista en el apartado 2.1 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 15 de febrero de 2012.
Los documentos que integran el Contrato son los siguientes, y tendrán el orden de prelación establecido en el apartado 2.1 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 15 de febrero de 2012:
a) El citado Pliego de Condiciones Generales.
b) El Pliego de prescripciones técnicas y el de condiciones particulares.
c) La oferta del adjudicatario.
d) El Contrato.
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El adjudicatario se compromete a realizar las actuaciones objeto del Contrato en el plazo y de acuerdo con las condiciones técnicas requeridas, y la entidad pública empresarial se compromete a satisfacer el precio en los términos del apartado 5 “Régimen Económico Presupuestario” del presente Pliego, previa justificación de los trabajos realizados y la emisión de la correspondiente factura a su nombre. La entidad se reserva el derecho a realizar cuantas comprobaciones considere necesarias para verificar la calidad de los suministros y prestaciones realizadas y la adecuación de las mismas a los requisitos establecidos en el Pliego.
Los servicios objeto del presente procedimiento de licitación deberán ser prestados por el adjudicatario en los lugares indicados al efecto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Se designa como Responsable del Contrato al Director de Sistemas de Información y Servicios Compartidos de Administración Electrónica. El responsable del Contrato, será el encargado de supervisar la ejecución del Contrato y de adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada. A estos efectos, el adjudicatario estará obligado a cumplir cualquier instrucción o decisión que a este respecto adopte la persona a cargo del proyecto designada por xxx.xx.
El plazo máximo para la adjudicación del presente contrato será de cuatro meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas.
3.1. Propiedad Intelectual
Xxx.xx y el MINHAP adquirirán la propiedad de todo el material que sea elaborado por el adjudicatario en ejecución del Contrato, y, en particular, todos los derechos de propiedad intelectual que deriven del mismo incluida la explotación, en cualquier modalidad y bajo cualquier formato, para todo el
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mundo, del trabajo elaborado por el adjudicatario, o sus empleados, en ejecución del Contrato, reservándose Xxx.xx cualquiera otras facultades anejas al derecho de propiedad intelectual. Será propiedad de Xxx.xx el resultado de los servicios así como cuantos materiales y documentos (especificaciones, presentaciones, etc.) se realicen en cumplimento del Contrato.
Xxx.xx y el MINHAP serán titulares de todos los derechos referidos en el párrafo anterior por el plazo máximo permitido legalmente y los únicos que, por tal concepto, podrán explotar y comerciar con el trabajo desarrollado en ejecución del Contrato, antes o después de su terminación, correspondiendo a los autores materiales del mismo únicamente los xxxxxxx que les reconoce el artículo 14 del texto refundido de la Ley derechos de Propiedad Intelectual. (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia).
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Los desarrollos que se aborden objeto de este expediente se realizarán sobre aplicativos cuya propiedad intelectual es del MINHAP. Una vez terminados los trabajos objeto de este expediente, y recepcionados por el MINHAP, la propiedad de todo el material que sea elaborado por el adjudicatario en ejecución del Contrato, y, en particular, todos los derechos de propiedad intelectual que deriven del mismo incluida la explotación, en cualquier modalidad y bajo cualquier formato, para todo el mundo, del trabajo elaborado por el adjudicatario, o sus empleados, en ejecución del Contrato, serán cedidos por Xxx.xx al MINHAP.
A los efectos previstos en los párrafos anteriores, el adjudicatario se compromete a la entrega de toda la documentación técnica, código fuente y entregables generados en el proceso de análisis, diseño, desarrollo, implantación y realización de las pruebas de las mismas. Toda la documentación elaborada y los resultados obtenidos por el adjudicatario en ejecución del Contrato serán propiedad de xxx.xx, en cuyo poder quedarán cuando así sea requerido por Xxx.xx, no pudiendo el adjudicatario utilizarla para otras personas o entidades.
El adjudicatario responderá del ejercicio pacífico de Xxx.xx en la utilización del software y demás derechos proporcionados por el adjudicatario con motivo del Contrato y será responsable de toda reclamación que pueda presentar un tercero por estos conceptos contra xxx.xx y deberá indemnizar a la entidad pública por todos los daños y perjuicios que ésta pueda sufrir por esta causa. En todo caso, las relaciones jurídicas derivadas del Contrato se establecerán entre la entidad pública y el adjudicatario xxx.xx no estará contractualmente vinculada con personas distintas del adjudicatario.
No se permite a los licitadores incluir en sus Proposiciones los logos, marcas y símbolos de Xxx.xx, de la Secretaría del Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información o del Ministerio de
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Industria, Energía y Turismo, salvo que en el Pliego de Prescripciones Técnicas se indique lo contrario.
3.2. Riesgos Laborales
El adjudicatario estará obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia de riesgos laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no derivará en responsabilidad alguna para Xxx.xx.
3.3. Subcontratación
A los efectos previstos en el apartado 2.8 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 00 xx xxxxxxx 0000, se entenderá concedida la autorización para subcontratar por parte de Xxx.xx si el adjudicatario ha incluido en su oferta la entidad subcontratista y las prestaciones objeto de subcontratación. En el caso de que el adjudicatario no hubiera consignado en su oferta dicha referencia, no podrá subcontratar sin la autorización de Xxx.xx en los términos previstos en el apartado 2.8 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 15 de febrero de 2012.
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La celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:
Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su porcentaje, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. En caso de que no pretendan subcontratar, la indicación se hará en este sentido. A estos efectos, el licitador dispone de los respectivos modelos de declaración en el apartado II.C) del anexo “Documentación a presentar”. Dicha indicación deberá ser incluida en el sobre 2 de la propuesta. Al indicar el porcentaje del contrato a subcontratar referido con anterioridad, en ningún caso el licitador deberá revelar el importe total de su propuesta económica, la cual deberá ser incluida en el sobre 4
“Propuesta relativa a los criterios cuantificables mediante la mera
aplicación de fórmulas” de conformidad con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En el caso de que el adjudicatario no haya indicado en la oferta que tiene previsto subcontratar, deberá comunicar anticipadamente y por escrito a Xxx.xx la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. En el caso que el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la comunicación de esta
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circunstancia eximirá al contratista de la necesidad de justificar la aptitud de aquél.
Los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la oferta, por celebrarse con empresarios distintos de los indicados nominativamente en la misma o por referirse a partes de la prestación diferentes a las señaladas en ella, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que se hubiese cursado la notificación y aportado las justificaciones a que se refiere el apartado anterior, salvo que con anterioridad hubiesen sido autorizados expresamente, siempre que Xxx.xx no hubiese notificado dentro de este plazo su oposición a los mismos. Este régimen será igualmente aplicable si los subcontratistas hubiesen sido identificados en la oferta mediante la descripción de su perfil profesional.
Bajo la responsabilidad del contratista, los subcontratos podrán concluirse sin necesidad de dejar transcurrir el plazo de veinte días si su celebración es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica suficientemente.
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Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del 60 por 100 del importe de adjudicación. Para el cómputo de este porcentaje máximo, no se tendrán en cuenta los subcontratos concluidos con empresas vinculadas al contratista principal, entendiéndose por tales las que se encuentren en algunos de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
La infracción de las condiciones establecidas en este apartado para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación, podrá dar lugar, en todo caso, a la imposición al contratista de una penalización de hasta un 50 por 100 del importe del subcontrato de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 “Penalizaciones” del presente Pliego.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del Contrato frente a Xxx.xx, con arreglo estricto a los Pliegos.
3.4. Oficina Técnica de Proyectos
La Entidad Pública Empresarial Xxx.xx ha establecido una Oficina Técnica de Proyectos (en adelante “OTP”), entre cuyas funciones principales se encuentran la definición y establecimiento de los procesos y métodos relativos a la gestión de proyectos que desarrolla la Entidad Pública Empresarial Xxx.xx, el correspondiente soporte y control para su cumplimiento, así como el seguimiento, control y comunicación sobre el grado de ejecución de dichos proyectos (Metodología Corporativa).
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Para dar soporte a la metodología de gestión de proyectos y a las funciones referidas en el párrafo anterior, la OTP cuenta con una aplicación software de soporte TIC (Plataforma Artemis) para portfolio de proyectos.
Con el fin de que el/los proyecto/s y/o los entregables que resulten del presente procedimiento de licitación puedan ser directamente integrados en la OTP por parte de Xxx.xx, la solución técnica propuesta por los licitadores deberá estar adaptada a los requerimientos establecidos en el presente apartado. Toda oferta que no cumpla con los requisitos especificados en el mismo no será tomada en cuenta en el procedimiento de licitación.
El adjudicatario deberá cumplir durante la vigencia del Contrato las instrucciones que sean impartidas por la OTP con el objetivo de garantizar la calidad del proceso de gestión de proyectos establecido por Xxx.xx, estando obligado a cumplir y atender las “amonestaciones” emitidas por la OTP. Será causa específica de resolución del Contrato, además de las previstas en el apartado 12 de este pliego, el incumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente apartado.
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La OTP limita sus funciones al ámbito de gestión de los proyectos, estableciendo en este sentido los procedimientos correspondientes al nivel superior o nivel de gestión conforme a las directrices marcadas por PMI (Project Management Institute) convenientemente adaptadas a las necesidades de Xxx.xx.
La OTP no define ni establece metodologías en el nivel de producción o ciclo de vida específico de los proyectos. Por tanto, los licitadores deberán presentar las metodologías que en este ámbito sean exigidas en el presente pliego. Sin perjuicio de que los licitadores en sus ofertas tengan libertad para proponer la metodología que en este ámbito de producción considere más conveniente para la adecuada ejecución del objeto del Contrato, el adjudicatario deberá adaptar dichas metodologías a los requerimientos formulados por el Departamento de Xxx.xx responsable de la ejecución del Contrato.
Los licitadores contemplarán en sus ofertas el uso de la plataforma de soporte TIC corporativa de Xxx.xx -Plataforma Artemis- como plataforma de portfolio de proyectos para el nivel de gestión. No se admitirán en ningún caso soluciones técnicas que supongan la implantación de herramientas de proyectos distintas de la corporativa de Xxx.xx para soportar dicho nivel. El adjudicatario deberá en todo momento utilizar la Plataforma Artemis, incluyendo en la misma toda la información de proyecto que Xxx.xx solicite. Una vez esté disponible dicha información, el adjudicatario deberá incluirla en la Plataforma de forma que pueda realizarse el seguimiento del proyecto en tiempo real, con la información actualizada en todo momento. En todo caso, Xxx.xx pondrá a disposición del adjudicatario las licencias y
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autorizaciones necesarias para el uso de Artemis en los términos recogidos en el presente apartado.
El licitador podrá ofertar plataformas y aplicaciones informáticas de uso específico para cubrir el nivel de producción del proyecto, sin perjuicio de que el nivel de gestión del mismo haya de realizarse, en los términos citados anteriormente, en su totalidad en la plataforma de portfolio de proyectos corporativa. En todo caso, será responsabilidad del adjudicatario realizar las eventuales integraciones que sean necesarias de las plataformas propuestas en el ámbito de producción por el adjudicatario con la plataforma corporativa de gestión de Xxx.xx para salvaguardar de forma adecuada la información sobre el grado de ejecución de los proyectos.
3.5. Confidencialidad
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Sin perjuicio de las disposiciones del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe facilitarse a los licitadores, Xxx.xx no divulgará la información facilitada por los empresarios, que éstos hayan clasificado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales, y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
El adjudicatario deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del Contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que el Pliego de Prescripciones Técnicas establezca uno mayor.
Se excluye de la categoría de información confidencial toda aquella información que sea divulgada por Xxx.xx, aquella que haya de ser revelada de acuerdo con las leyes o con una resolución judicial o acto de autoridad competente.
El adjudicatario se obliga a no facilitar dicha Información Confidencial a terceros ni utilizarla para su propio beneficio.
Para ello, el adjudicatario se obliga a:
Conservar la Información Confidencial de forma separada de cualquier otra información.
Utilizar la Información Confidencial exclusivamente para los fines relacionados del Proyecto.
Emplear procedimientos de control interno para garantizar el correcto el uso de la Información Confidencial.
24/10/2012
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Firmado por: XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
No realizar copias de la Información Confidencial sin el previo consentimiento escrito de Xxx.xx, salvo aquellas que sean estrictamente necesarias para el estudio del Proyecto por el adjudicatario.
Restringir el acceso a la Información Confidencial a aquellos empleados que necesiten tener acceso con motivo de su participación en el Proyecto.
Garantizar que todo el personal con acceso a la Información Confidencial conozca las obligaciones que les resultan de aplicación en virtud de lo establecido en la presente cláusula.
Trasladar a las personas y/o entidades a quienes se les facilite la Información Confidencial, en virtud de una autorización de Xxx.xx, las obligaciones contenidas en la presente cláusula.
4. PLAZOS DE DURACIÓN Y EJECUCIÓN
El plazo de duración del Contrato será hasta 31 de octubre de 2013.
25/10/2012
03251503Q
Firmado por: SANTA XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
Xxx.xx determinará la fecha de formalización del Contrato. El inicio de duración del Contrato vendrá determinada por su fecha de formalización. En ningún caso podrá iniciarse la ejecución del Contrato sin su previa formalización.
En el caso de que por causas imputables al adjudicatario no sea posible formalizar el Contrato en un plazo de 5 días hábiles desde su requerimiento por Xxx.xx, la entidad no adjudicará el Contrato a dicho licitador.
El adjudicatario se obliga a cumplir los plazos e hitos referidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El cumplimiento de estos plazos tiene carácter esencial. Todos los plazos establecidos en el presente Xxxxxx, salvo que se indique que son hábiles, se entenderán referidos a días naturales.
5. RÉGIMEN ECONÓMICO PRESUPUESTARIO
El presupuesto máximo del Contrato asciende CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTAY OCHO EUROS CON DOS CENTIMOS (185.438,02 €) IMPUESTOS INDIRECTOS APLICABLES EXCLUIDOS.
El importe de la proposición económica, Impuestos indirectos aplicables excluidos, no podrá exceder de la cantidad a CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTAY OCHO EUROS CON DOS CENTIMOS
(185.438,02 €) Las proposiciones económicas que superen dicho importe, no serán tenidas en cuenta en el presente procedimiento de adjudicación.
24/10/2012
78901068M
Firmado por: XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
La rúbrica contable con cargo a la que se abonará el precio será servicios exteriores.
La proposición económica incluirá el desglose de los precios unitarios referidos en el apartado 4.2.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, impuestos indirectos aplicables excluidos. Asimismo incluirá el importe total de la oferta, expresando dicho importe con impuestos indirectos aplicables excluidos. El licitador deberá expresar todos los importes que aparezcan en la oferta con dos decimales.
En todo caso se entenderá incluido en el precio unitario propuesto por el licitador el coste de cualquier otro canon, tributo o similar que sea de aplicación al objeto del contrato en el plazo de presentación de ofertas. Dicho coste deberá reflejarse en las correspondientes facturas en la forma legalmente establecida.
25/10/2012
03251503Q
Firmado por: SANTA XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
Las facturas se emitirán conforme al apartado 3.2.11 (Control Económico y de Facturación) xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas tras la aceptación por Xxx.xx, de las prestaciones objeto del Contrato. Las facturas emitidas por el adjudicatario deberán contener el desglose de los impuestos indirectos aplicables, el número de expediente del presente procedimiento y se corresponderán en forma y contenido con el albarán de prestación de servicios, y con el correspondiente pedido realizado por xxx.xx. El pago de las facturas se realizará, tras la aceptación de los trabajos, el día 5 del mes que corresponda mediante transferencia bancaria en el plazo establecido legalmente al efecto.
El adjudicatario deberá expedir por medios electrónicos todas las facturas generadas en ejecución del Contrato, tal y como se establece en la Instrucción de licitación y facturación electrónica de xxx.xx publicada en el perfil del contratante. A estos efectos, Xxx.xx ha habilitado el Servicio de Factura Electrónica, disponible en la página xxxx://xxxxxxxxxxx.xxx.xx, que permite a los adjudicatarios generar sus facturas en formato electrónico y remitirlas a Xxx.xx. Para poder hacer uso del Servicio de Factura Electrónica y ser dado de alta en el mismo, el adjudicatario deberá remitir a xxx.xx debidamente cumplimentado y en el plazo de siete días contados desde la firma del Contrato, el Formulario de Alta en el Servicio de Factura Electrónica que se encuentra disponible en el perfil del contratante de xxx.xx.
La aprobación y pago de las de facturas relativas a prestaciones parciales objeto del Contrato, de acuerdo con los hitos de facturación señalados en los pliegos, no supondrán la conformidad por parte de Xxx.xx de los trabajos realizados. El Contrato sólo se entenderá cumplido por el adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de Xxx.xx, la totalidad de la prestación. Dicha satisfacción de la prestación vendrá marcada, exclusivamente, por el acto formal y positivo de recepción o conformidad, por parte de Xxx.xx.
24/10/2012
78901068M
Firmado por: XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
Los gastos de desplazamiento y dietas correrán a cuenta del adjudicatario.
Será trasladable al Contrato objeto de adjudicación una eventual disminución objetiva en el mercado de los precios de los servicios objeto del Contrato, así como la mejora de las condiciones técnicas de los mismos. A estos efectos, en el caso de que el adjudicatario haya reducido en el mercado los precios propuestos en las ofertas económicas presentadas al presente procedimiento de licitación, éste estará obligado, cada cuatro meses, a actualizar, en el marco del correspondiente Contrato, los precios inicialmente propuestos, de forma que esta reducción sea aplicable a la Entidad Pública.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, para que xxx.xx pueda abonar las facturas emitidas por el adjudicatario, éste deberá haber puesto a disposición de xxx.xx un certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias emitido dentro de los doce meses anteriores a la fecha de pago de la factura.
6. PENALIZACIONES
25/10/2012
03251503Q
Firmado por: SANTA XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
En virtud de la presente cláusula penal que tiene carácter cumulativo y no sustitutivo a los efectos de lo dispuesto en el artículo 1152 del Código Civil, xxx.xx aplicará, salvo justificación aceptada por la propia entidad, las siguientes penalizaciones:
i) Se penalizará con un importe equivalente al 0,5% del importe del contrato, por cada día natural de retraso de los plazos establecidos en la planificación global del proyecto aprobada por Xxx.xx según lo establecido en el apartado 3.2.4 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, salvo justificación aceptada por Xxx.xx, siempre que el retraso de dicha tarea fuera debido a causas imputables al adjudicatario por falta de responsabilidad, incompetencia, negligencia y otras causas de índole similar.
ii) En relación con el retraso en la resolución de incidencias criticas, graves y leves comunicadas en cuanto a las prestaciones del Acuerdo de Nivel de Servicio (ANS) para incidencias (apartado 3.2.7.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas), por cada hora de retraso en la conclusión de las tareas, siempre que el retraso en la resolución de la incidencia fuera debido a causas imputables al adjudicatario por falta de responsabilidad, incompetencia, negligencia u otras causas de índole similar, se impondrá una penalización del 0,1% del importe total ofertado por el adjudicatario.
24/10/2012
78901068M
Firmado por: XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
iii) En relación con las prestaciones del Acuerdo de Nivel de Servicio (ANS) relativo a la calidad de la Solución Implementada (Apartado 3.2.7.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas), cada vez que se supere el limite mensual de los tipos de incidencias, se impondrá una penalización del 0,1% del importe total ofertado por el adjudicatario, por cada incidencia que supere el límite definido (Apartado 3.2.7.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas).
iv) Hasta un 50% del importe del subcontrato en el caso de que el adjudicatario incumpla las condiciones establecidas en el apartado 3.3 “Subcontratación” del presente Pliego para proceder a la subcontratación, no acredite la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación.
25/10/2012
03251503Q
Firmado por: SANTA XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
A los efectos de lo previsto en el artículo 1153 del Código Civil, el adjudicatario penalizado, además de satisfacer la penalización en los términos previstos en el párrafo siguiente, deberá cumplir las obligaciones cuyo incumplimiento o retraso se penalizan.
Las penalizaciones se detraerán del importe pendiente de pago al adjudicatario. Las penalizaciones descritas anteriormente serán de aplicación a los precios vigentes en cada momento de acuerdo con lo establecido en el apartado 5 “Régimen Económico Presupuestario” del presente Pliego.
7. REQUISITOS DE SOLVENCIA
Los licitadores deberán cumplir los requisitos de solvencia económica financiera, técnica y profesional que se refieren en los apartados siguientes, acreditando su cumplimiento con la documentación establecida en cada caso.
El licitador deberá presentar copia en papel y en formato digital de toda la documentación requerida en el presente apartado. (Sobre II)
7.1. Requisitos de solvencia Económica y Financiera
7.1.1. Solvencia Económica y Financiera GENERAL
Para acreditar la solvencia económica y financiera el licitador deberá presentar la siguiente documentación:
a) La documentación que se refiere en el número 2 del apartado I.2) del Anexo “Documentación a presentar”, del presente Xxxxxx.
24/10/2012
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Firmado por: XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
b) La documentación que se refiere en el número 3 del apartado I.2) del Anexo “Documentación a presentar” del presente Xxxxxx.
c) En caso de que por causa justificada el licitador no pueda presentar la documentación señalada en las letras a) y b) del presente apartado, podrá aportar la documentación referida en el número 1 del apartado I.2) del Anexo “Documentación a presentar”, del presente Pliego o cualquier otro documento que se considere apropiado por Xxx.xx para acreditar la solvencia económica y financiera.
Esta documentación podrá sustituirse por la certificación que acredite la inscripción de la empresa licitadora en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, en la categoría A, grupo V, y subgrupo 02. En este supuesto, se estará a lo dispuesto en el Apartado I.5) del Anexo del presente Xxxxxx.
7.1.2. Solvencia Económica y Financiera ESPECÍFICA
Adicionalmente a la solvencia general referida en el apartado anterior, el licitador deberá acreditar la siguiente solvencia específica:
25/10/2012
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Firmado por: SANTA XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
a) El licitador deberá presentar el importe neto de la cifra de negocios correspondiente a las últimas cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil. Esta cifra deberá ser al menos CUATRO veces superior al importe del presupuesto máximo establecido en el apartado 5 del presente Xxxxxx.
La acreditación de la solvencia general no eximirá de la acreditación de la solvencia específica prevista en este apartado.
7.2. Requisitos de solvencia Técnica y Profesional
7.2.1. Solvencia Técnica y Profesional GENERAL
Para acreditar la solvencia técnica y profesional el licitador deberá presentar la documentación que se refiere en el apartado I.3) del Anexo “Documentación a presentar”, del presente Xxxxxx.
Esta documentación podrá sustituirse por la certificación que acredite la inscripción de la empresa licitadora en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, en la categoría A, grupo V, y subgrupo 02. En este supuesto, se estará a lo dispuesto en el Apartado I.5) del Anexo del presente Xxxxxx.
7.2.2. Solvencia Técnica y Profesional ESPECÍFICA
Adicionalmente a la solvencia general referida en el apartado anterior, el licitador deberá acreditar la siguiente solvencia específica:
24/10/2012
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Firmado por: XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
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(i). El licitador deberá acreditar haber ejecutado o estar desarrollando, durante los últimos 36 meses, varios proyectos de desarrollo software (al menos tres) con las siguientes características:
Desarrollos basados en Magnolia CMS versión 3.6.5 o superior
Desarrollos basados en Oracle BPEL SOA Suite, Oracle WebCenter Suite
Dichos proyectos deberán cubrir plataformas tecnológicas similares a las descritas en el apartado 3.2.2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
25/10/2012
03251503Q
Firmado por: SANTA XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante un certificado expedido por éste. Se deberá indicar expresamente la relación de los proyectos de Desarrollo ejecutados, indicando las labores llevadas a cabo, los desarrollos realizados con suficiente nivel de detalle para poder verificar su similitud con los descritos en el presente procedimiento de licitación, detallando las plataformas tecnológicas sobre las que se hayan llevado a cabo dichos desarrollos, así como la fecha y el importe de los mismos.
(ii). El licitador deberá contar con un sistema de aseguramiento de la calidad basado en la serie de normas europeas en la materia, certificados por organismos conformes a las normas europeas relativas a la certificación o certificación equivalente, cuyo alcance cubra los procesos, actividades y localizaciones geográficas objeto del contrato. A estos efectos deberá aportarse certificación que demuestre que el licitador cuenta dicho sistema de aseguramiento de la calidad.
(iii). El licitador deberá contar con certificación CMMI nivel 3 o ISO 15504 nivel 3 o equivalente.
(iv). El licitador deberá contar con la acreditación de Partner Oracle Platinum con especialización en Base de Datos. Este punto se acreditará mediante Certificado Oficial de Oracle que acredite al licitador como partner certificado con la especialización requerida.
(v). El licitador deberá disponer de los medios personales suficientes para la prestación del servicio que deberán cumplir los requisitos establecidos en el apartado 3.2.3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Se acreditará mediante declaración responsable firmada por un apoderado de la empresa, en la que se indique que cuenta
24/10/2012
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Firmado por: XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
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con los medios personales suficientes para la prestación del servicio así como con los certificados requeridos en el citado apartado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 64.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, los licitadores se comprometerán a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. A este compromiso se le atribuye el carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223 letra f) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y de conformidad con lo indicado en el apartado 12 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares.
8. PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL E INDICACIÓN DE LA PARTE DEL CONTRATO A SUBCONTRATAR
25/10/2012
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Firmado por: SANTA XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
Los licitadores deberán aportar una Declaración expresa responsable de la empresa licitadora, suscrita por su representante, relativa al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las sociedades pertenecientes a su mismo grupo, en los términos establecidos en el art. 42 del Código de Comercio. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial la declaración se realizará en este sentido. A estos efectos, el licitador dispone de los respectivos modelos de declaración en el apartado II.B) del Anexo “Documentación a presentar”. La declaración, en sentido positivo o negativo, deberá ser incluida en el sobre 1 de la propuesta.
9. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
9.1. Procedimiento Simplificado
El Contrato se licitará por Procedimiento Simplificado y se adjudicará de acuerdo al procedimiento previsto en el apartado 3 “Procedimiento de licitación y criterios de valoración de ofertas”, xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 15 de febrero de 2012.
Los licitadores deberán presentar sus proposiciones de acuerdo a lo dispuesto en el apartado 3.1 “Procedimiento de licitación” xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 15 de febrero de 2012 y en el apartado “Formato y contenido de la Propuesta” xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
9.2. Plazo de presentación de ofertas
Las proposiciones deberán presentarse o remitirse de conformidad con lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Generales de 15 de febrero de 2012, a las oficinas de la entidad situadas en el Edificio Bronce, Planta 2ª, Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, x/x, Xxxxxx, código postal 28020, en el plazo de 10
24/10/2012
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Firmado por: XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del presente Xxxxxx. No obstante, si el último día del plazo fuera inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. A los efectos de la presentación de proposiciones, el sábado se considerará como día inhábil.
10. CRITERIOS DE VALORACIÓN
La valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se realizarán en los términos previstos en el apartado 3.2 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 15 de febrero de 2012.
La ponderación de los distintos apartados de la valoración será la siguiente:
• Criterios cuya valoración dependen de juicio de valor… 49%
• Criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas 51%
25/10/2012
03251503Q
Firmado por: SANTA XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
10.1. Criterios cuya valoración depende de un juicio de valor.
Los criterios cuya valoración depende de un juicio de valor tendrán un peso del 49% en la valoración total de la oferta. La puntuación se realizará de 0 a 10 y vendrá determinada por la ponderación descrita en los apartados siguientes. Cada apartado correspondiente a la solución propuesta se puntuará igualmente de 0 a 10:
(i). Solución tecnológica (40%)
En este apartado se valorará:
o Arquitectura Tecnológica 50%
Se valorará la adecuación de arquitectura lógica y física propuesta por el licitador en su oferta para la realización de los trabajos con objeto de garantizar que la evolución de cada uno de los portales que actualmente residen en el entorno tecnológico especificado en el apartado 3.2.2.1 del PPT, puedan ser implantados en el entorno tecnológico del proyecto, especificado en el apartado 3.2.2.2 del PPT. El licitador deberá aportar gráficos que apoyen los aspectos anteriores.
o Modularidad y Escalabilidad 30%
24/10/2012
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Firmado por: XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
Se valorará el grado de modularidad y escalabilidad del sistema con el fin de garantizar la integración de nuevos componentes en el sistema.
o Rendimiento, Disponibilidad y Redundancia 20%
Se valorará los mecanismos que se planteen con respecto al rendimiento, disponibilidad y redundancia activo-activo en dos Centros de Procesos de Datos de forma que el servicio se pueda seguir prestando en caso de caídas temporales del mismo, en cumplimiento de lo requerido en el apartado 3.1.2 del PPT.
(ii).Solución de migración y despliegue (50%)
En este apartado se valorará:
o Planificación y Ejecución de Tareas 50%
25/10/2012
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Firmado por: SANTA XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
Se valorarán las tareas de desarrollo a realizar para la evolución de los portales al nuevo entorno tecnológico especificado en el apartado 3.2.2.2 “Entorno Tecnológico del Proyecto”, detallando los componentes y funcionalidades de los portales a migrar, las actividades y tareas, las dependencias entre ellas y pruebas a realizar para garantizar en todo momento el mantenimiento de la misma funcionalidad y contenidos de cada uno de los portales en el entorno tecnológico actual.
o Estrategia y Procedimientos de la Migración y Despliegue 50%
Se valorará la estrategia de evolución y los procedimientos necesarios para la migración de los sistemas, con el fin de minimizar el impacto del cambio tecnológico entre ambos entornos. Se valorará el planteamiento de despliegue entre los distintos entornos del MINHAP de los portales evolucionados, en el entorno tecnológico del proyecto (apartado 3.2.2.2).
(iii). Mejoras… 10%
El licitador propondrá cuantas mejoras estime oportunas.
Se entenderá por mejora toda propuesta de servicios o prestación adicional formulada por los licitadores en relación al objeto del contrato no incluida en los requisitos de los Pliegos.
En ningún caso se podrá proponer como mejora el ofrecimiento de un número superior al requerido de los mismos servicios que constituyen el objeto del contrato. El importe de estas mejoras estará necesariamente incluido en el precio global ofertado.
24/10/2012
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Firmado por: XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
Por su relevancia, se exigirá que las ofertas obtengan un mínimo de 5 puntos en este apartado para proseguir con la normalización y la puntuación del resto de criterios de valoración. De no alcanzar el mínimo de 5 puntos, las ofertas serán desestimadas quedando fuera del procedimiento por considerar que no presentan la suficiente calidad técnica.
10.2. Criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas.
Los criterios cuya valoración depende de la mera aplicación de fórmulas se acreditarán por la simple expresión de los valores requeridos en la forma prevista en los modelos de proposición que acompañan al Pliego de Prescripciones Técnicas.
Los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas tendrán un peso del 51% de la valoración total de la oferta.
25/10/2012
03251503Q
Firmado por: SANTA XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
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La valoración de estos criterios se realizará en función de los siguientes subapartados. Cada subapartado se puntuará de acuerdo a su fórmula correspondiente. Dichas fórmulas se recogen en los apartados siguientes:
Criterio económico 80%
Otros cuantificables 20%
Criterio técnico1: Tiempo de garantía en meses 50%
Criterio técnico2: Número sesiones de formación……50%
El resultado obtenido tras la aplicación de la fórmula en cada subapartado se ponderará de acuerdo a los porcentajes establecidos para hallar la puntuación total de los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas. Todas las puntuaciones referidas se redondearán al segundo decimal.
10.2.1. Fórmula aplicable al criterio económico
El criterio del precio ofertado se acreditará por la simple expresión en la oferta del precio propuesto en la forma prevista en el modelo de proposición económica adjunto a los pliegos del presente procedimiento en formato Hoja de Cálculo.
Para la valoración del criterio económico de la oferta (PE) se aplicará la siguiente fórmula:
24/10/2012
78901068M
Firmado por: XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
PE 5
(P max Pi) 5 (P max P min)
Donde:
PE: Puntuación por los aspectos económicos de la oferta. Pmax: Presupuesto máximo de licitación.
Pi: Precio de la oferta económica.
Pmin: Precio más bajo entre las ofertas admitidas no consideradas desproporcionadas o anormales.
De modo que:
- Se asignarán 5 puntos a la oferta u ofertas iguales al precio máximo de licitación.
- Se asignarán 10 puntos a la oferta u ofertas más económicas.
La valoración del criterio económico de la oferta (PE) se redondeará al segundo decimal.
25/10/2012
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10.2.2. Otros criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas
Las fórmulas para valorar el resto de criterios cuantificables establecidos en el apartado 10.2 del presente Xxxxxx son las siguientes:
Criterio técnico cuantificable 1: Tiempo de garantía en meses
Fórmula de valoración: Puntuación = 0,833*(Tg-12)
Donde:
Tg: son los meses que oferta el licitador para el periodo de garantía de los desarrollos que se realicen en el marco del presente contrato. Este valor será especificado por el licitador como número entero sin decimal.
Valor mínimo de Tg = 12.
Valor máximo de Tg = 24.
La realización de oferta por debajo de Tg = 12 conllevará la exclusión del licitador.
De modo que:
- Se dé mayor puntuación al licitador que oferte un plazo de garantía superior a los doce meses.
Criterio técnico cuantificable 2: Número de sesiones de formación
24/10/2012
78901068M
Firmado por: XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX AC: OU=FNMT Clase 2 CA,O=FNMT,C=ES
Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
Fórmula de valoración:
En caso NC sea igual a 0:
Puntuación = 0. Para valores de NC entre 1 y 4
Puntuación = (NC*1.75)+3
Donde:
Nc: es el número de sesiones de formación específica que oferta el licitador para impartir durante la ejecución y vigencia del periodo de garantía del contrato.
Valor mínimo de Nc = 0.
Valor máximo de Nc = 4.
25/10/2012
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Entidad Pública Empresarial Xxx.xx
Para hallar la puntuación correspondiente a cada criterio, el resultado obtenido en cada una de las fórmulas iniciales se le aplicará la siguiente fórmula de normalización:
PC 5
(PCC M )
(Puntuación más alta obtenido en la
fórmula inicial
M ) 5
Donde:
PC = Puntuación del criterio técnico cuantificable
PCC = Puntuación resultado de la aplicación de la fórmula inicial correspondiente al criterio técnico cuantificable
M = Puntuación mínima establecida igual a 0 De modo que:
- Se asignarán 5 puntos a la oferta u ofertas cuya valoración sea igual a la cifra establecida como requisito mínimo.
- Se asignarán 10 puntos a la oferta u ofertas que obtengan la mayor valoración con la fórmula previamente aplicada.
Todas las puntuaciones referidas se redondearán al segundo decimal.
24/10/2012
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10.3. Ponderación de los criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas
En la determinación de los criterios de adjudicación de la oferta se ha dado preponderancia a los criterios que hacen referencia a características del objeto del contrato que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de las fórmulas, toda vez que este tipo de criterios de valoración tienen un peso del 51% de la valoración total de la oferta.
11. PROCEDIMIENTO DE VALORACIÓN DE OFERTAS
a) La entidad pública, previo examen de la capacidad y solvencia de los licitadores presentados realizará la valoración de las proposiciones.
b) La evaluación de las proposiciones conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello en el expediente.
25/10/2012
03251503Q
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c) Emitido previamente informe de la valoración de los criterios cuya valoración dependa de un juicio de valor, se valorarán las proposiciones relativas a los criterios cuantificables. Finalmente, valorados todos los criterios anteriormente referidos, se adjudicará el Contrato a la oferta económicamente más ventajosa que será la que haya obtenido una mayor puntuación total.
12. CAUSAS DE RESOLUCIÓN
Serán causas de resolución del Contrato:
a. El mutuo acuerdo de las partes.
b. El incumplimiento de las obligaciones asumidas en el Contrato.
c. La demora por parte del contratista en el cumplimiento de las obligaciones previstas en el Contrato.
d. La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista en el caso de que no fuese posible la continuación del Contrato con sus herederos.
e. Extinción de la personalidad jurídica del adjudicatario.
No obstante lo señalado anteriormente, en los casos de fusión de empresas en los que participe la sociedad contratista, continuará el Contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el Contrato con la entidad resultante o beneficiaria, que quedará subrogada en los derechos y
24/10/2012
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obligaciones dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida al acordarse la adjudicación, o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas operaciones y, en caso de subsistir, la sociedad de la que provengan el patrimonio, empresas o ramas segregadas, se responsabilicen solidariamente con aquélla de la ejecución del contrato. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias, se resolverá el contrato, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del adjudicatario.
En caso de resolución del Contrato, el adjudicatario, a solicitud de Xxx.xx, deberá cesar de inmediato en todos los trabajos encargados.
Asimismo, se procederá a efectuar la liquidación definitiva de los trabajos realizados hasta la fecha que se consideren útiles para Xxx.xx quien abonará los mismos en las condiciones establecidas en los pliegos.
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La resolución del Contrato llevará aparejada la indemnización de daños y perjuicios que proceda. Se deducirá de la cantidad que resulte de la liquidación el importe correspondiente a indemnizaciones y demás conceptos que procedan. En todo caso, será de aplicación el artículo 1.124 del Código Civil.
XXXX SANTA-XXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL | XXXXXXX XXXXXX-XXXXXXXX XXXXXXXXX JEFE DE ÁREA DE LA ASESORÍA JURÍDICA |
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ANEXO I. Documentación a Presentar.
Con carácter general todos los documentos deberán ser originales, copias notariales o fotocopias compulsadas.
El licitador que vaya a presentar fotocopias podrá cotejar éstas en las oficinas de Xxx.xx al menos dos días antes del día en que expire el plazo de presentación de ofertas al presente procedimiento de licitación.
Toda la documentación que se presente por los licitadores deberá estar redactada en castellano, salvo los supuestos especificados en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En caso de que se presentasen en lengua distinta deberá presentarse la correspondiente traducción oficial a la lengua castellana primando esta última en caso de duda o discrepancia.
El licitador deberá presentar copia en formato digital de toda la documentación requerida en el presente anexo.
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I.1) Para acreditar la capacidad jurídica y de obrar y el no estar incurso el contratista en prohibiciones de contratar (sobre I).
D.N.I. del empresario individual.
Para empresas: escritura de constitución o modificación inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados Miembros de la Unión Europea deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este registro sea exigido por la legislación del estado respectivo o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con la disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar por informe de la misión diplomática permanente de España en el estado correspondiente o de la Oficina consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
En todo caso, tendrán capacidad para contratar las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con
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arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del Contrato.
Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del Contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
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Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar con la Administración previstas en el artículo 60.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de acuerdo con el modelo establecido en el apartado II.A) del Anexo “Documentación a presentar”, sin perjuicio de los medios de prueba establecidos en el artículo 73 del mencionado texto refundido.
Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social consistente en certificación expedida al efecto por la Administración Tributaria y por la Administración de la Seguridad Social. Esta documentación no será exigible a aquellos oferentes que no realicen actividades en España.
Si se actúa por medio de representante, deberá acreditarse su representación por cualquier medio válido en Derecho y aportarse fotocopia legitimada notarialmente del Documento Nacional de Identidad del representante.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga.
I.2) Para acreditar la solvencia económica y financiera (sobre II).
1) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
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2) Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
3) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito correspondiente al objeto del Contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
No obstante lo anterior, si por una razón justificada un licitador no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, Xxx.xx le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
I.3) Para acreditar la solvencia técnica. (sobre II)
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Este apartado no aplica en el procedimiento de licitación por lo que los licitadores no deberán incluir información del mismo en el Sobre II, no obstante deberán aportar en el sobre II toda la documentación requerida para acreditar los requisitos de Solvencia establecidos en el apartado 7 del presente Xxxxxx.
I.4) Declaración sobre pertenencia a un grupo empresarial (sobre I)
Los licitadores deberán aportar una Declaración expresa responsable de la empresa licitadora, suscrita por su representante, relativa al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las sociedades pertenecientes a su mismo grupo, en los términos establecidos en el art. 42 del Código de Comercio. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial la declaración se realizará en este sentido. A estos efectos, el licitador dispone de los respectivos modelos de declaración en el apartado II.B) del Anexo “Documentación a presentar”. La declaración, en sentido positivo o negativo, deberá ser incluida en el sobre 1 de la propuesta.
I.5) Otras consideraciones sobre la documentación exigible
No será obligatorio presentar toda aquella documentación que haya sido inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE) y que pueda ser consultada por Xxx.xx a través de las certificaciones emitidas de forma electrónica por el ROLECE. A estos efectos,
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bastará con indiciar en una nota incluida en el sobre que corresponda que toda o parte de la documentación exigida en dicho sobre consta y puede ser consultada en el ROLECE, señalando adicionalmente el CIF/NIF del licitador.
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No será necesaria presentar la documentación necesaria para acreditar la solvencia económica y financiera, y técnica generales en el caso de que el licitador esté inscrito en el ROLECE en la categoría, grupo y subgrupo indicado al efecto en el apartado séptimo del presente Xxxxxx, y que dicha información pueda ser consultada por Xxx.xx. En este supuesto, bastará con hacer mención a esta circunstancia e incluir el CIF/NIF del licitador en el sobre 3. En el caso de que el licitador esté inscrito en el ROLECE en la categoría, grupo y subgrupo referidos anteriormente, pero no pueda ser consultada directamente por Xxx.xx dicha circunstancia, se deberá presentar una certificación que acredite la inscripción de la empresa licitadora en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, en la categoría, grupo y subgrupo indicado al efecto en el apartado séptimo del presente Pliego. En este supuesto, el licitador deberá acompañar a la certificación una declaración responsable en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en la certificación no han variado, siguiendo el modelo establecido en el apartado II.D) del Anexo “Documentación a presentar”. Esta manifestación deberá reiterarse en el caso de que el licitador resulte adjudicatario del Contrato. Asimismo, el adjudicatario deberá acreditar ante Xxx.xx la conservación de la clasificación que figure en la certificación, con carácter anual y deberá informar a la entidad pública de cualquier variación que la misma pudiera experimentar, en el momento en el que ésta se produzca. En el caso de que el licitador no esté inscrito en el ROLECE en la categoría, grupo y subgrupo ya mencionados, deberá presentar la documentación indicada en el apartado correspondiente para acreditar la solvencia económica y financiera, y técnica generales.
Sin perjuicio del párrafo anterior, el licitador deberá aportar la documentación que acredite la solvencia económica y financiera, y técnica específicas.
Asimismo, el licitador podrá fundamentar su solvencia económica, financiera, técnica o profesional (general o específica) en la solvencia y medios de otras entidades, con independencia de la naturaleza de los vínculos que le unan a ellas, siempre que demuestre que dispone efectivamente de esos medios para la ejecución del Contrato.
La documentación señalada en los apartados I.1), I.2) y I.3) anteriores que hubiera sido presentada por el licitador a Xxx.xx para participar en un procedimiento de licitación convocado por esta entidad durante el año inmediatamente anterior a la publicación del anuncio del presente procedimiento de licitación, servirá al licitador para participar en este procedimiento siempre que éste aporte una declaración responsable, firmada por el citado representante, en la que se afirme que todos los datos
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expresados en la referida documentación continúan siendo plenamente vigentes y no se ha producido modificación alguna, indicando el número de expediente del procedimiento de licitación al que se remite.
En todo caso, se deberán aportar las cuentas anuales del último ejercicio o extracto de las mismas debidamente inscritas en el Registro Mercantil, o en el Registro Oficial que corresponda, junto con la documentación acreditativa de su presentación así como declaración responsable de la cifra de negocios global de la empresa en los tres últimos ejercicios.
Asimismo, los certificados acreditativos de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social deberán haber sido expedidos, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 60.1 d) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la correspondiente oferta. Para que Xxx.xx pueda abonar facturas, el certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias deberá haber sido expedido a los efectos del artículo
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43.1 f) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en los doce meses anteriores a la fecha de emisión de la correspondiente factura.
I.6) Datos del licitador a efectos de notificación (sobre I)
El licitador designará una dirección de correo electrónico en que se realizarán todas las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento. Tal designación implicará el reconocimiento de que dicha dirección electrónica está bajo el control del interesado y que éste acepta a que las comunicaciones le sean remitidas a la dirección electrónica así designada.
Adicionalmente, el licitador facilitará los siguientes datos:
-Persona de contacto.
-Fax.
-Teléfono.
-Dirección Postal.
I.7) Notificación de los defectos subsanables
La notificación de los defectos subsanables relativos a la documentación administrativa, se realizará mediante la publicación del listado de defectos encontrados en el Perfil del Contratante de Xxx.xx. Adicionalmente se enviará un correo electrónico a cada licitador. En la notificación se establecerá el plazo y la forma de remitir la subsanación.
II Modelos de declaración responsable
D. con documento nacional de identidad número , expedido en el día de de , actuando en nombre de
con domicilio en calle
, según poder otorgado ante el notario de
D. , con fecha
, bajo el número de protocolo .
DECLARA
BAJO
SU
RESPONSABILIDAD
que
la
empresa
no se halla incursa en ninguna de las causas de prohibición para contratar con la Administración, previstas en el artículo 60.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Madrid a, de de
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a) De no estar incurso en prohibición de contratar
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b) Relativas a grupo empresarial
D. con documento nacional de identidad número , expedido en el día de de , actuando en nombre de con domicilio en calle , según poder otorgado ante el notario de D. , con fecha , bajo el número de protocolo . DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que la empresa pertenece al grupo empresarial . Dicho grupo, en los términos establecidos en el art. 42 del Código de Comercio, está compuesto por las siguientes empresas: 1. 2. 3. 4. 5. Madrid a, de de |
D. con documento nacional de identidad número , expedido en el día de de , actuando en nombre de con domicilio en calle , según poder otorgado ante el notario de D. , con fecha , bajo el número de protocolo . |
DECLARA
BAJO
SU
RESPONSABILIDAD
que
la
empresa
NO pertenece a ningún grupo empresarial.
Madrid a, de de
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c) Relativas a propósito de subcontratar
D. con documento nacional de identidad número , expedido en el día de de , actuando en nombre de
con domicilio en calle
, según poder otorgado ante el notario de
D. , con fecha
, bajo el número de protocolo .
DECLARA
BAJO
SU
RESPONSABILIDAD
que
la
empresa
tiene el propósito de subcontratar:
1. [Actividad del contrato] [empresa] [% de subcontratación].
2. [Actividad del contrato] [empresa] [% de subcontratación].
Madrid a, de de
D. con documento nacional de identidad número , expedido en el día de de , actuando en nombre de
con domicilio en calle
, según poder otorgado ante el notario de
D. , con fecha
, bajo el número de protocolo .
DECLARA
BAJO
SU
RESPONSABILIDAD
que
la
empresa
NO tiene el propósito de subcontratar.
Madrid a, de de
D. con documento nacional de identidad número , expedido en el día de de , actuando en nombre de
con domicilio en calle
, según poder otorgado ante el notario de
D. , con fecha
, bajo el número de protocolo .
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que el Sobre 3 de la proposición presentada en el procedimiento de contratación con número de expediente / - , contiene la siguiente documentación:
1.
2.
3.
4.
5.
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III Relación de documentos incluidos en el Sobre 3
Madrid a, de de
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D) DE VIGENCIA DE LA CLASIFICACIÓN
D. con documento nacional de identidad número , expedido en el día de de , actuando en nombre de con domicilio en calle , según poder otorgado ante el notario de D. , con fecha , bajo el número de protocolo .
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que la certificación que acredita la inscripción de la empresa licitadora en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado y que se acompaña a la presente declaración sigue vigente y las circunstancias que se reflejan en la misma no han variado.
Madrid a, de de
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ANEXO II. CONDICIONES RELATIVAS A LA PARTICIPACIÓN DE LOS LICITADORES MEDIANTE LA PLATAFORMA DE LICITACIÓN ELECTRÓNICA.
Sin perjuicio de todo lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.1 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, toda la documentación relativa a las proposiciones podrá presentarse por medios electrónicos.
A continuación, se establecen las condiciones para la participación de los licitadores en el presente procedimiento de licitación, a través de la Plataforma de Licitación electrónica. Todos los trámites relacionados con los procedimientos de contratación por medios electrónicos se realizarán a través de dicha Plataforma localizada en el Perfil del Contratante y Sede Electrónica de la entidad, en xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx.
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Alta en el Registro de gestión de Proveedores y apoderados
Como requisito previo para poder participar por medios electrónicos en un procedimiento de contratación de Xxx.xx, es necesario que el licitador se encuentre dado de alta en el Registro de gestión de proveedores y apoderados (GPA), al que se accede a través de Plataforma. Para darse de alta en el Registro se deberá presentar en formato digital la siguiente documentación: (i) escrituras de la empresa, (ii) escrituras de apoderamiento del firmante de la documentación, (iii) cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil correspondiente y (iv) importe neto de la cifra global de negocios correspondiente a las últimas cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil. Potestativamente se podrá aportar (i) certificado de clasificación de empresa contratista y (ii) justificante de alta IAE. Dicha documentación deberá estar firmada por un apoderado de la empresa que tendrá que estar dado de alta en el sistema.
El acceso a la Plataforma se deberá realizar identificándose por cualquiera de los siguientes medios:
• Certificado digital, emitido por una de las siguientes entidades certificadoras:
- Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT)
- Camerfirma
- Verisign
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• DNI electrónico.
Los licitadores deberán presentar su oferta estructurada de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales, con la siguiente excepción: ya que el licitador se encuentra dado de alta en el Registro, no será necesario presentar Sobre 1 y en el Sobre 2 se incluirá únicamente la documentación solicitada en los apartados 7 (“Requisitos de Solvencia”) y I del Anexo I del presente Pliego, que no haya sido aportada con anterioridad al Registro de gestión de proveedores y apoderados (GPA).
Para presentar la documentación, el licitador deberá tener en cuenta que el tamaño máximo de cualquier documento que incluya en cada sobre no podrá superar los 18 megas.
Envío de ofertas:
El licitador deberá remitir a través de la Plataforma de Licitación Electrónica la documentación que compone su oferta firmada electrónicamente, tal y como se ha indicado anteriormente.
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Si existiese alguna dificultad técnica en el envío, el licitador, antes de la finalización del plazo de presentación de las ofertas, podrá realizar un envío previo de la firma de conformidad con lo dispuesto en el apartado h) de la disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, a través de la Plataforma de Licitación Electrónica. En este caso, la Plataforma registrará sólo la firma electrónica y la ubicación de los documentos integrantes de la oferta que se ha tratado de enviar (en adelante “Oferta Original”).
Posteriormente, y en un plazo máximo de 24 horas, el licitador que hubiera presentado su firma de esta forma, deberá presentar la oferta propiamente dicha en formato electrónico, a través de la Plataforma de Licitación Electrónica o del Registro situado en las oficinas de Xxx.xx. De no efectuarse esta segunda remisión en el plazo indicado, se considerará que la oferta ha sido retirada. La oferta presentada en formato electrónico en esta segunda fase no podrá sufrir ninguna modificación respecto a la Oferta Original. Si una vez realizadas las comprobaciones técnicas oportunas (Función Hash), Xxx.xx comprueba que la documentación recibida en la segunda fase ha sufrido modificaciones respecto a la Oferta Original, la propuesta del licitador no será tenida en cuenta en el procedimiento de licitación.
Notificaciones electrónicas:
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En el caso de que licitador hubiera indicado en el momento de alta en el registro de Proveedores y Apoderados (GPA) su interés en recibir electrónicamente las notificaciones de Xxx.xx derivadas del procedimiento de licitación, recibirá las mismas a través de la propia Plataforma.
Apertura de proposiciones
En el caso de que en un procedimiento de licitación se presenten propuestas a través de la Plataforma de licitación electrónica, la apertura de dichas proposiciones se realizará de forma electrónica, junto con el resto de proposiciones presentadas físicamente, que se realizará de forma manual.
El procedimiento de licitación electrónica garantiza que las ofertas enviadas por los licitadores serán emitidas y registradas de forma que sea imposible conocer su contenido hasta la referida apertura.
A tal efecto, el sistema informático empleado garantiza que las ofertas son remitidas a la unidad que tramita el expediente cifradas y fragmentadas.
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En el caso de que cualquiera de los documentos de una propuesta no pueda visualizarse correctamente, se permitirá que, en un plazo máximo de 24 horas, el licitador que hubiera presentado dicha propuesta, presente en formato digital, el documento incluido en el fichero erróneo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado h) de la Disposición Adicional Decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
El documento presentado posteriormente, no podrá sufrir ninguna modificación respecto al original incluido en la oferta. Si una vez realizadas las comprobaciones técnicas oportunas (Función Hash), Xxx.xx comprueba que el documento ha sufrido modificaciones respecto al presentado inicialmente, la propuesta del licitador no será tenida en cuenta en el procedimiento de licitación.