CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE: LA EMPRESA “COMERCIALIZADORA & MULTISERVICIOS VIRGEN DE LA
CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE: LA EMPRESA “COMERCIALIZADORA & MULTISERVICIOS VIRGEN DE LA
PUERTA E.I.R.L.” Y EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “OTUZCO”
Conste por el presente documento, el convenio específico de cooperación educativa que celebran de una parte la EMPRESA “COMERCIALIZADORA & MULTISERVICIOS VIRGEN DE LA PUERTA E.I.R.L.”, representado por su representante legal Xxx. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, identificada con RUC N° 20605778900, con domicilio fiscal en el Psje. Xxxxx Xxxxx Nro. 340, Barrio Xxxxx Xxxxxxxx distrito de Otuzco, provincia de Otuzco, región La Libertad, cuya actividad es la de actividades especializadas de construcción, a quien se le denominará la EMPRESA, y de la otra parte el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “Otuzco” con RUC N° 20204823546, representado por su Director, el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, con DNI N° 00000000, y encargado de la Dirección mediante RGR 101-2022-GRLL-GGR-GRE, con domicilio institucional en calle Bolívar Nº 1220, barrio la Ermita, del distrito y provincia de Otuzco, región La Libertad, a quien se le denominará el INSTITUTO en los términos y condiciones de las cláusulas siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES QUE SUSCRIBEN LA EMPRESA
COMERCIALIZADORA & MULTISERVICIOS VIRGEN DE LA PUERTA E.I.R.L., es una empresa
dedicada a la venta al por mayor de materiales de construcción, artículos de ferretería, equipo y materiales de fontanería y calefacción, actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica.
EL INSTITUTO
El IEST Público Otuzco es una institución de nivel superior creada con Resolución Ministerial Nro. 817-88 ED y revalidada con R.M. Nro. 0497-2006-ED, de gestión pública, que forma profesionales técnicos con competencias en función de las necesidades socioeconómicas de la región, en sus Programas de Estudios de Contabilidad, Producción Agropecuaria y Enfermería Técnica.
CLÁUSULA SEGUNDA: DEL OBJETIVO
El objetivo principal del presente convenio, es establecer bases de cooperación Interinstitucional a fin de que nuestros estudiantes del programa de estudios de Contabilidad, realicen sus Experiencias Formativas en Situaciones Reales de Trabajo (EFSRT) o Practicas Pre Profesionales, con el fin de cumplir con un componente curricular del Plan de Estudios, además de estar alineados según Ley N° 28518 y su reglamento, aprobado por el DS N° 007-2005TR; y participar en la publicación de ofertas laborales en la bolsa de trabajo del IEST Público Otuzco.
El presente convenio, además tiene los siguientes objetivos:
1) Establecer las bases de cooperación recíproca entre la EMPRESA y el INSTITUTO que contribuyan a la formación, adiestramiento, actualización y consolidación de las competencias en los estudiantes, en concordancia con los contenidos de los módulos formativos y unidades didácticas del plan de estudios de Contabilidad, a fin de contar con recursos humanos competentes, propendiendo a su especialización y competencia, con el fin de coadyuvar al logro de los objetivos y propósitos de ambas instituciones; del mismo modo, suscribir convenios de prácticas pre profesionales.
2) Participar en la publicación de ofertas laborales en la Bolsa de Trabajo del INSTITUTO, que se presenten en la EMPRESA, siempre y cuando estos, tengan un perfil adecuado para nuestros profesionales técnicos.
3) Los horarios para la formación de EFSRT se llevarán a cabo previo acuerdo entre el
INSTITUTO y la EMPRESA (durante o después del horario académico del INSTITUTO).
CLÁUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
A) La EMPRESA se compromete a:
1) Facilitar el ingreso de los estudiantes a sus ambientes físicos que sean necesarios para el desarrollo de las EFSRT de los estudiantes del INSTITUTO, del Programa de Estudios de Contabilidad, así como el uso de sus instalaciones y equipos afines a las competencias y módulo formativo del plan de estudios de dicho Programa.
2) Permitir el acceso a los estudiantes del INSTITUTO a fin de realizar sus EFSRT en función a su avance académico en los ambientes designados para que consoliden su formación académica y de entrenamiento.
3) Apoyar el desarrollo de las actividades académicas que realice el INSTITUTO, con los recursos de infraestructura, equipos y servicios que cuenta la EMPRESA, con el fin del desarrollo de actividades para el logro de las competencias.
4) EI desempeño del estudiante será evaluado a través de los criterios establecidos por el INSTITUTO y estará a cargo de un representante de la EMPRESA, asimismo se le facilitará el acceso a un docente del INSTITUTO responsable de acompañar el proceso.
5) Brindar las facilidades del caso para que el docente designado por el INSTITUTO pueda cumplir con sus funciones de supervisión y/o acompañamiento a los estudiantes en la EMPRESA.
6) Difundir y publicar en lugares visibles de sus instalaciones los servicios que ofrece el
INSTITUTO, así como información de los proyectos que este emprenda.
7) Otorgar una constancia de EFSRT con la firma y sello de la EMPRESA a los estudiantes que han ejecutado dichas experiencias, la cual no es una constancia de trabajo.
8) La EMPRESA se compromete a atender a 03 estudiantes en cada turno de trabajo, pudiendo ser hasta 4 grupos por año.
B) El INSTITUTO se compromete a:
1) Remitir a la EMPRESA con anticipación, una carta de presentación, indicando los nombres y apellidos de los estudiantes que realizarán sus EFSRT, indicando el Modulo de Estudios y la cantidad de horas que comprende dichas experiencias, asimismo, el nombre del docente responsable de la supervisión.
2) Enviar docentes para el acompañamiento y/o supervisión para el seguimiento de los estudiantes y evaluación en lo que corresponda, con autorización de la EMPRESA.
3) El docente supervisor y/o que acompañará a los estudiantes no interferirá en modo alguno con el normal desenvolvimiento de las funciones de la EMPRESA.
4) Entregar a la EMPRESA con la debida anticipación, la Ficha de Evaluación y la Ficha de Asistencia de los estudiantes referida en el quinto punto de las obligaciones de La EMPRESA.
5) Apoyar con recursos humanos, en campañas de promoción de artículos nuevos y promociones de ventas diversas que promueva o planifique la EMPRESA.
6) Prestar a la EMPRESA el equipamiento necesario y adecuado (según su disponibilidad) para que realice sus actividades de promoción comercial.
7) Xxxxxxx asesoría técnica con profesionales de los programas de Contabilidad en las actividades que requiera la EMPRESA.
8) Facilitar el uso de la infraestructura del INSTITUTO con fines académicos.
9) Difundir y publicar en lugares visibles de sus instalaciones los servicios que ofrece la
EMPRESA.
10) Brindar media beca a los trabajadores de la EMPRESA para estudiar cualquiera de las carreras técnicas del INSTITUTO o participar en eventos de capacitación que organice el Programa de Estudios de Contabilidad del INSTITUTO.
CLÁUSULA CUARTA: ÁMBITO DE APLICACIÓN
El Convenio es aplicable a todos los estudiantes del Programa de Estudios de Contabilidad.
CLÁUSULA QUINTA: DE LA RETRIBUCIÓN
La EMPRESA tendrá una media beca en el pago de la matrícula para sus trabajadores por un periodo de 6 años contados a partir de la firma del presente convenio que deseen estudiar cualquier programa de estudios que oferta el INSTITUTO. Estos descuentos no son acumulables ni de ninguna forma son aplicables a los trámites, procesos o documentación requerida por el estudiante a la institución.
CLAUSULA SEXTA: DE LA VIGENCIA
El presente convenio tendrá un plazo de vigencia de seis (06) años contados a partir de la fecha de suscripción del mismo, que podrá ser renovado por un periodo similar por acuerdo de las Partes.
CLÁUSULA SEPTIMA: DE LA MODIFICACIÓN
Las modificaciones del presente deberán constar por escrito debidamente refrendadas por las máximas autoridades o por las autoridades que ellos deleguen, a través de la suscripción de una ADENDA.
Estando las PARTES celebrantes de acuerdo con el contenido y obligaciones indicadas en todas y cada una de las cláusulas del presente convenio, lo suscriben en dos (02) ejemplares originales, igualmente válidos, en señal de conformidad a los veinte días del mes de julio del año dos mil veintidós.
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