CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO.Contrato Individual De Trabajo a Término Fijo • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020Las partes, que suscribimos el presente Contrato de Trabajo a Término Indefinido, lo hacemos fundamentados en la Buena Fe, y en especial en el respeto a los principios del Derecho de Trabajo.
Nóminas y Prestaciones MIÑIA. Contrato individual de trabajo a término fijo Fecha de solicitud:13/ 01 /2011 Versión:1 Número de formato: 0510Contrato Individual De Trabajo a Término Fijo • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020Entre el EMPLEADOR y el TRABAJADOR, de las condiciones ya dichas, identificados como aparece al pie de sus firmas, se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo A TÉRMINO FIJO, regido además por las siguientes cláusulas, en conexión con la Ley 789 de 2002 y demás normas concordantes:
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO INFERIOR A UN AÑOContrato Individual De Trabajo a Término Fijo • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020ALICIA CANDAMIL PELÁEZ, identificado como aparece al pie de su firma quien obra en su carácter de representante de VELÁSQUEZ CANDAMIL S.A.S, persona jurídica que para todos los efectos del contrato se denominará LA EMPRESA de una parte, y por la otra mayor de edad identificado como aparece al pie de su firma, quien obra en su propio nombre y representación y que por todos los efectos del presente contrato se denominará como el TRABAJADOR, se ha celebrado a partir del
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO INFERIOR A UN (1) AÑOContrato Individual De Trabajo a Término Fijo • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020Entre los suscritos a saber: ( nombre del establecimiento de comercio) , Representada Legalmente por (nombre representante legal) y vecino de Bogotá, identificado con la Cédula de Ciudadanía Nº , de una parte, y quien en adelante se denominará EL EMPLEADOR y (nombre del trabajador), mayor de edad y vecino(a) de , identificado(a) como aparece al pie de su firma, por la otra, quien en adelante se denominará EL (LA) TRABAJADOR(A), se ha convenido celebrar el presente contrato individual de trabajo, regido además por las siguientes cláusulas: PRIMERA.—EL EMPLEADOR contrata los servicios personales del TRABAJADOR y éste se obliga: a) A poner al servicio del EMPLEADOR toda su capacidad normal de trabajo, en forma exclusiva en el desempeño de las funciones propias del oficio mencionado y en las labores anexas y complementarias del mismo, de conformidad con las órdenes e instrucciones que le imparta EL EMPLEADOR o sus representantes. b) A no prestar directa ni indirectamente servicios laborale