Reglamento. Artículo 149. Vigencia del ContratoReglamento De Contrataciones Del Estado • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020La anterior normativa de contrataciones del Estado, no había previsto la figura de una ampliación voluntaria o tácita al plazo contractual; sino que para la procedencia de la ampliación de plazo, se requería de la existencia de alguna de las causales previstas en el anterior Reglamento y el cumplimiento del procedimiento regulado en el mismo, el cual exigía la presentación de la solicitud del contratista, y solo en caso la Entidad no se pronunciaba sobre dicha solicitud —en el plazo legal previsto en el anterior Reglamento— se consideraba ampliado el plazo, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.
Reglamento. Artículo 149. Vigencia del ContratoReglamento De Contrataciones Del Estado • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020La anterior normativa de contrataciones del Estado establecía las condiciones que debían verificarse para considerar culminado un contrato de obra, sin efectuar distinción entre los contratos convocados bajo la modalidad de concurso oferta, llave en mano o ejecutados sin el empleo de alguna de estas modalidades; por tanto, los contratos ejecutados bajo la modalidad de concurso oferta culminaban luego de haber quedado consentida la liquidación de obra (para lo cual debía haberse cumplido el procedimiento establecido en el artículo 211 del anterior Reglamento y haber trascurrido el plazo de ley sin que las partes hubieran sometido a conciliación o arbitraje las discrepancias acerca de la liquidación) y efectuado el pago correspondiente.
Plan Anual de Contrataciones (PAC)Reglamento De Contrataciones Del Estado • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020En tanto se implemente dicho sistema, se emplean las disposiciones establecidas en la Quinta Disposición Complementaria Transitoria del D.S. Nº 344-2018-EF, dentro de las cuales se incluye:
DECRETO Nº 795/96 MEOSP (B.O. 16/04/96)Reglamento De Contrataciones Del Estado • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020Los organismos licitantes establecerán las cláusulas particulares que correspondan respecto de la prestación que se ha de contratar, y no podrán incluir en ellas requisitos que se aparten de lo determinado en este Reglamento.