Definición de Controlador

Controlador significa la entidad que determina los propósitos y medios del tratamiento de Datos Personales.
Controlador es un Controlador en virtud de este APD.
Controlador se refiere a la entidad que determina los fines y los medios del Procesamiento de Datos Personales. Para evitar dudas, la Parte identificada anteriormente como «Controlador» es un Controlador en virtud de este APD.

Examples of Controlador in a sentence

  • Las funciones y características específicas son las mismas que las previstas para el puesto de trabajo de Controlador.

  • Se entenderá que los puestos de trabajo denominados como "Controlador", serán aquellos que supongan el ejercicio efectivo y habitual de una habilitación local y sus correspondientes anotaciones.

  • Con carácter supletorio y en las materias no reguladas por el presente Convenio, se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales de carácter general, tanto laborales como específicas de la profesión de Controlador de Tránsito Aéreo, tanto en la normativa europea como española sobre la materia.

  • Controlador de la circulación aérea, controlador de tránsito aéreo, controlador de tráfico aéreo, controlador aéreo: Denominaciones que, indistintamente, identifican a los profesionales de Control de la Circulación Aérea Civil, que se denominan CTA en el presente convenio.

  • Se hace constar que en el I Convenio la figura de controlador se denominaba Controlador de Circulación Aérea (CCA) tal y como aún aparece nominado en algunos documentos.


More Definitions of Controlador

Controlador se refiere a una persona física o jurídica, una autoridad pública, una agencia u otro organismo que, de forma independiente o en conjunto con otros, determina los medios y los objetivos del procesamiento de Datos Personales; a los fines de este DPA, cuando el Cliente actúa como Procesador de otro Controlador, se considerará, en relación con SAP, un Controlador adicional e independiente con los derechos y obligaciones pertinentes en virtud de este DPA.
Controlador. Es el trabajador que dependiente del Jefe de Servicio o Jefe de Inspección tiene entre otras funciones las de verificar el exacto desempeño de las atribuidas a los conductores, cobradores, conductores preceptores y taquilleros al inicio, durante y al término de sus respectivos servicios, cuyas funciones desarrollará en el lugar que determine la Empresa. Igualmente orde- nará la salida de los autobuses. Y dará conocimiento a su Jefe inmediato de cuantas incidencias observe durante la jornada laboral, elaborando los partes de trabajo que le sean requeridos.
Controlador se refiere a la parte que determina los medios y fines del tratamiento de datos "Ley de protección de datos" significa: "Reglamento de Protección de Datos" significa el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Controlador. Es el trabajador que gestiona la explotación en un grupo de líneas, desde el centro de control o desde los puntos de control en la vía pública que se establezcan en cada momento, supervisando y regulando la adecuación del servicio realizado con respecto al planificado, impartiendo a los conductores las instrucciones oportunas en tiempo real, para garantizar que la prestación del servicio se realice con la máxima calidad posible, considerando los recursos humanos y los medios técnicos y materiales disponibles en cada momento. Será también responsable de la introducción en el sistema informático de los datos de la gestión de la explotación, de la resolución, tramitación, y en su caso, comunicación por escrito al jefe de su departamento de las incidencias que se produzcan en el personal y líneas a su cargo.
Controlador. Es quien habitualmente realiza su trabajo en la calle, mayor de 18 años, que tiene como funciones las establecidas en la Ordenanza Municipal correspondiente, siendo sus funciones básicas las de control de los vehículos estacionados en la zona regulada, ve- rificación de que el vehículo está o no en posesión de título habilitante de estacionamien- to, y cuando lo tenga si cumple el horario convenio por el usuario y en la zona conve- niente. En el supuesto que proceda deberá realizar el correspondiente aviso de denuncia o denuncia, deberán informar a los usuarios del cumplimiento de la Ordenanza Municipal a este respecto, bajo las órdenes de su inmediato superior. Deben atender al público dan- do las explicaciones oportunas de la máquina expendedora e informarle de cualquier du- da relacionada con el servicio.
Controlador significa la persona física o jurídica, la autoridad pública, agencia u otro organismo que, de forma independiente o conjunta con otros, establezca los propósitos y medios de tratamiento de la información personal; en caso de que los propósitos y medios de dicho tratamiento hayan sido dispuestos por la Legislación europea de protección de datos, el controlador o los criterios específicos para su designación podrán estar estipulados por la Legislación europea de protección de datos;
Controlador. Corresponde a esta categoría a quienes encontrándose en po- sesión del correspondiente Título Académico, desempeñan fun- ciones para las que le capacita específicamente el referido Título. Son aquellos/as empleados/as que ejecuten trabajos de con- trol de accesos a las instalaciones en los horarios establecidos, así como tareas básicas de mantenimiento, como el control del sistema eléctrico, apagado y encendido de espacios, control de cierre de puertas y ventanas, intervención inmediata por averías eléctricas, agua, gas, etc poniéndolo en conocimiento del perso- nal de mantenimiento. Realización de tareas de mantenimiento