Definición de Precio Máximo de Compra

Precio Máximo de Compra significa el precio máximo que Panacorp podrá pagar para adquirir un Título Valor Marginable con financiamiento de Panacorp bajo la modalidad PFM. “Provisión de Margen” (Margin Call) significa el monto de dinero o cantidad equivalente a Valor xx Xxxxxxx de Títulos Valores, a ser provistos por el cliente a Panacorp para restituir el Índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento al 25%, de acuerdo a lo previsto en el literal (e)(iv) Cláusula 5 de este Capítulo. “Saldo Deudor” (Debit Balance) significa, en un momento dado, el saldo de capital xxx Xxxxxxxx de Dinero o de los Préstamos de Dinero otorgados por Panacorp al Cliente; y el “Saldo Deudor Inicial” significa el Saldo Deudor en la Fecha Valor xx Xxxxxxxx de Dinero o el monto de capital de un Préstamo de Dinero. “Estatus Restringido” (Restricted Account) significa el valor mínimo del Índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento, representado en las partidas de débito y crédito remesadas a la Cuenta Corriente de Comercio, y representa para el Cliente la capacidad adicional no utilizada de financiamiento bajo la Línea de Crédito. El Índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento se expresará como un porcentaje equivalente al Valor Mínimo del Índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento más cinco por ciento (5%). “Tasa de Margen” (Margin Rate) significa la porción mínima, expresada porcentualmente, que el Cliente que tiene que pagar del precio de un Título Valor Marginable específico, de acuerdo a la determinación hecha por Panacorp, por la Comisión Nacional de Valores o cualquier otra autoridad gubernamental, cualquiera que sea mayor. “Títulos Valores Marginables” (Marginable Securities) significa aquellos Títulos Valores (según se definieron en el Capítulo I de este documento) que pueden ser financiados por Panacorp al Cliente, según determinación hecha por Panacorp, sujeto a que dicha determinación no sea contraria a lo dispuesto por la Comisión Nacional de Valores o cualquier otra autoridad gubernamental. “Valor xx Xxxxxxx” de un Título Valor, significa, para efectos de este Capítulo, el precio xx xxxxxxx de los Títulos Valores, el cual estará determinado por el último precio por el cual se hayan vendido los Títulos Valores en una operación en bolsa de valores o fuera de ella, en el entendido que dicho precio no incluye el de los frutos devengados por los Títulos Valores. Si a juicio de Xxxxxxxx el último precio del Título Valor no refleja su valor xx xxxxxxx en un momento dado, el Valor xx Xxx...
Precio Máximo de Compra significa el precio máximo que AMINSA podrá pagar para adquirir un Título Valor Marginable con financiamiento de AMINSA bajo la modalidad PFM. “Provisión de Margen” (Margin Call) significa el monto de dinero o cantidad equivalente a Valor xx Xxxxxxx de Títulos Valores, a ser provistos por el Cliente a AMINSA para restituir el Índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento al 25%, de acuerdo a lo previsto en el literal (e)(iv) Cláusula 5 de este Capítulo. “Saldo Deudor” (Debit Balance) significa, en un momento dado, el saldo de capital xxx Xxxxxxxx de Dinero o de los Préstamos de Dinero otorgados por AMINSA al Cliente; y “Saldo Deudor Inicial” significa el Saldo Deudor en la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx de Dinero o el monto de capital de un Préstamo de Dinero. “Estatus Restringido” (Restricted Account) significa el valor mínimo del Índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento, representado en las partidas de débito y crédito remesadas a la Cuenta Corriente de Comercio, y representa para el Cliente la capacidad adicional no utilizada de financiamiento bajo la Línea de Crédito. El Índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento se expresará como un porcentaje equivalente al Valor Mínimo del Índice de Requerimiento
Precio Máximo de Compra significa el precio máximo que Arca podrá pagar para adquirir un Título Valor Marginable con financiamiento de Arca bajo la modalidad PFM. “Provisión de Margen” (Margin Call) significa el monto de dinero o cantidad equivalente a Valor xx Xxxxxxx de Títulos Valores, a ser provistos por el Cliente a Arca para restituir el Índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento al 25%, de acuerdo a lo previsto en el literal (e)(iv) Cláusula 5 de este Capítulo. “Saldo Deudor” (Debit Balance) significa, en un momento dado, el saldo de capital xxx Xxxxxxxx de Dinero o de los Préstamos de Dinero otorgados por Arca al Cliente; y “Saldo

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Precio Máximo de Compra significa el precio máximo que BFC CASA DE BOLSA, C.A. podrá pagar para adquirir un Título Valor Marginable, cuya compra el Cliente ha comisionado a BFC CASA DE BOLSA, C.A. en una Compra de Xxxxxx.
Precio Máximo de Compra significa el precio máximo que Maximiza podrá pagar para adquirir un Titulo Valor Marginable, cuya compra el Cliente ha comisionado a Maximiza en una Compra de Xxxxxx.
Precio Máximo de Compra significa el precio máximo que Maximiza podrá pagar para adquirir un Titulo Valor Marginable con financiamiento de Maximiza bajo la modalidad PFM. "Provisión de Margen" (Margin Cal/) significa el monto de dinero efectivo o cantidad equivalente a Valor xx Xxxxxxx de Títulos Valores, a ser provistos por el Cliente a Maximiza para restituir el índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento al Valor Mínimo del índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento, de acuerdo a lo previsto en el literal (e) Cláusula 12 de este Capitulo.
Precio Máximo de Compra significa el precio máximo que LIQUID PEER podrá pagar para adquirir un Título Valor Marginable con financiamiento de LIQUID PEER bajo la modalidad FMT. “Capital” significa, la diferencia entre el valor xx xxxxxxx de los títulos valores y el saldo deudor. “Provisión de Margen” significa el monto de dinero efectivo o cantidad equivalente a Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores, a ser provistos por EL INVERSOR a LIQUID PEER para restituir la relación entre el capital y el saldo deudor, es decir para cumplir con el requerimiento mínimo de mantenimiento. “Índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento” significa, en un momento dado, la relación entre el Capital y el Saldo Deudor, determinada por el cociente cuyo numerador será el Capital, y cuyo denominador será el Saldo Deudor. “Valor Mínimo del Índice de Requerimiento Mínimo de
Precio Máximo de Compra significa el precio máximo

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