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Definición de Tarjetas Adicionales

Tarjetas Adicionales. Cualesquiera tarjetas de crédito emitidas y asociadas a la Tarjeta Principal, previa solicitud y/o autorización del TITULAR.
Tarjetas Adicionales. El Depositante podrá solicitar la emisión de tarjetas adicionales a nombre de las personas autorizadas en la Cuenta. La Cooperativa estará autorizada a reconocer como válidas las tarjetas solicitadas y autorizadas y el número secreto seleccionado por cada tenedor de las tarjetas, en el caso de retiros o transferencias de fondos efectuados con relación a la Cuenta. Cualquier débito a la Cuenta que corresponda a fondos retirados mediante el uso de la Tarjeta y el número secreto será válido. El Depositante será responsable por el retiro y releva a la Cooperativa de toda responsabilidad por concepto de cualquier débito efectuado bajo la tarjeta adicional emitida, sea el débito autorizado o no autorizado y ya sea ocasionado por Xxxxxxxx perdidas o robadas.
Tarjetas Adicionales. El Depositante podrá solicitar la emisión de tarjetas adicionales a nombre de las personas autorizadas en la Cuenta. La Cooperativa estará autorizada a reconocer como válidas las tarjetas solicitadas y autorizadas y el número secreto seleccionado por cada tenedor de las tarjetas, en el caso de retiros o transferencias de fondos efectuados con relación a la Cuenta. A todo aquel que se le conceda el uso de las Tarjetas se considerará tercero beneficiario del acuerdo extendido aquí bajo los términos y condiciones de este Contrato. En consecuencia, son responsables conjuntamente y solidariamente con el comercio para cualquier débito efectuado bajo la tarjeta adicional emitida, sea el débito autorizado o no autorizado y ya sea ocasionado por Tarjetas perdidas o robadas.

Examples of Tarjetas Adicionales in a sentence

  • El BANCO se reserva el derecho de emisión de las Tarjetas, tanto de la Tarjeta Principal como de las Tarjetas Adicionales.

  • La renuncia a la Tarjeta por el TITULAR producirá, de forma automática y sin necesidad de preaviso del BANCO, la cancelación de todas las Tarjetas Adicionales, no así la renuncia por un Beneficiario a su Tarjeta adicional que únicamente afectará al mismo.

  • Dichas Tarjetas Adicionales estarán asociadas a la misma cuenta corriente y las transacciones realizadas con las mismas tendrán la misma consideración que si hubieran sido efectuadas con la Tarjeta Principal.

  • La renuncia a la Tarjeta por el TITULAR producirá, de forma automática y sin necesidad de preaviso del BANCO, la cancelación de todas las Tarjetas Adicionales, no así la renuncia por un Beneficiario a su Tarjeta Adicional que únicamente afectará al mismo.

  • El BANCO se reserva el derecho de emisión de las Tarjetas, tanto de la Tarjeta Principal, como de las Tarjetas Adicionales.


More Definitions of Tarjetas Adicionales

Tarjetas Adicionales. El (Los) CLIENTE(S) FINANCIERO(S) podrá(n) solicitar al BANCO la emisión de tarjetas adicionales siendo el (los) único(s) responsable(s) de las operaciones o transacciones que se efectúen con esas tarjetas adicionales Si corresponde incorporar el siguiente párrafo i. TARJETA PARA CUENTAS COLECTIVAS: Para el caso de “Cuentas Colectivas” de manejo “indistinto” el BANCO, a solicitud de cualquiera del (de los) CLIENTE(S) FINANCIERO(S) proporcionará la(s) Tarjeta(s) de Débito, para que sean utilizadas únicamente por los titulares. Si corresponde incorporar el siguiente párrafo (solo a solicitud del (de los) CLIENTE(S) FINANCIERO(S)) j. SERVICIOS “SIN TARJETA”: Previa solicitud y habilitación, el (los) CLIENTE(S) FINANCIERO(S) podrá(n) tener acceso al servicio “Cajero Sin Tarjeta”, que se aplica en la red de Cajeros Automáticos del propio BANCO y/o al servicio “POS Sin Tarjeta” que se aplica en los Puntos de Venta (POS) habilitados para el servicio. Si corresponde incorporar el siguiente párrafo (solo a solicitud del (de los) CLIENTE(S) FINANCIERO(S)
Tarjetas Adicionales el Titular puede solicitar Tarjetas de Crédito adicionales para el o los Beneficiarios que elija, los que podrán usar sus Tarjetas del mismo modo que el Titular. Las Tarjetas adicionales se consideran como una sola en lo que se refiere a la Línea de Crédito y su emisión no genera aumento en esta última. El Titular tendrá, respecto a las tarjetas adicionales, las mismas responsabilidades y obligaciones que con su Tarjeta de Crédito y, en especial, el deber de pago. También podrá definir cuál es el porcentaje de su Límite de Compra que corresponda a sus Tarjetas adicionales.
Tarjetas Adicionales. Solo se permite una Tarjeta Titular por cada “CLIENTE” o “REPRESENTANTE LEGAL”, para lo cual se debe poseer una cuenta a la vista. Si el “CLIENTE” o “REPRESENTANTE LEGAL” solicita y autoriza al “BANCO” que se emitan tarjetas adicionales a nombre de terceros, el “CLIENTE” o “REPRESENTANTE LEGAL” será responsable en forma solidaria del uso que se haga de dichas Tarjetas Adicionales. Las Tarjetas Adicionales únicamente podrán utilizarse como medio de pago y para realizar retiros; así mismo el adicional no tendrá derecho a solicitar al “BANCO” estados de cuenta o cualquier información sobre la cuenta. En el caso de las tarjetas de débito de los convenios donde el menor de edad es el titular de la cuenta a la vista no se permiten tarjetas adicionales.
Tarjetas AdicionalesEL CONTRATO comprende igualmente todas las tarjetas adicionales de la misma cuenta que con autorización y por cuenta de EL CLIENTE extienda EL BANCO. Los titulares de las tarjetas adicionales tendrán las mismas obligaciones y responsabilidades que tiene el titular principal (EL CLIENTE) con EL BANCO, considerándose en su caso, co-deudores solidarios de EL BANCO. Además, es entendido que todo titular de tarjetas adicionales se entenderá autorizado por EL CLIENTE para girar por cualquier medio, contra la correspondiente cuenta corriente o de ahorros y, para tal propósito, se harán bajo responsabilidad de EL CLIENTE los registros de firmas que sean necesarias.
Tarjetas Adicionales el Titular puede solicitar Tarjetas de Crédito adicionales para el o los Beneficiarios que elija, los que podrán usar sus Tarjetas del mismo modo que el Titular. Las Tarjetas adicionales se consideran como una sola en lo que se refiere a la Línea de Crédito y su emisión no genera aumento en esta última. El Titular tendrá, respecto a las tarjetas adicionales, las mismas responsabilidades y obligaciones que con su Tarjeta de Crédito y, en especial, el deber de pago. También podrá definir cuál es el porcentaje de su Límite de Compra que corres- ponda a sus Tarjetas adicionales. La relación contractual se renovará en forma automática por nuevos períodos, salvo aviso por escrito del Titular comunicado con 30 días de antelación al vencimiento. El Titular autoriza al Banco a enviar las tarjetas al domicilio indicado en la solicitud de productos, y a entregarlas a toda persona mayor de 18 años que se encuentre en ese domicilio.El Banco puede no renovar el contrato notificando al Titular con 60 días de antelación al vencimiento.
Tarjetas Adicionales el Titular puede solicitar Tarjetas de Crédito adicionales para el o los Beneficiarios que elija, los que
Tarjetas Adicionales. El Depositante podrá solicitar la emisión de tarjetas adicionales a nombre de las personas autorizadas en la Cuenta. La Cooperativa estará autorizada a reconocer como válidas las tarjetas solicitadas y autorizadas y el número secreto seleccionado por cada tenedor de las tarjetas, en el caso de retiros o transferencias de fondos efectuados con relación a la Cuenta.