CAMBIO DE PLAN O DEDUCIBLE. En la fecha de cualquier aniversario, el Asegurado Titular puede solicitar un cambio de plan o de deducible. Algu- nas solicitudes están sujetas a evaluación de riesgo. El asegurado principal puede solicitar un cambio de producto o plan en la fecha del aniversario de la póliza. Éste debe ser notificado por escrito y recibido antes de la fecha de aniversario. Cuando el asegurado principal solicite un cambio de producto o plan, aplican las siguientes condiciones: (a) Los beneficios ganados por antigüedad del asegurado no se verán afec- tados siempre y cuando el nuevo producto o plan los contemple. Si el producto o plan anterior no contemplaba un beneficio incluido en el nuevo producto o plan, se debe cumplir el período de espera específico establecido en la Tabla de Beneficios de la Carátula de la Póliza. (b) Para el pago de siniestros relacionados con una enfermedad o lesión que no hayasido causada por un accidente o enfermedad de origen infeccioso que ocurran durante los noventa (90) xxxx calendario siguientes a la fecha efectiva del cambio, se aplicará el menor de los beneficios pagaderos entre el nuevo producto o plan y el producto o plan anterior. (c) Para el pago de beneficios relacionados con la maternidad, complicaciones de maternidad y cobertura del recién nacido que ocurran durante los diez (10) meses siguientes a la fecha efectiva del cambio, se aplicará el menor de los beneficios pagaderos entre el nuevo producto o plan y el producto o plan anterior.
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CAMBIO DE PLAN O DEDUCIBLE. En la fecha de cualquier aniversario, el Asegurado Titular puede solicitar un cambio de plan o de deducible. Algu- nas solicitudes están sujetas a evaluación de riesgo. El asegurado principal puede solicitar soli- citar un cambio de cambiode producto o plan en la fecha del aniversario de la póliza. Éste debe ser notificado notificad por escrito y recibido antes de la fecha de aniversario. Cuando el asegurado principal solicite un cambio de producto pro- ducto o plan, aplican las siguientes condiciones:
(a) Los beneficios ganados por antigüedad del asegurado no se verán afec- tados afectados siempre y cuando el nuevo producto o plan los contemple. Si el producto o plan anterior no contemplaba un beneficio incluido en el nuevo producto o plan, se debe cumplir el período de espera específico establecido en la Tabla de Beneficios Bene- ficios de la Carátula de la Póliza.
(b) Para ara el pago de siniestros relacionados rela- cionados con una enfermedad o lesión que no hayasido haya sido causada por un accidente o enfermedad de origen infeccioso que ocurran durante los noventa (90) xxxx calendario siguientes a la fecha efectiva del cambio, se aplicará el menor de los beneficios pagaderos paga- deros entre el nuevo producto o plan y el producto o plan anteriorante- rior.
(c) Para el pago de beneficios relacionados rela- cionados con la maternidad, complicaciones de maternidad y cobertura del recién nacido que ocurran durante los diez (10) meses siguientes a la fecha efectiva del cambio, se aplicará el menor de los beneficios pagaderos entre el nuevo producto o plan y el producto o plan anterior.diez
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CAMBIO DE PLAN O DEDUCIBLE. En la fecha de cualquier aniversario, el Asegurado Titular puede solicitar un cambio de plan o de deducible. Algu- nas Algunas solicitudes están sujetas a evaluación de riesgo. El asegurado principal puede solicitar un cambio de producto o plan en la fecha del aniversario de la póliza. Éste debe ser notificado por escrito y recibido antes de la fecha de aniversario. Cuando el asegurado principal solicite un cambio de producto o plan, aplican las siguientes condiciones:
(a) Los beneficios ganados por antigüedad del asegurado no se verán afec- tados afectados siempre y cuando el nuevo producto o plan los contemple. Si el producto o plan anterior no contemplaba un beneficio incluido en el nuevo producto o plan, se debe cumplir el período de espera específico establecido en la Tabla de Beneficios de la Carátula de la Póliza.
(b) Para el pago de siniestros relacionados con una enfermedad o lesión que no hayasido causada por un accidente o enfermedad de origen infeccioso que ocurran durante los noventa (90) xxxx calendario siguientes a la fecha efectiva del cambio, se aplicará el menor de los beneficios pagaderos entre el nuevo producto o plan y el producto o plan anterior.
(c) Para el pago de beneficios relacionados con la maternidad, complicaciones de maternidad y cobertura del recién nacido que ocurran durante los diez (10) meses siguientes a la fecha efectiva del cambio, se aplicará el menor de los beneficios pagaderos entre el nuevo producto o plan y el producto o plan anterior.
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