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For more information visit our privacy policy.LIMPIEZA La empresa adjudicataria garantizará la limpieza de las distintas dependencias delas instalaciones objeto de contratación en cada frecuencia y al término de la actuación correspondiente la total eliminación de polvo, xxxxxx, suciedades, pintadas etc., así como la recogida de cualquier residuo o desperdicio. La periodicidad y detalle de los trabajos de limpieza de las distintas estancias y distintos elementos será como mínimo la indicada en el presente Pliego. La empresa indicará en su Proyecto, la organización y medios destinados para que se mantenga el nivel de limpieza adecuado, especialmente en vestuarios y aseos. Serán de cuenta de la empresa los productos de limpieza, desinfección y tratamiento para mantener en perfectas condiciones higiénico sanitarias las instalaciones, la herramienta y la maquinaria necesaria. La empresa enviará ficha técnica de los productos, herramienta y maquinaria que utilizará para su aprobación. El adjudicatario habrá de tener en cuenta lo siguiente: a) Los servicios indicados para el ámbito de desarrollo del servicio de limpieza, alcanzan la totalidad de las dependencias e instalaciones definidas. b) La realización de los trabajos de limpieza se extienden a la totalidad de instalaciones de piscinas y dependencias relacionadas en el referido apartado, comprendiendo suelos, vasos natatorios, playas, pavimentos verticales y horizontales, puertas, ventanas, mobiliario y demás enseres y servicios higiénicos, escaleras y cualquiera otras análogas existentes o que se instalen. c) La ejecución de los trabajos de limpieza se regirán por las siguientes normas en cuanto a su forma, medios a utilizar y periodicidad en su ejecución: 1. La limpieza a realizar en las dependencias indicadas, comprenderá: barrido y fregado de los pavimentos, entrada, desempolvado de mobiliario, retirada de residuos, limpieza de papeleras, etc., limpieza de los puntos de luz, plafones, teléfonos, repisas de ventanas, radiadores, canalizaciones, zócalos lavables y, especialmente, el minucioso fregado y desinfección de vestuarios, duchas y servicios sanitarios. 2. Dichas tareas se realizarán, como mínimo, con la periodicidad siguiente: - Limpieza diaria de los elementos de las instalaciones deportivas, gimnasios y sus elementos. - La limpieza de los cristales que dan al exterior se llevará a cabo como mínimo una vez al año. La limpieza de los cristales del interior xxx xxxxxxx se hará tantas veces como sea necesaria, al menos una vez cada dos meses. - Limpieza profunda y diaria de aparatos sanitarios (incluidas las duchas y espejos). - Limpieza semanal xx xxxxxxx de duchas, wateres y asientos de grada. - Limpieza quincenal profunda de las moquetas existentes en las instalaciones deportivas. - Limpieza mensual de puertas y xxxxxx. - Limpieza trimestral de persianas y cristales de las ventanas. - La reposición diaria de papel sanitario y jabón de tocador, así como la limpieza xx xxxxxxxx y lavado de toallas. La limpieza de los frontones municipales será como mínimo 10 horas semanales; el rocódromo 2 horas semanales y el POLIDEPORTIVO Xxxxxx 2 horas semanales. d) En la ejecución del servicio el adjudicatario empleará la maquinaria y materiales adecuados, según las características de los distintos locales, en superficies, mobiliario y demás elementos. La composición de los productos, líquidos y detergentes que se utilicen serán los habitualmente empleados en los servicios de esta naturaleza, prohibiéndose el empleo de aquellos que por su concentración y composición dañen, produzcan corrosión o perjudiquen las superficies sobre las que se aplican, especialmente en metales y mobiliario. e) Los materiales, máquinas, productos y demás útiles a emplear en la prestación del servicio de limpieza serán por cuenta exclusiva del adjudicatario y se considerarán incluidos en el precio del contrato, también estará obligado a dotar de papel higiénico y jabón líquido en la totalidad de servicios higiénicos de los edificios y dependencias. f) Los restos, papeles, desperdicios y residuos de toda clase que se produzcan, se depositarán en bolsas en contenedores en el lugar que se señale para su posterior recogida por el servicio de limpieza.
TRAMITACIÓN Ordinaria.
Jubilación parcial Las empresas y trabajadores del sector, se acogerán a las previsiones establecidas en la Ley 35/2002, de 12 de Julio de medidas para el establecimiento de un Sistema de jubilación gradual y flexible, Real Decreto 1131/2002, de 31 de Octubre por el que se regula la Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial, así como la jubilación parcial y Real Decreto 1132/2002, de 31 de Octubre, de desarrollo de determinados preceptos de la Ley 35/2002, en aras a jubilar parcialmente a los traba- jadores mayores de 60 años mediante contrato de relevo. Asimismo, en este mismo orden de cosas y con las condiciones de la ley 35/2002 de 12 de Julio y normativa de desarrollo citada anteriormente, las empresas estarán obli- gadas a jubilar parcialmente a los trabajadores mayores de 63 años que así lo solici- ten, suscribiendo simultáneamente un contrato de relevo, quedando sometido el tra- bajador a las especificaciones de un contrato a tiempo parcial, conforme a lo estable- cido en la legislación mencionada anteriormente. Para acogerse a este derecho, el trabajador deberá preavisar a la empresa con una antelación mínima de tres meses. Dentro de las anteriores previsiones el trabajador podrá concertar con la empresa, exclusivamente una reducción de su jornada de trabajo y de su salario en un 85 % de aquellos, siempre que reúna las condiciones generales exigidas para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social con excepción de la edad, que habrá de ser inferior en, como máximo, cinco años de la exigida, o cuando, reu- niendo igualmente las citadas condiciones generales, haya cumplido ya dicha edad. En este caso la extinción del contrato será efectiva cuando se produzca la jubilación total del trabajador. La empresa deberá celebrar simultáneamente un contrato de tra- bajo con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada, con objeto de sustituir la jornada de trabajo dejada vacante por el trabajador que se jubila parcialmente. Este contrato de trabajo, se denominará contrato relevo y se ajustará a las siguientes particularidades:
Xxxxxxx Santiago Xxxxxxx Directora de Recursos Materiales Secretaría de Administración Presente El suscrito representante legal del Proveedor denominado (Nombre o Denominación / Razón Social), manifiesto mi interés en participar en la (Procedimiento de Contratación y número del procedimiento), relativa al (Objeto de la Contratación), aceptando los términos y condiciones establecidas en las Bases de este concurso, y en consecuencia, presentar mi propuesta técnica y económica, sujetándome estrictamente a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Para lo cual, bajo protesta de decir verdad, proporciono la siguiente información: Datos Generales del interesado: Nombre: Registro Federal de Contribuyentes: Descripción del giro del contribuyente: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Así como, en su caso, los de su apoderado o representante legal. Denominación social / Razón social: Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Descripción del objeto social: Constitutiva: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público). Nombre de su representante legal: Poder del representante legal: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público)
MONTO AFIANZADO La institución de fianzas, en los términos de la legislación aplicable a la materia, se compromete a pagar al beneficiario, hasta el monto de esta póliza, que representa el ____ % (señalar el porcentaje con letra) del valor del contrato indicado en la carátula de esta póliza, más la indemnización por xxxx que, en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Embalaje El embalaje, las marcas y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente normas internacionales, los requisitos especiales que se hayan consignado en los documentos de la licitación, cualquier otro requisito, si lo hubiere, y cualquier otra instrucción dada por la ENTIDAD.
Traslados La Empresa, aparte de los casos de sanción, podrá trasladar a su personal siempre que éste dé su consentimiento. A falta de acuerdo y por necesidades del servicio, podrá la Empresa trasladar, más allá del límite derivado del radio de acción establecido en el Artículo 40º del presente Convenio, de entre el 5 por ciento más moderno en la Empresa y dentro de éste a quien sufra menos perjuicio atendiendo a los siguientes criterios y orden de prioridades: 1. Traslado anterior forzoso no disciplinario. 2. Personas con discapacidad o trabajadores dependientes de tratamiento médico que no pueda ser impartido en la plaza de destino. 3. Número de descendientes reconocidos como beneficiarios por la Seguridad Social a efectos de asistencia sanitaria. 4. Proximidad geográfica del puesto a cubrir. No obstante, con las mismas prioridades fijadas en el párrafo anterior y de conformidad con el artículo 40.1 del Estatuto de los Trabajadores, cuando el traslado exija cambio de residencia, se requiere la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen, no siendo suficiente para llevarlo a cabo la mera concurrencia de “necesidades del servicio”. En cualquiera de los supuestos la antigüedad en la Empresa será determinante para fijar el traslado en caso de igualdad en las prioridades. Las Empresas favorecerán el conocimiento de las vacantes que se pretendan cubrir al amparo de lo establecido anteriormente. El trabajador o trabajadora a quien se traslada tendrá preferencia para ocupar las vacantes que en el plazo de tres años se produzcan en la plaza de la que hubiera sido trasladado. Los gastos de traslado del personal y familiares que con él convivan, así como los de traslado de sus bienes muebles, serán por cuenta de la Empresa. Las Empresas ayudarán al personal para que consiga vivienda en la plaza a que hubiera sido trasladado forzosamente. Los traslados que solicite el personal de la Península que hubiera sido destinado a Canarias, Ceuta, Melilla o el extranjero, permaneciendo en ellas más de cinco años, se atenderán con preferencia absoluta para la población de la Península que desee. La Empresa notificará la decisión del traslado al trabajador o la trabajadora afectados, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad. No podrán ser trasladados en los términos establecidos en este artículo, sin mediar su consentimiento, las personas en situación de embarazo, lactancia o reducción de jornada por cuidado de hijos o de familiares dependientes de primer grado.
INSTALACIÓN No aplica.
Infraseguro Cuando al momento del siniestro la suma asegurada sea inferior al valor real total de los bienes a riesgo, OCEÁNICA indemnizará al Asegurado en una cantidad equivalente a la que resulte de multiplicar el monto de la pérdida o daño que se determine, por la fracción que se obtenga de dividir la suma asegurada entre el valor real total de los bienes a riesgo. Cuando la póliza comprenda varias partidas, esta condición se aplicará a cada partida por separado; sin embargo, si la suma asegurada total de la póliza es superior a los valores reales totales de los bienes a riesgo, el Asegurado podrá utilizar la prima correspondiente a cualquier excedente en la suma asegurada de una o más partidas para suplir la deficiencia de suma asegurada en cualquier otra.
MEDIOS HUMANOS La empresa adjudicataria deberá facilitar al museo la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en el edificio. El adjudicatario deberá designar un responsable, que debe poseer una licenciatura universitaria relacionada con la gestión de personal, en jornada completa y con dedicación exclusiva al servicio, actuando como coordinador de servicio, in situ en el centro de trabajo, debiendo cumplir con el siguiente perfil profesional: - Experiencia superior a 5 años en gestión de personal en servicios auxiliares en museos o entidades culturales similares. - Perfil de relaciones públicas. - Dotes organizativas. - Coordinación de equipos. - Capacidad para la resolución de conflictos. Actuará como responsable del servicio frente al museo y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por éste. Será el encargado de la relación con los responsables del museo, emitiendo además informes mensuales que recojan todas las incidencias habidas, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etcétera. El adjudicatario se asegurará de que todos los miembros de su equipo conozcan los términos del contrato. El adjudicatario no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados, debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato. El adjudicatario no paralizará su coordinación con el museo, por lo que deberá tener el personal suficiente en activo. El adjudicatario se compromete a que, en los supuestos de vacaciones, bajas del personal u otras circunstancias análogas, dichas plazas quedarán cubiertas con personal sustituto de igual titulación o capacidades. Todas las altas, bajas, situaciones análogas, y cambios en las actividades desarrolladas por el personal adscrito al contrato serán puestas en conocimiento del museo. Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos trabajadores y el museo, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior. Todos los trabajadores deberán estar debidamente asegurados en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, relevando de toda responsabilidad al museo, y debiendo el adjudicatario poner a disposición del museo, de forma trimestral, las documentaciones mensuales que lo certifiquen. El museo deberá ser consultado sobre cualquier cambio de cualificación que afecte a trabajadores adscritos al contrato. Todo el personal del adjudicatario que vaya a participar en actividades, bajo el objeto del presente pliego, podrá recibir formación por parte del museo sobre cuestiones que se consideren de vital importancia para el desarrollo de los trabajos con las más altas cotas de excelencia. La formación impartida por el museo o por terceras personas facilitadas por el museo se considera obligatoria, y no supondrá gasto para el adjudicatario, exceptuando la liberación del tiempo necesario para la misma a su personal.