Embalaje. El embalaje, las marcas y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente normas internacionales, los requisitos especiales que se hayan consignado en los documentos de la licitación, cualquier otro requisito, si lo hubiere, y cualquier otra instrucción dada por la ENTIDAD.
Embalaje. 10.1 Los envíos deben ser embalados o envueltos para cumplir con las normas de Cargo Expreso de acuerdo con los estándares establecidos en el contrato de servicio.
Embalaje. El embalaje se facturará por separado y no se aceptará su devolución, a menos de haberse declarado previamente propiedad del proveedor siendo devuelto en tal caso a su domicilio y libre de todo gasto.
Embalaje. Es condición del presente Xxxxxx que el Asegurado se comprometa a que los bienes sean debidamente embalados y/o empacados por personal competente al ser transportados.
Embalaje. El Asegurado conviene en que los Bienes Cubiertos sean embalados de la manera necesaria para protegerlos. El Asegurado conviene en tomar las medidas razonables para la protección y cuidado de los Bienes Cubiertos, incluyendo mantener las medidas de seguridad existentes en las ubicaciones cubiertas durante la vigencia de la Póliza.
Embalaje. Es un recipiente o envoltura que contiene productos de manera temporal principalmente para agrupar unidades de un producto pensando en su manipulación, transporte y almacenaje.
Embalaje. Cuando el Contrato estipule que el embalaje de los productos continúa siendo propiedad del Proveedor, o que éste deba devolverse al Proveedor, el Comprador deberá devolver dicho embalaje vacío, a su propio coste y riesgo, a la dirección que le indique el Proveedor. Asimismo, el Comprador informará al Proveedor de la fecha de envío. Cualquier embalaje que no sea devuelto al Proveedor en buenas condiciones dentro de un plazo razonable, deberá ser pagado por el Comprador al coste habitual de reposición del Proveedor.
Embalaje. 13.2.1 El Proveedor deberá embalar los Productos de forma razonable y acorde al modo de transporte, de modo que no resulten dañados durante el transporte, los procesos de carga o descarga o el almacenamiento en el lugar de destino.
Embalaje. 4.1 Salvo estipulación en contrario, el embalaje
Embalaje. El VENDEDOR se obliga a empacar en forma adecuada los bienes objeto de la compraventa sin cargo alguno para MJN.