MEDIOS HUMANOS Cláusulas de Ejemplo

MEDIOS HUMANOS. La empresa adjudicataria deberá facilitar al MUSEO la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en el edificio. La empresa adjudicataria deberá designar una persona responsable, que debe poseer un título de ingeniero/a técnico/a o superior y con experiencia en mantenimiento y en gestión de instalaciones térmicas y eléctricas en edificios. Actuará como responsable del servicio frente al MUSEO y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por este. Será la persona encargada de la relación con las/os responsables del MUSEO, emitiendo, además, informes trimestrales que recojan todas las incidencias habidas en las instalaciones, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etc. La empresa adjudicataria se asegurará de que todos/as los/as miembros de su equipo conozcan los términos del contrato. La empresa adjudicataria no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato. Durante los períodos vacacionales xx xxxxxxx, semana santa y verano, la empresa adjudicataria no paralizará su coordinación con el MUSEO, por lo que deberá tener el personal suficiente en activo. La empresa adjudicataria se compromete a que, en los supuestos de vacaciones, bajas del personal u otras circunstancias análogas, dichas plazas quedarán cubiertas con personal sustituto de igual titulación o capacidades. Todas las altas, bajas, situaciones análogas, y cambios en las actividades desarrolladas por el personal adscrito al contrato serán puestas en conocimiento del MUSEO. Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos/as trabajadores/as y el MUSEO, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior. Todos/as los/as trabajadores/as deberán estar debidamente asegurados/as en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, relevando de toda responsabilidad al MUSEO, y debiendo la empresa adjudicataria poner a disposición del MUSEO, de forma trimestral, las documentaciones mensuales que lo certifiquen. El MUSEO deberá ser consultado sobre cualquier cambio de cualificación que afecte a trabajadoras/es adscritas/os al contrato. Todo el personal de la empresa ad...
MEDIOS HUMANOS. La empresa adjudicataria estará obligada a:
MEDIOS HUMANOS. La empresa adjudicataria deberá facilitar al Ayuntamiento la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en el contrato. El adjudicatario deberá designar un responsable, que debe poseer un título de Ingeniero Técnico o Superior y ser un titulado técnico competente con experiencia en mantenimiento, y gestión de instalaciones eléctricas. Actuará como responsable del servicio frente al Ayuntamiento y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por éste. Será el encargado de la relación con los responsables del Ayuntamiento, emitiendo además informes trimestrales que recojan todas las incidencias habidas en las instalaciones, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etc. El adjudicatario se asegurará de que todos los miembros de su equipo conozcan los términos del contrato. El adjudicatario no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato. Durante los períodos vacacionales xx xxxxxxx, semana santa y verano, el adjudicatario no paralizará su coordinación con el Ayuntamiento, por lo que deberá tener el personal suficiente en activo. El adjudicatario se compromete a que, en caso de vacaciones, baja del personal u otras circunstancias análogas, tendrá cubiertas dichas plazas con personal sustituto de igual titulación o capacidades. Todas las altas, bajas, situaciones análogas, y cambios en las actividades desarrolladas por el personal adscrito al contrato serán puestas en conocimiento del Ayuntamiento. Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos trabajadores y el Ayuntamiento, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior. Todos los trabajadores deberán estar debidamente asegurados en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa Adjudicatario, relevando de toda responsabilidad al Ayuntamiento, debiendo el adjudicatario poner a disposición del Ayuntamiento las documentaciones mensuales que lo certifiquen, si fuesen solicitadas. Todo el personal del adjudicatario que vaya a participar en actividades bajo el objeto del presente pliego, podrá recibir formación por parte del Ayuntamiento sobre cuestiones que se consideren de vital im...
MEDIOS HUMANOS. El contratista estará obligado a:
MEDIOS HUMANOS. El adjudicatario estará obligado a:
MEDIOS HUMANOS. El Concesionario de cada playa se hará cargo de la contratación de los socorristas acuáticos que se requieran para la prestación del servicio de salvamento en la misma, en base a lo regulado en el D. 2/2005, art.14 y anexo VI (ver Anexo III bis). En las playas que se determine (en base al Plan de Emergencia de cada una de ellas) el equipo humano del Servicio Público de Salvamento se compondrá de las siguientes personas: -Supervisor de playa: es el responsable de dirigir y coordinar las funciones del equipo humano y recursos materiales integrados en los servicios de auxilio y salvamento que se le hayan asignado. Deberá estar acreditado como socorrista acuático, en función de los establecido en el anexo III (D. 2/2005).
MEDIOS HUMANOS. La empresa adjudicataria estará obligada a:  Adjuntar la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en las instalaciones.  Disponer de un Director Técnico, que debe poseer un título de Ingeniero, que actuará como responsable del servicio frente a los responsables del AYUNTAMIENTO, cuyo nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por éste.  El AYUNTAMIENTO no tendrá relación jurídica, ni laboral, ni de otra índole con el personal de la empresa adjudicataria, ni durante el plazo de vigencia del contrato, ni al término del mismo.  El adjudicatario no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados, debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato.  El personal encargado de realizar las labores de mantenimiento y legalización de las instalaciones deberá tener la cualificación requerida por la reglamentación vigente (REEIAE, REBT, etc.), en particular en lo que se refiere a carnés profesionales, y experiencia acreditada en el mantenimiento y reparación, entre otras, de las instalaciones objeto de este contrato.  El Adjudicatario deberá adscribir al servicio los vehículos y medios que hizo constar en su oferta. Todo el material, vehículos y maquinaria que oferten se encontrará en perfecto estado de uso y conservación, pudiendo ser desechado por los técnicos del Ayuntamiento cuando no reúnan estas condiciones, debiendo el adjudicatario sustituirlo por otro adecuado de las mismas características que las definidas en su oferta. Los vehículos estarán perfectamente pintados en todo momento y limpios, debiéndose efectuar una adecuada limpieza de los mismos, por lo menos, cada quince días. Como criterio general, sólo se emplearán escaleras que no estén montadas sobre vehículos en aquellas operaciones en las que no podría justificarse su utilización sobre éste por motivos operativos o económicos.  El material y herramientas a utilizar serán sometidos a la aprobación del AYUNTAMIENTO. El adjudicatario dispondrá durante la duración de todo el contrato de una póliza de responsabilidad civil de daños a terceros (personas o cosas) para cubrir posibles accidentes que pudieran producirse afectando a su personal, así como a terceras personas. La garantía mínima a cubrir será de 5.000.000 euros por siniestro, cuya suscripción deberá quedar debidamente acreditada ante el AYUNTAMIENTO en el momento de la firma del contrato.
MEDIOS HUMANOS. La empresa adjudicataria deberá facilitar al Ayuntamiento la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en el contrato. El adjudicatario deberá designar un responsable, que debe poseer un título de Ingeniero Técnico o Superior y ser un titulado técnico competente con experiencia en mantenimiento, y gestión de instalaciones eléctricas. Actuará como responsable del servicio frente al Ayuntamiento y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por éste. Será el encargado de la relación con los responsables del Ayuntamiento, emitiendo además informes trimestrales que recojan todas las incidencias habidas en las instalaciones, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etc. El adjudicatario se asegurará de que todos los miembros de su equipo conozcan los términos del contrato. El adjudicatario no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato. Durante los períodos vacacionales xx xxxxxxx, semana santa y verano, el adjudicatario no paralizará su coordinación con el Ayuntamiento, por lo que deberá tener el personal suficiente en activo. El adjudicatario se compromete a que, en caso de vacaciones, baja del personal u otras circunstancias análogas, tendrá cubiertas dichas plazas con personal sustituto de igual titulación o capacidades. Todas las altas, bajas, situaciones análogas, y cambios en las actividades desarrolladas por el personal adscrito al contrato serán puestas en conocimiento del Ayuntamiento. Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos trabajadores y el Ayuntamiento, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior. Todos los trabajadores deberán estar debidamente asegurados en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa Adjudicatario, relevando de toda responsabilidad al Ayuntamiento, debiendo el adjudicatario poner a disposición del Ayuntamiento las documentaciones mensuales que lo certifiquen si fuesen solicitadas.
MEDIOS HUMANOS. Para la buena marcha del contrato, la empresa adjudicataria quedará obligada a prestar el servicio con las máximas garantías, procurando entre su personal una actitud profesional y diligente. Deberá contar con un número adecuado y suficiente de recursos humanos que deberá adaptarse al flujo de trabajo y a la urgencia y respuesta inmediata requerida en cada caso.
MEDIOS HUMANOS. 7.1. Los colaboradores a los que recurra el Proveedor para la ejecución del suministro quedarán sujetos a la supervisión, dirección y autoridad del Proveedor, por lo que este se compromete a asegurar el cumplimento de todas las normas legales, reglamentarias y convencionales aplicables a la relación que establezca con estos colaboradores, concretamente las referentes a la entrada y permanencia de extranjeros en el territorio de la jurisdicción aplicable al Contrato, siendo el único y absoluto responsable de las obligaciones que para la misma resulten de la legislación aplicable.