Common use of Accidentes laborales y/o enfermedad profesional Clause in Contracts

Accidentes laborales y/o enfermedad profesional. a) En caso de accidente laboral y/o enfermedad profesional, y durante un máximo de 60 días, la persona trabajadora percibirá la diferencia hasta el 100% de la base reguladora, como complemento de lo que perciba de la Seguridad Social, durante el tiempo que dure la incapacidad temporal, hasta un máximo de 150 euros diarios desde el día del accidente hasta el alta o, en su caso, hasta la terminación de su contrato.

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Samples: Convenio Colectivo Estatal Del Personal De Salas De Fiesta, Convenio Colectivo Estatal Del Personal De Salas De Fiesta, Convenio Colectivo Estatal Del Personal De Salas De Fiesta

Accidentes laborales y/o enfermedad profesional. a) En caso de accidente laboral y/o enfermedad profesional, y durante un máximo de 60 cuarenta y cinco días, la persona trabajadora el /la trabajador/a percibirá la diferencia hasta el 100% de la base reguladora, como complemento de lo que perciba de la Seguridad Social, durante el tiempo que dure la incapacidad temporal, hasta un máximo de 150 100 euros diarios desde el día del accidente hasta el alta o, en su caso, hasta la terminación de su contrato.

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Samples: Convenio Colectivo Estatal Del Personal De Salas De Fiesta, Baile Y Discotecas De España