OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, la contratista está obligada a subsanar, a su xxxxx, los vicios o defectos que presenten los trabajos efectuados y cuya existencia se acredite y se comunique por escrito dentro del citado plazo. En el caso de que, habiendo reclamado la subsanación de vicios o defectos en forma y plazo, la contratista no los subsanase, el poder adjudicador podrá utilizar los medios de ejecución forzosa establecidos en el art. 100 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido el plazo de garantía sin que el poder adjudicador haya reclamado la subsanación en forma y plazo, la contratista quedará exenta de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 314 y 315 LCSP para los contratos de elaboración de proyectos de obras.
OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. “LA CONTRATISTA”
OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. LA CONTRATISTA acepta que para la ejecución de los trabajos objeto del presente Contrato asumirá las siguientes obligaciones: Entregar la totalidad de los trabajos en estricto cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, la Lista de partidas, el Cronograma de Entrega y La Oferta. LA CONTRATISTA ejecutará y concluirá la obra y subsanará cualquier deficiencia de las mismas identificadas por EDESUR con el cuidado y la diligencia debidas y en riguroso cumplimiento de las disposiciones del contrato; Transportar los materiales y equipos hasta el lugar de emplazamiento de EDESUR, con la finalidad de cumplir con el objeto del presente Contrato. Sustituir cualquier Bien defectuoso o NO CONFORME a los requerimientos de EDESUR, durante permanezca vigente el período de la garantía correspondiente. LA CONTRATISTA respetará y cumplirá con toda la legislación y normativa dominicana vigente; LA CONTRATISTA deberá mmantener vigentes durante la ejecución de la obra contratada las fianzas y garantías establecidas en este contrato. Todas y cada una de las autorizaciones que sean requeridas por las leyes o regulaciones vigentes, o por las autoridades gubernamentales, o cualquiera otra institución privada o pública, para la ejecución de la obra, cuya obtención sea usualmente responsabilidad de un contratista general, deberán ser obtenidas por LA CONTRATISTA. LA CONTRATISTA se atendrá a las órdenes administrativas impartidas por El SUPERVISOR Y/O COORDINADOR de los servicios objeto del presente contrato, designado por EDESUR. Cuando LA CONTRATISTA considere que las exigencias de una orden administrativa sobrepasan el Contrato, deberá notificarlo a EDESUR en un plazo de tres (3) días hábiles, a partir del recibo de la orden administrativa. La ejecución de la orden administrativa no se suspenderá como consecuencia de dicha notificación.
OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. La contratista deberá cumplir con las Especificaciones técnicas requeridas en las bases de licitación, enunciándose en la presente cláusula algunas de ellas, aunque deberá darle cumplimiento a la totalidad de los requerimientos establecidos en dichas bases: 1) Cualquier falla por parte de la contratista, en el desarrollo de los trabajos no lo exonerará de la responsabilidad de realizar el trabajo en forma satisfactoria y completa, sin erogación adicional para la Asamblea Legislativa; 2)El contratista deberá mantener un representante o encargado de los trabajos permanentemente en el sitio mientras dure el proyecto, quien deberá llevar una bitácora diaria y un registro fotográfico para documentar las acciones ejecutadas, en particular aquellas que una vez terminada la obra no puedan ser verificadas a simple vista; 3) La Contratista será responsable de realizar el trámite ante OPAMSS del registro del Director de la Obra, así mismo de gestionar las bitácoras antes de iniciar los trabajos de construcción, en ésta se deberá plasmar todo lo referido al proyecto, al final del mismo deberá ser responsable de realizar los trámites correspondientes ante la OPAMSS, para la recepción de los trabajos del proyecto; 4)La Contratista deberá entregar planos “Como construido” en formato digital CAD y físicos en módulos de acuerdo a los requerimientos de la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Xxxxxxxx, OPAMSS; 5) La Contratista deberá atender las especificaciones técnicas detalladas en los planos incluidos en Anexo de las bases de licitación; 6) La Contratista deberá suministrar los materiales, dirección técnica, mano de obra, equipos, herramientas, instalaciones provisionales para los procesos constructivos, y transporte; cargará y descargará materiales; almacenará y retirará materiales; montará y terminará las obras necesarias de acuerdo a las estipulaciones de especificaciones técnicas. Por lo anterior la Contratista deberá realizar las pruebas de laboratorio a los materiales y de ciertos procesos como la soldadura de las estructuras, según la solicitud que realice el Supervisor de la Asamblea Legislativa. La Contratista será responsable del resultado y que los materiales cumplan lo requerido de acuerdo a lo estipulado en las especificaciones técnicas y planos constructivos,
OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. “LA CONTRATISTA” garantiza la
OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. (arts. 133.2, 196, 201, 202 y 211.1 LCSP)
OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. “LA CONTRATISTA” garantiza la calidad del servicio relacionado en la Cláusula Segunda, durante el período en que se preste dicho servicio. SEPTIMA.
OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. “LA CONTRATISTA” garantiza la calidad
OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. La Contratista se obliga para con “CORVIDE EN LIQUIDACIÓN”: