DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL. Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL. Los indicados en la cláusula 2 de condiciones generales.
DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL. Sin perjuicio de las obligaciones adicionales asumidas por el adjudicatario al formular su proposición, revestirán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de cláusulas administrativas particulares. - El pliego de prescripciones técnicas particulares. - El documento de formalización.
DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL. Los indicados en la cláusula 2 de condiciones generales y los siguientes: Oferta del adjudicatario.
DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL. A los efectos del artículo 35 de la LCSP, la relación de documentos que revisten carácter contractual enumerada en la Cláusula 6 está, en el orden en que aparecen:
DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL. Además de las obligaciones adicionales asumidas por el contratista al formular su oferta, tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP). - El pliego de prescripciones técnicas particulares (PPTP). - Los cuadros de precios. - Los planos. - La memoria del proyecto, conforme al artículo 128 del RGLCAP. - El programa de trabajos aceptado por el órgano de contratación. - El documento de formalización. Al suscribir este documento, el contratista firmará igualmente todos los demás a que se hace referencia en este apartado.
DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL. Los indicados en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.
DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL. Los indicados en la cláusula 2 de condiciones generales
DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL. El Pliego de Cláusulas Administrativas, el Pliego de Condiciones Técnicas, el Presupuesto y los demás documentos que han de regir en la contratación y realización del suministro revestirán carácter contractual. En caso de discrepancia entre este Pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares en el que se contienen los derechos y obligaciones de los licitadores y adjudicatarios. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole que, promulgadas por la Administración puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no exime al contratista de la obligación de su cumplimiento.
DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL. Los documentos que revisten carácter contractual quedan referidos en el contrato que se adjunta a este pliego como anexo V.