Actividad sindical Cláusulas de Ejemplo

Actividad sindical. Se observará, en materia de representantes de los trabajadores, lo regulado en los artículos 104, 105 y 106 del VI Convenio General del Sector de la Construcción.
Actividad sindical a) El crédito de horas, fijado en el apartado 13.1.2, podrá ser también utili- zado para la asistencia de la RLT a cursos de formación u otras actividades sindicales similares, organizadas por los sindicatos representativos del sec- tor, previa la oportuna convocatoria y posterior justificación de asistencia, expedidas ambas por las secretarías provinciales de los aludidos sindicatos u otro organismo territorial equivalente, en su caso. b) Las empresas admitirán que las personas afiliadas a un sindicato puedan cobrar cuotas y distribuir información sindical fuera de las horas de trabajo efectivo, sin perturbar la actividad normal de la empresa. Pueden, igualmente, dichas personas celebrar asambleas fuera de las horas de trabajo. c) Los sindicatos legalmente constituidos podrán insertar comunicaciones en los tablones de anuncios que pudieran interesar a los afiliados y afiliadas al sindicato y al personal del centro, dando conocimiento previo de las mismas a la dirección de la empresa.
Actividad sindical. Semestralmente la Dirección facilitará a los Representantes de los Trabajadores información sobre la marcha de la Compañía en lo que respecta a:
Actividad sindical. Los derechos sindicales y la actividad sindical se regirán en su ejercicio y desarrollo por la actual normativa, y en especial por el vigente «Acuerdo Marco sobre Derechos Sindicales y Ejercicio de la Actividad Sindical en la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi» (BOPV de 18 de noviembre de 1988) y otros futuros Acuerdos que se suscriban en el ámbito de esta Administración Autónoma. Sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior la acción sindical en la enseñanza pública no universitaria se complementará con los siguientes apartados: a) Siempre que la disponibilidad de las listas de sustituciones lo permita, se garantiza la sustitución del personal que se ausente del centro en utilización de horas sindicales destinadas al desarrollo de la actividad que le es propia, siempre que la ausencia fuera de al menos un día y se comunicará con una antelación mínima de cuatro días naturales. b) Se reconoce que todos los liberados y liberadas sindicales se encuentran en la situación administrativa de servicio activo a todos los efectos. Sus retribuciones serán las que ordinariamente les correspondan.
Actividad sindical. En los centros de trabajo con plantilla superior a 25 trabajadores y/o trabajadoras, los Sindicatos, legalmente constituidos y debidamente implantados, podrán insertar comunicaciones en los tablones de anuncios que pudieran interesar a los afiliados y afiliadas al Sindicato y al personal del centro, dando conocimiento previo de las mismas a la dirección. Las secciones sindicales constituidas en empresas o, en su caso, en los centros de trabajo que ocupen a más de 100 trabajadores y/o trabajadoras, podrán elegir un Delegado o Delegada Sindical que tendrá reconocidas las siguientes funciones: cve: BOE-A-2017-2392 Verificable en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇ a) Recaudar cuotas y distribuir información sindical fuera de horas de trabajo y sin perturbar la actividad normal de las empresas. b) Representar y defender los intereses del Sindicato al que represente y de los afiliados y afiliadas del mismo en el centro de trabajo y servir de instrumento de comunicación entre Sindicato o Central y la Dirección. c) Podrá asistir a las reuniones del Comité de Centro de Trabajo y Comité de Seguridad e Higiene en el trabajo, si los hubiere, con voz y sin voto. d) Tendrá acceso a la misma información y documentación que la empresa debe poner a disposición del Comité de Empresa, respetándose las mismas garantías y derechos reconocidos por la Ley a los miembros del Comité de Empresa en cuanto a dicha información y documentación, y estando obligado a guardar sigilo profesional en todas aquellas materias sobre las que la dirección señale expresamente el carácter reservado. e) Será informado y oído por la dirección de la empresa en el tratamiento de aquellos problemas de carácter colectivo que afecten a los trabajadores y trabajadoras en general de su centro de trabajo, y particularmente a los afiliados y afiliadas al Sindicato que trabajen en dicho centro f) Se dará información a los representantes de los trabajadores y las trabajadoras sobre cualquier modificación que experimente la empresa, derivada de cambio de titularidad, fusión, absorción o segregación. El Delegado o Delegada Sindical ceñirá sus tareas a la realización de las funciones sindicales que le son propias, ajustando, en cualquier caso, su conducta a la normativa legal vigente. En los centros de trabajo con plantilla superior a 200 trabajadores y/o trabajadoras, los Sindicatos o Centrales, legalmente constituidos y debidamente implantados, tendrán derecho a que, siempre que sea materialmente factible, por la dirección del d...
Actividad sindical csv: BOA20190410014 La actividad sindical, así como las funciones y garantías de los Delegados y Delegadas de personal y de los miembros del Comité de empresa, será la regulada y así dispuesta en el Estatuto de los Trabajadores y Ley Orgánica de Libertad Sindical 11/1985 de 2 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Las horas sindicales de los delegados y delegadas de personal y miembros del comité de empresa podrán acumularse individualmente en cómputo semestral y deberán solicitarse con siete días de antelación. Las horas sindicales de los delegados y delegadas de personal y miembros del comité de empresa podrán acumularse entre los delegados de cada organización sindical para constituir una bolsa de horas que se renovará semestralmente. De no tener comunicación en sentido contrario, se renovarán anualmente. Se incluirá en esta bolsa de horas los/as delegados de Sección Sindical que cumpla los requisitos del artículo10 de la Ley Orgánica de Libertad Sin- dical. En las empresas se pactará con las organizaciones sindicales la distribución de este cré- dito horario sindical.
Actividad sindical. 1. Se dispondrá de un crédito de horas retribuidas para cada uno de los miembros del comité de empresa en su centro de trabajo para el ejercicio de funciones de representación de acuerdo con lo establecido en el Pacto de Inter- locución vigente o, en su defecto, según el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 2. Los miembros del Comité de Empresa, y delegados sindicales, podrán acumular el crédito horario en uno o varios componentes del Comité de Empresa o delegados sindicales pudiendo quedar relevados del trabajo, sin perjuicio de su remuneración, en los términos recogidos en el Pacto de Interlocución vigente.
Actividad sindical a) El crédito de horas, fijado en el apartado 13.1.2, podrá ser también utilizado para la asistencia de la RLT a cursos de formación u otras actividades sindicales similares, organizadas por los sindicatos representativos del sector, previa la oportuna convocatoria y posterior justificación de asistencia, expedidas ambas por las secretarías provinciales de los aludidos sindicatos u otro organismo territorial equivalente, en su caso.
Actividad sindical legalmente. Art.- 35.- Actividad Sindical : Se estará a lo dispuesto
Actividad sindical a) El crédito de horas, fijado en el apartado 12.1.2, podrá ser también utiliza- do para la asistencia de los representantes legales de los trabajadores a cursos de formación u otras actividades sindicales similares, organizadas por los sindicatos representativos del sector, previa la oportuna convo- catoria y posterior justificación de asistencia, expedidas ambas por los Secretarios provinciales de los aludidos sindicatos u otro organismo ▇▇▇▇▇- torial equivalente, en su caso. b) Las empresas admitirán que los trabajadores afiliados a un sindicato pue- dan cobrar cuotas y distribuir información sindical fuera de las horas de trabajo efectivo, sin perturbar la actividad normal de la empresa. Pueden, igualmente, dichos trabajadores celebrar asambleas fuera de las horas de trabajo. c) Los sindicatos legalmente constituidos podrán insertar comunicaciones en los tablones de anuncios que pudieran interesar a los afiliados al sindicato y a los trabajadores del centro, dando conocimiento previo de las mismas a la Dirección de la empresa.