ADVERTENCIA. De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidad. Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2) Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3) Declaración jurada de plazo de ejecución de la obra. (Anexo Nº 4) Promesa de consorcio con firmas legalizadas, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 5) El precio de la oferta en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y: El desagregado de partidas, cuando el procedimiento se haya convocado a suma alzada. Los precios unitarios, considerando las partidas según lo previsto en el último párrafo del literal b) del artículo 35 del Reglamento. Asimismo, la oferta incluye el monto de la prestación accesoria, cuando corresponda. (Anexo Nº 6) El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimales.
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Samples: Bases Estándar De Licitación Pública, Bases Estándar De Adjudicación Simplificada
ADVERTENCIA. De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 PIDE9 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidadlos documentos previstos en los literales e) y f). Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2) Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según el numeral 3.1 del Capítulo III Domicilio para efectos de la presente secciónnotificación durante la ejecución del contrato. (Anexo Nº 3) Declaración jurada Detalle de plazo de ejecución los precios unitarios del precio ofertado10. Detalle del precio de la obraoferta de cada uno de los bienes que conforman el xxxxxxx00. (Anexo Nº 4) Promesa En caso que el postor ganador de consorcio con firmas legalizadasla buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la que se consigne los integrantesLey y en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio así consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. En los contratos periódicos de suministro de bienes que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje equivalente que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a dichas obligacionesrealizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo Nº 5N° 1) El precio o en la solicitud de retención de la oferta garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y: El desagregado el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxxxx-0-0 opción consulta de partidasempresas acreditadas en el REMYPE. En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el procedimiento se haya convocado monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a suma alzada. Los precios unitarios, considerando las partidas según lo previsto dispuesto en el último párrafo del literal ba) del artículo 35 152 del Reglamento. AsimismoEn caso se determine que adicionalmente se puede considerar otro tipo de documentación a ser presentada para el perfeccionamiento del contrato, consignar el siguiente literal: [DE ACUERDO AL OBJETO CONTRACTUAL CONVOCADO REQUERIR LA PRESENTACIÓN DE OTROS DOCUMENTOS, SEGÚN CORRESPONDA]. Corresponde a la oferta incluye Entidad verificar que las garantías presentadas por el monto postor ganador de la prestación accesoriabuena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, cuando corresponda. (Anexo Nº 6) El precio total sin perjuicio de la oferta determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los subtotales funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que lo componen deben ser expresados se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con dos decimalesque estos cuenten con la Apostilla de la Haya12. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimalesLa Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
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ADVERTENCIA. De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 PIDE7 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidadlos documentos previstos en los literales e) y f). Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2) Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según el numeral 3.1 del Capítulo III Domicilio para efectos de la presente secciónnotificación durante la ejecución del contrato. (Anexo Nº 3) Declaración jurada Detalle de plazo los precios unitarios del precio ofertado8. Estructura de ejecución costos9. Detalle del precio de la obraoferta de cada uno de los servicios que conforman el paquete10. (Anexo Nº 4) Promesa En caso que el postor ganador de consorcio con firmas legalizadasla buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la que se consigne los integrantesLey y en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio así consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje equivalente que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a dichas obligacionesrealizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo Nº 5N° 1) El precio o en la solicitud de retención de la oferta garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y: El desagregado el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxxxx-0-0 opción consulta de partidasempresas acreditadas en el REMYPE. En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el procedimiento se haya convocado monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a suma alzada. Los precios unitarios, considerando las partidas según lo previsto dispuesto en el último párrafo del literal ba) del artículo 35 152 del Reglamento. AsimismoEn caso se determine que adicionalmente se puede considerar otro tipo de documentación a ser presentada para el perfeccionamiento del contrato, consignar el siguiente literal: [DE ACUERDO AL OBJETO CONTRACTUAL CONVOCADO REQUERIR LA PRESENTACIÓN DE OTROS DOCUMENTOS, SEGÚN CORRESPONDA]. Importante Corresponde a la oferta incluye Entidad verificar que las garantías presentadas por el monto postor ganador de la prestación accesoriabuena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, cuando corresponda. (Anexo Nº 6) El precio total sin perjuicio de la oferta determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los subtotales funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que lo componen deben ser expresados se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con dos decimalesque estos cuenten con la Apostilla de la Haya11. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimalesLa Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
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ADVERTENCIA. De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 PIDE1 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidad. Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2) Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según de los Términos de Referencia contenidos en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3) Declaración jurada de plazo de ejecución de la obra. (Anexo Nº 4) Promesa de consorcio con firmas legalizadas, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. obligaciones (Anexo Nº 54) El precio postor debe incorporar en su oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Habilitación” que se detallan en el Capítulo IV de la presente sección de las bases. En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas al objeto de la convocatoria debe acreditar estos requisitos. El monto total de la oferta o respecto del ítem al que se presenta al que se refiere el literal c) del numeral 1.4 de la sección general de las bases se presenta en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y: El desagregado de partidas, cuando el procedimiento se haya convocado a suma alzada]. Los precios unitarios, considerando las partidas según lo previsto Esta disposición solo debe ser incluida en el último párrafo del literal bcaso de procedimientos de selección cuyo valor estimado sea igual o menor a cincuenta (50) del artículo 35 del Reglamento. Asimismo, UIT: PRESENTACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN “El recurso de apelación se presenta ante la oferta incluye el monto Unidad de Trámite Documentario de la prestación accesoriaEntidad. En caso el participante o postor opte por presentar recurso de apelación y por otorgar la garantía mediante depósito en cuenta bancaria, cuando corresponda. (Anexo Nº 6) El precio total se debe realizar el abono en: N ° de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimales.Cuenta : [......................................]
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ADVERTENCIA. De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir copia del DNI. Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. En caso se determine que adicionalmente se puede considerar otro tipo de documentación a ser presentada para el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidadperfeccionamiento del contrato, consignar el siguiente literal: [DE ACUERDO AL OBJETO CONTRACTUAL CONVOCADO REQUERIR LA PRESENTACIÓN DE OTROS DOCUMENTOS, SEGÚN CORRESPONDA]. Declaración jurada de acuerdo De conformidad con el literal b) Reglamento Consular del artículo 52 Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Reglamento. (Anexo Nº 2) Declaración jurada Perú, salvo que se trate de cumplimiento documentos públicos emitidos en países que formen parte del Expediente Técnico, según el numeral 3.1 del Capítulo III Convenio de la presente sección. (Anexo Nº 3) Declaración jurada de plazo de ejecución Apostilla, en cuyo caso bastará con que estos cuenten con la Apostilla de la obraHaya7. (Anexo Nº 4) Promesa de consorcio con firmas legalizadas, de ser el caso, en La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 5) El precio de la oferta en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y: El desagregado de partidas, cuando el procedimiento se haya convocado a suma alzada. Los precios unitarios, considerando las partidas según lo previsto consignada en el último párrafo presente numeral para el perfeccionamiento del literal b) del artículo 35 del Reglamento. Asimismo, la oferta incluye el monto de la prestación accesoria, cuando corresponda. (Anexo Nº 6) El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimalescontrato.
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Samples: Solicitud De Expresión De Interés
ADVERTENCIA. De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 PIDE7 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidadlos documentos previstos en los literales e) y f). Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2) Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según el numeral 3.1 del Capítulo III Domicilio para efectos de la presente secciónnotificación durante la ejecución del contrato. (Anexo Nº 3) Declaración jurada Detalle de plazo los precios unitarios del precio ofertado8. Estructura de ejecución costos. Detalle del precio de la obraoferta de cada uno de los servicios que conforman el paquete9. (Anexo Nº 4) Promesa En caso que el postor ganador de consorcio con firmas legalizadasla buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la que se consigne los integrantesLey y el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio así consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje equivalente que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a dichas obligacionesrealizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo Nº 5N° 1) El precio o en la solicitud de retención de la oferta garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y: El desagregado el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxxxx-0-0 opción consulta de partidasempresas acreditadas en el REMYPE. En los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el procedimiento se haya convocado monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados sea igual o menor a suma alzada. Los precios unitarioscien mil Soles (S/ 100,000.00), considerando las partidas según no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, conforme a lo previsto dispuesto en el último párrafo del literal ba) del artículo 35 152 del Reglamento. AsimismoEn caso se determine que adicionalmente se puede considerar otro tipo de documentación a ser presentada para el perfeccionamiento del contrato, consignar el siguiente literal: [DE ACUERDO AL OBJETO CONTRACTUAL CONVOCADO REQUERIR LA PRESENTACIÓN DE OTROS DOCUMENTOS, SEGÚN CORRESPONDA]. Importante Corresponde a la oferta incluye Entidad verificar que las garantías presentadas por el monto postor ganador de la prestación accesoriabuena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, cuando corresponda. (Anexo Nº 6) El precio total sin perjuicio de la oferta determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los subtotales funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que lo componen deben ser expresados se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con dos decimalesque estos cuenten con la Apostilla de la Haya10. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimalesLa Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
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Samples: Bases Estándar De Concurso Público
ADVERTENCIA. De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 PIDE7 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidadlos documentos previstos en los literales e) y f). Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2) Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según el numeral 3.1 del Capítulo III Domicilio para efectos de la presente secciónnotificación durante la ejecución del contrato. (Anexo Nº 3) Declaración jurada Detalle de plazo de ejecución los precios unitarios del precio ofertado8. Detalle del precio de la obraoferta de cada uno de los bienes que conforman el paquete9. (Anexo Nº 4) Promesa En caso que el postor ganador de consorcio con firmas legalizadasla buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la que se consigne los integrantesLey y en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio así consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. En los contratos periódicos de suministro de bienes que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje equivalente que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a dichas obligacionesrealizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo Nº 5N° 1) El precio o en la solicitud de retención de la oferta garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y: El desagregado el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxxxx-0-0 opción consulta de partidasempresas acreditadas en el REMYPE. En los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el procedimiento se haya convocado monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados sea igual o menor a suma alzada. Los precios unitarioscien mil Soles (S/ 100,000.00), considerando las partidas según no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, conforme a lo previsto dispuesto en el último párrafo del literal ba) del artículo 35 152 del Reglamento. AsimismoEn caso se determine que adicionalmente se puede considerar otro tipo de documentación a ser presentada para el perfeccionamiento del contrato, consignar el siguiente literal: [DE ACUERDO AL OBJETO CONTRACTUAL CONVOCADO REQUERIR LA PRESENTACIÓN DE OTROS DOCUMENTOS, SEGÚN CORRESPONDA]. Corresponde a la oferta incluye Entidad verificar que las garantías presentadas por el monto postor ganador de la prestación accesoriabuena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, cuando corresponda. (Anexo Nº 6) El precio total sin perjuicio de la oferta determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los subtotales funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que lo componen deben ser expresados se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con dos decimalesque estos cuenten con la Apostilla de la Haya10. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimalesLa Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
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ADVERTENCIA. De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 PIDE3 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidadlos documentos previstos en los literales e) y f). Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2) Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según el numeral 3.1 del Capítulo III Domicilio para efectos de la presente secciónnotificación durante la ejecución del contrato. (Anexo Nº 3) Declaración jurada Detalle de plazo de ejecución los precios del monto de la obraoferta de cada uno de los servicios que conforman el paquete4. (Anexo Nº 4) Promesa En caso que el postor ganador de consorcio con firmas legalizadasla buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la que se consigne los integrantesLey y en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio así consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. En los contratos periódicos de prestación de servicios que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje equivalente que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a dichas obligacionesrealizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 149 del Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo Nº 5N° 1) El precio o en la solicitud de retención de la oferta garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y: El desagregado el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxxxx-0-0 opción consulta de partidasempresas acreditadas en el REMYPE. En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el procedimiento se haya convocado monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a suma alzada. Los precios unitarios, considerando las partidas según lo previsto dispuesto en el último párrafo del literal ba) del artículo 35 152 del Reglamento. AsimismoEn caso se determine que adicionalmente se puede considerar otro tipo de documentación a ser presentada para el perfeccionamiento del contrato, consignar el siguiente literal: [DE ACUERDO AL OBJETO CONTRACTUAL CONVOCADO REQUERIR LA PRESENTACIÓN DE OTROS DOCUMENTOS, SEGÚN CORRESPONDA]. Corresponde a la oferta incluye Entidad verificar que las garantías presentadas por el monto postor ganador de la prestación accesoriabuena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, cuando corresponda. (Anexo Nº 6) El precio total sin perjuicio de la oferta determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los subtotales funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que lo componen deben ser expresados se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con dos decimalesque estos cuenten con la Apostilla de la Haya5. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimalesLa Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
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ADVERTENCIA. De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidadlos documentos previstos en los literales e) y f). Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2) Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según el numeral 3.1 del Capítulo III Domicilio para efectos de la presente secciónnotificación durante la ejecución del contrato. (Anexo Nº 3) Declaración jurada Detalle de plazo de ejecución los precios unitarios del precio ofertado7. Detalle del precio de la obraoferta de cada uno de los bienes que conforman el paquete8. (Anexo Nº 4) Promesa En caso que el postor ganador de consorcio con firmas legalizadasla buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la que se consigne los integrantesLey y en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio así consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. En los contratos periódicos de suministro de bienes que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato, porcentaje equivalente que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a dichas obligacionesrealizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el numeral 149.4 del artículo 149 y el numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo Nº 5N° 1) El precio o en la solicitud de retención de la oferta garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y: El desagregado el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxxxx-0-0 opción consulta de partidasempresas acreditadas en el REMYPE. En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el procedimiento se haya convocado monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a suma alzada. Los precios unitarios, considerando las partidas según lo previsto dispuesto en el último párrafo del literal ba) del artículo 35 152 del Reglamento. AsimismoEn caso se determine que adicionalmente se puede considerar otro tipo de documentación a ser presentada para el perfeccionamiento del contrato, consignar el siguiente literal: [DE ACUERDO AL OBJETO CONTRACTUAL CONVOCADO REQUERIR LA PRESENTACIÓN DE OTROS DOCUMENTOS, SEGÚN CORRESPONDA]. Corresponde a la oferta incluye Entidad verificar que las garantías presentadas por el monto postor ganador de la prestación accesoriabuena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, cuando corresponda. (Anexo Nº 6) El precio total sin perjuicio de la oferta determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los subtotales funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que lo componen deben ser expresados se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con dos decimalesque estos cuenten con la Apostilla de la Haya9. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimalesLa Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
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ADVERTENCIA. De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 PIDE7 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidadlos documentos previstos en los literales e) y f). Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2) Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según el numeral 3.1 del Capítulo III Domicilio para efectos de la presente secciónnotificación durante la ejecución del contrato. (Anexo Nº 3) Declaración jurada Detalle de plazo los precios unitarios del precio ofertado8. Estructura de ejecución costos. Detalle del precio de la obraoferta de cada uno de los servicios que conforman el paquete9. (Anexo Nº 4) Promesa En caso que el postor ganador de consorcio con firmas legalizadasla buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la que se consigne los integrantesLey y en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio así consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje equivalente que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a dichas obligacionesrealizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo Nº 5N° 1) El precio o en la solicitud de retención de la oferta garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y: El desagregado el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxxxx-0-0 opción consulta de partidasempresas acreditadas en el REMYPE. En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el procedimiento se haya convocado monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a suma alzada. Los precios unitarios, considerando las partidas según lo previsto dispuesto en el último párrafo del literal ba) del artículo 35 152 del Reglamento. AsimismoEn caso se determine que adicionalmente se puede considerar otro tipo de documentación a ser presentada para el perfeccionamiento del contrato, consignar el siguiente literal: [DE ACUERDO AL OBJETO CONTRACTUAL CONVOCADO REQUERIR LA PRESENTACIÓN DE OTROS DOCUMENTOS, SEGÚN CORRESPONDA]. Importante Corresponde a la oferta incluye Entidad verificar que las garantías presentadas por el monto postor ganador de la prestación accesoriabuena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, cuando corresponda. (Anexo Nº 6) El precio total sin perjuicio de la oferta determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los subtotales funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que lo componen deben ser expresados se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con dos decimalesque estos cuenten con la Apostilla de la Haya10. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimalesLa Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
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ADVERTENCIA. De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 PIDE2 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidad. Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2) ). Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según de las Especificaciones Técnicas contenidas en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3) Declaración jurada de plazo de ejecución de la obra. (Anexo Nº 4) Promesa de consorcio con firmas legalizadas, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. obligaciones (Anexo Nº 54) El precio postor debe incorporar en su oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Habilitación” que se detallan en el Capítulo IV de la presente sección de las bases. En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas al objeto de la convocatoria debe acreditar estos requisitos. El monto total de la oferta o respecto del ítem al que se presenta al que se refiere el literal c) del numeral 1.4 de la sección general de las bases se presenta en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y: El desagregado de partidas, cuando el procedimiento se haya convocado a suma alzada]. Los precios unitarios, considerando las partidas según lo previsto Esta disposición solo debe ser incluida en el último párrafo del literal bcaso de procedimientos de selección cuyo valor estimado sea igual o menor a cincuenta (50) del artículo 35 del Reglamento. Asimismo, UIT: PRESENTACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN “El recurso de apelación se presenta ante la oferta incluye el monto Unidad de Trámite Documentario de la prestación accesoriaEntidad. En caso el participante o postor opte por presentar recurso de apelación y por otorgar la garantía mediante depósito en cuenta bancaria, cuando corresponda. (Anexo Nº 6) El precio total se debe realizar el abono en: N ° de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimales.Cuenta : [......................................]
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ADVERTENCIA. De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 PIDE4 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidadlos documentos previstos en los literales e) y f). Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2) Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según el numeral 3.1 del Capítulo III Domicilio para efectos de la presente secciónnotificación durante la ejecución del contrato. (Anexo Nº 3) Declaración jurada Detalle de plazo de ejecución los precios del monto de la obraoferta de cada uno de los bienes que conforman el paquete5. (Anexo Nº 4) Promesa En caso que el postor ganador de consorcio con firmas legalizadasla buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la que se consigne los integrantesLey y en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio así consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. En los contratos periódicos de suministro de bienes que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje equivalente que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a dichas obligacionesrealizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo Nº 5N° 1) El precio o en la solicitud de retención de la oferta garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y: El desagregado el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxxxx-0-0 opción consulta de partidasempresas acreditadas en el REMYPE. En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el procedimiento se haya convocado monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a suma alzada. Los precios unitarios, considerando las partidas según lo previsto dispuesto en el último párrafo del literal ba) del artículo 35 152 del Reglamento. AsimismoEn caso se determine que adicionalmente se puede considerar otro tipo de documentación a ser presentada para el perfeccionamiento del contrato, consignar el siguiente literal: [DE ACUERDO AL OBJETO CONTRACTUAL CONVOCADO REQUERIR LA PRESENTACIÓN DE OTROS DOCUMENTOS, SEGÚN CORRESPONDA]. Importante Corresponde a la oferta incluye Entidad verificar que las garantías presentadas por el monto postor ganador de la prestación accesoriabuena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, cuando corresponda. (Anexo Nº 6) El precio total sin perjuicio de la oferta determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los subtotales funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que lo componen deben ser expresados se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con dos decimalesque estos cuenten con la Apostilla de la Haya6. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimalesLa Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
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(Anexo Nº 3) Declaración jurada Detalle de plazo de ejecución los precios del monto de la obraoferta de cada uno de los bienes que conforman el paquete4. (Anexo Nº 4) Promesa En caso que el postor ganador de consorcio con firmas legalizadasla buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la que se consigne los integrantesLey y en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio así consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. En los contratos periódicos de suministro de bienes que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje equivalente que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a dichas obligacionesrealizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 149 del Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo Nº 5N° 1) El precio o en la solicitud de retención de la oferta garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y: El desagregado el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxxxx-0-0 opción consulta de partidasempresas acreditadas en el REMYPE. En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el procedimiento se haya convocado monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a suma alzada. Los precios unitarios, considerando las partidas según lo previsto dispuesto en el último párrafo del literal ba) del artículo 35 152 del Reglamento. AsimismoEn caso se determine que adicionalmente se puede considerar otro tipo de documentación a ser presentada para el perfeccionamiento del contrato, consignar el siguiente literal: [DE ACUERDO AL OBJETO CONTRACTUAL CONVOCADO REQUERIR LA PRESENTACIÓN DE OTROS DOCUMENTOS, SEGÚN CORRESPONDA]. Importante Corresponde a la oferta incluye Entidad verificar que las garantías presentadas por el monto postor ganador de la prestación accesoriabuena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, cuando corresponda. (Anexo Nº 6) El precio total sin perjuicio de la oferta determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los subtotales funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que lo componen deben ser expresados se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con dos decimalesque estos cuenten con la Apostilla de la Haya5. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimalesLa Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
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