CONSIDERACIÓN FINAL Cláusulas de Ejemplo

CONSIDERACIÓN FINAL. La Fundación resolverá, sin ulterior recurso, las eventuales incidencias que pudieren surgir en la tramitación de esta convocatoria y en el transcurso del período de vigencia de las becas.
CONSIDERACIÓN FINAL. Las variables económicas empleadas se presumen con el IGIC incluido, teniendo presente su carácter neutro para la empresa al no suponer ni gasto ni ingreso.
CONSIDERACIÓN FINAL. La FUNDACIÓN resolverá, sin ulterior recurso, las eventuales incidencias que pudieren surgir en la tramitación de esta convocatoria y en el transcurso del período de vigencia de las becas.
CONSIDERACIÓN FINAL. La FUNDACIÓN SEPI resolverá, sin ulterior recurso, las eventuales incidencias que pudieren surgir en la tramitación de este Programa y en el transcurso del período de vigencia de las becas.
CONSIDERACIÓN FINAL. La Fundación SEPI resolverá, sin ulterior recurso, las eventuales incidencias que pudieren surgir en la tramitación de este Programa y en el transcurso del período de vigencia de las becas. PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI – ICO 2024/2027
CONSIDERACIÓN FINAL. Finalmente, en consideración a que las partes no lograron acuerdo alguno, y en consideración a los cálculos realizados por la CRA y a las pruebas recaudadas durante el trámite de la actuación administrativa, se procederá a imponer las condiciones que deben regir el convenio de facturación conjunta entre Aguas y Aseo de Subachoque S.A. E.S.P. y la Asociación de Usuarios del Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xx Xxxxx - Asuavalle como prestador del servicio público domiciliario de acueducto, y en consecuencia, fijar las condiciones que deben regir el servicio de facturación conjunta del servicio público de aseo, entre las partes.
CONSIDERACIÓN FINAL. Sin perjuicio de lo señalado a lo largo de este Concepto sobre la posibilidad de acudir a los principios reguladores de la contratación estatal y a los principios del Estatuto Orgánico de Presupuesto para determinar las características generales de la suspensión en los contratos estatales, la Sala considera conveniente que el legislador regule, -en orden a evitar ambigüedades sobre el tema-, cuál es su fundamento legal, las clases de contratos en los que se podría pactar, las obligaciones que con la suspensión quedan vigentes, así como las que resultan imposibles de ejecutar, cuáles son sus elementos causales, sus consecuencias, particularmente las que se relacionan con la fecha de terminación del contrato, y los efectos presupuestales que se derivan para las partes con la medida de la suspensión del contrato. Para estos efectos la Sala, en desarrollo de su función de preparación y revisión de textos normativos, estará atenta a prestar la colaboración que se estime necesaria.
CONSIDERACIÓN FINAL. La reforma legal de la resolución del contrato por incumplimiento del contratista no puede considerarse, en términos generales, positi-
CONSIDERACIÓN FINAL. Debe tenerse en cuenta que la configuración del Acuerdo Xxxxx responde a la necesidad de adquisición de productos de forma centralizada. Por ello, de conformidad con las conclusiones adoptadas por la Comisión de Racionalización de la Contratación en su reunión celebrada el día 14 de diciembre de 2021, se procurará la agregación máxima de la demanda, adjudicando contratos únicos por cada Consejería u Organismo, y evitando la tramitación de pedidos de pequeño importe o por centros o unidades administrativas. En tal sentido, únicamente se considerarán incumplimientos de la obligación de presentar oferta válida por los adjudicatarios la falta de presentación de oferta en aquellos contratos tramitados de conformidad con lo expuesto en las presentes directrices (esto es, de forma centralizada).
CONSIDERACIÓN FINAL. La Normativa de Confidencialidad y el tabla Nº 1, que se insertan a continuación, forma parte del presente instrumento. Tabla Nº 1, El listado de instituciones, que pueden ser declaradas y/ó pagadas a través del sistema de xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx, es el siguiente: Ø A.F.P. Cuprum Ø Isapre Banmédica Ø A.F.P. Hábitat Ø Isapre Colmena Golden Cross Ø A.F.P. Planvital ØIsapre Consalud Ø A.F.P. Provida Ø Isapre Chuquicamata Ø A.F.P. Capital Ø Isapre Xxxx del Norte Ø A.F.P. Modelo Ø Isapre Ferrosalud Ø Isapre Fud. Bco. Estado Ø Isapre Fusat (no se declaran por el portal) Ø Isapre Río Blanco Ø Isapre San Xxxxxxx Ø Isapre VidaTres (*no se declaran por el portal) Ø Isapre Promepart Ø Xxxxxx Xxxx Xxxxxx (*no se declaran por el portal) Ø Isapre Mas Vida (*no se declaran por el portal) Ø Asociación Chilena de Seguridad Ø Mutual de Seguridad X.Xx. C. Ø Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) Ø Instituto de Seguridad Laboral (ISL) Ø Cajas de Compensación. Ø AVP de Terceros (Cía. De Seguros – Adm. de Fondos Mutuos – Bancos – AFP – CCAF) El Portal de Recaudación Electrónica de la Caja de Compensación, está comprometido a garantizar la confidencialidad de sus servicios en línea. El tratamiento que se da a la información personal entregada por el Usuario al utilizar nuestros servicios es la que se indica a continuación. Esta Normativa de Confidencialidad habla del uso que le damos a la información personal que el Usuario proporciona al Portal de la Caja cuando utiliza nuestros servicios. La Normativa de Confidencialidad de la Caja, no abarca el uso que pueda darle cualquier individuo, ajeno al Portal. . La Caja recoge información personal de usuarios que se registran para obtener una cuenta, esa información sirve para utilizar ciertos productos o servicios del Portal, dentro de la misma.