AJUSTE DE COSTOS. Las partes acuerdan que si llegaren a ocurrir circunstancias económicas no previstas en este contrato ni tampoco imputables a cualquiera de ellas que determine un aumento o reducción de los costos de este contrato, se sujetarán a lo establecido en los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Sinaloa. Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán calculados con base en los índices nacionales de precios productor con servicios que determine el Banco de México. Los precios del contrato permanecerán fijos, hasta la terminación de los trabajos. El ajuste se aplicará a los costos directos, conservando constantes los porcentajes de indirectos y utilidad originales durante el ejercicio del contrato. Para su aplicación será conforme al programa de ejecución pactado en el contrato o en caso de existir atraso no imputable a “EL CONTRATISTA” con respecto al programa vigente. En los procedimientos anteriores, la revisión será promovida por "LA JAPAME" a solicitud escrita de “EL CONTRATISTA” la que deberá ir acompañada de la documentación comprobatoria necesaria, y dentro de un plazo que no excederá de 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de los relativos de Precios aplicables al ajuste de costos que solicite.
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AJUSTE DE COSTOS. Las partes acuerdan que si llegaren a ocurrir circunstancias económicas no previstas en este contrato ni tampoco imputables a cualquiera de ellas que determine un aumento o reducción de los costos de este contrato, se sujetarán a lo establecido en los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Sinaloa. Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán calculados con base en los índices nacionales de precios precio productor con servicios que determine el Banco de México. Los precios del contrato permanecerán fijos, hasta la terminación de los trabajos. El ajuste se aplicará a los costos directos, conservando constantes los porcentajes de indirectos y utilidad originales durante el ejercicio del contrato. Para su aplicación será conforme al programa de ejecución pactado en el contrato o en caso de existir atraso no imputable a “EL CONTRATISTA” con respecto al programa vigente. En los procedimientos anteriores, la revisión será promovida por "LA JAPAMEEL AYUNTAMIENTO" a solicitud escrita de “EL CONTRATISTA” la que deberá ir acompañada de la documentación comprobatoria necesaria, y dentro de un plazo que no excederá de 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de los relativos de Precios aplicables al ajuste de costos que solicite.
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Samples: Contrato De Obra Publica a Base De Precios Unitarios Y Tiempo Determinado
AJUSTE DE COSTOS. Las partes acuerdan que si llegaren a ocurrir circunstancias económicas no previstas en este contrato ni tampoco imputables a cualquiera de ellas que determine un aumento o reducción La revisión de los costos de este del contrato, cuando proceda, se sujetarán realizará mediante la revisión por grupo de precios que, multiplicados por sus correspondientes cantidades de trabajo por ejecutar, representen cuando menos el ochenta por ciento del importe total faltante del contrato. Para la revisión de cada uno de los precios que intervienen en el cálculo de los ajustes de costos los contratistas deberán acompañar a lo establecido en su solicitud, dentro de un plazo que no exceda de 60 (sesenta) días naturales siguientes a la fecha de publicación por el Banco de México, los artículos 80, 81, 82 y 83 índices nacionales de precios producto con servicios a que se refiere el artículo 55 de la Ley de Obras Públicas Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de SinaloaOaxaca, conforme a los cuales se fundamente el ajuste de costos que solicite y que sólo podrá referirse a los trabajos pendientes de ejecutar. Los incrementos o decrementos Después del Periodo arriba mencionado precluye el derecho de EL CONTRATISTA a reclamar el pago. LA CONVOCANTE dentro de los costos de los insumos60 (sesenta) días naturales siguientes, serán calculados con base en la documentación aportada por EL CONTRATISTA, resolverá sobre la procedencia de la petición. EL CONTRATISTA anexara su solicitud la siguiente documentación:
I. La relación de los índices nacionales de precios productor con servicios que determine el Banco de México. Los precios del contrato permanecerán fijosMéxico o, hasta la terminación cuando los índices que requiera EL CONTRATISTA no se encuentren dentro de los trabajos. El ajuste se aplicará publicados por el Banco de México, LA CONVOCANTE, procederá a calcularlos conforme a los costos directos, conservando constantes los porcentajes de indirectos y utilidad originales durante el ejercicio del contrato. Para su aplicación será conforme al programa de ejecución pactado en el contrato o en caso de existir atraso no imputable a “EL CONTRATISTA” con respecto al programa vigente. En los procedimientos anteriores, la revisión será promovida por "LA JAPAME" a solicitud escrita de “EL CONTRATISTA” la precios que deberá ir acompañada de la documentación comprobatoria necesaria, y dentro de un plazo que no excederá de 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de los relativos de Precios aplicables al ajuste de costos que soliciteinvestigue.
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Samples: Construction Contract
AJUSTE DE COSTOS. Las partes acuerdan que si llegaren a ocurrir circunstancias económicas no previstas en este contrato ni tampoco imputables a cualquiera de ellas que determine un aumento o reducción de los costos de este contrato, se sujetarán a lo establecido en los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Sinaloa. Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán calculados con base en los índices nacionales de precios productor con servicios que determine el Banco de México. Los precios del contrato permanecerán fijos, hasta la terminación de los trabajos. El ajuste se aplicará a los costos directos, conservando constantes los porcentajes de indirectos y utilidad originales durante el ejercicio del contrato. Para su aplicación será conforme al programa de ejecución pactado en el contrato o en caso de existir atraso no imputable a “EL LA CONTRATISTA” con respecto al programa vigente. En los procedimientos anteriores, la revisión será promovida por "LA JAPAMESECRETARÍA" a solicitud escrita de “EL LA CONTRATISTA” la que deberá ir acompañada de la documentación comprobatoria necesaria, y dentro de un plazo que no excederá de 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de los relativos de Precios aplicables al ajuste de costos que solicite.
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Samples: Contrato De Obra Pública
AJUSTE DE COSTOS. Las partes acuerdan que si llegaren a ocurrir circunstancias económicas no previstas en este contrato ni tampoco imputables a cualquiera de ellas que determine un aumento o reducción de los costos de este contrato, se sujetarán a lo establecido en los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Sinaloa. Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán calculados con base en los índices nacionales de precios productor con servicios que determine el Banco de México. Los precios del contrato permanecerán fijos, hasta la terminación de los trabajos. El ajuste se aplicará a los costos directos, conservando constantes los porcentajes de indirectos y utilidad originales durante el ejercicio del contrato. Para su aplicación será conforme al programa de ejecución pactado en el contrato o en caso de existir atraso no imputable a “EL CONTRATISTA” con respecto al programa vigente. En los procedimientos anteriores, la revisión será promovida por "LA JAPAMEEL H. AYUNTAMIENTO" a solicitud escrita de “EL CONTRATISTA” la que deberá ir acompañada de la documentación comprobatoria necesaria, y dentro de un plazo que no excederá de 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de los relativos de Precios aplicables al ajuste de costos que solicite.
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Samples: Public Works Contract
AJUSTE DE COSTOS. Las partes acuerdan que si llegaren a ocurrir circunstancias económicas no previstas en este contrato ni tampoco imputables a cualquiera de ellas que determine un aumento o reducción de los costos de este contrato, se sujetarán a lo establecido en los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Sinaloa. Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán calculados con base en los índices nacionales de precios precio productor con servicios que determine el Banco de México. Los precios del contrato permanecerán fijos, hasta la terminación de los trabajos. El ajuste se aplicará a los costos directos, conservando constantes los porcentajes de indirectos y utilidad originales durante el ejercicio del contrato. Para su aplicación será conforme al programa de ejecución pactado en el contrato o en caso de existir atraso no imputable a “EL CONTRATISTA” con respecto al programa vigente. En los procedimientos anteriores, la revisión será promovida por "LA JAPAMEJUMAPAANG" a solicitud escrita de “EL CONTRATISTA” la que deberá ir acompañada de la documentación comprobatoria necesaria, y dentro de un plazo que no excederá de 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de los relativos de Precios aplicables al ajuste de costos que solicite.
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Samples: Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios Y Tiempo Determinado