Common use of ALCANCE DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO. SECURITAS DIRECT ANTI-INTRUSIÓN Clause in Contracts

ALCANCE DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO. SECURITAS DIRECT ANTI-INTRUSIÓN. El objeto del CONTRATO comprende en todo caso los servicios descritos en los apartados A), B), C) D) y E). Además, el CLIENTE puede contratar otros servicios adicionales que se describen en los apartados F), G), H), I), y cualquier otro que las partes acuerden. El CLIENTE reconoce haber sido debidamente informado de cuáles serían las distintas opciones en cuanto a tipología de equipo, número de sensores y sus ubicaciones y, ha decidido él, en función del precio que desea abonar por el servicio, las prestaciones que desea recibir o los bienes que desea proteger, el diseño de los sistemas, el número de sensores a instalar y el lugar de su ubicación. En consecuencia, SECURITAS DIRECT no responderá, en ningún caso, ni de las sanciones administrativas ni de cualquier otro tipo que tengan su origen en una elección inadecuada del CLIENTE respecto de su equipo de seguridad. SECURITAS DIRECT advierte al cliente que el sistema óptimo debe contar, al menos, con un detector por cada estancia del inmueble. El CLIENTE reconoce haber sido debidamente informado de que la ubicación geográfica del lugar en el que se instala el dispositivo y la actividad y medios que en el mismo se desarrollan pueden limitar la eficacia del sistema, en concreto, en cuanto a sus canales de transmisión y a la rapidez del envío de señales. El CLIENTE reconoce que suscribe el presente contrato en su condición de empresario o profesional que gestiona el negocio descrito en las Condiciones Particulares.

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ALCANCE DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO. SECURITAS DIRECT ANTI-INTRUSIÓN. El objeto del CONTRATO comprende en todo caso los servicios descritos en los apartados A), B), C) D) y E). Además, el CLIENTE puede contratar otros servicios adicionales que se describen en los apartados F), G), H), I), y cualquier otro que las partes acuerden. El CLIENTE reconoce haber sido debidamente informado de cuáles serían las distintas opciones en cuanto a tipología de equipo, número de sensores y sus ubicaciones y, ha decidido él, en función del precio que desea abonar por el servicio, las prestaciones que desea recibir o los bienes que desea proteger, el diseño de los sistemas, el número de sensores a instalar y el lugar de su ubicación. En consecuencia, SECURITAS DIRECT no responderá, en ningún caso, ni de las sanciones administrativas ni de cualquier otro tipo que tengan su origen en una elección inadecuada del CLIENTE respecto de su equipo de seguridad. SECURITAS DIRECT advierte al cliente que el sistema óptimo debe contar, al menos, con un detector por cada estancia del inmueble. El CLIENTE reconoce haber sido debidamente informado de que la ubicación geográfica del lugar en el que se instala el dispositivo y la actividad y medios que en el mismo se desarrollan pueden limitar la eficacia del sistema, en concreto, en cuanto a sus canales de transmisión y a la rapidez del envío de señales. El CLIENTE reconoce que suscribe el presente contrato en su condición de empresario o profesional que gestiona el negocio descrito en las Condiciones Particulares.

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ALCANCE DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO. SECURITAS DIRECT ANTI-INTRUSIÓN. El objeto del CONTRATO comprende en todo caso los servicios descritos en los apartados A), B), C) D), E) y EF). Además, el CLIENTE puede contratar otros servicios adicionales que se describen en los apartados F), G), H), I), J) y cualquier otro que las partes acuerden. El CLIENTE reconoce haber sido debidamente informado de cuáles serían las distintas opciones en cuanto a tipología de equipo, número de sensores y sus ubicaciones y, ha decidido él, en función del precio que desea abonar por el servicio, las prestaciones que desea recibir o los bienes que desea proteger, el diseño de los sistemas, el número de sensores a instalar y el lugar de su ubicación. En consecuencia, SECURITAS DIRECT no responderá, en ningún caso, ni de las sanciones administrativas ni de cualquier otro tipo que tengan su origen en una elección inadecuada del CLIENTE respecto de su equipo de seguridad. SECURITAS DIRECT advierte al cliente que el sistema óptimo debe contar, al menos, con un detector por cada estancia del inmueble. El CLIENTE reconoce haber sido debidamente informado de que la ubicación geográfica del lugar en el que se instala el dispositivo y la actividad y medios que en el mismo se desarrollan pueden limitar la eficacia del sistema, en concreto, en cuanto a sus canales de transmisión y a la rapidez del envío de señales. El CLIENTE reconoce que suscribe el presente contrato en su condición de empresario o profesional que gestiona el negocio descrito en las Condiciones ParticularesParticulares con la finalidad de incorporar el sistema de alarmas a su actividad económica y proteger los bienes afectos a la misma.

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ALCANCE DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO. SECURITAS DIRECT ANTI-INTRUSIÓN. El objeto del CONTRATO comprende en todo caso los servicios descritos en los apartados A), B), C) D) y E). Además, el CLIENTE puede contratar otros servicios adicionales que se describen en los apartados F), G), H), I), y cualquier otro que las partes acuerden. El CLIENTE reconoce haber sido debidamente informado de cuáles serían las distintas opciones en cuanto a tipología de equipo, número de sensores y sus ubicaciones y, ha decidido él, en función del precio que desea abonar por el servicio, las prestaciones que desea recibir o los bienes que desea proteger, el diseño de los sistemas, el número de sensores a instalar y el lugar de su ubicación. En consecuencia, SECURITAS DIRECT no responderá, en ningún caso, ni de las sanciones administrativas ni de cualquier otro tipo que tengan su origen en una elección inadecuada del CLIENTE respecto de su equipo de seguridad. SECURITAS DIRECT advierte al cliente que el sistema óptimo debe contar, al menos, con un detector por cada estancia del inmueble. El CLIENTE reconoce haber sido debidamente informado de que la ubicación geográfica del lugar en el que se instala el dispositivo y la actividad y medios que en el mismo se desarrollan pueden limitar la eficacia del sistema, en concreto, en cuanto a sus canales de transmisión y a la rapidez del envío de señales. El CLIENTE reconoce que suscribe el presente contrato en su condición de empresario o profesional que gestiona el negocio descrito en las Condiciones ParticularesParticulares con la finalidad de incorporar el sistema de alarmas a su actividad económica y proteger los bienes afectos a la misma.

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ALCANCE DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO. SECURITAS DIRECT ANTI-INTRUSIÓN. El objeto del CONTRATO comprende en todo caso los servicios descritos en los apartados A), B), C) D), E) y EF). Además, el CLIENTE puede contratar otros servicios adicionales que se describen en los apartados F), G), H), I), J) y cualquier otro que las partes acuerden. El CLIENTE reconoce haber sido debidamente informado de cuáles serían las distintas opciones en cuanto a tipología de equipo, número de sensores y sus ubicaciones y, ha decidido él, en función del precio que desea abonar por el servicio, las prestaciones que desea recibir o los bienes que desea proteger, el diseño de los sistemas, el número de sensores a instalar y el lugar de su ubicación. En consecuencia, SECURITAS DIRECT no responderá, en ningún caso, ni de las sanciones administrativas ni de cualquier otro tipo que tengan su origen en una elección inadecuada del CLIENTE respecto de su equipo de seguridad. SECURITAS DIRECT advierte al cliente que el sistema óptimo debe contar, al menos, con un detector por cada estancia del inmueble. El CLIENTE reconoce haber sido debidamente informado de que la ubicación geográfica del lugar en el que se instala el dispositivo y la actividad y medios que en el mismo se desarrollan pueden limitar la eficacia del sistema, en concreto, en cuanto a sus canales de transmisión y a la rapidez del envío de señales. El CLIENTE reconoce que suscribe el presente contrato en su condición de empresario o profesional que gestiona el negocio descrito en las Condiciones Particulares.

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