Common use of AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES Clause in Contracts

AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES. SBS COLOMBIA SE COMPROMETE A PAGAR AL ASEGURADO Y/O BENEFICIARIO LAS PRESTACIONES PROPIAS DE CADA UNO DE LOS AMPAROS SEÑALADOS EN LA PRESENTE CONDICIÓN, EN CASO QUE LA PERSONA DESIGNADA COMO ASEGURADO SUFRA, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO DE SEGURO, UN ACCIDENTE OBJETO DE DICHAS COBERTURAS EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PREVISTOS PARA CADA AMPARO Y HASTA EL VALOR ASEGURADO ESTIPULADO EXPRESAMENTE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O EN SUS CONDICIONES PARTICULARES O EN LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALES. PARA EFECTOS DE ESTE AMPARO OPCIONAL SE CONSIDERA ACCIDENTE TODO SUCESO IMPREVISTO, REPENTINO, FORTUITO E INDEPENDIENTE DE LA VOLUNTAD DEL TOMADOR, ASEGURADO O BENEFICIARIO, CAUSADO POR MEDIOS EXTERNOS, QUE AFECTEN EL ORGANISMO DEL ASEGURADO. TAMBIÉN SE CONSIDERAN ACCIDENTES LA INTOXICACIÓN O ENVENENAMIENTO ACCIDENTAL, LA MORDEDURA Y PICADURA DE ANIMALES, LAS PELEAS O RIÑAS NO OCASIONADAS POR EL ASEGURADO, LA ASFIXIA POR VAPORES O GASES AJENA A LA VOLUNTAD DEL ASEGURADO, EL TERREMOTO TEMBLOR Y DEMÁS FENÓMENOS NATURALES, LA PRÁCTICA NO PROFESIONAL DE DEPORTES, LOS ACCIDENTES EN MOTO, EL AHOGAMIENTO O ASFIXIA POR INMERSIÓN U OBSTRUCCIÓN DEL APARATO RESPIRATORIO QUE NO PROVENGA DE ENFERMEDAD, INFECCIONES BIOGÉNICAS DERIVADAS DE CORTADURAS O HERIDAS ACCIDENTALES Y LESIONES CORPORALES (INTERNAS O EXTERNAS) OCASIONADAS POR HURTO Y/O HURTO CALIFICADO. 2.7.1. MUERTE COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE AMPARADO

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Samples: Póliza De Seguros De Automóviles, Insurance Policy, Póliza De Seguros De Automóviles

AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES. SBS COLOMBIA SE COMPROMETE A PAGAR AL ASEGURADO Y/O BENEFICIARIO LAS PRESTACIONES PROPIAS DE CADA UNO DE LOS AMPAROS SEÑALADOS EN LA PRESENTE CONDICIÓN, EN CASO QUE LA PERSONA DESIGNADA COMO ASEGURADO SUFRA, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO DE SEGURO, UN ACCIDENTE OBJETO DE DICHAS COBERTURAS EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PREVISTOS PARA CADA AMPARO Y HASTA EL VALOR ASEGURADO ESTIPULADO EXPRESAMENTE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O EN SUS CONDICIONES PARTICULARES O EN LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALES. PARA EFECTOS DE ESTE AMPARO OPCIONAL SE CONSIDERA ACCIDENTE TODO SUCESO IMPREVISTO, REPENTINO, FORTUITO E INDEPENDIENTE DE LA VOLUNTAD DEL TOMADOR, ASEGURADO O BENEFICIARIO, CAUSADO POR MEDIOS EXTERNOS, QUE AFECTEN EL ORGANISMO DEL ASEGURADO. TAMBIÉN SE CONSIDERAN ACCIDENTES LA INTOXICACIÓN O ENVENENAMIENTO ACCIDENTAL, LA MORDEDURA Y PICADURA DE ANIMALES, LAS PELEAS O RIÑAS NO OCASIONADAS POR EL ASEGURADO, LA ASFIXIA POR VAPORES O GASES AJENA A LA VOLUNTAD DEL ASEGURADO, EL TERREMOTO TEMBLOR Y DEMÁS FENÓMENOS NATURALES, LA PRÁCTICA NO PROFESIONAL DE DEPORTES, LOS ACCIDENTES EN MOTO, EL AHOGAMIENTO O ASFIXIA POR INMERSIÓN U OBSTRUCCIÓN DEL APARATO RESPIRATORIO QUE NO PROVENGA DE ENFERMEDAD, INFECCIONES BIOGÉNICAS DERIVADAS DE CORTADURAS O HERIDAS ACCIDENTALES Y LESIONES CORPORALES (INTERNAS O EXTERNAS) OCASIONADAS POR HURTO Y/O HURTO CALIFICADO. SBS COLOMBIA CUANDO ASÍ SE INDIQUE EXPRESAMENTE EN LA PÓLIZA, SE OBLIGA A PAGAR A LOS BENEFICIARIOS EL VALOR ASEGURADO SEÑALADO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA, SI DENTRO DE LOS CIENTO OCHENTA (180) DÍAS CALENDARIO CONTADOS DESDE LA FECHA DEL ACCIDENTE DE TRÁNSITO EN QUE EL ASEGURADO SUFRA LESIONES CORPORALES (INTERNAS O EXTERNAS), ESTAS DAN LUGAR A SU MUERTE. ÉL LIMITE MÁXIMO INDEMNIZABLE BAJO ESTE AMPARO CORRESPONDERÁ AL VALOR ASEGURADO INDICADO BAJO ESTA PÓLIZA. EN EL EVENTO DE EXISTIR DOS O MÁS PERSONAS AFECTADAS POR EL MISMO ACCIDENTE DE TRÁNSITO, LA INDEMNIZACIÓN INDIVIDUAL SERÁ FIJADA POR SBS SEGUROS EN PARTES PROPORCIONALES E IGUALES PARA CADA PERSONA, SIN QUE EL TOTAL DE LAS MISMAS EXCEDA LA SUMA MÁXIMA ASEGURADA POR VEHÍCULO Y POR COBERTURA, DEBIDAMENTE ANOTADA EN LA PÓLIZA. 2.7.1. MUERTE COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE AMPARADO

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Samples: Póliza De Seguros De Automóviles, Insurance Policy

AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES. SBS COLOMBIA LA COMPAÑÍA SE COMPROMETE OBLIGA A PAGAR INDEMNIZAR AL ASEGURADO Y/O BENEFICIARIO LAS PRESTACIONES PROPIAS DE CADA UNO DE LOS AMPAROS SEÑALADOS BENEFICIARIO, CUANDO ASÍ SE INDIQUE EXPRESAMENTE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O EN LAS CONDICIONES PARTICULARES DEL PRESENTE CONDICIÓNCONTRATO DE SEGURO, SIEMPRE QUE EXISTA INDICACIÓN DE LA SUMA ASEGURADA Y EL PAGO DE LA PRIMA ADICIONAL CORRESPONDIENTE, HASTA EL LÍMITE DEL VALOR ASEGURADO, EN CASO DE QUE LA PERSONA DESIGNADA COMO ASEGURADO ASEGURADO, SUFRA, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO DE SEGURO, UN ACCIDENTE OBJETO QUE OCURRA EN UNA DE DICHAS COBERTURAS LAS SIGUIENTES CIRCUNSTANCIAS: VIAJES TERRESTRES, FLUVIALES, MARÍTIMOS Y AÉREOS, DENTRO Y FUERA DEL PAÍS, LAS VEINTICUATRO (24) HORAS DEL DÍA. LA COBERTURA EN VIAJES EN AVIÓN, SE LIMITA A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PREVISTOS PARA CADA AMPARO Y HASTA VIAJES QUE REALICE EL VALOR ASEGURADO ESTIPULADO EXPRESAMENTE SÓLO COMO PASAJERO EN UN AVIÓN DE PASAJEROS TAL COMO ESTÁ DEFINIDO EN LA CARÁTULA DE CONDICIÓN 4 (DEFINICIONES) MIENTRAS EL ASEGURADO ESTÉ SUBIENDO O DESCENDIENDO DEL MISMO. LA PÓLIZA Y/O COBERTURA EN SUS CONDICIONES PARTICULARES O VIAJES EN LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALESAVIÓN SE LIMITA A LOS ACCIDENTES SUFRIDOS POR EL ASEGURADO. PARA EFECTOS DE ESTE AMPARO OPCIONAL SE CONSIDERA ACCIDENTE ACCIDENTE, TODO SUCESO IMPREVISTO, REPENTINO, FORTUITO E INDEPENDIENTE DE LA VOLUNTAD DEL TOMADOR, ASEGURADO O BENEFICIARIO, CAUSADO POR MEDIOS EXTERNOS, QUE AFECTEN EL ORGANISMO DEL ASEGURADO. TAMBIÉN SE CONSIDERAN ACCIDENTES LA INTOXICACIÓN O ENVENENAMIENTO ACCIDENTAL, LA MORDEDURA Y PICADURA DE ANIMALES, LAS PELEAS O RIÑAS NO OCASIONADAS POR EL ASEGURADO, LA ASFIXIA POR VAPORES O GASES AJENA A LA VOLUNTAD DEL ASEGURADO, EL TERREMOTO TERREMOTO, TEMBLOR Y DEMÁS FENÓMENOS NATURALESDE LA NATURALEZA, LA PRÁCTICA NO PROFESIONAL DE DEPORTES, LOS ACCIDENTES EN MOTO, EL AHOGAMIENTO O ASFIXIA POR INMERSIÓN U OBSTRUCCIÓN DEL APARATO RESPIRATORIO QUE NO PROVENGA DE ENFERMEDAD, INFECCIONES BIOGÉNICAS PIOGÉNICAS DERIVADAS DE CORTADURAS O HERIDAS ACCIDENTALES Y ACCIDENTALES, LESIONES CORPORALES (INTERNAS O EXTERNAS) OCASIONADAS POR HURTO Y/O HURTO CALIFICADO. 2.7.1. MUERTE COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE AMPARADO

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Samples: Insurance Policy

AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES. SBS COLOMBIA AIG SEGUROS, CUANDO ASÍ SE INDIQUE EXPRESAMENTE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O EN LAS CONDICIONES PARTICULARES, SE COMPROMETE A PAGAR AL ASEGURADO Y/O BENEFICIARIO LAS PRESTACIONES PROPIAS DE CADA UNO DE LOS AMPAROS SEÑALADOS EN LA PRESENTE CONDICIÓN, EN CASO DE QUE LA PERSONA DESIGNADA COMO ASEGURADO ASEGURADO, SUFRA, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO DE SEGURO, UN ACCIDENTE OBJETO DE DICHAS COBERTURAS COBERTURA EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PREVISTOS PARA CADA AMPARO Y HASTA EL VALOR ASEGURADO ESTIPULADO EXPRESAMENTE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O EN SUS CONDICIONES PARTICULARES PARTICULARES, SIEMPRE QUE EL ACCIDENTE OCURRA EN UNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE A CONTINUACIÓN SE SEÑALAN Y QUE FIGURE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA: A. VIAJES TERRESTRES, FLUVIALES, MARÍTIMOS Y AÉREOS, EN CUALQUIER LUGAR DEL MUNDO, LAS VEINTICUATRO (24) HORAS DEL DÍA. LA COBERTURA EN VIAJES EN AVIÓN, SE LIMITA A LOS VIAJES QUE REALICE EL ASEGURADO SOLO COMO PASAJERO EN UN AVIÓN DE PASAJEROS TAL COMO ESTÁ DEFINIDO EN LA CONDICIÓN 4 (DEFINICIONES) MIENTRAS EL ASEGURADO ESTÉ SUBIENDO O DESCENDIENDO DEL MISMO. EN LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALESESTE CASO LA PRESENTE COBERTURA SE LIMITA A LOS ACCIDENTES SUFRIDOS POR EL ASEGURADO. PARA EFECTOS DE ESTE AMPARO OPCIONAL SE AMPAROSE CONSIDERA ACCIDENTE TODO SUCESO IMPREVISTO, REPENTINO, FORTUITO E INDEPENDIENTE DE LA VOLUNTAD DEL TOMADOR, ASEGURADO O BENEFICIARIO, CAUSADO POR MEDIOS EXTERNOS, QUE AFECTEN EL ORGANISMO DEL ASEGURADO. TAMBIÉN SE CONSIDERAN ACCIDENTES LA INTOXICACIÓN O ENVENENAMIENTO ACCIDENTAL, LA MORDEDURA Y PICADURA DE ANIMALES, LAS PELEAS O RIÑAS NO OCASIONADAS POR EL ASEGURADO, LA ASFIXIA POR VAPORES O GASES AJENA A LA VOLUNTAD DEL ASEGURADO, EL TERREMOTO TEMBLOR Y DEMÁS FENÓMENOS NATURALES, LA PRÁCTICA NO PROFESIONAL DE DEPORTES, LOS ACCIDENTES EN MOTO, EL AHOGAMIENTO O ASFIXIA POR INMERSIÓN U OBSTRUCCIÓN DEL APARATO RESPIRATORIO QUE NO PROVENGA DE ENFERMEDAD, INFECCIONES BIOGÉNICAS PIOGÉNICAS DERIVADAS DE CORTADURAS O HERIDAS ACCIDENTALES Y ACCIDENTALES, LESIONES CORPORALES (INTERNAS O EXTERNAS) OCASIONADAS POR HURTO Y/O HURTO CALIFICADO. 2.7.11.6.1. MUERTE COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE AMPARADO

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AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES. SBS COLOMBIA SE COMPROMETE A PAGAR AL ASEGURADO Y/O BENEFICIARIO LAS PRESTACIONES PROPIAS DE CADA UNO DE LOS AMPAROS SEÑALADOS EN LA PRESENTE CONDICIÓN, EN CASO QUE LA PERSONA DESIGNADA COMO ASEGURADO SUFRA, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO DE SEGURO, UN ACCIDENTE OBJETO DE DICHAS COBERTURAS EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PREVISTOS PARA CADA AMPARO Y HASTA EL VALOR ASEGURADO ESTIPULADO EXPRESAMENTE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O EN SUS CONDICIONES PARTICULARES O EN LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALES. PARA EFECTOS DE ESTE AMPARO OPCIONAL SE CONSIDERA ACCIDENTE TODO SUCESO IMPREVISTO, REPENTINO, FORTUITO E INDEPENDIENTE DE LA VOLUNTAD DEL TOMADOR, ASEGURADO O BENEFICIARIO, CAUSADO POR MEDIOS EXTERNOS, QUE AFECTEN EL ORGANISMO DEL ASEGURADO. TAMBIÉN SE CONSIDERAN ACCIDENTES LA INTOXICACIÓN O ENVENENAMIENTO ACCIDENTAL, LA MORDEDURA Y PICADURA DE ANIMALES, LAS PELEAS O RIÑAS NO OCASIONADAS POR EL ASEGURADO, LA ASFIXIA POR VAPORES O GASES AJENA A LA VOLUNTAD DEL ASEGURADO, EL TERREMOTO TEMBLOR Y DEMÁS FENÓMENOS NATURALES, LA PRÁCTICA NO PROFESIONAL DE DEPORTES, LOS ACCIDENTES EN MOTO, EL AHOGAMIENTO O ASFIXIA POR INMERSIÓN U OBSTRUCCIÓN DEL APARATO RESPIRATORIO QUE NO PROVENGA DE ENFERMEDAD, INFECCIONES BIOGÉNICAS DERIVADAS DE CORTADURAS O HERIDAS ACCIDENTALES Y LESIONES CORPORALES (INTERNAS O EXTERNAS) OCASIONADAS POR HURTO Y/O HURTO CALIFICADO. 2.7.1. MUERTE COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE AMPARADO 2.7.2. DESMEMBRACIÓN COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE CONDICIÓN PORCENTAJE DEL VALOR ASEGURADO 2.7.3. INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE PARA DESEMPEÑAR CUALQUIER OCUPACIÓN O EMPLEO COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE AMPARADO

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Samples: Póliza De Seguros De Automóviles

AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES. SBS COLOMBIA AIG SE COMPROMETE A PAGAR AL ASEGURADO Y/O BENEFICIARIO LAS PRESTACIONES PROPIAS DE CADA UNO DE LOS AMPAROS SEÑALADOS EN LA PRESENTE CONDICIÓN, EN CASO DE QUE LA PERSONA DESIGNADA COMO ASEGURADO SUFRA, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO DE SEGURO, UN ACCIDENTE OBJETO DE DICHAS COBERTURAS EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PREVISTOS PARA CADA AMPARO Y HASTA EL VALOR ASEGURADO ESTIPULADO EXPRESAMENTE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O EN SUS CONDICIONES PARTICULARES O EN LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALES. PARA EFECTOS DE ESTE AMPARO OPCIONAL SE CONSIDERA ACCIDENTE TODO SUCESO IMPREVISTO, REPENTINO, FORTUITO E INDEPENDIENTE DE LA VOLUNTAD DEL TOMADOR, ASEGURADO O BENEFICIARIO, CAUSADO POR MEDIOS EXTERNOS, QUE AFECTEN EL ORGANISMO DEL ASEGURADO. TAMBIÉN SE CONSIDERAN ACCIDENTES LA INTOXICACIÓN O ENVENENAMIENTO ACCIDENTAL, LA MORDEDURA Y PICADURA DE ANIMALES, LAS PELEAS O RIÑAS NO OCASIONADAS POR EL ASEGURADO, LA ASFIXIA POR VAPORES O GASES AJENA A LA VOLUNTAD DEL ASEGURADO, EL TERREMOTO TEMBLOR Y DEMÁS FENÓMENOS NATURALES, LA PRÁCTICA PRACTICA NO PROFESIONAL DE DEPORTES, LOS ACCIDENTES EN MOTO, EL AHOGAMIENTO O ASFIXIA POR INMERSIÓN U OBSTRUCCIÓN DEL APARATO RESPIRATORIO QUE NO PROVENGA DE ENFERMEDAD, INFECCIONES BIOGÉNICAS DERIVADAS DE CORTADURAS O HERIDAS ACCIDENTALES Y ACCIDENTALES, LESIONES CORPORALES (INTERNAS O EXTERNAS) OCASIONADAS POR HURTO Y/O Y/0 HURTO CALIFICADO. 2.7.1. MUERTE COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE AMPARADO

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Samples: Insurance Policy

AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES. SBS COLOMBIA SE COMPROMETE A PAGAR AL ASEGURADO Y/O BENEFICIARIO LAS PRESTACIONES PROPIAS DE CADA UNO DE LOS AMPAROS SEÑALADOS EN LA PRESENTE CONDICIÓN, EN CASO QUE LA PERSONA DESIGNADA COMO ASEGURADO SUFRA, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO DE SEGURO, UN ACCIDENTE OBJETO DE DICHAS COBERTURAS EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PREVISTOS PARA CADA AMPARO Y HASTA EL VALOR ASEGURADO ESTIPULADO EXPRESAMENTE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O EN SUS CONDICIONES PARTICULARES O EN LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALES. PARA EFECTOS DE ESTE AMPARO OPCIONAL SE CONSIDERA ACCIDENTE TODO SUCESO IMPREVISTO, REPENTINO, FORTUITO E INDEPENDIENTE DE LA VOLUNTAD DEL TOMADOR, ASEGURADO O BENEFICIARIO, CAUSADO POR MEDIOS EXTERNOS, QUE AFECTEN EL ORGANISMO DEL ASEGURADO. TAMBIÉN SE CONSIDERAN ACCIDENTES LA INTOXICACIÓN O ENVENENAMIENTO ACCIDENTAL, LA MORDEDURA Y PICADURA DE ANIMALES, LAS PELEAS O RIÑAS NO OCASIONADAS POR EL ASEGURADO, LA ASFIXIA POR VAPORES O GASES AJENA A LA VOLUNTAD DEL ASEGURADO, EL TERREMOTO TEMBLOR Y DEMÁS FENÓMENOS NATURALES, LA PRÁCTICA NO PROFESIONAL DE DEPORTES, LOS ACCIDENTES EN MOTO, EL AHOGAMIENTO O ASFIXIA POR INMERSIÓN U OBSTRUCCIÓN DEL APARATO RESPIRATORIO QUE NO PROVENGA DE ENFERMEDAD, INFECCIONES BIOGÉNICAS DERIVADAS DE CORTADURAS O HERIDAS ACCIDENTALES Y LESIONES CORPORALES (INTERNAS O EXTERNAS) OCASIONADAS POR HURTO Y/O HURTO CALIFICADO.. SBS COLOMBIA CUANDO ASÍ SE INDIQUE EXPRESAMENTE EN LA PÓLIZA, SE OBLIGA A PAGAR A LOS BENEFICIARIOS EL VALOR ASEGURADO SEÑALADO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA, SI DENTRO DE LOS CIENTO OCHENTA (180) DÍAS CALENDARIO CONTADOS DESDE LA FECHA DEL ACCIDENTE DE TRÁNSITO EN QUE EL ASEGURADO SUFRA LESIONES CORPORALES (INTERNAS O EXTERNAS), ESTAS DAN LUGAR A SU MUERTE. ÉL LIMITE MÁXIMO INDEMNIZABLE BAJO ESTE AMPARO CORRESPONDERÁ AL VALOR ASEGURADO INDICADO BAJO ESTA PÓLIZA. EN EL EVENTO DE EXISTIR DOS O MÁS PERSONAS AFECTADAS POR EL MISMO ACCIDENTE DE TRÁNSITO, LA INDEMNIZACIÓN INDIVIDUAL SERÁ FIJADA POR SBS SEGUROS EN PARTES PROPORCIONALES E IGUALES PARA CADA PERSONA, SIN QUE EL TOTAL DE LAS MISMAS EXCEDA LA SUMA MÁXIMA ASEGURADA POR VEHÍCULO Y POR COBERTURA, DEBIDAMENTE ANOTADA EN LA PÓLIZA 2.7.1. MUERTE COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE AMPARADO

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Samples: Póliza De Seguros De Automóviles

AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES. SBS COLOMBIA LA COMPAÑÍA SE COMPROMETE OBLIGA A PAGAR INDEMNIZAR AL ASEGURADO Y/O BENEFICIARIO LAS PRESTACIONES PROPIAS DE CADA UNO DE LOS AMPAROS SEÑALADOS BENEFICIARIO, CUANDO ASÍ SE INDIQUE EXPRESAMENTE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O EN LAS CONDICIONES PARTICULARES DEL PRESENTE CONDICIÓNCONTRATO DE SEGURO, SIEMPRE QUE EXISTA INDICACIÓN DE LA SUMA ASEGURADA Y EL PAGO DE LA PRIMA ADICIONAL CORRESPONDIENTE, HASTA EL LÍMITE DEL VALOR ASEGURADO, EN CASO DE QUE LA PERSONA DESIGNADA COMO ASEGURADO ASEGURADO, SUFRA, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO DE SEGURO, UN ACCIDENTE OBJETO QUE OCURRA EN UNA DE DICHAS COBERTURAS EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PREVISTOS PARA CADA AMPARO Y HASTA LAS SIGUIENTES CIRCUNSTANCIAS: A) ACCIDENTES SUFRIDOS POR EL VALOR ASEGURADO ESTIPULADO EXPRESAMENTE EN LA CARÁTULA CÓNYUGE DEL ASEGURADO, SUS HIJOS MENORES DE LA PÓLIZA EDAD Y/O SERVIDORES DOMÉSTICOS QUE VIVAN EN SUS CONDICIONES PARTICULARES EL INMUEBLE ASEGURADO. B) VIAJES TERRESTRES, FLUVIALES, MARÍTIMOS Y AÉREOS, DENTRO Y FUERA DEL PAÍS, LAS VEINTICUATRO (24) HORAS DEL DÍA. LA COBERTURA EN VIAJES EN AVIÓN, SE LIMITA A LOS VIAJES QUE REALICE EL ASEGURADO SÓLO COMO PASAJERO EN UN AVIÓN DE PASAJEROS TAL COMO ESTÁ DEFINIDO EN LA CONDICIÓN 4 (DEFINICIONES) MIENTRAS EL ASEGURADO ESTÉ SUBIENDO O DESCENDIENDO DEL MISMO. LA COBERTURA EN LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALESVIAJES EN AVIÓN SE LIMITA A LOS ACCIDENTES SUFRIDOS POR EL ASEGURADO. PARA EFECTOS DE ESTE AMPARO OPCIONAL SE CONSIDERA ACCIDENTE ACCIDENTE, TODO SUCESO IMPREVISTO, REPENTINO, FORTUITO E INDEPENDIENTE DE LA VOLUNTAD DEL TOMADOR, ASEGURADO O BENEFICIARIO, CAUSADO POR MEDIOS EXTERNOS, QUE AFECTEN EL ORGANISMO DEL ASEGURADO. TAMBIÉN SE CONSIDERAN ACCIDENTES LA INTOXICACIÓN O ENVENENAMIENTO ACCIDENTAL, LA MORDEDURA Y PICADURA DE ANIMALES, LAS PELEAS O RIÑAS NO OCASIONADAS POR EL ASEGURADO, LA ASFIXIA POR VAPORES O GASES AJENA A LA VOLUNTAD DEL ASEGURADO, EL TERREMOTO TERREMOTO, TEMBLOR Y DEMÁS FENÓMENOS NATURALESDE LA NATURALEZA, LA PRÁCTICA NO PROFESIONAL DE DEPORTES, LOS ACCIDENTES EN MOTO, EL AHOGAMIENTO O ASFIXIA POR INMERSIÓN U OBSTRUCCIÓN DEL APARATO RESPIRATORIO QUE NO PROVENGA DE ENFERMEDAD, INFECCIONES BIOGÉNICAS PIOGÉNICAS DERIVADAS DE CORTADURAS O HERIDAS ACCIDENTALES Y ACCIDENTALES, LESIONES CORPORALES (INTERNAS O EXTERNAS) OCASIONADAS POR HURTO Y/O HURTO CALIFICADO. 2.7.1. MUERTE COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE AMPARADO

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