Common use of AMPLIACIÓN AL CONTRATO Clause in Contracts

AMPLIACIÓN AL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento, la SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN podrá acordar el incremento en la cantidad del BIEN solicitado mediante modificación a sus CONTRATOS vigentes dentro de los SEIS MESES posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en su conjunto, el 50% (CINCUENTA POR CIENTO) de los volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los BIENES sea igual o menor al pactado originalmente o bien podrá autorizar un 20% (VEINTE POR CIENTO) si se solicita a partir del SEXTO MES y hasta el DOCEAVO MES posteriores a su firma. Tratándose de CONTRATOS en los que se incluyan dos o más PARTIDAS, el porcentaje a que hace referencia el párrafo anterior, se aplicará para cada una de ellas. Las fechas de entrega de las cantidades adicionales solicitadas deberán ser acordadas entre el PROVEEDOR y la CONVOCANTE, a través del Secretario de Administración del Municipio de Aguascalientes. Se deberá entregar la modificación respectiva de la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS BIENES Y VICIOS OCULTOS por el incremento de que se trate.

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Samples: Concurso Por Invitación, Concurso Por Invitación, Concurso Por Invitación

AMPLIACIÓN AL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento, la SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN podrá acordar autorizar el incremento en la cantidad del BIEN solicitado de BIENES solicitados mediante modificación a sus CONTRATOS vigentes dentro de los SEIS MESES posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en su conjunto, el 50% (CINCUENTA POR CIENTO) de CIENTO)de los volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los BIENES SERVICIOS sea igual o menor al pactado originalmente o bien podrá autorizar un 20% (VEINTE POR CIENTO) si se solicita a partir del SEXTO MES y hasta el DOCEAVO MES posteriores a su firma. Tratándose de CONTRATOS en los que se incluyan dos o más PARTIDAS, el porcentaje a que hace referencia el párrafo anterior, se aplicará para cada una de ellas. Las fechas de entrega de las cantidades adicionales solicitadas deberán ser acordadas entre el PROVEEDOR y la CONVOCANTE, a través del Secretario de Administración del Municipio de Aguascalientes. Se deberá entregar la modificación respectiva de la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS BIENES BIENES, DEFECTOS DE FABRICACIÓN Y VICIOS OCULTOS por el incremento de que se trate.

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Samples: Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Nacional

AMPLIACIÓN AL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 242 del Reglamento, la SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN CONVOCANTE podrá acordar el incremento en la cantidad del BIEN solicitado de BIENES solicitados mediante modificación a sus CONTRATOS vigentes dentro de los SEIS MESES posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en su conjunto, el 50% (CINCUENTA POR CIENTO) de los volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los BIENES sea igual o menor al pactado originalmente o bien podrá autorizar un 20% (VEINTE POR CIENTO) si se solicita a partir del SEXTO MES y hasta el DOCEAVO MES posteriores a su firma. Tratándose de CONTRATOS en los que se incluyan dos o más PARTIDAS, el porcentaje a que hace referencia el párrafo anterior, se aplicará para cada una de ellas. Las fechas de entrega de las cantidades adicionales solicitadas deberán ser acordadas entre el PROVEEDOR y la CONVOCANTE, a través del Secretario de Administración del H. Ayuntamiento del Municipio de Aguascalientes. Se deberá entregar la modificación respectiva de la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS BIENES Y DEFECTOS DE FABRICACIÓN Y VICIOS OCULTOS por el incremento de que se trate.

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Samples: Licitación Pública, Acquisition Agreement

AMPLIACIÓN AL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 242 del Reglamento, la SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN CONVOCANTE podrá acordar el incremento en la cantidad del BIEN solicitado de BIENES/SERVICIOS solicitados mediante modificación a sus CONTRATOS vigentes dentro de los SEIS MESES posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en su conjunto, el 50% (CINCUENTA POR CIENTO) de CIENTO)de los volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los BIENES BIENES/SERVICIOS sea igual o menor al pactado originalmente o bien podrá autorizar un 20% (VEINTE POR CIENTO) si se solicita a partir del SEXTO MES y hasta el DOCEAVO MES posteriores a su firma. Tratándose de CONTRATOS en los que se incluyan dos o más PARTIDAS, el porcentaje a que hace referencia el párrafo anterior, se aplicará para cada una de ellas. Las fechas de entrega de las cantidades adicionales solicitadas deberán ser acordadas entre el PROVEEDOR y la CONVOCANTE, a través del Secretario de la Secretaría de Administración del Municipio de Aguascalientes. Se deberá entregar la modificación respectiva de la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS BIENES BIENES/SERVICIOS Y DEFECTOS DE FABRICACIÓN Y VICIOS OCULTOS por el incremento de que se trate.

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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública

AMPLIACIÓN AL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento, la SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN podrá acordar autorizar el incremento en la cantidad del BIEN solicitado de BIENES Y/O SERVICIOS solicitados mediante modificación a sus CONTRATOS vigentes dentro de los SEIS MESES posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en su conjunto, el 50% (CINCUENTA POR CIENTO) ), de los volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los BIENES del BIEN O SERVICIO sea igual o menor al pactado originalmente o bien podrá autorizar un 20% (VEINTE POR CIENTO) si se solicita a partir del SEXTO MES y hasta el DOCEAVO MES posteriores a su firma. Tratándose de CONTRATOS en los que se incluyan dos o más PARTIDAS, el porcentaje a que hace referencia el párrafo anterior, se aplicará para cada una de ellas. Las fechas de entrega de las cantidades adicionales solicitadas deberán ser acordadas entre el PROVEEDOR y la CONVOCANTE, a través del Secretario de la Secretaría de Administración del Municipio de Aguascalientes. Se deberá entregar la modificación respectiva de la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS BIENES Y VICIOS OCULTOS por el incremento de que se trate.O SERVICIOS, DEFECTOS DE FABRICACIÓN Y

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Samples: Licitación Pública Nacional

AMPLIACIÓN AL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento, la SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN podrá acordar el incremento en la cantidad del BIEN BIEN/SERVICIO solicitado mediante modificación a sus CONTRATOS vigentes dentro de los SEIS MESES posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en su conjunto, conjunto el 50% (CINCUENTA POR CIENTO) de los volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los BIENES BIENES/SERVICIOS sea igual o menor al pactado originalmente o bien podrá autorizar un 20% (VEINTE POR CIENTO) si se solicita a partir del SEXTO MES y hasta el DOCEAVO MES posteriores a su firma. Tratándose de CONTRATOS en los que se incluyan dos o más PARTIDAS, el porcentaje a que hace referencia el párrafo anterior, se aplicará para cada una de ellas. Las fechas de entrega de las cantidades adicionales solicitadas deberán ser acordadas entre el PROVEEDOR y la CONVOCANTE, a través del Secretario de Administración del Municipio de Aguascalientes. Se deberá entregar la modificación respectiva de la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CALIDAD DE LOS BIENES BIENES/SERVICIOS Y VICIOS OCULTOS por el incremento de que se trate.. Concurso por Invitación

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Samples: Concurso Por Invitación