Autorización para cobro de peaje Cláusulas de Ejemplo

Autorización para cobro de peaje. Autorízase al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) para que establezca el cobro de un peaje en las rutas nacionales incluidas en los proyectos por realizar con esta Ley, que permita garantizar un adecuado mantenimiento de la vía en todos sus componentes, dentro de los principios de racionalidad, proporcionalidad, oportunidad y conveniencia local y nacional. Para lo anterior, deberá existir un “Estudio previo de viabilidad técnica” que analice todos los aspectos técnicos relacionados con la medida de colocar un peaje; a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) le corresponderá la aprobación de las tarifas correspondientes.
Autorización para cobro de peaje. Se autoriza al MOPT para el establecimiento del cobro de un peaje en las rutas nacionales incluidas en los proyectos a realizar con esta Ley, que permita garantizar un adecuado mantenimiento de la vía en todos sus componentes, dentro de los principios de racionalidad, proporcionalidad, oportunidad y conveniencia local y nacional. Para lo anterior, deberá existir un “Estudio Previo de Viabilidad Técnica” que analice todos los aspectos técnicos relacionados con la medida de colocar un peaje correspondiendo a la ARESEP la aprobación de las tarifas correspondientes.

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  • Ley Sobre el Contrato de Seguro El proponente estará obligado a declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato.

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  • CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la Carátula y Pliego. Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.

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  • DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - -

  • DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días siguientes al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se consideran aceptadas las condiciones contenidas en la póliza o sus modificaciones.