Banco Central Cláusulas de Ejemplo

Banco Central. BANCO MERCANTIL DE COLOMBIA.
Banco Central. El Cliente se obliga a cumplir o facilitar lo necesario para dar cumplimiento con las exigencias y requisitos que imponga el Banco Central del Uruguay.
Banco Central. En la esfera de su competencia y en el marco de las disposiciones de la presente ley, el BCRA dispondrá las medidas conducentes a promover la aceptación de las garantías concedidas por las sociedades de que trata el presente régimen por parte de las entidades financieras que integran el sistema institucionalizado, otorgándoles a las mismas el carácter de garantías preferidas autoliquidables. Sección X Autoridad de aplicación
Banco Central. De acuerdo a las Normas sobre Prevención ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Activos, del Financiamiento del Terrorismo y Otras Actividades Ilícitas dictadas por el Banco Central, las entidades financieras deben tomar ciertas medidas, incluyendo, sin limitación: ● observar los recaudos establecidos por dichas normas, la legislación vigente en estas materias (leyes y decretos reglamentarios) y las normas de la UIF. Ello incluye los decretos del Poder Ejecutivo Nacional con referencia a las decisiones adoptadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en la lucha contra el terrorismo y dar cumplimiento a las Resoluciones (con sus respectivos Anexos) dictadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Tales disposiciones también deberán ser observadas por los representantes de entidades financieras del exterior no autorizadas para operar en el país (Comunicación “A” 6094); ● Si corresponde dar inicio a la discontinuidad operativa, se deberán observar los procedimientos y plazos previstos por las disposiciones del Banco Central que resulten específicas del/los producto/s que el cliente hubiese tenido contratado/s. Los sujetos obligados deberán conservar -por el término de 10 años- las constancias escritas del procedimiento aplicado en cada caso para la discontinuidad operativa del cliente.; ● remitir a la Gerencia Principal de Cumplimiento ante la UIF del Banco Central de la República Argentina copia certificada de la designación del Oficial de Cumplimiento titular y suplente si lo hubiera, efectuada de acuerdo con las condiciones y dentro de los plazos establecidos en las normas emitidas por la UIF; ● Se deja sin efecto la obligación de mantener en una base de datos la información correspondiente a los clientes que realicen operaciones–consideradas individualmente- por importes iguales o superiores a $240.000 (o su equivalente en otras monedas) por los conceptos previstos en la norma. La información acumulada hasta el 31 de diciembre de 2017 deberá ser conservada por parte de las entidades financieras y cambiarias por el término de 10 años computados a partir de la fecha de ingreso de los datos en la respectiva base de información de clientes. El Banco cumple con todas las reglamentaciones aplicables sobre prevención ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de activos y financiación del terrorismo establecidas por la UIF y el Banco Central. Los adquirentes de las Obligaciones Negociables asumirán la obligación de aportar la información y documentación que se les requiera respecto del origen d...
Banco Central. En la esfera de su competencia, el Banco Central de la República Argentina dispondrá las medidas conducentes a promover la aceptación de las garantías concedidas por las sociedades de que trata el presente régimen por parte de las entidades financieras que integran el sistema institucionalizado, otorgándoles a las mismas carácter de garantías preferidas autoliquidables en tanto reúnan los requisitos necesarios. Asimismo el Banco Central de la República Argentina ejercerá las funciones de superintendencia en lo atinente a vinculaciones de las (S.G.R.) con los bancos y demás entidades financieras.
Banco Central. DEL ECUADOR: Calle Larga y Av. ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇. GAD MUNICIPAL DE YANTZAZA: Dirección: Av. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇▇▇